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TERMINOS DE REFERENCIA CONTRATACION DE SERVICIOS POR TERCEROS

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Academic year: 2021

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TERMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACION DE SERVICIOS POR TERCEROS

PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MODELO SAN ANTONIO DEL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA”.

1. GENERALIDADES

El Gobierno Regional de Moquegua viene desarrollando el estudio a nivel de Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MODELO SAN ANTONIO DEL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA”. CODIGO SNIP: 57613.

2. OBJETIVOS

Contratar los servicios, para la elaboración de un Informe de estado actual de instalaciones eléctricas existentes, diseño de las instalaciones eléctricas de Media Tensión, sub estación de Transformación, Instalaciones Eléctricas en interiores, sistema de comunicación y seguridad, correspondiente al proyecto a nivel de Expediente Técnico: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MODELO SAN ANTONIO DEL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA”. CODIGO SNIP: 57613.

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Nombre del Proyecto : “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MODELO SAN ANTONIO DEL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA”. CODIGO SNIP: 57613.

Afectación Presupuestal : (0211) 0090.2.188230.4.000038.22.047.0010.0211 4. BASE LEGAL

 TUO de la Ley N°28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público y sus modificatorias.

 Leyes del Presupuesto del Sector Publico del año fiscal vigente.

 Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Modificatorias.  Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control.

 Resolución de Contraloría General Nº 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno.

 Reglamento Nacional de Edificaciones.

 Directiva Nº009-2013-GOB.REG.MOQ/DLSG-DRA “Normas complementarias para la adquisición de bienes contratación de servicios para el funcionamiento de las unidades orgánicas del gobierno regional de Moquegua.

5. MARCO TÉCNICO REFERENCIAL

 Código nacional de electricidad – utilización y su modificación (RM N° 175 – MEM/DGE).

 Código nacional de electricidad – Suministro 2011

 DS N° 083 – 2003 – PCM (Reglamento de estándares nacionales de calidad ambiental para ruido)

 Normas DGE/MEM

 Código nacional de edificaciones  Normas técnicas peruanas

6. CONTENIDO DEL ESTUDIO

Para el componente de instalaciones eléctricas se realizara un informe del estado actual de las instalaciones existente y en función a lo obtenido elaborar lo siguiente:

a) Proyecto de Media Tensión.

b) Diseño de las instalaciones Eléctricas en interiores y exteriores.  Alimentadores principales y secundarios

 Redes de tomacorrientes

c) Diseño de alumbrado interior y exterior.  Circuitos derivados de alumbrado

 Circuito de iluminación especial y de emergencia d) Tableros generales en S.E (1) y de distribución

e) Sistema de Puesta a tierra f) Comunicación y Seguridad

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 Redes de data y telefonía

 Redes Wi Fi, (puntos de salida, cableado y ducteria)  Sistema de detección de incendio

 Red para sistema de vigilancia  Red de TV.

DISEÑO ESTRUCTURAL DEL ESTUDIO

1. Memoria descriptiva

2. Especificaciones técnicas de suministros de materiales. 3. Especificaciones técnicas de montajes de materiales. 4. Cálculos justificados

5. Metrados, presupuesto y análisis de costos unitarios.

6. Cronogramas de ejecución de obra y cronograma valorizado 7. Planos y detalles

Los módulos considerados para el expediente técnico son los siguientes:

SECTOR MODULO ZONA/MODULO

IN

IC

IA

L

I-1 Aula inicial 1 - 2, SS.HH. varones mujeres administración inicial dirección secretaria, sala de profesores tópico

I-2 Aula inicial 3- 4, SS.HH. I-3 Aula inicial 5- 6, SS.HH. I-4 Sum. deposito cocina, inicial

I-5 Departamento de ciencias sala psicomotriz, departamento ciencias inicial PR IMAR IA P-1 Aulas primarias P-2 Aulas primaria

P-3 Sum, deposito, cocina, aulas de innovación pedagógico, biblioteca, APAFA aulas primaria.

P-4 Aulas primaria departamento de educación física y aulas de idiomas. SE C U N D A R IA

S-1 Laboratorio, ceba, aula de investigación pedagógica, deposito. S-2 Aulas secundaria

S-3 Aulas secundaria

S-4 Aulas de educación p/trabajo, deposito, oficinas, SS.HH. damas y varones.

S-5 Biblioteca, sum secundaria, cocina depósito de banda, dirección secretaria tópico, sala de profesores.

OBRA S COM PLEM EN TA R IA

S C-1 SS.HH. niño (a)s, maestranza y guardianía C-2 SS.HH. damas y varones

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C-3 SS.HH. damas y varones, vestidores y duchas, deposito. C-4 Losa multideportiva con sombra graderías

C-5 Patio cívico nivel inicial c/sombra C-6 Zona de juegos infantiles con sombra C-7 Patio cívico nivel primario con sombra C-8 Patio cívico nivel secundaria con sombra C-9 Losa deportiva con sombra inicial C-10 Losa deportiva con sombra primaria C-11 Losa deportiva con sombra secundaria C-12 SS.HH. damas y varones, vestidores y duchas C-13 Cancha de futbol, pista atlética de cartan. C-14 Patio de reunión nivel inicial con sombra

C-15 Ingreso principal con sombra hasta campo deportivo C-16 Cerco perimétrico

C-17 Invernadero

7. SISTEMA DE CONTRATACION

Servicios por terceros.

8. MODALIDAD DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Financiamiento de la entidad con cargo al proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MODELO SAN ANTONIO DEL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA”. CODIGO SNIP: 57613.

Afectación Presupuestal: (0211) 0090.2.188230.4.000038.22.047.0010.0211

9. VALOR REFERENCIAL 10. RECURSOS HUMANOS

10.1 Del Prestados de servicio:

 El consultor será una persona natural o jurídica que deberá acreditar los siguientes requisitos como mínimo:

 Profesional Titulado

 Contar con colegiatura habilitada

 No estar inhabilitado para contratar con el Estado y tener RNP.  RUC de persona natural o jurídica.

 Disponibilidad inmediata

N° Profesional Personal

1

Profesional Ingeniero Eléctrico colegiado y habilitado con más

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La experiencia solicitada debe ser demostrada con documentos que certifiquen los trabajos desarrollados como consultor en elaboración de proyectos donde la sumatoria de experiencia deben dar como total dos (05) años de experiencia como mínimo.

11. DOCUMENTACIÓN NECESARIA

El Postor deberá adjuntar la siguiente documentación vigente:

 Copia simple de la constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores.

 Curriculum Vitae documentado, donde acredite la experiencia que se está requiriendo.  Certificado original de Habilidad Profesional Vigente.

 Declaración jurada de conocer y someterse a los términos de referencia y condiciones establecidas en las mismas.

12. PRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIOS

La presentación del Estudio, se efectuará en la siguiente forma: La elaboración de los Estudios de Inversión a Nivel de Expediente.

 Se presentará el estudio en 3 copias a colores debidamente selladas y firmadas por el profesional responsable, en Formato A-4.

 Los planos deberán estar en formato para su impresión a escala conveniente (Auto Cad 2010 .dwg)

 La Elaboración del estudio se presentará en programa Word. El Estudio deberá ser aprobado por la oficina de la Sub Gerencia de Estudios del Gobierno Regional.

 El Proyectista o Consultor, entregará el contenido en CD.

13. PLAZO DE EJECUCIÓN

Se realizará en un plazo de Treinta (30) días calendarios, contabilizados a partir de la emisión de la Orden de Servicio por parte del Gobierno Regional Moquegua. Incluye el tiempo necesario para consultas, coordinaciones y aprobaciones intermedias. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el contrato.

14. SUPERVISIÓN, COORDINACIÓN Y CONTROL DEL ESTUDIO

Durante la elaboración del estudio, el área de estudios de inversión monitoreará el avance de los estudios programados en coordinación directa con el responsable del proyecto.

15. REVISIÓN DEL ESTUDIO

La revisión estará a cargo de la Dirección de Supervisión del Gobierno Regional Moquegua.

16. RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN

La información requerida que servirá de base para elaborar el servicio, será recopilada por el profesional en campo.

17. CONDICIONES DE LOS RECURSOS OFERTADOS Digitalización del Estudio:

El prestador del servicio debe contemplar en su propuesta los costos por los trabajos de la digitalización y documentación del estudio e informes.

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18. DOCUMENTOS DE AVANCE

El Consultor deberá entregar en los 10 primeros días el informe situacional de la infraestructura existente y en el plazo determinado el servicio en su totalidad.

19. FORMA DE PAGO.

La forma de pago se realizará de la siguiente manera:

 El pago por los servicios se efectuará al 100%, a la aprobación y evaluación, por el área de supervisión y la presentación del documento de aprobación del expediente de media tensión expedido por el ELECTROSUR S.A.

 Además el prestador del SERVICIO, se encargará de presentar el estudio debidamente firmado y adjunto su certificado de habilidad profesional, con el fin de ser presentados a las entidades encargadas de su revisión para la obtención de la aprobación técnica correspondiente.

20. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR.

 El contenido del estudio deberá ser coordinado con responsable de la parte Arquitectónica Funcional.

 Deberá indicar en su cotización la Localización de su Domicilio Técnico Legal para las coordinaciones y verificaciones de avance.

 Las coordinaciones con el responsable del proyecto deben realizarse dos veces por semana, a fin de reportar inconvenientes, dificultades que retrasen el proyecto.

 En lo posible, el consultor deberá realizar las coordinaciones del avance del trabajo conjuntamente con el responsable de la revisión del Proyecto, coordinador y los dirigentes de la zona.

 También tiene la obligación y responsabilidad respecto del servicio prestado hasta su ejecución, así como cualquier otro contenido que se necesite ser actualizado. El consultor no podrá reclamar pago adicional alguno por este concepto.

21. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO

El prestador de servicio asumirá la responsabilidad técnica total por los servicios profesionales prestados para la elaboración del estudio:

 En atención a que el PRESTADOR DE SERVICIO es el responsable absoluto del estudio que realiza, deberá garantizar la calidad del Estudio y responder del trabajo realizado, de acuerdo a las norma legales durante los siguientes diez (10) años, por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su concurrencia.

 En caso de no concurrir a la citación indicad en el numeral 1, se hará conocer su negativa inicialmente al SUB GENRENTE DE ESTUDIOS y se procederá legalmente en las instancias correspondientes.

22. DE LA PENALIDADES

 El incumplimiento del proveedor por la demora en la entrega del servicio ocasionara la aplicación de una penalidad no mayor del 10% del monto contractual calculada en base al plazo requerido, dicha penalidad deberá ser consignada en los términos de referencia, especificaciones técnicas y en la orden de servicio a emitirse.

 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad la Dirección Regional de Administración, podrá resolver la orden de servicio, parcial o totalmente por incumplimiento, mediante la remisión de una carta simple por aquel que suscribió la orden de servicio.

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