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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA

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DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR

DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA

Bogotá D.C., 20 de Abril de 2015

INVITACIÓN PÚBLICA No. 021-MDN-CGFM-DGSM-DISAN-FAC-2015

1. OBJETO:

El MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL –DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR – DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA - requiere contratar por el proceso de selección de mínima cuantía, el “SUMINISTRO Y ADAPTACIÓN DE LENTES DE CONTACTO PARA LOS USUARIOS Y BENEFICIARIOS DEL SUBSISTEMA DE SALUD DELA FUERZAS MILITARES – FUERZA AEREA COLOMBIANA”.

NOTA: El marco jurídico del proceso de selección se encuentra constituido por la Constitución Política de Colombia, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1450 de 2011 y la Ley 1474 de 2011, sus decretos reglamentarios, especialmente el Decreto 1510 de 2013, Título I Capítulo V y demás normas que los adicionen, modifiquen o complementen.

2. PRESUPUESTO OFICIAL:

El presupuesto oficial para la presente contratación es de SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 6.600.000.00), incluido IVA, rubro presupuestal 2-0-4-4-4-10 respaldado con el certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 21415 del 14 de Abril de 2015, expedido por la Sección Financiera de la Dirección de Sanidad Fuerza Aérea.

Para todos los efectos, la moneda del contrato será el peso colombiano.

3. CONDICIONES TÉCNICAS:

La Propuesta deberá presentarse de tal forma que contenga la totalidad de la información del ANEXO No. 1 (ANEXO TÉCNICO).

4. LUGAR DE EJECUCIÓN Y SITIO DE ENTREGA DEL CONTRATO:

El contrato se ejecutará en la ciudad de Bogotá en las Instalaciones del Contratista.

5. PLAZO DE EJECUCIÓN:

La ejecución del contrato comprenderá desde el día hábil de la aprobación de la garantía única hasta el 20 de Diciembre de 2015 y/o hasta agotar el presupuesto, lo que primero ocurra.

6. FORMA DE PAGO:

El Ministerio de Defensa Nacional por medio de la Dirección de Sanidad FAC

realizará pagos parciales, dentro de los sesenta (60) días siguientes previa

presentación de la factura, orden de alta expedida por el almacenista de la DISAN

FAC y recibido a satisfacción por parte del supervisor del contrato. De igual

manera se debe anexar certificación expedida por el Representante Legal, Revisor

Fiscal, si es el caso y/o Contador Público certificado, que acredite que se

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encuentra a paz y salvo frente a las obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, riesgos laborales, pensiones y aportes parafiscales a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Los insumos facturados y entregados en el mes de Diciembre/2015 se cancelarán en el mismo mes, siempre y cuando la Dirección del Tesoro Nacional asigne recursos, en caso contrario se constituirá en CUENTAS POR PAGAR 2015 pagaderas durante los primeros tres meses de la vigencia 2016.

7. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS:

Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes:

1. Cuando se evidencie que un proponente ha interferido, influenciado u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.

2. Cuando se evidencie confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.

3. Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad y conflicto de interés fijadas por la constitución y la ley.

4. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a EL MINISTERIO.

5.

Cuando solicitada la aclaración de algún o algunos de los documentos exigidos para la comparación objetiva de las propuestas, éstos no cumplan los requisitos establecidos en la presente invitación pública, salvo cuando el evaluador pueda inferir o deducir la información necesaria para la comparación de los demás documentos que conforman la propuesta.

6. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.

7. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución y/o liquidación de sociedades.

8. Cuando no presente o presente en forma incompleta, extemporánea o insuficiente las aclaraciones solicitadas dentro del término establecido por EL MINISTERIO, en el respectivo requerimiento.

9. Cuando la propuesta económica supere el presupuesto oficial del presente proceso ($

6.600.000), y/o efectuado la corrección aritmética a la oferta por el comité evaluador lo supere.

10. No presentar oferta por la totalidad del objeto de la presente contratación.

11. Cuando el proponente no cumpla con los requerimientos mínimos exigidos en las especificaciones técnicas solicitadas en la presente Invitación Pública.

12. Cuando no se presente al momento del cierre del proceso, junto con la oferta la propuesta económica.

13. Cuando el proponente presente inhabilidad por incumplimiento reiterado en los términos del artículo 90 de la Ley 1474 de 2011, evidenciado en el Formulario de MULTAS Y SANCIONES.

14. Cuando el proponente y/o su representante legal se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.

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15. Cuando el proponente y/o su representante legal se encuentre reportado en el boletín de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación.

16. Cuando el proponente persona natural o representante legal registre antecedentes judiciales en el certificado expedido por la Policía Nacional, según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 literal d) al habérsele dictado sentencia judicial y ser condenado a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones publicas.

17. Toda otra causa contemplada en las normas legales vigentes.

8. CAUSALES DE DECLARATORIA DE DESIERTO:

EL MINISTERIO declarará desierto el presente proceso de selección dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplen con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier causa que impida la selección objetiva.

Así mismo, de conformidad con el Artículo 19 del Decreto 1510 de 2013, se declarará desierto el proceso si, alguna de las ofertas entregadas en sobre cerrado hubiere sido abierta con anterioridad al cierre del proceso.

La declaratoria de desierto del proceso se hará mediante comunicación motivada, que se publicará en el SECOP.

9. CRONOGRAMA DEL PROCESO:

EL MINISTERIO ha definido que el proceso de selección se llevará a cabo de acuerdo con el presente cronograma:

ACTIVIDAD PLAZO ó FECHA

Fecha de publicación de la invitación pública en el SECOP 21 de Abril de 2015

Apertura del proceso de selección 22 de Abril de 2015

Plazo para la presentación de observaciones al proceso de selección 23 de Abril de 2015 a las 16:00 horas

Plazo para la publicación de adendas en el SECOP; publicación de formularios de preguntas y respuestas en el SECOP

Un (1) día hábil después de recibidas las observaciones Fecha y hora de cierre del proceso de selección y apertura de

propuestas

29 de Abril de 2015 a las 10:00 horas (10:00 A.M.)

Plazo de Evaluación de las ofertas 30 de Abril de 2015 a las 17:00

horas (5:00 P.M.)

Plazo máximo otorgado para subsanar Hasta el 04 de Mayo de 2015 a las

16:00 horas

Publicación de la evaluación en el SECOP 06 de Mayo de 2015

Término de traslado de la evaluación y plazo para presentar observaciones a las evaluaciones

07 de Mayo de 2015 a las 15:00 horas (3:00 P.M.)

Publicación de respuestas a las observaciones 08 de Mayo de 2015

Plazo para la expedición y publicación del documento de aceptación

de la oferta (o de declaratoria de desierto) 13 de Mayo de 2015

LAS FECHAS Y PLAZOS ANTES INDICADOS PODRÁN VARIAR DE ACUERDO CON LA LEY Y CON LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LA INVITACION PÚBLICA. LAS PRÓRROGAS DE PLAZOS Y FECHAS DEL CRONOGRAMA DEBERÁN SER TOMADAS EN CUENTA POR LOS PROPONENTES.

10. EXPEDICION DE ADENDAS:

Se podrán modificar las Invitaciones Públicas a través de adendas, expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. De igual forma, se podrá expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato.

Las adendas se publicarán en el SECOP – www.contratos.gov.co – en días hábiles entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m., con lo que se entienden comunicadas y se

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presume su conocimiento por parte de los interesados. En consecuencia será responsabilidad del proponente la consulta permanente de la página, dado que deberán tenerse en cuenta para la elaboración de la propuesta.

Se entiende para todos los efectos del presente proceso, que la única correspondencia oficial del proceso será la enviada por la Sección Contratos de la Dirección de Sanidad FAC. En consecuencia, la información oficial del proceso de selección se publicará en el SECOP – www.contratos.gov.co –, y/o se comunicará o informará por los mecanismos aquí señalados, según corresponda.

11. TÉRMINO DE VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

EL MINISTERIO, efectuará la verificación jurídica, técnica, financiera (cuando aplique), máximo en el término establecido en el cronograma del proceso.

En dicho período se solicitará a los proponentes la presentación de los aspectos o documentos subsanables de sus propuestas, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1 del numeral 4 del artículo 5 de la ley 1150 de 2007.

En aplicación de lo anterior, EL MINISTERIO no permitirá que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se “acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso”, ni que se adicione o mejore el contenido de la oferta.

El proponente deberá dar respuesta a las solicitudes de aclaración dentro del término fijado por EL MINISTERIO, so pena de no ser habilitado su ofrecimiento.

Realizada esta verificación el MINISTERIO publicará en el SECOP – www.contratos.gov.co – el informe respectivo.

El resultado de la evaluación se publicará en el SECOP y del mismo se dará traslado durante un (1) día hábil, término dentro del cual los proponentes podrán presentar observaciones al mismo.

12. ADJUDICACION

La adjudicación del presente proceso de selección se efectuará, por parte del ordenador del gasto, mediante aceptación de la oferta, al proponente que presente el menor valor en su propuesta económica, y se realizara por la totalidad del presupuesto asignado ($ 6.600.000).

De igual manera la adjudicación del presente proceso de selección se hará previo cumplimiento de los requerimientos de orden técnico, económico y jurídico establecidos en la invitación pública.

La fecha para efectuar la adjudicación del contrato derivado del presente proceso de selección será de acuerdo a lo establecido en el cronograma.

NOTA: Los proponentes deberán allegar una certificación en la cual se indique el nombre de la entidad financiera y el número de la cuenta de ahorros o corriente que posea, para efectos del pago del contrato por parte del MINISTERIO.

En el evento en que el proponente sea persona plural (consorcio o unión temporal), una vez se notifique de la adjudicación, éste deberá comunicar al MINISTERIO, el número de cuenta bancaria en donde se efectuarán los pagos a nombre del consorcio o unión temporal.

13. LUGAR Y CONDICIONES DE RECIBO DE LAS OFERTAS:

13.1 La propuesta deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, y presentarse en moneda legal colombiana.

13.2 La propuesta se recibe en él:

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR- DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA

SECCION CONTRATOS AVENIDA CARACAS No 66-24 Teléfono: 3487030 Ext. 1354 Bogotá, D.C. – COLOMBIA

Funcionario responsable: VICTOR GIOVANNY ROJAS victor.rojas@fac.mil.co

Preparación y presentación de la propuesta:

La propuesta deberá estar escrita en computador, foliada en su totalidad, en sobre cerrado, de conformidad con el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013. Deberá entregarse en el lugar señalado en el presente documento, a más tardar el día y hora fijados para el cierre del proceso.

• Todos los folios de la propuesta deberán venir numerados. En caso de que la propuesta no se presente debidamente numerada, este riesgo será soportado por el proponente. EL MINISTERIO – DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR – DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA, en ningún caso procederá a la foliación de la oferta.

• El idioma del presente proceso de selección será el español, y por lo tanto, se solicita que todos los documentos y certificaciones a los que se refiere esta solicitud de oferta, emitidas en idioma diferente al español, sean presentados en su idioma original y en traducción simple al español.

• Deberá entregarse UNA (1) PROPUESTA ORIGINAL y una (1) COPIA debidamente foliadas, en sobres debidamente cerrados, el cual debe contener la propuesta, así:

a. Un (1) sobre que contenga la propuesta ORIGINAL completa, con todos los documentos, anexos y formularios relacionados en la invitación pública, debidamente foliada e impresa, en sobre cerrado.

b. Un (1) sobre que contenga copia exacta a la propuesta original.

• El rotulo del sobre deberá ser el siguiente:

NÚMERO DEL PROCESO DESTINATARIO

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR – DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA

FECHA:

ORIGINAL, (PRIMERA) COPIA INFORMACIÓN DEL PROPONENTE NOMBRE DEL PROPONENTE:

DIRECCIÓN COMERCIAL:

TELÉFONO:

FAX:

DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:

INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO REPRESENTANTE O APODERADO:

DIRECCIÓN COMERCIAL:

TELÉFONO:

FAX:

CORREO ELECTRÓNICO

LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACION DE PROPUESTA

Lugar: DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA Av. Caracas No. 66-24 Sección Contratos

Teléfono 3487030 Ext. 1354 Fecha: 29 de Abril de 2015 Hora: 10:00 Horas (10:00 A.M.)

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14. REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS OBJETO DE VERIFICACIÓN:

Los requisitos habilitantes serán verificados al proponente con el precio más bajo.

NOTA: En caso de faltar alguno de los documentos relacionados en el presente numeral, el proponente tendrá un plazo de un (01) día hábil para sus presentaciones contados a partir del recibo del documento. De no lograrse la habilitación se procederá a la evaluación del proponente con el siguiente precio más bajo, hasta lograrse su adjudicación de lo contrario se procederá a declarar desierto el proceso.

El proponente debe presentar junto con su oferta los siguientes documentos:

14.1. DOCUMENTOS JURÍDICOS OBJETO DE VERIFICACIÓN (COMITÉ JURÍDICO):

14.1.1. EVALUACIÓN JURÍDICA DE LOS PROPONENTES NACIONALES:

14.1.1.1. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL:

14.1.1.1.1 PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS DE NATURALEZA PRIVADA:

a) Las personas jurídicas, deberán acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal, y las personas naturales deberán presentar el certificado de matrícula como persona natural expedido por la respectiva Cámara de Comercio, siempre y cuando estén obligadas por ley, y en ambos casos, con fecha de expedición igual o inferior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.

b) Acreditar un término mínimo remanente de duración de la sociedad, de un (1) año, contado a partir del vencimiento del plazo de duración del contrato, más el plazo previsto para su liquidación. (aplica para contratos que se deben liquidar)

c) Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato ofrecido. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato, y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.

d) Acreditar que el objeto social principal de la sociedad se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.

(ESTO NO APLICA PARA S.A.S.).

NOTA 1: Para el caso de las personas naturales con establecimiento de comercio, deberán allegar el certificado de matricula mercantil expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha del cierre de la presente contratación directa, expedido por la Cámara de Comercio respectiva.

NOTA 2: En el evento que el proponente se presente en calidad de profesión liberal, no estarán obligados en presentar ningún documento que acredite su existencia, pero sí deberán allegar junto con su oferta la tarjeta o matricula profesional.

14.1.1.1.2. PERSONAS JURÍDICAS DE NATURALEZA PÚBLICA:

a. Acreditar su existencia y representación legal. Para el efecto, deberán citarse los documentos y actos administrativos que conforme con la Ley sean expedidos en cada caso por la autoridad competente, con las formalidades y requisitos exigidos para su eficacia y disponibilidad ante terceros. En todo caso, deberá citarse el documento mediante el cual se dio la autorización para ofertar, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de haber

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cumplido con todos los requisitos presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y para poder ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta.

b. Acreditar que el ente público contratante tiene capacidad legal para la celebración y ejecución del contrato.

c. Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.

NOTA 1: Los municipios, y las entidades públicas de creación constitucional o legal no deben acreditar su existencia.

NOTA 2: No se deberá acreditar la representación de la Nación, departamentos, municipios y distritos.

14.1.1.1.3. PROPONENTES PLURALES:

Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal.

En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas.

Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Acreditar la existencia del consorcio y unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros de la unión temporal en la propuesta y ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido.

2. Acreditar un término mínimo remanente de duración del consorcio y unión temporal de un (1) año, contado a partir del vencimiento del plazo de duración del contrato, más el plazo previsto para su liquidación.(aplica para contratos que seden liquidar)

3. Acreditar la existencia, y representación legal de las personas jurídicas consorciadas o asociadas en unión temporal, la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal, la presentación de la propuesta, la celebración y ejecución del contrato.

4. Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio y/o unión temporal tienen un término mínimo remanente de duración, de un (1) año, contado a partir del vencimiento del plazo de duración del contrato, más el plazo previsto para su liquidación.(aplica para contratos que seden liquidar)

5. La designación de un representante facultado para actuar en nombre y representación del consorcio y/o/ unión temporal. Igualmente, deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.

6. Los requisitos relacionados con la existencia, representación y duración de los consorcios y/o uniones temporales, deberán acreditarse mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal, en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.

7. Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio y/o unión temporal, respecto de las

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personas jurídicas o naturales que se asocien en consorcio y/o unión temporal para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos de la presente invitación pública.

En todos los casos de propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas, los miembros de la asociación deben establecer la modalidad en que se presentan.

En el evento de presentarse propuesta bajo la modalidad de unión temporal, deberán señalarse los términos y extensión de la participación de cada uno de sus integrantes en la ejecución del contrato. La responsabilidad es solidaria, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones se impondrán de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la unión temporal en la ejecución del contrato.

14.1.1.2. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR EL CONTRATO:

Si el representante legal del proponente o de algunos de los integrantes de un consorcio y/o unión temporal, requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual será previa a la presentación de la oferta.

En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, mínimo, por el valor propuesto.

14.1.1.3. FOTOCOPIA CEDULA DE CIUDADANIA:

El proponente deberá allegar con su oferta fotocopia de la Cédula de ciudadanía del Representante Legal o de quien firma la propuesta.

14.1.1.3.1. CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES PARA PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES:

Para cumplir lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que modificó el inciso segundo y el parágrafo 1º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente probará el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y las de carácter parafiscal (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), cuando a ello haya lugar dentro de un término no inferior a 6 meses, así:

a) Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda y planillas de pago.

b) Las personas naturales empleadoras lo harán mediante certificación expedida por el proponente y planillas de pago.

c) Cuando se trate de persona natural no empleadora deberá acreditar el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. (Planilla de afiliación Seguridad social y Salud), según corresponda.

Si el proponente no presenta con su propuesta la constancia de cumplimiento de aportes a la seguridad social integral y parafiscales, según corresponda, o si presentándola ésta no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la ley o en la presente invitación pública, el Ministerio requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto.

La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad.

Este requisito también será exigible además para la firma del contrato y para los pagos.

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14.1.1.4. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES (CONTRALORÍA) DE LA PERSONA JURIDICA, PERSONA NATURAL, REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURIDICA:

La entidad verificará en línea, en el Boletín de Responsables fiscales si cada uno de los proponentes a evaluar aparece allí relacionado, para ello deberán ingresar a la página www.contraloriagen.gov.co.

14.1.1.5. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS (PROCURADURÍA) DE LA PERSONA JURIDICA, PERSONA NATURAL, REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURIDICA:

La Entidad verificará en línea, si cada uno de los proponentes a evaluar aparece relacionado con Antecedentes Disciplinarios en los archivos que maneja la Procuraduría General de la Nación. Para ello deberán ingresar a la página www.procuraduria.gov.co .

NOTA 1: Para efectos de verificación jurídica de consorcios y uniones temporales, los documentos jurídicos anteriormente enunciados deberán verificarse respecto de cada uno de sus integrantes.

NOTA 2: Los antecedentes disciplinarios del representante legal del proponente deberán ser verificados, juntos con los del suplente cuando este último sea quien firme la propuesta en reemplazo del titular.

NOTA 3: El comité jurídico evaluador junto con su evaluación jurídica se deberá adjuntar las consultas correspondientes.

Para los numerales 14.1.1.4 y 14.1.1.5 se realizará la siguiente verificación:

- Para efectos de verificación jurídica de consorcios y uniones temporales, los documentos jurídicos anteriormente enunciados deberán verificarse respecto de cada uno de sus integrantes.

- Los antecedentes fiscales y disciplinarios del representante legal del proponente deberán ser verificados, juntos con los del suplente cuando este último sea quien firme la propuesta en reemplazo del titular.

- El comité jurídico evaluador junto con su evaluación jurídica deberá adjuntar las consultas correspondientes.

14.1.1.6. REPORTE DE MULTAS Y SANCIONES DE CONTRATOS ANTERIORES:

Se aplicará lo estipulado en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011, el cual señala lo siguiente:

INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO. Quedará inhabilitado el contratista que incurra en alguna de las siguientes conductas:

a) Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución de uno o varios contratos, durante una misma vigencia fiscal con una o varias entidades estatales.

b) Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por los menos dos (2) contratos durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales.

c) Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales.

La inhabilidad se extenderá por un término de tres (3) años, contados a partir de la inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas.

La inhabilidad pertinente se hará explícita en el texto del respectivo certificado.

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Parágrafo: La inhabilidad a que se refiere el presente artículo se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado ésta inhabilidad, así como las sociedades de personas de las que aquéllos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.”

Nota: Para efectos de definir si el proponente se encuentra incurso en inhabilidad por incumplimiento reiterado, bastará con que se verifique por parte del comité jurídico evaluador la configuración de alguna de las conductas señaladas en el art.

90 de la Ley 1474 de 2011, para que el comité aplique la causal de rechazo y el proponente quede excluido del proceso.

Conforme a lo anterior, deberá tenerse en cuenta que la inhabilidad se extiende por un término de 3 años (límite temporal) contados a partir de la inscripción de la ultima multa o incumplimiento, situación que se verá reflejada en el FORMULARIO No. 4, dada la imposibilidad de exigir RUP.

Para efectos de facilitar la evaluación jurídica, el proponente deberá diligenciar el FORMULARIO 4 - “REPORTE DE MULTAS Y SANCIONES DE CONTRATOS ANTERIORES”.

14.1.2. EVALUACIÓN JURÍDICA DE LOS PROPONENTES EXTRANJEROS:

14.1.2.1 PERSONAS JURÍDICAS PÚBLICAS O PRIVADAS:

Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las sociedades que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales.

Las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero se someterán en todo caso a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a. Acreditar su existencia y representación legal, a efectos de lo cual deberán presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido con dos (2) meses de anticipación a la fecha de la presentación de la propuesta, en el que conste su existencia, objeto y representación.

b. Acreditar un término mínimo remanente de duración de la sociedad, de un (1) año, contado a partir del vencimiento del plazo de duración del contrato, más el plazo previsto para su liquidación. (aplica para contratos que se den liquidar).

c. Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la celebración del contrato ofrecido. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.

d. Acreditar que su objeto social principal se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato ofrecido, teniendo en cuenta a para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.

NOTA: Las disposiciones, de esta invitación pública en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales. Cuando el proponente extranjero, sin domicilio o sucursal en Colombia, provenga de un país que hace parte de la Convención de la Haya, sobre la

“abolición de requisitos de legalización para documentos públicos extranjeros”, no se requiere de consularización, sino que será suficiente que los documentos se adicionen

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con el certificado de “apostille”, por parte de la autoridad competente del país donde se origina el documento.

14.1.2.2. APODERADO

Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán acreditar un apoderado domiciliado en el país, debidamente facultado para todas o varias de las siguientes atribuciones: presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la presente invitación Pública, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.

El poder que otorga las facultades, en caso de ser expedido en el exterior, deberá cumplir todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y demás normas vigentes.

En todos los casos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito de que puedan obrar como prueba conforme con lo dispuesto en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, y las demás normas vigentes. SE PRECISA QUE LOS ÚNICOS DOCUMENTOS QUE DEBEN LLENAR ESTE REQUISITO SON LOS DE ÍNDOLE LEGAL Y LA OPORTUNIDAD PARA ALLEGARLOS CON ESTOS FORMALISMOS SE HARÁ EXIGIBLE ANTES DE LA ADJUDICACIÓN, DE MANERA QUE PARA EFECTOS DE PRESENTAR LA PROPUESTA EL MINISTERIO ACEPTARÁ DOCUMENTOS EN FOTOCOPIAS SIMPLES.

NOTA: Este documento no se requiere apostillado ni consularizado, debido a la presunción de validez de firmas consagrada en la Ley 962 de 2005.

14.1.2.2 OTROS DOCUMENTOS QUE DEBEN APORTAR O DE VERIFICACION POR PARTE DE PROPONENTES EXTRANJEROS.

Para los proponentes extranjeros se aportarán los documentos a que hace referencia los numerales del 14.1.1.2 hasta el 14.1.1.3.1 y el 14.1.1.6. El comité Jurídico verificará los documentos de los numerales 14.1.1. 4 y el 14.1.1.5

14.1. DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO OBJETO DE VERIFICACIÓN:

14.1.2. Registro Único Tributario RUT, incluye NIT.

14.1.3. Certificación Bancaria expedida por Entidad Bancaria en la cual el proveedor tenga la cuenta especificando tipo de cuenta, nombre de la entidad bancaria, nombre del titular de la cuenta incluido NIT.

14.1.4. PRECIO: Los requisitos habilitantes serán verificados al proponente con el precio más bajo.

La oferta deberá presentarse en pesos colombianos.

El impuesto del IVA deberá incluirse dentro del valor de la oferta, debidamente discriminado.

14.2. DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO OBJETO DE VERIFICACIÓN (COMITÉ TECNICO):

El comité técnico evaluador verificará el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas, de acuerdo a lo requerido en el ANEXO TECNICO, así como el plazo y lugar de prestación del servicio establecidos en la presente invitación pública, para lo cual, se debe diligenciar el Formulario No. 2.

(12)

Debe presentar Certificado del Registro Único de proponentes, especificando la información estipulada en el Capítulo V Artículo 13 del Decreto 1510 de 2013.

El oferente deberá anexar como mínimo dos (02) certificaciones de experiencia de contratos con entidades públicas o privadas cuyo objeto haya sido similar al del presente proceso contractual, donde los contratos debidamente ejecutados y liquidados deben haber sido celebrados máximo en los dos (02) años anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección y la sumatoria de los valores certificados incluido IVA deberá ser mayor o igual (>o=) al 100% del valor total del presupuesto oficial.

Las certificaciones o constancias deben contener mínimo los siguientes datos:

o Entidad contratante o Objeto del contrato.

o Valor.

o Número del Contrato o Fecha de inicio o Fecha de terminación o Calificación de cumplimiento

o Teléfono de la entidad contratante y funcionario que certifica

Aquellos formatos o certificaciones de experiencia que califiquen el cumplimiento del contrato como “malo”, “regular”, o expresiones similares que demuestren el cumplimiento no satisfactorio del mismo no se aceptarán por la entidad.

15. CRITERIOS DE DESEMPATE:

En caso de empate a menor precio, se efectuara sorteo mediante balotas, para definir el adjudicatario.

16. CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS:

La cesión de derechos económicos (pagos) es una práctica comercial legalmente reconocida en Colombia, razón por la cual el MINISTERIO no es ajeno al reconocimiento de esta situación, la cual en el caso de presentarse podrá realizarse de acuerdo con el procedimiento y requisitos establecidos internamente en la entidad.

Es importante indicar que el pago debe de ser procedente, entendiendo por tal, que el contratista haya cumplido a satisfacción con su contraprestación, es decir que se encuentre al día en la ejecución del cronograma establecido.

La cesión de pago es potestativa del contratista pero el MINISTERIO debe contar con la garantía de cumplimiento correspondiente para que ello no implique ningún tipo de inobservancia por parte del contratista.

El MINISTERIO, una vez estudiadas las razones expuestas para la cesión determinará la conveniencia para la entidad y podrá autorizarla o rechazarla. Si no se autoriza la cesión del derecho económico se deberá surtir el trámite normal del pago al proveedor con el que inicialmente se suscribió en la aceptación del ofrecimiento.

Para efectuar una cesión de derechos económicos como ya se indicó, se deberá prever en la aceptación de la oferta y para el efecto se debe contar con:

• Solicitud del contratista interesado en realizar la cesión de los derechos económicos.

• Documento de aceptación y notificación de la cesión de derechos económicos por parte del ordenador del gasto.

• Contrato de cesión y/o pignoración de derechos económicos del contrato objeto de la cesión, firmado por el cedente y cesionario, donde se relacione en forma explícita lo siguiente:

• Los valores correspondientes a la cesión.

• Especificación de si la cesión obedece a la aceptación del ofrecimiento principal y/o adicional.

• Aceptación por parte del cesionario de los descuentos de ley cuando aplique.

(13)

• Acta de Junta de Socios o documento consorcial, en donde se autorice al Representante de la figura correspondiente para efectuar la cesión.

• Certificación de existencia y representación legal del cedente y el cesionario cuando se trate de persona jurídica y/o certificado de inscripción cuando se trate de persona natural expedido por la Cámara de Comercio del domicilio correspondiente.

• Certificación bancaria con el número de cuenta y beneficiario donde se deben consignar los valores de la cesión.

• Declaración bajo juramento del cesionario en la cual se exprese el cumplimiento de lo previsto en el Decreto 4334 de 2008 en concordancia con el Decreto 1981 de 1988.

17. COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DE DECLARATORIA DE DESIERTA:

El MINISTERIO seleccionará mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas. La comunicación de aceptación junto con la oferta constituyen para todo efecto el contrato celebrado, con base en el cual se efectuará el respectivo registro presupuestal. En la comunicación de aceptación, El MINISTERIO manifestará la aceptación expresa e incondicional de la misma, los datos de contacto de la entidad y del supervisor designado. Con la publicación de la comunicación de aceptación en el SECOP el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta. En caso de no lograrse la adjudicación se declarará desierto el proceso mediante comunicación motivada que se publicará en el SECOP. Si hubiere proponente, el término para presentar el recurso de reposición correrá desde la notificación del acto correspondiente.

18. CONDICIONES ADICIONALES QUE REGIRAN LA FUTURA ACEPTACION DE OFRECIMIENTO Y EJECUCION DEL RESPECTIVO CONTRATO:

18.1. AMPAROS A CUBRIRSE CON LOS MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO:

Amparos exigibles % VIGENCIA

Buen manejo y correcta inversión del anticipo Pago anticipado

Cumplimiento del contrato 20%

Por el termino de ejecución del contrato y cuatro meses más

Pago de salarios, prestaciones sociales legales e

indemnizaciones laborales 5%

Por el plazo de ejecución del contrato y tres años más

Estabilidad y calidad de la obra Calidad de los bienes

Calidad del servicio

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados

20%

Por el termino de ejecución del contrato y cuatro meses más

Provisión de repuestos y accesorios

NOTA 1: EL CONTRATISTA se obliga a mantener al MINISTERIO libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.

De conformidad con el artículo 113 del Decreto 1510 de 2013, cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como unión temporal, Consorcio o promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.

(14)

18.2. REGIMEN SANCIONATORIO Y CLÁUSULAS EXORBITANTES:

Con la presentación de la oferta, el proponente, acepta el régimen sancionatorio señalado en los artículos 17 de la Ley 1150 de 2011, articulo 86 de la Ley 1474 de 2011, y demás normas que los adicionen, modifiquen o complementen, así como el régimen de cláusulas exorbitantes señalado en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993, dentro del cual se garantizará el debido proceso.

Para los efectos señalados en el presente numeral, el proponente firmará el FORMULARIO No. 3.

18.3. CUMPLIMIENTO ART. 50 LEY 789 DE 2002:

Para cumplir lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que modificó el inciso segundo y el parágrafo 1º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente probará el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y las de carácter parafiscal (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), cuando a ello haya lugar dentro de un término no inferior a 6 meses, así:

a) Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda y planillas de pago.

b) Las personas naturales empleadoras lo harán mediante certificación expedida por el proponente y planillas de pago.

c) Cuando se trate de persona natural no empleadora deberá acreditar el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. (Planilla de afiliación Seguridad social y Salud), según corresponda.

Si el proponente no presenta con su propuesta la constancia de cumplimiento de aportes a la seguridad social integral y parafiscales, según corresponda, o si presentándola ésta no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la ley o en la presente invitación pública, el Ministerio requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto.

La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad.

Original firmado

Coronel FRANCISCO JOSE ARROYO ARBOLEDA Director de Sanidad Fuerza Aérea

Ordenador de Gasto

Vo.Bo. Sección Contratos Vo.Bo. Oficina Jurídica

Digitó: Víctor Rojas

(15)

ANEXO No.1

ANEXO TÉCNICO DEL SERVICIO A CONTRATAR

“SUMINISTRO Y ADAPTACIÓN DE LENTES DE CONTACTO PARA LOS USUARIOS Y BENEFICIARIOS DEL SUBSISTEMA DE SALUD DELA FUERZAS MILITARES – FUERZA AEREA COLOMBIANA”.

Ficha técnica del bien o servicio a contratar

El Dispensario Médico de la Fuerza Aérea DMEFA, requiere contratar el servicio de Adaptación y Suministro de Lentes de Contacto para los usuarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares – Fuerza Aérea cubiertos por el DMEFA que cumplan los criterios de inclusión establecidos por los Protocolos de Comité Técnico Científico del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares para la cobertura de dicho medio correctivo, de acuerdo a remisión que emitan los Optómetras y/o Médicos Oftalmólogos del DMEFA o CEMAE, previa autorización por parte del Comité Técnico Científico de Oftalmología y de la Oficina de Atención al Usuario del DMEFA, así:

Especificaciones Técnicas y de Calidad:

• El proponente debe estar en la capacidad de ofrecer la adaptación y suministro de los siguientes tipos de lentes de contacto:

o Lentes de contacto rígidos gas permeables Permeabilidad alta

Permeabilidad media Permeabilidad baja o Lentes Blandos Convencionales

Blando esférico contenido de agua 55% o más Blando Tórico

o Lentes Blandos bimensuales caja x 6 lentes

Blando esférico contenido de agua 55% o más Blando Tórico

o Lentes de contacto terapéuticos

Lentes de Contacto terapéuticos caja x 3 o Lentes de Contacto Especiales

Lentes de Contacto híbridos

Lentes de Contacto Cosmoprotésicos

Otros lentes especiales a requerimiento del DMEFA o CEMAE

• La adaptación de Lentes de contacto, estará a cargo por un profesional de la salud visual como Optómetra con especialización en Contactología, quien una vez recibida la orden por parte del DMEFA autorizando el proceso de suministro y adaptación se ajustará al siguiente procedimiento:

o Consulta para comprobación de refracción y toma de medidas para lentes de contacto, contrastado con paraclínicos aportados por los solicitantes. De esta consulta se hace solicitud de lentes de prueba.

o Consulta para adaptación de lentes de prueba, en la cual se realiza además una sobre refracción y se inicia proceso de enseñanza para el uso de las lentes

o Consulta de adaptación de lentes de contacto definitivos, refuerzo de enseñanza en retiro y colocación de los mismos. A juicio del Contactólogo, se realizará una cuarta consulta para determinar la buena adaptación de dichas lentes en el paciente Medidas:

Las especificaciones como diámetro, curva base, poder, método de adaptación, entre otras, serán a criterio del profesional encargado de la enseñanza y adaptación de los lentes de contacto.

Usos:

Visión lejana, visión prolongada o permanente.

(16)

Modelos, estilos, formas:

Serán de acuerdo a criterio del Optómetra Contactólogo y/o lo ordenado por el Comité Técnico Científico de la DISAN

Condiciones de Obligatorio cumplimiento:

• El proponente debe presentar al supervisor del contrato anexo a la factura un informe mensual por escrito con registro de fechas, identificación, nombres completos, examen y/o número de controles con firma de recibido de los pacientes para efectos de control de las cuentas de cobro.

• El proponente debe entregar al Supervisor del Contrato la factura del mes inmediatamente anterior con sus respectivos soportes (certificaciones de paz y salvo frente a las obligaciones con el Sistema de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje y aportes al Sistema Integral de Seguridad Social) a más tardar el segundo día de cada mes para su respectivo análisis, realización de correcciones, firma de actas y posterior envío a pago.

• El supervisor deberá tener acceso a la historia clínica del contratista y realizar auditoría de la misma verificando la aplicación irrestricta de los protocolos y/o guías de manejo aprobadas.

• Cuando los lentes de contacto a suministrar al usuario excedan el valor establecido por el Acuerdo No. 002 del 27 de Abril de 2001, Artículo 10 numeral 2, literal f. (medio salario mínimo mensual vigente), el excedente será asumido por el paciente (ésta especificación es independiente al valor del lente de contacto, es decir, no pretende establecer el valor al cual el oferente cotiza el lente sino que establece el monto máximo que cubre el DMEFA por cada paciente). Esta circunstancia debe ser explicada específicamente al usuario por el proponente previa realización de cualquier adaptación y suministro y debe ser discriminada en la factura individual. La Fuerza Aérea Colombiana no se hará responsable de sumas que excedan el valor establecido para el cubrimiento de lentes de contacto por paciente.

• La garantía de los lentes suministrados debe cubrir la calidad del material suministrado, exactitud de la fórmula solicitada y ruptura por un mes a partir de la entrega. Cuando los lentes de contacto presenten defectos o alteraciones que incidan en su calidad, el supervisor del contrato, según criterio técnico podrá solicitar el cambio al contratista, que lo debe efectuar dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la fecha de solicitud, sin excusa alguna y en el evento de ser rechazado por mala calidad, tal factor constituirá motivo para la declaratoria de caducidad del contrato.

• Los lentes de contacto a suministrar deben ser elaborados según indicación del Contactólogo o del Comité Técnico.

• El proponente debe garantizar la adaptación y suministro de lentes de contacto especiales (híbridos, esclerales, cosmoprotésicos, entre otros) que sean autorizados por remisión que emitan los Optómetras y/o Médicos Oftalmólogos del DMEFA o CEMAE, el Comité Técnico Científico de Oftalmología y la Oficina de Atención al Usuario del DMEFA.

• El proponente deberá, de acuerdo con las políticas sanitarias nacionales impartidas por el Ministerio de la Salud y de la Protección Social tener registro de habilitación otorgado por la Secretaría Distrital de Salud o quien haga sus veces y por lo tanto disponer de planta física adecuada, funcional, sala de espera amplia y cómoda, recepción o sitio de atención al usuario para coordinar las citas, línea telefónica, baños hombres y mujeres.

• El proponente deberá prestar el servicio en sus propias instalaciones.

• Debe contar con un Portafolio de Servicios que incluya horario de atención en horario en la mañana y tarde de lunes a viernes y sábados en la mañana.

• Debe contar mínimo con un profesional Optómetra certificado por entidad universitaria a nivel nacional o título internacional debidamente homologado, con estudios de postgrado en Contactología debidamente certificada y con experiencia mínima de 2 años en el ramo de la contactología. Para verificación se deberá adjuntar hoja de vida con copia autentica de los certificados que acrediten la idoneidad del profesional.

• El Instrumental, equipo y elementos de diagnóstico y tratamiento con que se preste el servicio deben ser los exigidos por el sistema de habilitación de la secretaria Distrital de Salud o quien haga sus veces, con certificación de inscripción en el registro único de prestatarios de servicios de salud ante el Ministerio de Salud y de la Protección Social (ley 10 de 1990).

• La consulta de Contactología que tendrá el usuario debe incluir enseñanza y tres controles adicionales. Además debe haber garantía por ruptura o pérdida de por lo menos un mes.

• El proponente debe anexar fichas técnicas de las lentes que están en capacidad de

(17)

ofrecer.

• El proponente debe anexar protocolos y/o guías de manejo clínico-terapéutico, los cuales serán objeto de revisión por parte del comité técnico para verificar su oportunidad, pertinencia y soporte académico y los cuales deberán ser aplicados por el personal de profesionales de la salud visual Oftalmólogos y/u Optómetras de la Dirección de Sanidad en el momento de remitir los pacientes y del contratista, lo cual será verificado por el supervisor del contrato.

• El proponente deberá manifestar por escrito que entregará al final del tratamiento de cada paciente y/o del contrato un informe de los pacientes atendidos que incluya, diagnóstico, evaluación clínica, estado actual, refracción, tipo de lente usado y recomendaciones. El supervisor del contrato ordenará anexar copia de los citados informes en las respectivas historia clínicas.

(18)

FORMULARIO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN

Bogotá D.C,

SEÑORES

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR DIRECCIÓN DE SANIDAD FUERZA AEREA

REF.: INVITACIÓN PUBLICA 021-MDN-CGFM-DGSM-DISAN-FAC-2015

OBJETO: “SUMINISTRO Y ADAPTACIÓN DE LENTES DE CONTACTO PARA LOS USUARIOS Y BENEFICIARIOS DEL SUBSISTEMA DE SALUD DELA FUERZAS MILITARES – FUERZA AEREA COLOMBIANA”

El suscrito ... ...(nombres y apellidos)... en calidad de ...(Representante Legal)... de la Firma ...(Nombre CIA o Persona Natural), NIT...presento esta oferta sujeta en todos los documentos de esta invitación pública y declaro que:

- He estudiado, conozco y acepto el contenido de la invitación.

- Acepto las obligaciones que me corresponden como proponente.

- La oferta que presento es de buena fe, sin intento de colusión y me comprometo a no utilizar procedimientos vedados, de presión o de cualquier índole para obtener la adjudicación del contrato respectivo.

- Acepto las decisiones que adopte EL MINISTERIO respecto a la evaluación de las ofertas, la adjudicación y la suscripción del contrato.

- Renuncio expresamente a presentar reajuste de precios por cualquier concepto dentro de esta contratación.

- Manifiesto expresamente y bajo juramento, que no estoy incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad, e igualmente que no me encuentro en concurso liquidatorio, disolución o liquidación voluntaria u obligatoria. Ni proceso alguno que afecte mi patrimonio.

- La única persona interesada en esta Oferta es la que se determina a continuación:

VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA $

NOMBRE DE LA EMPRESA

NIT No.

DIRECCION – TELEFONO Y FAX CUENTA BANCARIA :

BANCO

CLASE DE CUENTA

No.

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL

No. DE CEDULA DE CIUDADANIA

FIRMA

(Representante Legal o Apoderado)

(19)

FORMULARIO No. 2

ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES

Yo, ________________________________________, en mi condición de Representante Legal de _________________________________________, declaro y acepto conocer íntegramente el contenido de todas y cada una de las especificaciones técnicas así como de los ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS detallados en el pliego de condiciones, que rige el proceso de selección abreviada bajo la modalidad de mínima cuantía No. 021-MDN-CGFM-DGSM-DISAN-FAC-2015 y contenidos en el ANEXO 1 – ANEXO TECNICO - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS.

De igual manera, manifiesto haber efectuado en forma personal, un análisis detallado, minucioso y exhaustivo de las especificaciones técnicas contenidas en el ANEXO 1 – ANEXO TECNICO “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS”, lo que indica expresamente, que bajo ningún motivo me exonero de la responsabilidad que me acude a su cumplimiento.

Con la suscripción del presente Formulario, en forma voluntaria e irrevocable, ACEPTO las especificaciones técnicas mínimas requeridas planteadas por la DIRECCIÓN DE SANIDAD DE LA FUERZA AÉREA COLOMBIANA a través de la Invitación Publica, contenidas en el ANEXO 1 – ANEXO TECNICO - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS, y demás que puedan surgir a partir de las diferentes adendas generadas en desarrollo del proceso; en consecuencia ME COMPROMETO A DARLES ESTRICTO CUMPLIMIENTO.

DESCRIPCIÓN ACEPTACIÓN EXPRESA

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLADAS EN EL ANEXO 1 DE LA

INVITACION PUBLICA No. 021-MDN- CGFM-DGSM-DISAN-FAC-2015, LA DIRECCIÓN DE SANIDAD DE LA

FUERZA AÉREA COLOMBIANA REQUIERE LA PRESTACIÓN DEL

“SUMINISTRO Y ADAPTACIÓN DE LENTES DE CONTACTO PARA LOS

USUARIOS Y BENEFICIARIOS DEL SUBSISTEMA DE SALUD DELA FUERZAS MILITARES – FUERZA AEREA

COLOMBIANA”

SI ACEPTO LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Cordialmente,

______________________________

Firma Representante Legal del Proponente Nombre:

Documento Identidad:

(20)

FORMULARIO No. 3

PACTO EXPRESO DE MULTAS Y/O CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA

CLÁUSULA DE MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del CONTRATISTA, se impondrán multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas excedan del 10% del valor total del mismo, las cuales serán tasadas por el supervisor/interventor de contrato.

PARÁGRAFO PRIMERO: El procedimiento para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento, se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para la imposición de las multas no será necesario que el contratista incumpla la totalidad de las obligaciones, sino que bastará con el incumplimiento de la programación de entregas establecidas. Una vez impuesta la multa, el Departamento de Contratación, informará con oficio al Departamento Financiero de la Entidad, para que proceda a efectuar el descuento de la multa en el pago que deba realizarse EL CONTRATISTA. Igualmente, el Departamento de Contratación mediante oficio informará a la Cámara de Comercio sobre la imposición de la multa respectiva de acuerdo a lo estipulado en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007. PARÁGRAFO TERCERO: El pago de las multas a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración del contrato, se tendrá en cuenta al momento de su liquidación, en consecuencia, EL CONTRATISTA autoriza al MINISTERIO para hacer los descuentos correspondientes.

CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Con el fin de sancionar al contratista por el hecho de declararse la caducidad administrativa o incumplimiento total o parcial del contrato, las partes convienen como pena pecuniaria, la obligación del CONTRATISTA de pagar una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, sin perjuicio de que EL CONTRATISTA deba cumplir con la obligación principal y de las acciones a que haya lugar cuando el perjuicio resulte mayor. PARÁGRAFO PRIMERO: La suma anterior se pacta a título de pena, no de indemnización, razón por la cual EL MINISTERIO se reserva el derecho de reclamar del contratista el pago de los perjuicios que su incumplimiento le hubiese ocasionado. El pago de la pena pecuniaria a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiese efectuado durante el término de duración del contrato, sobre los saldos pendientes a favor del CONTRATISTA se tendrá en cuenta al momento de la liquidación y desde ya EL CONTRATISTA autoriza su descuento. PARÁGRAFO SEGUNDO: El valor de las Sanciones por Retardo y de la Cláusula Penal Pecuniaria, ingresará al Tesoro Nacional.

___________________________________

Firma Representante Legal del Proponente Nombre:

Documento Identidad:

(21)

FORMULARIO No. 4

REPORTE DE MULTAS Y SANCIONES DE CONTRATOS ANTERIORES

DECLARACIÓN SOBRE MULTAS Y SANCIONES DURANTE LOS ÚLTIMOS TRES (3) AÑOS.

I. PROPONENTE

___________________________________________________________

Declaramos bajo la gravedad de juramento, comprometiendo nuestra responsabilidad personal y comprometiendo la responsabilidad institucional de las personas jurídicas que representamos, que la información antes consignada es totalmente cierta, corresponde única y exclusivamente a la entidad que representamos.

___________________________________

Firma Representante Legal del Proponente Nombre:

Documento Identidad:

OBJETO DEL CONTATO

NO.

CONT

ENTIDAD CONTRATANTE

VR.

CONTRATO EN PESOS

$

TIPO

FECHA DE LA MULTA O SANCIÓN

VR. DE LA MULTA O SANCIÓN EN PESOS

$

VR. DE LA MULTA SANCIÓN EN

SMMLV

MULTA SANCIÓN

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