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SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES SUBASTAS ELECTRÓNICAS 2017 BASES DE VENTA PARA LA VENTA DE BIENES MUEBLES

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SERVICIODEADMINISTRACIÓNYENAJENACIÓNDEBIENES SUBASTASELECTRÓNICAS2017

BASESDEVENTA

PARA LA VENTA DEBIENES MUEBLES

El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) emite las BASES DE VENTA de subastas electrónicas para la enajenación de bienes muebles durante el ejercicio 2017, las cuales se encuentran disponibles de manera gratuita a partir de la fecha de la publicación de la CONVOCATORIA en la dirección electrónica de internet http://subastas.sae.gob.mx (EL PORTAL).

I. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA. La CONVOCATORIA se publicó el 12 de enero de 2017 tanto en el periódico Milenio

como en EL PORTAL

http://subastas.sae.gob.mx

.

II. DEFINICIONES. Para efectos de las BASES DE VENTA, los términos que se relacionan a continuación tendrán el siguiente significado, independientemente de que sean utilizados en forma singular o plural:

1. BASES DE VENTA.- El presente documento que determina las condiciones, términos y formalidades que deben cumplir los

PARTICIPANTES y GANADORES en las SUBASTAS de bienes muebles, y que contienen los derechos y obligaciones de éstos y del SAE, elaboradas de conformidad con la LFAEBSP, el RLFAEBSP y demás normativa aplicable.

2. CFDI.- El Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura electrónica que se emite conforme a las disposiciones expedidas por el Servicio de Administración Tributaria.

3. CONVOCATORIA.- Al anuncio del procedimiento público de venta de SUBASTAS.

4. DÍAS HÁBILES.- Los no establecidos como inhábiles en las Disposiciones de Carácter General que para tal efecto publica de manera anual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Los comunicados de las SUBASTAS se realizarán durante las 24 horas, los 365 días del año a través de correo electrónico.

5. FALLO.- Al Acto en el cual el SAE determina el resultado de la evaluación de las OFERTAS DE COMPRA y, en su caso, se define al GANADOR y su OFERTA DE COMPRA, así como los LOTES desiertos y cualquier otra situación relevante que haya ocurrido en las SUBASTAS.

6. GANADOR.- PARTICIPANTE a quien le ha sido aceptada su OFERTA DE COMPRA y declarada como la oferta más alta.

7. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- Cantidad monetaria que debe entregar el GANADOR para asegurar el cumplimiento de la obligación de pago, de conformidad con las BASES DE VENTA, y que se aplicará a favor del SAE en caso de incumplimiento.

8. GARANTÍA DE SERIEDAD.- Cantidad monetaria que debe entregar el PARTICIPANTE de tal manera que se asegure el sostenimiento de su OFERTA DE COMPRA al participar en las SUBASTAS, de conformidad con las BASES DE VENTA.

9. INTERESADO.- La persona física o moral que tenga intención de participar en los procedimientos de enajenación establecidos por la LFAEBSP y que aún no haya cumplido con los requisitos establecidos en las BASES DE VENTA para ser considerado como PARTICIPANTE.

10. LFAEBSP.- A la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

11. LÍNEA DE CAPTURA.- Clave numérica de 20 posiciones que proporciona el SAE, la cual es el identificador del concepto del pago, fecha de vencimiento e importe, necesaria para realizar el pago de los LOTES.

12. LOTE.- Un bien mueble o conjunto de bienes muebles que será tratado como una sola unidad para efectos de su venta en las

SUBASTAS.

13. LOTE ESPECIAL DE MINERAL.- Un bien mueble o conjunto de bienes muebles compuestos por cualquier clase de mineral y que por sus características se determine por el SAE ser publicado así en EL PORTAL y que será tratado como una sola unidad para efectos de su venta en las SUBASTAS.

14. OFERTA DE COMPRA.- Oferta económica, incondicional, en firme, irrevocable, presentada por el PARTICIPANTE para adquirir un LOTE de conformidad con lo establecido en las BASES DE VENTA. La OFERTA DE COMPRA tendrá un carácter de oferta pendiente hasta que el PARTICIPANTE realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD, y éste sea verificado por el SAE.

15. PARTICIPANTE.- A la persona que cumpla con los requisitos establecidos en las BASES DE VENTA y demás normativa aplicable y que haya concluido el proceso de inscripción en EL PORTAL y que presente OFERTAS DE COMPRA dentro de la SUBASTA.

16. POBALINES.- A las Políticas, Bases y Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la venta de los bienes muebles, inmuebles, activos financieros y empresas que le son transferidos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2008, así como sus reformas publicadas en dicho Diario.

17. PRECIO BASE DE VENTA.- Al valor de salida que se asigna a un LOTE, con el cual inicia el proceso de ofertas.

18. REGISTRO ÚNICO SAE.- Es la aplicación informática mediante la cual todos los INTERESADOS en participar en los eventos comerciales que organiza el SAE ingresan su documentación escaneada para formar parte de la Base de Clientes y obtener un número de identificación único.

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19. REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO.- Persona física con las facultades suficientes para actuar en nombre de otra persona (ya sea física o moral según el caso) en las SUBASTAS.

20. RLFAEBSP.- Al Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

21. SUBASTAS.- Al procedimiento público de venta de muebles a través de medios electrónicos por el cual los PARTICIPANTES

realizan sus OFERTAS DE COMPRA.

22. VEHÍCULO NO APTO PARA MATRICULAR.- Vehículo que no está en condiciones para matricular o emplacar.

III. BIENES OBJETO DE LAS SUBASTAS. Los bienes objeto de las SUBASTAS se presentan en LOTES. El SAE cuenta con documentación que acredita el legítimo derecho de propiedad del encargo o entidad transferente sobre los LOTES objeto de las SUBASTAS o la facultad de disponer de éstos.

Los LOTES se presentan con su número de LOTE, descripción, condición física, ubicación y, en su caso, sus características, cantidad y unidad de medida; nombre, razón social o denominación de la entidad transferente y nombre del contacto, lo cual puede ser consultado en EL PORTAL.

Los LOTES se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía, por lo que los PARTICIPANTES renuncian expresamente al saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos, y el SAE no aceptará reclamaciones posteriores a su venta ni aceptará responsabilidad alguna por el uso que pudiera hacer el GANADOR con los bienes.

Las cantidades de los bienes señaladas en los LOTES de “Mercancía Diversa” son aproximadas y no se garantizan, por lo que

no procederán reclamaciones posteriores.

El pago de adeudos por concepto de guarda y custodia, entre otros, generados después de la fecha programada de entrega de los

LOTES, así como sus actualizaciones serán asumidos por los GANADORES, por lo que no procederá la cancelación o devolución por desconocimiento de los adeudos, siendo responsabilidad de los PARTICIPANTES investigar los montos de los mismos. La mercancía no incluye los contenedores.

IV. PRECIO BASE DE VENTA. Los LOTES objeto de las SUBASTAS se ofertarán con un PRECIO BASE DE VENTA o precio de salida, el cual incluye el importe correspondiente a la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los casos en que se cause dicho impuesto conforme a la legislación aplicable y vigente, por lo que las OFERTAS DE COMPRA que se hagan por los LOTES se entenderán con IVA incluido.

Cuando así se indique en la publicación correspondiente del LOTE en EL PORTAL, los adeudos, tales como de almacenaje, guarda y custodia, impuestos o derechos deberán ser pagados por EL GANADOR.

EL PRECIO BASE DE VENTA de cada LOTE podrá ser consultado al momento de la publicación de la SUBASTA respectiva en EL PORTAL.

V. REGISTRO ÚNICO SAE. Para ser considerado PARTICIPANTE en las SUBASTAS, deberán en principio haberse inscrito en la Base de Clientes del Registro único del SAE, remitiendo escaneados los documentos que se mencionan en EL PORTAL, botón “regístrate aquí”.

Esta acción es por única ocasión. Si ya fue inscrito en algún otro evento comercial en los últimos 3 años (subasta electrónica, presencial o licitación pública (subasta a sobre cerrado)), y los documentos se encuentran vigentes no será necesario ingresar de nuevo la documentación, salvo que existan cambios o actualizaciones de datos.

El proceso es personal e intransferible. Los INTERESADOS podrán realizarlo durante las 24 horas de los 365 días del año.

Una vez completado el proceso, los PARTICIPANTES recibirán un correo electrónico de confirmación de inscripción a la Base de Clientes del Registro Único del SAE.

VI. PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA. El procedimiento de las SUBASTAS será el siguiente:

1. Inscripción. Los INTERESADOS en participar en las SUBASTAS deberán registrarse en EL PORTAL, conforme al procedimiento establecido en el mismo. La información a proporcionar se regirá conforme a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. El SAE podrá solicitar a los INTERESADOS cualquier aclaración o modificación de la información de registro.

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Los INTERESADOS deberán registrar en EL PORTAL la información que se les solicite, así como digitalizar e ingresar en el mismo la documentación que se les requiera, entre otra: nombre completo, denominación o razón social; nombre de usuario; una contraseña que el usuario elige; datos de domicilio: calle y número, colonia, municipio o delegación, estado y código postal de 5 caracteres; Registro Federal de Contribuyentes con Homoclave (13 caracteres para personas físicas y 12 caracteres para personas morales); Clave Única del Registro de Población (CURP); número telefónico; cuenta de correo electrónico; y una cuenta bancaria con número CLABE, por medio de la cual se devolverán los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD en caso de no resultar GANADOR en las SUBASTAS. Todos los datos que se asienten en dicho registro deberán ser veraces. Los INTERESADOS deberán identificarse y acreditar su personalidad proporcionando la documentación que se establece en EL PORTAL. Los INTERESADOS deberán aceptar incondicionalmente los términos y condiciones de utilización del PORTAL, de la

CONVOCATORIA y de las BASES DE VENTA. El SAE podrá en cualquier momento requerir al INTERESADO,

PARTICIPANTE o, en su caso, GANADOR acreditar su personalidad, así como la veracidad de los datos aportados, misma que deberá coincidir con los datos de su registro en EL PORTAL. Dicho requerimiento se realizará a través de EL PORTAL

o vía correo electrónico a la cuenta registrada y deberá atenderse en los términos establecidos en el mismo.

En caso de que el PARTICIPANTE resultara GANADOR en una SUBASTA y no pudiera acreditar su personalidad por no contar con la documentación que registró o los datos no coincidan con los declarados en dicho registro, la OFERTA DE COMPRA será desechada y el PARTICIPANTE descalificado y se hará acreedor a las penas y sanciones señaladas en las BASES DE VENTA. Los INTERESADOS deberán acreditar su personalidad proporcionando la documentación que se establece en el PORTAL, la cual deberá coincidir con los datos asentados en su registro.

El proceso de registro no tiene costo alguno y sólo se realiza en una ocasión para participar en todas las SUBASTAS. Los INTERESADOS deberán aceptar incondicionalmente los términos y condiciones de la CONVOCATORIA y de las presentes

BASES DE VENTA y de utilización de EL PORTAL.

2. Documentación general de identificación y para la acreditación de la personalidad y datos para la emisión del CFDI. La documentación descrita en este apartado será indispensable para la formalización de la venta de los LOTES adjudicados. Los documentos para acreditar la identidad y constitución de los PARTICIPANTES y personalidad jurídica de los REPRESENTANTES LEGALES o APODERADOS en las SUBASTAS, a efecto de solicitar su registro, los cuales se deberán incorporar digitalizados a EL PORTAL serán, de manera enunciativa más no limitativa, la siguiente:

Documentos que todos los INTERESADOS deberán incorporar a EL PORTAL:

• Comprobante de Domicilio Fiscal con antigüedad no mayor a 3 meses, pudiendo ser alguno de los documentos siguientes: recibo de pago de impuesto predial, servicio de suministro de agua, energía eléctrica o teléfono fijo, o bien, estados de cuenta bancarios. En caso de fideicomisos, comprobante de domicilio de la fiduciaria o del propio fideicomiso, en su caso. El código postal debe constar de 5 dígitos, en caso de que el interesado no lo proporcione en forma completa, se registrará en el CFDI con 5 ceros, sin posibilidad de corrección.

• Una cuenta de correo electrónico y número de teléfono fijo de su domicilio con lada y extensión, en su caso.

• Estado de cuenta bancario a nombre de la persona física o moral que demuestre la existencia de la cuenta CLABE registrada. Este requisito no será necesario en caso de extranjeros.

Documentos que deberán presentar las Personas Físicas Mexicanas:

• Copia de Identificación oficial vigente, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional.

• Clave Única del Registro de Población (CURP).

• Copia de Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave. Los INTERESADOS pueden tramitar por internet su RFC con homoclave proporcionando únicamente su CURP. Para mayor información consultar la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) http://www.sat.gob.mx.

• En caso de actuar a través de apoderado, poder otorgado ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración.

• En su caso, datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTELEGAL o APODERADO debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional.

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• Copia de Identificación oficial: pasaporte vigente o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su condición de estancia en México.

• Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave, cuando cuenten con ella o, en su caso, número de identificación fiscal de su país de origen.

• En caso de actuar a través de apoderado, poder otorgado ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración. Cuando el documento no esté debidamente legalizado o, en el caso en que el país en donde se expidió dicho documento sea parte de "La Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros”, adoptada en La Haya, Países Bajos, el 5 de octubre de 1961, bastará que dicho documento lleve fijada la apostilla a que dicha Convención se refiere, estar escrito en idioma español o traducido al idioma español y protocolizado ante fedatario público.

• En su caso, datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. En el caso de apoderados legales extranjeros, copia de pasaporte vigente o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su condición de estancia en México.

Documentos que deberán presentar las Personas Morales Mexicanas:

• Copia del Acta constitutiva y última modificación, con sello del Registro Público de Comercio, con el desglose de socios o accionistas, en su caso.

• Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave.

• Copia del poder otorgado al REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración.

• Datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, debiendo ser uno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional.

• En caso de fideicomisos, copia del contrato constitutivo del fideicomiso y sus convenios modificatorios, y copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave de la fiduciaria o del propio fideicomiso, en su caso.

Documentos que deberán presentar las Personas Morales Extranjeras:

• Copia del Acta constitutiva y última modificación, con el desglose de socios o accionistas, en su caso. Los instrumentos otorgados en el extranjero deberán estar escritos en idioma español o traducidos al idioma español, legalizados o apostillados y protocolizados ante fedatario público.

• Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave, cuando cuenten con ella o, en su caso, número de identificación fiscal de su país de origen.

• Copia del poder otorgado al REPRESENTANTELEGAL o APODERADO, ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración. Los poderes otorgados en el extranjero deberán estar escritos en idioma español o traducidos al idioma español, legalizados o apostillados.

• Datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTELEGAL o APODERADO debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. En caso de REPRESENTANTELEGAL o APODERADO extranjeros, copia del pasaporte vigente o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su condición de estancia en México.

El SAE se reserva el derecho de solicitarles a los PARTICIPANTES o GANADORES las originales o copias certificadas ante fedatario público para su cotejo, de la documentación exhibida.

3. Impedidos para participar. No podrán participar en las SUBASTAS, directa o indirectamente, cualquiera que sea su carácter, todas aquellas personas que se encuentren en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 32 de la LFAEBSP.

El SAE se reserva el derecho de verificar y en su caso descalificar en cualquier momento a los PARTICIPANTES, cuando se llegue a conocer por cualquier medio, que se encuentran en alguno de los impedimentos mencionados en el citado artículo 32 de la LFAEBSP.

4. OFERTAS DE COMPRA y depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD. Por cada LOTE que deseen adquirir, los INTERESADOS

deberán realizar una OFERTA DE COMPRA y depositar la GARANTÍA DE SERIEDAD que asegure el sostenimiento de su oferta en los términos establecidos en EL PORTAL.

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Las OFERTAS DE COMPRA de cada uno de los LOTES en los que desee participar podrá presentarse una vez que se publiquen en EL PORTAL los LOTES a subastar del evento, a más tardar dos días hábiles antes de la fecha de cierre señalada en el calendario establecido en la CONVOCATORIA. La(s) oferta(s) tendrá(n) un estatus de oferta(s) pendiente(s) hasta que el

PARTICIPANTE realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD y sea confirmado por el SAE.

Los INTERESADOS deberán exhibir la GARANTÍA DE SERIEDAD por medio de un depósito referenciado, que deberá efectuarse a más tardar dos días hábiles previos a la fecha de cierre de la SUBASTA. Dicha GARANTÍA DE SERIEDAD deberá realizarse a través del Portal de Pagos del SAE, para lo cual el PARTICIPANTE deberá haberse inscrito en la Base de Clientes del Registro Único del SAE e ingresar al Portal de Pagos donde se habrán generado las LÍNEAS DE CAPTURA correspondientes por cada LOTE ofertado.

Con respecto al uso de transferencia bancaria electrónica en cualquier de las opciones previamente señaladas, el SAE no asume responsabilidad alguna en caso de que la transacción no sea realizada, por lo que dicho riesgo será asumido en todo momento por el PARTICIPANTE.

Para mayor detalle sobre cómo entregar sus GARANTÍAS DE SERIEDAD, los INTERESADOS pueden comunicarse por vía telefónica al 01 800 5 23 23 27 o acudir al Módulo de Atención a Compradores del SAE.

En caso de que no se realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD la oferta registrada conservará en EL PORTAL el estatus de pendiente y se declarará en el FALLO como cancelada. La información necesaria para la realización del depósito referenciado (LÍNEA DE CAPTURA) será enviada vía correo electrónico después de haberse realizado la OFERTA DE COMPRA. Dichos depósitos pueden ser realizados vía electrónica a través de EL PORTAL o en sucursal mediante el depósito de cheque nominativo utilizando el formato denominado de Pago Único que emite EL PORTAL DE PAGOS. Los INTERESADOS

deberán considerar los usos y horarios bancarios. En el caso de que dicho depósito no se vea reflejado en los estados de cuenta correspondientes, la OFERTA DE COMPRA será desechada; esta situación será informada al PARTICIPANTE por el

SAE.

El monto mínimo para la GARANTÍA DE SERIEDAD será de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 Moneda Nacional).

El SAE podrá modificar el importe de la GARANTÍA DE SERIEDAD para todos los LOTES o algunos en particular; el monto de dicha Garantía será publicado en EL PORTAL dentro de la información contenida en el LOTE de que se trate.

El SAE conservará los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD, desde el momento en que los reciba y hasta el término de las

SUBASTAS. Este depósito no generará intereses ni cantidad alguna por cualquier otro concepto, por el tiempo en que hayan estado depositados los recursos.

Al finalizar las SUBASTAS, a los PARTICIPANTES que no resulten GANADORES se les hará la devolución del depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD vía electrónica al número de cuenta CLABE que fue proporcionada durante la inscripción en EL PORTAL. En caso de que los PARTICIPANTES resulten GANADORES, la GARANTÍA DE SERIEDAD se tomará a cuenta para el pago correspondiente a la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.

En el supuesto de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD se realice mediante cheque y éste sea devuelto por cualquier causa por el banco, el INTERESADO estará obligado a reembolsar la cantidad que la institución bancaria cobre por la devolución del mismo.

Los PARTICIPANTES podrán observar en EL PORTAL, desde la presentación de su OFERTA DE COMPRA, la posición de la misma con respecto a la de los demás en la propia SUBASTA.

En el caso de que se detecte que el valor de la OFERTA DE COMPRA está muy por encima del valor de la segunda más alta colocada en las SUBASTAS en proceso o que la misma está muy por encima del PRECIO BASE DE VENTA, EL PORTAL

podrá requerir al PARTICIPANTE confirmar su OFERTA DE COMPRA.

5. INSPECCIÓN OCULAR. Los INTERESADOS que hayan presentado OFERTA DE COMPRA sobre uno o más LOTES, podrán visitar e inspeccionar los mismos. La visita ocular y/o inspección física es opcional en todos los casos, por lo que en caso de no realizarla o de realizarla inadecuadamente los PARTICIPANTES no podrán argumentar tales causas para solicitar la cancelación parcial o total de la SUBASTA o de la venta respectiva. Cuando por la naturaleza del(los) LOTE(S), por su ubicación o cualquier otra circunstancia no pueda realizarse la inspección física, se pondrán a su disposición fotografías en EL PORTAL. Las fotografías únicamente se mostrarán como apoyo, sin que por ello se entienda que existe o existirá responsabilidad y garantía por parte del SAE sobre sus características y condiciones. Por tanto, éstas no serán motivo de cancelación de la venta o de la devolución parcial o total de los montos pagados por el GANADOR.

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Los INTERESADOS o PARTICIPANTES podrán solicitar fotografías de los LOTES de vehículos automotores objeto de las

SUBASTAS que sean de su interés, mediante la entrega al personal del SAE que los acompañe durante la visita, debidamente cumplimentado, del Formato establecido que al efecto que se encuentra disponible en EL PORTAL; teniendo como fecha límite para realizar dicha solicitud 3 días previos al cierre de cada SUBASTA. Las fotografías serán tomadas por el personal del SAE

y se adicionarán previo al FALLO, a la memoria fotográfica del LOTE respectivo, en el sitio de internet

http://subastas.sae.gob.mx.

6. REALIZACIÓN DE LAS SUBASTAS. El día de cierre de la SUBASTA y el inmediato anterior, podrán participar mejorando sus ofertas exclusivamente aquellos que hubiesen cumplido plenamente con el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD; dicha participación podrá realizarse a partir de la confirmación del depósito con lo que su OFERTA DE COMPRA cambia de estatus pendiente a confirmada.

Los PARTICIPANTES podrán mejorar sus OFERTAS DE COMPRA durante el plazo y medios establecidos en EL PORTAL, sin necesidad de incrementar su depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD.

Las SUBASTAS cierran a las 14:00 horas conforme al huso horario de la ciudad de México, de la fecha de término o cierre señalada.

El SAE podrá modificar en cualquier momento la hora y fecha de cierre de la SUBASTA lo cual será informado a los

PARTICIPANTES vía el correo electrónico que éstos hayan señalado en su registro.

Para incrementar el monto de las OFERTAS DE COMPRA, los PARTICIPANTES deberán realizar pujas por los LOTES en

EL PORTAL, por cualquiera de las siguientes modalidades:

a. Puja libre: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA de manera manual en EL PORTAL, ingresando el monto exacto de su oferta.

b. Puja por montos establecidos: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA en montos fijos determinados de manera previa en EL PORTAL.

c. Puja automática: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA utilizando un sistema automatizado en EL PORTAL, en el que se establece y programa un monto máximo para adquirir el LOTE y el sistema realiza de manera automática una puja por un monto preestablecido de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 Moneda Nacional) en cada ocasión que otro PARTICIPANTE en la misma SUBASTA ofrezca un monto mayor a su última puja efectiva. EL PORTAL dejará de realizar la puja automática cuando se alcance el monto máximo establecido por el PARTICIPANTE.

El monto máximo no se considerará OFERTA DE COMPRA, sino las pujas que se hagan efectivas por EL PORTAL. Las pujas automáticas no podrán programarse en las 48 horas previas al cierre de las SUBASTAS.

7. Causas de descalificación de PARTICIPANTES. El SAE descalificará a los PARTICIPANTES por:

a. Incumplir con cualquiera de los requisitos que se señalan en las BASES DE VENTA.

b. Incumplir con los procedimientos establecidos en EL PORTAL.

c. Participar de manera tendenciosa o intentar manipular el procedimiento.

d. Participar en las SUBASTAS con dolo o mala fe de manera que afecten la transparencia o la propia realización de las

SUBASTAS.

e. Encontrarse en los supuestos del artículo 32 de la LFAEBSP.

f. No presentar la documentación para acreditar su identidad o personalidad jurídica cuando le sea requerida.

g. Cuando los datos aportados durante el proceso de inscripción sean falsos.

8. FALLO. Una vez realizado el cierre de la SUBASTA, el SAE procederá a la evaluación de las OFERTAS DE COMPRA, para verificar que se cumplan con los requisitos señalados en la CONVOCATORIA y las BASES DE VENTA. Concluido el análisis, se procederá a emitir el FALLO, declarando GANADOR al PARTICIPANTE con la mayor OFERTA DE COMPRA, siempre que la misma sea igual o mayor al PRECIO BASE DE VENTA. En caso de empate, el(los) LOTE(S) se adjudicarán al PARTICIPANTE que primero la haya registrado en el PORTAL y que haya cumplido con el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD; y en el caso de empate de OFERTAS DE COMPRA realizadas bajo la modalidad de puja automática, se declarará

GANADOR al PARTICIPANTE que la haya programado primero.

El PARTICIPANTE con la OFERTA DE COMPRA más alta, al cierre del plazo para presentar ofertas, recibirá vía correo electrónico, la notificación de su posición como GANADOR, a la dirección de correo electrónico señalada durante el proceso

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de inscripción.

Posteriormente, el FALLO se notificará a los PARTICIPANTES a través del correo electrónico señalado por cada uno de ellos durante el proceso de inscripción. Asimismo, el resultado del FALLO será publicado en EL PORTAL.

9. Devolución de la GARANTÍA DE SERIEDAD. Una vez emitido el FALLO, se procederá a realizar las devoluciones correspondientes de los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD a aquellos PARTICIPANTES cuyas posturas no resultaron ganadoras o que la hayan realizado fuera de los plazos establecidos, al número de cuenta bancaria CLABE señalado por los mismos durante el proceso de inscripción.

En el supuesto de que el número de cuenta bancaria CLABE proporcionado por el INTERESADO o PARTICIPANTE sea erróneo, se notificará dicha situación vía correo electrónico, para que en un plazo de tres días hábiles remita por la misma vía, el número de cuenta bancaria CLABE correcto para poder realizar la devolución.

10. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Una vez celebrado el cierre de la SUBASTA, los GANADORES deberán efectuar el depósito de GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO para asegurar el cumplimiento de obligación de pago del(los) LOTE(S) adjudicado(s). El

GANADOR contará con un día hábil a partir de la fecha de cierre de la SUBASTA para efectuar un pago que sumado a su depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD sea equivalente al 50% del monto total del LOTE adjudicado, el cual se constituirá como

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.

En caso de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD realizado por el GANADOR, sea mayor o igual al 50% del pago total del LOTE en cuestión, será considerado como el depósito de GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO y se proseguirá con lo correspondiente al pago total.

La información necesaria para la realización del depósito referenciado (Referencia Alfanumérica) de las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO, será enviada vía correo electrónico. Dichos depósitos pueden ser realizados vía electrónica o en sucursal mediante el depósito de cheque nominativo. Los GANADORES deberán considerar los usos y horarios bancarios.

VII. Pago de los LOTES. Una vez exhibidas las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO, los GANADORES de las SUBASTAS

deberán efectuar el pago del restante 50% del monto total de los LOTES adjudicados dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir del día de la notificación del FALLO (incluyendo el día de la notificación como uno de los cinco días de plazo, sin importar la hora a la que se haya recibido la notificación, ya que EL PORTAL opera de manera ininterrumpida). La información para realizar dicho pago estará disponible en EL PORTAL.

En caso de existir atraso en el pago de los LOTES, los GANADORES podrán realizar el pago de manera extemporánea dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo señalado para su cumplimiento, pagando además del saldo pendiente exigible, el 5% aplicado sobre dicho saldo o el equivalente a 10 días de salario mínimo general vigente en la República Mexicana, lo que sea mayor.

En caso de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD por parte del GANADOR, sea mayor al monto total del LOTE

adjudicado, el SAE hará la devolución por el monto correspondiente al número de cuenta bancaria CLABE señalado durante el proceso de registro.

Para los efectos de las BASES DE VENTA, se entenderá que la venta surte todos sus efectos hasta que sea pagada la totalidad del precio de venta.

En caso de que el GANADOR no realice el pago total del (los) LOTE(S) en los plazos establecidos, se procederá a aplicar las penalizaciones correspondientes establecidas en las presentes BASES DE VENTA.

De manera incondicional, el GANADOR deberá pagar el PRECIO DE VENTA en los plazos señalados en estas BASESDEVENTA, sin embargo, una vez realizado dicho pago, por lo que hace a los LOTES de Mineral, dado que el peso de los mismos es estimado, se estará a lo siguiente:

1. El peso preciso se determinará en el momento en que el GANADOR retire dichos LOTES.

2. Los pagos por concepto maniobras, transporte y pesaje del LOTE serán cubiertos por el GANADOR.

3. El pesaje se realizará ante la presencia del personal o autoridades que el SAE determine. En dicho pesaje, podrá participar personal de la entidad transferente.

4. En función del resultado del peso del Mineral y de existir merma respecto del peso publicado, el PRECIODEVENTA pagado por el GANADOR se ajustará proporcionalmente, derivado de la comprobación de la merma.

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5. El importe que con motivo de la merma se determine a favor del GANADOR, le será devuelto a éste por el SAE con posterioridad.

El GANADOR de(los) LOTES de Mineral, pudiera contar con la posibilidad de obtener los permisos correspondientes ante las autoridades competentes para su exportación; para mayor información consultar la página http://subastas.sae.gob.mx.

En los casos en que los GANADORES deseen exportar los LOTES adquiridos, deberán pagar el precio ofertado, es decir, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, y los trámites de exportación correrán por su cuenta.

VIII. PENAS Y SANCIONES. Los INTERESADOS, PARTICIPANTES o GANADORES en su caso, serán objeto de penalización de conformidad con lo siguiente:

1. Por incumplimiento del primer pago del importe de la venta: En el caso de que los GANADORES de las SUBASTAS

incumplan con el primer pago del 50% del monto total, se tendrá por incumplida la oferta y se retendrá a favor del SAE la

GARANTÍA DE SERIEDAD.

2. Por incumplimiento del pago total de la operación: Una vez exhibida la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, y no se pague el porcentaje restante del valor de la operación, se tendrá por incumplida la obligación de pago y se aplicará a favor del SAE

el depósito de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.

El GANADOR que se encuentre en alguno o varios de los supuestos indicados en los numerales 1 y/o 2 de este apartado, adicionalmente quedará impedido de participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE, en los plazos siguientes:

i. Si incumple por primera vez con su obligación de pago, quedará impedido de participar en un plazo de 30 días calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA;

ii. Si es la segunda ocasión que incumple con su obligación de pago, quedará impedido de participar en un plazo de 6 meses calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA;

iii. Si es la tercera ocasión o sucesivas que incumple con su obligación de pago, quedará impedido de participar en un plazo de 2 años calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las

BASES DE VENTA.

3. Cuando participen con dolo y/o mala fe, de manera que afecten la transparencia o la realización de la SUBASTA, serán descalificados y si estuviere participando en una SUBASTA, Licitación o Remate en desarrollo, se suspenderá su participación en las mismas.

4. Cuando los datos que hubieren aportado durante el proceso de registro sean falsos, serán descalificados y si estuviere participando en una SUBASTA, Licitación o Remate en desarrollo, se suspenderá su participación en las mismas.

El INTERESADO, PARTICIPANTE o GANADOR que se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en los incisos 3. y/o 4.

de este apartado adicionalmente quedarán impedidos para participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE en los plazos siguientes:

Si se trata del primer supuesto (inciso 3. anterior), quedarán impedidos de participar en un plazo de 2 años calendario a partir del día en que el SAE conozca dicha circunstancia.

Si se trata del segundo supuesto (inciso 4. anterior), quedarán impedidos de participar en los mismos plazos que se establecen en los incisos i., ii. y iii. de este apartado, a partir del día en que se conozca por parte del SAE dicha circunstancia.

5. Por incumplimiento de los plazos de entrega y retiro de bienes muebles. Cuando el GANADOR no retire la totalidad de los bienes adjudicados en SUBASTAS de LOTES en el plazo establecido por el SAE para ello, quedará impedido para participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE, por un plazo de 2 años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el término para el retiro de los bienes.

Las partes manifiestan su consentimiento que en caso de que no se verifique por causas imputables al GANADOR la entrega recepción física de la totalidad de los bienes, transcurrido un plazo de 30 días naturales contados a partir del día hábil siguiente de la fecha programada para llevar a cabo dicha entrega, la operación de venta quedará cancelada por los bienes no retirados de manera inmediata, sin que medie instrucción judicial o administrativa alguna y el SAE retendrá como pena convencional el precio pagado, quedando liberado de cualquier responsabilidad.

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1. Para las fechas y/o plazos de entrega de los LOTES deberán contactarse en los números telefónicos que se encuentran publicados en EL PORTAL.

2. El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente del bien adjudicado, se hará únicamente a nombre del

GANADOR.

3. La entrega del CFDI se realizará una vez que el GANADOR haya recibido los bienes adjudicados.

4. La entrega física de los LOTES se realizará en el domicilio en que se encuentre físicamente el bien, en coordinación con el

SAE, para que el GANADOR por su cuenta y riesgo, retire el bien del lugar donde éste se encuentra, para lo cual no deberá exceder del tiempo previamente establecido por el SAE. Para que el GANADOR retire el LOTE por conducto de

REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, la representación deberá acreditarse mediante poder en original otorgado ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración, entregando al SAE copia para su cotejo, así como de manifestación que señale que a la fecha dicho poder no le ha sido limitado o revocado en forma alguna e identificación oficial vigente y copia de esta última para su cotejo.

5. El retiro en el caso de vehículos no deberá exceder de un día hábil a partir de la fecha estipulada de entrega; en el caso de las aeronaves, embarcaciones, mercancía diversa y LOTES de más de 2 vehículos le será informado el día de la entrega por el área responsable. En el retiro de los LOTES, los GANADORES se sujetarán a los mecanismos de control y retiro, establecidos en el lugar donde se encuentran los LOTES.

6. El SAE se reserva el derecho de modificar la fecha de retiro de los LOTES, lo cual comunicará por correo electrónico a los

GANADORES.

7. El GANADOR se responsabiliza de extraer los fluidos de los vehículos y almacenarlos y trasladarlos en contenedores apropiados para darles el mantenimiento que la normativa vigente establezca. El cumplimiento de las disposiciones de carácter administrativo o ambiental relacionadas con el manejo y/o disposición final de centros autorizados respecto de llantas, aceites y líquidos será responsabilidad exclusiva del GANADOR. Así mismo el GANADOR deberá acordar previamente con el responsable de la entrega de los bienes, las medidas preventivas y de atención de siniestros tomadas por su parte para garantizar la seguridad del personal a su cargo así como de las personas y bienes ubicados en el lugar donde se lleve a cabo la entrega y destrucción, entre otros.

8. En caso de que no se verifique la entrega recepción física de la totalidad de los bienes transcurrido un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha programada para llevar a cabo dicha entrega por causas imputables al

GANADOR, éste manifiesta su conformidad para que de manera inmediata, sin que medie instrucción judicial o administrativa alguna, el SAE disponga de los bienes no recogidos en el plazo señalado, liberando al SAE de cualquier responsabilidad por la disposición que lleve a cabo respecto de dichos bienes y no reservándose acción o reclamación en contra de éste.

X. INFORMACIÓN GENERAL. Todos los INT E RE S AD O S, PARTICIPANTES y GANADORES toman conocimiento de que las SUBASTAS se rigen por la LFAEBSP, el RLFAEBSP, las POBALINES y demás normativa aplicable al procedimiento y manifiestan su conformidad al respecto y a lo siguiente:

1. Las presentes BASES DE VENTA estarán vigentes únicamente para los procedimientos de SUBASTAS de bienes muebles que se llevan a cabo en EL PORTAL.

2. La observancia de las POBALINES es obligatoria para los servidores públicos adscritos al SAE y a los Mandatos o Encargos administrados por él, los Terceros Especializados, los PARTICIPANTES y GANADORES de los procedimientos de venta, estableciéndose la obligatoriedad en las presentes BASES DE VENTA.

3. La CONVOCATORIA, las BASES DE VENTA y toda la documentación que en las mismas se refiere, serán difundidas en idioma español y las cifras expresadas en moneda nacional de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Los PARTICIPANTES manifiestan estar de acuerdo en que el SAE no hará uso de la facultad de adjudicar OFERTAS DE COMPRA en segundo lugar en cada SUBASTA, en términos de lo dispuesto por el artículo 51 de la LFAEBSP.

5. El SAE podrá modificar, limitar o revocar cualquiera de los términos, condiciones y plazos previstos en la CONVOCATORIA

y en las BASES DE VENTA, sin responsabilidad alguna y sin expresión de causa, en cualquier momento y hasta antes del

FALLO.

6. El SAE podrá cancelar la SUBASTA o declarar desierto, parcial o totalmente, el procedimiento de venta, antes del acto de

FALLO en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa, la entidad transferente o cuando exista causa justificada e incluso sin necesidad de justificación, lo cual podrá hacerse del conocimiento por vía correo electrónico a las personas que hasta ese momento se encuentren participando, y/o en el PORTAL y/o en el

FALLO, lo cual quedara asentado en el acta correspondiente.

7. El SAE se reserva el derecho de cancelar la compraventa una vez realizado el FALLO correspondiente y hasta antes de la entrega de los bienes que integran los LOTES, en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa o la entidad transferente, o que por cualquier otra causa ajena al SAE no le permita a éste la venta o la entrega en las condiciones pactadas. En tal circunstancia el SAE lo hará del conocimiento del GANADOR y procederá a la devolución del importe pagado sin que proceda el pago de intereses o de suma adicional alguna para el

PARTICIPANTE por el tiempo que se encuentre en custodia del SAE por cualquier concepto. Asimismo, el SAE se abstendrá de formalizar la venta cuando se tengan elementos para presumir que los recursos con los que se pagará el LOTE

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correspondiente no tienen un origen lícito.

8. El SAE por ningún motivo recibirá pagos en efectivo; cualquier pago debe ser a través del Sistema Bancario Mexicano.

9. Las notificaciones relacionadas con las SUBASTAS serán realizadas a los PARTICIPANTES y GANADORES vía correo electrónico a la cuenta señalada en el proceso de inscripción, salvo que en la CONVOCATORIA o las BASES DE VENTA se establezca otro medio.

10. Todos los trámites y pagos posteriores a la SUBASTA que se tengan que realizar, respecto a los LOTES adjudicados, ante las autoridades correspondientes, serán por cuenta y responsabilidad del GANADOR.

11. Tratándose de pagos en exceso, el PARTICIPANTE y/o GANADOR deberá dirigirse a la Coordinación de Atención a Clientes del SAE, solicitando la devolución del monto depositado en dichas condiciones; los PARTICIPANTES podrán solicitar informes al respecto al teléfono 01 800 523 23 27.

12. Los GANADORES deberán sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan a los bienes que adquieran, por lo tanto, el SAE queda liberado de cualquier tipo de responsabilidad, por incumplimiento de las mismas.

13. El SAE no aceptará responsabilidad alguna por el uso que pudiera hacer el GANADOR del bien, ni reclamaciones posteriores a la adjudicación, toda vez que los LOTES se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía.

14. Todos los trámites correspondientes para la comercialización de la mercancía en territorio nacional o en el extranjero por parte del GANADOR, corren por su cuenta, liberando al SAE de cualquier tipo de responsabilidad, por el incumplimiento de la normativa aplicable, ya sea nacional o internacional.

15. Ninguno de los vehículos, embarcaciones y aeronaves a subastar cuentan con las tenencias, derechos o impuestos pagados, por lo que las entidades federativas, dependencias y autoridades correspondientes determinan los impuestos y derechos que se deben de cubrir por los mismos.

16. De acuerdo con la información que le es entregada al SAE por las entidades transferentes de los bienes muebles disponibles para venta, el SAE no tiene conocimiento de que existan reportes de robo sobre los vehículos a subastar o que los mismos se encuentren vinculados a algún siniestro o delito en los Estados Unidos de América para el caso de vehículos de procedencia de comercio exterior. Respecto de los bienes de procedencia extranjera, el SAE no realizará cancelación de la venta y/o devolución alguna en virtud de los Convenios Internacionales vigentes suscritos entre el Gobierno de los Estados Unidos de América con fecha 15 de enero de 1981 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 1983, así como con cualquier otro país.

17. Con respecto al pago, el depósito deberá verse reflejado en la cuenta del SAE dentro del plazo establecido, para poder entregar al GANADOR la documentación que lo acredite como propietario único del LOTE y pueda llevar a cabo las maniobras de retiro.

18. En el caso de que el cheque certificado o de caja no pueda cobrarse por cualquier causa ajena al SAE, se procederá a cancelar la operación y se estará en lo previsto en las BASES DE VENTA y en la legislación y los usos bancarios y mercantiles.

19. De conformidad con las Políticas y Programas emitidas por la Dirección General de Autotransporte Federal, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no podrán ser emplacados o reemplacados para el Servicio Público Federal, los vehículos con las características siguientes:

a. Vehículos de autotransporte que tengan incorporados elementos estructurales a los largueros del chasis para reforzarlos o acorazarlos interna y externamente, que obstruyan, oculten o alteren el número de serie o Número de Identificación Vehicular (NIV) del chasis original o los caracteres alfanuméricos y de simbología estampados de fábrica, ni los números ocultos o confidenciales estampados de fábrica.

b. Vehículos de autotransporte que se detecten como remarcados o alterados en su número de serie o NIV, o que no cuenten con ellos, así como los que cuenten con dictamen de serie duplicada.

c. Vehículos de autotransporte con reporte de robo.

d. Vehículos usados importados de más de 10 años de antigüedad.

e. Vehículos de autotransporte que por sus condiciones físicas y mecánicas no sean aptos para circular.

f. Vehículos de procedencia extranjera, que se pretendan pasar como nacionales (marcas no establecidas en la República Mexicana).

g. Vehículos subastados o entregados mediante actas de resarcimiento por el SAE y que fueron facturados con el número de serie de cabina y no con el número de serie o NIV del chasis.

En el CFDI de los vehículos con las características anteriores, se establecerá la leyenda “No podrán ser matriculados en el Servicio

Público Federal”.

20. Todos los vehículos automotores con modelo mayor a 10 años de antigüedad serán vendidos como no aptos para matricular o circular, por lo que serán descritos con esta condición en el CFDI, a excepción de aquellos que por sus características y condiciones se determine previo a la SUBASTA que son aptos para circular.

21. Cualquier vehículo o mercancía que se venda como no apto para matricular o circular, desecho ferroso o chatarra, serán descritos con esa condición en el CFDI correspondiente.

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22. No se aceptarán trámites correspondientes a correcciones del CFDI transcurridos 90 días naturales posteriores a la entrega del mismo.

23. Toda vez que los bienes objeto de las SUBASTAS se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía, el PARTICIPANTE o GANADOR al aceptar las BASES DE VENTA renuncia expresamente al saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos. En casos excepcionales debidamente justificados, el GANADOR deberá manifestar por escrito tal situación al momento de la entrega y no recibir la(s) partida(s) o número(s) de inventario (registro SIAB) del LOTE y presentar una solicitud para la devolución del monto pagado ante al Centro de Atención a Compradores del SAE, dentro del plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha programada de entrega de los bienes. El SAE se reserva el derecho de resolver favorablemente o no cualquier solicitud.

24. Cuando el SAE se encuentre imposibilitado para entregar una o más partidas o números de inventario (registro SIAB) de un LOTE, el GANADOR deberá manifestar por escrito tal situación al momento de la fecha programada para la entrega y presentar una solicitud para la devolución del monto pagado ante al Centro de Atención a Compradores del SAE, dentro del plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de dicha fecha. En su caso, la devolución se tramitará únicamente por dicha(s) partida(s) y no sobre el total del LOTE. El SAE se reserva el derecho de resolver la solicitud y en su caso, determinar el monto a devolver de conformidad con las disposiciones aplicables.

25. En caso de que los GANADORES, una vez que les ha sido entregado el bien adjudicado, consideren que existen elementos para solicitar la devolución, exclusivamente por causas no imputables a ellos, podrán presentar para su análisis la solicitud dentro del plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de entrega del bien, salvo que existan elementos proporcionados por la autoridad competente. El SAE se reserva el derecho de resolver la solicitud y en su caso, determinar el monto a devolver de conformidad con las disposiciones aplicables.

26. Los GANADORES no podrán realizar mejora alguna o compostura al LOTE adjudicado mientras éste se encuentre en las bodegas o recintos de que dispone el SAE. Si con posterioridad a la entrega del bien, el GANADOR realiza, por sí mismo o a través de terceros, mejoras, composturas, modificaciones o alteraciones al LOTE adjudicado y que por alguna causa se llegara a cancelar la venta, no procederá reclamación alguna o devolución del importe correspondiente a dichas mejoras, composturas, modificaciones o alteraciones. En caso de proceder alguna devolución, no se aplicará resarcimiento alguno, ni se pagarán los gastos o mejoras en que haya incurrido el adquirente, sólo se reintegrará el monto que determine el SAE

conforme a las disposiciones aplicables.

27. El SAE se reserva el derecho de retirar antes del cierre de la SUBASTA, sin responsabilidad alguna, cualquier bien que se encuentre dentro de alguno de los LOTES.

28. Es responsabilidad del PARTICIPANTE que los datos que aporte para su registro sean los correctos, ya que estos serán los mismos con los que se elabore su Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), por lo que no se realizarán cambios posteriores por este concepto.

29. Los trámites relativos al emplacamiento o de regularización ante autoridades de tránsito o de recaudación son responsabilidad del GANADOR.

30. Los vehículos con procedencia de comercio exterior únicamente podrán circular dentro de territorio nacional.

31. Las condiciones o especificaciones de los LOTES de bienes muebles son únicamente referencias descriptivas y de ningún modo son responsabilidad del SAE, por lo que es importante la inspección de los LOTES, ya que no se garantiza ningún dato técnico aun en los casos en que haya sido establecida la inspección física de los bienes muebles.

32. Entre otros, se considera dato técnico: marca, submarca, modelo, serie, motor, cilindros, número de puertas, color, equipamiento, versión, cantidad, unidad de medida, descripción, funcionalidad, estado físico, documentación diversa.

33. En caso de proceder alguna cancelación, serán descontados los gastos realizados por el SAE durante el proceso de la venta y no procederá resarcimiento alguno.

34. En los casos en que los PARTICIPANTES deseen exportar los LOTES adquiridos, deberán pagar el precio ofertado y los impuestos y/o derechos que genere dicho proceso.

35. No procederá cancelación o devolución de la venta, en aquellos casos en que los bienes no sean entregados en las fechas pactadas por causas no imputables al SAE.

36. Ninguna de las condiciones establecidas en las presentes BASES DE VENTA, en la CONVOCATORIA, en los procedimientos de EL PORTAL, así como en las OFERTAS DE COMPRA que se presenten, podrán ser negociadas.

37. Ningún servidor público de ésta u otra institución puede garantizar o influir en el resultado de toda venta pública que promueva el SAE.

38. Ni la emisión de la CONVOCATORIA a la SUBASTA, ni de las BASES DE VENTA, ni la publicación de los LOTES en EL PORTAL, se entenderá como una promesa de venta a cargo del SAE.

39. En cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los PARTICIPANTES y GANADORES están obligados a proporcionar datos y documentos que permitan su identificación así como de quienes actúen en su representación o tengan conocimiento de Beneficiarios Controladores, por lo que en caso de que los PARTICIPANTES y GANADORES no proporcionen la información requerida, se procederá a cancelar la venta sin responsabilidad alguna para el SAE.

40. El domicilio de las oficinas centrales del SAE se encuentra en Avenida Insurgentes Sur número 1931, colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, delegación Álvaro Obregón, en la Ciudad de México.

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41. Las presentes BASES DE VENTA se emiten con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 31, 32, 33, 36, 38 fracción II y último párrafo, 38 ter, 39, 40, 42, 43, 47 y 52 a 54 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (LFAEBSP); 1, 37, 38 y 51 de su Reglamento (RLFAEBSP); artículos 15 fracciones I, V, VII, 16 fracciones I y VII y 83 fracciones II y IV del Estatuto Orgánico del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes; y numerales PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, QUINTO, SÉPTIMO, SÉPTIMO BIS, DÉCIMOCUARTO, DÉCIMOQUINTO, DÉCIMOSEXTO, TRIGÉSIMO TERCERO a CUADRAGÉSIMO SEXTO de las Políticas Bases y Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la venta de los bienes muebles, inmuebles, activos financieros y empresas que le son transferidos (POBALINES), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2008, así como sus diversas modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

42. A todo INTERESADO se le brindará información general, la cual estará a su disposición en el Centro de Atención a Compradores del SAE ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 2073, colonia San Ángel Inn, delegación Álvaro Obregón, código postal 01000, ciudad de México, de las 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a jueves y de 10:00 a 15:00 horas los viernes, en DÍAS HÁBILES. De igual forma, se podrá solicitar información a la dirección de correo electrónico ventas@sae.gob.mx o al teléfono 01 800 523 2327.

ATENTAMENTE,

CÉSAR JOSUÉ MORALES JIMÉNEZ

Administrador Titular de Comercialización Electrónica

En suplencia por ausencia del Coordinador de Comercialización de Bienes Muebles, con fundamento en el artículo 91, párrafo cuarto, del Estatuto Orgánico del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES CIUDAD DE MÉXICO, 12 DE ENERO DE 2017

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