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1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO

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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE AYUDA A LA EXPLOTACIÓN DE EMULSA Y SUMINISTRO E INSTALACION DE NUEVO EQUIPAMIENTO NECESARIO DURANTE 4 AÑOS, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE MEDIO AMBIENTE URBANO DE GIJÓN, S.A. (EMULSA)

1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO 1.1 OBJETO

El presente pliego tiene por objeto la contratación del mantenimiento del sistema de ayuda a la explotación de EMULSA y suministro e instalación de nuevo equipamiento necesario durante 4 años.

Número de referencia CPV: 72000000

Las condiciones técnicas que han de regir el presente contrato vienen recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

1.2 FORMA DE ACCESO AL PERFIL DE CONTRATANTE

El acceso al Perfil de Contratante se efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Estado http://www.contrataciondelestado.es

1.3 RÉGIMEN JURÍDICO

Este contrato tiene carácter privado y se regirá por las instrucciones de ámbito interno de EMULSA reguladoras del procedimiento para la adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada publicados en la Plataforma de Contratación del Estado.

2. PRESUPUESTO Y TIPO DE LICITACIÓN

2.1 PRESUPUESTO MAXIMO

El presupuesto del contrato es SETENTA Y TRES MIL EUROS (73.000,00 €), que constituye el importe total sin incluir el IVA para los cuatro años de duración del contrato.

En todo caso los licitadores, en sus ofertas, indicarán en partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la empresa.

3. REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO

El precio a que se refiere este contrato no podrá ser objeto de revisión durante el primer año.

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A partir del primer año cumplido de contrato se establecerá una revisión del precio del mismo en una cuantía igual al ochenta y cinco por ciento (85%) de incremento del Índice de Precios al Consumo aprobado por el Instituto Nacional de Estadística en los últimos doce meses anteriores al mes en el que se prorroga el contrato.

4. CAPACIDAD Y SOLVENCIA 4.1 CAPACIDAD

Sólo podrán contratar las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar conforme a los artículos 54 a 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo TRLC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y no se encuentren en alguna de las prohibiciones para contratar previstos en el art. 60.1 de la misma norma.

4.2 SOLVENCIA

Deberá acreditarse la solvencia económica, financiera y técnica o profesional a través de los medios y formas previstas en el siguiente apartado.

5. RECEPCIÓN DE OFERTAS

5.1 FORMA

El licitador presentará dos sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el título del procedimiento de licitación y el número de expediente. Contendrán: el primero (Sobre A) la documentación exigida para formar parte de la licitación y las referencias técnicas, y el segundo (Sobre B) la oferta económica ajustada al modelo anexo al presente pliego.

Sobre A. Documentación administrativa y técnica.

En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) Si el licitador fuera persona física, copia del DNI y, en su caso, la escritura

de apoderamiento.

Si el licitador fuera persona jurídica, además de DNI del representante, copia del CIF de la empresa, copia de la escritura de constitución y de la de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución o acto fundacional, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. Asimismo poder bastante al efecto del firmante de la proposición en nombre y representación de la persona jurídica así como copia de su DNI.

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b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60.1 del TRLC, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios que señala el artículo 73 del TRLC.

c) Acreditación de la solvencia:

Solvencia económico-financiera: Se acreditará por los siguientes medios (TODOS):

Deberán presentarse las últimas cuentas anuales presentadas en el

Registro Mercantil o Registro Oficial que corresponda y en el caso de

que los empresarios no estén obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales, declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato.

Justificante de depósito de las cuentas anuales en el Registro.

 Póliza de seguro de Responsabilidad Civil por importe mínimo de 150.000 euros anuales y justificante de pago del último recibo de la misma. En caso de no disponer de ella se adjuntará una declaración comprometiéndose a contratarla en caso de resultar adjudicatario y a presentarla a EMULSA antes de la firma del subsiguiente contrato

Solvencia técnica: Se acreditará por los siguientes medios (TODOS):

 Tres certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste, que justifiquen la solución presentada incluyendo el software para su gestión y el software para la gestión de las incidencias se está utilizando o se ha utilizado durante los dos últimos años..

 Personal técnico y operativo, integrado o no en la empresa, afectados a la ejecución del contrato con la descripción del currículum.

 Descripción de las instalaciones técnicas de la empresa y de las medidas para garantizar la calidad y el cumplimiento del nivel de servicios.

 Catálogo con la descripción técnica de los equipos y soluciones a suministrar e implantar.

d) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

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e) Todos aquellos documentos acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración subjetiva de la oferta de acuerdo con las condiciones recogidas en el pliego técnico. La documentación técnica se incluirá en el sobre A encuadernada por separado de la documentación administrativa.

f) Una dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones. g) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.

La documentación administrativa solicitada en los puntos anteriores podrá ser sustituida por un certificado de inscripción de la misma en el Registro de Documentación Administrativa de Licitadores del Principado de Asturias, acompañada de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Dicho certificado sólo sustituirá a la documentación en él recogida debiendo el licitador presentar el resto.

La documentación administrativa solicitada en la letra “a” de la cláusula 5.1 podrá ser sustituida por la declaración responsable anexa al presente pliego.

Transcurrido el plazo de seis meses desde la presentación de la documentación aportada por los licitadores sin que hayan procedido a su recogida en las oficinas de EMULSA, ésta podrá disponer sobre su destrucción.

En el caso de Unión Temporal de Empresas, cada una de las integrantes de la unión deberá cumplir los requisitos establecidos y presentar toda la documentación requerida a excepción de los apartados f) y g) que serán únicos para la oferta.

Sobre B. Oferta económica

Se presentará con arreglo al modelo anexo al presente pliego.

5.2 LUGAR

Los sobres se entregarán en el Registro de EMULSA ubicado en Ctra. Carbonera, 98 antes de las 14:00 horas del último día del plazo.

Las proposiciones también podrán ser enviadas por correo, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición en la Oficina de Correos y anunciar a la Empresa la remisión de la oferta mediante teles, fax o telegrama. El aviso a EMULSA deberá llegar dentro del plazo de presentación de ofertas. Sin estos requisitos no será admisible la documentación. Transcurridos 10 días naturales a la fecha indicada sin haber recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

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El plazo para presentación de proposiciones será de quince (15) días naturales contados desde la publicación en el Perfil de Contratante.

6. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN

6.1 ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

El Órgano de Asistencia al Órgano de Contratación estará compuesto por el Presidente del Consejo de Administración y/o la Directora-Gerente, el Director General de Servicios y Procesos, la Jefa de Administración de EMULSA, el Responsable de Sistemas de Información y el Responsable de Compras o personas que los sustituyan.

El Órgano de Asistencia al Órgano de Contratación calificará la documentación presentada en el sobre A. Si observase algún defecto material en la documentación, lo comunicará a los ofertantes por correo electrónico, requiriéndolos para que los subsanen en un plazo no superior a tres días. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se hará público en el Perfil de Contratante y se comunicará a los interesados por correo electrónico.

6.2 APERTURA DE LA OFERTA ECONÓMICA

En el día fijado para la apertura de la oferta económica el Órgano de Asistencia al Órgano de Contratación declarará admitidos a los licitadores que hayan subsanado la documentación y en acto público procederá a la apertura del sobre B de las empresas admitidas.

6.3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Dicho órgano evaluará las proposiciones de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 7.1 y formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.

7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y VARIANTES

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderá a los siguientes criterios:

Precio 60 puntos

Memoria técnica 35 puntos

Equipo de trabajo 5 puntos

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderán a los siguientes criterios:

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1. Precio máximo 60 puntos

Se otorgará la máxima puntuación a la proposición más económica. El resto de ofertas se valorarán de forma proporcional mediante regla de tres.

2. Memoria técnica máximo 35 puntos

Se valorará el detalle, calidad y claridad de la memoria técnica. La adecuación de los planes de mantenimiento a lo requerido por el sistema y planteado en el presente pliego. El conocimiento de la plataforma, sus servicios, sus protocolos y sistemas de comunicación demostrado en su memoria. Las certificaciones acreditadas por la empresa, ya sean en materia de calidad, medio ambiente como en desarrollo de software.

3. Equipo de trabajo máximo 5 puntos

Se valorará con un máximo de 5 puntos el equipo de trabajo que el adjudicatario dedicará al proyecto. Se puntuará la experiencia, conocimientos, certificaciones y participación de los mismos en proyectos similares.

Una vez aplicados los criterios de adjudicación previstos en la presente cláusula, en

caso de empate, se aplicará la llamada discriminación positiva, dando preferencia

en la adjudicación a aquellos licitadores:

 que posean planes de igualdad o medidas tendentes a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

 que empleen a excluidos sociales.

 que tengan plantillas con un porcentaje de discapacitados superior al 2%  que sean empresas calificadas como de inserción.

 que sean organizaciones del tercer sector (sin ánimo de lucro)

ADMISIBILIDAD DE VARIANTES

Se podrán tomar en consideración las variantes o mejoras que ofrezcan los licitadores.

8. GARANTÍAS Y FORMALIZACIÓN 8.1 GARANTÍAS

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Previamente a la formalización del contrato y en un plazo no superior a diez (10) días hábiles desde el siguiente a la publicación de la adjudicación en el perfil del contratante, se constituirá una garantía equivalente al CINCO por cien (5 %) del importe de adjudicación, IVA no incluido. Finalizado el contrato, se procederá, previa solicitud de adjudicatario, a la devolución o cancelación de la garantía una vez depuradas las responsabilidades. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, EMULSA podrá reclamar al contratista la reposición de los que resultasen inadecuados o requerir la reparación de los mismos si fuera suficiente.

8.2 ACREDITACIONES

Además de la garantía y en el mismo plazo, el adjudicatario deberá presentar antes de la formalización del contrato certificaciones de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (certificados positivos de no tener deudas tributarias con la Administración del Estado, del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón y del órgano competente de la Seguridad Social). Los certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos.

En el caso de agrupación de empresas, acreditación de la escritura de constitución y NIF.

Si el licitado que hubiese resultado adjudicatario no cumple con las condiciones para ello, la Empresa podrá realizar una nueva adjudicación al licitador siguiente por el orden que hayan quedado clasificadas siempre que fuese posible y preste su conformidad. En este caso se le concederán al nuevo adjudicatario cinco días hábiles para cumplimentar la documentación.

8.3 FORMALIZACIÓN

La formalización del contrato se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la notificación de la adjudicación.

9. EJECUCIÓN

9.1 OBLIGATORIEDAD

El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista EMULSA. El contratista será responsable de la calidad técnica de los equipos suministrados y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Empresa o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

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9.2.1 PENALIZACIONES POR DEMORA EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS PARA LA PRESTACIÓN DE ASISTENCIA TECNICA Y RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS

 Hasta 24 horas de retraso el 10 % del importe a facturar en la incidencia  Hasta 48 horas de retraso el 20 % del importe a facturar en la incidencia  Más 48 horas de retraso el 50 % del importe a facturar en la incidencia A partir de 96 horas de retraso EMULSA podrá unilateralmente rescindir el contrato y proceder a la incautación del aval.

9.2.2 PENALIZACIONES POR DEMORA EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS PARA EL SUMINISTRO DE EQUIPOS

El 1 % del importe pendiente de entregar por cada día laborable de retraso en el plazo de suministro comprometido.

A partir del 15º día EMULSA podrá unilateralmente rescindir el contrato y proceder a la incautación del aval.

Las penalidades establecidas en la cláusula 9.2. podrán detraerse de cualquiera de las facturas emitidas por el adjudicatario o con cargo a la garantía constituida éste a favor de EMULSA. En este caso, el adjudicatario se verá obligado a restituir el importe de la garantía detraído en un plazo máximo de un mes.

9.3 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Si durante el desarrollo del suministro se detectase la conveniencia o necesidad de su modificación o la realización de actuaciones no contratadas se procederá a redactar un anexo al contrato inicial especificando claramente dichas modificaciones.

9.4 CUMPLIMIENTO

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Empresa, la totalidad de la prestación. Su constatación exigirá acto formal y positivo de conformidad dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato. Dentro del plazo de un mes, a contar desde el acta de conformidad, se acordará y se notificará al contratista la liquidación correspondiente y se abonará, en su caso, el saldo resultante.

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10. OBLIGACIONES ESPECIALES 10.1 OBLIGACIONES DE ÍNDOLE LABORAL

El contratista dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, Accidentes, Mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre dicho contratista cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones.

Se podrá requerir al contratista para que aporte documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones de índole laboral, debiendo el contratista inexcusablemente dar cumplimiento a tales requerimientos.

10.2 OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES

La empresa adjudicataria será la titular de los residuos que se generen como consecuencia del presente contrato, que deberá gestionarlos correctamente y según la normativa vigente. Siendo igualmente la encargada de declarar la gestión de dichos residuos en la Administración competente, si procede.

10.3 PRECAUCIONES Y RESPONSABILIDADES

El contratista adoptará toda clase de precauciones durante la ejecución de las obras y en todo momento, para evitar que sobrevengan daños a las propiedades y personas de los que él sólo se hace responsable.

El contratista asume las responsabilidades correspondientes a las faltas y daños que, en y durante la ejecución del contrato, cometa el personal en él ocupado.

10.4 PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS

Los trabajos que se realicen, en cualquiera de sus fases, serán propiedad de EMULSA y ésta, en su conveniencia, podrá recabar en cualquier momento las entregas de parte del trabajo realizado, siempre que no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.

El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente el contenido de los mismos sin autorización escrita de EMULSA. En todo caso el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven de esta obligación.

Asimismo, el adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros la documentación, datos, información, códigos, etc., que reciba de EMULSA para el desarrollo del trabajo, sin la previa autorización escrita de ésta.

El incumplimiento de estas obligaciones será causa de resolución del contrato. El adjudicatario tendrá la obligación de proporcionar a EMULSA todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración del trabajo

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con excepción de aquellos cuyo carácter reservado se haya hecho constar en la oferta y recogido en el documento de formalización del contrato.

El adjudicatario cuando realice el trabajo en dependencias de EMULSA se someterá a las disposiciones que sobre régimen interior tenga establecidas.

El adjudicatario será responsable de la custodia y conservación de los bienes materiales que EMULSA ponga a su disposición para la ejecución del objeto del contrato.

El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el trabajo y deberá indemnizar a EMULSA por todos los daños y perjuicios que para ésta puedan derivarse de la interposición de reclamaciones.

10.5 PRERROGATIVAS DE EMULSA

EMULSA ejercerá las prerrogativas de dirección, interpretación, modificación y suspensión del mismo y todo ello se llevará a cabo de conformidad con la legislación vigente.

EMULSA se reserva la facultad de reajustar las anualidades, previa audiencia al contratista, cuando las exigencias de ejecución presupuestaria lo aconsejen.

Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, EMULSA podrá asimismo resolver las dudas que se susciten en el cumplimiento del contrato, modificarlo por razones de interés público, acordar la resolución y determinar los efectos de ésta.

10.6 SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD

El contratista queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con un fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.

El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos de carácter personal, y especialmente en lo indicado en su art. 12.

Se establece expresamente que el encargado del tratamiento de la información únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, que cualquier otro dato soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.

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En el caso de que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que se hubiera incurrido personalmente.”

11. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

Los derechos dimanantes del contrato no podrán ser cedidos total o parcialmente a terceros a no ser que Empresa Municipal de Servicios de Medio Ambiente Urbano de Gijón, S.A. (EMULSA) autorice expresamente y con carácter previo la cesión.

Lo establecido en el párrafo anterior se aplicará también a la celebración de subcontratos.

12. FACTURACIÓN Y PAGO

La facturación se realizará una vez recibido oficial y satisfactoriamente el objeto del contrato.

Recibida la factura por EMULSA, el pago se realizará por transferencia bancaria en los siguientes plazos:

• Las facturas recibidas antes del día 10 de cada mes serán abonadas el día 20 del mes en curso o primer día hábil en caso de que el 20 cayera en festivo.

• Las recibidas entre los días 10 y 25 de cada mes, se abonarán el día 5 del mes siguiente o primer día hábil en caso de que el 5 cayera en festivo.

13. RESOLUCIÓN

Son causas de resolución: del contrato las recogidas en el artículo 223 del TRLC.

14. JURISDICCIÓN

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.

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DECLARACIÓN RESPONSABLE

El OFERTANTE don/doña……… en

representación de la firma

………... ... con CIF………, domicilio a efectos

de notificaciones en

………...

………. con teléfono ……… y mail de contacto ……… de conformidad con lo establecido en el art. 54 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; realiza la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE, para hacer constar que:

Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en circunstancia alguna de las que prohíben contratar con la Administración.

Que la persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Estar en posesión de la documentación exigida en el apartado “a” de la cláusula 5.1 del presente pliego y se compromete a presentarla a requerimiento de EMULSA en caso de resultar propuesto como adjudicatario del contrato.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente.

En ..., a ... de ... de ...

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MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

El OFERTANTE don/doña……… en

representación de la firma

………... ... con CIF………, domicilio a efectos de notificaciones en ………. con teléfono ……… y mail de contacto ………

Declara quedar enterado de las condiciones económicas y técnicas por las que se rige la adjudicación del MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE AYUDA A LA EXPLOTACIÓN DE EMULSA Y SUMINISTRO E INSTALACION DE NUEVO EQUIPAMIENTO NECESARIO DURANTE 4 AÑOS por los precios consignados en

la tablas de las siguientes páginas del presente pliego.

El abajo firmante compromete además los siguientes plazos de respuesta y resolución de incidencias:

Incidencias críticas: tiempo máximo de respuesta de 4 horas y 24 para su

resolución

Incidencias no críticas: tiempo máximo de respuesta de 24 horas y 48 para su

resolución

El abajo firmante comprende y acepta que las horas y número de dispositivos que figuran en el modelo de proposición económico de la siguiente página son estimados por EMULSA en base a su experiencia para facilitar la valoración económica de ofertas, motivo por el cual, la asignación definitiva de importes podrá cambiar durante la ejecución del contrato siendo facultad de EMULSA destinar los importes necesarios a otras tareas o equipamientos distintas de las previstas a la hora de elaborar el presente pliego, respetando en cualquier caso el presupuesto máximo del contrato.

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PROPOSICIÓN ECONÓMICA

CONCEPTOS A VALORAR

CANTIDAD ESTIMADA PRECIOS

Cantidad /

año Cantidad / contrato Importe anual estimado Importe contrato estimado

Revisión y puesta en marcha primer año 160 horas 160 horas € €

Mantenimiento preventivo de la plataforma 100 horas / año 400 horas / contrato € €

Soporte y mantenimiento correctivo software

de la plataforma 100 horas / año 400 horas / contrato € €

Desarrollos evolutivos 50 horas / año 200 horas / contrato € €

Mantenimiento correctivo hardware y nuevas

instalaciones 150 horas / año 600 horas / contrato € €

Hardware nuevas instalaciones

2 dispositivos de localización con cableado completo, 1 pantalla, 1 lector de RFID, 1 antena de RFID 8 dispositivos de localización con cableado completo, 4 pantallas, 4 lectores de RFID, 4 antenas de RFID € € TOTAL CONTRATO

Todos los importes consignados se incrementarán con el % de IVA legalmente establecido en el momento de la facturación. (Sello de la empresa y firma del proponente)

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PROPOSICIÓN ECONÓMICA

OTROS PRECIOS QUE REGIRAN DURANTE EL CONTRATO. Tabla de precios componentes

Dispositivo de localización (C4D o idénticas características) €

Pantalla (Dreevo Lite o idénticas características) €

Cableado de localización €

Lector de RFID €

Antena de RFID €

Cableado RFID €

Tabla de horas/precios por actuaciones

Actualización cartográfica Horas

Nueva instalación en vehículo (localizador) Horas

Nueva instalación en vehículo (pantalla + localizador) Horas

Nueva instalación en RSU (localizador) Horas

Nueva instalación en RSU (pantalla + localizador) Horas

Revisión completa vehículo instalado Horas

Salida / Desplazamiento Horas

Todos los importes consignados se incrementarán con el % de IVA legalmente establecido en el momento de la facturación.

Las instalaciones incluyen programación, configuración y puesta en marcha de los dispositivos.

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