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Asistencia Honda Manual de Consulta

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Manual de Consulta

Asistencia Honda

Manual de Consulta

Asistencia Honda

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SERVICIOS DEL

PROGRAMA ASISTENCIA HONDA

Pensando en su bienestar Honda ha desarrollado el "Programa de Asis

-tencia Honda" , el cual esta diseñado para auxiliarle en caso de que su

Automóvil sufra una avería de fabricación que impida el desplazamiento autónomo del mismo y proporcionarle información para su beneficio.

Con el objeto de facilitarle el entendimiento de lo que es el "Programa de

Asistencia Honda" , a continuación detallamos las características, benefi

-cios y condiciones de este programa:

DURACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA

Este programa tiene un periodo de cobertura de 3 años ó 60,000 kilóme -tros, lo que ocurra primero, contados a partir de la fecha de entrega de su vehículo que se expresa en su póliza de garantía.

CÓMO SOLICITAR LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA HONDA Para poder servirle más rápido y mejor, le recomendamos tener la siguiente información a la mano antes de llamar a nuestra operadora.

placas.

comente con la operadora.

Los teléfonos a los que debe llamar , en donde le proporcionarán el servicio las 24 hrs. Los 365 días del año son:

01-800-007-9200

sin costo dentro de la (55) 5663-4721

"Asistencia Honda" pueda localizarlo. 1

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El prestador del servicio no pagará en ningún caso el costo de gasolina ni la reparación de las llantas, dichos costos serán pagados por el Beneficia -rio directamente a quien preste el servicio según las tarifas vigentes de éste, en el momento que el prestador de servicios así se lo solicite al Beneficiario.

En todos los casos el Beneficiario deberá de estar presente al momento de la reparación.

En caso de que la avería no esté cubierta por la póliza de garantía, el costo de éste servicio será cubierto por el Beneficiario directamente al prestador de servicios según las tarifas vigentes de éste y se le pedirá que firme una carta de "Reembolso de Servicio".

Los Automóviles que no tengan cubiertos los servicios de mantenimiento acuerdo con su póliza de garantía, perderán su derecho al servicio del

-Programa de Asistencia Honda."

Los siguientes Servicios de Asistencia se proporcionarán sólo en los Estados Unidos Mexicanos, desde el lugar de Residencia Permanente

del Beneficiario "Km. 0", hasta en toda la Republica Mexicana:

En caso de falta de gasolina o neumáticos ponchados que impidan la circu -lación autónoma del Automóvil, Asistencia Honda enviará una grúa para trasladarlo a un taller mecánico o un operario para solucionar tales eventu -alidades sin costo, aún en el caso de que el Beneficiario no trajese el neumático de refacción, de tal forma que el Automóvil pueda movilizarse por sus propios medios, este beneficio se otorgará por un máximo de 2 eventos por año.

3 ENVIO Y PAGO DE AUXILIO VIAL

En caso de avería que no permita la circulación autónoma del Automóvil, siempre y cuando esta avería esté considerada dentro de la póliza de garantía, o bien que la concesionaria Honda autorizada a la que se remita el Automóvil, considere la avería dentro de garantía, Asistencia Honda proporcionará sin costo para usted, los servicios de remolque hasta la concesionaria Honda más cercana.

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En todos los casos el Beneficiario o algún representante de éste deberá de acompañar a la grúa, en caso de que el Beneficiario no pueda acompañar a la grúa durante el traslado del Automóvil a la concesionaria Honda , se levantará un inventario de acuerdo a los formatos que utilice el prestador del servicio.

En caso de perdida de circulación autónoma del Automóvil a consecuencia de acumulador descargado, Asistencia Honda brindará los servicios de remolque hasta la concesionaria Honda más cercana, este beneficio se otorgará por un máximo de dos eventos por año.

En caso de robo total del Automóvil, Asistencia Honda le proporcionará información sobre los pasos a seguir , desde la búsqueda hasta la formu lación de la denuncia de los hechos ante las autoridades locales corre -spondientes.

Asistencia Honda pone a su disposición una fuente de información directa

que podrá ayudar a planear y llevar a cabo sus viajes de una manera más cómoda y segura. Mediante los servicios informativos de éste programa puede tener acceso a:

Previo a un viaje se proporcionará información relativa a concesionarias

Honda en la República Mexicana: dirección, teléfonos, horarios de aten

-ción y servicios.

Previamente a un viaje, se proporcionará información sobre precios y ubicaciones de las casetas concesionadas de cobro en las autopistas conc -esionadas de la República Mexicana, así como teléfonos y direcciones de corralones, depósitos de Automóviles y delegaciones políticas del Distrito Federal.

Dicha información se proporcionará con un máximo de 48 horas contadas a partir de la hora en que se solicite.

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ENVÍO Y PAGO DE REMOLQUE POR BATERÍA DESCARGADA

ASESORIA PARA DENUNCIA DE ROBO TOTAL DEL AUTOMÓVIL

SERVICIOS DE INFORMACIÓN TELEFÓNICA

HOT-LINE HONDA/ LAS 24 HORAS LOS 365 DÍAS DEL AÑO

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Información turística previa a un viaje, en todo el mundo de: • Formalidades, visas y documentos

• Principal días festivos

Información sobre los siguientes servicios en las principales ciudades de la República Mexicana, los Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Zona del Caribe, Europa y el Lejano Oriente:

• Actividades deportivas • Exposiciones de arte

• Taxis, autobuses y renta de autos • Festivales y eventos especiales • Competencias deportivas locales

• Museos y Galerías • Hoteles • Centros comerciales • Vida nocturna • Restaurantes • Teatro • Trenes Subterráneos • Emergencias

Se proporcionará la información antes mencionada en un plazo máximo de 48 horas, contadas a partir de la hora en que se solicite y hasta 3 ciudades por evento, con un máximo de 2 eventos por año.

Los siguientes servicios de Asistencia serán proporcionados sólo en la Republica Mexicana a más de 40 kilometros del centro de la población de Residencia Permanente del Beneficiario, en viajes menores a 60 dias.

En caso de que se hayan olvidado las llaves dentro del Automóvil al cerrarlo, Asistencia Honda gestionará el envío de un cerrajero para abrir el Automóvil. El costo del servicio queda a cargo del Beneficiario, previa cotización telefónica y aceptación del Beneficiario.

Para poder otorgar éste servicio, en todos los casos y sin excepción será necesario que el Beneficiario se identifique con el cerrajero antes de que éste proceda a otorgar el servicio.

HOT-LINE TURÍSTICO

• Clima

• Tipo de Cambio

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Una vez remolcado el Automóvil según el beneficio de " ENVIO Y PAGO DE REMOLQUE", Asistencia Honda cubrirá los gastos de transporte hasta por $750.00 por evento con un máximo de dos eventos por un año, para el regreso a su residencia permanente o continuar al siguiente punto de destino de viaje, sea por avión, autobús, tren o cualquier otro medio autorizado de transporte a excepción de autos rentados.

Este beneficio cubre un máximo de cuatro acompañantes del conductor, los gastos no podrán sobrepasar los limites establecidos en el párrafo ante-rior, dividiéndose el monto entre el numero de pasajeros.

Si después de haber utilizado el beneficio de "ENVÍO Y PAGO DE REMOLQUE" y no pueda ser reparado su Automóvil por la concesionaria

Honda en las 8 horas siguientes de haber reportado la avería, Asistencia Honda cubrirá los gastos de hospedaje del conductor y máximo cuatro

ocupantes hasta por $ 750.00 M.N. por persona y por evento, con un máximo de dos eventos por año.

Asistencia Honda, proporcionará el servicio de chofer para traslado del

auto reparado, desde el lugar de la reparación hasta su ciudad de residen-cia permanente o hasta el siguiente punto de destino, incluyéndose en este apartado los costos de casetas y chofer originados, a excepción de los costos de combustible, necesarios. Hasta un máximo de dos días por evento, con un máximo de dos eventos por año.

En caso de accidente automovilístico del Beneficiario y éste ó alguno de los ocupantes del vehículo necesiten de asistencia médica, el equipo de

Asis-tencia Honda, aconsejará al Beneficiario sobre cuáles son las medidas

que en cada caso se deban tomar.

El equipo médico de Asistencia Honda no emitirá un diagnóstico, pero a solicitud del Beneficiario y a cargo del mismo, pondrá los medios necesa-rios para la obtención de un diagnóstico, ya sea por medio de una visita personal de un médico o concertando una cita con un médico, o en un centro hospitalario que será pagado por el Beneficiario.

Honda de México, S.A. de C.V. y/o Axa Assistance de México, S.A. de C.V., no serán responsables con respecto a ninguna atención o falta de ella

cometida por dichos médicos o instituciones médicas.

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PAGO DE GASTOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOVIL REMOLCADO

PAGO DE HOTEL POR AVERÍA

CHOFER PARA RECOGER AUTO REPARADO

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Si las condiciones médicas permiten su traslado, el equipo médico de

Asis-tencia Honda, organizará el traslado bajo supervisión médica y en avión de

línea comercial, al hospital o centro medico más cercano a su residencia permanente. El equipo médico de Asistencia Honda y el médico tratante tomarán las medidas necesarias para este traslado.

TRANSMISIÓN DE MENSAJES

Asistencia Honda se encargará de transmitir a petición del Beneficiario y sin

costo para éste, los mensajes urgentes que le soliciten derivados de una situación de Asistencia.

El siguiente Servicio de Asistencia se proporcionará solo en la República Mexicana, desde la residencia permanente del beneficiario "Km.O" hasta el "Kilometre 80" en el caso del Distrito Federal, en el resto del país, desde la Residencia Permanente del Beneficiario hasta el “kilómetro 50”

TRASLADO MÉDICO TERRESTRE

Si el Beneficiario ó alguno de los ocupantes, sufren un accidente automov-ilístico, que les provoquen lesiones o traumatismos tales que el Equipo Médico de Asistencia Honda, en contacto con el médico que los atienda, recomienden su hospitalización, Asistencia Honda gestionará el traslado del Beneficiario y/o ocupantes, al centro hospitalario más cercano sin costo para el Beneficiario, si fuera necesario por razones médicas se realizará el traslado, bajo supervisión médica, por los medios más adecuados (incluyéndose sin limitación, ambulancia terrestre, de terapia intensiva, intermedia o standard) al centro hospitalario más cercano y apropiado de TRASLADO MÉDICO

Si el Beneficiario o alguno de los ocupantes, en caso de accidente automo-vilístico sufre lesiones o traumatismos tales que el equipo médico de

Asis-tencia Honda, en contacto con el médico que lo atienda, recomienden su

hospitalización, Asistencia Honda organizará y gestionará el traslado del Beneficiario y/o ocupantes, al centro hospitalario más cercano, sin costo alguno para el Beneficiario, y si fuera necesario por razones médicas el traslado, bajo supervisión médica, por los medios más adecuados, incluyé-ndose sin limitación, ambulancia aérea, avión de línea comercial o ambu-lancia terrestre al centro hospitalario más apropiado de acuerdo a las heridas o lesiones que presente.

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acuerdo a las heridas o lesiones que el Beneficiario presente, con un máximo de dos eventos por año.

Este servicio no incluye la utilización de transporte aéreo de ningún tipo. COBERTURA EN E.U.A. Y CANADÁ

1-800-621-0295 en los E.U.A.

1 (312) 454-1041 en el estado de Illinois o desde Canadá

Los servicios del "Programa de Asistencia Honda" solicitados en los Estados Unidos de Norteamérica y en Canadá se proporcionarán, a más de 100 kilometros de la Residencia Permanente del Beneficiario y sólo en viajes menores a 60 días, siendo las condiciones para proporcionar estos servicios las mismas que aplican para la República Mexicana y de acuerdo a los siguientes términos:

1. EnvÍo y pago de remolque en caso de avería o batería descargada.

Hasta $300.00 USD por evento (máximo dos eventos por año)

2. Pago de gastos de Transporte por Automóvil remolcado.

Hasta $100.00 USD por evento (máximo dos eventos por año).

3. Pago de hotel en caso de avería.

Hasta $100.00 USD por persona por evento con un máximo de dos even-tos por año, y a un máximo de 4 personas acompañantes del Beneficiario.*

4. Asesoría para la denuncia de robo total del automóvil. 5. Hot-Line Honda.

Este servicio tiene validéz sólo si te encuentras a más de 100 Km. de tu lugar de residencia permanente.

6. Traslado Médico.

7. Veinticuatro horas de referencia médica. 8. Transmisión de mensajes.

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DEFINICIONES

1) Automóvil:

Vehículo motorizado de cuatro ruedas en dos ejes, de hasta un máximo de 3 toneladas y media de peso, de modelo 2003 en adelante, de uso y servicio particular, comercializado en México por Honda de México, S.A. de C.V. y sus Concesionarias Autorizadas en la República Mexicana, con una Póliza de Garantía, válida y vigente, emitida por Honda de México S.A. de C.V.

2) Accidente Automovilístico:

Todo acontecimiento ajeno a cualquier voluntad humana, que provoque daños físicos a un Automóvil o al Beneficiario, causado única y directamente por una causa externa, súbita, violenta, fortuita y evidente que ocurra a un Automóvil o al Beneficiario.

3) Avería:

Todo daño, rotura y/o deterioro fortuito, que impida la circulación autónoma del Automóvil durante la vigencia de este programa, siempre y cuando no sea a consecuencia de un accidente automovilístico.

4) Beneficiario:

El conductor del Automóvil.

5) Ocupantes:

Toda persona física que viaje en el Automóvil al momento de producirse un accidente automovilístico o una avería. El numero máximo de Ocupantes será el estipulado en la tarjeta de circulación del Automóvil, excepto las personas que viajen de "Aventón o Autostop", quienes no tendrán derecho a los Servicios de Asistencia.

6) Conductor:

Cualquier persona física que conduzca el Automóvil, siempre y cuando cuente con consentimiento expreso o tácito otorgado por el propietario titular del Automóvil Honda, sea mayor de 16 años y tenga un permiso o licencia para conducir, vigente y expedida por autoridad competente, al momento de producirse una Situación de Asistencia.

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EXCLUSIONES

1) Las Situaciones de Asistencia ocurridas antes de tener la Póliza de Garantía

del Automóvil Honda, no dan derecho a los Servicios de Asistencia.

2) Las Situaciones de Asistencia ocurridas durante viajes o vacaciones de

duración superior a sesenta días naturales, no dan derecho a los Servicios de

Asistencia Honda.

3) Los beneficiarios no tendrán derecho a ser reembolsados por Asistencia Honda.

4) No haber realizado los servicios de mantenimiento obligatorios, estipulados

por Honda de México, en la póliza de garantía.

5) Cualquier tipo de gasto médico, farmacéutico y hospitalario.

6) También quedan excluidas las Situaciones de Asistencia Honda que sean

consecuencia directa o indirecta de

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7) Evento:

Este término se considerará como sinónimo de Situación de Asistencia, definido más adelante.

8) País de Residencia:

Para fines de este programa, los Estados Unidos Mexicanos.

9) Residencia Permanente:

El domicilio habitual en los Estados Unidos Mexicanos de los beneficiarios, que sea aprobado por medios razonables.

10) Servicios de Asistencia Honda:

Los servicios que gestiona Asistencia Honda a favor del Automóvil y de los beneficiarios en los términos y Condiciones de éste programa, para los casos de una situación de Asistencia.

11) Situación de Asistencia:

Todo hecho ocurrido a los beneficiarios y/o al Automóvil en los términos y con las limitaciones establecidas en estas condiciones generales del programa

Asistencia Honda, que dan derecho a la gestión de los Servicios de

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j. El servicio de remolque por accidentes automovilísticos en general y los

produ-cidos por la ingestión intencionada o administración de tóxicos (drogas), narcóti-cos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica o por ingestión de bebidas alcohólicas.

k. Los Automóviles que tengan cualquier modificación de cualquier tipo, diferente

a las especificaciones del fabricante, siempre y cuando originen o influyan en la Avería.

a. Operaciones bélicas, ya fueren provenientes de guerra extranjera o de guerra

civil declarada o no, insurrección, subversión, rebelión, expropiación, requisición, confiscación, incautación o detención por parte de las autoridades legalmente reconocidas que intervengan en dichos actos con motivo de sus funciones. Tampoco ampara pérdidas o daños que sufra o cause el Automóvil cuando sea usado para cualquier servicio militar, con o sin consentimiento del Beneficiario. Actos de terrorismo de una o varias personas que actúen en forma anónima ó a nombre y por encargo de ó en conexión con cualquier organismo.

b. Las Situaciones de Asistencia derivadas de que el Automóvil sea utilizado en

servicio militar de cualquier clase; actos de guerra, insurrección, rebelión, revolu-ción, actos delictuosos intencionales en que participe directamente y riña provo-cada por parte del conductor del Automóvil.

c. Destinar el Automóvil a un uso o servicio diferente al servicio particular que

implique una agravación del riesgo.

d. Autolesiones o participación del Beneficiario en actos criminales.

e. La participación del Beneficiario en combates o riñas, salvo en caso de

defensa propia.

f. Participar directa o indirectamente con el Automóvil, en carreras o pruebas de

seguridad, resistencia o velocidad.

g. Las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear,

de la radioactividad o de cualquier tipo de accidente causado por combustibles nucleares.

h. Averías o Accidentes Automovilísticos, imputables a fenómenos de la

natura-leza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupcio-nes volcánicas y tempestades ciclónicas.

i. Cuando el conductor del Automóvil, conduzca en estado de ebriedad o bajo la

influencia de drogas, y por tal motivo no pueda proporcionar los datos que se le soliciten para brindarle los Servicios de Asistencia.

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l. Labores de mantenimiento, revisiones al Automóvil, reparaciones mayores y

la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el Beneficiario o por un tercero.

m. Todo tipo de maniobras como desvolcar, enderezar, traspalear

mercan-cía, también se excluyen maniobras y grúas para sacar el Automóvil atascado o atorado en baches o barrancos.

n. La no utilización de lentes cuando el conductor los necesite, así como

violar cualquier restricción que se señale en su licencia de conducir.

o. Los Automóviles que se destinen a transporte de pasajeros o de carga

y los de renta con o sin chofer y el remolque del Automóvil con carga o con heridos, así como sacar el Automóvil de barrancos.

p. Embarazos en los últimos tres meses antes de la "fecha probable de

parto", así como éste último y los exámenes prenatales no dan derecho a los servicios de ambulancia de ningún tipo.

q. Exámenes de la vista, con el fin de conseguir o de corregir una

gradu-ación, así como procedimientos quirúrgicos como queratomías radiales u otro tipo de cirugías con el fin de modificar errores refractarios.

r. Maniobras y grúas para sacar el Automóvil atorado en baches o

barran-cos.

s. Cualquier enfermedad o accidente que no sea a causa de un accidente

automovilístico.

t. Lesiones que el conductor sufra cuando el Automóvil sea utilizado para

suicidio o cualquier otro intento del mismo o mutilación voluntaria, aún cuando el conductor se encuentre en estado de enajenación mental.

u. Transplante de órganos o miembros de cualquier tipo.

v. Lesiones o padecimientos menores, tales que no ameriten traslado en

ambulancia, como pueden ser: Gripas, catarros, fracturas de dedos, dolores agudos de cabeza, etc.

w. Las situaciones de Asistencia causadas por mala fe del Beneficiario.

NOTA IMPORTANTE:

Cualquier reclamación relativa a una Situación de Asistencia deberá ser presentada dentro de los 90 días de la fecha en que se produzca, prescribiendo cualquier acción legal transcurrido dicho plazo.

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de Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 hrs.

Referencias

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