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La excepción previa de incompetencia del juez en los juicios laborales dentro del Código Orgánico General de Procesos

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS ANDES UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

LA EXCEPCIÓN PREVIA DE IMCOMPETENCIA DEL JUEZ EN LOS JUICIOS LABORALES DENTRO DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS.

AUTOR: RAMOS SALTOS KAROOL RONALD.

TUTOR: DR. BARCOS ARIAS IGNACIO FERNANDO, MGS.

BABAHOYO - ECUADOR

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APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

CERTIFICACIÓN

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por el señor Karool Ronald Ramos Saltos, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “LA EXCEPCIÓN PREVIA DE INCOMPETENCIA DEL JUEZ EN LOS JUICIOS LABORALES DENTRO DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, por lo que apruebo su presentación.

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DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

Yo, Karool Ronald Ramos Saltos, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.

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CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

Yo, Ab. Jorge Macias Bermúdez, Esp. En calidad de Lector del Proyecto de Titulación

CERTIFICO:

Que el presente trabajo de titulación realizado por el estudiante Karool Ronald Ramos Saltos sobre el tema “LA EXCEPCIÓN PREVIA DE INCOMPETENCIA DEL JUEZ EN LOS JUICIOS LABORALES DENTRO DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, para esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.

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DERECHOS DE AUTOR

Yo, Karool Ronald Ramos Saltos, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice El patrimonio de la UNIANDES, está constituido por La propiedad intelectual sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría la Universidad o por cuenta de ella.

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AGRADECIMIENTO

Quiero agradecer a Dios por bendecirme y llegar hasta donde he llegado, por que hiciste realidad este sueño anhelado, a todos mis maestros ya que ellos me enseñaron a valorar los estudios y a superarme cada día, también agradezco a mis padres porque ellos estuvieron en los días más difíciles de mi vida como estudiante.

También quiero agradecer a cada uno de los catedráticos los cuales que con sus conocimintos han aportado un granito de arena a mi formación.

De igual manera quiero agradecer a mi tutor de proyecto Dr. Ignacio Fernando Barcos Arias, Mgs., por su visión critica de muchos aspectos cotidiano de la vida, por su rectitud en su profesión como docente, por sus consejos, que ayudaron a formarme como persona y como abogado.

Son muchas las personas que han formado parte de mi vida profesional, por su apoyo, ánimo y compañía en los momentos más difíciles, sin importar en donde estén quiero darles las gracias por formar parte de mí, por todo lo que me han brindado y por todas sus bendiciones.

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DEDICATORIA

La concepción de este proyecto esta dedicado a Dios porque ha estado conmigo en cada paso que doy, cuidándome y dándome fortaleza para continuar, a mis hijos ya que son mi mayor inspiración a lo largo de mi carrera para llegar hacer su gran ejemplo a seguir, a mi familia pilar fundamental en mi vida que me ha guíado para porder cumplir cada logro, también a las personas que están cerca de mi sentimentalmente, laboralmente y siempre están pendiente en mi vida, gracias por todo, mi objetivo cumplido un reflejo de mi vida cotidiana.

Dedico este esfuerzo, este logro, esta meta cumplida, a todas estas personas que hacen parte de:

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RESUMEN

(9)

ABSTRACT

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ÍNDICE GENERAL

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DERECHOS DE AUTOR

AGRADECIMIENTO

DEDICATORIA

RESUMEN

ABSTRACT

ÍNDICE GENERAL

INTRODUCCIÓN __________________________________________________________ 1

Actualidad e Importancia del tema ____________________________________________ 2

Descripción de la actualidad Internacional y nacional con respecto al tema propuesto. __________________________________________________________________________ 3

Importancia del tema a desarrollar ____________________________________________ 4

Problema de Investigación __________________________________________________ 4

Formulación del Problema ___________________________________________________ 5

Árbol de Problemas ________________________________________________________ 5

Objetivos de investigación ___________________________________________________ 5

Objetivo General ___________________________________________________________________ 5

Objetivos Específicos _______________________________________________________________ 6

Estructura capitular _________________________________________________________ 7

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Antecedentes de la investigación _____________________ ¡Error! Marcador no definido.

Principales conceptos expuestos por autores a nivel nacional e internacional ______ 7

El Derecho Laboral en el Ecuador ____________________________________________ 7

Avances en la Constitución Ecuatoriana sobre derechos laborales ________________ 8

Fuentes del Derecho Laboral ________________________________________________ 9

La Relación Laboral. _______________________________________________________ 11

Elementos de la Relación Laboral ___________________________________________ 11

Remuneración o Salario____________________________________________________ 12

El juicio de trabajo _________________________________________________________ 13

El Código Orgánico General de Procesos _____________ ¡Error! Marcador no definido.

De las Excepciones _______________________________________________________ 15

Excepciones Dilatorias _____________________________________________________ 16

Excepciones Perentorias ___________________________________________________ 16

Excepciones Previas _______________________________ ¡Error! Marcador no definido.

Competencia del juez ______________________________________________________ 17

Incompetencia del juez______________________________ ¡Error! Marcador no definido.

Incompetencia del juez en el proceso laboral __________ ¡Error! Marcador no definido.

La prueba de las excepciones previas en el sistema judicial oral¡Error! Marcador no definido.

Aporte y limitaciones en el análisis de la teoría y de los trabajos dearrollados en el área del conocimiento. _____________________________________________________ 18

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Capítulo II. Diseño metodológico y diágnostico _______________________________ 19 Paradigma y tipo de investigación ___________________________________________ 19

Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos. ____________________ 21

Población y Muestra de la Investigación _____________________________________ 21

Plan de recolección de la información ________________________________________ 22

Planes de procesamiento y análisis de la información. _________________________ 22

Resultados del diagnóstico de la situación actual ______________________________ 23

Encuesta, Resultados Y Análisis ____________________________________________ 25

Resumen de las principales insuficiencias detectadas con la aplicación de los métodos. __________________________________________ ¡Error! Marcador no definido.

Capítulo III. Propuesta de solución al problema. ______________________________ 31 Aplicación práctica parcial o total de la propuesta _____________________________ 36

Conclusiones _____________________________________________________________ 38

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1 INTRODUCCIÓN

García Falconí en su publicación de Marzo (2016) manifiesta que las leyes, poseen un enfoque con el derecho; con las partes procesales, esta persona, tiene la pretensión sobre la contraparte, deteniendo la demanda, con estos actos las partes procesales solucionan la defensa, de excepción.

El Art. 76 numeral 7 de la Constitución de la República (2008) manifiesta el derecho de defensa en juicio procede en origen de la Carta Magna; de igual manera se verifico que ahí un derecho de defensa y de acción, la cual permite contradecir las imbiciones de la parte accionante, para realizar o practicar los elementos de convicción de descargo que solidizarán a la parte demandada la defensa.

Couture (2014), manifiesta sobre el derecho a la defensa que es, lo que se da al demandado, en su teoría se señalará, se practicará o no practicará, podrá ser apropiada o no apropiada en sentencia. El precepto de ley no interroga si la parte procesal posee razones adecuadas para cotejar, se enfoca en los llamados a juicio, por lo tanto la parte procesal demandado es la persona pasiva en dicho proceso, pero también es activo en la contradicción, lo cual conlleva a que el demandado pretende que se desestime para obtener una finalidad favorable a su pretensión.

Etimológicamente; el vocablo excepción se origina de exapiente, ya que hacer malogra el accionar del autor.

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2 Actualidad e Importancia del tema

El Plan Nacional para el Buen Vivir está acompañado por un sistema de monitoreo y evaluación que hará posible conocer los impactos de la gestión pública y generar alertas oportunas para la toma de decisiones. Este sistema está basado en la lógica de comparar lo programado frente a lo realizado, tomando como base la planificación nacional y la formulación realista de indicadores y metas.

Los indicadores del Plan responden a criterios básicos de calidad. Los indicadores son: (i) precisos y relevantes, puesto que permiten medir cambios atribuibles a las políticas públicas; (ii) confiables y transparentes, en razón de que distintos evaluadores obtienen los mismos resultados; (iii) periódicos, para conocer y evaluar su tendencia en el tiempo; y (iv) de impacto, porque permiten ver los cambios en el bienestar de la población. Asimismo, las metas propuestas en el Plan se definen en términos de cantidad, calidad y tiempo. Como es de conocimiento la competencia nace de la Constitución y la ley, es por ello que en el caso que se planteará el juzgador revisara en el juicio inicial la misma. Al ser aprobado, procederá a la remisión de la competencia para que con esta acción no con lleve a la nulidad, descartando que el fallo no interfiera en la materia, en la cual pueda dictar nulidad y preceptuará la remisión del proceso para que dé inicie la audiencia de juzgamiento, pero la etapa avanzada entre la situaciones presentadas como demandas, se determinara fuera del plazo de caducidad o prescripción de la acción, siendo indispensable diagnosticar cuáles son los tipos de competencia:

1.- Competencia territorial.- Son competentes en territorio, los juzgadores que se encuentre en el lugar donde esta domiciliado la parte procesal.

2.- Competencia concurrente.- También en el domicilio de la persona en conflicto, será competencia de la o el juzgador:

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2. Del Territorio de celebración de la responsabilidad, con la respectiva presencia de la parte demandada o su representante legal para tratar el tema en litigio.

3. Del territorio que se haya detallado exactamente el demandado en el contrato;

4. Lugar de establecimiento de bien en litigio;

5. Ubicación del domicilio, del bien en materia si esta se encuentra en más de dos lugares.

6. Litigio de una o más cosas muebles o inmuebles, dando la ubicación de los mismos.

7. Del territorio afectado, detallando en la demanda la reparación o indemnización por los daños causados.

8. Localidad que fue afectado por el evento que produjo el daño.

9. Localidad donde se manipulo la cosa, cuando recae en la demanda los detalles de la administración.

10. Domicilio del demandante, dando la ubicación para efectuar el reclamo de filiación.

Descripción de la actualidad Internacional y nacional con respecto al tema propuesto.

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evitar que sea excluido parcial o total de la sentencia, es el derecho que le dan al

demandado de impedir que lo imputado sea admitido en audiencia o que sea negado parcial o total”.

José Vicente Y Caravantes, ha considerado por excepción al “medio de defensa o repudio con que el demandado, pretende excluir, dilatar o enervar la acción o

demanda del actor".

Importancia del tema a desarrollar

Con la siguiente exposición exhibimos un planteamiento reciente correspondiente a los inconvenientes que se presentan y generan en los procesos laborales, incluidos en este tema están las excepciones de incompetencia de los jueces. Claramente y aun tipificado en el Código Orgánico General de Procesos, se debe de resolver en audiencia este tipo de incompetencias, esta demás demostrar, que dentro de aquello no se indica al momento que el juez resuelve la causa, tal como está tipificado en el trámite de los juicios ordinarios, esto conlleva a una seria de problemas judiciales para las partes como para el cuerpo de la administración de justicia, cada vez que no se indique con exactitud en la audiencia sumaria, se vulnerará lo que esta tipificado en la Constitución, principios de economía procesal y celeridad.

Problema de Investigación

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5 Formulación del Problema

¿De qué manera la incompetencia del Juez en los juicios laborales, vulnera los principios constitucionales de los trabajadores?

Árbol de Problemas

Objetivos de investigación

Objetivo General

Realizar una reforma al artículo 153 del Código Orgánico General de Procesos para realizar y ejecutar un verdadero manejo en la audiencia, en temas relacionados a la incompetencia de las juezas y jueces en juicios de trabajo.

LA EXCEPCIÓN PREVIA DE IMCOMPETENCIA DEL JUEZ EN LOS JUICIOS LABORALES

DENTRO DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE

PROCESOS.

CAUSAS

Interpretación de la Ley El desconocimeindo de las leyes por los jueces

EFECTOS

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6 Objetivos Específicos

 Cimentar las doctrina en causa de principios por lo cual se basa los juicios

sumarios administrativos, con sus excepciones previas y competencia de los

jueces.

 Establecer las reacciones al desconocimiento del control en la audiencias,

tratándose de resoluciones de excepción de incompetencia en los juicios del

trabajo.

 Proponer un anteproyecto de Reforma de Ley en el artículo 153 del Código

Orgánico Integral Penal que establezca una regla uniforme en el tratamiento

de la excepción de falta de competencia en el procedimiento sumario.

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7 Estructura capitular

Capítulo I. Fundamentación Teórica

Principales conceptos expuestos por autores a nivel nacional e internacional

En el Ecuador los temas laborales

Son temas que se encuentra en reforma continua, desde el crecimiento del siglo diez y nueve y el siglo veinte, época que tuvo un incremento y paso por el periodo que duro el siglo.

El Ecuador a pesar de la transformación tenaz en sus modelos judiciales estipula la importancia del derecho laboral en lo privado, localidad que tuvo mayor concentración de personas de esta clase y mayor concentración de obreros.

A lo largo de la historia de nuestro país se dio a conocer importantes situaciones, las cuales ayudaron al cambio y transformación de las leyes para apaciguar a todos los obreros del sector laboral y privado, acontecimiento que dio un efecto positivo en lo pro operario, con llevando la estabilidad del desequilibrio entre los trabajadores y empleadores. (Asdrúbal, 2015).

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Los revolucionarios de 1895 y 1925 malogran al ordenamiento jurídico con la mala interpretación de las leyes que se encuentran en primera instancias perjudicando al ámbito laboral. (Trujillo Julio Cesar, 2016)

Lo laboral se estructura de variadas acontecimientos internos como externos que se apoderan al aumento de las normativas del Derecho Laboral directa o indirectamente.

La primera ley obrera en el Ecuador instauró que los empleadores no se obligaran a reconocer los daños causados, ni estarán los trabajadores a laborar más de ochos horas al día. (Barsallo María Augusta, 2014).

Si bien es cierto, la relación monetaria que se reconoce en los incidentes de trabajo o enfermedades, se indemnizara a su totalidad en casos graves, parciales o que haya causado el fallecimiento del trabajador. (Barsallo María Augusta, 2014).

Avances en la Constitución Ecuatoriana sobre derechos laborales

Los derechos laborales son parte de los elegidos derechos sociales. Desde que se exploraron los derechos humanos en la Declaración Universal han estimado característica importancia de los derechos civiles y políticos, mientras los derechos sociales, económicos, culturales, incluso más los colectivos, no tienen la misma significación en las legislaciones, ni en las prácticas estatales para garantizarlos y tampoco en la exigibilidad de las personas. (Bustamante Fuentes Colon, 2015)

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La Constitución de la República del Ecuador (2008) ha integrado mejoras en materia laboral, que se efectivizarán y se promulgaran en los reglamentos promulgando dentro de la sociedad y los trabajadores.

Los progresos más considerables son los siguientes:

- La visualización del horario de trabajo durante el día.

- Está prohibido toda forma de intermediación laboral, así como contratar a través de intermediarios.

- Contratistas externos y representantes para las horas de trabajo, verificando el cumplimiento de las mismas.

- Eliminación de los niños trabajando en las calles.

- La erradicación del aparto de sus lugares de trabajo, reconocimiento de igualdad para todos los empleados sin discriminación alguna, con igual remuneración monetaria sea hombre, mujer o discapacitado.

- Reconocimiento de trabajo a las personas que se encarga del cuidado de otra en los hogares no remunerados, los cuales son realizados la mayoría por mujeres. La afiliación de la seguridad social que se extenderá a cualquier modalidad de trabajo.

- Se adquirida la seguridad social para todos los trabajadores enrolados y de más personal administrativos.(Caldera Rafael, 2015).

Fuentes del Derecho Laboral

Son los principios que lo elaboran; los soportes de donde se originan los reglamentos jurídicos, se alimenta y crecen con el procedimiento jurídico económico y social. (Carnellutti Francesco, 2014)

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10 El tratadista Cueva manifiesta lo siguiente:

Las Fuentes reales o materiales: son acontecimiento que pasas en nuestro día a día que van alcanzando una reacción en la sociedad, trabajando duro en los preceptos jurídicos correspondiente al trabajo, teniendo la necesidad de que sean remunerados para mejorar el nivel de vida, y ayudar al desarrollo de la empresa.(Castonera Jesús, 2013)

Las Fuentes formales: son materias jurídicas, que se convierten en necesarias para darle una visión categórica. (Castonera Jesús, 2013)

Las fuentes internas de origen estatal

Las órdenes constitucionales fueron divulgadas en el siglo XIX, comprendiendo los deberes y derechos. Ya para el siglo XX le llegan a tomar más importancia a los derechos sociales, dándoles un lugar reconocido he importante para el trabajo. (Chiovenda Giuseppe, 2015)

En otros lugares introdujeron comunidades, como la de las Europas, los convenios son directrices de cada país para complementar en la sociedad su ordenamiento jurídico. (De Buen Lozano Néstor, 2014).

La ley:

Manifiesta: Es una recopilación espectacular de leyes respecto a lo laboral, ya que en cada nación se determinara con respecto jurídico de la ocupación y reparticiones tendrán que ser receptadas tanto por empleadores como empleados dentro de descrita jurisdicción. (González Jesús, 2016).

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11 La doctrina:

Comprende todos los estudios científicos en lo laboral tal como se refiere en estudias doctrinarios, revistas, cuentos, libros, investigaciones, para terminar cooperando con el avance de la disciplina y sirvan como sendero hacia las Constitución y las normativas correspondiente. (González Jesús, 2016).

La Relación Laboral.

Grisolia (2015) hace una definición y expresa que, Se entiendes como nexo en lo laboral a los instrumentos utilizados entre dos o más personas. (Grisolia Julio , 2015)

Grisolia Julio (2015) Expone que las relaciones laborales suelen ser inseguras para los colaboradores, ya que existe una o varias personas poseedoras del poder de terminar sus labores o dan inicio a ellas, al trabajador y le brinda los medios de productividad para que pueda trabajar. (Grisolia Julio , 2015)

Elementos de la Relación Laboral

Para que exista nexo de trabajo es imprescindible que se presente los elementos de la relación laboral:

1.- Prestación personal del servicio

Mejía (2014) ha señalado que es la prestación personal de servicio es el que compromete la relación entre las partes del contrato y se manifieste si va a se natural o jurídica. (Mejía Estupiñan Roberto, 2014).

2.- Continuada dependencia o subordinación

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Estas decisiones prevalecerán por lo largo del contrato si dañar ni malograr a los trabajadores tal como los ampara la Constitución de la RepúblicaG del Ecuador. (Pla Rodríguez Américo, 2015).

3.- Remuneración o Salario

Puppio (2016) manifiesta que este elemento es el tercero y uno de los más importantes ya que es verdaderamente necesario darles estabilidad laboral a los trabajadores y un salario por sus servicios prestados.(Puppio Vicente J., 2016).

Estabilidad indefinida.- En todo servicio personal se compromete la subsistencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. Sotto (2012) expresa que Los trabajadores pueden establecerse por periodos largos o indefinidos y puedes ser celebrados en forma verbal o también en forma escrita ”. (Sotto Manuel, 2012).

Partes que están dentro en la Relación Laboral

Todos somos individuos que directamente pueden ofrecer servicios personales bajo su responsabilidad y dependencia con relación jurídica laboral como:

El patrono o empleador.- Toris (2014) Indica que el empleador es la persona que solicita personal para abastecer los puestos de trabajos a cambio de una retribución monetaria. (Toris Arias Ramón, 2014).

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El Trabajador.- Según el Código de Trabajo (2015) en su artículo 9 establece el que a la persona que denominamos como trabajador va a ser la que realice los diferente trabajos solicitados dentro de la empresa o industria llevando a una finalidad reconfortante para hacer una gran mejora a los trabajos, obrero, operario, jornalero, productor, etc; es en cuanto el aprecio para las personas ya que permite que realicen sus trabajos para poseer una remuneración por ello, un reconocimiento de identidad y llegar a ser útiles en el desarrollo de las destrezas. (Código de Trabajo, 2015).

El Artículo 9 del Código de Trabajo detalla al trabajador como el sujeto que se presenta ante los trabajadores para realizar la ejecución de las obras y se lo denominara como empleador.

El juicio de trabajo

Vargas (2015) en su publicación El Juicio Oral en materia laboral: manifiesta que los juicios laborales corresponden a los Jueces de Trabajo en sus distintas provincias o a los Jueces, para verificar los diferente tribunales, árbitros y demás para que tengan una buena organización sindical con respecto a las personas que laboran con ellos.(Vargas L. Abraham, 2015).

Vilar (2015) la administración de justicia laboral con este procedimiento continuamente era considerada como deficiente, porque representaba una gestión lenta, dilatada y llena de incidentes procesales, que ampliaban injustificadamente los juicios en perjuicio de los actores, lo que originaba usuales deserciones, desconfianza y malestar. (Vilar Silvia, 2015)

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conciliación donde el demandado contestaba la demanda y luego de ello el juez intentaba una conciliación con lo cual concluía la audiencia, el resto del procedimiento era todo escrito, término de seis días para presentar pruebas, alegatos, sentencia, apelación y casación.

Una vez que se ha demostrado la relación laboral, es obligación del patrono justificar que se han pagado las remuneraciones y beneficios sociales, en el mismo día en que se ordenó la cancelación de su remuneración solicitante, de valores que conducen de derechos alcanzados. Con este procedimiento se resolvía la demanda y se comunicaba que se iba proteger ante todo.

En estos juicios se consideran todos los testimonios, juramentos deferidos, declaraciones, con una limitación de cuestionarios y un máximo de testigos a los cuales se les va a realizar la misma cantidad de preguntas respecto al tema en litigio las cual serán legalmente preparadas para ser las interrogantes dentro de la audiencia.

Instalada la audiencia definitiva, anteriormente se iniciaba con el recibimiento de la confesión judicial; así mismo con la declaración de testigos y repreguntas a los testigos, seguidamente con el juramento deferido para terminar con la presentación de los alegatos.

El Código Orgánico General de Procesos, difundido en el Registro Oficial N.

506 del 22 de Mayo del 2015, cuenta con cinco libros, el mismo que en el cuarto libro habla sobre las técnicas para sustanciar y resolver todas las contiendas.

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Las personas procesales tienen toda la obligación de presentarse a todas las audiencias sin excepción alguna, ya sea en cuerpo presente, por video conferencia lo mediante su representante legal o procurador jurídico, si no sucede esto las jueces establecerán abandono y los declarara en rebeldía.(COGEP, 2016).

La parte demandada debe argumentar sus excepciones previas, si es que las tiene y el demandante sus necesidades frente a las mismas; las mismas que deben ser tomas en cuanta en la misma audiencia por el Juez tomando en cuenta cada una de las fases de saneamiento percatándose si están debidamente reglamentadas en el procedimiento sumario administrativo. (COGEP, 2016).

De las Excepciones

Este vocablo tiene sus inicios del latín exceptio, el cual nos indica que una estrategia que utiliza para la defensa, con el cual expresa lo que pretende al demandante, y de verificarse ellas como procedentes la parte accionada quedará absuelta. (Cabanellas, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, 2015)

García Falconí (2017) indica que las excepciones pueden ser encaminadas a la correcta composición del litigio, es decir ataca a las formas; o puede ir encaminada a enervar la pretensión atenuándola o evitando que produzca efectos jurídicos, o batallar hasta la última instancia con la finalidad de que el juez desapruebe lo que han solicitado, con esto conlleva a demostrarse que es un medio de defensa todas las excepciones, y al oponerse se puede dar una destitución de las acciones mismas. (García Falconí José, 2017).

Son excepciones todas aquellas que se “dedique a retardar o malogren la decisión final o que eliminen de raíz todas las pretensiones expuestas por el demandado”. El

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16 Excepciones Dilatorias

Todas las que se encargan de detener las acciones presentando una seria de acontecimientos que sirven como obstáculos para malograr las causas en el proceso, evitando a toda costa se muestra la realidad de la pretensión en litigio, mientras eso conlleva a que aparezcan vacíos jurídicos las cuales se llegan a concretar con los jueces, los actores y las personas demandadas; buscando la forma de solicitar; el asunto y causa de la demanda en litigio. (Cabanellas, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, 2015)

García Falconí (2017) expresa que dentro del Art. 153 del Código Orgánico General de Procesos, se sitúa como excepciones previas a las argumentaciones de prescripción; caducidad; cosa juzgada; transacción; y a la de existencia de convenio, compromiso arbitral o convenio de mediación. (García Falconí José, 2017).

Excepciones Perentorias

Son aquellas que no pueden ser aplazadas en las tendencias de la actuación, porque los resultados se convierten en definitivos en un periodo que ha sido aplazado.

Las excepciones perentorias están establecidas, por hechos imprescindibles idóneos de componer una localización jurídica que cambia el derecho que se reclama mediante la acción ejercitada. (Perez Bustamante y Ponce, Nuevas Reglas para las resoluciones de las excepciones previas, 2017).

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17 Competencia del juez

Como se puede instigar la jurisdicción es el género y la competencia es la especie, de allí que todo juez es capaz para administrar justicia porque tiene poder para ello, pero este poder está condicionado en razón de la materia, cuantía, grado, turno, territorio, entre otros, de allí que un juez penal no puede conocer ni resolver una causa de tipo laboral.

El argumento de lo litigado y de las partes procesales esta tipificado en la ley; en la cual se realizó un sondeo teórico que no da a conocer la carencia que poseen, los miembro de la Judicatura los evaluaran para cambiarlas en aquellos casos de inicio, movimiento, unión o eliminación dentro de las salas de los tribunales y cortes.

Los funcionarios judiciales que si forman parte de la Función Judicial, comisionada por las delegaciones del Estado de la potestad jurisdiccional, son quienes acceden a los juzgados.

Carnelutti manifiesta que el deber es la reacción ante un deber, o un trabajo de delegación directamente con un negocio establecido.

La persona accionada al conocer el acogimiento del proceso de situación en litigio propondrá una contrademanda y solicitara que el juez la lleve ya que se la presentaron a él, otro no se le puede hacer esta petición de que no es competente para conocer la causa, puede asistir con las pruebas indispensables ante el juez que estima la competencia y solicitar.

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El Código Orgánico General de Procesos, busca resolver la incógnita del instante procesal pertinente para solucionar la excepción de incompetencia del juez al manifestar la causa impuesta por el demandante.

Para los procedimientos dentro del Código Orgánico General de Procesos, la ley es muy clara en manifestar que en la audiencia única para los procedimientos sumarios, ejecutivos o monitorios, habrá dos fases, que será de pruebas y alegatos. (COGEP .2015. Arts. 333.4; 354 inc. 2do.; y 359).

Esta técnica deja registrado un significativo avance en materia procesal de nuestro país, ya que las pruebas mostradas de ambas partes primero deben ser demostradas y respaldadas, lo que no garantiza que los jueces analicen y evalúen razonablemente a las partes para poder responder con seguridad y veracidad a las partes y no esperar a la última instancia para dictarse la sentencia, lo cual implica ahorro de tiempo y costos. (Pesántez Sáenz Rodrigo, 2016)

Aporte y limitaciones en el análisis de la teoría y de los trabajos desarrollados en el área del conocimiento.

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Actualidad ecuatoriana del sector donde desarrolla el proyecto

El problema se investiga dentro en la ciudad de Babahoyo, capital de la Provincia de Los Ríos, y se centró principalmente en el estudio legal sobre Las excepciones previas en los Juicios Laborales.

Esta investigación se la pudo realizar en las Unidades Judiciales Civiles de esta ciudad de Babahoyo donde son los encargados de llevar estos tipos de casos. Para el estudio se realizó la encuesta a los Jueces de las Unidades Civiles de la ciudad de Babahoyo, a los profesionales del derecho y ciudadanos de la Ciudad de Babahoyo.

Capítulo II. Diseño metodológico y diagnóstico

Paradigma y tipo de investigación

La presente investigación es bibliográfica y documental, ya que la fuente de investigación son libros relacionados al tema, perfeccionándose con la investigación de campo con un contacto directo con la realidad, ya que se obtiene información significativa para poder reforzar los objetivos propuestos.

La presente investigación es descriptiva, ya que existe un problema que debe ser resuelto en provecho de la sociedad; igualmente será cuali-cuantitativa ya que por medio de la investigación de campo se escudriñar datos cuantificables que serán representados en cuadros y gráficos estadísticos.

Cualitativa

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20 Cuantitativa

Se optó por este tipo de modalidad por cuanto las variables se pueden analizar y evaluar mediante datos estadísticos y registros porcentuales, realizando un estudio de la aplicación de la norma buscando la racionalidad de la misma con la norma suprema.

Modalidad y tipo de investigación

Inductivo – Deductivo

Método científico que obtiene conclusiones generales a partir de premisas particulares .Se caracterizan por la observación, registro de todos los hechos, el análisis, la derivación inductiva de una generalización a partir de los hechos y la contrastación lo cual permitirá que realizar un análisis de la desaparición forzada de personas, sus elementos y requisitos en el Ecuador.

Analítico - Sintético

Estudia los hechos, partiendo del objeto de estudio de cada una de sus partes con el fin de estudiarlas en forma individual y luego de forma holística e integral para observar las causas, lo cual permite realizar una valoración del objeto de transformación para lo que se realizará un análisis general sobre los casos de desaparición forzada de personas.

Histórico – Lógico

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Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos.

Población y Muestra de la Investigación

La población y muestra ha sido aplicada encuesta que se va a realizar a 6 Jueces de la Unidad Judicial Civil, 6 Secretarios, 50 Abogados en Libre y 50 ciudadanos de Babahoyo y está determinada en base a los parámetros detallados a continuación:

POBLACIÓN

TOTAL DE

POBLACIÓN

Jueces de la Unidad Judicial Civil de Babahoyo 6

Secretarios 6

Abogados en libre ejercicio de Babahoyo 50

Ciudadanía en general de Babahoyo 50

TOTAL DE PERSONAS ENCUESTADAS 112

N=Población

E=Error Máximo Admisible

n= Z2 *P*Q*N

e2*(N-1)+Z2*P*Q

n= 38416*0.5*0.5+97 = 93,1588 1,2004

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22 Plan de recolección de la información

Técnicas.

Las técnicas a utilizar son:

Encuesta.- Se refiere a la técnica de recolección de datos que utiliza como instrumento un listado de preguntas que están fuertemente estructuradas y que recoge información para ser tratada estadísticamente, desde una perspectiva cuantitativa. Esta técnica se utilizó, mediante la recolección de información, de todos quienes se encuentran involucrados dentro del tema que se investiga.

Entrevista.- La entrevista se la realizó como una técnica que utiliza el método del criterio de expertos, en la validación de la propuesta, ya que se debe realizar de manera clara precisa y de forma estructurada, haciendo contacto con los especialistas en el área del derecho.

Instrumentos

Cuestionarios.- En la realización y esquematización de interrogantes respecto al tema de investigación las cuales deberán reportar o evidenciar la factibilidad del problema investigado, esto es la aplicación del internamiento preventivo a los, menores infractores por delitos de tránsito.

Fichas de observación.- Para recoger los datos obtenidos en el campo de la investigación.

Planes de procesamiento y análisis de la información.

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General De Procesos con respecto a la Incompetencia de los Jueces en los Juicios Laborales, para así no vulnerar los derechos de los trabajadores.

Resultados del diagnóstico de la situación actual

Dentro de este estudio logramos alcanzar cada uno de los objetivos planteados a lo largo de la investigación de campo, logrando identificar la mala administración de las excepciones por los jueces, abogados y de más que están dentro de esta materia, aquí en la ciudad de Babahoyo.

Los comentarios recopilados por este grupo de profesionales nos dan un resultado más claro y veras a la problemática, faltando al protocolo que se debe de llevar en las Audiencia Únicas cuando se tenga que dar a conocer las resoluciones de la demanda planteada.

Los jueces respondieron de una manera validadora dando a conocer las investigaciones que han realizado referente a este tema y siguiendo el protocolo previo a la incompetencia que algunos jueces demuestra en los juicios laborales. Laborales, para así no vulnerar los derechos de los trabajadores.

Resultados del diagnóstico de la situación actual

Dentro de esta investigación de campo se cumplió el objetivo de encaminar la idea del investigador a una investigación de campo, evidenciada en la encuesta aplicada a los Jueces, Secretarios, Abogados y ciudadanos de Babahoyo, Capital de la Provincia de Los Ríos.

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audiencia única para la resolución de la excepción previa de incompetencia del juez en el juicio de trabajo.

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ENCUESTA, RESULTADOS Y ANÁLISIS

Pregunta N. 1.- ¿Conoce usted sobre las excepciones previas dentro de los Juicios Laborales?

Variables Personas Porcentaje

SI 62 55%

NO 50 45%

TOTAL 112 100%

Análisis e Interpretación

Con respecto a la pregunta N. 1 se muestra que el 55% manifiesta que si conoce las excepciones previas en los juicios laborales, mientras que el 45% manifiesta que no conoce sobre lo preguntado.

SI 55% NO

45%

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Pregunta N. 2.- ¿Cree usted que en los procedimientos laborales, no instaura un momento preciso que debe solucionar las excepciones previas?

Variables Personas Porcentaje

SI 72 64%

NO 40 36%

TOTAL 112 100%

Análisis e Interpretación

En la pregunta N. 2 el 64% manifiesta que en el COGEP debe instaurarse el momento preciso para resolver la excepción previa por incompetencia del juez; mientras que el 36% esta de acuerdo con la normativa vigente.

SI 64% NO

36%

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Pregunta N. 3.- ¿Cree usted que debe establecerse el momento oportuno en que debe resolver las excepciones previas?

Variables Personas Porcentaje

SI 62 55%

NO 50 45%

TOTAL 112 100%

Análisis e Interpretación

En esta pregunta la mayoría de los encuestados consideran que dentro del COGEP si se deba establecer un momento oportuno para resolver las excepciones previas; mientras que el otro 45% manifestó que no esta de acuerdo con lo preguntado.

SI 55% NO

45%

Encuesta N. 3

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Pregunta N.4.- ¿Cree usted que al no instaurarse un momento preciso en que debe resolverse las excepciones previas por incompetencia del juez dentro de los Juicios Laborales, se estaría vulnera el Principio Constitucional de celeridad?

Variables Personas Porcentaje

SI 90 80%

NO 22 20%

TOTAL 112 100%

Análisis e Interpretación

Con respecto al 80% de los encuestados manifestaron si se estaría vulnerando el Principio Constitucional de celeridad, al no instaurarse un momento oportuno para resolverse las excepciones previas; el 20% de los encuestados manifestaron que no se está vulnerando ningún derecho.

SI 80% NO

20%

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Pregunta N. 5.- ¿Conoce usted sobre otras legislaciones, en que la excepción de incompetencia del juez se resuelve al inicio del Proceso laboral?

Variables Personas Porcentaje

SI 12 11%

NO 100 89%

TOTAL 112 100%

Análisis e Interpretación

En esta pregunta se ve el desconocimeinto de los profesionales al derecho, al preguntarle que si conocen de alguna legislación de otro país en la que indique si la incompetencia del Juez se resuelve al principio del proces, la gran mayoría manifestó que no conocía sobre eso.

SI 11%

NO 89%

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Pregunta N. 6.- ¿Considera usted que se debería hacer un anteproyecto de Reforma que establezca el manejo adecuado de los Juicios Laborales en las excepciones previas?

Variables Personas Porcentaje

SI 62 55%

NO 50 45%

TOTAL 112 100%

Análisis e Interpretación

Con respecto a stá pregunta si se considera necesario que se de un reforma al Código Orgánico General de Procesos en que se establezca la Incompetencia del Juez al Inicio del Proceso para que asi no se vulneren derechos constitucionales.

SI 55% NO

45%

Encuesta N. 6

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Capítulo III. Propuesta de solución al problema.

TEMA:

LA EXCEPCIÓN PREVIA DE IMCOMPETENCIA DEL JUEZ EN LOS JUICIOS LABORALES DENTRO DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS.

Antecedentes

Con la entrada en vigencia del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se deroga de manera expresa, entre otros cuerpos normativos, el Código Adjetivo Civil, la Ley de Casación, la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la Ley para el Juzgamiento de la Colusión; además, parcialmente se deroga al Código Orgánico de la Función Judicial, el Código Tributario, el Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia, la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, el Código Sustantivo Civil, el Código de Trabajo, la Ley de Gestión Ambiental y la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental.

Tanto el proceso como los diferentes procedimientos en que aquel puede desarrollarse son las instituciones más estudiadas por la historia del derecho procesal.

En específico, el cambio de legislación al que actualmente rige plantea evidentes dudas respecto del alcance y la aplicación de algunos elementos del derecho procesal en general y el procedimiento laboral en particular; sobre todo, en atención al desarrollo que ha merecido el derecho constitucional en los últimos tiempos, rama que, por su jerarquía, necesariamente influye en todas las demás.

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32

Al efecto, este trabajo analizará los posibles problemas y beneficios que arroje la reciente normativa procesal en su aplicación práctica en el ámbito laboral, sin perder de vista la doctrina y la jurisprudencia, de modo que el hecho de aplicar la oralidad no riña con el cumplimiento irrestricto de las garantías constitucionales que regulan el debido proceso.

Antes que nada, conviene determinar cuáles son los cambios sustanciales que se observan en la conducta procesal que prevé el COGEP, que pueden resumirse en que los trámites se verán simplificados, concentrados, unificados y uniformes, lo que permitirá efectivamente el conocimiento de las reglas del juego de los procedimientos desde su inicio y que no exista tal cantidad y disparidad de trámites que anteriormente dificultaba sobremanera la labor de abogados y jueces.

En el COGEP se mantiene el hecho de que los actos de proposición necesariamente deben ser escritos, debidamente fundamentados y acompañados de prueba, con lo que se ratifica que el paso a la oralidad no implica la inexistencia del importante material escrito que contendrán tanto la demanda como la contestación a la demanda y eventualmente la reconvención y su contestación.

Justificación

Se ha manifestado, que la forma que tiene el demandado para defenderse es oponiendo las excepciones legales, de este modo la excepción es un medio legal de impedir o frustrar la acción imaginaria y falsa y, propender en último término a la defensa y al triunfo del verdadero derecho, señala Víctor Manuel Peñaherrera.

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33

fundamentos de la petición del actor, así el fundamento de las excepciones descansa en los hechos que por sí mismos no excluyen la acción, pero si dan al demandado la facultad de destruirla mediante la oportuna alegación y demostración de los hechos por él deducidos.

Objetivos

Objetivo general

Proponer una reforma al Artículo 153 del Código Orgánico General de Procesos respecto a las excepciones en los juicios laborales.

Objetivos específicos

Fundamentar Jurídica y doctrinariamente todo lo concerniente a los Juicios Laborales, excepciones previas, audiencias, etc.

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34 Análisis de factibilidad

Económica

La presente propuesta es factible porque los gastos ocasionados serán asumidos por el investigador, además existe soporte bibliográfico ya que se cuenta con la documentación necesaria.

Social

Esta propuesta es factible porque se trabajó directamente con los involucrados, es decir, Jueces Civiles, Abogados y Ciudadanos de la ciudad de Babahoyo.

Legal

Es Legal, porque existen varias legislaciones que amparan los derechos y garantías de las personas, así como la Constitución, Convenios Internacionales.

Tecnológica

La elaboración de la presente propuesta no requiere de tecnologías avanzadas ni de alto nivel, sino únicamente de los medios y recursos que poseo como investigador.

Fundamentación legal.

Se fundamenta en la Constitución de la República del Ecuador, Convenios Internacionales, Código Orgánico General de Procesos, que trata del interés de las personas y las obligaciones de las autoridades.

El Juicio Oral Laboral

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35

PROPUESTA DE REFORMA JURÍDICA.

Considerando:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República Del Ecuador en el artículo 167, tipifica el derecho para el manejo de la justicia a todo el pueblo y que ejerza como lo indica los órganos de la Función Judicial sin dejar de revisarlo en la Constitución;

En el medio procesal nos ayuda en la ejecución de la justicia y todo lo que conlleva tal como está tipificado en los principios Constitucionales, economía procesal, uniformidad, etc;

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36

Que, las facultades y deberes genéricos, facultades jurisdiccionales, facultades correctivas y facultades coercitivas de las y los juzgadores previstas en los artículos 129, 130, 131 y 132 del Código Orgánico de la Función Judicial deben desarrollarse a través de normas procesales que coadyuven a la cabal aplicación de los preceptos constitucionales, de las normas de los instrumentos internacionales y de la estricta observancia de los términos previstos en la ley y con sujeción a los principios y garantías procesales que orientan el ejercicio de la Función Judicial;

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 6 del artículo 120 de la Constitución de la República y el numeral 6 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expide el siguiente.

Modifíquese el Art. 153:

1.- Las partes en proceso se presentaran dentro de las excepciones, seguida del inicio de la audiencia.

2.- los jueces detendrán la audiencia si no se ha dado solución o se ha resuelto las excepciones que fueron divulgadas por las partes en litigio.

Promulgar en el Registro Oficial. En la ciudad de Quito, del Pleno de la Corte Nacional de Justicia, a los 00 días del mes de 000 de dos mil dieciocho.

Aplicación práctica parcial o total de la propuesta

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37

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38 CONCLUSIONES

Dentro del Código Orgánico General de Procesos debe incluirse la Incompetencia del Juez, al iniciar el proceso, para que así no se vulneren los Derechos Constitucionales de celeridad y economía procesal.

Se debería tomar en cuenta las legislaciones de otros países donde si hay la Incompetencia de Juez aplicada en las leyes procesales desde el principio del proceso, aquí en el Ecuador debe existir un procedimiento para así no vulnerar derechos constitucionales de los trabajadores.

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39 RECOMENDACIONES

Se debe dar talleres en las diferentes Facultades de Jurisprudencia del país, para darles a conocer a los estudiantes, maestros y profesionales del derecho todo lo que puede acarrear las excepciones previas en los juicios laborales.

El producto de esta investigación se los manifieste y se consideren al Consejo de la Judicatura de la Provincia de Los Ríos, una reunión con los miembros de la judicatura y jueces pertinentes a la materia, abogados en el campo laboral, educadores de la materia, con la finalidad de educar sobre las excepciones a fin que no sean vulnerados y al ser este el caso se den las medidas respectivas.

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Referencias

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