BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA RIBERA ALTA DEL EBRO, PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CULTURA QUE SE REALICEN DURANTE EL EJERCICIO 2022.
La presente convocatoria de subvenciones se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se corresponde con la Línea de subvención 1: Actividades de promoción y fomento de la cultura comprendida dentro de la LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 2: CULTURA, del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2020-2023 publicado en el BOPZ núm. 30 de fecha 07 de febrero de 2020, rigiéndose por la Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca Ribera Alta del Ebro, inicialmente aprobada por el Consejo Comarcal en fecha 26 de febrero de 2020 y cuya aprobación definitiva se publica en el BOPZ Núm. 144 de fecha 25 de junio de 2020, en cuanto no contradiga lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 7/1999, de 2 de abril, de Administración Local de Aragón, el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón y Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
Primero. - Objeto y período de ejecución de la actividad.
Objeto: El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones para la realización de proyectos y actividades que tengan por objeto la promoción y fomento de la cultura por Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en alguno de los municipios de la Comarca.
Será condición indispensable que el programa o actividad objeto de subvención se desarrolle en alguno o algunos de los municipios que integran la Comarca Ribera Alta del Ebro o excepcionalmente fuera de la Comarca siempre que fomenten los valores culturales así como la identidad comarcal.
Segundo. - Período de ejecución de la actividad: Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas y efectivamente pagadas entre el 01 de enero y el 15 de noviembre de 2022.
Tercero. - Gastos subvencionables.
Gastos ordinarios necesarios para el desarrollo de la actividad o proyecto objeto de subvención, tales como, la realización de proyectos y actividades relativas a la música, teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, publicaciones, intercambios, festivales y certámenes, participación en encuentros, programas, actuaciones o pruebas, así como la promoción de proyectos y actividades de contenido cultural.
Asimismo, podrán subvencionarse las nóminas del personal que efectivamente haya realizado el proyecto u actividad, siempre que se incorpore certificado expedido por el
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José Miguel Achón Lozano (1 de 1) Presidente Fecha Firma: 16/02/2022 HASH: c942deaa4fba0033f46c26065c0f443f
secretario de la Entidad acreditativo de este extremo, así como el porcentaje de jornada dedicado a la realización de la actividad. En estos supuestos la concreta actividad subvencionada deberá referirse a acciones puntuales y por lo tanto distintas de la actividad ordinaria realizada por dicho personal propio que deberán ser específicamente explicadas en el proyecto.
El transporte sólo será subvencionable cuando la actividad inherente a la naturaleza de la entidad subvencionada (que deberá coincidir con su objeto social) requiera un desplazamiento para la realización de la actividad subvencionada fomentando los valores culturales así como la identidad comarcal.
Quedarán excluidos:
Las inversiones en bienes inventariables; alquileres de locales; gastos de transporte o estancia relativos a viajes meramente recreativos. A tal efecto, en el caso de que la actividad subvencionada implique desplazamiento, solo será subvencionable el importe de las entradas al acto cultural o instalaciones objeto de la subvención, pero no el transporte; facturas de comidas, aperitivos, bebidas o similares; gastos ordinarios no relacionados directamente con el proyecto subvencionado; premios en metálico;
facturas de teléfono; combustibles y similares.
Cuarto. - Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas.
1.El importe total de la subvención a conceder por la Comarca Ribera Alta del Ebro no superará el 75% del programa/actividad subvencionable, debiendo justificarse la subvención concedida en la forma y por el importe definido en la base decimotercera.
2. Esta subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma actividad procedentes de otras Administraciones o Entidad Públicas, en cuyo caso, la suma de las mismas no podrá suponer más de 75%
del coste de la actividad subvencionada. Si la suma de ayudas públicas superase dicho porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.
Quinto. - Beneficiarios.
Podrán solicitar subvención las Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que estén legalmente constituidas y registradas, que tengan su domicilio social en alguno de los municipios de la Comarca, y que realicen actividades de interés cultural en el ámbito comarcal en el año 2022.
Sexto. - Crédito presupuestario.
El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 36.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48000 del presupuesto para el año 2022.
Séptima. Solicitudes y documentación a aportar.
Las solicitudes se deberán formular en el modelo que figura como Anexo I a la presente
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convocatoria a disposición para los interesados en el portal web de la Comarca Ribera Alta del Ebro y sede electrónica, debiendo indicar expresamente el importe del proyecto o de la actividad y la subvención que solicitan para el mismo, cuyo importe no podrá exceder del 75% del presupuesto del programa o actividad que se presente en la memoria mencionada en la letra c) de este apartado.
Junto al escrito de solicitud se presentarán:
a) Fotocopia compulsada de la resolución de inscripción de la Entidad en el Registro correspondiente o certificado de estar inscrita en el Registro correspondiente.
b) Declaración de otras ayudas o subvenciones (Anexo II).
c) Memoria explicativa sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a fines de la misma, calendario de ejecución, presupuesto total de la actividad y financiación prevista, indicación de otros ingresos que se prevean, así como reseña de las actividades en materia cultura realizadas en el año anterior. (Anexo III)
d) Fotocopia compulsada del CIF de la Entidad.
e) Declaración responsable del solicitante de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social (Anexo IV).
f) Copia compulsada de sus Estatutos.
g) Ficha de terceros cumplimentada (Anexo IX).
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca Ribera Alta del Ebro y 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación relacionada en los apartados a), d) y f) no deberá aportarse por los interesados si ya se encuentra en poder de esta Administración, salvo que se haya producido alguna modificación.
Octava. - Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes de subvención y la documentación a que se hace mención en el apartado anterior, deberán ser dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Comarca Ribera Alta del Ebro, C/ Almogávares 51, 50.630 Alagón, y deberán presentarse electrónicamente a través del registro electrónico de la Comarca o correspondiente registro electrónico.
Novena.- Criterios de valoración.
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a) Reforzamiento de la identidad cultural comarcal.
a. Temática meramente cultural: edición de publicaciones, organización de exposiciones, conciertos, participación en festivales o intercambios culturales---3 puntos.
b. Fomento de la identidad comarcal o tradiciones culturales de la Comarca--- -2 puntos.
c. Resto de actividades culturales no recreativas---1 punto.
b) Radio de acción de las actividades, esto es, si el ámbito de promoción o fomento de los valores culturales alcanza el municipio en que se desarrolle su actividad o la Comarca.
a. En la Comarca y a nivel regional---2 puntos.
b. En el municipio---1 punto.
c) Que las actividades propuestas favorezcan la participación activa del mayor número de usuarios.
a. Actividades abiertas al público en general. En caso de varias actividades, que al menos una sea abierta---2 puntos.
b. Solo participan los asociados---1 punto.
d) Que las propuestas cuenten, por su contenido y metodología, con viabilidad técnica de aplicación en el plazo establecido. Se valorará la duración temporal del proyecto subvencionable.
a. Duración: más de 14 días---5 puntos.
b. Duración de 10 a 14 días---4 puntos.
c. Duración: de 7 a 10 días---3 puntos.
d. Duración: de 3 a 6 días---2 puntos.
e. Duración: hasta 2 días---1 punto.
e) Que la entidad solicitante se implique económicamente en el proyecto propuesto:
a. Hasta un 60%---3 puntos.
b. Hasta un 50%---2 puntos.
c. Hasta un 40%---1 punto.
f) Proyectos que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres: Se valorará el grado de compromiso con la igualdad de género de la Entidad solicitante:
a. Si el proyecto se dirige a ambos sexos (por ejemplo: femenino y
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masculino) --- 8 puntos.
b. Si existe equilibrio de sexos en la junta directiva (como mínimo en un porcentaje 40%-60%) --- 6 puntos.
c. Si la promoción de la igualdad de mujeres y hombres está explicitada en sus estatutos--- 4 puntos d. Si la memoria, los materiales didácticos, los utilizados en la publicidad y
en el conjunto de la actividad están redactados en lenguaje no sexista y sus imágenes y texto favorecen la ruptura de roles---2 puntos.
La valoración económica del sistema de puntuación vendrá determinada por el siguiente criterio:
El presupuesto total consignado se dividirá entre el total de los puntos obtenidos entre todas las Asociaciones o Entidades admitidas. Así se obtendrá el valor económico de un punto. Para evitar problemas con decimales, se redondeará a la baja. Una vez obtenido el valor económico del punto redondeado a la baja, éste se multiplicará por el total de puntos de cada Asociación o Entidad.
Décima. Procedimiento de instrucción y propuesta de resolución.
Instrucción de procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el técnico medio de administración general de la Corporación.
Comprobada la corrección documental de las solicitudes, el órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación y estudio de los datos relativos a la actuación subvencionable y del cumplimiento de las condiciones del solicitante para ser beneficiario de la subvención. Estos extremos se acreditarán mediante informe.
Se constituirá una Comisión de Valoración de carácter técnico compuesta por tres técnicos de las áreas de deportes, servicios sociales y administración general y un funcionario que actuará como secretario, sin perjuicio de las delegaciones que en su caso pudieran proceder, como órgano colegiado al que corresponde evaluar las solicitudes presentadas.
La Comisión de Valoración realizará el examen de las solicitudes y elaborará un informe en el que figurará la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la base novena y el orden preferente resultante y que será la base de la propuesta de resolución del órgano instructor.
Propuesta de resolución provisional.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, que incluirá la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía,
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especificando la puntuación obtenida y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes.
Si la propuesta de resolución se separa del informe técnico de valoración, en todo o en parte, el instructor deberá motivar su decisión, debiendo que dar constancia en el expediente.
Emitida la propuesta de resolución provisional, se cumplirá con el trámite de audiencia, notificando a los interesados la propuesta y concediéndoles un plazo de cinco días para que pueda presentar las alegaciones que consideren oportunas. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá carácter definitivo.
Propuesta de resolución definitiva.
Instruido el procedimiento, e informadas las alegaciones presentadas en su caso, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva que expresará los aspectos anteriormente indicados.
Esta propuesta de resolución definitiva se notificará por el órgano instructor a los interesados propuestos como beneficiarios a través del Portal Web de la Comarca Ribera Alta del Ebro y sede electrónica,
No es necesaria la aceptación expresa de la misma. La concesión surte efectos desde el momento de la notificación o publicación. No obstante, llegado el período de justificación, deberá presentarse el Anexo V aceptando la misma, salvo renuncia expresa del beneficiario.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a la Comarca, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
Undécima. Resolución.
A la vista de la propuesta de resolución definitiva, el Presidente de la Comarca dictará resolución, resolviendo el procedimiento.
En la resolución constará, en todo caso, el objeto de la subvención, el beneficiario o beneficiarios, la puntuación obtenida en la valoración, el importe de la subvención, así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión de ayuda por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes. En la resolución se indicarán los recursos que puedan ejercitarse.
Si el órgano concedente se aparta en todo o en parte de la propuesta del instructor deberá motivarlo suficientemente, debiendo dejar constancia en el expediente.
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El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
La resolución de concesión podrá fin a la vía administrativa.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Comarca, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Duodécima. Obligaciones de los beneficiarios.
Son obligaciones de los beneficiarios:
a) Aceptar la subvención a los efectos del cumplimiento de las conficiones derivadas de su otorgamiento remitiendo a la Comarca el impreso que figurea como Anexo V de esta Convocatoria.
b) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante el servicio de Cultura de la Comarca Ribera Alta del Ebro, así como cumplir los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la misma.
c) Comunicar al Servicio de Cultura de la Comarca Ribera Alta del Ebro, con la máxima antelación posible, las fechas de realización de las actividades subvencionadas, en caso de que no se indique en la solicitud o se modifique la inicialmente prevista.
d) Admitir la evaluación y seguimiento sobre las actividades objeto de ayuda que, en su caso, pueda realizar la Comarca.
e) Someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que correspondan a los servicios de intervención de la Comarca.
f) Comunicar al Servicio de Cultura de la Comarca Ribera Alta del Ebro la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención.
g) Dar publicidad e informar de que la actividad está subvencionada por la Comarca de la Ribera Alta del Ebro, para lo cual se presentará muestra de la publicidad realizada (cartel, folleto, fotografías, etc.).
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos podrá motivar la denegación de la ayuda.
En cualquier momento, la Comarca Ribera Alta del Ebro se reserva el derecho de
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efectuar, por los medios que considere convenientes, cuantas comprobaciones sean necesarias para asegurar el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
Decimotercera. Justificación para el cobro de la subvención.
Se justificará el total del presupuesto indicado en la documentación presentada. En caso de no justificar el presupuesto total de la actividad subvencionada, la subvención se reducirá proporcionalmente.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se documentará mediante cuenta justificativa del gasto realizado, que deberá contener la siguiente documentación:
a) Solicitud del pago de la subvención firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria (Presidente/a o Director/a), de acuerdo con el impreso que figura como Anexo VI de esta convocatoria, con indicación de los datos bancarios para el ingreso de la cantidad justificada.
b) Memoria de la actividad desarrollada justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención (formato Word), con indicación de las actividades realizadas, indicando al menos fechas de realización, lugar, número de asistentes, etc.
En caso de edición de publicaciones presentar al menos un ejemplar.
Se acompañarán fotografías que justifiquen que se ha publicitado e informado que la actividad está subvencionada por la Comarca Ribera Alta del Ebro (cartelería, publicaciones, folletos, …etc, donde aparezca el logo corporativo de la Comarca) y/o en su defecto fotografías de la actividad a subvencionar en el caso de que ya haya sido realizada.
c) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas que tendrá:
-Una relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento del gasto, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago (Anexo VIII).
Para cada uno de los gastos relacionados se indicará cuál ha sido la fuente de financiación. Cuando se hubieran utilizado más de una fuente de financiación se indicará el porcentaje en el que hubiera participado cada una de ellas.
-Facturas originales y/o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, a nombre del beneficiario, incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado anterior, que acrediten fehacientemente el gasto aplicado a la actividad subvencionada (total del presupuesto) que deberán tener fecha entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2022.
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En el caso de que se trate de factura simplificada deberá constar el nombre de la Entidad beneficiaria.
-Documentación acreditativa del pago efectivo de las facturas presentadas, en la misma cuantía del presupuesto indicado.
Este pago se acreditará mediante justificante bancario en el que conste como pagador la Entidad beneficiaria.
Solo se permite el pago en efectivo para cantidades de importe igual o inferior a 500 euros, en cuyo caso para acreditar el pago será válido documento firmado y, en su caso, debidamente sellado, por el proveedor acreditando el pago de la factura correspondiente, así como fecha de la recepción de los fondos.
A efectos del cálculo de esta cuantía, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos referidos a un mismo objeto en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o prestación de los servicios.
-En el caso de que incluyan gastos de personal se acompañarán copias compulsadas de las nóminas correspondientes, que deberán expresar claramente el nombre y los dos apellidos, DNI, el mes al que correspondan, cuantía bruta, descuentos e importe líquido, así como los boletines de cotización a la Seguridad Social y el modelo 111 del IRPF. En tal supuesto, deberá constar certificado del secretario de la entidad o declaración responsable del presidente haciendo constar que la persona que figura en la correspondiente nómina ha sido la encargada de llevar a cabo el proyecto u actividad objeto de subvención, así como indicación del porcentaje de jornada dedicado a la realización de dicha actividad.
Las facturas y los justificantes de pago deberán presentarse enumeradas con arreglo al Anexo VIII presentado.
d) Certificado emitido por el Secretario de la Entidad (Anexo VII) en el que se haga constar:
- Que se ha cumplido con la finalidad para la que se concedió la subvención.
-Que la relación de los gastos realizados con cargo a la subvención son los relacionados en el Anexo VIII.
- Que los gastos que se justifican no han sido objeto de otra subvención. En el caso de concurrencia con otra subvención deberá presentar listado firmado de subvenciones justificadas ante la otra entidad. Todo ello con el fin de garantizar que, en ningún caso, la suma de los importes de las ayudas concedidas por otras Administraciones o Entidades Púbicas y del importe de la otorgada por la Comarca no supere el 75% del coste de dichas actividades.
e) Certificaciones acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social si la cantidad concedida supera el importe de 3.000 euros; en caso contrario, declaración responsable del solicitante de
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estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social a fecha de justificación de la subvención (Anexo IV).
f) De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 34.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen, presten o suministren.
En el caso de elegir la oferta que no resulte ser la económicamente más ventajosa, el beneficiario deberá justificar adecuadamente la elección.
Decimocuarta. Plazos de justificación.
El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el día 15 de noviembre de año 2022 y se referirán a gastos realizados en el ejercicio 2022.
Transcurrido el plazo sin que se haya presentado la justificación se perderá automáticamente el derecho a recibirla.
Si una vez transcurrido el plazo para justificar la subvención, se aprecia la existencia de defectos subsanables, el Servicio Comarcal de Cultura procederá a requerir al beneficiario, concediéndole un plazo de diez días (desde la recepción del requerimiento) para su corrección, apercibiéndole de que, en caso contrario, se producirá la pérdida del derecho al cobo de la subvención.
Decimoquinta. Aceptación de las bases.
La presentación de solicitudes implica la aceptación expresa y formal de los términos de esta convocatoria.
Cualquier falsedad en los datos aportados, tanto en la solicitud como en la justificación, para el cobro de la subvención, será motivo suficiente para la pérdida del derecho a recibir la subvención.
Decimosexta. Información sobre el tratamiento de datos personales en la Comarca Ribera Alta del Ebro.
Los datos personales referentes al titular de la actividad e integrantes que se aporten en la documentación exigida se obtienen para formar parte de ficheros de responsabilidad de la Comarca Ribera Alta del Ebro, único destinatario de la información aportada de acuerdo con los requisitos de acceso de licitadores al registro.
Estos ficheros se utilizan para la promoción, gestión y contratación de actividades culturales y lúdicas, lo cual no podrá llevarse a cabo sin los datos personales.
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Igualmente, el firmante autoriza expresamente el tratamiento de su imagen y su publicación en páginas web, folletos o revistas, pudiendo revocar en cualquier momento este consentimiento mediante escrito dirigido a la Comarca Ribera Alta del Ebro.
Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercidos por todos los interesados mediante escrito dirigido a C/ Almogávares 51, 50630, de Alagón (Zaragoza).
El Alagón, a fecha de firma electrónica El Presidente
José Miguel Achón Lozano
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ANEXO I
Don/Dña ………, en nombre y representación de la entidad ……….., con
domicilio en……….……, localidad
……… nº de teléfono………., correo
electrónico………. ……….
con CIF núm. ……… y con el siguiente número de cuenta bancaria
………(poner los veinte dígitos), EXPONE:
Que en el BOPZ núm. ……, de fecha ………., se ha publicado la convocatoria de subvenciones en el ámbito del Área de Cultura de la Comarca de la Ribera Alta del Ebro para el ejercicio 2021.
Que por la presente, acepta y se somete a las condiciones expresadas en la convocatoria y formula solicitud de subvención para el programa/actividad:
………, que tiene un presupuesto de ………..…… euros, conforme a la documentación exigida en las bases que se adjunta a la presente instancia.
Por todo lo expuesto, SOLICITA:
La concesión de una subvención de ……….. euros.
Y DECLARA, como representante de la Entidad, bajo su responsabilidad:
Que son ciertos y comprobables los datos consignados en la presente solicitud,
Que no se ha producido modificación de los datos consignados en las letras, a), d) y f) (Marcar solo en caso de que no se haya producido tal modificación. En caso contrario, aportar la
documentación pertinente).
En …… a ………….… de …… de 2022.
Sello y firma Documentación que se adjunta:
□
a) Fotocopia compulsada de la resolución de inscripción de la Entidad en el Registro General de Asociaciones de la DGA o registro correspondiente o certificado de estar inscrita en el Registro General de Asociaciones de la DGA o Registro correspondiente. Solo en caso de no haber presentado solicitud de subvención en el ejercicio 2020 o de modificación de los documentos ya presentados.□
b) Declaración de otras ayudas o subvenciones (Anexo II)erificación: https://rialebro.sedelectronica.es/
□
c) Memoria detallada sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a fines de la misma, calendario de ejecución, presupuesto total de la actividad y financiación prevista, así como indicación de otros ingresos que se prevean (Anexo III)□
d) Fotocopia compulsada del C.I.F. de la entidad. Solo en caso de no haber presentado solicitud de subvención en el ejercicio 2020 o de modificación de los documentos ya presentados.□
e) Declaración responsable del solicitante de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social (Anexo IV).□
f) Copia compulsada de sus Estatutos. Solo en caso de no haber presentado solicitud de subvención en el ejercicio 2020 o de modificación de los documentos ya presentados.□
g) Ficha de terceros cumplimentada (Anexo IX).ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DE LA RIBERA ALTA DEL EBRO.
Área de Cultura.
ANEXO II
Declaración de otras ayudas concurrentes
Don/doña ………, en calidad de presidente o secretario/a de ………., DECLARA:
Que el programa/actividad ……….
objeto de la presente solicitud ha obtenido ayudas y subvenciones concurrentes para el mismo proyecto en las siguientes instituciones públicas hasta el día de la fecha:
Organismo: ………
Objeto de la ayuda: ……….
Fecha de concesión………: ……
Subvención concedida: ………..
□ No se ha recibido ninguna ayuda o subvención concurrente para el mismo proyecto / actividad.
Asimismo se compromete a comunicar cuantas ayudas/subvenciones le sean concedidas para el mismo proyecto/actividad, por cualquier organismo público o privado, a partir de la fecha de hoy.
En ……….. a …… de ……… de 2022.
Sello y firma
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1ANEXO III
Datos del proyecto/actividad
Denominación del proyecto: ………..
Entidad promotora: ……….
Presupuesto : ……….. euros.
Subvención solicitada: ……… euros.
Descripción del proyecto/actividad [explicar en qué consiste: objetivos que se persiguen, plazos de ejecución, presupuesto detallado (gastos e ingresos previstos), si para el mismo proyecto o actividad han solicitado otra subvención o ayuda, si existe aportación de los participantes etc.]:
En ……….. a …… de ……… de 2022.
Sello y firma
SE HA DE TENER EN CUENTA QUE LA JUSTIFICACIÓN DEBERÁ HACERSE POR EL TOTAL DEL PRESUPUESTO PRESENTADO OBJETO DE LA SUBVENCIÓN, NO
ÚNICAMENTE POR LA CANTIDAD ESPECÍFICA SUBVENCIONADA
1 Presentar tantos Anexos III como proyectos o actividades se soliciten.
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ANEXO IV
Don/Dña………,
presidente o representante legal de la entidad………..………... en nombre y
representación de la misma,
DECLARA:
De los antecedentes obrantes en la entidad sin ánimo de lucro ..
………..… que represento, no se tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas vencidas con la Seguridad Social, obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni obligaciones con la Comarca de la Ribera Alta del Ebro.
En ……….. a …… de ……… de 2022.
Sello y firma
(1) Si la cantidad concedida supera el importe de 3000 € deberá aportarse Certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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ANEXO V
Declaración de aceptación de la subvención
Don/doña ………, en calidad de presidente o secretario/a de ………..,
DECLARA:
1.º Aceptar la subvención concedida para el programa/actividad
………, por un importe de
………..… euros, por la Comarca de la Ribera Alta del Ebro por Resolución de Presidencia de fecha ………
2.º Comprometerse a destinar el importe concedido a la finalidad establecida.
3.º Comprometerse a cumplir todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases de la convocatoria y aceptar que, en caso de incumplimiento, esta circunstancia dará lugar al reintegro de las cantidades percibidas o, en su caso, a la compensación automática por parte de la Comarca de la Ribera Alta del Ebro.
4.º Que comunicará al Área de Cultura de la Comarca de la Ribera Alta del Ebro la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedente de cualquier Administración, incluida la Comarca de la Ribera Alta del Ebro, u otros entes públicos o privados, nacionales o extranjeros.
En ……….… a ….… de ……….… de 2022.
Sello y firma
ANEXO VI
Don/doña ………..…, en calidad de presidente o representante legal de ………..
DECLARA:
Que esta entidad recibió escrito de la Comarca de la Ribera Alta del Ebro por el que se le comunicaba la concesión de una subvención por importe de ……… euros con destino al siguiente programa/actividad ………...…,
………....dentro de la convocatoria de subvenciones en el ámbito del Área de Cultura de la Comarca de la Ribera Alta del Ebro para el ejercicio 2022.
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Y en su virtud, SOLICITA:
Que teniendo por presentado este escrito y los documentos anexos, se sirva admitirlos, tener por completado el expediente para recibir la ayuda correspondiente, y previos los trámites pertinentes, proceda al pago de la subvención de ……… euros , en el nº de cuenta:
……….
En …………..…… a …… de ………..… de 2022.
Sello y firma
ANEXO VII
Don/doña ………..…, en calidad de Secretario/a de la entidad ………..
Certifica:
- Que se ha ejecutado el programa/actividad subvencionado que se indica y se ha cumplido la finalidad para la que se otorgó la subvención.
- Que los gastos originados a esta entidad por dicha actuación, por un importe total de
………….……….., cuyos justificantes, en fotocopia compulsada, se adjuntan a la presente solicitud, son los relacionados en el Anexo VIII.
-Que para la misma finalidad:
no se han obtenido subvenciones
se han obtenido las siguientes subvenciones: ……
o Entidad:--- Importe--- o Entidad:--- Importe---
En …………..…… a …… de ………..… de 2022.
Sello y firma
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ANEXO VIII Relación de gastos de la actividad subvencionada
Denominación del programa/actividad: ……
Orden Fra.
Y
Justificant e Pago
Nº Factura
Empresa Objeto del gasto
Fecha emisión Fra.
Fecha pago Fra.
Importe Fuente de financiación Comarca y su %2
Otras fuentes de financiación y su %3 1
2 3 4
…
En …………..…… a …… de ………..… de 2022.
Sello y firma
2La aportación Comarca será, como máximo el 75% del coste subvencionable.
3 Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma actividad procedentes de otras Administraciones o Entidades Públicas, en cuyo caso, la suma de las mismas no podrá suponer más del 75% del coste de la actividad subvencionada. Si la suma de ayudas públicas superase dicho porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.
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ANEXO IX FICHA DE TERCEROS
A CUMPLIMENTAR POR EL INTERESADO
ALTA MODIFICACIÓN
Apellidos y nombre/ razón social
NIF/CIF: Domicilio ( calle, nº):
Población: Provincia: CP
Teléfono: E mail:
Los datos bancarios que figuran en esta ficha deberán ser tenidos en cuenta a partir de esta fecha en todo pago que deba efectuarse al que suscribe por la Comarca Ribera Alta del Ebro.
En ………..………, a ………..de………... de 2022.
Firmado:
(cuando se trate de persona jurídica debe incluirse sello)
A RELLENAR POR LA ENTIDAD BANCARIA Denominación de la entidad:
CÓDIGO IBAN:
Certifico que los datos bancarios reseñados corresponden a la cuenta que el titular de referencia tiene abierta en esta entidad.
En ………, a ………..de ……….…….de 2022 Firma y sello entidad bancaria
erificación: https://rialebro.sedelectronica.es/