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Creación de centros de atención integral para víctimas de trata de personas en el Ecuador

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DE TÍTULO DE

MAGISTER EN DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGIA.

TEMA

CREACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA

VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL ECUADOR

.

AUTOR

AB. CARLOS ALBERTO ULLOA BENÍTEZ

ASESOR

AB. RAÚL GILBERTO HERRÁEZ QUEZADA, MSc

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II

CERTIFICACION DEL TUTOR

Ab. Raúl Herráez Quezada, MSc. certifico: que el Ab. Carlos Alberto Ulloa Benítez, estudiante de Post grado de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, ha culminado con su trabajo de investigación cuyo tema es: “CREACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL ECUADOR”, documento que ha sido revisado en todas sus partes y dado que reúne todos los requisitos de fondo y forma exigidos por la universidad, se recomienda continuar con el trámite correspondiente para su defensa.

El delito de trata de personas a pesar de ser tan antiguo en la actualidad está tomando fuerza en forma desmedida, más movido por la crisis económica que viven los países, en especial el Ecuador, exclusivamente en el sector costero de Santa Elena, dentro de las diversas formas de explotación se encuentra la explotación sexual, a veces voluntaria e involuntaria, nacional y hasta internacional.

La ley a más de la sanción que se establece en el artículo 91 del Código Integral Penal, el Estado no ha completado su protección integral a las víctimas de este delito, a pesar de estar establecido en el artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el numeral 29 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, no se logra la reparación integral a la víctima de trata de personas, tal como se dispone en el artículo 77 del Código Orgánico Integral Penal.

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III

DECLARACIÓN DE AUTORÍA

Ab. Carlos Alberto Ulloa Benítez, estudiante de Post grado de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, Quevedo, autor de la tesis cuyo tema es: “CREACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL ECUADOR”, declaro: que el presente tema es original, de mi completa autoría y por ende de mi exclusiva responsabilidad todos los temas expuestos en ella, de tal forma que cualquier inquietud o reclamo que se pretenda sobre el contenido, estoy presto a responder con el mayor agrado.

De conformidad al artículo 4 y 5 de la Ley de Propiedad Intelectual, autorizo expresamente a la Universidad para que el presente tema sea empleado como bibliografía en futuras investigaciones, así mismo sobre mi él se desarrollen nuevas investigaciones para mejorar la propuesta o hasta obtener resultados positivos en protección a las víctimas del delito de trata de personas..

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IV

AGRADECIMIENTO

Dentro del presente tema de investigación cuyo título es “CREACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL ECUADOR”, agradezco a Dios, a mis padres, a mi familia, a mis maestros y amigos que supieron depositar en mi la semilla de la superación, la confianza y la fuerza para en base al esfuerzo y trabajo, buscar mejores días y contribuir en algo para el ordenamiento de la sociedad.

En el estudio y conocimiento de post grado, es oportuno agradecer a todos los docentes de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, por el esfuerzo y la oportunidad de superación que nos supieron brindar, adquiriendo con ello las herramientas apropiadas para actuar con responsabilidad social, profesional y altísimo humanismo.

Ab. Carlos Alberto Ulloa Benítez

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V

DEDICATORIA .

El presente trabajo de investigación cuyo tema es “CREACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL ECUADOR, se la dedico a mis padres, a mi familia, quienes estuvieron siempre apoyándome, dándome la fuerza suficiente para conseguir las metas propuestas, es ser útil a los demás, haciendo del trabajo un eterno compromiso, para que se cumpla el Estado Constitucional de Derechos y Justicia.

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VI

ÍNDICE GENERAL

Temas Pag.

Certificación del tutor II

Declaración de autoría III

Dedicatoria IV

Agradecimiento V

Índice general VI

Resumen ejecutivo VIII

Executive sumary IX

Introducción 10

INTRODUCCIÓN:

Antecedentes de la investigación 11

Planteamiento del problema 13

Formulación del problema 18

Delimitación del problema 18

Objeto de investigación y campo de acción 18

Línea de investigación 18

Objetivos 19

Idea a defender 19

Justificación 19

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear 20

Resumen de la estructura de la tesis 22

Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica 23

CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO:

Antecedentes investigativos 25

Origen y evolución del objeto de investigación 25

Análisis de las distintas posiciones teóricas 27

Delito de trata de personas 27

Fines de la trata de personas 27

Historia y evolución de la trata de personas 32

Origen de la figura jurídica de la trata de personas 36

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VII

La trata de personas en el Código Orgánico Integral Penal 44

Esfuerzos del delito de trata de personas 45

Políticas de Estado en el delito de trata de personas 48 Atención a las víctimas del delito de trata de personas 51 Algunas consideraciones jurídicas en la trata de personas 54

Trata de personas en el Ecuador 59

Victimología 64

Victimodogmática 70

Derechos humanos 72

Delito 75

Neoconstitucionalismo 79

Derecho comparado 80

Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas

posiciones teóricas sobre el objeto de investigación 82

Conclusiones parciales del capítulo 82

CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

Caracterización del sector 83

Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo

De la investigación 83

Población y muestra 89

Interpretación de resultados 89

Propuesta del investigador 99

Conclusiones parciales del capítulo 115

CAPÍTULO III. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN

Procedimiento de la aplicación de los resultados 117 Análisis de los resultados finales de la investigación, Incluye

validación, aplicación y evaluación de los resultados de la

aplicación de la propuesta 118

Conclusiones parciales del capítulo 119

Conclusiones generales 120

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VIII

RESUMEN EJECUTIVO

La presente investigación se resume al caos desvastador por el que está pasando la humanidad, pues un ser humano que trafique con otro ser humano de iguales condiciones humanistas, pero de diferencias, económicas, sociales y regionales, se está cumpliendo las frases del filósofo británico Tomas Hobbes, que sentención Hómini lupus hómini”, el hombre es lobo del Hombre o también al referirse el conjunto social, es una guerra de todos contra todos, en la que sale perdiendo el más vulnerable, el más débil, como son las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, a quienes los estados deben proteger.

El Ecuador es un país que gracias a los desgobiernos han logrado orillar al Estado hacia un abismo gigantesco, han preparado el terreno para que los habitantes víctimas de la pobreza, sean blancos fáciles de los individuos que se dedican al tráfico de seres humanos, identificado como trata de personas.

El fenómeno abre sus tentáculos aprovechando las condiciones de miseria, también la desvalorización de las personas, que piensan vivir del mínimo esfuerzo y así se van formando las redes de trata de personas, que se extienden dentro del territorio nacional e internacional, sin escrúpulos, sin humanismo, pues este delito constituye una vuelta al pasado histórico, en donde la esclavitud fue el peor período que el hombre debió soportar.

Los reclamos de las personas por mejorar sus condiciones fueron siempre el discurso de los poderosos, así Ciro el Grande, al conquistar Babilonia, ofreció respetar los derechos de los conquistados y concedió libertad de religión y trato racial igual, liberó a los esclavos, por lo que considerado el primer texto de declaración de los derechos humanos.

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IX

EXECUTIVE SUMARY

This research summarizes the devastating chaos that is happening humanity, as a human being who traffics another human being of the same humanistic conditions, but with economic, social and regional differences, are serving sentences of British philosopher Thomas Hobbes, who sentenced "homini lupus homini" man is wolf to man or also referring to the social whole, it is a war of all against all, in which loses the most vulnerable, the weakest, such as women, children, people with disabilities.

Ecuador is a country that thanks to the misgovernments have managed to bring the state into a giant abyss, they have paved the way for the victims of poverty, they are easy targets for individuals who engage in trafficking human, identified as human trafficking people.

The phenomenon expands its tentacles taking advantage of the conditions of misery, also the devaluation of people who intend to live the minimum effort and so are forming networks trafficking, which extend into the national and international territory, unscrupulous, humanism, since this crime constitutes a return to the historical past, where slavery was the worst period man had to endure.

The claims of people to improve their conditions were always the discourse of the powerful and Cyrus the Great, to conquer Babylon offered to respect the rights of the conquered and granted freedom of religion and racial equal treatment, freed the slaves, so which it was considered the first text of the declaration of human rights.

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INTRODUCCIÓN

En la Introducción, constan los antecedentes de la trata de personas, el planteamiento del problema se realiza mediante la relación causa-problema efectos expresado en el árbol de problemas, la formulación del problema nos permite explicar la existencia del problema de trata de personas, para tener certeza del trabajo de investigación se delimita el problema, siempre apegada a la línea de investigación, es necesario fijar objetivos e idea a defender, además consta la justificación del tema, breve explicación de la metodología, resumen de la estructura de la tesis y los elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica.

En el Capítulo I., Se expresa la evolución del problema y el análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. Se realiza una valoración crítica de las distintas posiciones teóricas y las conclusiones parciales del capítulo

En el Capítulo II., inicia con la caracterización del sector, la descripción del procedimiento metodológico, la propuesta que es la parte más sobresaliente del capítulo y culmina con las conclusiones parciales del capítulo.

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11 INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la Investigación

En las últimas décadas el crimen organizado transnacional se ha incrementado, creando eficaces redes que operan empleando variados métodos y recursos para desarrollar sus ilícitas y altamente lucrativas actividades. Entre ellas la trata de personas, especialmente contra mujeres, niños, niñas y adolescentes, con diversos fines como la explotación sexual, laboral, servidumbre, esclavitud, extracción de órganos, entre otros. Es por ello que en este trabajo se enfoca en el creciente auge de este delito y las graves consecuencias insubsanables que le causan a la sociedad Ecuatoriana.

La trata de personas ha sido entendida como un problema que vulnera, flagela y atenta contra los Derechos Humanos dentro y fuera del Ecuador, el concepto que la define es, como: “el reclutamiento, el transporte, la transferencia, acogida o recogida de personas, por cualquier medio, para el trabajo y servicio forzado, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre o la remoción de órganos”1. Durante el proceso de infracción de derechos humanos se incluye que en la mayoría de casos los tratantes recurren a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, las mismas que como propósito tienen la recepción de pagos a los tratantes.

El Ecuador, específicamente es el país que constituye el lugar desde el que se abordará la presente tesis investigativa, considerando como referencia a este país como una de las vías de tránsito y de destino de las víctimas de trata de personas, en este sentido se toma en cuenta factores generales tales como: la migración regular, la pobreza, los débiles controles fronterizos y como uno de los elementos fundamentales las políticas que se encuentran ofreciendo protección jurídica a las víctimas de trata y a la prevención de la misma.

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como son la pobreza, desprotección, abandono, violencia intrafamiliar, discriminación por género o etnia, analfabetismo, deserción escolar, trabajo infantil, falta o debilidad en las legislaciones, corrupción, entre muchos otros. Todos estos elementos contribuyen a que las personas que sufren mayor vulneración de sus derechos se encuentren más susceptibles de ser tratados, sea con fines de explotación sexual, laboral, reclutamiento para conflictos armados, extracción de órganos o servidumbre, entre otros fines de la telaraña que es este abominable delito.

En este contexto no es difícil imaginar que niñas, niños y adolescentes puedan caer fácilmente, a través de la seducción y el engaño, en redes criminales que les ofrecen un mundo soñado, o bien que los adultos empobrecidos vayan viendo cada vez más lejana la posibilidad de cambio, aumentando su frustración y desesperanza, reforzando su incapacidad para revertir su condición y, por tanto, puedan llegar a establecer una relación de compra y venta con redes de traficantes y tratantes.

El execrable delito de la trata de personas empieza a ser concebido por los estados de Latino América como un flagelo que debe ser combatido con la característica de transnacional. Así lo dejó sentado MERCOSUR al establecer el Plan de acción para la lucha contra la Trata de personas y el reciente Protocolo que adoptó en el 2012 para estos efectos. Por su parte la Unión de Naciones Suramericanas –UNASUR – en la Asamblea realizada en Cartagena durante los días 3 y 4 de mayo de 2012 con presencia de los 12 países que la integran (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela), decidió recomendar la conformación de un consejo independiente contra el crimen organizado destacando el millonario negocio que representa la proliferación de la trata de personas y tráfico de migrantes.

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Por mucho tiempo este delito fue considerado como una serie de sucesos aislados y no como un problema social estructural, permitiendo que se pase a la invisibilidad, desapercibido y de alguna forma aceptada por la misma sociedad.

El cuadro de la trata es una realidad, y lo más importante es la prevención y atención a las víctimas, para resolver este gran problema al que se lo ha denominado la esclavitud del nuevo siglo.

Desde esta posición y antecedentes se aborda el problema en el que se radicaliza la presente investigación, la misma que se centra en el análisis de las personas vulnerables a este delito, su captación, con qué fines se lo realiza y las consecuencias que acarrean dentro de la sociedad Ecuatoriana , en este sentido se considera que la trata de personas es un tema competente para el sistema político y social, ya que desde éstos se ampara o se desprotege a este grupo dispuesto como vulnerable dentro de la población discriminada.

Planteamiento del problema

El problema de la trata de personas en el Ecuador se constituye por la ola de ingreso de gente de otros países al Ecuador se ha convertido en uno de los mayores problemas y riesgos para nuestro país, debido a que varias personas han sido objeto de esta inhumana actividad, y siendo esclavizados han enriquecido a otros individuos, en el caso de las mujeres además su tráfico y comercio ha estado ligado a su objetivación sexual, por lo cual en nuestro país , pese a existir un auge en los últimos años de este delito no ha creado Centro de Atención integral para víctimas , a fin de restituir sus derechos vulnerados y reinsertados a la sociedad.

Desde Julio del 2008 el Gobierno eliminó la exigencia de visa para las personas de todas las nacionalidades, lo que produjo una ola de ingresos que antes no se habían registrado en el país.

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informe del Departamento de Estado estadounidense ubicó a Ecuador en la lista de países que no cumplen las normas mínimas ni hacen esfuerzos para impedir el tráfico de personas.

Se debe distinguir la inmigración de indocumentados y la trata de personas, en el primer caso, redes transnacionales por significativas sumas de dinero, que se ofrece a ciudadanos de modestos recursos para ingresar a otro país.

La Policía Nacional reveló que Manabí es una de las provincias donde más se evidencia el tráfico de seres humanos. En los últimos cuatro años, más de 2.000 ecuatorianos han sido reportados desde Guatemala, El Salvador, Costa Rica y México, luego de haber sido capturados cuando intentaban ingresar ilegalmente a través de embarcaciones pesqueras a los Estados Unidos por esas rutas.

Gran variedad de naves han sido detenidas en alta mar y la vida de miles de ecuatorianos ha estado expuesta a humillaciones y a muchos riesgos inhumanos. Por otro lado, la trata de personas “se entiende como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción. Al rapto, fraude, engaño, al abuso de poder, una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos” Protocolo contra la trata de personas de la ONU.

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Es un delito cuya naturaleza jurídica es compleja, es decir de difícil comprobación, existe y afecta a muchos estados, incluyendo al nuestro. Se estima que cada año son traficadas alrededor de 800.000 y 900.000 personas.

El comercio de seres humanos representa una industria de aproximadamente 5 a 7 mil millones de dólares y de 4 millones de personas desplazadas en promedio anual. Las políticas ejecutadas desde los gobiernos, las instituciones y organismos internacionales han contribuido positivamente en el fortalecimiento de redes de control, prevención y atención de víctimas.

Pero la magnitud del problema nos obliga a desplegar acciones regionales adicionales desde distintos espacios, con campañas principalmente de comunicación y socialización, pues estamos frente a un delito de dimensión transnacional que demanda la conformación de alianzas estatales e institucionales para minimizar sus efectos.

No solo se encasilla en el tema migratorio sino en la explotación de menores, quienes son obligados a trabajos forzados y en otros casos a ejercer la prostitución. La DINAPEN (Dirección Nacional de la Policía Especializada en Niños, Niñas y Adolescentes, reveló que en Manabí hay 45 menores que no han sido hallados, 22 fueron víctimas de abuso y tan solo 3 fueron rescatados de una red de prostitución infantil.

Nuestro país es un Estado caracterizado por ser fuente de origen, tránsito y destino de muchas personas afectadas por el delito de trata de personas, especialmente para fines de explotación sexual y laboral. El informe emitido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos para la sección del Ecuador en el año 2005, se refiere en los siguientes términos “En el 2003, la Organización Internacional del Trabajo, estimó que más de 5.000 menores eran explotados en Ecuador en la prostitución.

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Occidental, particularmente a España e Italia, y a otros países de América Latina. Ciudadanos colombianos cruzan la frontera ecuatoriana para involucrarse en prostitución y se cree que muchos han sido víctimas de la trata. Los débiles controles fronterizos de Ecuador lo convierten en un punto de origen y tránsito de emigrantes ilegales. El uso de organizaciones de contrabando de ilegales por parte de los emigrantes aumenta su vulnerabilidad a ser víctimas de la trata de personas.

El Código Orgánico Integral Penal en su artículo 91 expresa:

Artículo 91.- Trata de personas.- La captación, transportación, traslado, entrega, acogida o recepción para sí o para un tercero, de una o más personas, ya sea dentro del país o desde o hacia otros países con fines de explotación, constituye delito de trata de personas. Constituye explotación, toda actividad de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, mediante el sometimiento de una persona o la imposición de condiciones de vida o de trabajo, obtenidos de:

1. La extracción o comercialización ilegal de órganos, tejidos, fluidos o material genético de personas vivas, incluido el turismo para la donación o trasplante de órganos

2. La explotación sexual de personas incluida la prostitución forzada, el turismo sexual y la pornografía infantil.

3. La explotación laboral, incluido el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas y el trabajo infantil.

4. Promesa de matrimonio o unión de hecho servil, incluida la unión de hecho precoz, arreglada, como indemnización o transacción, temporal o para fines de procreación. 5. La adopción ilegal de niñas, niños y adolescentes.

6. La mendicidad.

7. Reclutamiento forzoso para conflictos armados o para el cometimiento de actos penados por la ley.

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Para mejor explicación del problema se utiliza una herramienta práctica como es el árbol de problemas (Anexo No. 1), que a continuación se detalla la relación causa-problema-efectos:

La pobreza en relación del problema, a los ciudadanos víctimas del delito de trata de personas, el Estado le está vulnerando sus derechos constitucionales, al no contar con centros de atención integral hasta su total reinserción, tiene como efecto la mendicidad.

El desconocimiento de la normativa vigente en relación con el problema a los ciudadanos víctimas del delito de trata de personas, el Estado le está vulnerando sus derechos constitucionales, al no contar con centros de atención integral hasta su total reinserción, produce el efecto de delito.

La vulneración de derechos en relación con el problema, a los ciudadanos víctimas del delito de trata de personas, el Estado le está vulnerando sus derechos constitucionales, al no contar con centros de atención integral hasta su total reinserción, produce el efecto, inseguridad

La falta de educación ciudadana en relación con el problema, a los ciudadanos víctimas del delito de trata de personas, el Estado le está vulnerando sus derechos constitucionales, al no contar con centros de atención integral hasta su total reinserción, tiene el efecto la ignorancia.

Formulación del problema

A los ciudadanos víctimas del delito de trata de personas, el Estado le está vulnerando sus derechos constitucionales, al no contar con centros de atención integral hasta su total reinserción.-

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Para mejor estudio del problema se delimita, destacando el lugar exclusivo en donde se desarrolla, la legislación penal actual con alto contenido de derechos humanos, pone especial atención y se preocupa por los victimarios, más no por las víctimas.

Objeto de investigación y campo de acción.

Objeto de investigación: Legislación penal

Campo de Acción: Trata de personas en el Ecuador.-

Lugar: Unidad Judicial de lo Penal de la provincia de Santa Elena

Fecha: Año 2016

Identificación de la línea investigativa

“Protección de derechos y garantías constitucionales”.

Objetivos: Objetivo General y objetivo (s) específico (s)

Objetivo General

Elaborar una propuesta de proyecto de creación de Centros de Atención Integral a las víctimas del delito de trata de personas en el Ecuador, para que se garanticen sus derechos constitucionales.

Objetivos específicos

a) Elaborar las bases teóricas en la tesis en base a la consulta de autores nacionales y extranjeros que tiene relaciones con el tema de investigación.

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c) Diseñar el proyecto de construcción de centros de atención integral a los ciudadanos víctimas del delito de trata de personas.

d) Validar la propuesto por la vía de los especialistas.

Idea a defender

Elaborando un proyecto de creación de Centros de Atención Integral a las víctimas de trata de personas en el Ecuador, se garantizarán los derechos constitucionales.

Justificación

Se justifica realizar la presente investigación debido a que el delito de trata de personas cada vez se sigue incrementando, va ganando más adeptos, va ganado terreno, tanto desde el campo de las víctimas, como por parte de los victimarios o tratantes de personas.

La legislación internacional poco o nada ha hecho al respecto para prevenir este tipo de delito que de todos los delitos es el más deshumanizador, comparado con los otros delitos, en este caso que se involucra a la persona y no se sabe como va a terminar, ya que muchas de las veces termina en un montón de huesos.

En nuestro país la acción de la justicia en muchos casos ha sido positiva, pero el Estado no ha hecho nada o lo que ha hecho es muy poco considerando el grado de vulnerabilidad de las víctimas del delito de trata de personas.

El Estado debe invertir todos sus esfuerzos, a fin de proporcionar y garantizar sobre todos los medios, procedimientos en las que las personas víctimas del delito de trata de personas.

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Se justifica la investigación sobre el delito de trata de personas, debido a que desde la antigüedad ha ido evolucionando ha pasado con la llamada trata de blancas cuando ingresaban mujeres blancas al continente africado a prostituirse, ahora ya no solamente se prostituye, sino que existen redes que comercian los órganos de las personas, niños que son entregados en adopción ilegal, o explotación laboral de niños, adolescentes y adultos en las más deprimentes formas de esclavitud.

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear Modalidad:

 Cualitativo- Cuantitativo

 Cualitativo

 Cuantitativo Tipos

Tipos de investigación Por su diseño:

 Teoría fundamentada

 Investigación acción

Por su alcance:

 Exploratoria

 Descriptiva

 Explicativa

Métodos, técnicas e instrumentos Métodos empíricos

 Observación científica

 Medición

 Experimento

 Análisis documental

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- La entrevista - La encuesta - El cuestionario - Criterio de expertos

Métodos teóricos

 Histórico-lógico

 Analítico-sintético

 Inductivo-deductivo

 Hipotético-deductivo

 Modelación

 Enfoque sistémico

Métodos matemáticos

 La matemática

 La estadística

 Otros métodos

Técnicas

 La entrevista

 La encuesta

 El fichaje

Instrumentos

 Guías de la entrevista

 Formularios de la encuesta

 Fichas nemotécnicas

 Fichas bibliográficas

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En la INTRODUCCIÓN, se explica cómo el problema de trata de personas es un mal social que crece cada día, el Estado no se encuentra capaz de asumir la reinserción a la sociedad de las personas que han sido víctimas del delito de trata de personas.

En el Capítulo I., consta la parte teórica o marco teórico con la que se respalda la tesis que consta del origen y evolución del objeto de investigación, análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación, valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación que concluye con las conclusiones del capítulo,

En el Capítulo II., está dedicado al marco metodológico y planteamiento de la propuesta, en la que se destaca la caracterización del sector, descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación, la propuesta del investigador y las conclusiones parciales del capítulo.

En el Capítulo III., consta la validación y/o evaluación de resultados de su aplicación

Aporte teórico, significación práctica y novedad científica.

Aporte Teórico

Constituye aporte teórico la variada bibliografía de los diferentes autores con los que se fundamenta la existencia del problema de trata de personas, que cada vez tiene diferentes estilos, el hombre se ha inventado en pleno siglo XX y entrado al siglo XXI, formas de torturar al hombre, pues hiere en lo más hondo, cuando resultan casos de trata de personas, en donde se reúnen algunos condicionantes que inciden directa o indirectamente.

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23 Significación Práctica

En la práctica, es dominio de todo público, como las páginas del Consejo de la Judicatura o lugares públicos más frecuentados por los ciudadanos, producto de la trata de personas, encontramos cantidades de conciudadanos desaparecidos, el Estado no ha desarrollado nada para remediar o mitigar el impacto sociológico a las víctimas, ya que el desaparecido desaparecidos está, pero sus familiares viven un calvario con la esperanza de volver a ver a sus seres queridos.

El Estado en la práctica a favor del pueblo debe desarrollar programas sólidos, pertinentes, capaz de asegurar a las víctimas primero la seguridad de que sus familiares encontrarán a las víctimas, mientras eso sucede deben contarse con centros de atención integral a las personas víctimas del delito de trata de personas en el Ecuador

Novedad científica.

Constituye novedad científica el involucramiento del ser humano, como ente formado capaz e incapaz de desarrollarse plenamente, pues todo lo que atañe al ser humano es la base de lo científico, ya que este se desarrolla y debe aprender y comprender que él y solamente él es el protagonista y el responsable de su propio destino.

Durante el desarrollo del hombre ha tenido que pasar por etapas difíciles, como por ejemplo las dos grandes guerras mundiales o las famosas internacionales, en las que el hombre fue protagonista decisivo, pues para el hombre poder seguir existiendo en la faz de la tierra debió desarrollar tecnología y ciencia, capaz que donde se emplee busque lo mejor.

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24 CAPITULO I. MARCO TEÓRICO

ANTECEDENTES INVESTIGATIVOS

El presente tema de tesis CREACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS EN EL ECUADOR, A FIN DE REPARAR Y RESTITUIR SUS DERECHOS VULNERADOS, ha sido revisado en la base de datos de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES”, se ha comprobado que no existe otro tema igual o parecido al que se está proponiendo, por lo tanto es factible su desarrollo, porque contribuye al respeto de los derechos de las víctimas, afianzando el Estado Constitucional de Derechos y Justicia.

Staff Wilson, 2016, Recorrido histórico sobre la trata de personas, hace una génesis, hace una historia de la trata de personas, de cómo ha ido evolucionando y variando el maltrato a las personas, ignorando a los derechos humanos

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación

La trata de personas es uno de los delitos que azotan al mundo, ocupa el tercer lugar después del tráfico de drogas y el de armas, genera ingresos de más de treinta millones de euros al año, las personas defienden y luchan contra este tipo de delitos a través de organizaciones mundiales, nacionales y locales, pero a pesar de ellos siguen vigentes las famosas redes de trata de personas, en muchas de las veces en complicidad de las autoridades.

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mendicidad, se agregan la explotación laboral infantil, el micro tráfico de drogas, la migración que en la mayoría de los casos han ocasionado víctimas mortales.

En el continente europeo existe un movimiento considerado como el precursor dentro de la lucha contra la trata de personas, Emaús Europa, que empezó a trabajar desde su fundación en el año 2005, que desarrolla acciones como es la prevención promoviendo conocimiento para la confrontación de los variados problemas, el tratamiento a que deben ser sometidas las víctimas de trata de personas y luego la reinserción económica y social de las víctimas.

Regionalmente se han tomado iniciativas así como en Europa EMAUS, en Asia y África AFA, tomando en consideración que en la mayoría de víctimas de trata de personas están las que han salido del círculo familiar, por obvias razones dejaron la familia, o la familia está desintegrada, por la crisis, sea económica o social, de todas maneras sus integrantes disgregados son los blancos o víctimas fáciles para los que sin escrúpulos se dedican a este negocio inhumano pero muy lucrativo.

Dentro del Plan Nacional del Buen Vivir, en el año 2011 la tasa de víctimas es de 7.5%, que se reflejó hasta el año 2012 en una tendencia al descenso de 4.5., lo que significaría que para el año 2017, se debe tener una reducción hasta el 2.2.%, datos que de acuerdo al Plan suena muy ilusorio, pero en la realidad son diferentes, ya que en ninguna parte del Plan contempla ni prevención, peor tratamiento y mucho menos reinserción, cuando el problema de trata de personas, ya es un asunto muy grave, que está alarmando a la sociedad y no tiene ninguna esperanza de concluir, porque la crisis económica que está atravesando el país aporta para el recrudecimiento de este fenómeno.

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otros seres humanos, en el caso de las mujeres además de su tráfico y comercio ha estado ligado a su utilización sexual.

Exactamente desde Julio del 2008, a todas las personas que ingresan al país el Gobierno eliminó la exigencia de visa, lo que ha producido una ola de ingresos que antes no se habían registrado en el país. Según los noticieros el tráfico de personas es un delito que no logra ser erradicado en el país, otro caso es el tráfico de emigrantes que se ha convertido junto al narcotráfico, en los delitos más lucrativos con ganancias que superan los 60 millones anuales.

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación

1.2.1. El Delito De Trata De Personas

El delito de trata de personas es un comercio internacional ilegal, con el fin de someter a una esclavitud, sexual, laboral, infantil, trabajo forzado, extracción de órganos o cualquier otra actividad que signifique esclavitud o sometimiento involuntario de la persona. Este delito por su magnitud se le califica de lesa humanidad, viola flagrantemente los derechos humanos, atenta contra la libertad y la dignidad humana.

1.2.1.1. Definiciones

Partamos de definir que “la Trata de Personas es un delito en el que se le convence a una persona a través de engaños o amenazas, para que realice actividades en provecho de otra. (Ministerio del Interior , 2016)

La trata es la captación de una persona con el engaño, amenaza o a la fuerza, a menudo con falsas promesas de oportunidades de trabajo o de estudio. Se les llevan lejos de donde viven con el fin de explotarlas. (Ministerio del Interior , 2016)

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entendida en tres momentos principales: captar, trasladar y explotar. (Ministerio del Interior , 2016)

El Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y castigar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (conocido como Protocolo de Palermo), en su artículo 3a, define la trata de la siguiente manera:

Por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. (ONU, 2000)

1.2.1.2. Generalidades

El delito de trata de personas generalmente se actúa mediante el engaño, secuestro o abuso de poder, trasladando a la victima dentro o fuera de su país de origen, con la finalidad de que sea explotada: sexual, laboral, servidumbre o tráfico con sus órganos.

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El protocolo de Palermo, define a la trata de personas como la esclavitud del siglo XXI, y según esta misma convención la trata se resume de la siguiente manera: Es un proceso para, acoger, explotar, reclutar, transportar, mediante el uso de medios como el uso de la fuerza, coacción, fraude engaño, abuso de poder o condición de vulnerabilidad para explotar a la víctima.

Según el diccionario de la Real Academia Española define a la trata de personas “atraer una persona ganar su voluntad o su afecto”

1.2.2. Fines de la trata de personas

Ya hemos definido lo que es trata de personas pero esta conducta tipificada en nuestra sistema legal y en todas los motivos penales tiene fines y propósitos que son por explotación sexual, explotación laboral, con fines delictivos, fines de mendicidad, con fines de extracción o venta de órganos, con fines de matrimonio servil, fines de reclutamiento para conflictos armados, adopciones Irregulares

Este tipo de trata según la página del Ministerio del Interior “afecta principalmente a mujeres y niñas e incluye la explotación de la prostitución ajena, el turismo sexual, la pornografía infantil y otras actividades sexuales.

Es común que en este tipo de trata se da el reclutamiento por medio de engaño y la seducción, engaño en el sentido de ofertas falsas como modelaje, impulsadoras, o seducción por las promesas de desarrollo económico y deslumbrar con ofertas de ganancias grandes y poca jornada de trabajo, también, en menor proporción, podemos asignar que se da de raptos o secuestros para trasladar a la fuerza a las víctimas e iniciarlas contra su voluntad en actividades sexuales remuneradas.

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1.2.2.1. Trata con fines de explotación laboral

La explotación laboral no solo se da con adultos sino que “incluye tanto a niñas, niños y adolescentes, como a personas adultas. Los espacios donde se da este tipo de explotación pueden ser: fábricas, agricultura, minería, servicio doméstico, restaurantes, establecimientos comerciales en condiciones de explotación; es decir, teniendo bajos salarios, jornadas extenuantes, sin contratos ni pago de vacaciones, indemnizaciones u otro tipo de derechos laborales y donde, además, están presentes los otros elementos constitutivos de la trata. (Ministerio del Interior , 2016)

1.2.2.2. Trata con fines delictivos.

Es otra forma de trata donde las víctimas “son utilizadas por grupos criminales para

realizar actividades delictivas como el robo, sicariato, lavado de dinero y/o el transporte o venta de estupefacientes.” (Ministerio del Interior , 2016), cabe mencionar que las victimas en esta modalidad de tratas son niños, niñas y adolescentes, también mujer en estado de gestación en especial en el tráfico de estupefacientes por la imposibilidad de imponerle medidas cautelas de prisión preventiva, lo que es aprovechado por el tratante.

1.2.2.3. Trata con fines de mendicidad.

El tratante suele emplear a niñas, niños, mujeres con bebés y ancianos o ancianas, a

fin de generar lástima y compasión, para efectos de la mendicidad como una forma

de explotación laboral.

1.2.2.4. Trata con fines de servidumbre y prácticas análogas a la esclavitud

En nuestro país no es frecuente se ha dado en casos particulares y comprende “servidumbre por deudas” en la que la víctima se compromete a prestar sus servicios

personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, ejemplo un niño o niña,

como garantía de una deuda, en la que no se limita su duración ni se define la

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b) cuando la víctima es obligada a vivir y a trabajar sobre una tierra que pertenece a

otra persona sin libertad para cambiar su condición;

c) la práctica en virtud de la cual un niño o un joven menor de dieciocho años es

entregado por sus padres, o uno de ellos, o por su tutor, a otra persona, mediante

remuneración o sin ella, con el propósito de que se explote la persona o el trabajo del

niño o del joven. (Ministerio del Interior , 2016)

1.2.2.5. Trata con fines de extracción o venta de órganos.

Esta es una práctica que se da y la víctima es trasladada con el objetivo de extraerle

sus órganos, fluidos, tejidos o células de manera forzada para destinarlos al

comercio. (Ministerio del Interior , 2016)

1.2.2.6. Trata con fines de matrimonio servil.

Constituye el establecimiento forzado de una relación de pareja. Ocurre con mayor

frecuencia cuando se realiza con un niño, niña o adolescente, o con una persona

ajena al contexto cultural, para, en su calidad de cónyuge, ser utilizado/a, en

servidumbre doméstica, explotación sexual por parte de terceros, y/o para procrear.

(Ministerio del Interior , 2016)

1.2.2.7. Trata con fines de reclutamiento para conflictos armados.

En nuestro país no se ha sufrido de este trata de personas pero en la zona fronteriza

con Colombia fue algunas veces denunciados y consiste en que las “víctimas son

usadas para fortalecer los grupos armados irregulares siendo explotadas en labores

de servidumbre, de espionaje, como escudos humanos, o en el combate mismo. Con

frecuencia son también, explotadas sexualmente. (Ministerio del Interior , 2016)

1.2.2.8. Adopciones Irregulares.

Se consideran trata todos los casos en que los niños y niñas son ubicados en

familias sin pasar por el trámite del sistema regular de adopción. Así la familia

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margen de un contexto de protección que siga el principio de interés superior del

niño/a y el de prevalencia. En la mayor parte de los casos, los niños y niñas son

sustraídos de sus hogares, sus identidades suplantadas y entregados por una suma

elevada de dinero. (Ministerio del Interior , 2016)

1.2.3. Historia y evolución de la trata de personas

El delito de la trata de personas es un fenómeno muy antiguo, pero que ha salido a la luz pública en las últimas dos décadas. Es un problema viejo con un nombre nuevo, como que la sociedad, el hombre está retrocediendo en el tiempo.

1.2.3.1. La trata de personas en la Antigüedad

Una de las características de la sociedad romana que alcanzó fue el dominio del mediterráneo, Europa, África y Asia, dado que este tipo de sociedad fue netamente esclavista, tanto en economía como su estructura social, la esclavitud provenía en su mayoría a través de las guerras, los ejércitos romanos llevan los prisioneros de vuelta como parte de la recompensa de la guerra, los hombres eran esclavos y las mujeres prostitutas, los inútiles para este fin eran eliminados, de aquí surgió la adopción cuando así le convenía al adoptante tomaba su nombre..

Ya dentro del imperio, los esclavos eran vendidos en subasta pública o, a veces en las tiendas, o por venta privada para los esclavos más valiosos. La trata de esclavos fue supervisada por los funcionarios fiscales romanos denominados cuestores. Los esclavos se exhibían para que sean observados, llevaban un tipo de placa para que se conozca su edad, inteligencia, educación, que llame la atención de los compradores de esclavos, ya que sus precios variaban de acuerdo a su edad y calidad..

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caprichos de un solo amo, por lo tanto su alojamiento y comida eran de una de mejor calidad aunque notoriamente inferior a la de los miembros libres, los esclavos domésticos se desempeñaban en trabajos como peluqueros, mayordomos, cocineros, domésticas, enfermeros, maestros, secretarios y costureras, los esclavos más inteligentes o educados desempeñaban profesiones como la contabilidad, la educación y la medicina.

Los esclavos procedentes de la antigua Grecia, que en cierto modo el amo consideraba de mayor educación que la del amo, estos eran los que servían como secretarios administradores o educadores, poco a poco, en el siglo III se redujeron las masas de esclavos y estos empezaron a valorarse casi como personas libres, así el emperador Diocleciano, era hijo de un esclavo.

1.2.3.2. La trata de personas en la Edad Media y Moderna

La Edad Media y la Edad Moderna fueron épocas de grandes cambios y acontecimientos, todo bajo la influencia de la iglesia, que gracias a la doctrina cristiana del socorro al pobre y al débil para conseguir la salvación, han aparecido nuevas formas de concebir los cuidados que han permitido que lleguemos a los modelos y organización actuales, mientras veíamos que una enorme maquinaria asistencial e institucional se generó en torno a las clases marginales, surgió la duda de si los esclavos, los olvidados de la historia, entraban en esta categoría o iban a parte, la iglesia, esa ardida defensora de la caridad y amor al prójimo, por qué no se mostraba contraria a la esclavitud? ¿Por qué pretendía evangelizar a los “salvajes” del Nuevo Mundo para que alcanzaran la salvación? ¿Eran estos diferentes a los esclavos negros que habían existido hasta antes del descubrimiento de América.

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La Trata de Blancas fue un concepto que hacía referencia a la movilidad y comercio de mujeres blancas, europeas y americanas, para servir como prostitutas o concubinas en países árabes, africanos o asiáticos Entonces la esclavitud fue reemplazada por la de trata de blancas como forma de diferenciar la afluencia de mujeres diferentes a las negras y las indias, sino recordemos al padre Bartolomé de las casas, defensor de los indios, que creó la legislación de indias, pero que nunca se puso en práctica por os gobernantes españoles, bajo la respuesta “Dios está muy alto y el Rey está Muy lejos”

1.2.3.3. La Trata de personas en la contemporaneidad

En el siglo de las luces los discursos sobre la ‘trata de blancas’ fueron utilizados y hasta monopolizados por el movimiento abolicionista de la prostitución, cuya lucha se centraba en su erradicación al considerarla una forma de esclavitud de la mujer. Sus acciones se cristalizaron en la agenda mundial a través de diversos acuerdos internacionales.

De a poco el vocablo trata fue abordado en el año 1904 y hasta 1949, año en que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el Convenio para la represión de la trata de personas y la explotación de la prostitución ajena.

En el desarrollo de las dos Guerras Mundiales la trata de personas o trata de blancas fue más evidente, pues los habitantes de los países en conflicto que no eran parte de la guerra trataban de una u otra forma de agradar o rechazar a quienes ocupaban su territorio, combatiendo o favoreciendo a los aliados o combatiendo o favoreciendo al eje Italia, Berlín y Tokio.

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dando paso a la guerra fría que culminó en la década del ochenta, así mismo con un eventual recrudecimiento de la trata de personas, más producto de la guerra fría.

A inicios de la década de los 80, después de varios años de silencio, los discursos sobre la trata de mujeres con fines de explotación sexual tomaron fuerza en distintos sectores nacionales y supranacionales, con la terminación de la guerra fría y la vigencia del neoconstitucionalismo, las fronteras supuestamente de los países amigos o enemigos se abrieron, cayó el busto de Lenin, caída de Sadam Husein, caída del Muro de Berlín y otras razones hicieron posible la salida de los nacionales de los países sub desarrollados hacia los países desarrollados.

La salida casi involuntaria de los ciudadanos ha originando un incremento acelerado de un nuevo fenómeno denominado migración, que prácticamente sería migración femenina en un amplio ejercicio de la prostitución internacional generadora de nuevas divisas, hecho que se venía gestando a hurtadillas desde los finales de la década de los años 70.

Desde la década de los años sesenta fenómenos internacionales, la guerra de Vietnam, Varsovia, la muerte del Che, la muerte de Jhon F. Kénedy, la aparición de la hierba maldita (marihuana), la moda y los hipies, vino a acelerar el fenómeno, ya presente en casi todas las regiones del mundo y en muy diversas modalidades.

Debemos reconocer que históricamente por la última época, se comenzó a utilizar el término ‘tráfico humano’ o ‘tráfico de personas’ para referirse al comercio internacional de mujeres y menores de edad, sin todavía alcanzarse una definición consensuada sobre el fenómeno, el tráfico de personas, se suma el adelanto de la ciencia que podía sustituir ciertos órganos desgastados del ser humano, que principalmente se lo hacía en hospitales de renombre de Estados Unidos.

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vulnera la casi totalidad de derechos de las víctimas, coincide con la mayoría de tratadistas, pues la trata de personas tiene un solo fin, despojar a la persona su bien más preciado que es la libertad por la que tanto lucharon y aportaron su ideas Marat, Mirabeu, Danton y Robespierre, ideólogos de la Revolución Francesa.

“Durante el periodo de la esclavitud estaba prohibida la “trata de blancas”. Ello significaba que se podía explotar a cualquier persona de cualquier color de piel, morena, mulata, negra, mestiza, entre otras, menos aquellas que tuvieran tez blanca. Sin embargo, con la abolición de la esclavitud esta práctica fue prohibida para cualquier tipo de persona independientemente de su origen, identificación religiosa o étnica. Por ello, actualmente no se dice Trata de Blancas, ya que éste es un término obsoleto, sino que se dice correctamente Trata de Personas”

El UNICEF, tiene su propia historia que empieza definiendo como una forma de esclavitud moderna Un fenómeno mundial que afecta principalmente a niños, niñas y adolescentes

1.2.4. Origen de la figura jurídica de trata de personas.

No podemos determinar con precisión el origen de la tata de personas pero es este fenómeno humano se ha vinculado a las guerras, a la esclavitud y a la consideración de las mujeres como objetos sexuales.

1.2.4.1. En la antigüedad

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Así fueron traficadas durante el período colonial, especialmente las africanas y las indígenas fueron sacadas de sus lugares de origen y comerciadas como mano de obra, servidumbre y/o como objetos sexuales. El objetivo sexual siempre estuvo presente y se daba dentro del mercado matrimonial o con otras figuras como concubinas, o simplemente mujeres a libre disposición de los patrones. (Staff Wilson , 2016)

1.2.4.2. Época del descubrimiento

En nuestra América Latina esta situación se ubica en la época de la conquista española, ya que en cumplimiento de la ley de guerra, los españoles tomaban o entregaban el "botín de mujeres" al vencedor, lo que dio origen al comercio sexual, al punto que se crearon establecimientos para este tipo de actividades. (Staff Wilson , 2016)

La sanción a este tipo de práctica surgió en la colonia, surgieron las primeras normas que sancionaban dicha actividad con penas que incluso llegaron hasta la muerte. (Staff Wilson , 2016)

En el sistema global a fines del siglo XIX, especialmente a partir de 1900, persistió el fenómeno de la trata de mujeres que se agudizó después de cada guerra mundial, siendo también víctimas las mujeres europeas, que huyendo del hambre y de los horrores de la guerra, fueron presa fácil de los traficantes, siendo utilizadas con fines de explotación sexual y trasladadas como concubinas o prostitutas, a países de Europa del Este, Asia y África, lo que llevó a denominar a dicha actividad como trata de blancas, porque se reclutaba a mujeres blancas, europeas y americanas que eran comerciadas hacia países árabes, africanos o asiáticos, como concubinas o prostitutas. (Staff Wilson , 2016)

1.2.4.3. Justificación de la trata de personas

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oportunidad para hacer crecer el capital, así los esclavos cada vez fueron muy numerosos y por ende podían de hecho ser la clave para la prosperidad, entonces había que emprender la empresa, tomando a las autoridades totalmente desprevenidas.

Como muestra tenemos en el propio Estados Unidos en época del descubrimiento del gran oeste, que se abrió paso por la trata de personas, que en forma despiadada avanzaba a punta de pistola.

Los grupos de trata de personas, cada vez más numerosos, a más de ser o constituir la clave para la prosperidad de los colonizadores en territorio fuera de Europa, también se constituyeron en un grupo de los grandes olvidados de la historia, por su situación de vida miserable, trabajos extenuantes y desatención por parte de sus amos y de las autoridades, pronto les llevaron a la muerte.

1.2.4.4. Aspecto jurídico de la trata de personas

Mientras el mundo avanzaba se expandía la trata de personas (esclavos), fue necesario la intervención de la corona, con firma exclusiva del rey, para lo cual se redactaron sendos tratados, códigos y cédulas que regulaban la compra, comercio y cuidado de los esclavos.

El trabajo de trata de personas, pronto se convirtió en un negocio muy lucrativo, que constituyó para los que controlaban el Estado una fuente de ingresos sobre lo cual pagaban diezmos y primicias.

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38 1.2.4.5. Liberación de la trata de personas

Desde la antigüedad civilizaciones como los espartanos que amaban la libertad y sus leyes estaban orientadas a conservar, tal como se escribía en sus leyes, así el héroe mítico LEONIDAS, junto a 300 soldados murió defendiendo sus leyes y su religión, un epitafio cuenta “Extranjero que pasas, dile a Esparta que aquí yacemos por obedecer sus leyes

Ciro II, el Grande, conquistador de Babilonia La Grande, inició su gobierno dotando de libertades a sus conquistados, alejándose de la costumbre de esclavizar a los conquistados, más bien liberó a los esclavos, concediéndoles el derecho de escoger su religión y veló por la igualdad racial, este instrumento de mayor antigüedad, acogido para la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Abraham Lincoln, décimo sexto presidente de los Estados Unidos de América, su llegada a la presidencia agravó las posiciones encontradas, de las colonias del norte identificadas como la unión a favor de liberar a los esclavos negros y al desarrollo económico a través de la industria, mientras que las colonias del sur identificadas como estados confederados pugnaban por mantener la esclavitud opuestos al desarrollo de Estados Unidos, hecho conocido como la guerra de secesión desarrollada desde el año 1861 al 1865.

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Martin Luther King, premio Novel de la paz en 1964, fue un pastor estadounidense de la Iglesia bautista que desarrolló una labor crucial en Estados Unidos al frente del movimiento por los derechos civiles para los afro estadounidenses, nacido en Atlanta Estados Unidos y asesinado el 4 de abril de 1968 en Memphis, Tennessee, Estados Unidos.

Su acción no violenta, estaba inspirada en el ejemplo de Mahatma Gandhi, movilizó a una porción creciente de la comunidad afroamericana hasta culminar en el verano de 1963 en la histórica marcha sobre Washington, que congregó a 250.000 manifestantes

I Have a Dream (Tengo un sueño) fue su obra maestra de la oratoria, su voz se apagó el 4 de abril de 1968 de manos de un delincuente James Earl Ray, su muerte y su razón por los derechos de los negros alcanzó a abrir el camino para que el cuadragésimo cuarto presidente de Estados Unidos sea un descendiente afro estadounidense y recobre vigencia la frase “No murieron en vano”.

1.2.4.6. Intervención de las Naciones Unidas

El considerar la trata de personas como conducta punitiva “provienen de los instrumentos de las Naciones Unidas. En el año 1904 el primer convenio internacional referido al tema, fue el Acuerdo Internacional sobre Represión de Trata de Blancas que se centraba sólo en la protección de las víctimas y resultó ineficaz; la trata era conceptualizada como movilización de mujeres asociada a la esclavitud pero ligada estrechamente a fines “inmorales” (prostitución) y requería el cruce de fronteras nacionales (Staff Wilson , 2016)

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En el año 1921, se aprobó el Convenio Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Niños, que sancionaba a las personas que ejercen la trata de niños, protege a las mujeres y niños migrantes.

En el año 1933, se aprobó el Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad que obligaba a los Estados a castigar a las personas que ejercían la trata de mujeres adultas con independencia de su consentimiento.

En el ánimo de unir las normas mencionadas estas se unificaron por el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, adoptada por Naciones Unidas en 1949 y ratificada por 72 Estados y que establece: “la prostitución y el mal que la acompaña, la trata de personas [...] son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana”. (Staff Wilson , 2016)

Con esta Convención se intentó abarcar la trata de personas, pero no se logró definir el fenómeno en su totalidad, aunque adjudica carácter delictivo al tráfico del sexo y a los actos relacionados con la prostitución, pero en virtud de la debilidad de los mecanismos de vigilancia y de que no ha sido adoptada por una gran mayoría de países, no ha sido eficaz. La convención también carece de disposiciones relativas a formas de explotación que no se habían generalizado en 1949, a saber las industrias de las esposas encargadas por correo, el turismo del sexo y el tráfico de órganos. Desde entonces se relacionó trata de blancas con prostitución y ésta con esclavitud. Se usó el término tráfico humano o tráfico de personas, relacionado al comercio internacional de mujeres y personas menores de edad, sin lograr una definición o concepto consensuado. (Staff Wilson , 2016)

1.2.4.7. Normativa internacional

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Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional’.

La Organización de las Naciones Unidas a través de la Convención de Palermo tiene como finalidad:

a) Prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres y los niños;

b) Proteger y ayudar a las víctimas de dicha trata, respetando plenamente sus derechos humanos; y

c) Promover la cooperación entre los Estados Parte para lograr esos fines.

La Declaración de Panamá, en literal c del artículo 10 de la Declaración, obliga a los Estados parte a tomar medidas severas a quienes participen y colaboren en la comisión de delitos del tráfico, secuestro, venta de órganos y explotación sexual de las niñas, niños y adolescentes y cualquiera otra actividad ilícita que lesione su dignidad y vulnere sus derechos.

Se deben establecer mecanismos de cooperación e información internacional dirigidos a la prevención, penalización y rehabilitación de las víctimas afectadas.

1.2.5. Elementos de la trata de personas

La trata de personas es una práctica con actividades concatenadas que tiene alternativas, desde las más pacíficas e inadvertidas, capaz de engañar a la víctima, otras utilizando medios coercitivos capaz de neutralizar a la víctima, de hecho que quien cayó en la mirada del tratante de personas, buscará todos los medios, capaz de cumplir con su cometido, por eso es que se estudian tres principales elementos:

1.2.5.1. El Acto

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personas víctimas de la trata, en coordinación con la persona que trata actúa generalmente encubierta, bajo algún disfraz.

1.2.5.2. Los medios

Son muchísimos los medios que los tratantes de persona utilizan para que las víctimas lleguen hasta sus dominios sin dejar pistas, así por ejemplo se aprovecha su condición de vulnerabilidad, su necesidad económica como el sueño americano y el sueño europeo, promesa de proporcionarles los medios para alcanzar (coyote), que en su recorrido los grupos vulnerables son víctimas no solo del tratante, sino de sus propios compañeros.

Cuando no se puede obrar mediante engaño, el tratante tiene preparado para actuar mediante coacción, rapto, secuestro, puede actuar en contubernio con las personas responsables del grupo vulnerable, como apoderados, patrones o superiores responsables de la víctima que pudieran mediante el trato obtener beneficios para si o su círculo criminal.

Existen medios legales públicos y notorios que actúan camuflados para despistar la acción de la ley, por ejemplo, escuelas de modelaje, escuelas de danza, agencias de empleo, hasta centros de capacitación para mejorar el conocimiento, que entablado el contacto terminan dominando a la víctima, que no le queda otro remedio que aceptar para salir del problema.

1.2.5.3. Objetivo que se propone

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1.2.6. La trata de personas en el Código Orgánico Integral Penal

El Código Orgánico Integral Penal, normativa que sustituyó al Código Penal, vigente desde el 10 de agosto del año 2014, en su artículo 91 dedica la Sección Segunda del Capítulo Primero del Título IV de las Infracciones en Particular, que vale la pena descomponer para su estudio.

1.2.6.1. Conceptualización

Trata de personas es la captación, transportación, traslado, entrega, acogida o recepción, para si o para un tercero de una o más personas, dentro del país o fuera de él, con fines de explotación.

Explotación constituye que resulte un provecho material y económico, para si o para un tercero, mediante sometimiento o imposición de condiciones de vida o de trabajo denigrantes.

1.2.6.2. Categorización

El artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal, asigna las siguientes categorías al delito de trata de personas

1.- Extracción o comercialización ilegal de órganos, tejidos, fluidos o material genético, incluida la donación y trasplante de órganos

2.- La explotación sexual de personas incluida la prostitución forzada, el turismo sexual y la pornografía.

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4.- Protege la libertad sexual y reproductiva así como ya que condena la “Promesa de matrimonio o unión de hecho servil, incluida la unión de hecho precoz, arreglada, como indemnización o transacción, temporal o para fines de procreación.”

5.- protege el derecho a gozar de una familia idónea porque condene “La adopción ilegal de niñas, niños y adolescentes.

6.- La mendicidad

7.- Reclutamiento forzoso, para actos ilícitos penados por la ley

8.- Cualquier otra modalidad de explotación

1.2.6.3. Sanción

La legislación penal ecuatoriana estipula la siguiente escala de sanciones para el delito de trata de personas:

1. Pena privativa de libertad de trece a dieciséis años 2. Pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años 3. Pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años 4. Pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años

5. La trata de personas persigue y sanciona independiente de otros delitos

El artículo 93 del Código Orgánico Integral Penal reserva el principio de punibilidad de la víctima de trata de personas, por delitos derivados de la trata de personas.

El artículo 94 del Código Orgánico integral Penal, estipula sanción para la persona jurídica con multa de cien a mil salarios básicos unificados y la extinción de la personería.

1.2.7. Esfuerzos en la lucha del delito de trata de personas

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El estudio de la trata de personas es necesario establecer la relación del derecho estipulado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución de la República del Ecuador

1.2.7.1. Declaración Universal de los Derechos Humanos

El artículo 3 señala que todo individuo a la vida, libertad y seguridad, por lo tanto el delito de trata de personas vulnera los derechos a la vida, la libertad y la seguridad de la persona.

los artículos 4,5, 6 y 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). (Pérez Rivera & Rosales Ávalos, s/n)

El artículo 9 de la Declaración, señala que nadie puede ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

En el numeral 13 de la Declaración señala el derecho a circular libremente, establecer su residencia, salir e ingresar libremente en su propio país.

1.2.7.2. Convención de Belem Do Pará

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), en su capítulo II, artículo 3, prevé el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, especificando en el artículo 2.b la “trata de personas” como forma de violencia contra la mujer con independencia de que se cometa con el conocimiento o la aquiescencia de los agentes del Estado.

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