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Pliego de Cláusulas Administrativas

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Academic year: 2021

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(1)

TRATAMIENTOS AÉREOS PARA EL CONTROL DE MOSQUITOS

EN LAS LAS MARISMAS DE LOS RIOS TINTO Y ODIEL

Presupuesto: 60.000 €uros/año Tipo licitación: 25 €uros/hectárea

(2)

4º PRESUPUESTO, TIPO DE LICITACIÓN, FINANCIACIÓN

Y PAGO DEL PRECIO ... 3

5º REVISIÓN DE PRECIOS... 4

6º CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO... 4

7º PERFIL DE CONTRATANTE ... 5

8º CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA ... 5

9º GARANTÍA DEFINITIVA ... 7

10º PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ... 7

11º APERTURA DE PROPOSICIONES ... 9

12º CRITERIOS DE SELECCIÓN... 9

13º ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ... 9

14º PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ... 10

15º RESPONSABLE DEL CONTRATO ... 10

16º EJECUCIÓN Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA ... 10

17º OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA... 10

18º CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS ... 11

19º CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO... 11

-- MODELO DE PROPOSICIÓN ... 12

-- MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS ... 13

(3)

Art. 1º

OBJETO DEL CONTRATO

Constituye el objeto del presente PLIEGO la contratación mediante procedimiento abierto de la prestación de los servicios de TRATAMIENTOS AÉREOS PARA EL CONTROL DE MOSQUITOS EN LAS MARISMAS DE LOS RIOS TINTO Y ODIEL, correspondiente al Plan 2015, conforme a las especificaciones que se recogen en el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que acompaña del Servicio de Control de Mosquitos (SCM).

Los licitadores con dudas de carácter técnico podrán contactar con el Jefe de Programación y Desarrollo del SCM, D. Francisco J. Cáceres Benavides, fcaceres@diphjuelva.org,

Art. 2º

RÉGIMEN JURÍDICO

Este contrato de servicios se rige por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

Art. 3º

PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución del contrato será el necesario para el desarrollo de la campaña 2015 de tratamiento de los mosquitos, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes para la campaña del siguiente año.

Según se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas, las actividades previstas para la campaña 2015, se desarrollarán desde el mes de mayo hasta el de septiembre del año en curso.

Art. 4º

PRESUPUESTO, TIPO DE LICITACIÓN, FINANCIACIÓN Y PAGO DEL PRECIO

El presupuesto del contrato es de 60.000 €uros, entendiéndose comprendidos absolutamente todos los gastos derivados de la ejecución del mismo. El presupuesto señalado constituye el nivel máximo de gasto que la Diputación realizará como consecuencia de los servicios objeto del presente PLIEGO, aunque no significa compromiso por parte de la Entidad Provincial de agotarlo en su totalidad.

El tipo de licitación es de 25 €/Ha. Las mejoras serán a la baja, no admitiéndose aquellas ofertas que superen el citado tipo de licitación.

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El valor estimado del contrato, calculado conforme a las previsiones del art. 88 del TRLCSP, es de 120.000 €uros.

Conforme a lo dispuesto en la Resolución de 20 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Tributos, relativa a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de los arrendamientos y fletamentos totales de aeronaves utilizadas por entidades públicas en el cumplimiento de sus funciones públicas, la prestación de este servicio se encuentra exento de IVA.

El precio del contrato será el ofertado por el contratista que resulte adjudicatario y se abonará tras la presentación de las correspondientes facturas en el Registro General de la Diputación con detalle de los servicios prestados, una vez conformadas por el Servicio de Control de Mosquitos.

En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.

El presente contrato se financiará con cargo al Presupuesto Provincial, existiendo consignación presupuestaria suficiente para el presente año en la aplicación presupuestaria

65401 31100 22799.

Art. 5º

REVISIÓN DE PRECIOS

En tanto que el contrato a que se refiere el presente Pliego, tiene una duración inferior a un año, no se revisarán los precios.

Art. 6º

CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El tratamiento se realizará mediante la aplicación aérea con aeronaves de ala fija, mediante boquillas hidráulicas con válvulas antigoteo y capaces de proporcionar tasas de aplicación de 100 litros/ha. El caldo a utilizar, tanto dosis como formulado, será el indicado por el SCM. El nº de boquillas a colocar en las aeronaves serán las necesarias para conseguir la tasa de aplicación indicada. La altura de vuelo aconsejable no será superior a 10 metros sobre los focos a tratar en condiciones idóneas de tratamiento, adaptando la ejecución de las trayectorias de las aeronaves a los factores meteorológicos en cada momento, evitando en lo posible la deriva del caldo insecticida.

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Incumbe al adjudicatario la obligación del desplazamiento de las aeronaves a las pistas de aterrizaje y también se hará responsable de los posibles daños causados por su personal, vehículos, o aplicaciones incorrectas.

La empresa adjudicataria será la responsable de la seguridad y vigilancia nocturna de las aeronaves de ocaso a orto.

La empresa adjudicataria será responsable tanto de la correcta aplicación de los productos, como de los riesgos y siniestros del material y personal implicado en las operaciones, así como de los daños a terceros, y de las consecuencias derivadas del tratamiento fuera de las zonas señaladas, tales como viviendas, descampados, apriscos o similares, que pudieran existir y que deben evitarse.

La gestión de envases vacíos correrá a cargo del SCM.

Art. 7º

PERFIL DE CONTRATANTE

En cumplimiento de lo establecido por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público con la denominación PERFIL DE CONTRATANTE, la Diputación Provincial de Huelva facilitará toda la documentación necesaria para concurrir a las licitaciones mediante su página web www.diphuelva.es.

El PERFIL DE CONTRATANTE incluirá datos e informaciones referentes a la actividad contractual de la Diputación Provincial de Huelva, tales como licitaciones abiertas o en curso, plazo de presentación de ofertas, fecha de apertura de plicas, adjudicación provisional y cualquier otra información útil de tipo general, como enlaces para acceder a la legislación y puntos de contacto y medios de comunicación que pueden utilizarse para relacionarse con el órgano de contratación.

Art. 8º

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA

Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda. Si es empresario individual, mediante el Documento Nacional de Identidad.

No podrán contratar con el sector público las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Las Empresas Licitadoras deberán estar inscritas en el momento de la licitación en el

REGISTRO OFICIAL DE PRODUCTORES Y OPERADORES DE MEDIOS DE DEFENSA FITOSANITARIOS (ROPO) (art. 42 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios). y en el REGISTRO OFICIAL DE SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS BIOCIDAS DE ANDALUCÍA (ROESBA). Así mismo, deberán acreditar estar autorizadas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para realizar tratamientos aéreos.

Las aeronaves que la empresa adjudicataria destine a la ejecución del contrato deberán cumplir con la normativa en materia de aviación civil y comercial, así como tener con los correspondientes certificados de revisión de aeronavegabilidad, registro de matrícula y seguros de responsabilidad civil frente a terceros, de carácter obligatorio, de acuerdo con el Real Decreto 37/2001, de 19 de enero, por el que se actualiza la cuantía de las indemnizaciones por daños previstas en la Ley 48/1960 de 21 de julio, de Navegación Aérea.

El personal encargado de realizar los tratamientos (pilotos y personal auxiliar), debe estar suficientemente cualificado para la realización de dichos trabajos. En todo caso:

- Los pilotos propuestos por la empresa que resulte adjudicataria para intervenir en la ejecución de los tratamientos deberán tener en vigor la licencia correspondiente acreditativa de estar en posesión del título de Piloto de Aplicador Agroforestal, así como el carné de aplicador de productos fitosanitarios expedido por organismo o empresa pública legalmente habilitado para ello.

- El personal auxiliar de la empresa adjudicataria, para la correcta manipulación de los productos biocidas, poseerá las cuailificaciones y licencias exigidas por la normativa vigente.

La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al del presupuesto fijado para esta contratación, mediante el modelo disponible en el PERFIL DE CONTRATANTE.

En los contratos de servicios, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

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Art. 9º

GARANTÍA DEFINITIVA

De conformidad con el art. 95.1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición de la Diputación Provincial de Huelva una garantía definitiva de un 5% del importe de adjudicación. Según el art. 96, podrá presentarse mediante aval, mediante contrato de seguro de caución o en efectivo, aportando justificante de ingreso en la cuenta de la Diputación Provincial de Huelva.

Art. 10º

PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

Las proposiciones se presentarán en el Servicio de CONTRATACIÓN de la DIPUTACIÓN PROVINCIAL, sito en la calle Fernando el Católico nº 18 de HUELVA, finalizando el plazo el miércoles 25 de marzo, a las 13:00 horas.

Cuando se envíen por correo deberá justificarse la fecha y hora de imposición en la oficina de Correos sin superar el plazo anteriormente reseñado y anunciar la remisión, preferentemente mediante correo electrónico a la dirección jbarahona@diphuelva.org, o mediante fax al nº 959494740.

El licitador presentará la documentación exigida para tomar parte en la licitación en

dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido. No obstante, el sobre nº 1 podrá presentarse abierto, con objeto de poder examinar la documentación.

El sobre nº 1 se subtitulará “Documentación” y estará integrado por los siguientes documentos:

ƒ Declaración responsable, según MODELO disponible en el PERFIL DE CONTRATANTE, en la que el licitador declare bajo su responsabilidad no hallarse comprendido en ninguna de las circunstancias relacionadas en el art. 60 el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

En caso de que el licitador sea una persona jurídica, se sustituirá la declaración jurada por una certificación expedida por la persona que ostenta dentro la misma, cargo con competencia suficiente para ello. En la certificación deberán acreditarse los mismos extremos que en la declaración jurada.

El licitador deberá señalar a una persona que sirva para relacionarse con el órgano de contratación, facilitando un número de teléfono y una dirección de

correo electrónico para efectuar las notificaciones, de conformidad con lo establecido en el art. 151 del el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

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ƒ la personalidad del licitador y de su representante o apoderado, en su caso, acompañado en este segundo supuesto de poder de representación. Podrá excluirse su presentación si ya se acredito la personalidad con anterioridad y no ha sufrido modificaciones, haciéndolo constar en la declaración responsable.

ƒ la solvencia económica y financiera, y técnica, de conformidad con el art. 6º del presente PLIEGO. La presentación del certificado de clasificación (Grupo R, Subgrupo 6, Categoría A) exime a los licitadores de acreditar este requisito.

ƒ Certificado de Inscripción de la empresa en el REGISTRO OFICIAL DE PRODUCTORES Y OPERADORES DE MEDIOS DE DEFENSA FITOSANITARIOS (ROPO) y REGISTRO OFICIAL DE SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS BIOCIDAS DE ANDALUCÍA (ROESBA).

ƒ Autorización para realizar tratamientos aéreos expedida por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

ƒ Los que acrediten la solvencia económica o financiera, y técnica, de conformidad con el art.8º del presente PLIEGO.

ƒ Compromiso del licitador de adscribir a la ejecución del contrato medios personales y materiales que reúnan los requisitos señalados en el art. 8 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, conforme al MODELO que aparece al final del presente PLIEGO. La documentación que acredite su cumplimiento se presentará únicamente por quien resulte adjudicatario.

El sobre nº 2 se subtitulará “Proposición Económica” y contendrá la oferta económica redactada conforme al MODELO DE PROPOSICIÓN que figura al final de este PLIEGO, debidamente fechada, firmada y sellada.

En la proposición económica se entenderán incluidos a todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y PPT.

Cada licitador solamente podrá presentar una proposición económica, no siendo admitidas aquéllas cuyo importe sea superior al presupuesto de licitación.

No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para la oferta.

Con el objeto de reducir costes y facilitar su posterior manejo se interesa la inclusión en los sobres la documentación anteriormente referenciada, EXCLUSIVAMENTE, de forma informática, mediante CDs, pendrive, etc., en un formato de uso general, como PDF.

En todo caso será imprescindible la presentación en papel de la declaración responsable y el compromiso de adscripción (sobre nº 1) y la proposición económica

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Art. 11º

APERTURA DE PROPOSICIONES

La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados, y procederá en acto público a la apertura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos. La fecha de celebración se comunicará mediante el PERFIL DE CONTRATANTE de la Diputación Provincial de Huelva.

Art. 12º

CRITERIOS DE SELECCIÓN

El Órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, utilizando como único criterio de adjudicación el del precio más bajo, o declarar desierto el procedimiento.

Art. 13º

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

De conformidad con lo dispuesto por el art. 151 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, según los criterios de adjudicación señalados en el PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS. El único criterio a considerar es el precio y se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.

Se requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

La adjudicación del contrato se publicará en el PERFIL DE CONTRATANTE y se notificará a los interesados mediante correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

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Art. 14º

PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la formalización del mismo en documento administrativo conforme a lo dispuesto en el Art. 156 del TRLCSP. Será preceptiva la formalización escrita del contrato pero la falta de este requisito no afectará a la validez de la obligación.

Art. 15º

RESPONSABLE DEL CONTRATO

La realización de los trabajos se efectuará bajo la coordinación, supervisión y control

de D. Francisco J. Cáceres Benavides, fcaceres@diphjuelva.org, Responsable del contrato

designado por el órgano de contratación, y que será a todos los efectos el responsable de la Administración frente al contratista.

Art. 16º

EJECUCIÓN Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los Pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.

El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

Art. 17º

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Cumplirá todas las disposiciones de carácter laboral y social en relación con el personal a su servicio, sujetándose al Convenio Colectivo en vigor, manteniéndolo debidamente asegurado y a cubierto de los riesgos que prevenga sobre la materia la legislación dictada o que se dicte en el futuro, entendiéndose que, ante cualquier Organismo, dicho personal no tiene relación laboral alguna con la Diputación Provincial.

Será de cuenta exclusiva del adjudicatario el pago del personal que emplee para la realización de los trabajos objeto de este concurso. El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal que contrate, asumiendo de forma directa y no trasladable a la Diputación Provincial, el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones a dicho personal, tanto si dicha mejora ha sido consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole.

Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal serán por cuenta del adjudicatario.

El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión en el Centro.

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En ningún caso la Diputación Provincial resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido.

El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del contratista, siendo de cuenta del contratista indemnizar todos los daños que se causen tanto a la Administración contratante como a terceros, como consecuencia de las actuaciones que requieran la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.

Art. 18º

CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS

La Administración determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

El plazo de garantía será de tres meses, a contar desde la fecha de realización del servicio completo.

Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.

Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los arts. 310, 311 y 312 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la elaboración de proyectos de obras.

El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.

Art. 19º

CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Son causas de resolución de los contratos de servicios, además de las señaladas en el art. 223 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las siguientes:

- La suspensión por causa imputable a la Administración de la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo, salvo que en el pliego se señale otro menor.

- El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un año acordada por la Administración, salvo que en el pliego se señale otro menor.

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MODELO DE PROPOSICIÓN

D./Dª _____________________________________________________________________ con domicilio en _______________________________________________________________ ____________________________________________________________________________ NIF_________________ actuando en nombre propio, o, en su caso, en representación de ____________________________________________________________________________ con domicilio para notificaciones en _______________________________________________ ____________________________________________________________________________ NIF _________________ declaro que este licitador no se encuentra incurso en caso alguno de incompatibilidad para contratar, conforme al art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que esta al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y que, enterado del procedimiento que se sigue por la Diputación de Huelva para contratar la ejecución de TRATAMIENTOS ÁREOS PARA EL CONTROL DE MOSQUITOS EN LAS MARISMAS DE LOS RIOS TINTO Y ODIEL (Ref. 15seA14), acepta expresamente las condiciones generales y especiales que rigen dicha contratación, que conoce en su integridad, y afirma que las prestaciones que comprende están claramente comprendidas dentro de nuestros fines, objeto o ámbito de actividad a tenor de lo reflejado en los estatutos o reglas fundacionales, teniendo la suficiente solvencia económica y financiera y técnica para la ejecución de la misma, ofreciendo el precio de _________/hectárea (I.V.A. exento) a la dosificación de 100 L/Ha.

Lugar, fecha y firma del proponente.

Persona de contacto ___________________________________________________________ Correo electrónico ___________________________________ Teléfono __________________

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MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES

D/Dª._____________________________________________________________ con domicilio en __________________________________________________________________ NIF _______________ actuando en nombre propio, o, en su caso, en representación de ____________________________________________________________________________ domicilio en ________________________________________________________________ NIF _______________ DECLARA Que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato de TRATAMIENTOS ÁREOS PARA EL CONTROL DE MOSQUITOS EN LAS MARISMAS DE LOS RIOS TINTO Y ODIEL los medios personales y materiales necesarios que reúnan los requisitos mínimos exigidos en el art. 8 del pliego de cláusulas administrativas particulares y que a continuación se detallan:

Piloto/ Pilotos:

- Licencia de Piloto Agroforestal emitida por la Dirección general de Aviación Civil junto con el certificado médico correspondiente.

- Carné de aplicador de productos fitosanitarios expedido por organismo o empresa pública legalmente habilitado para ello.

Personal auxiliar:

- con carné de aplicador de productos fitosanitarios expedido por organismo o empresa pública legalmente habilitado para ello.

AERONAVE/AERONAVES:

- Certificado de revisión de aeronavegabilidad - Registro de matrícula de la aeronave

- Certificado del seguro de de responsabilidad civil frente a terceros de la Aeronave

Lugar, fecha y firma.

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