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NTE INEN 0750 (1987) (Spanish): Prevención
de incendios. Elementos constructivos de
vidrio. Determinación de la resistencia al
fuego
: CDU: 614.84:69.028.2:699.81:620.16 SG 03.05-302 Norma Técnica Ecuatoriana Obligatoria PREVENCIÓN DE INCENDIOS. ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS DE VIDRIO. DETERMINACIÓN DE LA RESISTENCIA AL FUEGO.
INEN 750 1986-11
1. OBJETO
1.1 Esta norma establece el método de ensayo para determinar la resistencia al fuego de elementos cons-tructivos de vidrio, que deben proveer, en su totalidad o parcialmente, de separación entre diferentes áreas de un edificio, o que forman parte de las paredes exteriores.
2. ALCANCE
2.1 Esta norma se aplica a elementos de vidrio tales como ventanas, divisiones de ambiente, paredes de blo-que de vidrio y a otros conjuntos blo-que incluyan vidrio.
2.2 Esta norma se aplica solamente a elementos de vidrio instalados en paredes verticales, no en pisos o techos o en superficies inclinadas.
3. TERMINOLOGIA
3.1 Los términos utilizados en esta norma se definen en la Norma INEN 1 468.
4. METODO DE ENSAYO
4.1 Principio. El método consiste en someter a toda la probeta a la acción del fuego en un horno especial para el ensayo, y determinar luego la cantidad de calor transmitida por radiación de la cara no expuesta al fuego (ver nota 1), así como la resistencia al fuego de la probeta, aplicando el criterio de pérdida total o parcial de la integridad.
4.2 Instrumental
4.2.1 Horno. Capaz de someter a la probeta a calentamiento por una de sus caras. El horno deberá cumplir los requisitos establecidos en la Norma INEN 804. La temperatura del horno debe medirse con respecto a la probeta, dentro de los límites establecidos en la Norma INEN 804. Se debe, además, proveer de medios para mantener la presión dentro de la cámara deI horno, a un valor positivo respecto a la presión del laboratorio.
___________________
NOTA 1. Los elementos de vidrio no son capaces de proveer un grado apreciable de aislamiento contra la transferencia de calor, y por eso no se considera aplicable el criterio de aislamiento de la Norma INEN 804. Sin embargo, el calor irradiado afecta la seguridad personal y podría también causar la ignición de recipientes o tuberías que contengan combustibles (Continúa) In s tit u to E c u a to ria n o d e N o rm a liz a c ió n , IN E N – C a s illa 1 7 -0 1 -3 9 9 9 – B a q u e riz o M o re n o E 8 -2 9 y A lm a g ro – Q u it o -E c u a d o r – P ro h ib id a la r e p ro d u c c ió n
4.2.2 Medidores de presión
4.2.3 Medidor de calor por radiación (radiómetro).
4.3 Materiales
4.3.1 Almohadilla de algodón, de aproximadamente 100 x 100 x 20 mm, consistente de fibras nuevas y blandas, sin adición de fibras artificiales, con masa entre 3 y 4 g. La almohadilla debe condicionarse por secado en una estufa a 100°C por tiempo mínimo de 0,5 h. L a almohadilla debe sujetarse por medio de clips de alambre a un cerco de 100 x 100 mm, fabricado de alambre de 1 mm de diámetro, que tenga un mango de 750 mm de largo.
4.4 Probeta
4.4.1 Dimensiones. El conjunto completo que debe ensayarse debe tener el tamaño normal para el uso. Si las dimensiones resultan ser mayores a las máximas que puede acomodar el horno, la probeta debe condicionarse el tamaño del horno, o sea a las medidas:
4.4.2 Construcción. El ensayo debe llevarse a cabo en un conjunto completo, con todos los accesorios requeridos en servicio; la preparación del ensayo debe incluir una pared de tipo igual a la correspondiente en el lugar de instalación en la práctica, especialmente si se trata de paredes prefabricadas o sistemas indus-trializados. Si no se puede especificar el tipo de pared, el ensayo se efectuará en muros de concreto o ladrillo con espesor de:
a) aproximadamente 100 mm para ensayos de duración anticipada de 2 h o menos, b) aproximadamente 200 mm para ensayos de duración anticipada mayor.
El montaje de la probeta en la pared debe ajustarse al método recomendado en la práctica (ver figura 1) y no debe hacerse ninguna previsión especial para su retención. Donde se monte el elemento de vidrio sin conexión estructural a la construcción, su deflexión del plano vertical en los bordes debe registrarse, de modo que se pueda juzgar en compatibilidad con otras formas de construcción vertical, ensayadas según Norma INEN 804.
4.4.3 Condicionamiento. Las probetas que contengan materiales higroscópicos u otros materiales que puedan ser afectados por la humedad, deben condicionarse para que mantengan equilibrio con las condiciones ambientales del laboratorio, dentro de los siguientes límites:
NTE INEN 750 1986-11
La pared que contenga a las probetas debe construirse por lo menos dos semanas antes del ensayo, si se trata de ladrillo, y cuatro semanas, si se trata de concreto.
4.5 Procedimiento 4.5.1
Generalidades
4.5.1.1 La probeta se expondrá a las condiciones de calentamiento, especificadas en la Norma INEN 804. Para comprobación completa el ensayo debe realizarse en dos probetas iguales, exponiendo caras alterna-tivas en cada una de ellas. Esta exposición se puede efectuar simultáneamente o por separado, dependiendo del instrumental disponible. Si se considera de importancia exponer la probeta de uno de los lados en especial, la autoridad competente deberá decidirlo.
Durante el ensayo deben hacerse las mediciones y observaciones de 4.5.2. El ensayo se da por terminado cuando las probetas no satisfagan más los criterios bajo los cuales se juzga el rendimiento del elemento de vidrio, o la conformidad con normas.
4.5.2 Mediciones y observaciones
4.5.2.1Presión en el horno. La presión estática en el horno debe medirse utilizando por ejemplo, el dispositivo detallado en la figura 2. La medición de la presión estática debe efectuarse en un mínimo de tres posiciones localizadas a lo largo de un eje vertical, a un lado y cerca del elemento ensayado; dos a la altura de los extremos superior e inferior, y el tercero a un tercio de la altura, medido desde el umbral (ver figura 1). La presión debe controlarse de tal manera que haya presión positiva en los dos tercios superiores del elemento ensayado.
4.5.2.2Radiación desde la cara no expuesta. El flujo radiante de calor debe medirse desde la cara no expuesta de la probeta, por medio de un dispositivo especial, a lo largo de un eje normal al centro de la probeta, a distancia predeterminada. El uso del radiómetro debe ceñirse a las instrucciones del fabricante.
4.5.2.3 Ensayo con la almohadilla de algodón. Este ensayo es apropiado solamente para elementos que tienen vidrio parcialmente, o para determinar la continuidad entre los marcos y el entorno. Este ensayo no debe aplicarse a lugares donde la fuerte radiación del vidrio puede ser causa de ignición de la almohadilla de algodón. La almohadilla no debe estar en contacto con la probeta, sino que debe sostenerse separadamente, centrada respecto a la abertura ensayada durante 10 s mínimo y 30 s máximo, a distancia de 20 a 30 mm. El algodón no debe reutilizarse si ha absorvido humedad o si ha sido chamuscado. Se debe tomar nota del momento en que se produce la primera ignición de la almohadilla y del lugar donde ocurre. Registrar el tiempo durante el cual todavía se puede aplicar la almohadilla.
4.5.2.4 Otras observaciones. Se debe tomar nota de las deformaciones que sufra la probeta, ablandamientos y fusión deI vidrio; ruptura de bloques y formación de huecos; formación de escapes de gas entre el marco y su soporte (jambas, cabezal) y de toda llama que subsista por más de 10 s en la cara no expuesta al fuego. De ser necesario, se puede medir la temperatura de la cara no expuesta.
4.6 Resultados
4.6.1La resistencia al fuego debe reportarse bajo uno o varios de los criterios siguientes:
4.6.2 Pérdida de /a integridad. Se debe registrar el tiempo para el cual el elemento colapsa entera o substancialmente.
4.6.3 Peligro de radiación. Las mediciones de radiación de calor de la cara no expuesta de la probeta, deben utilizarse para determinar el tiempo al cual se alcanza un limite de radiación a distancias especificadas. Este límite se fijará en las normas particulares o por disposición de la autoridad competente (ver nota 2).
4.7 Reporte de ensayos
4.7.1El reporte de ensayos deberá contener la siguiente información:
___________________
NOTA 2. Jefe del Cuerpo de Bomberos
NTE INEN 750 1986-11
NTE INEN 750 1986-11
FIGURA 3. Termocupla de la marquesina
APENDICE Z
Z.1 NORMAS A CONSULTAR
INEN 804 Prevención de incendios. Determinación de la resistencia al fuego de elementos constructivos. INEN 1 468 Prevención y extinción de incendios. Terminología general.
Z.2 BASES DE ESTUDIO
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Documento:
NTE INEN 750
TÍTULO: PREVENCIÓN DE INCENDIOS. ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS DE VIDRIO. DETERMINACIÓN DE LA RESISTENCIA AL FUEGO.
Código: SG 03.05-302
ORIGINAL:
Fecha de iniciación del estudio:
REVISIÓN:
Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo Oficialización con el Carácter de por Acuerdo No. de
publicado en el Registro Oficial No. de Fecha de iniciación del estudio:
Fechas de consulta pública: de 1983-12-26 a 1984-02-10 a
La Dirección General, considerando la necesidad de proteger a las personas y bienes contra el peligro e incendios, dispuso la elaboración de esta norma.
Por no haberse presentado observaciones importantes ni de fondo, la Dirección General no consideró necesrio convocar a un Subcomité Técnico
Subcomité Técnico:
Fecha de iniciación: Fecha de aprobación: Integrantes del Subcomité Técnico:
NOMBRES:
INSTITUCIÓN REPRESENTADA:
Otros trámites: 4 Esta norma sin ningún cambio en su contenido fue DESREGULARIZADA, pasando de
OBLIGATORIA a VOLUNTARIA, según Resolución de Consejo Directivo de 1998-01-08 y oficializada
mediante Acuerdo Ministerial No. 235 de 1998-05-04 publicado en el Registro Oficial No. 321 del 1998-05-20 El Consejo Directivo del INEN aprobó este proyecto de norma en sesión de 1986-11-27
Oficializada como: Obligatoria Por Acuerdo Ministerial No. 26 de 1987-01-09 Registro Oficial No. 615 de 1987-01-30