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Nombre y firma del participante (Persona física o representante de la persona moral)

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Anexo 1ª.

CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES)

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre de la persona física o del representante legal de la persona participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la persona física o moral participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(2)

CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4.

Anexo 1b.

MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número _______________________, mediante comprobante de (especificar, predial, agua o CFE) así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle ______________ número exterior _________, número interior________, Colonia __________, Delegación o Municipio ___________, Código Postal __________, Ciudad ______________________.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

(3)

Anexo 2ª

(Requerimiento Técnico)

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA LA CONTRATACIÓN

1. NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL: (Datos fiscales) 2. DOMICILIO: 3. REPRESENTANTE LEGAL: 4. TELEFONO: 5: CORREO ELECTRÓNICO:

PARTIDA 1

SERIE DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4. 1.- Características técnicas

Papel a utilizar en forros: Cartulina couché brillante dos caras de 250 gramos con plastificado brillante de 16 micras.

Interiores: Papel couché blanco mate dos caras de 100 gramos de alta opacidad y de un mismo lote.

Encuadernación: Rústica-cosida con forro pegado. Tamaño final y

Características de la obra: Interiores: 18 x 24 cm. impresos a una tinta (1x1).

Forros La medida final de los forros dependerá de la medida de los lomos. Impresos en 4 tintas directas (4x0). Con pleca de doblez e impresión al hilo. Tiraje: 2,000 ejemplares impresos más sobrantes para reposición)

Sistema de impresión: Offset tradicional (prensa plana) y CTP (Computer to plate).

No se requieren negativos.

Páginas: 556 páginas en total.

2.- Aspectos técnicos adicionales:

CONCEPTO PÁGINAS INTERIORES FORRO

Material base que se proporcionará para su reproducción:

• Archivos en formato PDF.

Impresión de las páginas interiores como guía para la compaginación.

Archivos electrónicos de los forros en Ilustrator CC. Plataforma MAC.

Impresión láser como guía de color.

FECHA DE ENTREGA:

El material se estima entregar en el mes de MAYO.

Material muestra o de prueba que se requiere para supervisar y autorizar el proceso de impresión:

Pruebas láser en blanco y negro para el primer visto bueno.

• Antes de la impresión se deberá autorizar una muestra del papel que se usará y se solicitará el comprobante (factura o recibo) emitido por el proveedor del papel en el que se especifique el gramaje y la cantidad adquirida de papel, para corroborar que éste sea suficiente y de un único lote para la impresión completa de la obra que nos ocupa. Esto con la finalidad de que el adjudicatario no mezcle sobrantes de diferentes lotes de papel con la consecuente variación en la pigmentación.

(4)

CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4. II.- PLAZO Y FORMA DE ENTREGA

PLAZOS DE ENTREGA* * En caso de que el plazo de entrega, ya sea de las pruebas láser o de la totalidad de los ejemplares venza en un día inhábil, la

fecha de entrega se

recorrerá al siguiente día hábil.

3 días naturales para que el adjudicatario entregue a la Coordinación pruebas láser en blanco y negro de las páginas interiores para el primer visto bueno, contados a partir de que el adjudicatario reciba el material base para la reproducción por parte de la Coordinación de Compilación.

El adjudicatario deberá entregar los 2,000 ejemplares impresos 8 días naturales después del último visto bueno, el cual consistirá en la autorización del forro impreso y laminado a pie de máquina.

Lugar de entrega de los materiales base por parte de la CCST al adjudicatario:

La Coordinación de Compilación entregará el material base a la persona que indique la Dirección General de Recursos Materiales, y que sea designada por parte del adjudicatario, en las oficinas de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, Puerta 2013, Primer Piso del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sito en Av. José María Pino Suárez, núm. 2, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México. En horario de 8:30 a 17:30 horas.

Lugar de entrega de los materiales muestra o de prueba para visto bueno:

El adjudicatario deberá entregar a la Coordinación de Compilación los materiales muestra o de prueba para su autorización o visto bueno, en las oficinas de esta Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, Puerta 2013, Primer Piso del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sito en Av. José María Pino Suárez, núm. 2, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México. En horario de 8:30 a 17:30 horas.

No se omite mencionar que, el personal de esta Coordinación encargado de otorgar los vistos buenos, determinará los casos en los que sea necesario autorizar algún material directamente en el taller del adjudicatario y/o a pie de máquina como los forros.

Lugar de entrega de la obra impresa:

La obra impresa deberá entregarse en paquetes de papel (puede usarse papel impreso y de cualquier tipo o color), en el Almacén General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, ubicado en Calzada Ignacio Zaragoza número 1340, Colonia Juan Escutia, Delegación Iztapalapa, C.P. 09100, Ciudad de México. La entrega deberá realizarse dentro del horario de 8:30 a 16:30 horas.

Forma de entrega de la obra

impresa: La obra impresa se entregará en paquetes de papel (puede usarse papel impreso y de cualquier tipo o color). Cada paquete deberá manipularse con sumo cuidado durante la carga y descarga, evitando golpearlos contra otros paquetes, o contra el piso, muros u otros objetos, de manera que las esquinas de los libros no se arruguen o se maltraten. Se requiere la entrega de todos aquellos materiales que fueron usados para la reproducción de las obras.

(5)

INFRAESTRUCTURA INSTALADA

Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que mí representada cuenta con la:

INFRAESTRUCTURA INSTALADA, CAPACIDAD DE IMPRESIÓN Y DEMÁS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS NECESARIOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS CONCURSANTES.

1. Infraestructura instalada

DESCRIPCIÓN EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO

Equipo de Preprensa:

Filmadora y Procesadora de Placas 1

Procesadora de pruebas de color 1

Proceso Directo a Placa (CTP-Computer to Plate) 1

Equipo de Cómputo

Software Macintosh Mac Os. 10, Corel Draw Graphics Suite 12.0 y X4; Adobe Creative Cloud CC, Adobe Acrobat 9.0

Equipo de Impresión

Prensas Planas. Para páginas interiores:

Para forros:

2 máquinas con formato de 72 x 102 cm. 1 color frente y vuelta para interiores.

1 máquina con formato de 59 x 72 cm. de 2 colores. 1 máquina con formato de 59 x 72 cm. de 4 colores para la impresión de los forros.

Equipo de Acabado

Dobladoras 3 dobladoras automáticas, 4 oficios.

Encuadernadoras 1 lineal o de pulpo.

Costura de Hilo 2 automáticas.

En relación con este punto, para que, en su momento esta Coordinación esté en condiciones de emitir el dictamen resolutivo técnico respecto de las propuestas que se reciban, los funcionarios que la Dirección General a su digno cargo sirva designar, en términos del artículo 12, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VI/2008, deberán verificar la veracidad de la información presentada por los concursantes.

2.- Capacidad de impresión: Un mínimo de 60,000 pliegos con formato de 72 x 102 cm, impresos en una tinta frente y vuelta. 3.- Insumos: Cualquiera que sea el tipo de papel solicitado, se requiere que éste sea de alta opacidad y de un mismo lote, para

evitar variaciones en su pigmentación.

4.- Personal: El adjudicatario deberá contar con, mínimo, 12 personas en áreas de impresión y acabados.

5.- Subcontratación de servicios: No se permite la subcontratación del servicio de impresión de las páginas interiores y de los

forros. En caso de que los concursantes requieran subcontratar algún otro servicio o equipo, así deberán manifestarlo precisando el tipo de equipo o servicio motivo de la subcontratación.

6. Experiencia y control de calidad

(6)

CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4.

El adjudicatario deberá permitir el acceso a sus instalaciones a personal de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, a efecto de que, durante el proceso de producción se revisen los acabados de algunos libros seleccionados al azar, que las páginas interiores no presenten repinte, la correcta encuadernación, la aplicación del laminado y que los forros no tengan arrugas o torceduras, lo cual evidentemente no será considerado como visto bueno.

El adjudicatario deberá avisar con toda anticipación la fecha y la hora en la que se permitirá el acceso al personal de esta Coordinación, para la revisión previa a la entrega por parte de la imprenta. Revisión para la que se tomará una muestra del 15% al azar de los ejemplares que se tengan listos, y aquellos que no cumplan con las especificaciones técnicas y con la calidad solicitada, serán devueltos en el momento para que sean reparados o en su caso reemplazados por otro ejemplar en perfectas condiciones. Si de esta muestra del 15%, resultaran defectuosos más del 3% de los libros, entonces se solicitará al adjudicatario que revise, el total del tiraje y que considere las medidas necesarias para reemplazar la totalidad de los libros dañados. Una vez que se concluya este proceso deberá programarse nuevamente una cita para que se efectúe el control de calidad por parte del personal de esta Coordinación, sin afectar evidentemente los tiempos previstos para la entrega.

La revisión de muestras por parte del personal de esta Coordinación no libera al adjudicatario de la obligación de reponer los libros que presenten defectos, aun cuando éstos hayan sido detectados hasta el procedimiento de distribución o venta. Es importante señalar que no se recibirán las obras impresas en el Almacén General de Zaragoza, si no se realizó el control de calidad correspondiente, con excepción de aquellos casos en que el personal encargado de esta Coordinación autorice la entrega y recepción por alguna situación extraordinaria.

No se omite mencionar que conforme a los artículos 62 y 64, fracción V del Acuerdo General de Administración VI/2008, para obtener dictamen resolutivo técnico favorable será indispensable que la propuesta técnica señale de manera completa y correcta los requerimientos solicitados para cada obra y reflejados en las bases respectivas.

Si hubiera alguna duda o comentario respecto de las especificaciones técnicas, favor de comunicarse con la Lic. Angélica Heredia Galicia (ext. 1416) para cualquier aclaración, así como al Lic. Marco A. Ramírez Lago (ext. 1667) para supervisar la producción de todas las obras, y dar los vistos buenos correspondientes.

(7)

Anexo 2b

CUMPLIMIENTO DE NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA:__________ (Nombre de la persona física o del representante legal de la persona participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la persona física o moral participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto de la contratación de los servicios de impresión y acabados de 2,000 ejemplares de la Serie Derecho Constitucional Comparado, correspondiente al número 4, conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:

1. Normas Nacionales

2. Normas Internacionales

ATENTAMENTE

(8)

CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4. Anexo 2c

CARTA GARANTÍA

Garantía de los servicios de impresión y acabados de 2,000 ejemplares de la Serie Derecho Constitucional Comparado, correspondiente al número 4, garantizará los ejemplares a partir de la fecha de entrega-recepción a entera satisfacción de “la Suprema Corte”. En caso de vicios ocultos o defectos de fabricación, deberá sustituirlo por otro igual al originalmente ofertado. Los ejemplares que estén fuera de especificaciones o presenten defectos que imposibiliten su uso adecuado deberán ser reemplazados por parte del participante por ejemplares nuevos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la reclamación, por parte del “participante”, sin ningún costo adicional para “la Suprema Corte”

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(9)

Anexo 2d

MANIFESTACIÓN DE CONTROL DE CALIDAD (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito manifiesto, bajo protesta de decir verdad,

que cuentan con un riguroso control de calidad, con la experiencia suficiente y con la infraestructura mínima

necesaria para realizar los servicios de impresión y acabados con las características similares de la obra que

requiere este Alto Tribunal; lo que deberá quedar respaldado en la propuesta técnica presentando dos

contratos similares de los últimos tres años (2015, 2016 y 2017).

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

(10)

CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4. Anexo 3

(Formato de propuesta económica) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

PARTIDA 1

SERIE DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO, CORRESPONDIENTE AL NÚMERO 4.

SERIE DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO, NÚMERO 4 PRECIO

Precio por ejemplar: $

Precio por 2,000 ejemplares. $

IVA 16%: $

Precio total por 2,000 ejemplares. $

Importe total global en letra:______________________________________________________________________________ Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.

Precio por pliego de 16 páginas a considerar sin IVA, en caso de incremento o disminución de páginas

*

$_________

*

En caso de existir variación en el número de páginas:

- El precio por pliego de 16 páginas que se indique, no puede ser superior al que se consideró al integrar el

precio por ejemplar indicado en la presente propuesta.

- Una vez que se conozca el nuevo número de páginas reales; para obtener el nuevo precio por ejemplar, se partirá del precio por pliego de 16 páginas indicado en la presente propuesta.

- En caso de ser superior el precio por pliego de 16 páginas, que se indique en la presente propuesta, entonces se procederá a obtener el nuevo precio por pliego de 16 páginas, considerando el 80% del precio por ejemplar inidcado.

Forma de pago:

El pago se realizará una vez recibidos los servicios contratados a los 15 días hábiles a partir de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente, en la ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, acompañada de la constancia de entrega a entera satisfacción.

Plazo de entrega: Para cada número se dará un plazo de 3 días naturales para que el adjudicatario entregue a la Coordinación

pruebas láser en blanco y negro de las páginas interiores para el primer visto bueno, contados a partir de que el adjudicatario reciba el material base para la reproducción por parte de la Coordinación de Compilación.

El adjudicatario deberá entregar los 2,000 ejemplares impresos 8 días naturales después del último visto bueno, el cual consistirá en la autorización del forro impreso y laminado a pie de máquina.

Vigencia de la propuesta: Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 días hábiles siguientes a la

fecha de entrega de las mismas.

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del ofertante.

Los precios se entenderán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. En el precio se deberán considerar todos los requerimientos del Anexo 2a.

(11)

Anexo 4

Proyecto de contrato Simplificado de Servicios

I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que:

I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la

Federación.

I.2.-La presente contratación fue autorizada por el Director de Servicios Generales de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de Concurso Público Sumario, de

conformidad con lo previsto en los artículos 42; 43, fracción III, y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal.

I.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 Acuerdo General de Administración VI/2008 de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación.

I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la Ciudad

de México.

II.- El “Prestador de Servicios” por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Se encuentra constituida bajo las leyes mexicanas e inscrita en el Registro Público correspondiente.

II.2.- Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin.

II.3.- A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48 y 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de

dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

II.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que

se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal.

II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Proveedor”. III.- La “Suprema Corte" y el “Prestador de Servicios” declaran que:

III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los

antecedentes I.4 y II.5 de este instrumento.

lll.2.- El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de

Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Orgánico en Materia de Administración y, de manera supletoria el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

Primera. Condiciones Generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar el servicio descrito en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la

referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades.

El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual la “Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional.

Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:

En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará al (los) adjudicatario(s), en forma proporcional, una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir impuestos) que no se hayan entregado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega pactado en el contrato, se aplicará al (los) adjudicatario(s), una pena convencional por los atrasos que le(s) sean imputables, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso, a la cantidad que importen los servicios no prestados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total de los servicios no prestados en el plazo establecido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El (los) adjudicatario(s) responsable(s) del incumplimiento se hará(n) acreedor(es) a las penas convencionales previstas en los numerales que anteceden, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas. Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al (los) adjudicatario(s) y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal.

Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el “Prestador de Servicios” deberá presentar la o las facturas a nombre de la “Suprema Corte” según consta en la cédula de identificación fiscal, expedida por la

Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar y copia del instrumento contractual y oficio de validación de los bienes recibidos a entera satisfacción.

Cuarta. Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII y 143 del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Garantía.- A partir de la respectiva fecha de entrega, deberá considerarse un año como periodo de garantía de los bienes adquiridos, en cuyo plazo el adjudicatario deberá realizar la sustitución de aquellos ejemplares que presenten

daño o defecto, o bien, no cumplan con las especificaciones técnicas correspondientes.

Sexta.- Inexistencia de relación laboral. El “Prestador de Servicios”, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las

disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la “Suprema Corte”, en relación con los servicios motivo de este contrato.

La “Suprema Corte” estará facultada para requerir al “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS.

En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios”, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido.

Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la “Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer.

Séptima. Subcontratación. No se permite la subcontratación del servicio de impresión de las páginas interiores y del forro. Entendiéndose como subcontratación el acto mediante el cual el Proveedor, Prestador de Servicios o Contratista

encomienda a otra persona física o jurídica, la ejecución parcial de los trabajos. En caso de subcontratación, el responsable será el prestador de servicios o contratista y, será éste a quien les cubra el pago. No existirá subrogación por parte del subcontratista ni tendrá relación con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Octava. Rescisión. Queda expresamente convenido que la “Suprema Corte” podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualquiera

de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.

Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la “Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento.

Novena. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la rescisión. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas, en términos de lo

previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008.

Decima. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 70, 113, Y 116

de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el “Prestador de Servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la “Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional.

Décima Primera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de Servicios” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la “Suprema

Corte” renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones I.4 y II.5 de este instrumento.

Décima Segunda.- Propiedad Intelectual.- Los participantes se hacen totalmente responsables en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual y, por lo tanto, liberan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de cualquier

responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.

La persona física o moral que resulte adjudicada será considerada como depositaria legal de los materiales en proceso de impresión y acabados, por lo que será responsable de cualquier daño que sufran los mismos mientras se encuentren en las instalaciones del adjudicatario o en el proceso de entrega a este Alto Tribunal.

Los materiales (archivos en formato PDF y archivos electrónicos, impresión de las páginas interiores así como guía para la compaginación), que sean entregados para su impresión, no podrán ser duplicados ni reproducidos de forma total o parcial, salvo para la reproducción exclusiva de los servicios solicitados en la presente convocatoria/bases. Ante cualquier uso indebido de los materiales para la impresión o de los resultantes del proceso, este Alto Tribunal podrá ejercer las acciones legales conducentes, la persona física o moral es responsable en su totalidad de la violación que, en su caso, se haga de patentes, derechos de autor, entre otros.

La reproducción de los trabajos se lleva a cabo por encargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de forma remunerada, conforme a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, en la inteligencia de que, la titularidad de los derechos patrimoniales y las facultades relativas a la divulgación, integridad y colección sobre este tipo de creaciones intelectuales señalados en ese numeral, corresponden de manera originaria a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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