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renovación y becas para primer curso, de modo tal que pueden resolverse

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DECRETO Nº 2014/1839.- DE CONCESIÓN Y RENOVACIÓN DE BECAS DE MATRICULA Y ENSEÑANZA DE IE UNIVERSIDAD DE SEGOVIA PARA EL CURSO 2014-2015 CORRESPONDIENTES A LA RESOLUCIÓN DEL PRIMERO DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN LAS BASES DE CONVOCATORIA.

Esta Diputación Provincial y la Universidad SEK de Segovia, actualmente denominada IE Universidad, suscribieron, con fecha 23 de mayo de 1.997, un contrato privado de cesión temporal de uso y disfrute del edificio provincial “Convento de Santa Cruz” y anexos, en favor de la citada Universidad, en cuya estipulación 14ª se establece que la expresada Institución educativa se compromete a conceder un máximo de 50 becas de matrícula y enseñanza a la Diputación Provincial de Segovia para estudiantes residentes en la provincia. Una vez cubierto el ciclo inicial de 5 años en el que se fueron otorgando a razón de 10 anuales, la Corporación Provincial estableció, como modo de concesión de las hasta 50 becas, una convocatoria anual con tres modalidades, a saber, la primera para renovar aquellas cuyos beneficiarios cumplieran las condiciones exigidas, una segunda para estudiantes de primer curso y nuevo ingreso y, en tercer lugar, una para estudiantes matriculados en cursos distintos de primero. A fin de hacerlo efectivo, para el curso 2014-15, fueron aprobadas las oportunas bases de convocatoria, en virtud de acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión de 21 de abril de 2014, apareciendo publicado el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 51, de 28 de abril del actual. Estas bases establecen un orden de prelación en la concesión de becas, de modo que se ha de priorizar la concesión de diez becas de nuevo ingreso en el primer curso, a los diez solicitantes con mayor puntuación en aplicación de los baremos fijados y a continuación la renovación de las concedidas el año anterior hasta completar las cincuenta becas acordadas, si bien, en caso de no completarse, se irán concediendo becas a los solicitantes de nuevo ingreso para primer curso por su orden de puntuación y, si aún quedase cupo de becas a los solicitantes para cursos distintos de primero, igualmente por orden de su puntuación. Ha de hacerse constar que dicha convocatoria, en su base tercera, preveía la presentación de instancias en dos plazos, el primero de los cuales finalizaba el día 27 de junio, para ser resuelto, como señalaba la base cuarta, antes de 15 de julio y un segundo plazo que finalizará el 26 de septiembre. El presente Decreto se dicta en cumplimiento de la citada estipulación, resuelve las solicitudes presentadas hasta 27 de junio y está destinado exclusivamente para becas de renovación y becas para primer curso, de modo tal que pueden resolverse

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favorablemente todas las solicitudes de renovación que no sobrepasen el número de cuarenta, para garantizar la posibilidad de concesión de 10 becas de primer curso, así como todas las solicitudes de primer curso que no impidan la posible renovación de las becas concedidas el año anterior aun cuando no hubiesen aun presentado solicitud. La distribución de becas es la que aparece en la parte dispositiva, haciéndose constar que no se superan las cincuenta máximas totales, ni las cuarenta renovaciones, ni un número de nuevas tal que pudiere impedir la renovación, en la segunda de las resoluciones previstas, de becas cuyos beneficiarios pudieren solicitarlas con posterioridad a esta resolución, dado que en el curso anterior el número total de becarios fue de 37, de los cuales, según informe emitido por la IE Universidad, 4 de ellos no tienen acceso a la renovación de su beca.

Cumplidos los trámites pertinentes en cuanto a la recepción de documentación, recibido el informe vinculante de la IE Universidad respecto de los requisitos académicos para la renovación de becas y entendiendo que se han cumplido los trámites previstos en la vigente legislación, esta Presidencia

HA RESUELTO:

PRIMERO.-Conceder las becas equivalentes al importe de coste de matrícula y enseñanza para cursar estudios en el IE de Segovia a los solicitantes que a continuación se relacionan, con expresión de sus puntuaciones, en aplicación de los criterios aprobados en las bases reguladoras:

APELLIDOS NOMBRE NIF PUNTUACIÓN

ARCONES ARCONES JAVIER ………174V 22,50

CASTILLO VALVERDE (DEL) JULIA ……...531V 20,00

DOMINGO MARTÍN ANDREA ………986C 23,50

DOMINGO RINCÓN RICARDO ………062K 21,00

FRAILE GONZÁLEZ MANUEL ………116S 22,50

GARCÍA CALISTEO CRISTINA ………309B 26,00

GÓMEZ CALVO ELENA ………793F 22,00

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APELLIDOS NOMBRE NIF PUNTUACIÓN

HERRERO CEREZO MARTA ………462Q 22,00

MARTÍN DE LA FUENTE JAVIER ………748P 26,00

PASCUAL ARAGONESES JESÚS ……...636M 23,50

POSTIGO HERNÁNDEZ MARIO ……...543M 24,50

SEGOVIA GONZÁLEZ CRISTINA JIMENA ……...276R 10,50

Haciendo constar que los alumnos que aún no hayan superado el proceso de admisión establecido por la IE universidad, habrán de hacerlo antes de que finalice el segundo de los plazos de solicitud de beca (26 de septiembre). De no hacerlo, su beca quedará anulada y se acumulará al cupo de becas concesibles en la segunda de las resoluciones previstas en las bases

SEGUNDO.- Renovar las becas concedidas en años anteriores a los beneficiarios que a continuación se reseñan:

APELLIDOS NOMBRE NIF

ANTOLÍN SÁNCHEZ ANDRÉS …..218S

BORREGUERO SAN MIGUEL CAROLINA …..132P

CARRETERO VALLEJO CLAUDIA …..147F

CASADO MERINO MARGARITA …..569V

COLLADO MARTÍN JULIA …..115W

ESQUIVEL MORENO VCTOR …..615H

ESQUIVEL MORENO MIRIAM …..616L

GALLARDO MARTÍNEZ JAVIER …..422Z

GONZALEZ CONDE TAMARA …..116P

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APELLIDOS NOMBRE NIF

JIMENO PASCUAL JORGE …..269C

LOZOYA PERELA IRENE …..156X

MARTÍN DELGADO JULIA …..706L

MATESANZ ALVAREZ SARA …..366A

MATESANZ ÁLVAREZ MERCEDES …..365W

METODIEV ANGELOV ANGEL …..052Z

PEROMINGO JIMÉNEZ ESTEFANÍA …..652P

PERRENOUD BARRERO DAVID …..082M

POZO ALONSO (DEL) MIRIAN …..101C

PUJADAS MORALES MARÍA DE GRACIA …..550F

RODRIGUEZ LOZANO JAIME JUAN ……137G

RODRIGUEZ LOZANO RAQUÉL …..138M

ROMERO BERMEJO MARTA …..074M

SAN DEOGRACIAS CASADO Mª ELENA …..057E

SANTOS MANSO (DE) JUAN ANTONIO …..118F

SANZ RUIZ Mª FUENCISLA …...758X

TERCERO.- Dejar pendiente para la resolución del segundo de los plazos previstos en la Base 4ª de la convocatoria los siguientes expedientes:

APELLIDOS NOMBRE NIF MOTIVOS

ARAGONESES GONZÁLEZ-HERRERO

PABLO MANUEL

…..271L En razón de lo contenido en el informe vinculante emitido por la IE Universidad, aún no cumple los requisitos académicos exigidos

ESPINAR MATEO CARLOTA …..701R En razón de lo contenido en el informe vinculante emitido por la IE Universidad, aún no cumple los

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APELLIDOS NOMBRE NIF MOTIVOS ISABEL requisitos académicos exigidos

MERCADO-OCAMPO ESCOBAR

Mª YOLANDA

…..103Y En razón de lo contenido en el informe vinculante emitido por la IE Universidad, aún no cumple los requisitos académicos exigidos

PRIETO TOVAR LUIS …..798NEn razón de lo contenido en el informe vinculante emitido por la IE Universidad, aún no cumple los requisitos académicos exigidos

CUARTO.- Dar traslado de este Decreto a todos los solicitantes de beca, haciéndoles constar que contra la presente Resolución podrán interponer Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la vigente Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la citada Ley; así como al Rector del IE Universidad de Segovia, al Presidente de la Corporación, y al Jefe de Servicio de Cultura para conocimiento y efectos.

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