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Condiciones de reserva

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Academic year: 2021

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EsTOs sON LOs TÉRMINOs Y cONDIcIONEs, qUE APLIcAN A TU cRUcERO. LEE cUIDADOsAMENTE YA qUE EsTás OBLIGADO A cUMPLIRLOs.

Todos los cruceros incluidos en el catálogo y/o la Página Web Oficial están a la venta por MSC Crociere S.A, en adelante referida como la “Compañía”.

En las Condiciones (definidas a continuación) las siguientes expresiones tendrán los significados siguientes:

“Reserva” se refiere a las acciones tomadas por el Pasajero para celebrar un Contrato con la Compañía.

“Términos & condiciones” se refiere a los términos y condiciones y la información contenida en el Catálogo referente a la Compañía, El Sitio Web Oficial y otra información que formará los términos expresos de su contrato con la Compañía.

“Transportista” Es la persona jurídica que se obliga a realizar el transporte del Pasajero de un lugar al otro conforme a lo indicado en el ticket de embarque, ticket de línea aérea u otro ticket emitido para el transporte terrestre y a quien se denomina en tales documentos como “transportista”. El término Transportista incluye al propietario y/o fletador y/u operador y/o sus servidores y/o los agentes de cualquier proveedor de transporte.

“compañía” Es MSC Cruceros S.A. que su dirección registrada es 12-14, Chemin Rieu, CH-1208 Ginebra, Suiza quien organiza Cruceros y/o paquetes y vende o los ofrece a la venta, ya sea directamente o a través de un Agente de Viajes.

“condiciones de Transporte” Son las limitantes y obligaciones que contrae el transportista que suministra cualquier tipo de transporte, incluyendo transporte marítimo y aéreo. En ellas se contienen las disposiciones legales del país del transportista en cuestión y pueden estar sujetas a convenciones internacionales; tanto dichas disposiciones legales como las convenciones internacionales, o ambos, pueden limitar o excluir la responsabilidad del transportista. Copia de las Condiciones de Transporte de cualquier transportista interviniente están disponibles para los pasajeros bajo solicitud. “contrato” Es el acuerdo de voluntades, manifestado por escrito, celebrado entre la Compañía y el Pasajero con relación al respectivo Crucero, lo que se evidencia mediante la emisión de la reservación y el ticket de embarque enviados por la Compañía o Agente de Ventas al Pasajero.

“crucero” significa el viaje turístico descrito en el respectivo catálogo de la Compañía u otros documentos producidos por la Compañía o en su nombre. “Persona discapacitada” o “Persona con Movilidad Reducida”; se refieren a cualquier persona que su movilidad se vea reducida cuando usa transporte, como resultado de cualquier discapacidad física (sensorial o motriz, permanente o temporal), intelectual o discapacidad o deterioro psicológico, o cualquier causa de discapacidad o deterioro como resultado de la edad, y quien por su situación necesita atención apropiada y adaptación a sus necesidades particulares por los servicios ofrecidos para el pasajero. “Fuerza Mayor” es cualquier suceso imprevisible o que previsto no puede ser evitado tal como, entre otros, actos de la naturaleza (incluyendo incendio, inundación, terremoto, tormenta, huracán u otro desastre natural), guerra, invasión, acto de enemigos extranjeros, hostilidades (haya o no declaración de guerra), guerra civil, rebelión, revolución,

insurrección, poder militar o usurpado o confiscado, actividades terroristas, motines, disturbios civiles, conflictos laborales, desastres naturales y nucleares, incendios, epidemias, riesgos para la salud, de nacionalización, sanciones del gobierno, bloqueos, embargos, conflictos laborales, huelgas, bloqueo o interrupción o falla del servicio de electricidad o teléfono y/o cualquier imprevisto técnico con el transporte incluyendo cambios debido a la reprogramación o la cancelación o la modificación de los vuelos, en aeropuertos o puertos cerrados o congestionados.

“Msc Grand Tour” se refiere a la combinación de dos o más Cruceros preestablecidos por la Compañía y ofrecidos para su venta como un solo Paquete. Para cualquier propósito relevante, el MSC Grand Tour siempre deberá ser considerado como un paquete solo e indivisible. Todos los términos y referencias a un Crucero y/o Paquete deberán incluir y ser igualmente aplicables a un MSC Grand Tour, a menos que se declare lo contrario. Las referencias del precio están referidas al precio total pagado por el MSC Grand Tour.

“sitio Web Oficial” se refiere al conjunto de páginas web relacionadas, documentos y links de hipertextos, servido por el dominio web www.msccruceros.com.mx. “Paquete” se refiere al crucero, vuelo(s) y /o cualquier arreglo en la reservación antes o después del crucero. No incluye excursiones en Tierra o servicio de transporte que no forma parte del precio del Paquete todo incluido.

“Pasajero” significa todas y cada una de las personas designadas en el momento de la Reserva, con ticket de embarque emitido por la Compañía.

“Agente de Viajes” se refiere a la persona que vende u ofrece a la venta el Crucero o Paquete hecho por la Compañía, en nombre de la Compañía.

“Excursión en tierra” significa toda excursión o actividad no incluida como parte del precio total del Crucero y que la Compañía ofrece a la venta a bordo de sus barcos.

1. PROcEDIMIENTO DE REsERVA Y DEPÓsITO

1.1 Para hacer una reserva el Pasajero debe contactar a la compañía o al agente de ventas de su preferencia.

1.2 La persona que hace una reserva confirma que todas las personas nombradas en el momento de la Reservación y/o recibo aceptaron someterse a las Condiciones Generales y que esa persona tiene facultades para aceptar estas Condiciones Generales en nombre de todas las personas nombradas en la reservación y ticket de embarque. 1.3 Un depósito no reembolsable de (…) por persona (en cruceros Europeos) y de (…) por persona (en cruceros fuera de Europa) deberá ser pagado en el momento de la reserva.

1.4 La Reserva se completará y el Contrato será efectivo sólo cuando la Compañía acepta la reserva enviando una confirmación al Pasajero o al Agente de viajes del Pasajero.

2. cONTRATO

2.1 Cada Crucero está sujeto a disponibilidad al momento de la reservación. No se celebrará ningún Contrato hasta que se pague el depósito, pago parcial o importe completo y se emita la confirmación de esta.

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Inf

ormación General

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CONDICIONES DE RESER

VA

2.2 El pago completo deberá realizarse a más tardar ... días antes de la fecha de salida. 2.3 Si la reservación se realiza dentro de los ... días antes de la salida el pago final debe ser recibido en las oficinas de MSC en la fecha opcional proporcionada en el momento de efectuarla.

2.4 Si un Pasajero no paga el saldo ... días antes de la fecha de salida, la Compañía tendrá derecho a cancelar la reservación sin notificación alguna y cobrar del pasajero gastos de cancelación (según lo indicado en el numeral 13), aún cuando el espacio vuelva a venderse o no.

3. PREcIOs Y GARANTÍA DE PREcIO

3.1 El precio del Crucero no podrá alterarse dentro de los 20 días anteriores a la fecha de salida o una vez que la Compañía haya recibido el depósito por el Crucero. 3.2 La Compañía se reserva el derecho de modificar los precios en cualquier momento (siempre que sea anterior a los períodos indicados en el artículo 3.1) por variaciones en:

a) Costos de transportación aérea; b) Costo del combustible del barco;

c) Aumentos en aranceles, impuestos o derechos que se cobren por servicios tales como derechos de embarque o desembarque en puertos o aeropuertos. Las variaciones pueden ser hacia arriba o abajo. Para el párrafo a) cualquier variación del precio del Paquete será igual a la cantidad extra que cobra la compañía aérea. Para el párrafo b) cualquier variación del precio del Paquete será igual al 0.33% del precio del crucero por cada dólar de aumento del combustible por barril (NYMEX Index). Para el párrafo c) cualquier variación del precio del Paquete será igual al importe total de los honorarios.

3.3 Si el aumento es más de 10% al total del precio del Contrato, el Pasajero tendrá la opción de cancelar el Contrato con un reembolso completo del precio del Contrato. Dicho reembolso no incluye las primas de seguro pagadas que son en ningún caso reembolsables.

3.4 Para ejercer el derecho de cancelar del Pasajero, éste tendrá que notificar a la Compañía por escrito dentro de ... días a partir de que recibió la notificación del aumento de precios.

4. sEGURO

4.1 La Compañía recomienda que cada pasajero tenga una póliza de seguro adecuado que cubra suficientemente desde el momento en el que la reserva de sus vacaciones sean confirmadas hasta el fin de su crucero, especificado en las páginas ... o una póliza equivalente.

5. PAsAPORTEs Y VIsAs

5.1 Los Pasajeros deben portar un pasaporte totalmente válido para la duración total del crucero y con fecha de vencimiento de al menos 6 meses después de la fecha de llegada. Ciertos países exigen pasaportes legibles en máquina y fotografías digitales, especialmente Rusia y EUA.

5.2 La Compañía no se hace responsable de obtener visas para ningún Pasajero, esta es responsabilidad de cada Pasajero.

6. sALUD Y APTITUD PARA EL VIAJE

6.1 La seguridad de todos los pasajeros es de suma importancia para la Compañía, por lo tanto todos los Pasajeros garantizan que son aptos para viajar por mar (y aire, si aplica) y que su conducta o estado no dañará la seguridad o comodidad del barco, aeronave y/o de los demás Pasajeros, y que pueden ser transportados de manera segura de acuerdo a los requerimientos de seguridad aplicables establecidos por la UE internacional o leyes nacionales.

6.2 La Compañía tiene el derecho de requerir al Pasajero un certificado médico que apoye la aptitud para viajar.

6.3 Cualquier Pasajero con una afección que pueda afectar su aptitud para viajar tomando en cuenta el itinerario del Barco debe presentar un certificado médico antes de reservar.

6.4 Se solicita a las mujeres embarazadas consultar a su médico antes de viajar, en cualquier etapa de embarazo deben obtener un certificado médico confirmando su aptitud para viajar a bordo del barco, tomando en cuenta el itinerario específico. 6.5 La Compañía y/o el Transportista no tienen instalaciones médicas adecuadas para partos. La Compañía no puede aceptar reservas de cualquier Pasajero con más de 24 semanas de embarazo para el final del crucero.

6.6 La Compañía se reserva expresamente el derecho a rechazar el abordaje de cualquier Pasajero que parezca estar en un estado avanzado de embarazo y no tendrá ninguna responsabilidad respecto a tal rechazo.

6.7 En el evento de una reserva hecha por una Pasajera que no pudiera saber en el momento que está embarazada sobre los términos de la cláusula anterior 6.5 entonces, la Compañía ofrecerá a la Pasajera la opción de reservar otro Crucero del Catálogo y/o del Sitio Web Oficial de calidad equivalente, compatible con los términos mencionados anteriormente, si está disponible; o cancelar y recibir un reembolso del precio completo pagado por esa Pasajera para cualquier cancelación de reserva mientras la misma sea notificada inmediatamente después de que la Pasajera sea consciente de su condición.

6.8 Si al Transportista, Maestro o el Doctor del barco le parece que un Pasajero no es apto para viajar por cualquier razón, posiblemente por poner en peligro la seguridad o por la posibilidad de ser rechazado el permiso de bajar en cualquier puerto o posiblemente por hacer que el Transportista sea responsable del mantenimiento, soporte o repatriación, entonces el Maestro tendrá el derecho de rechazar el embarque del Pasajero en cualquier puerto o transferir al Pasajero a otra cama o cabina. El Doctor a bordo tendrá el derecho de administrar primeros auxilios y cualquier fármaco, terapia o tratamiento médico y/o admitir y/o confinar al Pasajero en el hospital del barco u otra instalación similar, si tal medida es considerada necesaria por el Doctor y apoyada por la autoridad del Maestro. Si el Pasajero se rehusa a cooperar en relación al tratamiento, puede resultar en el desembarque del Pasajero en cualquier puerto, si es necesario, la policia local podrá intervenir u otras autoridades competentes, y ni la Compañía ni el Transportista serán responsables de cualquier pérdida, gasto o compensación al Pasajero.

6.9 Cuando un Pasajero es evaluado como no apto para viajar y su embarque es rechazado, entonces la Compañía o el Transportista no guardan ninguna responsabilidad hacia el Pasajero.

7. PERsONAs DIscAPAcITADAs Y PERsONAs cON MOVILIDAD REDUcIDA 7.1 La prioridad de la Compañía siempre es la comodidad y seguridad de sus Pasajeros y con la finalidad de llevarlo a cabo, es requerido que el Pasajero proporcione tanta información como sea posible sobre los asuntos descritos a continuación al momento de reservar para que la Compañía considere su obligación de transportar al Pasajero de manera segura u operacionalmente factible, tomando en cuenta cualquier cuestión en relación con el diseño e infraestructura y equipo del barco o puerto, incluyendo las terminales donde pueda ser imposible llevar a cabo el embarque , desembarque o transporte del Pasajero y que pueda tener un impacto en la seguridad y comodidad de los Pasajeros.

7.2 Es requerido que el Pasajero proporcione información completa al momento de reservar si este no está bien, enfermo, Discapacitado o si tiene Movilidad Reducida. Se requiere que el Pasajero proporcione información detallada al momento de reservar: a) si el Pasajero requiere una cabina especial para Discapacitados, dado que hay un número limitado de disponibilidad de estas cabinas y la Compañía quisiera, en lo posible, acomodar al Pasajero para que se sienta cómodo y seguro durante el crucero. b) si el Pasajero tiene requerimientos especiales de descanso.

c) si el Pasajero necesita llevar cualquier tipo de equipo médico a bordo.

d) si el Pasajero necesita traer un perro de asistencia a bordo del barco. Por favor tome en cuenta que los perros de asistencia están sujetos a regulaciones nacionales. 7.3 Cuando la Compañía considere necesario para la seguridad y comodidad del Pasajero y con el fin de que el Pasajero disfrute completamente el crucero, podrá ser requerido que las Personas Discapacitadas o con Movilidad Reducida sean acompañadas por otra persona que sea capaz de proporcionar la asistencia requerida por la Persona Discapacitada o con Movilidad Reducida. Este requerimiento estará basado completamente en evaluar la necesidad del Pasajero por motivos de seguridad y puede variar de barco a barco y/o de itinerario a itinerario, los Pasajeros confinados a usar silla de ruedas se les pide amablemente que proporcionen su propia silla de ruedas plegable de tamaño estándar y que sean acompañados también por un Pasajero en forma y capaz de asistirlos.

7.4 Si el Pasajero tiene cualquier condición particular, Discapacidad o Movilidad Reducida que requieran de cuidado personal o supervisión, dicho cuidado o supervisión debe ser organizado por el Pasajero y a expensas del Pasajero. El barco es incapaz de proveer servicios de respiración, cuidado personal de uno a uno o supervisión o cualquier otra forma de cuidado físico o psiquiátrico u otras condiciones.

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del Pasajero, la Compañía concluye que el Pasajero no puede ser transportado de manera segura y de acuerdo a los requerimentos de seguridad aplicables entonces la Compañía puede rechazar la reserva o embarque de una Persona Discapacitada o Persona con Movilidad Reducida por motivos de seguridad.

7.6 La Compañía se reserva el derecho de rechazar el transporte de cualquier Pasajero que ha fallado en notificar adecuadamente a la Compañía de cualquier Discapacidad o necesidades de asistencia con el fin de que la Compañía haga una evaluación informada de que el Pasajero pueda ser transportado de manera segura u operacionalmente factible por motivos de seguridad. Si el Pasajero no concuerda con una decisión de la Compañía bajo las cláusulas 7.5 a 7.6 de estos Términos y Condiciones entonces el pasajero debe presentar una queja escrita con toda la evidencia de apoyo a la Compañía y el asunto será considerado por un alto Directivo. 7.7 La Compañía se reserva el derecho de rechazar el transporte a cualquier Pasajero que, en la opinión de la Compañía y/o el Transportista sea no apto para viajar o cuya condición pueda constituir un peligro para ellos u otros en el Crucero por motivos de seguridad.

7.8 Para la seguridad y comodidad del Pasajero, si el Pasajero se percata entre la fecha de reservar el Paquete y la fecha de comienzo del mismo que él/ella requerirá atención especial o asistencia detallada anteriormente se pide atentamente que informe a la Compañía inmediatamente para que pueda hacer una evaluación informada si el pasajero puede o no ser transportado en una manera segura u operacionalmente factible. 7.9 Los Pasajeros enfermos o Pasajeros con sillas de ruedas o movilidad reducida pueden no ser aptos para ir a tierra en los recorridos donde los barcos no desembarcan junto al puerto. Una lista de estos puertos está disponible bajo petición escrita.

8. cUEsTIONARIO DE sALUD PÚBLIcA

8.1 La Compañía y/o el Transportista y/o las autoridades sanitarias de cualquier puerto podrán solicitar por sí mismas que se complete un cuestionario de salud pública. El Pasajero suministrará información exacta sobre síntomas de cualquier enfermedad incluyendo, entre otras, enfermedades gastrointestinales y H1N1.

El Transportista podrá negar el embarque a cualquier Pasajero cuando considere, a su exclusiva discreción, si tal Pasajero presenta síntomas de cualquier enfermedad, incluyendo enfermedades virales o bacterianas, incluso pero no limitado el Norovirus y H1N1. La negativa del Pasajero a completar el cuestionario será causal de rechazo para su embarque.

8.2 Cuando los Pasajeros se enfermen a bordo del crucero por afecciones virales o bacterianas, el médico a bordo podrá requerir que permanezcan en su cabina por motivos sanitarios y de seguridad.

9. ALERGIAs POR cOMIDA

9.1 Se recuerda a los Pasajeros que algunos alimentos pueden causar reacciones alérgicas a determinadas personas por intolerancia a determinados ingredientes. Si el Pasajero padece de alergias conocidas o si no tolera algún alimento debe informarlo al Maitre a la brevedad posible luego de abordar el barco.

9.2 Es la responsabilidad del Pasajero asegurar que él/ella evite cualquier comida a la cual él/ella sea alérgico(a). La Compañía tomará el debido cuidado si es consciente sobre cualquier comida específica o ingrediente que al Pasajero le provoque una reacción alérgica para asistir al pasajero para evitar cualquier comida o ingredientes si el pasajero pone al tanto antes de ordenar su comida. La Compañía no se hará responsable de preparar comidas especiales para el Pasajero o cualquier comida preparada consumida por el Pasajero.

10. AsIsTENcIA MÉDIcA

10.1 Se recomienda a los Pasajeros que tengan un seguro de viaje completo que cubra el tratamiento médico y los costos y gastos de repatriación.

10.2 En cumplimiento de los requerimientos del Estado de Pabellón, hay un Doctor calificado a bordo y un centro médico equipado para primeros auxilios y enfermedades menores únicamente. El Pasajero por este medio reconoce y acepta al momento de Reservar que el centro médico no está equipado como un Hospital en tierra y que el Doctor no es un especialista. La Compañía, el Transportista ni el Doctor serán responsables del Pasajero como resultado de alguna inhabilidad para tratar cualquier condición médica.

10.3 El Pasajero es consciente que mientras que haya un Doctor calificado a bordo del barco, es la obligación y responsabilidad del Pasajero buscar asistencia médica si lo requiere durante el crucero y será responsable de pagar por los servicios médicos a bordo.

10.4 En caso de enfermedad o accidente, los Pasajeros tendrán que ser desembarcados en tierra por la Compañía, el Transportista y/o Maestro para tratamiento médico. El Transportista ni la Compañía representan o aceptan ninguna responsabilidad con respecto a la calidad de las instalaciones médicas disponibles o tratamientos en cualquier puerto de escala o en el lugar en el cual el Pasajero sea desembarcado. Las instalaciones Médicas y estándares varían de puerto a puerto. La Compañía ni el Transportista hacen declaraciones o garantías en relación al nivel del tratamiento médico en tierra. 10.5 La opinión profesional del Doctor sobre la aptitud del Pasajero para abordar el barco o continuar el crucero es definitiva y obligatoria al Pasajero

10.6 Es recomendado que el asesoramiento médico sea buscado antes de reservar para infantes hasta 12 meses de edad. Para evitar dudas las disposiciones de la cláusula 6 y el requerimiento de aptitud para viajar es aplicable a todos los pasajeros incluyendo infantes.

11. EqUIPO MÉDIcO

11.1 Es importante que los Pasajeros contacten al fabricante o proveedor para asegurarse que cualquier equipo médico que tienen la intención de llevar a bordo es seguro de usar. Es la responsabilidad de los Pasajeros organizar la entrega a los muelles antes de la salida de cualquier equipo médico y notificar a la Compañía antes de reservar si necesitan tener equipo médico a bordo para que la Compañía pueda asegurarse que el equipo médico puede ser transportado de manera segura.

11.2 Es responsabilidad del Pasajero asegurarse que todo el equipo médico está trabajando en orden y de organizar suficiente equipo y suministros para durar el viaje completo. El barco no transporta ningún reemplazo y el acceso a equipo y atención en tierra puede ser difícil y caro. Los Pasajeros deben ser capaces de operar todo el equipo.

12. cAMBIOs EN LAs REsERVAcIONEs sOLIcITADOs POR EL PAsAJERO

12.1 El Pasajero tiene derecho de reemplazar su lugar por un tercero, confirmando que:

(i) Dicho tercero satisfaga todas las condiciones para el uso del servicio; y (ii) Notificación escrita sea debidamente enviada a la Compañía a más tardar ... días hábiles antes de la salida del crucero.

Si las condiciones mostradas arriba se cumplen, el cambio de nombre en todos los casos será sujeto a la siguiente cuota administrativa por pasajero y por cambio:

BELLA FANTAsTIcA AUREA Msc YAcHT cLUB

50 UsD Gratis*

*La solicitud por cambio de nombre será gratis sólo una vez para Fantastica, Aurea y Yacht Club; sin embargo, cualquier solicitud nueva de cambio de nombre será sujeta a la misma cuota que Bella.

El contrato cesionario del Pasajero y de cualquier tercero deberá ser conjuntamente responsable para la Compañía para pagar el precio del Crucero/Paquete y cualquier costo adicional podrá surgir como consecuencia del cambio de pasajero.

12.2 Además, aún después que la factura de confirmación sea emitida, el Pasajero tiene derecho a cambiar, sólo una vez, el Crucero/Paquete comprado (“crucero /Paquete Original”) con otro crucero (“crucero/Paquete Nuevo”) en las siguientes condiciones: (i) La fecha de salida del Crucero/Paquete Nuevo sea después de la del Crucero/ Paquete Original;

(ii) es recibida por la Compañía a más tardar 30 días hábiles antes de la fecha programada para el Crucero/Paquete Original y que haya disponibilidad de lugares en el Crucero/Paquete Nuevo;

(iii) El itinerario para el Crucero/Paquete Nuevo se refiere al mismo destino que el Crucero/Paquete Original como se define en el folleto relevante (o sitio web); y (iv) la fecha esperada para la salida del Crucero/Paquete Nuevo cae dentro de un año de la fecha esperada de salida del Crucero/Paquete Original.

Si las condiciones presentadas arriba en esta cláusula se cumplen, la sustitución del Crucero/Paquete Original con la del Crucero/Paquete Nuevo estará sujeta a la siguiente cuota administrativa por reserva:

BELLA FANTAsTIcA AUREA Msc YAcHT cLUB

50 UsD Gratis*

*Sólo un cambio podrá ser aplicado.

Es entendido que, en adición a la cuota administrativa mencionada arriba, si el precio del Crucero/Paquete Nuevo es mayor al del Crucero/Paquete Original, la diferencia en el precio será asumido exclusivamente por el Pasajero.

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Inf

ormación General

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CONDICIONES DE RESER

VA

Por otra parte, si el precio del Crucero/Paquete Nuevo es menor al del Crucero/ Paquete Original, el Pasajero no se hará acreedor a ningún reembolso.

En caso de sustituir el Crucero/Paquete Original con el Crucero/Paquete Nuevo, el Pasajero tendrá el derecho de retirarse del contrato y por lo cual, cuotas de cancelación serán aplicadas; las cuotas de cancelación serán basadas en el debido precio (según disposiciones anteriores) y la escala proporcionada bajo el artículo 13 (Cancelación por parte del Pasajero) de acuerdo a la fecha de salida del Crucero Original. La Compañía hará esfuerzos razonables para cumplir con el requisito del Pasajero para cambios de avión, transporte u otro acuerdo de servicio y adaptarlos al Crucero/ Paquete Nuevo. En Ningún caso la Compañía se hace responsable de cambios solicitados que no se pueden satisfacer.

12.3 Nombre o cambio de fechas no siempre están permitidas por las aerolíneas, otros transportes u otros acuerdos de servicios cuando sean hechas. La mayoría de aerolíneas y otros transportes o acuerdos de servicio tratan tales cambios como cancelación y se cobran los cargos correspondientes. Cualquier costo adicional incluyendo las cuotas de cancelación y/o el aumento del precio percibido por las aerolíneas u otro proveedor tercero será exclusivamente para la cuenta del Pasajero.

12.4 Salvo lo dispuesto anteriormente, otros cambios de reservación deben ser solicitados (aún después de que la factura de confirmación se haya emitido) hasta 16 días antes de la salida, sujeta a una cuota administrativa mínima de ... por persona por enmienda. Cualquier costo adicional que pueda surgir como consecuencia de un cambio será exclusivamente por cuenta del Pasajero.

12.5 Solicitudes de enmiendas en las reservaciones recibidas por la Compañía dentro del límite de tiempo será tratado como cancelación y los cargos de cancelación detallados en el artículo 13 serán aplicados.

12.6 En caso de solicitud de cambios por cuenta de los pasajeros, que implique la reimpresión de nuevos boletos de Crucero, además de las cuotas anteriormente mencionada, un cargo de 25 EUR por cabina será efectuado para cubrir los costos extras.

12.7 Cualquier solicitud de cambio por el Pasajero en un MSC Grand Tour deberá aplicar siempre a todo el Paquete. Todos los tiempos límites relevantes corren a partir de la fecha programada de salida del primer Crucero de MSC Grand Tour.

13. cANcELAcIÓN POR PARTE DEL PAsAJERO

13.1 La cancelación de la reservación debe ser solicitada por escrito (carta registrada, email o fax) a la Compañía o a través del Agente de Viajes del Pasajero. Todos los boletos emitidos y las facturas de confirmación deben ser regresados junto con el aviso de cancelación.

13.2 Guarde lo que se mencione el artículo 13.3, para cubrir la pérdida estimada incurrida por la cancelación, la Compañía impondrá cargos de cancelación de acuerdo a la siguiente escala:

cRUcERO < 15 DÍAs

DÍAs ANTEs

DE LA sALIDA BELLA FANT

A sTI c A A UREA Msc Y A c HT c LUB

76 días o más cuota Administrativa

50 UsD* 50 UsD* 50 UsD* 50 UsD*

75 a 61 días 25%** 25%** 25%** 25%**

60 a 46 días 40%** 40%** 40%** 40%**

45 a 31 días 60%** 60%** 60%** 60%**

31 a 16 días 80%** 80%** 80%** 80%**

15 días o menos 100%** 100%** 100%** 100%**

* Para cualquier cancelación realizada antes de los tiempos de la tabla anterior se aplicará siempre una Cuota Administrativa de $ 50 USD por persona.

** O la pérdida del depósito, cualquiera que sea mayor.

13.3 En caso de que la cabina siga siendo para uso individual después de la cancelación del Pasajero: (a) la Compañía le cargará al Pasajero retirado cargos de acuerdo al artículo 13.2, que en ningún caso será menor a 100 euros, en adición a la prima del seguro; (b) el Pasajero ocupando la cabina para uso individual también tendrá que soportar un cargo 100% de un solo pago, o cualquier cargo individual menor que la Compañía impondrá en ese momento para cualquier reservación de cabina individual. 13.4 Puede ser posible para el Pasajero reclamar estos cargos de cancelación de su seguro de viaje provisto, sujeto a cualquier deducible aplicable. Es responsabilidad del Pasajero el hacer dicho reclamo bajo los términos de su póliza de seguros.

13.5 El Pasajero puede solicitar la cancelación del MSC Grand Tour, pero dicha cancelación siempre deberá aplicar a todo el Paquete. Todos los límites de tiempo relevantes corren desde la fecha programada para la salida del primer Crucero de MSC Grand Tour.

14. cAMBIOs EFEcTUADOs POR LA cOMPAÑÍA

14.1 La Compañía organiza el Crucero con muchos meses de anticipación. En casos muy ocasionales puede resultar necesario introducir alteraciones por motivos operativos, comerciales o de otra clase, por lo que la Compañía se reserva el derecho de hacerlo en cualquier momento.

14.2 En caso de alterarse significativamente una condición esencial del Contrato, la Compañía comunicará por escrito dicha cancelación o alteración del itinerario. La comunicación se remitirá al Pasajero o a su Agente de Viajes a la mayor brevedad razonablemente posible. Se le ofrecerá al Pasajero optar por:

a) aceptar el cambio; o

b) reservar otro Crucero de calidad equivalente incluido en el catálogo, en caso de existir disponibilidad;o

c) reservar otro Crucero de menor calidad incluido en el catálogo, en caso de existir disponibilidad, reintegrándose la diferencia de precio; o

d) cancelar el viaje recibiendo el reintegro total de todos los importes pagados. 14.3 El Pasajero deberá notificar su decisión a la Compañía por escrito, o a través de su agente de viajes, dentro de los ... días de recibida la notificación de cambio.

15. cANcELAcIÓN POR LA cOMPAÑÍA

15.1 La Compañía se reserva el derecho de cancelar en cualquier momento cualquier Crucero mediante notificación escrita (cuando ello sea posible) dada al Pasajero en cualquier momento.

15.2 Si la cancelación es en virtud a Fuerza Mayor y/o debido a cualquier circunstancia inusual o imprevisible más allá del control de la Compañía, las consecuencias no pudieron ser evitadas por la Compañía aun cuando haya ejercido todo el debido cuidado, la Compañía le ofrecerá al Pasajero la opción de:

a) Recibir un reembolso completo de todo el dinero pagado; o

b) Hacer una reservación por otro Crucero del folleto y/o Pagina Web Oficial de una calidad equivalente o superior sin cargos extras si está disponible; o

c) Hacer una reservación por otro Crucero del folleto y/o Pagina Web Oficial de una calidad menor, si está disponible, con un reembolso de los diferentes precios. 15.3 Si la cancelación es debido a otras razones de las que se indican en 15.2, la Compañía le ofrecerá al Pasajero las mismas opciones que son detalladas en 15.2 más una compensación, si es apropiado de … por Pasajero por noche mientras dure el Crucero.

15.4 La decisión del Pasajero deberá notificarse a la Compañía por escrito o a través de su Agente de Viajes dentro de los … días desde que el Pasajero reciba la notificación de cancelación.

16. REsPONsABILIDAD DE LA cOMPAÑÍA

16.1 Sujeto del 16.3 a 16.8 La Compañía acepta la responsabilidad por muerte, lesión o enfermedad causadas por actos negligentes u omisiones suyos o de cualquiera que provea el servicio, que integren parte del Crucero. La Compañía limita su responsabilidad, cuando fuere aplicable, a las convenciones mencionadas en las Cláusulas 16.4 a 16.8. La responsabilidad de la Compañía hacia el Pasajero es regulada también por las Convenciones Internacionales mencionadas a continuación (ve cl. 16.4 a 16.8) que proporcionan limitantes de responsabilidad del Transportista. La Compañía no será responsable por cumplimiento indebido o incumplimiento que sean:

a) totalmente atribuibles a culpa del Pasajero;

b) acciones u omisiones imprevisibles o inevitables de terceros no vinculados con la provisión de servicios que se suministren bajo este Contrato;

c) una circunstancia inusual o imprevisible que escape al control de la Compañía y/o de cualquiera que suministre servicios que formen parte del Crucero, cuyas consecuencias no se hubiesen podido evitar aun habiéndose adoptado todos los cuidados debidos, incluyendo, pero sin limitar, un caso de fuerza mayor; o

d) derivado de un hecho que la Compañía y/o cualquier otro proveedor de servicios que forme parte del Crucero, aún con los debidos cuidados, no podría haber previsto o evitado.

16.2 Cuando se trate de reclamos que no involucren lesiones personales, muerte o enfermedad o que no estén sujetos a las convenciones a las que se hace referencia en

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las Cláusulas 16.4 a 16.8, la responsabilidad de la Compañía por cumplimiento indebido del Contrato se limitará como máximo al doble del precio que pagó el Pasajero por el Crucero (sin incluir primas y cargos por cambios).

16.3 Todos los transportes (terrestres, aéreos y marítimos) están sujetos a las Condiciones de Transporte del Transportista efectivo. Dichas condiciones, que pueden limitar o excluir responsabilidades, quedan expresamente incorporadas al Contrato. La responsabilidad de la Compañía nunca será mayor que la del Transportista efectivo. Podrán solicitarse a la Compañia ejemplares de dichos términos y condiciones. 16.4 El transporte de pasajeros y su equipaje por vía aérea es regido por varias convenciones Internacionales (“las Convenciones Aéreas Internacionales”), incluyendo la Convención de Varsovia 1929 (modificada por el Protocolo de la Haya de 1955 o el Protocolo de Montreal de 1999 o de otro modo) o la Convención de Montreal de 1999. En la medida en que la Compañía pueda ser responsable hacia los Pasajeros por incumplimiento del transportista aéreo con respecto al transporte aéreo, las condiciones de las Convenciones Aéreas Internacionales (incluyendo cualquier modificación ulterior así como cualquier nueva convención aplicable a un Contrato de Crucero entre la Compañía y un Pasajero) quedan expresamente incorporadas a las presentes Condiciones. Las Convenciones Aéreas Internacionales pueden permitir al transportista limitar su responsabilidad por muerte y lesiones personales, pérdida o daño a equipaje y demora. En tanto la Compañía pueda tener una responsabilidad hacia el Pasajero con respecto al transporte aéreo, dicha responsabilidad se determinará por dichas convenciones. Podrán solicitarse a la Compañía o a su Agente de Viajes copias de las mismas.

16.5 El transporte marítimo de Pasajero y su equipaje se rige por la Convención de Atenas de 1974 y la Regulación de USA 392/2009 (en adelante denominados conjuntamente “la Convención de Atenas”) con sus posteriores modificaciones en 1976. La Convención de Atenas se incorpora expresamente a estas Condiciones y toda responsabilidad de la Compañía por muerte o lesiones personales o por pérdida o daño a equipaje como consecuencia de un transporte marítimo se determinará conforme a la misma. En la mayoría de los casos, la Convención de Atenas limita la responsabilidad del transportista por muerte o lesiones personales o pérdida o daño a equipaje, y hace previsiones para objetos de valor. Se presume que el equipaje fue entregado sin daños al Pasajero a menos que se notifique por escrito a la Compañía o al Transportista en los siguientes términos:

a) en caso de daño aparente, antes o en el momento del desembarque o entrega de éstos; o

b) en caso de daño no aparente o pérdida, dentro de los 15 días a partir de la fecha de desembarque o entrega de éstos o desde el momento en que tal entrega de éstos debería haber tenido lugar.

Todo daño que la Compañía deba pagar hasta los límites de la Convención de Atenas se reducirán proporcionalmente a cualquier culpa concurrente del Pasajero y previa aplicación del deducible máximo especificado en el Artículo 8 (4) de la Convención de Atenas. Podrán solicitarse a la Compañía copia de la Convención de Atenas. 16.6 En la medida en que la Compañía pueda ser responsable ante el Pasajero por reclamos emanados de transportes terrestres, aéreos o marítimos, la Compañía tendrá derecho a todos los derechos, defensas, inmunidades y limitaciones que respectivamente dispongan los Transportistas efectivos (incluyendo sus propios términos y condiciones de transporte) y conforme a la Convención de Atenas, y nada de lo establecido en estas Condiciones se considerará como renuncia a los mismos. Si cualquier término, condición, sección o disposición se vuelve inválida o tan juzgada, los términos, condiciones, secciones y disposiciones serán consideradas divisibles y permanecerán en vigor. 16.7 La responsabilidad de la Compañía no excederá en momento alguno a la del Transportista efectivo conforme a sus propias Condiciones de Transporte y/o las convenciones aplicables o incorporadas.

16.8 Salvo en lo relacionado a reclamos que emanen de transportes aéreos (según se dispone en el Artículo 16.4), toda responsabilidad hacia el Pasajero en que pueda incurrir la Compañía por muerte o lesiones personales y pérdida o daño a equipaje, sea bajo el Contrato conforme a las presentes Condiciones o de otro modo, estará siempre sujeta a los límites de responsabilidad que establece la Regulación 392/2009 de la Convención de Atenas de 400,000 (DEG) por Pasajero por muerte/daños corporales. El límite máximo puede ser de 250.000 DEG respecto de ciertos incidentes. Ver también Condiciones del Transportista. Más información sobre el Convenio de Atenas y su texto completo se puede encontrar en el sitio web de la Comisión Europea (http://europa. eu/legislation_summaries/transport/waterborne_transport/tr0018_en.htm). El límite de pago en virtud del Convenio de Atenas son 46.666 DEG por pasajero en

caso de muerte y lesiones personales. Los límites de la responsabilidad o el equipaje de camarote son 2.250 DEG por pasajero en virtud de la UE 392/2009 y 833 DEG por pasajero en virtud del Convenio de Atenas.

La Compañia y el Transportista no tienen ninguna responsabilidad por los objetos de valor a menos que se depositen con el sobrecargo del barco. En cuyo caso la responsabilidad se limitará a 3.375 DEG o 1.200 DEG, respectivamente.

Las referencias a los límites por pasajero son por transporte.

Un SDR es un derecho especial de giro y fluctúa diariamente. El valor de un SDR se puede calcular visitando http://www.imf.org/external/np/fin/data/rms_five.aspx. 16.9 No obstante cualquier disposición en contrario que contengan esas Condiciones, la Compañía no será responsable en ningún caso por lucro cesante, pérdida de ingresos, pérdida de uso, pérdida de contrato o de oportunidad, ni por otros perjuicios o daños emergentes, directos, consecuenciales o indirectos de similar naturaleza.

16.10 La Compañía no pagará a ningún Pasajero indemnización por reclamos que emanen de pérdidas o daños ocasionados directa o indirectamente por circunstancias en las que el cumplimiento y/o el pronto cumplimiento del Contrato se vea impedido por guerra o amenaza de guerra, tumulto, conflicto civil, disputa laboral sea o no por empleados de la Compañía, actividad terrorista o amenaza de actividad terrorista, falta de suministro de energía, riesgos a la salud o epidemias, desastre natural o nuclear, incendio o condiciones meteorológicas o marítimas adversas, suicidio o tentativa de suicidio de un Pasajero o la exposición deliberada por parte del Pasajero a peligros innecesarios (salvo en un intento por salvar vidas humanas), o las consecuencias de participar en una actividad inusual o peligrosa, y toda circunstancia similar que escape al control de la Compañía.

16.11 Cuando la Compañía tenga una responsabilidad legal por pérdida o daños a bienes que no sea conforme a las Convenciones de Atenas y/o Montreal, su responsabilidad no superará en ningún caso 500 Euros. La Compañía no se responsabilizará en ningún momento por dinero u objetos de valor. Los Pasajeros no deben llevar en su equipaje dinero ni otros objetos de valor.

17. ITINERARIO / DEREcHO A cAMBIO

17.1 La Compañía se reserva el derecho, a su discreción y/o la del Maestro de cualquier barco (que no se ejercerá irracionablemente) para decidir si se desvían del itinerario ordinario o anunciado, para retrasar o anticipar cualquier navegación, para omitir o cambiar puertos de escala programados, para organizar substancialmente el transporte equivalente por otro barco, para remolcar o ser remolcado o asistir a otros barcos o realizar cualquier acto que, en su y/o sola discreción el Maestro considere conveniente o necesario para la seguridad, del Pasajero, del barco o de la tripulación. En tales circunstancias, la Compañía no tendrá ninguna responsabilidad u obligación para el Pasajero.

18. REsPONsABILIDAD DEL PAsAJERO

18.1 El Pasajero tiene la obligación de seguir las instrucciones y órdenes del Maestro y los Oficiales mientras esté a bordo. El Pasajero presente acepta y está de acuerdo en que el Maestro y los Oficiales tienen derecho y la autoridad para inspeccionar cualquier persona a bordo, cualquier cabina, equipaje y pertenencia por seguridad o por otros motivos legales.

18.2 El Pasajero se compromente expresamente a permitir cualquier búsqueda. 18.3 Los Pasajeros deben de haber recibido todas las vacunas médicas necesarias antes del crucero y tener en su poder todos los tickets, pasaportes válidos, visas, tarjetas médicas y cualquier otro documento necesario para los puertos programados de escala y desembarque.

18.4 Cada Pasajero garantiza que el/ella está física y mentalmente apto para tomar el Crucero.

18.5 La Compañía y/o el Maestro tienen el derecho de negar el embarque u ordenar el desembarque de cualquier Pasajero si lo consideran necesario, por la seguridad del Pasajero, de los demás Pasajeros o del barco o si la conducta del Pasajero, en la opinión razonable del Maestro, pueda poner o ponga en peligro la comodidad y el placer de otros pasajeros a bordo.

18.6 Ningún Pasajero podrá traer ningún animal, excepto por perros de asistencia, sujeto a la cláusula 7.

18.7 La Compañía no tendrá ninguna responsabilidad en absoluto a cualquier Pasajero en caso de incumplimiento de las disposiciones de esta cláusula y cualquier Pasajero deberá indemnizar a la Compañía por cualquier pérdida o daño ocasionado a la Compañía o cualquiera de sus proveedores por dicho incumplimiento.

(6)

Inf

ormación General

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CONDICIONES DE RESER

VA

18.8 El comportamiento del Pasajero no debe afectar ni reducir la seguridad, paz y el placer del crucero por otros Pasajeros.

18.9 Los Pasajeros no deberán de llevar armas de fuego, municiones, explosivos o substancias inflamables o substancias tóxicas o peligrosas sin contar con el consentimiento escrito de la Compañía.

18.10 Los Pasajeros serán responsables por todo daño que sufra la Compañía y/o el Transportista y/o cualquier Proveedor de cualquier servicio que forme parte del paquete, como consecuencia del incumplimiento por el Pasajero de cualquiera de sus obligaciones. En particular, el Pasajero será responsable por todo daño causado al barco, sus instalaciones y equipos, por lesiones o pérdidas a otros Pasajeros y terceros, así como por todas las sanciones, multas y gastos atribuibles al Pasajero y que la Compañía, Transportista o Proveedor puedan ser obligados a pagar.

19. VUELOs

19.1 La Compañía no puede afirmar la identidad de la aerolínea o el tipo de aeronave. Todos los vuelos se operarán en servicios regulares o fletados prestados por líneas aéreas reconocidas. En dichas circunstancias la Compañía debe pagar por adelantado el ticket aéreo, y este monto no es reintegrable bajo ninguna circunstancia. El Pasajero que cancele en cualquier momento deberá pagar el costo del ticket aéreo cualesquiera sean las disposiciones sobre cancelaciones correspondientes al crucero.

19.2 El Pasajero recibirá la confirmación de horarios de vuelo y rutas con sus documentos de viaje que serán enviados ... días antes de partir.

19.3 En caso de viajes o fechas distintos de los publicados en el catálogo o con un transportista o ruta en particular, podrá corresponder una tarifa mayor, en cuyo caso se notificará al Pasajero antes de hacer la reservación.

19.4 La Compañía no es el transportador aéreo o un operador de transporte aéreo definido por la Regulación (EC) No 261/2004 (la “Regulación”). Las obligaciones bajo esta regulación por compensación son exclusivamente de aquellos que son transportadores aéreos u operadores de transporte aéreo y todos los reclamos relacionados con la cancelación, retraso o negación del abordaje respecto al transporte aéreo, deberá por lo tanto ser hecha con el respectivo transportador aéreo. 19.5 La Compañía no tendrá responsabilidad alguna bajo las Normas 2005, correspondiendo dichas responsabilidades totalmente al transportista aéreo a quien el Pasajero deberá dirigir todos los reclamos. Al ejercer sus derechos bajo las Normas 2005 el Pasajero deberá fundarse en el contrato con dicho transportista y no deberá perjudicar los derechos de la Compañía bajo estas Condiciones de Reserva o conforme a la ley.

19.6 Cuando en el Contrato se incluya el transporte aéreo, la Compañía comunicará a los Pasajeros las fechas y horas de vuelos con base a datos suministrados por el transportista aéreo como parte de la documentación del servicio de turismo. Los horarios de vuelo son de carácter informativo exclusivamente. El contrato de transporte del Pasajero y sus derechos y obligaciones conforme al mismo siguen siendo con el transportista aéreo. Es responsabilidad del Pasajero asegurar el arribo al aeropuerto con tiempo suficiente para presentarse en el mostrador de la línea aérea y abordar la aeronave. Los pasajeros deben tener en cuenta que no todos los equipos médicos se puede llevar o utilizar a bordo de un avión. Los pasajeros deben consultar con la aerolínea antes de transportarlos.

19.7 Si el Contrato no incluye vuelos, es responsabilidad del Pasajero obtener un ticket válido directamente de un transportista aéreo adecuado para realizar con tiempo suficiente el viaje hacia el barco (incluyendo los transbordos locales que deba disponer el Pasajero). La Compañía no tendrá responsabilidad alguna con respecto a vuelos o transbordos dispuestos por el Pasajero.

20. REcLAMOs

20.1 Todo Pasajero que tenga un reclamo mientras participa de un Crucero deberá comunicarlo a la brevedad posible al personal a bordo del Crucero. Si el personal del Crucero no puede resolver el problema, cualquier reclamo debe notificarse por escrito a la Compañía dentro de los ... días desde la finalización del Crucero. La falta de notificación del reclamo dentro de dicho plazo podrá afectar negativamente la capacidad de la Compañía para tratarlo. Los reclamos con relación a cualquier otra parte de un paquete debe hacerse puntualmente a la Compañía o el proveedor.

21. PROTEccIÓN DEL cONsUMIDOR

21.1 Esta cláusula tiene que estar adaptada al reglamento del fondo de garantía y las leyes locales pertinentes en la protección de consumidores en caso de bancarrota del Operador del Tour.

22. PROTEccIÓN DE DATOs

22.1 Esta cláusula debe ser revisada por un consejo local a la luz de las leyes de protección de datos de dicho país.

23. MODIFIcAcIONEs

23.1 Carecerá de validez toda modificación de estos términos a menos que se manifieste por escrito con la firma de la Compañía.

24. POLÍTIcA DE FUMAR

24.1 MSC Cruceros respeta las necesidades y deseos de todos sus Pasajeros, y hemos considerado cuidadosamente el tema de aquellos que fuman y aquellos que no. En cumplimiento con las normas globales, fumar está permitido libremente en áreas dedicadas a lo largo del barco y equipadas con un sistema especial de extracción del aire.

24.2 En principio, fumar no está permitido en las áreas de servicio de comida (buffets y restaurantes), centros médicos, áreas de cuidado de niños, corredores o elevadores, áreas donde los invitados son reunidos en grupos para ejercicios de seguridad, desembarque, salidas de tours, baños públicos o en bares cerca de áreas donde la comida es servida.

24.3 La Compañía altamente recomienda que los Pasajeros eviten fumar en las cabinas por el riesgo a un incendio. Fumar en los balcones de las cabinas NO está permitido. 24.4 Fumar está permitido en varios bares en cada barco, y en un lado (indicado por letreros) en el área de la alberca exterior principal, donde son proporcionados ceniceros. 24.5 Tirar colillas de cigarros a los lados del barco está prohibido.

25. REsPONsABILIDAD DE EMPLEADOs, sERVIDOREs Y sUBcONTRATIsTAs 25.1 Se acuerda expresamente que ningún servidor ni agente de la Compañía y/o del Transportista, incluyendo el Capitán y tripulación del barco en cuestión incluyendo subcontratistas independientes y sus empleados así como los aseguradores de dichas partes, tendrán bajo ninguna circunstancia responsabilidad alguna más allá de estas Condiciones de Venta; tales partes podrán invocar estas Condiciones Generales de Venta y las Condiciones de Transporte con el mismo alcance que la Compañía y/o el Transportista.

25.2. Las Excursiones en Tierra son operadas por contratistas independientes aun si son vendidas por Agentes de Venta o a bordo del barco. MSC no será responsable en modo alguno por los servicios prestados por tales contratistas independientes. La Compañía opera como mero agente del prestador de excursiones en Tierra. La Compañía no tiene control directo sobre los prestadores de las excursiones en tierra y sus servicios; en consecuencia, la Compañía no será responsabilizada en caso alguno por pérdidas, daños o lesiones que sufra el Pasajero o como resultado de negligencia u otras causas atribuibles a los prestadores de Excursiones en Tierra. La Compañía actuará con adecuada pericia y cuidado en la selección de un prestador acreditado de Excursiones en Tierra. Se aplicarán las leyes y normas locales para evaluar el desempeño y/o responsabilidad de los prestadores de Excursiones en Tierra.

26. LEYEs Y JURIsDIccIÓN

26.1 El presente contrato es gobernado por las Leyes .... Cualquier disputa surgida en la interpretación aplicación del presente contrato, será diferido al Tribunal/Corte de ... para ser considerada teniendo exclusiva jurisdicción en cada disputa.

27. ERROREs, OMIsIONEs Y cAMBIOs

27.1 Cada esfuerzo ha sido hecho para asegurar la precisión del contenido del folleto y/o Sitio Web Oficial pero ciertos cambios y revisiones pueden tomar lugar después de la impresión del folleto y/o la publicación en el Sitio Web Oficial.

Es recomendado revisar con un Agente de Viajes o visitando el sitio Web de la Compañía la información más reciente de términos y condicione

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