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BASES LLAMADO A CONCURSO PRODESAL COMUNA DE PUNTA ARENAS

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BASES LLAMADO A CONCURSO

PRODESAL – COMUNA DE PUNTA ARENAS

La I. Municipalidad de Punta Arenas, en adelante el Municipio, invita a todos los oferentes con conocimiento y experiencia en los servicios de asesoría técnica a agricultores, a participar en la Licitación Pública para la

Contratación de los Servicios de “Implementación y Ejecución del

Programa de Desarrollo Local Prodesal de INDAP”. Cargo a contratar:

1 TÉCNICO SILVOAGROPECUARIO

Se orienta a la búsqueda a un Técnico Agrícola Universitario o técnico del ámbito agropecuario con conocimientos de computación a nivel usuario, con conocimientos en fruticultura, horticultura, suelos, riego, cultivos, cultivos forzados, preparación y evaluación de propuestas técnicas de proyectos agrarios

El postulante, debe contar con movilización propia

1. Postulantes.

Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales, que dispongan de antecedentes que avalen su experiencia e idoneidad en la prestación de los servicios solicitados por la Institución. Dicha acreditación podrá efectuarse por todos los medios que el oferente considere pertinentes. La experiencia y los medios por los que ésta se justifique serán analizados y evaluados internamente por la Comisión Evaluadora de selección designada para tales efectos, de acuerdo a los criterios que se indican más adelante.

La propuesta se regirá por estas Bases Administrativas, y demás documentos de la propuesta y por las normas legales, reglamentarias y

técnicas vigentes al momento de su apertura.

Adicionalmente, deberá ajustarse a las normas técnicas del programa PRODESAL vigentes.

Se entiende que quienes presenten ofertas, lo hacen con pleno, y cabal conocimiento y aceptación de las presentes Bases de Licitación.

La omisión, distorsión, adulteración o falsificación, de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, será causal suficiente para rechazar la propuesta de plano y sin más trámite que la sola recomendación de la Comisión Evaluadora.

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2. Proceso de Selección.

La presente selección se realizará en una sola etapa, para lo cual los participantes deberán presentar en un sobre debidamente cerrado los antecedentes y acreditaciones, en la Dirección de Desarrollo Económico Local de la Municipalidad de Punta Arenas. Estas propuestas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el participante seleccionado.

El proceso de selección estará orientado a obtener óptimas condiciones técnicas por parte de los oferentes participantes. En términos técnicos, se evaluará la idoneidad y calidad técnica profesional, de manera de asegurar que el oferente seleccionado, que será el prestador de servicios, se ajuste a los requisitos que INDAP y el Municipio han especificado para su operación.

3. Calendario de Actividades.

3.1. Publicación de las Bases de Licitación: El llamado a concurso se publicará el día 27 de Julio del 2012, en la página Web de la

municipalidad, www.puntaarenas.cl.

3.2. Cierre de las Propuestas: El cierre de las propuestas se realizará el día 03 de Agosto del 2012 a las 16:00 horas.

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El Comité Evaluador se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores que a su juicio no influyan ni infrinjan significativamente lo estipulado en las Bases.

Modificaciones al itinerario de licitación: El municipio podrá postergar la fecha hora y lugares fijados para la entrega de las ofertas y documentos anexos, como la fecha del ingreso al Portal Chile Compra de la propuesta económica.

Solo podrán participar en el proceso licitatorio quienes cumplan con los requisitos de:

Para todos los efectos de esta licitación, los días hábiles se considerarán sólo de lunes a viernes.

Las propuestas que se presenten y no cumplan con los requisitos señalados en estas Bases de Licitación, no participarán en el proceso de evaluación y selección.

Las propuestas deberán considerar y contener la siguiente información: 5.1.- Propuesta Económica:

Para este servicio se cuenta con un monto máximo mensual Impuestos Incluidos.

Se deja establecido que los gastos de bencina, mantención del vehículo, colación, etc. Involucrados en la prestación del servicio, serán de cargo del proponente.

5.2.- Propuesta Técnica:

Se debe realizar mediante la entrega de un sobre cerrado, el cual debe indicar “Postulación Cargo Técnico Agrícola Prodesal Punta Arenas”, incorporando los documentos relacionados con los servicios

encomendados y aportando antecedentes de respaldo, que avalen la experiencia en los servicios realizados.

Entre los documentos que deben presentar los interesados se incluyen los siguientes:

1. Currículum del oferente que participará en el desarrollo de los

servicios requeridos por la Institución.

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3. Otros antecedentes que el oferente estimare oportuno agregar y que amplíen la descripción de los servicios. Estos documentos son de presentación optativa.

5.3.- Antecedentes Administrativos.

Los documentos de carácter administrativo se deberán enviar al municipio, en sobre cerrado y rotulado indicando:

“Postulación Cargo Técnico Agrícola Prodesal Punta Arenas” y Nombre del proponente.

En este sobre, deberán incluirse el original y 1 copia simple de los siguientes documentos.

1. Certificados de Experiencia en proyectos similares a lo solicitado,

detallando los servicios realizados, que deberá ser extendido por empresas o servicios.

2. Aquellos oferentes que hayan prestado servicios de asesorías

técnicas en programas relacionados con INDAP, deberán presentar un certificado de dicha institución donde indique su desempeño, señalando el período correspondiente.

3. Declaración Jurada ante Notario Público o Ministro de Fé de

Registro Civil. El oferente deberá expresar en este documento que en su condición de persona natural, no presta servicios al Estado como empleado dependiente y que, además no tienen la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, con funcionarios de niveles de Jefaturas Nacionales o Regionales de INDAP y de la Municipalidad que llama al presente concurso.

4. Otros antecedentes que el oferente estimare oportuno señalar y

que amplíe la descripción de los servicios. Estos documentos son de presentación optativa.

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5. Procedimiento de Evaluación y Adjudicación de las Propuestas.

Las propuestas serán evaluadas por un equipo constituido por

funcionarios tanto de INDAP como del Municipio, en calidad de Comité Técnico Evaluador, en base a los siguientes criterios:

Se analizará el cumplimiento de las exigencias formales y de contenido establecido en las Bases de Licitación, es decir, si todos los documentos y antecedentes exigidos efectivamente han sido aportados y los que deben ser entregados en sobre cerrado al municipio, en la medida que el contenido de la propuesta corresponda a lo solicitado.

Una vez que INDAP y el Municipio hayan determinado las propuestas que se ajustan a los documentos de licitación, se procederá a su evaluación y comparación.

5.1.- Las ofertas serán evaluadas técnicamente bajos los siguientes criterios:

- Profesional afín con el cargo que se licita. - Experiencia Laboral.

- Conocimientos de Planificación y gestión.

- Conocimientos en formulación de proyectos para inversión. - Conocimiento computacional a nivel usuario.

La ponderación de esta evaluación será de 40 %.

El Comité Evaluador deberá elegir entre las propuestas presentadas, aquella que cumpla con todos los requisitos establecidos en las Bases de licitación, y que presente la propuesta más conveniente para INDAP según Las Normas Técnicas de PRODESAL vigentes. Para ello se deberán preseleccionar los candidatos que obtengan 70 puntos o más en su evaluación curricular, los que serán convocados a la entrevista personal. 5.2.- Entrevista personal, tendrá una ponderación del 60 %.

El Comité se reserva la facultad de requerir a los oferentes participantes información aclaratoria de su propuesta, ello sin afectar su trato igualitario y que signifiquen nuevas exigencias o requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación.

Asimismo, el Comité podrá declarar nula o desierta la licitación por causa fundada, sin que por ello se incurra en responsabilidad alguna.

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5.3.- Según las Normativas del Programa PRODESAL, los postulantes que obtuvieron los mayores puntajes formaran una terna, de la cual el comité evaluador elegirá de común acuerdo al postulante seleccionado.

En caso de no llegar a conformar la terna debido al bajo número de postulantes, se seleccionará quien cumpla de mejor forma los requisitos para el cargo licitado.

6. Notificación de la Adjudicación.

El Comité, adjudicará la presente licitación al oferente cuya propuesta se ajuste a los documentos de licitación y haya sido evaluada como la más conveniente para los intereses del programa PRODESAL y cumpla con los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación.

Determinado el oferente seleccionado por el Comité Evaluador, dentro del plazo previsto en las Bases, se notificará vía llamado telefónico al oferente seleccionado que su propuesta ha sido aceptada y se convendrá con el oferente la formalización del contrato respectivo.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada del Alcalde. Idéntico procedimiento se observará, en caso de que la licitación se declare desierta.

El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones establecidas o que se deriven de estas Bases, de la presentación de su oferta y del contrato que se genere con motivo de esta propuesta.

7. Plazos de Ejecución, Aprobación y Término del Contrato.

La suscripción del contrato, se efectuará en el plazo de hasta quince (15) días hábiles, a contar de la fecha de notificación de la adjudicación. El contrato regirá para las partes una vez que la Resolución que lo aprueba haya sido totalmente tramitada.

El plazo de ejecución de los servicios será anual y su continuidad estará supeditada a la evaluación de desempeño, a la normativa vigente y supeditada a los presupuestos disponibles.

Si a juicio del Municipio e INDAP y por causa fundada, no es conveniente continuar con los servicios considerando los resultados de las evaluaciones de desempeño, podrá darse término anticipado al contrato, cancelando al oferente seleccionado sólo el valor de las etapas que haya concluido y aprobado.

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Se deja constancia que el oferente adjudicado, no será considerado funcionario Municipal, por lo que no gozará de los beneficios que éstos tienen, ni le será permitido hacer compromisos y gastos a nombre de la Institución. El Municipio no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda afectar al oferente favorecido en esta licitación, durante la ejecución de su trabajo.

8. Presupuesto y Forma de Pago al Oferente Adjudicado.

Los pagos se realizarán a través de Boleta de Honorarios, las cuales deberán ser revisadas por un Funcionario Municipal y deberá contar con la aprobación de la Agencia de Área de INDAP respectiva, para posteriormente proceder a su pago.

El oferente seleccionado no tendrá derecho a exigir el pago de ninguna otra suma de dinero fuera de la estipulada por la prestación de los servicios objeto de esta licitación.

9. Término del Contrato.

Mediante notificación por escrito al oferente seleccionado, podrá ponerse administrativamente término anticipado al contrato, sin indemnización alguna para el oferente seleccionado, si concurren algunas de las causales que se señalan a continuación:

1. Resocialización o mutuo acuerdo entre las partes.

2. Si el oferente seleccionado no diere cumplimiento a cualquiera de las obligaciones previstas en las Bases o en el Contrato que haya suscrito, de acuerdo al informe y/o evaluaciones de desempeño que realicen INDAP y el Municipio.

3. Si el oferente seleccionado fuere declarado en quiebra, insolvencia financiera, o perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.

4. Por fallecimiento del oferente seleccionado, en cuyo caso se procederá a efectuar la liquidación del contrato.

5. Por razones de caso fortuito o fuerza mayor.

El contrato se entenderá resuelto administrativamente, por cualquier incumplimiento de parte del oferente seleccionado respecto de las obligaciones contraídas.

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10. Contraparte Técnica y Coordinación.

El Municipio e INDAP se relacionarán con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de las personas que se designen, para efectuar las siguientes funciones: 1. Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados,

velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para la entrega de los productos e informes establecidos. 2. Analizar los avances y resultados de las diferentes actividades, revisar

y aprobar los productos e informes de avance, planteando al oferente seleccionado las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes.

3. Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas.

4. Colaborar con el oferente seleccionado en el ámbito de sus competencias, como también, poner a disposición del mismo las bases y normativas relativas a los programas seleccionados para los presentes servicios. Además, facilitará el contacto con los funcionarios municipales y de INDAP.

5. Autorizar y visar los pagos programados según lo acordado en el contrato y Resolución del mismo, que regulan la ejecución de esta licitación.

INDAP coordinará también un mínimo de reuniones que serán convenidas oportunamente y se realizarán durante la ejecución de los servicios contratados.

11. Propiedad y Confidencialidad de los Servicios Contratados. El oferente seleccionado deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, de INDAP y del Municipio que conozca durante su desarrollo. Asimismo, deberá observar los más altos niveles éticos y no vincularse a actos de corrupción, soborno, extorsión, coerción y/o colusión.

Por lo tanto, se entiende que lo anterior será una obligación esencial para el oferente seleccionado y sus dependientes, de tal modo que no podrán bajo ninguna circunstancia, manera, forma o medio difundir, ni siquiera por parcialidades o por fragmentos, los productos e informes, ni ningún otro antecedente sobre la materia de los servicios, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, reservándose el

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Municipio el derecho de ejerce acciones legales que correspondan de acuerdos a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del oferente seleccionado durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al Municipio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el oferente, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos de infracción de esta obligación.

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