DERECHO A LA EDUCACIÓN
Y PRIVACIÓN DE LIBERTAD
Derecho a la educación y privación de
libertad
• Principio básico: los adolescentes privados de
libertad tienen derecho a la igual protección de su derecho… a la educación (art. 2, 28 y 29 CDN)
• Reglas de Naciones Unidas para la Protección de
Menores Privados de Libertad tienen por objeto “establecer normas mínimas aceptadas por las
Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad en todas sus formas,
compatibles con los derechos humanos y las
libertades fundamentales, con miras a contrarrestar los efectos perjudiciales de todo tipo de detención y fomentar la integración en la sociedad”.
Posición de Garante
• CIDH CASO “INSTITUTO DE REEDUCACIÓN DEL MENOR” VS.
PARAGUAY, 2 DE SEPTIEMBRE DE 2004
• Nº 164. En este caso en concreto la Corte debe
establecer si el Estado, en cumplimiento de su posición de garante, adoptó las iniciativas para garantizar a todos los internos del Instituto, adultos y niños, una vida digna con el objeto de fortalecer su proyecto de vida, a pesar de su encierro.
• 160 “Debe asumir su posición especial de garante con
mayor cuidado y responsabilidad, y debe tomar medidas especiales orientadas en el principio del interés superior del niño”
Derecho a la educación y privación de
libertad
• La privación de libertad “deberá efectuarse en
condiciones y circunstancias que garanticen el respeto de los derechos humanos de los
menores”.
• Regla 38 de las Reglas de Naciones Unidas para
la Protección de Menores Privados de Libertad establece que: “todo menor en edad de
escolaridad obligatoria tendrá derecho a recibir una enseñanza adaptada a sus necesidades y capacidades y destinada a prepararlo para su reinserción en la sociedad”
Derecho a la educación y privación de
libertad
• Reglas de Beijing para la Administración de la
Justicia de Menores, las Naciones Unidas, han aprobado que el sistema penitenciario debe
contar con asistencia en el plano eduacional y fomentar (26.2) “la cooperación entre los
ministerios y los departamentos para dar formación académica o, según proceda,
profesional adecuada al menor que se encuentre confinado en un establecimiento penitenciario a fin de garantizar que al salir no se encuentre en desventaja en el plano de la educación” (26.6).
Derecho a la educación y privación de
libertad
• Regla 79 de Protección de Menores Privados de
Libertad al ordenar que todos “los menores deberán beneficiarse de medidas concebidas para ayudarles a reintegrarse en la sociedad, la vida familiar y la educación o el trabajo después de ser puestos en libertad”.
Reglas específicas en materia de educación: Estándares
Siempre que sea posible, esta
enseñanza deberá
impartirse fuera del
establecimiento
, en escuelas de la
comunidad, y en todo caso, a cargo de
maestros competentes, mediante
programas integrados en el sistema de
instrucción pública, a fin de que, cuando
sean puestos en libertad, los menores
puedan continuar sus estudios sin
Reglas específicas en materia de educación: Estándares
Deberá prestarse especial
atención a la enseñanza de
los menores de origen
extranjero o con
necesidades culturales o
étnicas particulares
.
Reglas específicas en materia de educación: Estándares
Derecho a la enseñanza especial en el caso de analfabetos o menores de edad que presenten problemas cognitivos o de aprendizaje.
Deberá autorizarse y alentarse a los menores que hayan superado la edad de escolaridad obligatoria y que deseen continuar sus estudios a que lo hagan, y deberá hacerse todo lo posible por que tengan
Reglas específicas en materia de educación: Estándares
Los diplomas o certificados de estudios otorgados a los menores durante su detención no deberán indicar en ningún caso que los menores han estado
recluidos.
Todo centro de detención deberá facilitar el acceso de los menores a una biblioteca bien provista de
libros y periódicos instructivos y recreativos que sean adecuados;; se deberá estimular y permitir que
Reglas específicas en materia de educación: Estándares
Todo menor tendrá derecho a recibir formación para ejercer una profesión que lo prepare para un futuro empleo.
Parte de las actividades recreativas deberá considerar un tiempo suficiente para practicar ejercicios físicos y donde, se proporcionará una educación recreativa y física adecuada. Asimismo, incluir educación física.
Todos los menores deberán beneficiarse de medidas
concebidas para ayudarles a reintegrarse en la sociedad, la vida familiar y la educación o el trabajo después de ser
Los Sistemas de Información como
Garantía UNODC, 2008
u Sistemas de información “métodos internos o estructuras que permiten a los órganos o instituciones que se ocupan de niños en conflicto con la ley registrar, actualizar y conservar sistemáticamente la información acerca de esos niños (UNODC, 2008: 49)
uCuando los funcionarios estatales y las instituciones que representan el sistema de la justicia de menores no tienen información acerca del funcionamiento del sistema o de los niños que están en contacto con éste, el abuso, la violencia y la explotación pueden ocurrir con
impunidad, y es poco probable que las experiencias del niño redunden en su beneficio”
uEn este sentido la necesidad de generar sistemas de información sostenibles en el tiempo (UNODC, 2008:4) es un elemento central de la gestión del sistema penal adolescente,
uConclusión: los sistemas de información se constituyen sí mismos en una garantía para el adolescente infractor y una exigencia para la
La Investigación de la Universidad Diego
Portales
• Investigación sobre la situación educacional de los niños
privados de libertad en ciudades de América Latina y Caribe
• Adjudicado a la FACULTAD DE DERECHO de la
Universidad Diego Portales de Chile por UNICEF, Oficina Regional para América Latina y el Caribe LACRO
Objetivos del estudio
Objetivo general
• Elaborar un perfil estadístico de la situación educacional de los
niños privados de libertad por causas penales en 8 ciudades de América Latina y el Caribe y una propuesta de guía para crear sistemas de información nacional en esta temática.
• Objetivos específicos
• Identificar la información estadística oficial existente, su calidad, fiabilidad e idoneidad. Indicadores: consistencia de los registros, continuidad, integridad, accesibilidad.
• Identificar información estadística desarrollada por fuentes independientes.
• Diseñar un perfil estadístico por ciudad, atendiendo a edades, sexo y
otras variables relevantes que puedan identificarse (raza, estatus migratorio, criterios criminológicos, tipos de delitos, entre otros).
Objetivos del estudio
• Objetivos específicos
• Realizar un análisis comparado por países de América Latina
sujetos de la investigación.
• Comparar los resultados con estándares internacionales
normativos y con resultados de otros países.
• Proponer una Guía para la formulación de un Sistema de
información sobre la situación educativa de adolescentes privados de libertad.
Metodología
• Etapa 1: Identificación de dimensiones de análisis de carácter
transversal
• Etapa 2: Validación de dimensiones identificadas
• Etapa 3: Identificación de información relevante por ciudad
• a. Selección de países y ciudades que formarán parte del estudio
• b. Revisión y análisis de fuentes de información por dimensión en cada
uno de las ciudades de los países del estudio
• c. Vaciado de la información en ficha o instrumento individual por país,
acorde con dimensiones de análisis transversal.
• Etapa 4: Análisis comparativo
• Etapa 5: Proponer una Guía para formular un sistema de
información sobre la situación educativa de los adolescentes privados de libertad
Criterios de selección de ciudades
• Representación regional
• Ciudades capitales, considerando
el tamaño y mayor representación urbana de esos países.
• Países Andinos: Lima (Perú) y Bogotá (Colombia)
• Cono Sur: Santiago (Chile) y Montevideo (Uruguay)
• Caribe (de habla hispana): Santo Domingo (República
Dominicana)
• Centro América: Ciudad de Panamá (Panamá) y San Salvador (Salvador).
• Norteamérica: Ciudad de Méjico
Instrumento de levantamiento de información
I. Datos del EncuestadoII. Antecedentes del País (contexto)
III. Datos de identificación del Centro de Privación de Libertad IV. Oferta Educativa
V. Población Penal Adolescente VI. Registro de variables
Años de Educación Garantizada/Obligatoria
por País
Oferta de Cursos de Educación no
Formal
Registro de variables al momento del
ingreso
Edad•100%
Sexo•100%
Nivel de Instrucción•100%
Registro de variables al momento del
ingreso por Centro
Origen Étnico
• Ciudad de México y Santiago 100%
• Santo Domingo 75 % • Panamá 33%
• Bogotá, Lima, Montevideo y San Salvador 0 %
Registro de variables al momento del
ingreso por Centro
Alfabetismo
• Ciudad de México, Lima,
Montevideo y San Salvador 100%
• Santo Domingo 75 % • Santiago 50%
• Bogotá y Ciudad de Panamá 0 %