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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 20 DE FEBRERO DE 2014 No. 1802

Í N D I C E

Este ejemplar se edita acompañado de un archivo digital

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

♦ Aviso por el que se hace del conocimiento público, la prórroga de vigencia del Acuerdo por el que se Suspende Temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes Referentes al Polígono Urbano Descrito, ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda 4 Contraloría General

♦ Aviso CGDF/I/003/2014, a través del cual se hace del conocimiento de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que deberán abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos, en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, con la empresa “ATT Maximus”, S.A. de C.V. 6

Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal

♦ Aviso por el que se hace del conocimiento al público en general los días inhábiles correspondientes al año 2014 y enero de 2015 para efectos de los Actos y Procedimientos Administrativos de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Datos Personales y Procedimientos Administrativos en General, competencia de la Oficina de

Información Pública de la Policía Bancaria e Industrial 7

Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

♦ Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan conocer las Reglas de Operación 2014 de los Programas Sociales de la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

número 1789 bis, de fecha 31 de enero de 2014 9

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Viene de la Pág. 1

Delegación Álvaro Obregón

♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Criterios y Mecanismos para la Aplicación de Reducciones a las cuotas que se cobrarán durante el Ejercicio 2014, por concepto de Aprovechamientos y Productos Derivados de los Servicios que presta el Distrito Federal, a través de la Delegación Álvaro Obregón, de conformidad con la Regla Décima Sexta, de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo de Aplicación Automática de Recursos” 19 ♦ Aviso por el cual se dan a conocer los conceptos y cuotas por el Uso, Aprovechamiento o Enajenación de Bienes

del Dominio Público, Prestación de Servicios en el Ejercicio de Funciones de Derecho Público, Servicios que correspondan a Funciones de Derecho Privado y Uso, Aprovechamiento o Enajenación de Bienes del Dominio

Privado del Gobierno del Distrito Federal 21

Delegación Cuajimalpa de Morelos

♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para el “Programa de Desarrollo y Asistencia Social a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos para el Ejercicio Fiscal 2014” 29 ♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para el “Programa de Apoyo a Niños y Adultos con Problemas de

Discapacidad Motriz, en todas las Colonias y Pueblos de la Delegación Cuajimalpa de Morelos, a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2014” 30 ♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para el “Programa de Apoyo a Niños y Adultos con Problemas de

Salud Visual en todas las Colonias y Pueblos de la Delegación Cuajimalpa de Morelos, a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2014” 32 ♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria del “Programa de Apoyo a Personas de Grupos Prioritarios y

Vulnerables a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos para el Ejercicio Fiscal 2014” 34 Delegación Iztacalco

♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria del Programa Social “Jóvenes en Brigada” del Programa Delegacional de Desarrollo y Asistencia Social con cargo a la Delegación Iztacalco para el Ejercicio Fiscal 2014 38 ♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales a cargo de la

Delegación Iztacalco Ejercicio 2013, que a continuación se enlistan:  40 • Programa Nutrición Para Tu Familia

• Programa Bebé Sano, Mamá Feliz  Delegación Miguel Hidalgo

♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Conceptos y Cuotas por el Uso, Aprovechamiento o Enajenación de Bienes del Dominio Público, Prestación de Servicios en el Ejercicio de Funciones de Derecho Público, servicios que correspondan a Funciones de Derecho Privado y Enajenación de Bienes del Dominio Privado 41 Delegación Venustiano Carranza

♦ Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obras Públicas 2014 80 Delegación Tlalpan

♦ Acuerdo mediante el cual se aprueban y dan a conocer los días inhábiles y en consecuencia se suspenden los términos inherentes a la Tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, Atención a los Recursos de Revisión y demás Actos y Procedimientos Administrativos que sean competencia de la Oficina de Información Pública del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, siendo los que se señalan, correspondientes al año 2014 y enero 2015 82 Delegación Xochimilco

♦ Aviso por el cual se dan a conocer las nuevas cuotas y conceptos para los ingresos que se recauden por concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que

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♦ Aviso por el cual se da a conocer la relación del Padrón de Beneficiarios del Programa Social “Apoyo Económico a personas de Escasos Recursos, para cubrir sus Necesidades Básicas, Gastos Médicos, Discapacidades, Fomentar Actividades Educativas y Deportivas”, a cargo de la Delegación Xochimilco 123

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

Delegación Coyoacán.- Aviso de Fallo de Diversas Licitaciones Públicas 147

Delegación Iztapalapa.- Licitación Pública Nacional Número LPN/DIZ/DGA/001/14.- Convocatoria 001.-

Limpieza integral de inmuebles 149

Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal.- Licitación Pública Nacional Número PAOT-LPN-04-2014.- Primera Convocatoria.- Mantenimiento preventivo y correctivo a vehículos

automotores 148

SECCIÓN DE AVISOS

♦ Invex Asesores, S.A. de C.V. 151

♦ Formilámina, S.A. de C.V. 153

♦ Pegaso Comunicaciones y Sistemas, S.A. de C.V. 154

♦ Grupo Koman, S.A. de C.V. 158

♦ Inmuebles Metro Park, S.A. de C.V. 159

♦ Graphic Sciences de México, S.A. de C.V. 160

♦ Corporación Cakf, S.A. de C.V. 160

♦ Disiford Energía, S.A. de C.V. 161

♦ Globaler Market Emprendedores, S.A. de C.V. 162

♦ Axchem de México, S.A. de C.V. 163

♦ Chefs Internacionales, S.A. de C.V. 164

♦ Agisa, S.A. de C.V. 165

♦ Befesa Limpiezas Industriales, S.A. de C.V. 166

♦ Matuques, S.A. de C.V. 167

♦ Arsastra, S.A. de C.V. 167

♦ Gascona, S.A. de C.V. 168

♦ Ideas Publicitarias en Línea, S. de R.L. de C.V. 168

♦ Mexicana de Servicios 4000, S.A. de C.V. 169

♦ Operadora de Servicios 3000, S.A. de C.V. 169

♦ Conocophillips México, S.A. de C.V. 170

♦ Conocophillips México Servicios, S.A. de C.V. 170

♦ Lubricantes 76 México, S.A. de C.V. 171

♦ Inmobiliaria Altaire, S.A. de C.V. 171

♦ Productos Lili, S.A. de C.V. 172

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SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO, LA PRÓRROGA DE VIGENCIA DEL ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN DE TRÁMITES, TÉRMINOS Y GESTIÓN DE SOLICITUDES REFERENTES AL POLÍGONO URBANO DESCRITO, ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA.

SIMÓN NEUMANN LADENZON, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracción X y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2 fracción I, 4 fracción III y 7 fracciones I y VII de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que con fecha diecinueve de Agosto de dos mil trece se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes referentes al Polígono Urbano descrito, ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda”;

Que por virtud del Transitorio Primero del Acuerdo referido en el párrafo anterior, se determinó que el mismo tendría una vigencia de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, periodo que podría prorrogarse por otros dos meses más si así lo consideraba conveniente la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, lo cual se haría del conocimiento de la ciudadanía mediante aviso que se publicara en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

Que con fecha dieciocho de Octubre de dos mil trece y veinte de diciembre de dos mil trece, se publicaron, respectivamente, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el “Aviso por el que se hace del conocimiento público, la prórroga de vigencia del Acuerdo por el que se suspende temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes referentes al Polígono Urbano descrito, ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda”;

Que por virtud del Punto Primero de los Avisos de Prórroga referidos en el párrafo anterior y el Punto Segundo del “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes referentes al Polígono Urbano descrito, ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el diecinueve de agosto del dos mil trece, dicho Acuerdo puede ser prorrogado por dos meses más;

Que el trece de febrero del dos mil catorce, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo que Adiciona un Punto Tercero al “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes referentes al Polígono Urbano descrito, ante la Ventanilla Única de La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de agosto de 2013, con vigencia prorrogada hasta el 21 de febrero de 2014, con el objeto de exceptuar de los alcances del Acuerdo referido, a los trámites que realicen los Notarios exclusivamente para obtener la reexpedición de Certificados Únicos de Zonificación de Uso del Suelo o de Certificados de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, expedidos en fechas anteriores al 19 de agosto de 2013;

Que corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, proponer y vigilar el cumplimiento de las normas y criterios que regulan la tramitación de permisos, autorizaciones y licencias previstas en la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, así como aquellos relativos al uso del suelo;

Que actualmente se está llevando a cabo un estudio técnico integral en el polígono descrito, a fin garantizar la sustentabilidad de la Ciudad de México mediante el ejercicio de los derechos de los habitantes del Distrito Federal al suelo urbano, a la calidad de vida, a la infraestructura urbana, al transporte, a los servicios públicos, al patrimonio cultural urbano, al espacio público, al esparcimiento y a la imagen urbana y su compatibilidad con el sistema de planificación urbana del Distrito Federal;

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AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO, LA PRÓRROGA DE VIGENCIA DEL ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN DE TRÁMITES, TÉRMINOS Y GESTIÓN DE SOLICITUDES REFERENTES AL POLÍGONO URBANO DESCRITO, ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA.

PRIMERO.- Se prorroga la vigencia del “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes referentes al Polígono Urbano descrito, ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el diecinueve de agosto de dos mil trece, por dos meses más contados a partir del día 22 de febrero del 2014, respecto de predios o inmuebles que se ubiquen dentro del polígono delimitado por las vialidades: Rio San Joaquín, Popo, Laguna de Términos, FFCC Cuernavaca, Avenida Marina Nacional, Circuito Interior, Ejército Nacional, Anillo Periférico y Legaria, en la Delegación Miguel Hidalgo.

SEGUNDO.- Salvo lo dispuesto en este Aviso, el Acuerdo por el que se Suspende Temporalmente la Recepción de Trámites, Términos y Gestión de Solicitudes referentes al Polígono Urbano descrito, ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, continúa vigente en los mismos términos en que fue publicado y adicionado un Punto Tercero por virtud del Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el trece de febrero del dos mil catorce.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese este Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el sitio de Internet de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, www.seduvi.df.gob.mx., para su debida observancia y aplicación.

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día veintidós de febrero del año dos mil catorce. En la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

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Contraloría General

Aviso CGDF/I/003/2014, a través del cual se hace del conocimiento de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que deberán abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos, en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, con la empresa “ATT Maximus”, S.A. de C.V.

“2014, Año de Octavio Paz” AVISO CGDF/I/003/2014 A LAS DEPENDENCIAS,UNIDADES ADMINISTRATIVAS,

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS,ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

Que el 11 de febrero de 2014, esta Contraloría General notificó la resolución del 5 de febrero del año en curso, a través de la cual determinó el impedimento para participar en procedimientos de contratación y celebración de contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, con número de expediente CG/DRI/SPC-024/2013, a la empresa “ATT Maximus”, S.A. de C.V., con R.F.C. AMA111216NW1.

Que con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 16 fracción IV y 34 fracción XLVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2° fracción III, 39 fracción III, 80 y 81 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 1°, 7 fracción XIV, numeral 1.2 y 104 fracción IV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos en las materias antes señaladas, en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, por un plazo de 1 año, contado a partir del día en que se publique el presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos del presente Aviso, sin que sea necesario algún otro comunicado.

ATENTAMENTE

(Firma)

LIC.HIRAM ALMEIDA ESTRADA

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SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL

JOSÉ PEDRO VIZUET BOCANEGRA, Director General de la Policía Bancaria e Industrial, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2°, primer párrafo, 3 fracciones I y VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7°, fracción X, 37, fracciones XIV y XVIII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, fracción II, 3°, fracción II inciso b), 51, 52 y 56 fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO AL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS INHÁBILES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2014 Y ENERO DE 2015 PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DATOS PERSONALES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL, COMPETENCIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL.

CONSIDERANDO

1. Que de conformidad con lo establecido en el acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del día 27 de marzo de 2002, por medio del cual se delegan en el Director General de la Policía Bancaria e Industrial las facultades que se indican.

2. Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF), los Entes Obligados en su relación con los particulares atenderán los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y publicidad de sus actos.

Asimismo en el artículo 46 de LTAIPDF, se establece que las personas ejercerán su derecho de acceso a la información por medio de la Oficina de Información Pública del Ente Obligado que la posea.

3. Que la LTAIPDF establece en su artículo 7 que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento, no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará de manera supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, a falta de disposición expresa en ella se estará a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

4. Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días: sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

5. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 47, 51, 78, 79, 80, 85, 86 y 88 de la LTAIPDF, se establecen plazos perentorios para la atención de la solicitudes de acceso a la información pública y la sustanciación y resolución del recurso de revisión competencia del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (INFODF).

6. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales en posesión de Entes Obligados y la sustanciación y resolución del recurso de revisión competencia del INFODF.

7. Que el numeral 31 de los “Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal”, establece que serán días inhábiles, los sábados y domingos; el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y el 25 de diciembre.

(8)

8. Que con la finalidad de que los servidores públicos que laboran en la Oficina de Información Pública en la Policía Bancaria e Industrial puedan gozar de vacaciones durante el año 2014, en términos de lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, sin afectar la calidad de la tramitación de solicitudes de información, así como elaborar en su caso de los Informes de Ley y/o Alegatos que se requieran en los Recursos de Revisión promovidos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, es necesario declarar como días inhábiles los correspondientes al año 2014 y enero del año 2015.

9. Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos aplicables en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general que reciba para su atención la Policía Bancaria e Industrial.

10. Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente Aviso, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Policía Bancaria e Industrial y en su portal de Internet, en su sección de Transparencia, así como en el sitio de Internet de INFOMEX.

11. Que en el ejercicio de sus atribuciones, el Director General de la Policía Bancaria e Industrial, emite el Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general, los días del año 2014 y enero del año 2015, que serán considerados como inhábiles, para efectos de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general, atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía Bancaria e Industrial. Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente:

AVISO

PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general, atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía Bancaria e Industrial, se considerarán días inhábiles; el 17 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 14, 15, 16, 17 y 18 de abril; 1 y 5 de mayo; 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30, y 31 de julio, y 1 de agosto; 16 de septiembre; 17 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 22, 23, 24, 26, 29, 30 y 31 de diciembre, todos del año dos mil catorce, así como 2, 5 y 6 de enero de dos mil quince. SEGUNDO. Asimismo, serán considerados como días inhábiles los sábados y domingos, los de descanso obligatorio como lo señalan los artículos 74 y 715 de la Ley Federal del Trabajo.

TERCERO. Una vez publicado el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se instruye al responsable de la Oficina de Información Pública para que lleve a cabo las acciones necesarias para que el presente aviso se haga del conocimiento del público en general en los estrados de la Policía Bancaria e Industrial y a través de la sección de Transparencia del Portal de la Policía Bancaria e Industrial y en la sección de avisos del sistema INFOMEX.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Aviso surtirá efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México D. F., a los 05 días del mes de febrero de dos mil catorce.

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL (Firma)

PRIMER SUPERINTENDENTE

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HEGEL CORTÉS MIRANDA.- Secretario de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), con fundamento

en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los artículos 6 y 32 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículo 26 fracciones V, X, XII y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007; hace del conocimiento, para los efectos legales correspondientes, la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2014 DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL

DISTRITO FEDERAL NUMERO 1789 Bis, DE FECHA 31 DE ENERO DE 2014

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RURAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO

PRIMERO.- En la página 5 párrafo noveno, en su numeral III.- METAS FÍSICAS, en su número 2, se modifica para quedar

como sigue:

DICE:

2. Apoyar a la población rural para la constitución de figuras asociativas en la gestión social a personas de escasos recursos.

a. Constitución de figuras asociativas, al menos 10 (diez) ayudas DEBE DE DECIR

2. Apoyar a la población rural para la constitución de figuras asociativas, actas de asamblea ejidales y comunales, en la gestión social a personas de escasos recursos.

a. Constitución de figuras asociativas, actas de asamblea del ejidales y comunales, al menos 10 (diez) ayudas

SEGUNDO.- En la página 6 párrafo séptimo, en su numeral IV.- PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL, en su número 2, se

modifica para quedar como sigue:

DICE:

2. Apoyar a la población rural para la constitución de figuras asociativas en la gestión social a personas de escasos recursos.

a. Constitución de figuras asociativas al menos 10 (diez) ayudas, de hasta $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M. N.), por organización. Por única vez.

DEBE DE DECIR:

2 Apoyar a la población rural para la constitución de figuras asociativas, actas de asamblea ejidales y comunales, en la gestión social a personas de escasos recursos.

a. Constitución de figuras asociativas y actas de asamblea ejidales y comunales al menos 10 (diez) ayudas, de hasta $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M. N.), por organización. Por única vez.

TERCERO.- En la página 13 párrafo quinto, en su numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

DICE:

(10)

Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

CUARTO.- En la página 17 cuatro y cinco, en su numeral IX.- MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES,

se modifican para quedar como sigue:

DICE:

Promover acciones encaminadas a apoyar a la población rural para la constitución de figuras asociativas, en la gestión social a personas de escasos recursos.

Constitución de figuras asociativas

DEBE DE DECIR:

Promover acciones encaminadas a apoyar a la población rural para la constitución de figuras asociativas, actas de asamblea

ejidales y comunales en la gestión social a personas de escasos recursos.

Constitución de figuras asociativas, actas de asamblea ejidales y comunales

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE DISTINTO ORIGEN NACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ÚNICO.- En la página 29 párrafo primero, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

DICE: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

(11)

LA CIUDAD DE MÉXICO

PRIMERO.- En la página 41 párrafo décimo, en el numeral VI.- PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN en su

capítulo de Operación, se modifica para quedar como sigue:

DICE: Operación

El Subcomité convocará a su pleno para dictaminar y aprobar las solicitudes. Una vez aprobado el dictamen lo enviará al Comité Técnico Interno de la SEDEREC para su autorización, mismo que no podrá exceder de 15 días hábiles. El Comité, una vez recibido el dictamen correspondiente, autorizará, en su caso, las ayudas en especie y/o en dinero correspondientes y lo enviará a la

DAHMYF para que proceda a solicitar el trámite ante la Dirección de Administración en un plazo no mayor a 15 días hábiles. DEBE DECIR:

Operación

El Subcomité convocará a su pleno para dictaminar y aprobar las solicitudes. Una vez aprobado el dictamen lo enviará al Comité Técnico Interno de la SEDEREC para su autorización, mismo que no podrá exceder de 15 días hábiles. El Comité, una vez recibido el dictamen correspondiente, autorizará, en su caso, las ayudas correspondientes y lo enviará a la DGEPC para que proceda a solicitar el trámite ante la Dirección de Administración en un plazo no mayor a 15 días hábiles.

SEGUNDO.- En la página 39 último párrafo y pagina 40 párrafo primero, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar

como sigue: DICE: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEDICINA TRADICIONAL Y LA HERBOLARIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

PRIMERO.- En las páginas 49 y 50 párrafo ocho, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en

su capítulo Requisitos para personas en lo individual, se adiciona el numeral 15 para quedar como sigue:

DICE:

(12)

14.-Acreditar ser propietario o en su caso tener la posesión legal del bien inmueble en donde se llevará a cabo el proyecto, comprobando mediante copia de la resolución presidencial relativa a bienes ejidales o comunales, escritura, contrato de compra–venta, donación; contrato de arrendamiento, comodato o carta de posesión emitida por autoridad competente.

15.- Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento especifico o acuerdo del Comité Técnico Interno

SEGUNDO- En la página 53 párrafo diez, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

DICE: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE TURISMO ALTERNATIVO Y PATRIMONIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

PRIMERO En las páginas 62 párrafo 4 y página 64 párrafo cuarto, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su capítulo Requisitos para Grupos de Trabajo, se modifican los numerales 4, 7, 11 y 14, se adiciona el 11 Bis,

para quedar como sigue:

DICE:

Requisitos para Grupos de Trabajo:

(13)

Requisitos para Grupos de Trabajo: El grupo………. 1……. 2…… 3…… 4……. 5……… 6………… 7…………. 8……….. 9………. 10………… … 11.

11.Bis Presentar copia simple y original para cotejo del documento que acredite la propiedad o, en su caso, tener la posesión legal del bien inmueble en donde se llevará a cabo el proyecto, comprobando mediante copia de la resolución presidencial relativa a bienes ejidales o comunales, escritura, contrato de compra–venta, donación; contrato de arrendamiento, comodato o carta de posesión emitida por autoridad competente; en estos tres últimos casos garantizar la disponibilidad del inmueble por al menos 3 años, cuando se trate de proyectos de equipamiento, ampliación y habilitación de espacios.

SEGUNDO.- En la página 66 párrafo cuarto, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

DICE: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

REGLAS DE OPERACIÓN 2014 DEL PROGRAMA CIUDAD HOSPITALARIA, INTERCULTURAL Y DE ATENCIÓN A MIGRANTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

PRIMERO.- En la página 71 párrafo quinto del numeral II.- OBJETIVOS y ALCANCES se modifican los párrafos tercero y

cuarto y se adiciona el párrafo quinto para quedar de la forma siguiente:

DICE:

Objetivo Específicos:

(14)

Apoyar………..

Impulsar la ciudad hospitalaria e intercultural con el apoyo de asociaciones e intuiciones no lucrativas y de Enseñanza que promuevan actividades dirigidas a fomentar la hospitalidad; indicadores, estudios, encuestas y diagnósticos sobre el impacto de la migración en la Ciudad de México; y capacitación a los servidores públicos de la SEDEREC para el fomento de la interculturalidad.

Promover e impulsar proyectos productivos que coadyuven a detonar el bienestar y reinserción económica de las personas migrantes en el marco de sus habilidades.

DEBE DECIR: Objetivos Específicos:

Promover………….

Apoyar………..

Impulsar la ciudad hospitalaria e intercultural con el apoyo de asociaciones e intuiciones no lucrativas y de enseñanza y de enseñanza.

Promover e impulsar proyectos productivos que permitan la inclusión social y económica de las y los huéspedes migrantes y sus familias.

SEGUNDO- En la página 78 párrafo séptimo, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se modifica para quedar como sigue:

DICE:

La Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias (DAMHYF) recibirá las solicitudes y enviará el expediente que cumpla con las disposiciones de estas Reglas al Subcomité de Interculturalidad y Movilidad Humana, quien establecerá una mesa de trabajo para la evaluación de las solicitudes.

DEBE DE DECIR:

La Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias (DAMHYF) recibirá las solicitudes y enviará el expediente que cumpla con las disposiciones de estas Reglas al Subcomité de Interculturalidad y Atención Migrantes, quien establecerá una mesa de trabajo para la evaluación de las solicitudes.

TERCERO.- En la página 78 párrafo once, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

(15)

Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LA MUJER RURAL, INDÍGENA, HUÉSPED Y MIGRANTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

EN SUSUBPROGRAMA DE MUJER RURAL

ÚNICO.- En la página 89 párrafo décimo, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

DICE: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LA MUJER RURAL, INDÍGENA, HUÉSPED Y MIGRANTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

SUBPROGRAMA MUJER INDÍGENA, DE PUEBLOS ORIGINARIOS

PRIMERO.- En la página 103 párrafo primero, en el numeral IV.- PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL se modifica para

quedar como sigue:

DICE:

El presente subprograma ejercerá un monto inicial de $3, 473,724.00 (Tres millones cuatrocientos setenta y tres mil, setecientos veinticuatro pesos 00/100 m.n)

DEBE DECIR:

El presente subprograma ejercerá un monto inicial de $3, 623,724.00 (Tres millones seiscientos veintitrés mil, setecientos

veinticuatro pesos 00/100 M.N.)

SEGUNDO.- En la página 108 en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su capítulo Procedimiento de Selección, párrafo once se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

(16)

Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

TERCERO- En la página 111 en su párrafo cuarto, en su numeral VI.- PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN en su capítulo de Supervisión y Control,

DICE:

Las personas que se registren en esta Subdirección de Proyectos Especiales para llevar a cabo actividades de supervisión y monitoreo, deberán realizar las acciones de seguimiento de las ayudas, cuando corresponda, e involucrará a las y los beneficiarios en este proceso.

DEBE DECIR:

Las personas que se registren en esta Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades para llevar a cabo actividades de supervisión y monitoreo, deberán realizar las acciones de seguimiento de las ayudas, cuando corresponda, e involucrará a las y los beneficiarios en este proceso.

CUARTO.- En la página 111, en su párrafo octavo, en su numeral VIII.- MECANISMO DE EXIGIBILIDAD, se modifica para

quedar en la forma siguiente:

DICE:

La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades a través de Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades (SEPC), está obligada a garantizar el cumplimiento de las presentes Reglas de Operación en los términos y plazos que la misma define y, en caso de no ser así, las y los solicitantes y beneficiarios del programa podrán exigible en la SPEYVC, ubicada en Abraham González No. 67, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Distrito Federal.

DEBE DECIR:

La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades a través del Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades (SEPC), está obligada a garantizar el cumplimiento de las presentes Reglas de Operación en los términos y plazos que la misma define y, en caso de no ser así, las y los solicitantes y beneficiarios del programa podrán exigirlas en la DGEPC, ubicada en Abraham González No. 67, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Distrito Federal.

QUINTO.- En la página 112 párrafo primero, en el numeral IX.- MECANISMO DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES

se modifica para quedar como sigue:

DICE:

Número de proyectos aprobados/total de proyectos registrados X 100

Número de proyectos visitados o asesorados/total de proyectos aprobados X 100

DEBE DECIR:

Número de proyectos aprobados/total de proyectos registrados X 100

(17)

PRIMERO.- En la página 122 párrafo séptimo, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

capítulo Procedimiento de Selección, se adicionan los Niveles F, G y H para quedar como sigue:

DICE: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

SEGUNDO.- En la página 132 en su párrafo primero, del numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO

en su capítulo Para el caso de mejoramiento de traspatios y producción orgánica además de lo anterior, se omite el 16 y el número 17, queda como 16 en la forma siguiente:

DICE:

16.- Original y copia legible para cotejo del trámite de los permisos y reglamentación correspondiente, cuando el proyecto requiera dar cumplimiento a un resolutivo en materia ambiental. Una vez aprobado el proyecto y publicada la lista de beneficiarios en los estrados de la ventanilla donde ingresó su solicitud o en la página web de la SEDEREC, contará con un plazo máximo de 20 días naturales para presentar copia legible del documento que demuestre haber presentado a la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), el estudio de impacto ambiental aplicable en función del tipo de proyecto autorizado, de conformidad a lo establecido en la Ley Ambiental del Distrito Federal. El plazo será de 30 días naturales para presentar a la SEDEMA la manifestación de impacto ambiental. En caso de no dar cumplimiento a este punto, el apoyo será cancelado, previa sesión del Subcomité.

17.- Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno.

DEBE DECIR:

16.- Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno.

TERCERO.- Toda vez que se público dos veces las Reglas de Operación del “Programa de Agricultura Sustentable a Pequeña

Escala de la Ciudad De México” en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 1789 Bis, la primera desde la página 112 a la 126 y la segunda de la página 127 a la 142, subsiste la primera para todos los efectos a que haya lugar y queda sin efectos la segunda., para los cambios correspondientes.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CULTURA ALIMENTARIA, ARTESANAL, VINCULACIÓN COMERCIAL Y FOMENTO DE LA INTERCULTURALIDAD Y RURALIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO PRIMERO.- En la página 150, párrafo doce, en el numeral V.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO en su

(18)

Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E……… Debe de DECIR: Nivel A………. Nivel B……… Nivel C………. Nivel D……… Nivel E………

Nivel F Personas que realizan acciones de formación y monitoreo Nivel G Personas que realizan acciones de seguimiento

Nivel H Personas que realizan acciones de difusión

Transitorio

Único.- Publíquese la presente Nota aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el portal electrónico de la SEDEREC.

México, Distrito Federal a los días del mes de febrero del dos mil catorce. (Firma)

LIC. HEGEL CORTÉS MIRANDA

(19)

C. RENÉ ANTONIO CRESPO DÍAZ, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, con fundamento en los artículos 15, 122 fracción II y último párrafo, artículo 122 Bis fracción I inciso C) y 125 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 303 del Código Fiscal del Distrito Federal vigente; Acuerdo por el que se delega en el Director General de Administración, la facultad de suscribir los contratos y convenios de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, los actos derivados de los mismos, así como aquellas atribuciones conferidas a dicha unidad administrativa para el ejercicio de sus funciones, establecidas en las diversas disposiciones legales y administrativas aplicables, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de octubre de 2009, y Apartado B de las Delegaciones, de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos”, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de enero de 2014, doy a conocer el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS CRITERIOS Y MECANISMOS PARA LA APLICACIÓN DE REDUCCIONES A LAS CUOTAS QUE SE COBRARÁN DURANTE EL EJERCICIO 2014, POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL DISTRITO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, DE CONFORMIDAD CON LA REGLA DÉCIMA SEXTA, DE LAS “REGLAS PARA EL CONTROL Y MANEJO DE LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SE ASIGNEN A LAS DEPENDENCIAS, DELEGACIONES Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS QUE LOS GENEREN, MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA DE RECURSOS”.

Primero.- Las cuotas tienen carácter obligatorio y constituyen las cantidades mínimas que deberán recaudarse, sin perjuicio de que puedan establecerse cuotas superiores, previa autorización de la Tesorería del Distrito Federal.

La aplicación de cuotas inferiores constituirá materia de responsabilidades en los términos previstos por el Código Fiscal del Distrito Federal, excepto cuando esas cuotas inferiores se apliquen con motivo de alguna de las reducciones contenidas en las presentes reglas.

Segundo.- Con objeto de alentar el uso o aprovechamiento de los Centros Culturales, Sociales, Comunitarios, Deportivos, Recreativos y Ambientales propiedad del Distrito Federal, así como la prestación de servicios que en ellos se efectúe en beneficio de usuarios de escasa capacidad económica, la Delegación podrá aplicar los porcentajes de reducción de cuotas que en este mismo instrumento se señalan, los cuales quedarán a consideración del Jefe Delegacional y/o el Director General de Cultura, Educación y Deporte; en cuyo caso, se deberá informar de manera mensual por escrito a la Tesorería del Distrito Federal, por conducto de la Dirección de Ingresos de la Subtesorería de Administración Tributaria, sobre la aplicación de dichas reducciones, señalando los conceptos de aplicación, el tipo de beneficiario y el porcentaje de reducción.

a) Hasta el 100% en las cuotas vigentes, en favor del alumnado y personal docente de las escuelas de nivel básico pertenecientes al sistema oficial de enseñanza, en su calidad de usuarios de espacios y de servicios prestados en los centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos.

b) Hasta el 100% en las cuotas vigentes, en favor de adultos mayores, pensionados, jubilados, personas con capacidades diferentes y grupos vulnerables, por el uso de instalaciones de los servicios prestados en centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos.

c) Hasta el 50% en las cuotas vigentes, a favor de los trabajadores adscritos a las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal, por el uso de instalaciones y de los servicios prestados en los centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos, siempre y cuando su uso se efectúe fuera de su horario normal de trabajo, Tratándose de salones de fiestas este beneficio sólo será aplicable una vez al año por usuario.

(20)

e) Hasta el 50% en las cuotas vigentes, en favor de los usuarios que acrediten escasa capacidad económica, por el acceso a los servicios de enseñanza impartidos en los centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos.

f) Hasta el 100% en las cuotas vigentes, a favor de personas que acrediten escasa capacidad económica, por el acceso a los servicios de enseñanza inicial.

g) Hasta el 100% en las cuotas vigentes, a favor de las instituciones públicas, asociaciones civiles, comités vecinales o grupos comunitarios o asociaciones privadas que cumplan con la normatividad establecida, por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público para la realización de eventos culturales sin fines de lucro.

h) Hasta el 50% en las cuotas vigentes, a favor de equipos representativos y selecciones deportivas del Distrito Federal, así como en los eventos selectivos delegacionales, de la entidad, regionales o nacionales, previa solicitud del Instituto del Deporte del Distrito Federal.

i) Hasta el 30% en las cuotas vigentes, a favor de los productores que propicien la generación de bienes y servicios ambiéntales en Suelo de Conservación.

j) Hasta del 100% en las cuotas vigentes, a favor del personal docente del programa de CENDI-DEL quienes tengan inscritos a sus hijos dentro del mismo programa.

k) Hasta el 100% en las cuotas vigentes a favor de personas que acrediten escasa capacidad económica, personas con capacidades diferentes y grupos vulnerables, el acceso a los servicios del programa CENDI-DEL

l) Hasta el 50% respecto de las cuotas que se cobren por el uso o aprovechamiento de los centros culturales y deportivos, en atención al estado físico del inmueble y a la calidad del servicio.

Los porcentajes a que se refiere esta regla no podrán ser acumulativos para efectos de su aplicación y sólo procederá la reducción si el usuario paga de manera oportuna la cuota respectiva que resulte.

El procedimiento para acreditar la personalidad jurídica y condición socioeconómica de los beneficiarios, se realizará en la Dirección General de Cultura, Educación y Deporte.

Será responsabilidad de éstos la observación para que dichas reducciones no sean transferidas por los beneficiarios a favor de otras personas.

TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Segundo.- Las presentes Reglas surtirán efectos el día siguiente al de su publicación.

Tercero.- Queda sin efectos el “Aviso por el cual se dan a conocer los criterios y mecanismos para la aplicación de reducciones a las cuotas que se cobraron durante el ejercicio 2013, por concepto de aprovechamientos y productos derivados de los servicios que presta el Distrito Federal, a través de la Delegación Álvaro Obregón”, de conformidad con la regla décima sexta, de las “Reglas para el control y manejo de los ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos que se asignen a las dependencias, delegaciones y órganos desconcentrados que los generen, mediante el mecanismo de aplicación automática de recursos”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1551, de fecha 26 de febrero de 2013.

México, D.F. a 11 de Febrero de 2014

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN (Firma)

(21)

C. RENÉ ANTONIO CRESPO DÍAZ, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, con fundamento en los artículos 15, 122 fracción II y último párrafo, artículo 122 Bis fracción I inciso C) y 125 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 303 del Código Fiscal del Distrito Federal vigente; Acuerdo por el que se delega en el Director General de Administración, la facultad de suscribir los contratos y convenios de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, los actos derivados de los mismos, así como aquellas atribuciones conferidas a dicha unidad administrativa para el ejercicio de sus funciones, establecidas en las diversas disposiciones legales y administrativas aplicables, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de octubre de 2009, y Apartado B de las Delegaciones, de las “Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen, mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos”, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de enero de 2014, doy a conocer el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS CONCEPTOS Y CUOTAS POR EL USO, APROVECHAMIENTO O ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO, PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO, SERVICIOS QUE CORRESPONDAN A FUNCIONES DE DERECHO PRIVADO Y USO, APROVECHAMIENTO O ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PRIVADO DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

Clave Concepto Unidad de

Medida Cuota $

1 APROVECHAMIENTOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL

DOMINIO PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO.

1.1 Servicios que presta el Distrito Federal en los panteones de su propiedad, a través de la Delegación Álvaro Obregón

1.1.1 Inhumaciones.

1.1.1.1 A título de temporalidad a siete años sin derecho a refrendo. Servicio 163.00 1.1.1.2 A título de temporalidad máxima con derecho a refrendo en los términos que

fije el Gobierno del Distrito Federal.

Servicio 210.00 1.1.1.3 A título de temporalidad prorrogable en gaveta con derecho a refrendo, cada

siete años.

Servicio 124.00

1.1.1.4 A título de perpetuidad Servicio 150.00

1.1.1.9 Servicios

1.1.1.9.1 Velatorio Servicio 163.00

1.1.2 Construcción y adquisición

1.1.2.1 Construcción a titulo de temporalidad prorrogable para cripta. Servicio 447.00 1.1.2.2 Adquisición a titulo de temporalidad prorrogable para nicho, cada siete años. Servicio 2,546.00 1.1.3 Refrendos.

1.1.3.1 De fosa, cada siete años. Servicio 154.00

1.1.3.2 De gaveta ocupada, cada siete años. Servicio 235.00

1.1.3.3 De nicho, cada siete años. Servicio 114.00

1.1.3.4 De cripta familiar no ocupada, cada siete años. Servicio 235.00 1.1.4 Exhumaciones

1.1.4.1 De restos cumplidos Servicio 163.00

1.1.4.2 De cadáver prematuros Servicio 631.00

1.1.5 Reinhumaciones

(22)

1.1.5.2 De cadáver prematuro. Servicio 335.00 1.1.6 Depósitos de restos que se introduzcan en gaveta o nicho en donde se

encuentren depositados otros restos, incluyendo el desmonte de la placa. Servicio 163.00 1.1.7 Incineraciones.

1.1.7.1 De cadáveres. Servicio 942.00

1.1.7.2 De restos o miembros humanos o fetos. Servicio 528.00 1.1.8 Certificación, expedición o reexpedición, cada vez.

1.1.8.1 De antecedentes de titulo. Servicio 66.00

Clave Concepto Unidad de

Medida Cuota $

1.1.8.2 Cambio de titular. Servicio 103.00

1.1.10 Encortinados de fosa.

1.1.10.1 De adultos con muro de tabique. Servicio 675.00

1.1.10.2 De menores con muro de tabique. Servicio 335.00

1.1.10.3 Especial de adultos con muros de tabique. Servicio 838.00 1.1.10.4 De adultos con muro de concreto precolado. Servicio 1,343.00 1.1.12 Cierre de gavetas y nichos.

1.1.12.1 De gaveta grande en cripta. Servicio 628.00

1.1.12.2 De gaveta chica en cripta. Servicio 168.00

1.1.12.3 De nichos para restos. Servicio 81.00

1.1.13 Grabados de letras, números o signos por unidad. Servicio 6.00 1.1.14 Taludes.

1.1.14.1 Construcción en fosa. Servicio 81.00

1.1.14.2 Arreglo en fosa de adultos. Servicio 52.00

1.1.14.3 Arreglo en fosa de menores. Servicio 30.00

1.1.15 Desmonte y monte de monumentos.

1.1.15.1 Grande de granito. Servicio 791.00

1.1.15.2 Mediano de granito. Servicio 507.00

1.1.15.3 Chico de granito. Servicio 253.00

1.1.15.4 De piedra natural. Servicio 674.00

1.1.15.5 De mármol, se cobraran derechos iguales al 15% de su valor.

1.1.15.6 De guarnición de granito. Servicio 81.00

1.1.15.7 De cintarrilla de Cemento. Servicio 52.00

1.1.15.8 De capilla, según presupuesto mínimo. Servicio 1,689.00 1.1.16 Ampliaciones.

1.1.16.1 De fosa de adulto. Servicio 81.00

1.1.16.2 De fosa de menor a fosa para adulto. Servicio 168.00

1.1.16.3 Perimetral de banquetas. Servicio 248.00

(23)

1.2 Uso o aprovechamiento de bienes del dominio público para la realización de eventos sociales, culturales o deportivos

1.2.1 Instalaciones deportivas 1.2.1.1 Canchas de fútbol soccer

1.2.1.1.1 Canchas de fútbol soccer empastadas con medidas reglamentarias al aire libre Partido 477.00 1.2.1.1.2 Canchas de fútbol soccer empastadas sin medidas reglamentarias Partido 322.00 1.2.1.1.2.1 Canchas de fútbol soccer empastadas sin medidas reglamentarias (La

Conchita)

Partido 119.00 1.2.1.1.2.2 Canchas de fútbol soccer empastadas sin medidas reglamentarias (La

Cañada)

Partido 119.00 1.2.1.1.2.3 Canchas de fútbol soccer empastadas sin medidas reglamentarias

(Golondrinas)

Partido 119.00 1.2.1.1.3 Canchas de fútbol soccer sin empastar con medidas reglamentarias al aire

libre

Partido 311.00 1.2.1.1.3.1 Canchas de fútbol soccer sin empastar con medidas reglamentarias al aire

libre para escuela. Centro Deportivo, Ecológico y Cultural Plateros

Hora 617.00 1.2.1.1.5 Canchas de fútbol soccer sin empastar con medidas reglamentarias al aire

libre. Centro Deportivo, Ecológico y Cultural Plateros

Partido 492.00 1.2.1.1.6 Canchas de fútbol soccer sin empastar sin medidas reglamentarias al aire

libre

Partido 124.00

1.2.1.2 Canchas de fútbol rápido o de salón

1.2.1.2.1 Canchas de fútbol rápido o de salón con medidas reglamentarias al aire libre Partido 125.00 1.2.1.2.1.1 Canchas de fútbol rápido o de salón con medidas reglamentarias al aire libre.

(Centro Deportivo, Ecológico y Cultural Plateros)

Partido 198.00 1.2.1.2.2 Canchas de fútbol rápido o de salón sin medidas reglamentarias al aire libre Partido 75.00

Clave Concepto Unidad de

Medida Cuota $ 1.2.1.2.3 Canchas de fútbol rápido o de salón bajo techo con medidas reglamentarias Partido 376.00 1.2.1.4 Canchas de básquetbol

1.2.1.4.1 Canchas de básquetbol con medidas reglamentarias al aire libre Partido 125.00 1.2.1.7 Otro tipo de canchas

1.2.1.7.1 Otras canchas para la práctica de frontón, squash y raquetbol Partido 124.00 1.2.1.7.2 Cancha de tenis, sin medidas reglamentarias Partido 115.00 1.2.2 Albercas

1.2.2.2 Alberca Semiolímpica Mes 3,693.00

1.2.3 Instalaciones para eventos diversos

1.2.3.1.2 Instalaciones para sala de exposiciones y galerías Evento 814.00 1.2.3.1.2.1 Instalaciones para sala de exposiciones y galerías. Centro Cultural San Ángel Evento 1,059.00 1.2.3.1.3 Instalaciones para teatros, auditorios y foros al aire libre Evento 862.00

1.2.3.1.3.1 Fiestas Infantiles Evento 617.00

(24)

1.2.3.1.4.6 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas (Desarrollo Comunitario)

Evento 5,829.00 1.2.3.1.4.1 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas.(Gimnasio Modular

G-3 y Centro Deportivo, Ecológico y Cultural Plateros)

Evento 6,153.00 1.2.3.1.4.1.1 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas. Centro Cultural San

Ángel

4 Horas 8,018.00 1.2.3.1.4.2 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas. Salón de Usos

Múltiples

Evento 11,658.00 1.2.3.1.4.3 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas con servicios.

(Teatro de la Juventud)

Evento 15,998.00 1.2.3.1.4.4 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas, ensayo de obras,

conciertos y similares. Teatro de la Juventud

Evento 5,406.00 1.2.3.1.4.5 Teatros, auditorios, foros cerrados y salones para fiestas, Lobby. Teatro de la

Juventud

Evento 5,406.00 1.2.3.1.5.1 Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 1 a 20 personas por 20 horas Mes 352.00 1.2.3.1.5.1.

2

Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 1 a 20 personas por 20 horas (Desarrollo Comunitario)

Mes 409.00 1.2.3.1.5.1.

1

Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 1 a 10 personas (Desarrollo Comunitario)

Mes 99.00 1.2.3.1.5.2 Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 21 a 35 personas por 20 horas Mes 586.00 1.2.3.1.5.2.

2

Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 21 a 35 personas por 20 horas (Desarrollo Comunitario)

Mes 641.00 1.2.3.1.5.2.

1

Otras áreas bajo techo de usos múltiples por 20 horas (Desarrollo Comunitario)

Mes 393.00 1.2.3.1.5.3 Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 36 a 50 personas por 20 horas Mes 819.00 1.2.3.1.5.3.

2

Otras áreas bajo techo de usos múltiples de 36 a 50 personas por 20 horas (Desarrollo Comunitario)

Mes 875.00 1.2.3.1.5.3.

1

Otras áreas bajo techo de usos múltiples por 40 horas (Desarrollo Comunitario)

Mes 619.00 1.2.3.1.5.4 Otras áreas bajo techo de usos múltiples por 80 horas (Desarrollo

Comunitario)

Mes 787.00 1.2.3.1.5.5 Otras áreas bajo techo de usos múltiples por 120 horas (Desarrollo

Comunitario)

Mes 1,180.00

1.2.3.1.6 Instalaciones para usos múltiples Evento 1,258.00

1.2.3.1.7 Instalaciones para usos múltiples. (Centro Cultural San Ángel) Evento 1,763.00 1.2.3.2 Relacionadas con alimentación

1.2.3.2.1 Cafeterías Mes 923.00

1.2.3.2.1 Cafeterías (Desarrollo Comunitario) Mes 991.00

1.2.3.2.1.1 Cafeterías. (Centro Deportivo, Ecológico y Cultural Plateros, Gimnasio Modular G-3, Salón de Usos Múltiples, Teatro de la Juventud, Centro Cultural San Ángel, Casa Jaime Sabines)

Mes 1,847.00

Clave Concepto Unidad de

Medida Cuota $

1.2.3.3.1 Locales Comerciales Mes 1,847.00

1.2.3.3.2 Locales para librerías Mes 6,153.00

1.2.3.3.3 Puestos y módulos Mes 370.00

1.2.3.3.3.1 Puestos y módulos (Desarrollo Comunitario) Mes 582.00 1.2.3.4.1 Ferias, juegos mecánicos, diversiones y similares (En instalaciones de la

Dirección General de Cultura, Educación y Deporte)

(25)

1.2.3.4 Ferias, juegos mecánicos, diversiones y similares m2/día 8.00 1.4 Autorizaciones para el uso o aprovechamiento de bienes del dominio

público

1.4.2.1.2 Espacios para la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y similares

Maquina / mes

718.00 1.4.2.1.2.1 Espacios para la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y

similares (Desarrollo Comunitario)

Maquina / mes

817.00 1.5 Ingresos que derivan de la aplicación de los artículos 304 al 307 del

Código Fiscal del Distrito Federal, y sus accesorios

1.5.1.1 Art. 304 Puestos Semifijos de 1.80 por 1.20 metros, o menos, incluyendo los de Tianguis, Mercados sobre Ruedas y Bazares

Día 8.00 1.5.1.2 Art. 304 Puestos fijos que se encuentren autorizados y que cumplan la

normatividad vigente de conformidad con el Reglamento de Mercados

Día 24.00 a

48.00

1.5.2.1 Art. 307-a Casetas Telefónicas Semestral 923.50

1.5.2.2 Art. 305-a Acomodadores de vehículos que utilicen para la recepción de los vehículos la vía pública, sin publicidad y que en ningún caso podrá exceder de un metro cuadrado de dimensión

Semestral 1,307.00

1.5.2.2.1 Art. 305-b Acomodadores de vehículos que utilicen para la recepción de los vehículos la vía pública, con publicidad y que en ningún caso podrá exceder de un metro cuadrado de dimensión

Semestral 6,538.00

2 PRODUCTOS

2.1.1.4 Idiomas

2.1.1.4.2 Ingles Persona / Mes 75.00

2.1.1.5 Actividades educativas

2.1.1.5.2 Enseñanza de juguemos cantando Persona / mes 99.00

2.1.1.5.3 Actividades Educativas asesoría de tareas Persona / mes 61.00 2.1.1.5.3 Actividades Educativas asesoría de tareas (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00 2.2.1.1 Oficios

2.2.1.1.1 Carpintería Persona / mes 61.00

2.2.1.1.1.1 Carpintería (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.1.8 Cocina y repostería Persona / mes 61.00

2.2.1.1.9 Oficios corte y confección Persona / mes 61.00

2.2.1.1.9.1 Oficios corte y confección (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.1.10 Cultura de Belleza Persona / mes 61.00

2.2.1.1.10.1 Cultura de Belleza (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.1.14 Tejido y bordado Persona / mes 61.00

2.2.1.1.14.1 Tejido y bordado (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.1.15 Primeros auxilios Persona / mes 73.00

2.2.1.2 Actividades Artísticas y Manualidades

2.2.1.2.1 Arreglos Artísticos Persona / mes 61.00

2.2.1.2.3 Juguetería Persona / mes 50.00

2.2.1.2.3.1 Juguetería (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.2.5 Migajón Persona / mes 50.00

2.2.1.2.5.1 Migajón (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

(26)

2.2.1.2.8.1 Artesanías (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.2.10 Cerámica Persona / mes 61.00

Clave Concepto Unidad de

Medida Cuota $

2.2.1.2.11 Fotografía Persona / mes 55.00

2.2.1.4 Enseñanza a personas con retos especiales

2.2.1.4.1 Terapia de lenguaje Persona / mes 55.00

2.2.1.4.1.1 Terapia de lenguaje (Desarrollo Comunitario) Persona / mes 71.00

2.2.1.4.2 Terapia psicológica Mes 55.00

2.2.1.4.2.1 Terapia psicológica (Desarrollo Comunitario) Mes 71.00

2.2.1.4.3 Lecto-escritura Mes 55.00

2.2.1.4.3.1 Lecto-escritura (Desarrollo Comunitario) Mes 71.00

2.2.1.4.5 Terapia física de Fisioterapias Persona / mes 55.00

2.2.2 Servicio profesional de medicina odontológica

2.2.2.1 Aplicación de flúor Consulta 25.00

2.2.2.2 Curación dental Consulta 25.00

2.2.2.3 Limpieza dental Consulta 25.00

2.2.2.4 Amalgama o resina Consulta 25.00

2.2.2.5 Extracciones de dientes temporales Consulta 25.00

2.2.2.6 Extracciones de dientes permanentes Consulta 37.00

2.2.2.7 Profilaxis (limpieza dental) Consulta 25.00

2.2.2.8 Tratamiento pulpar Consulta 25.00

2.2.2.9 Pulpotomía Consulta 25.00

2.2.2.10 Selladores de fosetas y fisuras Consulta 25.00

2.2.3 Servicio Profesional de Medicina General

2.2.3.1 Médico general Consulta 20.00

2.2.3.2 Curaciones Consulta 25.00

2.2.3.3 Toma de signos vitales Consulta 12.00

2.2.3.4 Control de azúcar Consulta 25.00

2.2.3.5 Colposcopía Consulta 50.00

2.2.3.6 Revisión de dispositivo intrauterino Consulta 25.00

2.2.3.7 Mastografía Consulta 75.00

2.2.3.8 Certificado médico Consulta 37.00

2.3.1.1 Artes marciales

2.3.1.1.3 Karate Lima Lama Persona / mes 124.00

2.3.1.2 Deportes Acuáticos

2.3.1.2.3.1 Natación Alberca Semi-olímpica Plateros Persona / hr 30.00 2.3.1.2.3.2 Natación Gimnasio Modular G-3 Persona / mes 124.00 2.3.1.2.3.3 Natación Alberca Semi-olímpica La Cuesta Persona / hr 30.00 2.3.1.2.3.4 Natación Alberca Semi-olímpica Pedro “El Mago” Septién Persona / mes 124.00 2.3.1.3 Deportes en equipo

(27)

2.3.1.4 Deportes de contacto

2.3.1.4.1 Box. Gimnasio Modular G-3 Persona / mes 99.00

2.3.1.6 Gimnasia y Aerobics

2.3.1.6.1 Aerobics. Gimnasio Modular G-3 Persona / mes 124.00 2.3.1.6.2.3 Artística. Gimnasio Modular G-3 Persona / mes 124.00 2.3.1.7 Actividades Atléticas

2.3.1.7.5 Físicoculturismo. Gimnasio Modular G-3 Persona / mes 124.00 2.3.1.9 Otras actividades

2.3.1.9.1 Curso de Verano Persona /

curso

738.00 2.3.2 Servicios relacionados con inscripciones deportivas

2.3.2.1 Inscripción o membresía* Persona / año 91.38

2.3.2.1.4 Inscripción o membresía. Alberca Semiolímpica Plateros* Persona / año 246.55 2.3.2.1.5 Inscripción o membresía. Alberca Semiolímpica La Cuesta* Persona / año 184.48

2.3.2.3 Reposición de credencial* Persona 42.24

Clave Concepto Unidad de

Medida Cuota $ 2.4.1 Servicio de enseñanza inicial

2.4.1.1.3 Inscripción o reinscripción. CENDIDEL* Anual 187.93

2.4.1.3.1.6 Mensualidad. CENDIDEL Mes 332.00

2.5.6 Servicios profesionales de medicina canina

2.5.6.1 Consulta veterinaria Consulta 20.00

2.5.6.2 Esterilización Consulta 124.00

2.5.6.3 Curaciones Consulta 20.00

2.5.6.4 Aplicación de vacunas Consulta 12.00

2.5.6.5 Donación de mascotas Consulta 6.00

2.5.9 Otros servicios

2.5.9.2.1 Estacionamiento por hora* Hora 17.24

2.5.9.2.2 Estacionamiento por fracción* 15 minutos 5.17

2.5.9.2.3 Estacionamiento por día* Día 70.69

2.5.9.2.4 Estacionamiento pensión* Mes 609.48

2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos* Persona 3.45 2.5.9.6 Unidades promotoras de encuestas y difusión de servicios públicos, así como

de productos y servicios del sector privado*

(28)

TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Segundo.- Las presentes Reglas surtirán efectos el día siguiente al de su publicación.

Tercero.- Queda sin efectos el “Aviso por el cual se dan a conocer los conceptos y cuotas por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio público, prestación de servicios en el ejercicio de funciones de derecho público, servicios que correspondan a funciones de derecho privado y uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado del Gobierno del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1551, de fecha 26 de febrero de 2013.

Cuarto.- Los servicios marcados con asterisco, se les aplicará la tasa del 16% del IVA, de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

México, D.F. a 11 de Febrero de 2014

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN (Firma)

Referencias

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