PAVIMENTACIONES Y REPAVIMENTACIONES CON TRATAMIENTOS SUPERFICIALES BITUMINOSOS EN LA ZONA OESTE DEL DEPARTAMENTO DE MALDONADO
1. OBJETO
El objeto del presente llamado es la pavimentación y repavimentación de calles en distintas ciudades del Departamento de Maldonado, preferentemente en localidades de los municipios de Solís y Pan de Azúcar de acuerdo a los Pliegos y memoria descriptiva que se detalla a continuación. En particular, en el municipio de Solís, se prevé realizar tareas en las localidades de Solís Grande, Cerros Azules, Gregorio Aznárez, Balneario Solís, Bella Vista, Balneario Las Flores, Estación las Flores. En el municipio de Pan de Azúcar, se realizarán trabajos en la ciudad de Pan de Azúcar y zonas aledañas. Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, se podrán realizar trabajos en otras localidades del departamento y podrán realizarse adjudicaciones parciales de los metrajes de obra.
2. DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
Las obras consistirán en la ejecución de pavimentaciones nuevas y repavimentaciones en tratamientos superficiales bituminosos dobles, ejecución de riegos simples sobre pavimentos granulares, o riegos tipo B en calles que ya cuenten con un riego anterior, con la posibilidad de realizar adecuaciones previas de las superficies existentes, como ser escarificados, conformaciones y bacheos previos en tosca.
CONDICIONES TECNICAS 3. TRABAJOS PREVIOS
De acuerdo a las condiciones en que se encuentre la superficie a intervenir, se distinguirán los tipos de tareas a realizar:
3.1. Bacheo en tosca y tratamiento superficial bituminoso.
Se ejecutarán estos trabajos cuando se constaten baches cuyo origen sean atribuibles a deficiencias estructurales de la base del pavimento. Generalmente estos problemas se evidencian por la presencia de “piel de cocodrilo” o hundimientos importantes en la superficie de rodadura.
En estos casos, los baches serán cortados en paños de no menos de 5 m2, y preferentemente se realizarán en media calzada o ancho de calzada completa. Una vez que se haya removido el pavimento asfáltico existente se ejecutará la excavación para remover y sustituir el paquete granular, procediéndose luego a la
ejecución del tratamiento bituminoso. El tipo de tratamiento a realizar y los espesores del paquete granular a colocar, lo fijará la Dirección de Obra.
Si la Dirección de Obra así lo indicare, se cortará el bache en una superficie mayor a la de la zona afectada, de manera de eliminar zonas de borde contaminadas y poder realizar la compactación con el equipo adecuado.
En cualquier caso la Dirección de Obra podrá determinar que una vez ejecutada la base se difiera la colocación del tratamiento entre 3 y 7 días y se de tránsito al bache ejecutado en material granular.
Esta tarea se pagará con los rubros “Excavación no clasificada”, Tosca para bacheo” y los rubros correspondientes a la ejecución de tratamientos bituminosos cunado corresponda.
3.2. Bacheo Menor y tapado de pozos.
Esta definición comprende a aquellas tareas de bacheo que se ejecuten en zonas donde sólo exista deterioro, fisuración, oxidación, erosión o fatiga de la superficie de rodadura, sin tener problemas estructurales de la base. Se incluirán también en este rubro las intervenciones a realizar sobre los pozos que se hayan formado por efecto de deterioro y erosión, conformando las llamadas “ollas”. En estos casos se removerá el material suelto, se limpiará y barrerá bien la zona afectada y se repondrá el tratamiento, sin necesidad de cortar y escuadrar el pozo. En función del tamaño del pozo o bache, se podrá realizar a mano o mediante la utilización de gravilladora. Este criterio lo definirá la Dirección de Obra en cada caso.
Previo al tendido del nuevo pavimento de rodadura, se procederá a la compactación de la base granular existente si fuera posible en función de la superficie de la intervención.
3.3. Conformación de bases granulares y tratamientos bituminosos existentes. En las calles que a juicio de la Dirección de Obra existiese una capa de material granular de buena calidad, con un espesor suficiente para aportar una capacidad estructural adecuada a las cargas que recibirá ese pavimento, se encomendará al contratista la tarea de escarificar en un espesor de 10cm, humedecer, conformar y compactar la superficie existente a los efectos de que quede en condiciones de recibir el riego de imprimación. Estas tareas quedarán comprendidas dentro del rubro “Escarificado y Conformación“ el cual se cotizará por metro cuadrado, exigiéndose el mismo grado de compactación que en el artículo referido a " Base Granular. "
Eventualmente podrán realizarse estos trabajos con aportes de material granular en zonas localizadas.
En las calles donde exista un tratamiento bituminoso que a juicio de la Dirección de Obra esté en malas condiciones, ésta podrá indicar su escarificado y posterior conformación de la superficie de acuerdo a las condiciones anteriores.
4. BASE GRANULAR
4.1 Los trabajos a realizarse en este contrato con material granular, corresponden a los bacheos y aportes de material en el caso de conformaciones en lugares determinados.
4.2 El material granular a emplear cumplirá las condiciones de la sección IV del Pliego de Condiciones de la Dirección de Vialidad del MTOP para la construcción de Carreteras. Tendrá un CBR > 80 % y una expansión menor o igual al 0,5% ( medio por ciento) para una sobrecarga de 4.500 grs ( cuatro mil quinientos gramos) así como también LL< 25, IP <6 y una curva granulométrica comprendida entre los límites indicados en el cuadro siguiente, sin perjuicio de que la Dirección de Obra pueda aceptar otras curvas granulométricas no comprendidas en esa gradación. Tamices % que pasa
1” ¼ ... 100 3/8 ... 55-90 4 ... 40-75 10 ... 25-60 40 ... 10-35 200 ... 5-20
4.3 El contratista deberá compactar cada capa de base con el número necesario de pasadas de equipo de compactación adecuado a juicio de la Dirección de Obra sobre la superficie total de la misma como para asegurar que el material haya sido uniforme y suficientemente compactado. Debe alcanzarse en la compactación el 98% del peso unitario seco máximo.
4.4 Los trabajos ejecutados se liquidarán sobre el cubaje geométrico compactado y de recibo de la base ejecutada al precio unitario fijado para el rubro “Tosca CBR > 80 para recargo de base”.
Se pagará como máximo el volumen geométrico indicado en el proyecto de pavimento correspondiente.
También se consideran incluidos los derechos de piso, descubierta de cantera, servidumbre de paso y todos los gastos que se originen por la extracción, carga, descarga, acarreo y acondicionamiento de los materiales.
4.5 El costo de los trabajos, materiales, equipos, herramientas y demás elementos necesarios para la provisión y aplicación del agua necesaria para la compactación de las obras de suelos, se considerarán incluidos en el precio unitario establecido en el contrato para el rubro respectivo.
5. IMPRIMACION
5.1 Luego de aprobada la base granular se hará un intenso barrido de modo de eliminar el polvo y los materiales sueltos y si fuera necesario se le humedecerá ligeramente para favorecer la penetración del diluído; luego se procederá al riego de imprimación asfáltica.
5.2 La imprimación de la base granular se hará empleando diluido asfáltico MC1 en la proporción que indique la Dirección de Obra. Esta imprimación deberá realizarse en un todo de acuerdo con la sección V del Pliego de Condiciones de la Dirección de Vialidad del MTOP.
6. TRATAMIENTO BITUMINOSO
6.1. En lo referente al tratamiento bituminoso a ejecutarse, este Pliego particular se remite en un todo a las condiciones establecidas en los capítulos A, B, C, D, E, F y G de la Sección V del Pliego de Condiciones de la Dirección de Vialidad para la Construcción de Puentes y Carreteras.
6.2. Los tratamientos bituminosos se deberán iniciar inmediatamente después de terminadas las superficies que las han de recibir y de haber sido aprobados por la Dirección de Obra, siempre que la fecha de terminación esté comprendida dentro de los períodos en que se autoriza la ejecución de riegos con materiales bituminosos.
6.3. En el caso de que la superficie quede terminada en uno de los períodos de prohibición, el contratista deberá a su cargo conservarla y mantenerla, de modo que cumplido el período o cuando lo disponga la Dirección de Obra, esté en las condiciones de aceptación requeridas para recibir el tratamiento bituminoso.
6.4. El material asfáltico a emplear en el tratamiento bituminoso será emulsión catiónica. El agregado pétreo a emplear será escogido entre los designados en los números 4 y 5 en el Art. A-3 de la sección V del Pliego del MTOP.
7. CUADRO DE METRAJES Y FORMULA PARAMETRICA
Se adjuntan cuadros de metrajes y coeficientes de incidencia. Los metrajes establecidos en el presente pliego, son de carácter estimativo. La Intendencia podrá adjudicar cantidades menores, de acuerdo a las disponibilidades presupuestales. Los precios se ajustarán mensualmente, de acuerdo a la siguiente fórmula de ajuste paramétrico.
P = Po (m* M/Mo + d * D/Do + j * J/Jo + cv * CV/CVo ) Donde:
m: coeficiente de incidencia de los materiales.
Mo: valor de los valor de los diferentes materiales correspondientes al boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas vigente 10 días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
M: valor de los valor de los diferentes materiales correspondientes al boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas del mes considerado.
d: coeficiente de incidencia del dólar.
Do: valor del dólar correspondiente al Boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas vigente 10 días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
D: valor del dólar correspondiente al Boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas del mes considerado.
j: coeficiente de incidencia de la mano de obra
Jo: valor del jornal correspondiente a la cuadrilla tipo para la Zona I del Boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas vigente 10 días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
J: valor del jornal correspondiente a la cuadrilla tipo para la Zona I del Boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas del mes considerado.
cv: coeficiente de incidencia del costo de vida
CVo: Costo de vida correspondiente al Boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas vigente 10 días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
CV: Costo de Vida correspondiente al Boletín de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas del mes considerado.
El plazo para la ejecución de estos trabajos será de seis meses a partir del comienzo efectivo de las obras.
Debido a que parte de las calles a intervenir pueden ser producto de otro contrato de preparación de bases y cordón cuneta, o de preparaciones previas por parte de la Intendencia, el ritmo de trabajo se deberá adecuar a las calles que estén prontas para ejecutar. Si durante el transcurso de la obra, se advirtiera que no hay calles prontas en cantidad suficiente para realizar el trabajo en el plazo estipulado, el mismo se prorrogará convenientemente.
El contratista no podrá por lo tanto exigir a la Intendencia la apertura de más frentes de trabajo para acelerar su ritmo de ejecución.
El plazo fijado para la terminación de las obras está basado en la suposición de que el número de días efectivos de trabajo en cada mes del año es: quince (15) días para los meses de mayo, junio, julio y agosto y veinte (20) días para los meses restantes. Si durante el período de ejecución hubiera menos días de trabajo que los previstos, se aumentará el plazo, en la diferencia entre el número de días previstos y el número de días reales trabajables.
9. REPRESENTANTE TÉCNICO E INGENIERO RESIDENTE
El Contratista deberá designar un representante Técnico con título de Ingeniero Civil de la Universidad de la República, Universidades privadas habilitadas, o revalidado legalmente, a cuyo cargo estará realizar todas las gestiones y el recibir todas las comunicaciones de carácter técnico atinentes al Contratista. Además deberá contar con un Ingeniero Residente en la zona con presencia permanente en la obra. Estas funciones podrán ser cumplidas por la misma persona.
10. MOVILIZACION E IMPLANTACION
10.1 Se pagará al Contratista por concepto de Movilización e Implantación de Obra el rubro “Movilización”, cuyo importe, que no podrá superar el 5% (cinco por ciento) del total del contrato, se incluirá en la oferta.
10.2 Este rubro se pagará:
50% (cincuenta por ciento) cuando el contratista haya llevado a la obra la totalidad del equipo de conformaciones, haya completado su campamento, cuente con personal suficiente, y haya presentado en la oficina de Vialidad Urbana de la Intendencia los recaudos correspondientes al registro de la obra en el Banco de Previsión Social.
El 50 % (cincuenta por ciento) restante cuando se haya certificado obra por un valor no inferior a precios básicos al 10% (diez por ciento) del contrato, excluída la movilización.
11. EQUIPOS DE LABORATORIO
11.1 El Contratista deberá instalar (a partir de la iniciación de la Obra y hasta la recepción provisoria de la misma) los equipos de laboratorio y personal necesario para el control de todos los parámetros y especificaciones técnicas exigidas en el presente Pliego y las demás consideraciones que se imponen a través de la referencia al Pliego de Condiciones de la Dirección de Vialidad del MTOP.
11.2 Asimismo deberá contar con el equipo de Topografía adecuado a juicio de la Dirección de Obra y los elementos necesarios para la extracción de muestras y testigos de los distintos elementos de Los trabajos a realizar.
12. CARTELONES DE OBRA
Inmediatamente después de la firma del Contrato, y como máximo 15 (quince) días a partir de la fecha de replanteo y antes de dar comienzo a las obras, se colocarán cuatro carteles, en lugares a indicar, con las siguientes características:
Dimensiones
- 4.20 m x 2.97 m (A3 x 100) Materiales
- Ploteo en lona o PVC a cuatro tintas
- Bastidor en tubular metálico con fondo antióxido y pintado
Debido a que los carteles se instalarán en lugares legibles de ambos lados, deberán construirse en doble faz
El dimensionado de la estructura de sostén será de responsabilidad de la empresa proveedora del cartel, en cada caso, de acuerdo a las dimensiones del mismo. El diseño gráfico del cartel será suministrado oportunamente.
El no cumplimiento en plazo dará lugar a una multa de 4 UR por día y por cartelón. 13. SEÑALIZACIÓN DE LA ZONA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El Contratista deberá disponer de todos los elementos necesarios para una adecuada señalización y balizamiento de la obra (carteles, barreras, etc.). Además se deberá contar con elementos que permitan la señalización nocturna y los eventuales cierres de calles al tránsito. (guirnaldas, balizas electrificadas, etc).
En todos los casos en que sea necesario, el contratista deberá tomar las providencias para realizar las obras de manera de no interrumpir totalmente el tránsito o en su defecto de restablecerlo rápidamente.
Desde el momento del inicio de las obras, en cada localidad, el contratista deberá tomar a su cargo el mantenimiento de toda la traza donde se va a desarrollar la obra, así como los eventuales desvíos que sea necesario utilizar, para garantizar la circulación en condiciones aceptables. Estos trabajos no serán objeto de pago específico, debiendo el contratista incluirlos dentro de sus costos.
14. SERVICIOS PÚBLICOS
Todas las instalaciones existentes de servicio público en la zona de trabajo deberán ser rigurosamente resguardadas por el Contratista, que será responsable por cualquier daño que les pudiera suceder y de los accidentes derivados sobre personas.
15. PERSONAL
Resultará requisito indispensable que la Empresa Adjudicataria asuma el compromiso de contratar a un 80% (ochenta por ciento) de residentes en el Departamento de Maldonado en el rubro personal no especializado.
16. PLAN DE AVANZAMIENTO, EQUIPOS Y ANTECEDENTES
Se exigirá Plan de Avanzamiento de Obras, que se considerará parte de la oferta y que contendrá:
a) Cuadro en que conste el porcentaje de cada uno de los rubros que se prevé ejecutar en cada uno de los meses del plazo.
b) Listado, indicando unidad por unidad el equipo destinado a esta obra expresando:
marca, modelo, año de fabricación, sitio donde se encuentra a la fecha propuesta, datos técnicos de catálogos que permitan determinar el rendimiento de cada unidad en su tarea específica.
c) Lista detallada de todas las obras viales ejecutadas en los últimos tres años, indicando fechas, organismos contratantes y monto de las mismas.
17.1 La Dirección de Obra ejercerá la inspección técnica detallada y permanente de las obras, con amplias facultades para exigir el cumplimiento de todas las disposiciones que estime necesarias y convenientes para la buena ejecución de los trabajos de acuerdo con el contrato.
17.2 La Dirección de Obra será ejercida por los Ingenieros que a tales efectos designe el Intendente Municipal. La Intendencia queda facultada para designar hasta dos sobrestantes, a los efectos de control y fiscalización así como otras facultades que se les asigne a juicio de la Intendencia y por intermedio de la Dirección de Obra.
17.3 En la ejecución de las obras, el contratista se deberá ajustar al contrato, así como a las órdenes de servicio, e instrucciones que expida por escrito la Dirección de Obra y de las que aquel dará recibo.
17.4 La Dirección de Obra tendrá acceso e inspeccionará en cualquier momento el trabajo, fiscalizará la cantidad y la calidad de los materiales empleados, controlará las tomas de muestra, los exámenes, ensayos, pruebas y análisis de los materiales, conforme a las especificaciones técnicas; revisará y comprobará los certificados de obra y prestará su aprobación a los efectos del pago.
18. SUMINISTRO DE LOCOMOCION, TELEFONO Y ELEMENTOS DE CONTROL
18.1 El contratista deberá suministrar un vehículo sin chofer, con una antigüedad máxima de 2 años y 30.000 km de uso máximo al comienzo de las obras, de cuatro puertas, con sistema de frenos abs y 2 airbags, en perfectas condiciones de funcionamiento, para uso de la Dirección de Obra. El mismo estará a la orden desde el comienzo de la obra hasta la recepción provisoria. Todos los gastos inherentes al funcionamiento del vehículo serán de cargo del Contratista. Se prevé una utilización de 2000 km mensuales. Asimismo se deberá suministrar el combustible necesario para otro vehículo con un uso de 1500 km mensuales. En los períodos de licencia de la construcción, el vehículo suministrado quedará a la orden de la Intendencia, sin suministro de combustible por parte del Contratista.
18.2. El contratista de cada obra deberá proporcionar un teléfono celular a disposición de la Dirección de Obra. Se prevé un consumo mensual de $ 2500. El servicio estará disponible hasta la recepción provisoria.
Todos los gastos originados por el uso de dicho servicio irán por cuenta exclusiva del contratista.
18.3 El contratista deberá suministrar, antes del comienzo de las obras, el siguiente equipamiento:
Tres odómetros.
Una cámara de fotos digital, nueva, con zoom óptico 12 X y batería recargable. Todo el material será entregado a la Intendencia con carácter definitivo. 19. ORDENES DE SERVICIO Y LIBRO DE ACTAS
Toda disposición referente al contrato, será comunicada por la Dirección de Obra al contratista mediante órdenes de servicio dadas por escrito con sus correspondientes copias, las cuales estarán debidamente numeradas y se consignarán por orden de fecha.
Dentro de las veinticuatro horas de requerírselo la Dirección de Obra, el contratista deberá notificarse de cada orden de servicio que aquella imparta.
20. COMUNICACIONES DEL CONTRATISTA
Todas las comunicaciones o peticiones que el contratista deba hacer sobre la ejecución de los trabajos, las dirigirá a la Dirección de Obra.
21. RECUSACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE OBRA
21.1 El contratista no podrá recusar el personal de fiscalización e inspección, ni a los técnicos encargados de la dirección de la obra.
21.2 Cuando el contratista se considere injustamente perjudicado por los procedimientos empleados por la Dirección de Obra, o por el personal de inspección y fiscalización recurrirá, en queja fundada por escrito, el que se resolverá en definitiva por el Intendente Municipal, sin que por ello se interrumpan los trabajos.
22. DISCREPANCIAS ENTRE LA DIRECCION DE OBRA Y EL CONTRATISTA
No estando conforme el contratista con alguna orden de servicio o decisión de la Dirección de Obra, dentro del término de los diez días calendario, expondrá por escrito los fundamentos de su disconformidad a la referida Dirección, y por su intermedio, a la Dirección General de Obras y Talleres el que dictará resolución en los quince días calendario subsiguientes. Si se dejara transcurrir el plazo sin presentar reclamación entenderá que acepta lo resuelto por la Dirección y no le será admitido ningún recurso ulterior. En ningún caso este procedimiento tendrá efecto suspensivo con respecto por parte del contratista de las órdenes impartidas por la Dirección de Obra.
Toda obra hecha y todo material empleado estará sujeto a inspección, pero el hecho de que ésta no se realice no exime al contratista de su obligación de realizar el suministro de conformidad con el contrato.
24. VICIOS DE CONSTRUCCION
24.1 Si durante la ejecución de las obras, o una vez terminadas, antes de su recepción definitiva, se advierten vicios de construcción en ellas, el Director de la Obra dispondrá su demolición y reconstrucción, fijando un plazo prudencial para ello, sin que al contratista le sirva de excusa el hecho de que aquel o quien ejerza las funciones, las hubiera examinado y aceptado con anterioridad.
Transcurrido el plazo establecido sin que el contratista de cumplimiento a las órdenes impartidas, la Intendencia podrá proceder a realizar los trabajos necesarios por cuenta de aquél, a quien le será impuesta además una multa equivalente al 25% (veinticinco por ciento del monto de los trabajos.
24.2 Si el Director de Obra tuviera motivos fundados para creer en la existencia de vicios ocultos en la obra ejecutada, podrá ordenar en cualquier momento antes de la recepción definitiva, las demoliciones que estime necesarias a fin de verificar la existencia de tales vicios.
24.3. El contratista está obligado a cumplir las órdenes recibidas en tal sentido en el plazo que les sea fijado, transcurrido el cual, sin cumplimiento de su parte, la Intendencia podrá proceder a ejecutar por sí misma o por intermedio de terceros, los trabajos.
24.4 En el caso en que no fuera verificada la existencia de vicios de construcción, los gastos de demoliciones y reconstrucciones, correrán por cuenta de la Intendencia. 24.5 En caso contrario, serán de cargo del contratista, al que le serán descontados en el primer pago a efectuarse junto con un 25% (veinticinco por ciento) de recargo por concepto de multa, en el caso que por falta de cumplimiento, los trabajos hayan sido ejecutados por parte de la Intendencia o por terceros.
24.6 Todos los materiales a emplearse serán de la mejor calidad dentro de la especie. Los materiales defectuosos o que no estén de acuerdo con las especificaciones de la memoria o las instrucciones de la Dirección de Obra, serán rechazados debiendo el contratista retirarlos de la obra dentro del plazo que se les fije.
24.7 En caso contrario será retirados por la mencionada Dirección por cuenta exclusiva del contratista.
25. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y SEGUROS El Contratista será responsable de:
- La seguridad de todas las actividades que se desarrollen en la zona de las obras. - Los daños ocasionados en virtud de la ejecución del contrato, a las personas que trabajen en ellas y a terceros, así como también a bienes públicos y privados, provengan dichos daños de las maniobras en sus instalaciones o del uso de la calle u otras razones que le sean imputables.
Previo a la firma del contrato correspondiente, el adjudicatario deberá contratar un seguro de responsabilidad civil extra contractual por un monto mínimo de U$S 1:000.000 durante todo el plazo contractual y hasta su recepción definitiva.
El certificado de seguro deberá ser aprobado por la Asesoría Notarial de la Intendencia antes de la fecha de iniciación de las obras y será controlado por ellos. Si el Contratista no proporciona el certificado exigido, el Contratante podrá contratar el seguro cuya póliza debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista.
Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Contratante. La intención de prorrogar el plazo debe ser comunicada a la empresa aseguradora al momento de contratar la póliza, dentro de los plazos estipulados con la misma, y en ningún caso en un plazo mayor a 15 (quince) días calendario
26. RECEPCION PROVISORIA Y DEFINITIVA
La recepción definitiva de la obra ocurrirá transcurridos doce meses de la recepción provisoria, en las condiciones que se expresan a continuación.
La recepción provisoria se realizará inmediatamente de terminada la obra y requerirá la conformidad de la Dirección Técnica correspondiente.
Este acto no implica la conformidad de las obras realizadas, sino solamente la certificación de que la obra fue terminada, iniciándose el período de conservación y mantenimiento.
En el caso que durante el período de conservación que transcurre luego de la recepción provisoria, fuera necesario realizar reparaciones, el contratista será notificado por escrito para que en un plazo de 72 horas proceda a la realización de los trabajos. A partir de la notificación se suspenderá el cómputo del plazo de conservación hasta que se concluya con los trabajos de reparación, lo que será certificado por escrito por la Dirección de Obra, prolongándose el plazo para la recepción definitiva en igual período al que se desarrollaron las tareas de reparación. Las leyes sociales correspondientes a estos trabajos serán por cuenta de
la empresa, por lo que podrán ser descontados de cualquier pago pendiente o de las garantías depositadas.
Si transcurrido el plazo, el contratista no concurriera, la Intendencia podrá proceder a realizar las reparaciones sin más trámite y descontará los gastos correspondientes de las garantías de conservación y buena ejecución, sin derecho a reclamo alguno por parte del Contratista, sin perjuicio de las multas establecidas en los artículos anteriores.
27. PERIODO DE LICENCIA DE LA CONSTRUCCION
Si durante el transcurso de la obra corresponden períodos de licencia de la construcción, el contratista deberá disponer el personal y equipo necesario para realizar el mantenimiento de la misma de acuerdo al nivel de avance que tenga en ese momento. En todos los casos se deberá mantener y controlar el equipamiento de señalización de obra y todo lo relativo a las condiciones de seguridad de la circulación del tránsito de vehículos y peatones en las zonas de obra.
28. CONDICIONES DE CALIFICACION
Se establecen requisitos de calificación con carácter excluyente cada uno de ellos. 1)Presentación del VECA, expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas. Se deberá incluir una copia del mismo en la oferta, además de su exhibición en el acto de apertura. El mismo deberá acreditar capacidad suficiente para ejecutar la obra en el momento de la apertura de ofertas, lo que será evaluado en el informe técnico, sin perjuicio de los requisitos que se establecen en otra parte de este pliego para el acto de apertura y para otras instancias del proceso licitatorio.
2) Antecedentes de obras de tratamientos bituminosos, por lo menos de 50.000 m2 ejecutadas en los últimos tres años. Se deberá certificar estos trabajos mediante nota del organismo o empresa contratante.
Los oferentes que cumplan con estos requisitos, serán evaluadas por su oferta económica.
29. FACTORES DE PONDERACION
Cumplido el artículo anterior, a los efectos de la comparación de ofertas, se establece como único factor de ponderación la oferta económica en un 100 %.
SOLIS
RUBRO UNIDAD METRAJE
1 MOVILIZACION GLOBAL 1
2 EXCAVACION NO CLASIFICADA 1.000
3 ESCARIFICADO Y CONFORMACIÓN 5.000
4 SOBRETRANSPORTE DE SUELOS 500
5 BACHEO MENOR Y TAPADO DE POZOS 1.500
6 TOSCA CBR > 80 PARA BACHEO 500
7 TOSCA CBR > 80 PARA RECARGO DE BASE m3 1.000
8 EJECUCIÓN DE RIEGO DE IMPRIMACIÓN 52.550
9 EJECUCIÓN DE TRATAMIENTO BITUMINOSO DOBLE 52.550 10 EJECUCION DE TRATAMIENTO SIMPLE (riego B) m2 18.000
11 DILUIDOS ASFALTICOS MC1 58
12 EMULSIONES ASFALTICAS 155
13 AGREGADOS PETREOS GRUESOS Y MEDIANOS 1.267
m3 m2 m3.KM m2 m3 m2 m2 m3 m3 m3
PAN DE AZUCAR
RUBRO UNIDAD METRAJE
1 MOVILIZACION GLOBAL 1
2 EXCAVACION NO CLASIFICADA 500
3 ESCARIFICADO Y CONFORMACIÓN 2.000
4 SOBRETRANSPORTE DE SUELOS 200
5 BACHEO MENOR Y TAPADO DE POZOS 400
6 TOSCA CBR > 80 PARA BACHEO 200
7 TOSCA CBR > 80 PARA RECARGO DE BASE m3 400
8 EJECUCIÓN DE RIEGO DE IMPRIMACIÓN 11.145
9 EJECUCIÓN DE TRATAMIENTO BITUMINOSO DOBLE 11.145 10 EJECUCION DE TRATAMIENTO SIMPLE (riego B) m2
11 DILUIDOS ASFALTICOS MC1 12
12 EMULSIONES ASFALTICAS 28
13 AGREGADOS PETREOS GRUESOS Y MEDIANOS 223
m3 m2 m3.KM m2 m3 m2 m2 m3 m3 m3 J O R N AL C O ST O D E V ID A D O L AR EQ U IP O M AT ER IAL G AS O IL F U EL O IL C EM . PO R T L AN D H IER R O ASF AL T O EXPL O SI VO S C U BI ER T AS M AD . E N C O F R AD O 1 26 22 26 26 56 18 5 13 8 2 19 20 32 29 84 8 8 3 19 20 32 29 84 8 8 4 16 21 19 44 77 23 5 16 22 39 23 67 17 8 8 6 16 21 27 36 91 9 7 16 21 27 36 91 9 8 22 19 22 37 88 12 9 22 19 22 37 88 12 10 22 19 22 37 88 12 11 7 15 6 72 6 93 1 12 7 15 6 72 6 93 1 13 16 20 31 33 64 23 13