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Boletín Oficial de Canarias núm. 157, viernes 13 de agosto de

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4. El original, copia auténtica o fotocopia cotejada.

5. Siempre que no tenga el carácter de Administración Pública o esté exento.

6. Salvo que estén exentas por el artº. 29.5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, o sean exceptuadas de tal obli-gación por acuerdo del Consejo de Gobierno, artº. 29.7.

7. Para el caso de obras.”

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2004.- La Secretaria General Técnica, Natalia Escuder y Gutiérrez de Salamanca.

1209 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución

de 23 de junio de 2004, relativa a los reque-rimientos de documentación a los solicitantes de vivienda de protección oficial en régimen especial de alquiler, en el término municipal de Telde.

Habiéndose procedido a efectuar los requerimientos de documentación a los solicitantes de vivienda de pro-tección oficial en régimen especial de alquiler en el municipio de Telde, a fin de actualizar y comprobar los datos consignados en sus respectivos expedientes al día 31 de marzo de 2002, fecha de cierre de pre-sentación de solicitudes para la promoción de 107 vi-viendas en dicho término municipal, y no pudiendo practicarse las notificaciones a los indicados segui-damente, dado que los mismos se hallan en ignorado domicilio; en virtud de lo dispuesto en los artículos 58, 59.5 y concordantes de la Ley de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre), se viene a practicar el siguiente re-querimiento a los solicitantes que a continuación se relacionan a fin de que en el plazo de tres meses, a partir del día siguiente de esta publicación, aporten la documentación que igualmente se relaciona, aper-cibiéndose, de que en el caso de no cumplimentarse el presente requerimiento en dicho plazo se declara-rá la caducidad y archivo de las solicitudes conforme con lo previsto en el artículo 92.1 de la citada Ley.

La documentación a la que se hace referencia, deberá ser presentada en las dependencias munici-pales de vivienda del M.I. Ayuntamiento de Telde, sitas en la calle Alonso Quesada, 4, San Gregorio, Tel-de, en horario de 8,00 a 15,00 horas.

Documentación a presentar: Datos personales:

- Fotocopia del D.N.I. de todos los miembros de la unidad familiar que posean (actualizado).

- Fotocopia del Libro de Familia donde estén ins-critos todos los miembros de la unidad familiar.

- Título de familia numerosa actualizado. - Sentencia firme de separación matrimonial o di-vorcio y convenio regulador en su caso.

- Certificado de escolaridad de cada uno de los me-nores.

- Certificado de minusvalía expedido por la Di-rección General de Servicios Sociales de la Conse-jería de Empleo y Asuntos Sociales, de aquel o aque-llos miembros de la unidad familiar afectados y donde conste o figure si precisa eliminación de barreras que afecten a la movilidad y/o comunicación.

- Contrato de trabajo o justificante de alta en el Im-puesto de Actividades Económicas (antigua Licen-cia Fiscal).

- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el año 2001, o en su defecto cer-tificación negativa de la Delegación de Hacienda de Las Palmas.

- Certificado de Vida Laboral (calle Argentina, Tel-de).

- Justificante de los ingresos brutos percibidos desde: abril del año 2001, hasta marzo del año 2002 (nóminas, certificados, etc.), que se acreditará me-diante:

• Para los trabajos por cuenta ajena: fotocopia de las nóminas o certificados de haberes expedido por la empresa.

• Para los trabajos por cuenta propia: bases de co-tización a la Seguridad Social, pagos trimestrales a Hacienda (autónomos).

• Para los trabajos irregulares: declaración jurada indicando cantidad y conceptos (a cumplimentar en el Área de Vivienda de este M.I. Ayuntamiento).

• En caso de haber cobrado el desempleo: cado acreditativo mes a mes; o en su defecto

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certifi-cación negativa (en ambos casos dirigirse a la ofici-na del Inem).

• Certificado de jubilación, invalidez, viudedad, orfandad, pensión no contributiva, asistencia social, pres-tación familiar por hijo a cargo (en caso de no reci-birla, certificación negativa), o cualquier otra situación en que se perciba prestación económica periódica, ex-pedida por el organismo oficial correspondiente.

Datos de la vivienda:

- Sentencia firme de desahucio judicial o admi-nistrativo, en su caso.

- Justificante de estar recogido en establecimien-tos de beneficencia reconocidos, o instituciones similares, debiendo acreditarse el tiempo en tal circunstancia.

- Contrato de arrendamiento y recibos de las ren-tas abonadas correspondientes al período

anterior-mente citado (abril año 2001 hasta marzo año 2002), en caso de habitar una vivienda en régimen de al-quiler.

- Escrituras, documentos públicos o privados del patrimonio que posean o en su defecto certificación negativa de bienes catastrales (mayores de 18 años) (Avenida Primero de Mayo, 19, Las Palmas de Gran Canaria).

- En caso de optar al cupo de emigrantes, además de la documentación anterior tienen que aportar: cer-tificado de los años de residencia en el extranjero y del tiempo que hace que retornó, expedido por el ser-vicio de emigración, baja consular y fotocopia com-pleta del pasaporte de cada uno de los miembros de la unidad familiar.

Toda la documentación a aportar, deberá presen-tarse por duplicado, acompañada de la original para su compulsa.

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R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Ca-narias, de los requerimientos de documentación a los solicitantes de vivienda de protección oficial en régi-men especial de alquiler, en el término municipal de Telde, a fin de actualizar y comprobar los datos con-signados en sus respectivos expedientes al día 31 de marzo de 2002, fecha de cierre de presentación de so-licitudes para la promoción de 107 viviendas en dicho término municipal.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 2004.-El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

Consejería de Sanidad

1210 Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de

Ca-narias.- Resolución de 15 de julio de 2004, de la Directora, por la que se convoca un curso de Diplomado en Enfermería de Empresa, que se impartirá en el ámbito de la Comunidad Autó-noma de Canarias, a celebrar en Gran Cana-ria.

Dentro de sus actividades formativas, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias organiza cursos regulares, homologables por el Ministerio de Sa-nidad y Consumo, al objeto de ofertar a los profesio-nales titulados universitarios, que pertenezcan al Sis-tema Sanitario o que pretendan acceder al mismo, un sistema formativo homogéneo en todo el Sistema Na-cional de Salud. Durante el año 2004 la Escuela de Ser-vicios Sanitarios y Sociales de Canarias tiene prevista la realización, entre otros, de un curso de Diplomado en Enfermería de Empresa, en el ámbito de la Comu-nidad Autónoma de Canarias.

El curso se realizará, en colaboración con la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, con programas con-sensuados por ambas Instituciones, con objeto de ase-gurar un sistema formativo homogéneo en todo el Sis-tema Nacional de Salud.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferi-das por el artículo 9.3.a) del Reglamento de Organi-zación y Funcionamiento de la Escuela de Servicios Sa-nitarios y Sociales de Canarias, aprobado por el Decreto 5/1994, de 14 de enero, resuelvo convocar el mencio-nado curso con las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA Primera.- Normas generales.

1.1. La duración de los cursos será de trescientas ho-ras lectivas, teórico-prácticas, a celebrar en Gran Ca-naria.

1.2. Las plazas que se convocan son 35, que se cu-brirán por concurso de méritos si el número de solici-tudes excede de la mencionada cifra. El curso podrá ser suspendido en el supuesto que las plazas ofertadas no se cubran en su totalidad.

1.3. Los méritos valorables en el concurso serán los que se establecen en el baremo que figura como ane-xo I de la presente convocatoria.

1.4. No serán valorados los méritos que no sean de-bidamente acreditados.

1.5. La presentación de documentación acreditati-va de los méritos alegados distinta de la requerida o la no presentación de la misma, no será valorada, pero no será causa de la exclusión del aspirante para participar en el proceso de selección.

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