Gasto Federalizado
Gobierno del Estado de México (EFSL del Estado)
Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Estatal Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-A-15000-02-0841 GF-138
Alcance
Miles de Pesos Universo Seleccionado 471,160.8
Muestra Auditada 182,711.7
Representatividad de la Muestra 38.8 %
La revisión comprendió la verificación de los recursos del FISE aportados por la Federación durante el año 2011 al Estado de México por 471,160.8miles de pesos. La muestra fue de 182,711.7 miles de pesos, que representa el 38.8% de los recursos transferidos.
Resultados
Evaluación de control interno
1. Los resultados de la evaluación del control interno, mostraron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:
Fortalezas:
• El Gobierno del Estado tiene el Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental y el Sistema de Control Presupuestal para el registro de las operaciones de los registros del fondo. Este sistema integral de contabilidad permite la vinculación de los registros tanto contable como presupuestal, mensualmente se realizan conciliaciones de las cifras, los sistemas fueron diseñados por personal del propio Gobierno del Estado de México, permiten registrar las operaciones y controlar el ejercicio de los recursos.
• La Procuraduría Fiscal dependiente de la Secretaría de Finanzas es quien otorga frecuentemente a las unidades administrativas la actualización, las leyes, códigos y la normatividad correspondiente.
• El área contable cuenta con un manual único de contabilidad para el registro de las operaciones, el cual se da a conocer a las unidades de registro, se realizan conciliaciones de cifras con las distintas áreas como son: ingresos, planeación, tesorería y las unidades ejecutoras del gasto.
Debilidades:
• No se cuenta con un sistema en red, la comunicación entre las unidades administrativas del Gobierno del Estado se realizó de forma oficial con el envío de documentación e
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información de forma impresa o a través de medios magnéticos, lo que ocasiona retrasos y pérdida de información.
• Los entes ejecutores reciben el recurso como Gasto de Inversión Sectorial (GIS); por lo tanto, no se tienen establecidas estrategias y mecanismos de control sobre los recursos del fondo.
En razón de lo expuesto, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México considera que el control interno para la gestión del fondo en el estado es deficiente, ya que son insuficientes las estrategias y mecanismos de control sobre el comportamiento de la mayoría de las actividades, lo que afecta el cumplimiento de los objetivos del fondo, la observancia de la normativa y la transparencia en su operación.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas implemente las medidas de control necesarias para la administración y ejecución del fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-001 Transferencia de recursos
2. La Tesorería de la Federación transfirió, en tiempo y forma, de acuerdo con la distribución y calendarización publicada en el DOF, al Gobierno del Estado de México, los recursos del FISE 2011.
3. La Secretaría de Finanzas instrumentó las medidas necesarias para agilizar la entrega de los recursos a las entidades ejecutoras, de acuerdo con lo establecido en el capítulo tercero del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
4. La Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México abrió una cuenta bancaria productiva específica para el FISE y sus rendimientos financieros; no obstante, transfirió 381,160.8 miles de pesos de los recursos del FISE hacia una cuenta pagadora del Gobierno del Estado de México en la que se dispone de otro tipo de recursos y de la cual se ministraron los recursos a las entidades ejecutoras, y 90,000.0 miles de pesos que se traspasaron al Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que traspasó los recursos del FISE 2011 a una cuenta bancaria diferente a la del fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-002 Registro e información financiera de las operaciones
5. Los recursos transferidos por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México a las unidades ejecutoras, fueron recibidos, depositados y registrados de acuerdo con la normativa aplicable al Gasto de Inversión Sectorial (en lo sucesivo GIS); en el caso de la Dirección General de Electrificación, no tiene la custodia y administración de los recursos.
Gasto Federalizado
6. La Secretaría de Finanzas realizó registros contables y presupuestales específicos del fondo, debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifica y comprueba la recepción y ministración de los recursos del fondo.
7. Los registros contables, presupuestales y patrimoniales de las obras seleccionadas para revisión fueron realizados de acuerdo con la normativa aplicable para el GIS.
8. La documentación comprobatoria del gasto fue cancelada de acuerdo con la normativa aplicable para el GIS.
Ejercicio y destino de los recursos
9. Al cierre del ejercicio 2011, el Gobierno del Estado de México ejerció 467,866.4 miles de pesos, el 99.3% del total de ingresos asignados al fondo en 2011, los cuales se aplicaron en 144 obras y acciones, como se muestra a continuación:
RECURSOS EJERCIDOS POR RUBRO PROGRAMÁTICO (Miles de pesos)
Rubro Inversión
ejercida % Número de
Obras o Acciones
Agua potable 14,471.9 3.1 7
Alcantarillado, drenaje y letrinas 30,861.4 6.6 30
Urbanización 269,726.3 57.6 62
Electrificación rural 2,648.5 0.6 3
Infraestructura básica de salud 30,572.7 6.5 4
Infraestructura básica de educación 47,169.5 10.1 18
Caminos rurales 72,416.1 15.5 20
Total 467,866.4 100.0 144
FUENTE: Información proporcionada por el Gobierno del Estado de México.
10. Las obras: “Construcción de Casa de Cultura en la Cabecera Municipal, en Chicoloapan”
y “Construcción de Centro de Desarrollo Juvenil San Andrés Jaltenco, en Jaltenco”, no benefician directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema; estas obras se ejercieron y ejecutaron en 2011 y se pagaron en 2012.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no realizó obras que beneficiaran a sectores de la población en condiciones de rezago social y pobreza extrema, con los recursos del fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-003
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11. Las obras: “Terminación de Techumbre y Construcción de una aula en Esc. Sec. No. 18 Adolfo Ruíz Cortínes, Tonatico” y “Revestimiento de caminos, Tonatico”, por 2,524.1 miles de pesos no se encuentran en zonas de rezago social y pobreza extrema.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que las obras descritas anteriormente, no se encuentran incluidas en Zonas de Rezago Social y Pobreza Extrema.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-004
12. El Gobierno del Estado realizó la aplicación de retenciones en el pago de estimaciones de 11 obras por 1,634.8 miles de pesos.
13. El Gobierno del Estado de México no destinó recursos del fondo para garantizar obligaciones en caso de incumplimiento, o servir como fuente de pago de dichas obligaciones.
Transparencia del ejercicio de los recursos
14. El Gobierno del Estado de México informó a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) trimestralmente sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos respecto de los recursos del fondo y fueron publicados en sus órganos locales oficiales de difusión y en su página de Internet.
15. El Gobierno del Estado de México informó trimestralmente de forma pormenorizada a la SHCP sobre el avance físico de las obras y acciones realizadas con los recursos del fondo.
16. El Gobierno del Estado de México no presentó de forma pormenorizada la información sobre las obras realizadas en los primeros tres trimestres.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado presente a la SHCP de manera consistente la información pormenorizada del ejercicio del fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-005
17. El Gobierno del Estado de México informó a la Secretaría de la Contraloría del Estado de México, al Contralor Interno de la Secretaría de Finanzas, al Auditor Superior del OSFEM, al Titular de la Unidad de Operación Regional y Contraloría Social de la Secretaría de la Función Pública, al Auditor Superior de la Federación y al Director General de Programación y Presupuesto “A” sobre la cuenta bancaria específica en la que recibieron los recursos del fondo y sus rendimientos financieros.
18. El Gobierno del Estado de México no informó a sus habitantes los montos de los recursos recibidos, las obras y acciones por realizar, su costo, su ubicación, metas y beneficiarios, ni al término del ejercicio los resultados alcanzados.
Gasto Federalizado
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no se hizo del conocimiento a los habitantes, los montos de los recursos recibidos, las obras y acciones a realizar, su costo, su ubicación, metas y beneficiarios, y al término del ejercicio los resultados alcanzados.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-006
19. El Gobierno del Estado de México proporcionó a la SEDESOL la información requerida sobre el uso de los recursos del fondo.
Participación social
20. El Gobierno del Estado de México no constituyó ni operó instancias u órganos de planeación para apoyar la operación y manejo del FISE, que contemplen la participación de representantes sociales en su integración y funcionamiento (COPLADE o similar).
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no se constituyeron y operaron instancias u órganos de planeación para apoyar la operación y manejo del FISE.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-007 Obra pública
21. Con la revisión de los expedientes únicos de las 27 obras que conforman la muestra, se verificó que en 6 se rebasan los montos máximos autorizados para el procedimiento de adjudicación directa del Presupuesto de Egresos del Estado de México.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no se ajustó a los montos máximos y mínimos establecidos en el Presupuesto de Egresos del Estado de México.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-008
22. Los expedientes de las 27 obras están amparados en un contrato debidamente formalizado, contiene los requisitos mínimos establecidos en la normativa aplicable y que la persona física o moral garantizó, en su caso el o los anticipos que recibió.
23. Los pagos realizados están soportados en las estimaciones respectivas y números generadores, conforme a la normativa; en su caso, se verificó que se amortizó el anticipo otorgado.
24. Se constató mediante visita de inspección física que 4 obras se encuentran en proceso y 23 están concluidas y en correcto funcionamiento.
25. No se ejecutaron obras bajo la modalidad de administración directa.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
26. No se realizaron adquisiciones, arrendamientos y servicios.
27. En 26 obras no se cumplió con la normativa aplicable en la preservación, protección del medio ambiente y desarrollo sustentable.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que incurre en el incumplimiento del marco normativo aplicable.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-009
28. No se ejercieron recursos del FISE en el rubro de gastos indirectos.
Impacto de los objetivos del fondo
29. El Gobierno del Estado de México no proporciono evidencia sobre el impacto de los recursos, obras y acciones del fondo.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas implemente las medidas de control necesarias que le permitan evaluar el impacto de los recursos del fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-010 30. El Gobierno del Estado de México no evaluó el fondo.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no se evaluó el fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-011
31. El Gobierno del Estado de México no ejerció con eficiencia los recursos del FISE, debido a que los entregó como Gasto de Inversión Sectorial a los entes ejecutores y fueron ejercidos con la normatividad de ese recurso.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado aclare la causa por la que no se ministran los recursos como FISE.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-012
32. La eficacia en la aplicación de los recursos del FISE en el ejercicio 2011 fue satisfactoria, debido a que se ejerció el 99.3% de los recursos del fondo al 31 de diciembre de 2011; el 85.1% de las obras se encuentran terminadas y 14.9% están en proceso.
Gasto Federalizado
Cumplimiento de objetivos
33. El Gobierno del Estado de México no evaluó el desempeño sobre los recursos del fondo.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no se realizó la evaluación del desempeño al fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-013
34. El Gobierno del Estado de México no acordó con la SHCP las medidas de mejora para el cumplimiento de los objetivos en que se destinan los recursos del fondo.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México solicita que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado aclare y proporcione la documentación justificativa de la causa por la que no tomo medidas de mejora para el cumplimiento de los objetivos del fondo.
Véase acción(es): 11-C-15000-02-0841-01-014
35. Se constató que El Gobierno del Estado de México cumplió parcialmente con los objetivos del fondo.
Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del fondo, se consideró un conjunto de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FISE Cuenta Pública 2011
Concepto Indicador
I.- IMPACTO DEL FISE
I.I IMPORTANCIA DEL FISE EN LAS FINANZAS ESTATALES
I.I.1.- Proporción de los recursos asignados al FISE respecto de los recursos propios estatales (%) 0.8 I.I.2.- Porcentaje de los recursos asignados al fondo respecto de las Participaciones Fiscales (%) 0.4 I.I.3.- Porcentaje de la inversión del fondo en Obra Pública respecto de la inversión total en obra pública del
estado (%) 2.0
II.I- CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS DEL FISE
II.I.1.- Recursos ejercidos en obras y acciones que no beneficiaron directamente a población en rezago social
y pobreza extrema (% respecto del monto total ejercido del FISE). -
II.I.2.- Recursos ejercidos en obras y acciones que no tuvieron un alcance de beneficio regional o
intermunicipal (% respecto del monto total ejercido del FISE). -
III.I.- EVALUACIÓN DEL FONDO
III.I.1.- Se realizaron evaluaciones al fondo con base en indicadores estratégicos y de gestión por instancias
técnicas independientes. (Sí, No o Incompleto) NO
III.I.2.- Las evaluaciones fueron publicadas en la página de Internet de la Entidad Federativa. (Si, No o
Incompleto) NO
III.I.3.- Las evaluaciones fueron informadas a la SHCP. (Sí, No o Incompleto) NO III.I.4.- Las evaluaciones realizadas disponen con los requisitos establecidos en la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH). (Sí, No o Incompleto) NO
II.- EFICACIA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN Y SUS METAS
II.1.- Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2011. (% ejercido del monto asignado). 99.3 II.2.- Nivel de gasto al 31 de marzo de 2012 (% ejercido del monto asignado). 100.0
II.3.- Nivel de gasto a la fecha de la auditoría. 100.0
II.4.- Situación constructiva de las “obras visitadas” de la muestra de auditoría
a) Obras terminadas, (%) 85.1
b) Obras en proceso, (%) 14.9
b.1)- Obra en proceso ya que consiste en una obra por etapas b.2).- La obra pagada con FISE aún está en ejecución
c) Obras suspendidas, (%) 0
d) Obras canceladas, (%) 0
II.5.- Situación operativa de las “obras terminadas” de la muestra de auditoría
a) Operan adecuadamente 85.1
b) No operan adecuadamente c) No operan
II.6.- Cumplimiento de las metas establecidas por la entidad federativa en los indicadores de desempeño
del cuarto trimestre del Sistema de la SHCP (Sí o No) NO
III.- EFICIENCIA EN LA APLICACIÓN DEL FISE
III.1.- Porcentaje de contratos de obra con convenios modificatorios en monto (% respecto la muestra de
auditoría) 0.0
III.2.- Porcentaje de contratos de obra con convenios modificatorios en tiempo (% respecto de la muestra
de auditoría) 0.0
III.3- Porcentaje de montos excedentes derivados de convenios modificatorios respecto del monto total de
obra contratada (% respecto de la muestra de auditoría) 0.0
III.4- Porcentaje de montos excedentes derivados de convenios modificatorios respecto del monto en obra
contratada que tuvieron convenios modificatorios (% respecto de la muestra de auditoría) 0.0 IV.- PARTICIPACIÓN SOCIAL
IV.1.- Porcentaje de obras y acciones de la muestra de auditoría que disponen de solicitud de la comunidad
(%) 0.0
V.- TRANSPARENCIA EN LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
V.1.- Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP. 29.2
Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados
del FISE. (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Desempeño).[Bueno= Igual a 100.0%; BAJO
Gasto Federalizado
Concepto Indicador
V.2.- Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo
(Formato Único). Sí
¿La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP coincide con los reportes financieros del estado?, Sí o No.
V.3. Calidad de la información remitida a la SHCP
¿La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP se registró
en forma pormenorizada (obra por obra, acción por acción)?, Sí, No o Incompleto Sí V.4.- Difusión de la información remitida a la SHCP.
¿El estado difundió en su página de internet, en el órgano local oficial de difusión y, en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Desempeño), Sí, No o Parcialmente
Sí
V.5.- ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes del estado, al inicio del ejercicio el monto de los recursos
recibidos, las obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo?, Sí o No. NO V.6.- ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes del estado, al término del ejercicio los resultados
alcanzados?, Sí o No. NO
FUENTE: Secretaría de Finanzas.
Acciones
Con la revisión practicada, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de México determinó 14 resultado(s) con observación; al respecto, esa entidad fiscalizadora, en el ámbito de sus atribuciones, realizará el seguimiento de lo observado para atender las recomendaciones que en ese sentido emitió la Auditoría Superior de la Federación, cuyas claves se enlistan a continuación:
11-C-15000-02-0841-01-001 11-C-15000-02-0841-01-002 11-C-15000-02-0841-01-003 11-C-15000-02-0841-01-004 11-C-15000-02-0841-01-005 11-C-15000-02-0841-01-006 11-C-15000-02-0841-01-007 11-C-15000-02-0841-01-008 11-C-15000-02-0841-01-009 11-C-15000-02-0841-01-010 11-C-15000-02-0841-01-011 11-C-15000-02-0841-01-012 11-C-15000-02-0841-01-013 11-C-15000-02-0841-01-014 Recuperaciones Probables
Se determinaron recuperaciones probables por 2,524.1 miles de pesos.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
Consecuencias Sociales
El Gobierno del Estado de México no cumplió de manera adecuada con los objetivos del FISE, debido a que se efectuaron pagos en obras que no beneficiaron a sectores de la población en condiciones de rezago social y pobreza extrema.
Resumen de Observaciones y Acciones
Se determinó(aron) 14 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 14 Recomendación(es).
Dictamen: con salvedad
La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las observaciones revisadas.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Gobierno del Estado de México cumplió con las disposiciones normativas, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe y que se refieren principalmente a obras ejecutadas que no beneficiaron a sectores de la población en condiciones de rezago social y pobreza extrema por 2,524.1 miles de pesos.
Apéndices Áreas Revisadas
La Secretaría de Finanzas, la Dirección General de Electrificación, la Junta de Caminos, y los municipios Atlacomulco, Chicoloapan, Donato Guerra, Jaltenco, Temascalcingo, Tenancingo, Tonatico y Zumpahuacan, del Estado de México.
Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas
Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 34, segundo párrafo.
2. Presupuesto de Egresos de la Federación: Artículos 8 y 9.
3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 33, 85 y 110.
4. Ley de Coordinación Fiscal: Artículos 33, 42, 43, 48 y 49.
Gasto Federalizado
5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Artículo 28, fracción I, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 13 y 49 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.
Artículo 45, del Presupuesto de Egresos del Estado de México para el Ejercicio 2011.
Artículos 230 y 239 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 12.12, fracción II, del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 2.67 y 2.68 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 8, fracciones II, III; 10 fracción V, del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 121 y 124, del Reglamento del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 8 y 9 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.
Artículo 61, de la Ley General de Desarrollo Social.
Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones
Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Comentarios de la Entidad Fiscalizada
Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Entidad de Fiscalización Superior de la Legislatura Local, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.