Expediente 300/2014/01232
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO “MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EDIFICIOS Y BIENES DEPENDIENTES DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. EDIFICIOS Y BIENES A MANTENER.
1.1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación de un mantenimiento integral, preventivo y correctivo de los edificios y bienes dependientes del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, al objeto de garantizar su conservación y óptimo rendimiento, así como los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse.
La relación de los edificios de uso municipal, objeto de este contrato de mantenimiento técnico integral, es la que consta en el Anexo I de este Pliego. Exclusivamente a los efectos de facilitar la elaboración de la oferta por parte de los licitadores, se adjunta al presente Pliego, como Anexo II del mismo, la relación y descripción de las instalaciones generales más importantes de los edificios incluidos en el objeto del contrato.
1.2.- DE LAS OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES.
El contratista aceptará los edificios con sus Servicios, Obras e Instalaciones, en las condiciones de la fecha de licitación, independientemente del estado en que se encuentren. Por ello, los licitadores deberán conocer el estado de los edificios, así como de sus instalaciones antes de redactar su oferta, para lo cual podrán solicitar a la Secretaría General Técnica autorización para poder acceder a las dependencias municipales objeto del Contrato, siempre que no interfieran en su normal funcionamiento. (teléfono 91.588.44.33, correo electrónico sagyr [email protected]).
A los efectos del contrato, en el término edificio se entenderán comprendidos tanto los espacios construidos y sus instalaciones, así como los espacios libres adscritos al mismo, con todos los elementos que contengan, incluidos los cerramientos.
El mantenimiento integral se realizará, asimismo, en las condiciones establecidas en el presente Pliego, sobre los bienes ubicados en los citados edificios (mobiliario, equipos de oficina, maquinaria y otros).
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CLÁUSULA SEGUNDA.- TIPO DE MANTENIMIENTO. INSTALACIONES.
2.1. TIPO DE MANTENIMIENTO
Se entiende por Mantenimiento integral el conjunto de trabajos, de Conservación preventiva y Conservación correctiva, necesarios para mantener a cada edificio, sus dependencias e instalaciones, en condiciones de uso durante su período de vida útil, optimizando el consumo energético, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, reducción de la pérdida de valor del inmueble, así como el ahorro derivado de la correcta utilización de las instalaciones.
Conservación preventiva es el conjunto de trabajos de entretenimiento, llevados a cabo de forma periódica, consistentes en la reposición de elementos agotados o defectuosos, sustituciones de productos o piezas consumidos o desgastados en su normal funcionamiento, inspección de los elementos constructivos y de las instalaciones, elaboración de informes y documentos y presentación ante el Departamento y Organismos Públicos correspondientes, así como aquellas operaciones de limpieza necesarias para hacer operativas las canalizaciones y conductos expuestos a un ensuciamiento persistente o temporal.
Conservación correctiva es el conjunto de los trabajos de reparación, necesarios para devolver la funcionalidad perdida de algún elemento o instalación, como consecuencia de un proceso degenerativo o de una mala utilización, y que no se ha detenido a tiempo su deterioro.
El presente contrato comprende el mantenimiento preventivo, el mantenimiento correctivo, así como las operaciones de control de las instalaciones y las de mantenimiento técnico legal, que sean necesarias para asegurar el normal funcionamiento de los edificios conforme a la normativa vigente. Este mantenimiento se contrata mediante la percepción de un precio mensual por la Empresa adjudicataria.
Las tareas de mantenimiento se realizarán sin perturbar el normal funcionamiento de los servicios, pudiendo programarse por la Secretaría General Técnica su realización fuera del horario laboral, o en sábados o festivos, sin suponer ningún coste adicional para la Administración.
En los inmuebles objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar los citados trabajos de mantenimiento en todos los elementos constructivos, instalaciones y equipos que fueran precisos para su correcto funcionamiento.
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Se entenderán incluidos tanto aquellos que actualmente se encuentren localizados en estos edificios como los que pudieran estarlo en un futuro, independientemente de si son de tipo puntual o individual, como si lo son de tipo centralizado o colectivo.
2.2. ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, INSTALACIONES Y EQUIPOS TÉCNICOS A continuación se relacionan, a modo enunciativo que no exhaustivo, los elementos constructivos, instalaciones y equipos técnicos más significativos que serán objeto del mantenimiento:
1. Climatización General, salas técnicas y canalizaciones. - Torres de refrigeración.
- Enfriadoras. - Climatizadores.
- Bombas de calor y fan-coils. - Equipos autónomos.
- Grupos de presión y bombeo.
- Extractores, ventiladores y difusores. - Aparatos recuperadores de calor. - Humectadores.
- Sistemas de control automático. 2. Calefacción y agua caliente sanitaria.
- Calderas. - Quemadores. - Radiadores.
- Bombas de calor geotérmicas. - Termos eléctricos.
- Cortinas eléctricas - Secamanos.
3. Electricidad.
- Telerruptores, contactores, relés y fusibles. - Motores eléctricos.
- Batería de condensadores.
- Red de baja tensión y cuadros de distribución. - Alumbrado ordinario.
- Alumbrado de emergencia. - Pararrayos.
4. Sistemas de continuidad (S.A.I.) 5. Grupos electrógenos.
6. Fontanería especializada y saneamiento.
- Redes generales de distribución e instalaciones de fontanería. - Red general de saneamiento.
7. Protección contra incendios.
8. Sistemas de intrusión (en edificios no conectados a Central Receptora de Alarmas).
9. Sistemas de evacuación.
10. Sistemas de control centralizado de edificios. 11. Grupos de presión.
12. Hilo musical, megafonía fija y antenas de televisión.
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13. Fontanería común.
14. Elementos constructivos. (Cubiertas, revestimientos, solados y otros). 15. Albañilería. 16. Pinturas y acabados. 17. Carpintería. 18. Cristalería. 19. Cerrajería. 20. Electricidad.
21. Varios (pequeños trabajos de reparación de mobiliario y equipos, movimiento de enseres y documentación y otros).
2.3. CLASIFICACIÓN DE LOS EDIFICIOS A EFECTOS DE SU MANTENIMIENTO. 2.3.1 EDIFICIOS RELACIONADOS EN EL APARTADO A DEL ANEXO I AL
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. (Edificios de propiedad municipal o alquilados en los que el contrato así lo determine)
En estas dependencias (Almagro, nº 5, Barquillo, Barquillo nº 17c/v a Augusto Figueroa y Paseo del Molino nº 7 y 9), la empresa adjudicataria deberá realizar el mantenimiento integral (preventivo, correctivo, técnico-legal y control de operaciones) de todas las instalaciones (generales y no generales), tal como se detalla en las cláusulas 4ª y 5ª del presente Pliego.
2.3.2 EDIFICIOS RELACIONADOS EN EL APARTADO B DEL ANEXO I AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (Edificios en alquiler)
En estos edificios (Alcalá, nº 45 y Bustamante, nº 16), la empresa deberá realizar solamente las tareas de mantenimiento que, en función de lo establecido en el correspondiente contrato de arrendamiento, no sean asumidas por las empresas designadas o contratadas por el arrendador.
Estas tareas de mantenimiento se realizarán, preferentemente, sobre las instalaciones no generales del edificio, con las particularidades que se indiquen en las cláusulas 4ª y 5ª del presente pliego.
2.3.3 EDIFICIOS RELACIONADOS EN EL APARTADO C DEL ANEXO I AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (Avenida de la Industria, nº 22 Coslada)
En este edificio, se realizarán las tareas de mantenimiento de las Instalaciones no generales, así como las tareas de mantenimiento integral de la parte de las instalaciones generales cuyo mantenimiento no corresponde al arrendador del edificio de acuerdo con lo establecido en el contrato de arrendamiento, que son las siguientes:
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Instalaciones de protección contra incendios, incluidas puertas cortafuegos y alumbrado de emergencia.
Calefacción y climatización (8 equipos autónomos ubicados en las oficinas y resto de dependencias y 1 unidad exterior y dos interiores ubicadas en las naves).
Alumbrado general de oficinas, naves y otras dependencias.
Cuadros eléctricos de las naves y oficinas.
Arquetas de saneamiento.
Este mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en cláusulas 4ª y 5ª del presente pliego.
CLÁUSULA TERCERA.- DESARROLLO DEL SERVICIO
3.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS INSTALACIONES.
Se entenderá por Mantenimiento Preventivo el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante, con el mejor rendimiento energético posible, conservando permanentemente la seguridad del edificio, de las personas y la defensa del medio ambiente.
El mantenimiento preventivo, objeto del contrato, se realizará sobre la totalidad de los elementos constructivos e instalaciones del edificio, de acuerdo con las frecuencias que las Reglamentaciones en vigor obligan para el control y mantenimiento de los elementos e instalaciones, así como sobre el plan básico de actuaciones y frecuencias que se expongan en el desarrollo de este Pliego.
La Empresa adjudicataria elaborará, en el plazo de un mes desde el inicio de la ejecución del contrato, un documento técnico en el que se contemplen todas las actuaciones de prevención a llevar a cabo sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato. Dicho documento deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:
Inventario de equipos e instalaciones.
Protocolo de inspecciones del Mantenimiento Preventivo.
Programa de frecuencias de las inspecciones del Mantenimiento Preventivo.
En cuanto al primer apartado, Inventario de equipos e instalaciones, será preciso hacer constar el estado de las instalaciones, señalando las deficiencias observadas.
En el caso de las instalaciones térmicas, la empresa adjudicataria deberá disponer para cada una de ellas de un registro en el que se recojan las operaciones de mantenimiento y las reparaciones que se produzcan en cada instalación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto
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238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de instalaciones térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
3.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES.
Se incluyen en el objeto del contrato, todas las operaciones de Mantenimiento Correctivo, que haya que realizar como consecuencia de avisos por avería de los equipos e instalaciones, o como consecuencia de las inspecciones realizadas, comprendiendo todas las intervenciones precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el Mantenimiento Preventivo, consistiendo en la reparación por avería o rotura imprevista, de cualquier máquina, equipo o instalación del edificio como consecuencia de su normal funcionamiento. La reparación y reposición del material necesario en cualquier avería se considera incluido en el precio de la prestación. Los materiales, piezas o equipos que se sustituyan se adecuarán a las especificaciones técnicas aplicables en cada momento.
En todas las reparaciones la mano de obra será por cuenta de la empresa adjudicataria sin coste para la Administración. Respecto a los materiales, serán suministrados y abonados por la empresa adjudicataria aquellos cuyo valor unitario sea inferior o igual a 500 euros IVA no incluido. Superada esta cuantía, el material correspondiente será con cargo al Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública en los términos previstos en la cláusula 8.2 del presente Pliego.
En la sustitución de elementos o componentes, se respectará el siguiente orden de prioridad y siempre bajo supervisión de la Administración Municipal:
Igual marca y modelo.
Igual marca, y modelo equivalente cuando el original se hubiese dejador de fabricar.
Marca y modelos compatibles, cuando la original hubiera desaparecido del mercado.
Las operaciones de Mantenimiento Correctivo llevadas a cabo se recogerán en un documento técnico, que contendrá, el registro de las actuaciones correctivas efectuadas en cada edificio objeto del contrato, que la empresa conservadora presentará, con carácter mensual, al Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.
El tiempo de respuesta y de reparación será el establecido en la cláusula 10ª del presente Pliego. Cuando por la índole especial de la avería, su reparación exija un plazo superior, se informará a los responsables del Área de Gobierno, adoptándose las medidas oportunas, autorizando o no la reparación del elemento(s) dañado por la Empresa adjudicataria.
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El adjudicatario garantizará en todo momento la aportación de medios técnicos y personales suficientes para atender cualquier aviso de avería o incidencias, prestando un servicio de 24 horas, durante todos los días del año.
3.3. OPERACIONES DE CONTROL DE LAS INSTALACIONES.
Comprenderán todas y cada una de las acciones encaminadas a velar por el buen funcionamiento, la seguridad y la correcta puesta en marcha de todos los equipos integrantes de las instalaciones técnicas del edificio objeto del contrato.
La empresa adjudicataria, por medio de su personal adscrito para el mantenimiento del edificio, llevará a cabo el control de las variables de mantenimiento técnico de equipos e instalaciones, ejecutando las operaciones rutinarias con total garantía para las mismas y atendiendo en todo momento a los avisos de incidencias o averías.
A estos efectos, el adjudicatario deberá prestar una atención preferente al cumplimiento de la siguientes disposiciones normativas relativas a las condiciones de trabajo y seguridad en los edificios objeto del contrato:
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de instalaciones térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
Acuerdo de 10 de abril de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establecen medidas de eficiencia energética en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Madrid y se recomienda su aplicación a otras entidades públicas, privadas y a los particulares.
La empresa adjudicataria realizará las mediciones de temperatura, humedad, luminosidad e índice acústico que sean solicitadas por la Secretaría General Técnica.
3.4. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL.
De acuerdo con las Reglamentaciones Oficiales vigentes, que les sean de aplicación a los elementos constructivos e instalaciones objeto de este contrato, la Empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos contenidos en dichos Reglamentos que estén en vigor, o los que pudieran promulgarse
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durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, autonómico o local.
Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los Reglamentos aplicables, y serán realizados por la empresa adjudicataria o empresa autorizada, siempre por cuenta de aquella, debiendo presentar al Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, la documentación acreditativa con los certificados o visados oficiales obligatorios.
El contratista se hace expresamente responsable de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente aplicable a cada una de las instalaciones objeto del contrato, en cuanto a operaciones de mantenimiento o seguridad y salud, estén o no recogidas en este contrato.
En este sentido, deberá prestarse especial atención al cumplimiento de lo dispuesto en la siguiente normativa:
Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE).
Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de Noviembre y las normas de procedimiento y desarrollo del mismo.
Ordenanza de Protección Contra Incendios del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo Plenario de 28 de junio de 1993 y sus modificaciones.
Real- Decreto 865/2003 de 4 de julio y la Orden 1187/1998, de 11 de Junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los criterios higiénicos-sanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la Legionelosis.
CLÁUSULA CUARTA.- OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO.
Las operaciones generales de mantenimiento son aquellos trabajos de conservación objeto de este Pliego que el adjudicatario tiene que cumplir en
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todo momento y a su cargo, incluyendo mano de obra, materiales y medios auxiliares para la realización de los mismos.
Las tareas de mantenimiento que se realicen por empresas autorizadas o especializadas, subcontratadas por el adjudicatario, no supondrán en ningún caso coste adicional para la Administración, debiendo el mismo asumirlas como propias.
4.1. MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES GENERALES
Además de las labores de mantenimiento que se establezcan en el Código Técnico de la Edificación y el resto de reglamentaciones que le fuera de aplicación según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende, como mínimo, las siguientes actuaciones, debiéndose completarse con las instrucciones o recomendaciones de los fabricantes de los equipos en cada caso:
4.1.1 ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Y OTROS EQUIPOS. ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS
Revisión, limpieza y mantenimiento de cubiertas, incluidos canalones
Revisión y mantenimiento de fachadas exteriores e interiores, incluida carpintería exterior y vierteaguas.
Reparación de goteras por desperfectos en tejados, patios, azoteas y canalones.
Sellado de grietas, huecos o agujeros para evitar la entrada de frío, viento o ruido.
Revisión, limpieza y mantenimiento de solados
Revisión, limpieza y mantenimiento de red de saneamiento y de todo tipo de arquetas (saneamiento, separadoras de grasas, rejillas y demás).
Desatrancos de la red general horizontal de saneamiento del edificio, inclusión restitución de 4 mts. lineales de red y una unidad de arqueta.
Desatrancos de la red de desagües de aparatos, bajantes, canalones y sumideros, incluidos aquellos auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización, tales como andamios, camiones de desatrancos, etc. y las ayudas de albañilería necesarias para acceder a estos elementos y reponer las zonas afectadas a su estado original. Se realizarán en cuantas ocasiones sean necesarios e independientemente de la causa que los origine.
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Eliminación de hojas y suciedades en los tejados, bajantes, canalones, sumideros y desagües en todos aquellos edificios que requieran esa limpieza periódica. Se incluyen todos los medios auxiliares necesarios para su cometido, debiendo realizarse limpiezas periódicas, en cada edificio, incluyendo aquellos elementos que se encuentren en zonas de patios o jardines que se encuentren dentro de los recintos de los edificios.
Roturas de la red de abastecimiento de agua y de incendios, incluido la restitución de 4 metros lineales de red, además de aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización y las ayudas de albañilería necesarias para acceder a estos elementos y reponer las zonas afectadas a su estado original.
Reposición de aplacados, azulejos, pavimentos, suelos y cubiertas, cuando éstos sean necesarios como consecuencia de averías, roturas o desprendimientos casuales y hasta una superficie máxima de 10 m2 . Reparaciones de fisuras y grietas puntuales en escayolas y
revestimientos.
Apertura y cierre de techos o tabiques de escayola con objeto de atender averías de cualquier tipo de incidencia (estructural o de maquinaria.).
Retoques en pinturas, por deterioro casual, hasta un máximo de 25 m2. por despacho, sala o almacén.
PUERTAS, VENTANAS Y OTRAS ESTRUCTURAS DE LAS INSTALACIONES GENERALES
Revisión del estado y funcionamiento de las puertas de entrada y de planta, así como de las ventanas de los edificios, con la frecuencia que se indica en el presente Pliego. Engrasado de las mismas. Revisión y sustitución, en caso de ser necesario, de todos los elementos componentes de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, pomos, tiradores, etc.). Revisión de las estructuras de cristal, expositores, etc.
Reparación, ajuste y sujeción de las hojas de madera o metálicas en puertas y ventanas.
Reposición de cerraduras o bombines de cerraduras de puertas y ventanas, por deterioro o por pérdida de llaves.
Reposición de todo tipo de vidrios y espejos, con retirada de restos y limpieza del galce, colocación, sellado y estanqueidad. Se excluyen los
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actos vandálicos que afecten a más del 25% de la superficie acristalada exterior del edificio.
Todo lo referente a cercos, tapajuntas, molduras y junquillos
Reposición y arreglo de grifería y valvulería de todo tipo: llaves, válvulas, grifos, latiguillos, fluxores, etc.
OBRAS Y OTRAS ACTUACIONES
Retirada de escombros, limpieza, trabajos de pintura, reposición de aplacados, azulejos y pavimentos de la zona afectada por las obras o trabajos realizados por el adjudicatario.
Los trabajos de aislamientos y protección contra pinturas, polvo, ruidos, etc., tendentes a mantener la actividad propia del edificio afectado por las obras.
En general, el desmontaje, retirada a vertedero o eliminación de cualquier elemento constructivo, de saneamiento, de cerrajería y carpintería, de vidriería, de fontanería, de electricidad, etc., cuyo desmontaje sea motivado por el montaje de otro igual o similar que lo sustituye para la función a la que estaba destinado.
4.1.2. INSTALACIONES TÉRMICAS
Además de las labores de mantenimiento que para este tipo de instalaciones se establecen en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE) y el resto de reglamentaciones que regulan las mismas, y que deberán ejecutarse por mantenedor autorizado, se deberán realizar entre otras las siguientes labores:
Elaboración, actualización y adecuación del “Manual de Uso y Mantenimiento” de las instalaciones, que contendrán las Instrucciones de Seguridad y de Manejo y de maniobra de cada instalación, así como los programas de funcionamiento, mantenimiento preventivo y de gestión energética en los términos establecidos en las Instrucciones Técnicas 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6 y 3.7 del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
Medición y contabilización de los consumos de combustible, energía eléctrica, energía térmica, agua y número de horas de funcionamiento de las instalaciones térmicas, en los términos establecidos en la Instrucción Técnica 1.2.4.4 del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), en la medida que las instalaciones dispongan de los
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dispositivos necesarios para ello. (Edificios Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa, Almagro, nº 5 y Paseo del Molino, nº 7 y 9).
Evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de calor y de los generadores de frío, así como asesoramiento energético con las frecuencias y en los términos señalados en la Instrucción Técnica 3.4 del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
Realización de las inspecciones periódicas de eficiencia energética de los sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria, de los sistemas de las instalaciones de aire acondicionado en los términos establecidos en Instrucción Técnica 4 del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). (Edificios de la calle Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa, calle Almagro, nº 5, Paseo del Molino, nº 7 y 9 y Avenida de la Industria, nº 22 COSLADA).
Elaboración y actualización de Instrucciones a los Encargados de edificios y personal de seguridad sobre las máquinas y cuadros de control de las instalaciones, incluidos los encendidos y apagados.
Pruebas de estanqueidad, presión y purgado, así como de funcionamiento general, de las máquinas e instalaciones al comienzo de temporada y siempre que sea necesario.
Certificado de revisión periódica de instalaciones de gas canalizado, conforme a la legislación vigente, de los edificios que cuenten con este tipo de instalación.
Informes, documentos, trámites y abonos necesarios ante Organismos públicos y privados, que requieran las instalaciones en servicio, incluido los trámites de legalización completo de las primeras instalaciones.
Los posibles pagos a la Compañía suministradora de energía, o a las Empresas Colaboradoras, reconocidas por la Comunidad de Madrid, para la realización de las inspecciones obligatorias Reglamentadas.
CALEFACCIÓN
Mantenimiento y revisiones reglamentarias en calderas, bombas, máquinas, radiadores y elementos de las instalaciones, así como las tomas de muestras necesarias y pruebas hasta conseguir un perfecto funcionamiento de la instalación.
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Limpieza periódica de la sala de máquinas o calderas, que deberá, además, estar libre de cualquier elemento extraño y que pueda dar lugar a servidumbres de cualquier tipo.
Sustitución de termostatos, válvulas, interruptores, relés, carteles, y otras piezas, tanto en calderas, como en bombas o radiadores, cuyo importe unitario no supere los 500 €, IVA no incluido
Certificado anual del rendimiento y consumo de caldera. CLIMATIZACIÓN
Revisión del sistema de gestión automatizada de las instalaciones de climatización en los edificios que cuenten con el mismo.
Revisión y mantenimiento, en su caso, del ordenador que gestione el sistema de protección contra incendios, incluido la actualización de los programas informáticos (actualmente en el edificio de Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa. Programa BMS “Remote iManager Marca Daikin). También se incluye la sustitución de componentes del mismo, salvo que superen el precio unitario de 500 €, IVA no incluido.
Revisión y mantenimiento de todos los equipos integrados en el sistema de climatización.
Las actuaciones necesarias para eliminar o disminuir el ruido o las vibraciones que pueda producir cualquier aparato de climatización, incluyendo la colocación de aislante, sin coste para la Administración.
Roturas de la red de abastecimiento de agua del sistema de climatización del edificio, incluidos aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización y las ayudas de albañilería necesarias para acceder a estos elementos y reponer las zonas afectadas a su estado original.
Sustitución de termostatos, válvulas de equipos de aire acondicionado, interruptores, relés, carteles, y otras piezas, cuyo importe unitario no supere los 500 €, IVA no incluido.
Con la periodicidad establecida por la normativa vigente, se efectuará por una empresa autorizada el tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis, realizando el análisis microbiológico de legionella, y el análisis físico-químico del agua durante los meses de uso de las torres, así como todas aquellas actuaciones recogidas en el Real- Decreto 865/2003 de 4 de julio y la Orden 1187/1998, de 11 de Junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los criterios higiénicos-sanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la Legionelosis.
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Asimismo, se realizarán los análisis y actuaciones de carácter mensual y semestral establecidas en dicha normativa. La justificación documental de estas actuaciones (informes y resultados de los análisis) será entregada a la Secretaría General Técnica y, en su caso, deberá ser incorporadas al Libro de mantenimiento de las instalaciones.
Las actuaciones reflejadas en el punto anterior deberán realizarse anualmente en los aljibes o depósitos de agua para consumo humano y en los destinados a la protección contra incendios. La justificación documental de estas actuaciones será entregada a la Secretaría General Técnica.
OTRAS ACTUACIONES
Revisión anual de los conductos de climatización, aplicando el criterio establecido en el apartado 4 de la norma UNE 100012:2005 para valorar su estado higiénico y revisión anual de la calidad ambiental de los edificios, aplicando el criterio recogido en la norma UNE 171330-2:2009. (Almagro nº 5, Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa y Paseo del Molino nº 7 y 9).
Seguimiento de la temperatura de las distintas dependencias de los edificios con objeto de cumplir la normativa municipal y las indicaciones efectuadas por la Secretaría General Técnica.
4.1.3 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS,
CONTINUIDAD DEL SERVICIO Y SEGURIDAD PROTECCION CONTRA INCENDIOS
Revisiones periódicas exigidas por la normativa vigente (trimestrales y anuales) de todos los elementos que forman parte del sistema de protección contra incendios de los edificios.
Revisión y mantenimiento de las centralitas de incendio, incluidas la reposición baterías de emergencias y cualquier otro elemento.
Comprobación y mantenimiento de la conexión entre las centralitas de incendios con el sistema de control de accesos a los edificios para situaciones de emergencia (apertura de tornos, puertas automáticas, puertas de salida de emergencia y otros). (Edificios de Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa y Almagro, nº 5). Comprobación y mantenimiento de la conexión entre la centralita de incendios y la alarma anti-intrusión de los edificios para incidencias de emergencias (Edificios de Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa y Almagro, nº 5).
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Mantenimiento y comprobación de los grupos de presión.
En caso de deterioro o cambio de normativa, reposición de señalítica de incendios y evacuación si fuera necesario.
Retimbrado de los extintores, o sustitución en su caso.
Retimbrado de BIES, o sustitución en su caso.
Reparación, o sustitución en su caso, de manómetros y demás componentes de las BIEs.
Sustitución de pulsadores de emergencia averiados.
Sustitución de detectores ópticos, térmicos o de humos averiados.
Revisión de la instalación de alumbrado de emergencia con la periodicidad indicada en este Pliego.
Sustitución de los bloques de alumbrado de emergencia averiados, o de parte de sus componentes.
Ajustes de las centrales de monóxido de carbono y opacidad de humos cada tres meses.
Sustitución de los sensores electroquímicos, semiconductores y detectores de monóxido de carbono cuando así lo recomiende el fabricante.
Presencia en las pruebas que se realicen con motivos de la preparación de simulacros de emergencia en los edificios, con objeto de comprobar el funcionamiento del sistema, así como para rearmar el mismo.
Presencia en los simulacros de emergencia que se efectúen en los edificios, con objeto de comprobar el funcionamiento del sistema, así como para rearmar el mismo.
Confección y suministro de instrucciones de manejo y emergencia de las instalaciones contra incendios, con reinstalación de carteles, planos y señalizaciones, en su caso.
En todo caso, las piezas o componentes que se deban sustituir en estos sistemas cuyo importe unitario supere los 500 € serán por cuenta de la Administración Municipal.
Las ayudas necesarias para otros oficios en trabajos de mantenimiento.
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CONTINUIDAD DEL SERVICIO
Entretenimiento y arranque de grupos electrógenos en los edificios que dispongan de esta instalación (actualmente en el edificio de Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa), con la periodicidad que se determine en el presente pliego. Comprobar nivel de agua del radiador y estado de las correas del ventilador. Comprobar la carga de batería y su nivel electrolítico. Comprobación de los niveles de los depósitos de gasóleo y relleno de los mismos en los supuestos establecidos en este pliego.
Comprobación del funcionamiento de los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (S.A.I.), así como la temperatura de la sala donde estén instalados. (Actualmente en el edificio de Barquillo, nº 17c/v a Augusto Figueroa).
Todas las actuaciones puntuales tendentes a la continuidad del Servicio, aún en precario.
INSTALACIONES DE SEGURIDAD
Comprobación mensual de la instalación de detección de robo e intrusión en los edificios que dispongan de la misma y que no estén conectados a una Central Receptora de Alarmas. (actualmente en el edificio del Paseo del Molino, nº 7 y 9).
En caso de fallo en el sistema de intrusión será responsabilidad del Contratista el servicio de vigilancia, en tanto se repara el sistema de control averiado, para los edificios que posean este sistema de seguridad.
Confección y suministro de instrucciones de manejo de las instalaciones antirrobo.
4.1.4. INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN, ALUMBRADO Y OTROS EQUIPOS.
Además de las labores de mantenimiento que para este tipo de instalaciones establecen el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias y que deban realizarse por mantenedor autorizado, se deberán realizar entre otras las siguientes labores.
En locales de pública concurrencia, conforme a la legislación vigente, inspecciones periódicas, que corresponde realizar cada 5 años, de todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron Inspección inicial. Con independencia de estas inspecciones obligatorias, deberá realizarse las inspecciones que puedan solicitarse por la Secretaría General Técnica. (Edificio Barquillo, nº 17 antes del 24 de enero de 2016 y edificio de Almagro, nº 5 antes del 2 de octubre de 2017).
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Revisiones generales programadas de baja tensión.
Mantenimiento de los cuadros eléctricos generales de los edificios.
Sustitución de todo tipo de automatismo y aparellaje eléctrico, con las modificaciones que se precisen en el cuadro: puertas, cerraduras, etc., cuyo importe unitario no supere los 500 €., IVA no incluido.
Sustitución de contactores, interruptores, relés y otras piezas, cuyo importe unitario no supere los 500 €, IVA no incluido.
Reparación, sustitución, modificación o traslado del llamado pequeño material eléctrico: tomas de corriente, interruptores de encendido, pulsadores, señalización, timbres, cebadores, etc.
Mantenimiento y reparación de antenas.
Otros (revisiones mensuales de sistemas de megafonía, hilo musical, etc.).
En pararrayos, revisión de la instalación después de cada descarga, revisión anual de que está fijado adecuadamente, de la continuidad de la línea a tierra y la resistencia del terreno preferiblemente en época seca.
Medidas de toma de tierra, en época estival, con aporte de sales si fuera preciso.
Informes, documentos y trámites ante Organismos Públicos y Privados que requieran las instalaciones en servicios.
Los posibles abonos a Compañía suministradora de energía o a las Empresas Colaboradoras, reconocidas por la Comunidad de Madrid, para la realización de las inspecciones obligatorias Reglamentarias.
Instrucciones a los Encargados de edificios, personal de seguridad o a quien corresponda, de instrucciones para el manejo de las máquinas y cuadros eléctricos, incluido el paro o fuera de servicio de las instalaciones en caso de emergencia.
4.2. MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES NO GENERALES.
Según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende: 4.2.1 ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Y OTROS EQUIPOS.
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ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS
Mantenimiento del suelo técnico y techos continuos de placas de escayolas o material plástico o modulares de fibras. Se incluye la reposición de placas hasta 500 € por actuación unitaria, IVA no incluido.
Mantenimiento de mamparas, paneles, pantallas acristaladas, puertas y resto de componentes de la carpintería y distribución interior de las plantas.
Sellado de grietas, huecos o agujeros para evitar la entrada de frío, viento o ruido.
Retoques en pinturas, por deterioro casual, hasta un máximo de 25 m2, por despacho, sala o almacén
PUERTAS, VENTANAS Y OTRAS ESTRUCTURAS
Revisión del estado y funcionamiento de las puertas interiores y las ventanas de los edificios, con la frecuencia que se indica en el presente Pliego, con especial atención a las puertas de mayor uso. Engrasado de las mismas. Reparación, ajuste, sujeción y sustitución, en caso de ser necesario, de todos los elementos componentes de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, pomos, tiradores, cerraduras, etc.).
Reposición de cerraduras, incluidas las eléctricas o bombines de cerraduras de puertas o taquillas, por deterioro o por pérdida de llaves.
Revisión y reparación de las estructuras de cristal y expositores.
Revisión y reparación de barandillas y pasamanos, etc.
Reposiciones de barras antipánico, muelles recuperadores, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre, sea cual sea el origen de su deterioro.
Reposición de todo tipo de vidrios y espejos, con retirada de restos y limpieza del galce, colocación, sellado y estanqueidad. Se excluyen los actos vandálicos que afecten a más del 25% de la superficie acristalada exterior del edificio.
Todo lo referente a cercos, tapajuntas, molduras y junquillos.
Reparación de mástil o fijaciones de banderas en aquellos edificios que dispongan de banderas oficiales (Actualmente Alcalá nº 45, Barquillo nº 17 c/v a Augusto Figueroa y Almagro, nº 5).
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PERSIANAS, ESTORES Y FELPUDOS
Reparación y mantenimiento de mecanismos de accionamiento de persianas, estores y alfombras modulares , y todas sus partes, como cintas, ejes, motores, cierres, etc.
Reparación y mantenimiento de mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles.
Reposición de lamas verticales y horizontales en persianas y celosías, hasta un 25% de su número.
Mantenimiento de felpudos de todo tipo instalados en la entrada de los edificios, incluidos los modulares (edificio Alcalá, nº 45). Reposición de los componentes deteriorados en caso de ser necesario.
BAÑOS Y ASEOS
Grifería de todo tipo: llaves, válvulas, grifos, latiguillos, fluxores, etc.
Reparación y sustitución de los accesorios y mecanismos de cisternas.
Sujeción y ajustes de aparatos sanitarios.
Sustitución de tapas de inodoros.
Reposiciones de desagües, sifones, sumideros, botes sifónicos, etc., incluido sus correspondientes desatrancos, en su caso.
CORTINAS ELÉCTRICAS Y SECAMANOS
Mantenimiento de las cortinas eléctricas (actualmente en los edificios de Alcalá, nº 45 y Almagro, nº 5).
Mantenimiento y reparación de termos eléctricos y secamanos OBRAS Y OTRAS ACTUACIONES
Retirada de escombros y limpieza de la zona afectada por obras.
Los trabajos de aislamientos y protección contra pinturas, polvo, ruidos, etc., tendentes a mantener la actividad propia del edificio afectado por las obras.
Retirada y traslado a vertedero de maquinaria y equipos obsoletos y deteriorados, incluidos en el mantenimiento exigido en el presente contrato.
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4.2.2. INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN, ALUMBRADO Y OTROS EQUIPOS.
Sustitución de todo tipo de lámparas y/o luminarias: leds, incandescentes, halógenas, fluorescentes, par, de vapor de mercurio y otras en todas las dependencias de los edificios.
Reparación, sustitución, modificación o traslado del llamado pequeño material eléctrico: tomas de corriente, interruptores de encendido, pulsadores, señalización, timbres, tomas de antena de televisión, cebadores, etc.
Sustitución de contactores, interruptores, relés y otras piezas, cuyo importe unitario no supere los 500 €, IVA no incluido.
Revisión, reparación, sustitución, modificación o traslado de tomas de antenas de TV y radio.
4.3. OTRAS TAREAS DE MANTENIMIENTO PARA TODOS LOS EDIFICIOS.
Colaborar en el movimiento de mobiliario o equipos de oficina en el mismo edificio o a otros edificios del Ayuntamiento de Madrid.
Traslado de documentación voluminosa dentro de los edificios y movimiento de documentación del archivo.
Colaboración en tareas de destrucción de documentación.
Colaboración en las tareas de reparto de material de oficina y papel.
Colaboración en las tareas de retirada de papel y toner usado para su reciclaje.
Colaboración puntual en la subida y bajada de banderas, incluso fuera de horario laboral, con motivo de la declaración de luto oficial (edificios Alcalá, nº 45, Barquillo, nº 17 c/v a Augusto Figueroa y Almagro, nº 5).
Reparaciones menores de mobiliario, incluido el suministro de piezas pequeñas.
Reparaciones menores de electrodomésticos, incluido el suministro de piezas o elementos de carácter menor.
Realización de mediciones sonoras, de temperatura, humedad y otras cuando así lo solicite la Secretaría General Técnica, para la cual deberá disponerse de los aparatos de medición homologados correspondientes.
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En caso de ser necesario, colaborar en las tareas de apertura y cierre de los edificios incluidos en el objeto del contrato, incluida la conexión y desconexión de la alarma anti-intrusión.
Establecimiento de un retén, cuando así se determine por la Secretaría General Técnica, para la asistencia a actos considerados de relevancia municipal que se realicen en el edificio, la realización de inspecciones o trabajos técnicos, así como para colaborar o supervisar los trabajos realizados por otras empresas en el edificio, fuera de la jornada laboral habitual, incluidos sábados, domingos y festivos, sin coste para la Administración, y sin compensaciones en el horario habitual del servicio de la empresa adjudicataria establecido en el presente pliego. Este retén contará con el personal necesario para atender los supuestos citados, con un máximo anual de 30 actuaciones.
Otros trabajos menores. 4.4. TRABAJOS DE PINTURA.
Además de las actuaciones puntuales de pintura contemplada en apartados anteriores, el adjudicatario queda obligado a pintar las dependencias de los edificios incluidos en el objeto del contrato según se lo demande la Secretaría General Técnica en función del estado de conservación de las mismas, hasta un total de 10.000 m2 cuadrados de pintura.
Se utilizará el mismo tipo de pintura que existe en la actualidad. Los trabajos de pintura se realizarán con carácter general fuera de la jornada laboral.
Estos trabajos se realizarán con cargo al adjudicatario sin coste para la Administración.
4.5. PARTICULARIDADES PARA LOS EDIFICIOS DE ALCALÁ, Nº 45, BUSTAMANTE, Nº 16 Y AVENIDA DE LA INDUSTRIA, Nº 22 (COSLADA).
Para estos edificios deberá tenerse en cuenta lo establecido en el contrato de arrendamiento de los mismos con respecto a las tareas de mantenimiento de sus instalaciones.
4.5.1. EDIFICIO ALCALÁ, Nº 45.
El mantenimiento de las instalaciones generales del edificio está contratado por el Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública con una empresa de mantenimiento determinada por el propietario del edificio en el contrato de arrendamiento.
La Secretaría General Técnica es la responsable directa del seguimiento de la ejecución de dicho contrato, correspondiéndole la resolución de los incidencias
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o dudas que pudieran surgir entre la empresa que presta dicho servicio y la que resulte adjudicataria del presente contrato.
En todo caso, corresponderá a la empresa adjudicataria del presente contrato el cumplimiento de:
Las obligaciones establecidas en el apartado 4.2 del presente Pliego dedicado al Mantenimiento de instalaciones no generales.
Las obligaciones señaladas en el apartado 4.3 relativas a tareas de mantenimiento para todos los edificios incluidos en el objeto del contrato.
Las obligaciones establecidas en el apartado 4.4 sobre trabajos de pinturas.
Todo ello de acuerdo con las frecuencias y peculiaridades que se señalen en la cláusula 5ª del Pliego.
Además, le corresponderá a la empresa adjudicataria del presente contrato, las siguientes tareas específicas de mantenimiento del edificio:
Revisión del estado y funcionamiento de las puertas de entrada, así como de las puertas del hall de entrada y ventanas del edificio, con la frecuencia que se indica en el presente Pliego. Engrasado de las mismas. Reparación o sustitución, en caso de ser necesario, de todos los elementos componentes de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, pomos, tiradores, etc.).
Reposición de cerraduras, incluidas las eléctricas o bombines de cerraduras de puertas o taquillas, por deterioro o por pérdida de llaves.
Revisión y mantenimiento de las estructuras de cristal, expositores, barandillas, etc.
Mantenimiento de los elementos constructivos del garaje (paredes, techos, solado , etc.).
Limpieza de arquetas y rejillas del garaje.
Mantenimiento de las isletas que delimitan la entrada al garaje y la reserva de espacio para vehículos municipales ubicada en la Plaza del Rey.
Limpieza de cubiertas del edificio, incluidos los sumideros.
Limpieza de los sumideros del patio de Plaza del Rey.
Mantenimiento de los elementos constructivos del jardín ubicado en el patio interior de la 2ª planta del edificio de la calle Alcalá, nº 45 (incluido lijado y barnizado del suelo de madera en caso de ser necesario).
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Mantenimiento de las terrazas ubicadas en las plantas superiores (5ª a 8ª) del edificio, incluido lijado y barnizado del suelo de madera en caso de ser necesario.
Mantenimiento de las cubiertas de madera de los fancoils del edificio.
Sustitución de las lámparas y focos de la fachada del edificio, así como el control del mecanismo del horario de funcionamiento, conforme a las instrucciones que se dicten por la Secretaría General Técnica.
Sustitución de las lámparas, equipos de alimentación, reactancias y demás componentes de los focos del techo de la planta baja del edificio. Para ello será necesaria la instalación de andamios o la utilización de plataforma móvil.
Mantenimiento de los cuadros eléctricos ubicados en las plantas de los edificios, en los mismos términos que los indicados en el apartado 4.2.2. del presente pliego.
Apagado y encendido del alumbrado ordinario de las plantas y dependencias del edificio conforme a las instrucciones establecidas por la Secretaría General Técnica.
Colaboración, en caso de ser necesario, en tareas de carga y descarga de enseres a través de la reserva de aparcamiento y patio de la Plaza del Rey.
Colaborar con el personal de mantenimiento de las instalaciones generales del edificio de la calle Alcalá, nº 45 en el caso de situaciones de urgencia con objeto de recuperar el normal funcionamiento del edificio en el menor plazo posible.
4.5.2. EDIFICIO CALLE BUSTAMANTE, Nº 16.
El mantenimiento de las instalaciones generales y alguna actuación de mantenimiento de las no generales está encomendado por la propiedad del edificio a una empresa contratada por ella. Las incidencias o dudas que pudieran surgir entre esta empresa y la que resulte adjudicataria el presente contrato, se dilucidará mediante las gestiones que realice la Secretaría General técnica con la propiedad del edificio.
En todo caso, corresponderá a la empresa adjudicataria del presente contrato el cumplimiento de:
Las obligaciones establecidas en el apartado 4.3 relativas a tareas de mantenimiento para todos los edificios incluidos en el objeto del contrato.
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Las obligaciones señaladas en el apartado 4.4 sobre trabajos de pinturas.
Todo ello de acuerdo con las frecuencias y peculiaridades que se señalen en la cláusula 5ª del Pliego.
Además, corresponderá a la empresa adjudicataria del presente contrato, las siguientes tareas específicas de mantenimiento del edificio:
Mantenimiento de la máquina encargada de la climatización de la sala donde está ubicado el sistema de instalación ininterrumpida (SAI) instalado por el Ayuntamiento de Madrid. (Equipo SAMSUNG Modelo NEO de 2.600 W, 2.000 frigorías).
Mantenimiento y revisión de mamparas, paneles, pantallas acristaladas, puertas y resto de componentes de la carpintería y distribución interior de las plantas.
Mantenimiento y revisión del estado y funcionamiento de las puertas interiores de las plantas, con la frecuencia que se indica en el presente Pliego, con especial atención a las puertas de mayor uso. Reparación, ajuste, sujeción y sustitución, en caso de ser necesario, de todos los elementos componentes de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, pomos, tiradores, cerraduras, etc.).
Reposición de cerraduras, incluidas las eléctricas o bombines de cerraduras de puertas o taquillas, por deterioro o por pérdida de llaves.
Reparación y mantenimiento de mecanismos de accionamiento de persianas, estores y alfombras modulares , y todas sus partes, como cintas, ejes, motores, cierres, etc.
Reparación y mantenimiento de mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles.
Reposición de lamas verticales y horizontales en persianas y celosías, hasta un 25% de su número.
Mantenimiento de felpudos instalados en las entradas del edificio, incluida la reposición de los componentes,
4.5.3. EDIFICIO AVENIDA INDUSTRIA, Nº 22 (COSLADA)
El mantenimiento de parte de las instalaciones generales se gestiona directamente por la propiedad de las naves. Las incidencias o dudas que pudieran surgir entre la propiedad y la empresa adjudicataria del presente contrato, se dilucidarán mediante las gestiones que realice la Secretaría General técnica con la propiedad.
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El mantenimiento en este edificio se realizará por la empresa adjudicataria en los términos generales indicados en la cláusula 2.3.3 del presente pliego. En todo caso, corresponderá a la empresa adjudicataria del presente contrato el cumplimiento de:
Las obligaciones establecidas en el apartado 4.1 para las instalaciones generales de las naves no mantenidas por la propiedad, detalladas en la cláusula 2.3.3 del Pliego.
Las obligaciones señaladas en la cláusula 4.2 dedicado al Mantenimiento de instalaciones no generales.
Las obligaciones determinadas en el apartado 4.3 relativas a tareas de mantenimiento para todos los edificios incluidos en el objeto del contrato.
Las obligaciones señaladas en el apartado 4.4 sobre trabajos de pinturas.
Todo ello de acuerdo con las frecuencias y peculiaridades que se señalen en la cláusula 5ª del Pliego.
Además, le corresponderá a la empresa adjudicataria del presente contrato, la siguiente tarea específica de mantenimiento:
Mantenimiento y revisión del estado y funcionamiento de las puertas exteriores e interiores, así como de las ventanas, con la frecuencia que se indica en el presente Pliego, con especial atención a las puertas de mayor uso. Engrasado de las mismas. Reparación, ajuste, sujeción y sustitución, en caso de ser necesario, de todos los elementos componentes de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, pomos, tiradores, cerraduras, etc.).
Reposición de cerraduras, incluidas las eléctricas o bombines de cerraduras de puertas o taquillas, por deterioro o por pérdida de llaves. Queda excluida del presente contrato el mantenimiento de los muelles y puertas de carga de las naves.
CLÁUSULA QUINTA.- PLAN BÁSICO DE ACTUACIONES Y FRECUENCIA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
Con independencia de las actuaciones imprevistas, por averías o incidencias, que hicieran falta, el documento técnico sobre las actuaciones de prevención a llevar a cabo sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato, regulado en la cláusula tercera, que ha de confeccionarse por el Contratista con la supervisión de los Técnicos del Área de Gobierno, deberá basarse en las directrices de actuaciones y frecuencias que a continuación se exponen, pudiéndose cambiar los criterios en aquellas actuaciones que así se acuerden.
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Según las distintas especialidades, y de forma general, se seguirán los planes que a continuación se exponen, entendiendo los mismos adaptados a la realidad física de la existencia de cada instalación o componentes de la misma en cada edificio objeto de conservación.
En todo caso, para cualquier equipo o instalación no especificada en los siguientes apartados, se seguirán las instrucciones y recomendaciones que establezca el fabricante, con la periodicidad correspondiente.
Las actuaciones se realizarán, como norma general, con una periodicidad: - Diaria (En los edificios que dispongan de personal de
mantenimiento de presencia física permanente). - Semanal. - Mensual. - Semestral. - Anual. A- INSTALACIONES 5.1. CLIMATIZACIÓN
5.1.1. TORRES DE REFRIGERACIÓN Y HUMECTADORES.
Actualmente ninguno de los edificios de los incluidos en el objeto del contrato dispone de torres de refrigeración y sistema de humectadores. En el caso de incorporarse algún edificio que tuviera estas instalaciones, la periodicidad de las operaciones de mantenimiento se atendrían a las siguientes indicaciones:
Previamente a la puesta en funcionamiento de las torres de refrigeración y humectadores y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, se efectuará el tratamiento de limpieza y prevención de la legionellosis, realizando el análisis microbiológico de legionella y el análisis físico-químico del agua durante los meses de uso de los mismos, así como todas aquellas actuaciones recogidas en el RD 865/2003 de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis y en la Orden 1187/1998, de 11 de junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los criterios higiénicos-sanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la legionelosis, en aquello que no se oponga a lo establecido en el citado Real Decreto.
Diariamente
Comprobar el funcionamiento normal y la no existencia de ruidos anómalos.
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Observar que el sistema de refrigeración de cojinetes, prensaestopas funciona correctamente.
Semanalmente
Confección del parte de control anotando todas las condiciones de funcionamiento, presiones, temperaturas, niveles, etc., de todos los elementos.
Limpieza de la sala de máquinas.
Mensualmente
Verificación del nivel y estado del aceite de los compresores.
Verificación del nivel de refrigerante.
Comprobar la ausencia de humedad en el circuito refrigerante.
Verificación y ajuste de interruptores de flujo.
Engrase de mecanismos neumáticos o eléctricos de regulación.
Comprobación y ajuste de termostatos y programadores reóstato de mando, seguridad y maniobra.
Limpieza del equipo de purga de incondensables.
Verificación del control de capacidad, de los compresores.
Comprobar el funcionamiento de la resistencia del cárter eléctrico.
Limpieza del depósito humidificador.
Comprobación de la circulación de aire en las baterías.
Limpieza de filtros de aire y agua.
Verificación de la estanqueidad y evacuación del sistema de desagüe.
Verificación de estado, estanqueidad, soportación y emplazamiento de la lanza de humectación.
Revisión de cuadros eléctricos y del sistema de control automático.
Comprobación de niveles de agua en circuitos.
Medición de consumo de combustible.
Medición del consumo de energía eléctrica.
Medición del consumo de agua.
Registro de horas de funcionamiento.
Semestralmente
Limpieza de condensadores.
Engrase de rodamientos y cojinetes.
Comprobación de acoplamientos y alineaciones.
Limpieza de depósitos de purga.
Ajuste y contraste de manómetros y termómetros.
Contraste y regulación de válvulas automáticas y de seguridad.
Comprobación de aislamientos.
Revisión, limpieza y en su caso cambio de filtros.
Comprobación de las válvulas de expansión.
Control y recarga de refrigerante.
Comprobación de estanquidad en bandejas.
Comprobación de estanquidad en baterías y evaporadores.
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Comprobación de estanqueidad de válvulas de corte.
Limpieza y verificación de pulverizadores.
Anualmente
Comprobación de estanqueidad en circuitos hidráulicos.
Comprobación del estado del aislamiento térmico.
Revisión de batería de intercambio térmico.
Revisión y limpieza de las secciones de impulsión y retorno de aire de la unidad.
Limpieza del módulo de humectación.
Limpieza de evaporadores.
Limpieza de condensadores.
Revisión de la instalación por parte de la empresa fabricante o el servicio técnico especializado de las máquinas enfriadoras.
5.1.2. ENFRIADORAS
Diariamente
Comprobar el funcionamiento normal y la no existencia de ruidos anómalos.
Comprobar la operatividad de las resistencias del cárter.
Comprobar niveles de aceite/refrigerante en cárter.
Comprobar ausencia de fugas de gas, aceite y/o agua.
Mensualmente
Anotar temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador.
Anotar pérdida de presión en evaporador.
Anotar temperatura y presión de evaporación.
Comprobación de niveles de refrigerante y aceite.
Anotar la potencia absorbida de compresores.
Verificación del control de capacidad de los compresores.
Comprobación de tarado y/o ajuste de elementos de seguridad.
Comprobación de ausencia de humedad en el circuito refrigerante.
Comprobación de circulación de aire en las baterías y operatividad de ventiladores.
Comprobación de niveles de agua en circuitos.
Engrase de mecanismos neumáticos o eléctricos de regulación.
Limpieza de sala de máquinas.
Confección del parte de control anotando todas las condiciones de funcionamiento, presiones, temperatura, niveles, etc. de todos los elementos.
Para instalaciones con potencia útil nominal mayor que 70 kW:
Medición de consumo de combustible.
Medición del consumo de energía eléctrica.
Medición del consumo de agua.
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Registro de horas de funcionamiento.
Semestralmente
Revisión del sistema de control automático.
Revisión del estado del aislamiento térmico.
Ajuste y contraste de manómetros y termómetros.
Anualmente
Limpieza del evaporador.
Limpieza del condensador.
Engrase de rodamientos y cojinetes.
Reapriete de contactos eléctricos.
Revisión por instalador frigorista anotando los resultados en libro registro.
Limpieza de filtro de agua.
Limpieza y/o mantenimiento de equipos de purga y vasos de expansión.
5.1.3. CLIMATIZADORES
Diariamente
Comprobar el funcionamiento normal y la no existencia de ruidos anómalos.
Revisión de estado en transmisiones motor-ventilador.
Mensualmente (obligatorio)
Medición de la tensión eléctrica.
Medición del consumo eléctrico de cada fase.
Revisión, limpieza y, en su caso, cambio de filtros de aire.
Comprobación de la presión del circuito de agua.
Comprobación de niveles de agua en circuitos.
Revisión y limpieza del módulo de humectación.
Para instalaciones con potencia útil nominal mayor que 70 kW:
Medición de consumo de combustible.
Medición del consumo de energía eléctrica.
Medición del consumo de agua.
Registro de horas de funcionamiento.
Mensualmente (Recomendado)
Medición de la temperatura de retorno de aire.
Medición de la temperatura de impulsión de aire.
Medición de la temperatura del cuerpo del rotor de motores de ventiladores.
Comprobación de temperatura en rodamiento de ventiladores.
Comprobación de ausencia de ruidos extraños en motores y ventiladores.
Limpieza del desagüe de la canaleta del recogido de condensados.
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