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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.

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Academic year: 2021

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CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LA SEDE ADMINISTRATIVA QUE EL SAE DISPONE EN C/SEDA, NAVE 5. POLÍGONO DE HYTASA. SEVILLA.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.

1. OBJETO

El objeto del presente contrato administrativo es la realización de los servicios limpieza de la sede administrativa que el Servicio Andaluz de Empleo, en adelante SAE, tiene ubicada en la C/ Seda, Nave 5. Polígono de Hytasa. Sevilla, así como los suministros ordinarios que para la prestación de estos servicios sean necesarios.

La superficie que en el edificio ocupa las dependencias del SAE se distribuye de la siguiente manera: Planta sótano: 985,24 m2. Planta baja: 2.575,71 m2 Entreplanta baja: 1.354,02 m2 Planta primera: 2.575,71 m2. Entreplanta primera: 818,30 m2 SUMA TOTAL: 8.308,98 M2. 2. TRABAJOS A REALIZAR.

La entidad adjudicataria del contrato en cuestión debe realizar las siguientes actividades, con la periodicidad determinada:

1.1.-ESPACIOS DE OFICINA Y ASIMILADOS. SUELOS:

A) Zona con suelo de mármol: se realizarán las siguientes tareas:

– Barrido y fregado diario con líquidos especialmente indicados para su limpieza y desinfección.

– Mantenimiento, decapado y abrillantado mensual. – Acristalamiento semestral.

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B) Zonas con suelo de madera: se realizarán las siguientes tareas:

– Barrido y pasado de mopa diarios con líquidos especialmente indicados para su limpieza y desinfección.

– Fregado semanal con jabones especiales para el tratamiento y limpieza de la madera. C) Alfombras:

– Aspirado diario.

– Limpieza según necesidades con maquinaria adecuada.

– Excepcionalmente, lavado a demanda del personal de las dependencias.

MOBILIARIO: Limpieza y desempolvado diario de mesas y escritorios, sillas, archivadores, estanterías, librerías, sofás, mesas de reuniones, mesas auxiliares, lámparas, cuadros, percheros y demás elementos, utilizando productos idóneos para su perfecta conservación.

CRISTALES: Los cristales se clasifican en interiores y exteriores, considerándose exteriores la parte exterior de los grandes ventanales, algunos de dificil acceso por su altura y dimensión. Se consideran cristales interiores, además de la parte interior de las ventanas exteriores, las puertas de acceso principal.

Los cristales exteriores de gran dimensión y difícil acceso se limpiarán durante el primer mes de ejecución del contrato, los de fácil acceso se limpiarán quincenalmente y según necesidades.

Los cristales interiores se limpiarán con una periodicidad semanal y según necesidades.

ESTORES Y CORTINAS, PERSIANAS EXTERIORES Y REJAS: Limpieza periódica según necesidades. En todo caso, una vez al trimestre.

ASEOS: Limpieza diaria de todos los aseos y zonas de acceso. Reposición de jabón, papel higiénico, ambientadores, toallitas de mano y bacteriostáticos. Con periodicidad semanal se realizará una limpieza a fondo de las paredes, azulejos, piezas de saneamiento, espejos y puertas. Colocación de contenedores higiénicos femeninos y mantenimiento de los mismos en todos los edificios.

PAREDES Y PUERTAS: Mantenimiento de limpieza y desempolvado de las mismas, mamparas de separación, estucados, etc... según necesidades. En todo caso, una vez al mes.

ESCALERAS: Barrido y fregado diario de las mismas. Limpieza diaria de barandas y pasamanos. El fragado de las mismas se llevará a cabo preferentemente en las horas no coincidentes con las de mayor entrada y salida del personal.

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TECHOS: Desempolvado de techos en general. Con una periodicidad mensual se limpiarán los diferentes puntos de luz y las rejillas de climatización y de protección de luces.

COCINAS Y SALAS DE REUNIONES AUXILIARES: Limpieza diaria. La limpieza interior y exterior de los frigoríficos se realizará según necesidades.

VARIOS: Limpieza diaria de ceniceros existentes en las zonas exteriores, papeleras, teléfonos, ordenadores (monitores y teclados), cristales de copiadoras, impresoras y otros elementos afines, utilizando los productos idóneos para su limpieza y conservación.

BASURAS, DESPERDICIOS, PAPEL-CARTÓN Y OTROS: Recogida diaria de basuras y desperdicios, depositados en las papeleras individuales, aseos, cocinas, etc. Posteriormente depósito de los mismos en bolsas resistentes en los contenedores exteriores, dispuestos por LIPASSAN para la basura orgánica, plástico, vidrio..., respetando en todo momento las ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Sevilla vigentes en la materia y asumiendo las responsabilidades derivadas de la comisión de infracciones. En todo caso las bolsas de basura no se depositarán nunca en la acera si el contenedor receptor se hallare lleno.

Los documentos y escritos A DESTRUIR, se hallarán depositados en papeleras destinadas al efecto, metálicas, cuadradas y con bolsa de color, repartidas por el edificio en todas las plantas del mismo. El contenido de dichas papeleras se retirará a diario y se procederá a su destrucción previa, a demanda según volumen de papel, antes de su traslado en bolsas resistentes a un punto limpio. La administración pondrá a disposición del adjudicatario los elementos necesarios, y su mantenimiento, para dicho cometido (carrito de transporte y destructora industrial de papel y sus repuestos).

El papel, periódicos, revistas, publicaciones, cartón... de las papeleras de reciclaje será retirado convenientemente y llevado a un punto limpio, sin necesidad de proceder a su destrucción previa.

Los documentos y escritos depositados en el suelo de los espacios de oficinas, salvo que conste la indicación verbal del funcionario al personal de limpieza o escrita mediante cartel rotulado al efecto, no se retirarán para depositarse en contenedor como basura. En el caso de que sean desechables, seguirán el procedimiento descrito en los párrafos anteriores.

Todo elemento consumible de impresoras, copiadoras (Tóner) de deshecho, por su carácter contaminante, será debidamente trasladado a los contenedores de recogida preparados al efecto y situados en puntos determinados del edificio, procediéndose además a la separación del embalaje si lo tuviera.

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Cuando por mudanzas o por cualquier otra circunstancia exista un mayor volumen de basuras, la empresa adjudicataria consultará al responsable del contrato a efectos de su tratamiento.

1.2.- SÓTANO

ARCHIVOS: Aspirado y limpiado bimestral y según necesidades.

ALMACENES: Barrido y aspirado del suelo mensual y según necesidades.

1.3.- VIALES Y EXTERIORES.

Limpieza, según necesidades, de acerados, paramentos y zonas exteriores con maquinaria apropiada. En todo caso, la recogida, transporte y depósito en contenedores exteriores de papeles, basuras, desperdicios y suciedad que se encuentren en los mismos, se realizará respetando las ordenanzas municipales vigentes en la materia y asumiendo las responsabilidades derivadas de la comisión de infracciones.

1.4.- LIMPIEZA DE SUMIDORES Y HUSILLOS. Se realizará según necesidades.

3. MATERIALES, MAQUINARIAS Y ÚTILES DE LIMPIEZA.

Todos los productos, materiales, útiles de limpieza y maquinaria a emplear serán por cuenta de la empresa adjudicataria, inclusive el vestuario del personal dedicado a dicha actividad.

En todo caso se utilizarán productos indicados especialmente para los materiales que se limpian: solerías, cristales, metales..., para que conserven todas sus cualidades.

La empresa adjudicataria establecerá una reserva mínima de consumibles y material de limpieza en los edificios, para dar respuesta inmediata a cualquier imprevisto que pudiera surgir en el desarrollo del servicio.

También serán por cuenta de la empresa adjudicataria los productos y materiales que hayan de reponerse en todas las zonas de aseo: el jabón, el papel higiénico, las toallitas de mano, los ambientadores, los bacteriostáticos, los contenedores higiénicos femeninos y otros elementos afines.

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4. PRECAUCIONES DOCUMENTALES DURANTE LAS LABORES DE LIMPIEZA.

El personal de limpieza deberá tomar las medidas necesarias para la conservación de la documentación administrativa, velando para que no se deterioren, extravíen, ni arrojen a la basura documentos que no estén en las papeleras y contenedores, ni se haya indicado por instrucciones del responsable del contrato que eran para su destrucción.

5. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD EN LA MANIPULACIÓN DE DOCUMENTOS E INFORMACIÓN.

La empresa adjudicataria asumirá los requerimientos de la Administración Pública competente respecto a la confidencialidad y seguridad en la manipulación de documentos e información que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, que no podrá utilizar con un fin distinto al que figura en este pliego, ni facilitar a otros con ningún fin.

6. PERSONAL Y HORARIO DE LOS TRABAJOS.

6.1.- El personal de limpieza será aportado por el contratista en número y cualificación correspondiente a los planes de limpieza ofertados, sin ningún tipo de vinculación jurídica con la Administración Pública.

El número mínimo de operarios será de 11 y estará compuesto por las siguientes categorías: - 1 trabajador/a con categoría de encargado/a en jornada de treinta y cinco horas semanales. - 7 trabajadores/as operarios de limpieza con jornada de treinta y una horas semanales.

- 3 trabajadores/as operarios de limpieza con jornada de 20 horas semanales.

La jornada laboral será de lunes a viernes, en la franja horaria comprendida entre las 13.24 horas y las 21 horas, de acuerdo con los límites y el procedimiento establecidos en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y el Convenio Colectivo aplicable.

No obstante, se garantizará la presencia de tres laborales con categoría de personal de limpieza en jornada comprendida al menos de 8:30 a 14.30, de lunes a viernes.

La adecuación de la prestación del servicio de limpieza a la jornada de trabajo reducida por causa festiva de los empleados públicos (fiestas locales, Semana Santa y periodo navideño) origina una bolsa de horas a favor de la Administración. La misma, de mutuo acuerdo con la empresa adjudicataria, concertará el número de horas a realizar, el destino de las mismas y el momento de su prestación.

El SAE, teniendo en cuenta el horario establecido para su personal, podrá modificar, cuando sea necesario, los horarios aquí establecidos, de acuerdo con los límites y el procedimiento establecidos en el Texto Refundido del Estatuo de los Trabajadores y el Convenio Colectivo aplicable.

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6.2.- El contratista sustituirá las ausencias derivadas de Incapacidad temporal, vacaciones, permisos y absentismo en general, de manera que durante todo el período de duración del contrato se cubran de forma invariable los turnos establecidos.

6.3.- El personal poseerá la suficiente formación para la realización del trabajo objeto del contrato y observará buen comportamiento en el mismo manteniendo en todo momento correcta uniformidad, que será facilitada por el contratista en función de las tareas a realizar, dotándolo además de un distintivo de la empresa que llevará en zona perfectamente visible, con datos suficientes para su control. También utilizarán los materiales adecuados para su protección en los procesos de limpieza que así lo requieran (mascarillas, guantes de goma,....) conforme a la legalidad vigente.

6.4.- El contratista pondrá en conocimiento de la persona responsable del contrato la relación nominal de sus trabajadores, que se ajustará a lo establecido en el presente pliego; cualquier modificación en dicha relación nominal deberá, asimismo, ser notificada.

6.5.- El aumento o disminución del número inicial de trabajadores deberá contar con la aprobación expresa y por escrito del responsable del contrato; la variación en dicho número sin la referida autorización podrá dar lugar a la rescisión del contrato con pérdida de la fianza y de las retenciones practicadas. El SAE queda facultado para verificar, en cualquier momento y por el medio que considere más idóneo, el número de trabajadores empleados y su coincidencia con la relación nominal notificada por el contratista.

6.6.- El contratista quedará obligado a sustituir a aquel personal que no procediera con la debida corrección dentro de la misma, que fuera poco cuidadoso en el desempeño de sus funciones, o que incumpliese alguna de las obligaciones enumeradas en este Pliego.

6.7.- El contratista deberá velar por el cumplimiento de la normativa de Seguridad y Salud Laboral, mediante la elaboración e implantación de un Plan de Prevención y Salud Laboral específico con evaluación de riesgos individualizada por trabajador para los servicios de limpieza de sus edificios.

6.8.- El contratista quedará obligado a indemnizar a la entidad a la que presta servicio como responsable directo e inmediato de los daños que el personal a su servicio ocasione por dolo o negligencia, previa valoración de los mismos por el personal técnico del Servicio. No queda comprendido el supuesto establecido en el artículo 214.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

6.9.- Los licitadores presentarán un estudio en profundidad de las instalaciones, de donde se pueda desprender el conocimiento de las dependencias a limpiar, que permita conocer su estado, analizar sus necesidades y proponer soluciones para paliar las carencias detectadas.

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7. SUBROGRACIÓN DE PERSONAL.

Al término del contrato actualmente en vigor, los trabajadores de la empresa saliente pasarán a estar adscritos a la nueva titular de la contrata, que se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la anterior, de acuerdo con los convenios colectivos vigentes y de más normativa que le sea de aplicación.

Relación del personal a subrogar, según establece el artículo 12 del Convenio Colectivo del sector limpieza de edificios y locales para Sevilla y provincia.

CATEGORÍA FECHA ANTIGÜEDAD JORNADA. Encargado/a 01/10/2003 35 Horas semanales Limpiador/a 04/11/2004 31 Horas semanales Limpiador/a 01/03/2007 31 Horas semanales Limpiador/a 28/10/2003 31 Horas semanales Limpiador/a 01/04/2009 31 Horas semanales Limpiador/a 11/05/2005 20 Horas semanales Limpiador/a 04/05/1992 31 Horas semanales. Limpiador/a 01/01/1993 31 Horas semanales. Limpiador/a 01/08/1992 31 Horas semanales. Limpiador/a 05/11/2008 20 Horas semanales. Limpiador/a 19/12/2008 20 Horas semanales. 8. RESPONSABLE DEL CONTRATO.

La dirección del servicio de limpieza estará a cargo del titular del Servicio de Contratación y/o Administración General o persona en quien delegue.

El director de los trabajos tendrá una labor de inspección de la ejecución del contrato, suscribiendo un acta en el momento de la inspección en la que se hará constar la calidad del servicio prestado y se firmará por quien actué de inspector. Se indica que será necesaria la inmediata corrección de las posibles irregularidades que se detecten. Tres actas de incumplimiento podrán ser causa de resolución del contrato con pérdida de la fianza.

EL JEFE DEL SERVICIO DE INICIATIVAS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS.

Referencias

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