PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, MEJORA Y OBRA NUEVA DE LOS ESPACIOS INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL ARCO MEDIOAMBIENTAL
DEL CONCEJO DE GIJÓN.
INCLUYE CINCO DOCUMENTOS:
• DOC 1: PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
• DOC 2: ANEJO I MEDIOS DE LA EMPRESA
• DOC 3: ANEJO II PRECIOS DESCOMPUESTOS
• DOC 4: ANEJO III PRECIOS DE MATERIALES
• DOC 5: ANEJO IV ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD
SECCIÓN DE PARQUES Y JARDINES JUAN CARLOS MARTINEZ SANCHEZ
SUSANA NORIEGA IGLESIAS
MARZO DE 2010 TOMO I (DE II)
DOC 1 : PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
ÍNDICE
CAPÍTULO 1.- OBJETO DE ESTE PLIEGO Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN CAPÍTULO 2.- ALCANCE TERRITORIAL
CAPÍTULO 3- PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MODO DE PAGO CAPÍTULO 4.- DERECHOS DE LA CONTRATA A LA TERMINACIÓN CAPÍTULO 5.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
CAPÍTULO 6.- MECANICA OPERATIVA Y CERTIFICACIONES CAPÍTULO 7.- CONTRATACIÓN DE PERSONAL
CAPÍTULO 8.- OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DEL CONTRATISTA CAPÍTULO 9.- RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ADJUDICATARIO
CAPÍTULO 10.- CONTROL DE CALIDAD
CAPÍTULO 11.- SERVIDUMBRES, PERMISOS Y LICENCIAS. SERVICIOS EXISTENTES CAPÍTULO 12.- SERVICIOS DEL CONTRATISTA EN OBRA
CAPÍTULO 13.- UNIFORMIDAD E IMAGEN
CAPÍTULO 14.- PRESUPUESTO Y PRECIO DEL CONTRATO
CAPÍTULO 1.- OBJETO DE ESTE PLIEGO Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN
El objeto del presente pliego es fijar las bases que han de regir para la contratación de los trabajos de mantenimiento y mejora de los espacios ubicados en el ámbito del ARCO MEDIOAMBIENTAL DEL CONCEJO DE GIJÓN que se detallan en el CAPÍTULO 3.
Igualmente, serán objeto del contrato las obras nuevas que se lleven a cabo en dicho ámbito.
CAPÍTULO 2- ALCANCE TERRITORIAL
El ámbito territorial afectado por el presente contrato comprende los siguientes espacios de titularidad pública en la totalidad del término municipal de Gijón.
1) Espacios verdes ubicados en zona rural. Sendas peatonales. Accesos a playas. Fuentes y lavaderos.
2) Árboles aislados y en alineación en zona rural. no incluidos en los espacios verdes 3) Mobiliario ubicado en zona rural no incluido en los espacios verdes
4) Parcelas urbanas y periurbanas 5) Cauces fluviales
6) Espacios susceptibles de albergar plantas invasoras 7) Espacios forestales
8) Cualquier otra zona que requiera trabajos similares a los descritos en apartados anteriores.
CAPÍTULO 3.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MODO DE PAGO
La empresa adjudicataria se encargará de realizar los trabajos de mantenimiento y mejora con los medios mínimos descritos en el presente Pliego en el ANEJO I (Medios de la empresa) que serán dedicados en exclusiva a esta tarea, estando incluidos todos los conceptos de costos (personal, maquinaria, medios auxiliares, instalaciones, permisos, seguros, vestuario, combustibles, lubricantes, sistema informático, luz, agua, teléfono, etc.) en la cantidad fija destinada a mantenimiento que resulte de aplicar la baja de licitación al presupuesto estimado en este Pliego según el siguiente desglose:
• ESPACIOS VERDES UBICADOS EN ZONA RURAL. SENDAS PEATONALES. ACCESOS A PLAYAS. FUENTES Y LAVADEROS.
• ÁRBOLES AISLADOS Y EN ALINEACIÓN EN ZONA RURAL NO INCLUIDOS EN ESPACIOS VERDES
• MOBILIARIO UBICADO EN ZONA RURAL NO INCLUIDO EN ESPACIOS VERDES
Su pago se hará aplicando una tipología (x €/m2 // x €/metro lineal) a las zonas del listado orientativo del ANEXO VI, según se establece en los Pliegos de Condiciones Técnicas Particulares. La cantidad total de dividirá entre doce meses, siendo su pago mensual incrementado en el IVA correspondiente, y aplicada la baja.
• PARCELAS URBANAS Y PERIURBANAS
• CAUCES FLUVIALES
• ESPACIOS SUSCEPTIBLES DE ALBERGAR PLANTAS INVASORAS
• ESPACIOS FORESTALES
• CUALQUIER OTRA ZONA QUE REQUIERA TRABAJOS SIMILARES A LOS DESCRITOS EN LOS APARTADOS ANTERIORES.
Su pago se hará aplicando la cantidad total destinada a este concepto, dividida entre doce meses, incrementada en el IVA correspondiente, y aplicada la baja. Su pago será mensual.
También incluye el presente Pliego la OBRA NUEVA que sea necesario ejecutar, debiendo realizarse de conformidad a los Pliegos de Condiciones Técnicas Particulares y a las instrucciones de los Servicios Técnicos Municipales, y que serán certificadas mensualmente de acuerdo a los cuadros de precios descompuestos que
figuran en el ANEJO II, que serán incrementados en el 13 % de gastos generales, más el 6% de beneficio industrial, a todo ello se le aplicará el porcentaje de IVA vigente.
Los MATERIALES dedicados a la realización de estos trabajos serán abonados según el cuadro de materiales del ANEJO III incrementados en el IVA correspondiente, y aplicada la baja.
El importe correspondiente al capítulo de SEGURIDAD Y SALUD se dividirá entre 12 meses, siendo su pago mensual e incrementado en el IVA correspondiente, y aplicada la baja.
En el ANEJO IV se incorpora el ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD, que servirá de base para la redacción del Plan de Seguridad y Salud.
El ANEJO V son los PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
El ANEJO VI es un LISTADO ORIENTATIVO DE ZONAS VERDES, BANCOS, Y ÁRBOLES AISLADOS Y DE ALINEACIÓN, SITUADOS EN LA ZONA RURAL
CAPÍTULO 4.-DERECHOS DE LA CONTRATA A LA TERMINACIÓN
Si el Ayuntamiento estimase conveniente volver a contratar los trabajos a la terminación de este Contrato, el Contratista no tendrá adquirido ningún derecho.
A la finalización del Contrato, el Contratista no tendrá derecho a que el Ayuntamiento le adquiera el equipo utilizado.
Asimismo, el Contratista no tendrá derecho a que se facilite empleo al personal que tuviese empleado, ni a ninguna otra pretensión fundada en reclamación de carácter laboral o de otra índole.
CAPÍTULO 5.-RESCISIÓN DEL CONTRATO
Si durante la vigencia del contrato, el Contratista dejara de realizar los trabajos a que está obligado, sea cualquiera el motivo que cause esta cesación, el Ayuntamiento se hará cargo del mismo, bien por sus servicios o por persona que designe.
Como consecuencia de este abandono de los trabajos, el contrato quedará automáticamente rescindido, con pérdida de fianza por parte de la Contrata, quedando ésta obligada a abonar al municipio cuantos perjuicios se le hayan ocasionado con motivo de esta cesación y rescisión, así como los gastos que por falta de cumplimiento del contrato se le hubieran originado al Ayuntamiento.
CAPÍTULO 6.-MECANICA OPERATIVA Y CERTIFICACIONES
El adjudicatario tendrá la obligación de realizar los trabajos y las obras necesarias para la buena ejecución del ARCO MEDIOAMBIENTAL DEL CONCEJO DE GIJÓN. Mensualmente se extenderán por La Sección de Jardines, las certificaciones correspondientes a los trabajos realizados, aplicando los precios actualizados, según desglose especificado en el CAPÍTULO 3.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MODO DE PAGO.
Respecto a las obras que sea necesario realizar, exigirán para su certificación previamente la aprobación del correspondiente expediente de gasto acompañado de memoria técnica valorada o, en su caso, proyecto de las obras.
Dichos precios, especificados en el ANEJO II, incluyen la ejecución material y la mano de obra, y serán incrementados en un 19% en concepto de gastos generales y beneficio industrial, así como el IVA vigente, deduciendo en todo caso la baja de licitación.
Si durante el periodo de vigencia del Contrato, el Ayuntamiento considerase conveniente introducir alguna nueva unidad de obra o algún material no incluido en el Cuadro de Precios que figura como anejo a este Pliego, procederá a la aplicación del precio que corresponda con arreglo a las siguientes normas:
a) Si el nuevo precio pudiera deducirse automáticamente a la vista del Cuadro de Precios aprobado, se formulará este precio por la Dirección de Obra Municipal. A tal efecto se considerarán vinculables y por lo tanto contractuales, los precios de los materiales y mano de obra que sirven de base para la formación de los precios de las unidades de obra, de figurar en el Cuadro de Precios.
b) En caso de que el nuevo precio no pudiere deducirse del Cuadro de Precios aprobado, se procederá a su estudio contradictoriamente, sometiéndose el resultado de este estudio a la aprobación del Órgano Municipal competente, a propuesta de la Dirección de Obra.
c) En ambos casos, se sobrentiende que los nuevos precios contradictorios serán afectados por la baja de Contrata y se incorporarán al Cuadro de Precios aprobado como uno más.
CAPÍTULO 7.-CONTRATACIÓN DE PERSONAL
Corresponde al Contratista, bajo su exclusiva responsabilidad, la contratación de toda la mano de obra que precise para la ejecución de los trabajos en las condiciones previstas por el Contrato y en las condiciones que fije la normativa laboral vigente.
El Contratista deberá disponer del equipo técnico necesario para la correcta interpretación de los planos, para elaborar los planos de detalle, para ejecutar los replanteos que le correspondan y para la ejecución de la obra, de acuerdo con las normas establecidas en este Pliego.
El Contratista deberá prestar el máximo cuidado en la selección de personal que emplee. La Dirección podrá exigir la retirada de las obras, del empleado u operario del Contratista que incurra en insubordinación, falta de respeto a él mismo o a sus subalternos, o realice actos que comprometan la buena marcha o calidad de los trabajos, así como por incumplimiento reiterado de las normas de seguridad. Asimismo responderá del correcto estado de presentación, limpieza y aseo de todos los empleados, así como del trato correcto y considerado a los ciudadanos.
CAPÍTULO 8.-OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DEL CONTRATISTA
El Contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El Contratista deberá constituir el órgano con función específica de velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y designará el personal técnico de seguridad que asuma las obligaciones correspondientes en cada centro de trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Contratista, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para el Ayuntamiento de Gijón.
En cualquier momento, la Dirección podrá exigir del Contratista la justificación de que se encuentra en regla, en el cumplimiento de lo que concierne a la aplicación de la legislación laboral y de la Seguridad Social de los trabajadores ocupados en la ejecución de las obras objeto del Contrato.
CAPÍTULO 9.- RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario será responsable de los accidentes, perjuicios o infracciones que puedan ocurrir o cometerse por la ejecución de los trabajos que se realicen por medio de este Contrato. A tal efecto, deberá disponer del personal necesario para asegurar el control, seguridad, higiene y buena marcha de los trabajos.
El Contratista adjudicatario de las obras, vendrá obligado a suscribir con una entidad aseguradora de reconocida solvencia, una póliza de responsabilidad civil, individualizada, a favor de los técnicos titulares que desempeñan los cargos de Dirección Técnica de las mismas, a fin de cubrir a estos frente a los riesgos derivados de la propia ejecución de la obra.
Dicha póliza, deberá reunir las condiciones siguientes:
• Descripción del riesgo
• Responsabilidad civil derivada de los trabajos de Dirección de la obra en cuestión, a favor de los técnicos designados como tales por el Ayuntamiento de Gijón, (deben figurar los nombres).
• Sumas límites por siniestro:
- Responsabilidad civil...…..150.000 €
- Fianza judicial:...…. 150.000 €
• La compañía garantiza al Ilustre Ayuntamiento de Gijón, la Responsabilidad Civil legal que subsidiariamente le pueda alcanzar en su calidad de Promotor-Propietario de los trabajos citados, derivado de daños de los que sea responsable el Contratista adjudicatario, hasta los siguientes límites por siniestro:
- Responsabilidad civil... 150.000 € - Fianza judicial... 150.000 €
• La póliza se suscribirá sin ningún tipo de franquicia para los asegurados.
CAPÍTULO 10.- CONTROL DE CALIDAD
Los gastos de ensayos y análisis de materiales y de unidades de obra, serán de cuenta del Contratista hasta el uno por ciento (1%) del presupuesto de ejecución por contrata, sin reducción alguna por la baja de adjudicación.
CAPÍTULO 11.- SERVIDUMBRES, PERMISOS Y LICENCIAS. SERVICIOS EXISTENTES
El Contratista está obligado a mantener provisionalmente durante la ejecución de la obra y a reponer a su finalización, todas aquellas servidumbres (de paso, uso, suministro, etc.) afectadas por los trabajos.
Son de cuenta del Contratista, los trabajos necesarios para el mantenimiento y reposición de tales servidumbres.
En cualquier caso, se mantendrán durante la ejecución de las obras, todos los accesos a viviendas y fincas existentes en la zona afectada por las obras.
El Contratista deberá obtener, con la antelación necesaria para que no se presenten dificultades en el cumplimiento del Programa de Trabajos, todos los permisos o licencias que se precisen para la ejecución de las obras definidas en el proyecto, y cumplirá estrictamente todas las condiciones que imponga el organismo o entidad otorgante del permiso.
Los gastos de gestión derivados de la obtención de estos permisos, serán siempre a cuenta del Contratista, así como todos los cánones para la ocupación temporal de terrenos para instalaciones, explotación de canteras, yacimientos, préstamos y vertederos.
El Contratista deberá obtener a su costa, la información necesaria sobre servicios y redes existentes, solicitándolo con suficiente antelación a las distintas compañías y comunicando a estas, cada actuación que se produzca en sus zonas de influencia.
CAPÍTULO 12.- SERVICIOS DEL CONTRATISTA EN OBRA
El Contratista deberá establecer a su costa, los servicios que requieran la eficiente explotación de sus instalaciones y la correcta ejecución de la obra:
• Servicios técnicos de gabinete y campo incluidos los de topografía, delineación, mediciones y valoración.
• Servicios de seguridad e higiene en el trabajo.
• Servicios médicos y de primeros auxilios.
• Servicios de transportes.
• Servicios de comunicaciones.
• Servicio de vigilancia.
• Servicio de talleres mecánicos, eléctricos, de carpintería, de ferralla, etc.
• Servicio de prevención y extinción de incendios.
• Otros requeridos por las disposiciones vigentes que resulten de aplicación.
CAPÍTULO 13.- UNIFORMIDAD E IMAGEN
Tanto el material móvil como la maquinaria empleada por el adjudicatario, deberán disponer durante la ejecución de las obras objeto de esta Contrata, y a cuenta del adjudicatario, de elementos indicativos, anagramas o símbolos que los identifiquen perfectamente.
Igualmente, el personal del adjudicatario afecto a estos trabajos de conservación será dotado, por cuenta del adjudicatario, de vestuario específico identificativo de la empresa al servicio del Ayuntamiento. Dicho personal, deberá preservar la buena imagen del Ayuntamiento de Gijón.
Tanto la maquinaria, vehículos así como el vestuario del personal, deberán ser aprobados por el Ayuntamiento y llevarán las identificaciones que en su momento se designen.
Carteles de obra.
Antes del inicio de las obras, se colocarán carteles anunciadores de éstas, siendo su número de tres (3) como máximo por obra, en él o en los lugares que estime más conveniente el Director de las obras.
Estos carteles cumplirán la normativa municipal en lo relativo a dimensiones, inscripciones, colores, altura de colocación y forma de sujeción.
Los carteles y su colocación se considerarán incluidos en el concepto de Gastos Generales, no siendo por tanto de abono al Contratista, a no ser que se supere el número de ellos antes citado.
Cuando la entidad de la obra encomendada así lo justifique, la Dirección Facultativa podrá eximir al Contratista de esta obligación.
CAPÍTULO 14.- PRECIO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
La oferta económica se efectuará sobre las partidas siguientes:
1.-Espacios verdes ubicados en zona rural. Sendas peatonales. Accesos a playas.
Fuentes y lavaderos. Árboles aislados y en alineación y mobiliario zona rural
Presupuesto de ejecución material ... 328.614,52 € I.V.A., 18% s/P.E.M. ... 59.150,61 € TOTAL CONTRATA ... 387.765,13 € 2.-Mantenimiento de cauces fluviales y parcelas urbanas y periurbana
Presupuesto de ejecución material ... 228.532,69 € I.V.A., 18% s/P.E.M. ... 41.135,88 € TOTAL CONTRATA ... 269.668,57 € 3.-Espacios forestales
Presupuesto de ejecución material ... 97.022,65 € I.V.A., 18 % s/P.E.M.. ... 17.464,07 € TOTAL CONTRATA ... 114.486,72 € 4.-Obra por proyectos
Presupuesto de ejecución material ... 51.274,75 € Gastos generales, 13% s/P.E.M. ... 6.665,72 € Beneficio industrial, 6% s/P.E.M. ... 3.076,48 € I.V.A., 18% s/1,19 x P.E.M. ... 10.983,05 € TOTAL CONTRATA ... 72.000,00 € 5.-Seguridad y Salud
Presupuesto de ejecución material ... 23.118,28 € I.V.A., 18 % s/P.E.M.. ... 4.161,29 € TOTAL CONTRATA ... 27.279,57 € 6.-Materiales (IVA incluido) ... 10.800,00 € TOTAL CONTRATA CON IVA (por año) ... 882.000,00 € TOTAL CONTRATA SIN IVA (por año) ... 747.457,63 €
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 2.989.830,52 € (DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA EUROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO).
EL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN ES DE 1.494.915,26 € (UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS QUINCE EUROS CON VEINTISEIS CÉNTIMOS DE EURO).
La oferta económica se hará sobre el Presupuesto de Contrata anual sin IVA, y la baja que resulte se aplicará a los cuadros de precios que formen el presupuesto y que se certificarán también mensualmente, en función de las obras que el Ayuntamiento apruebe y según se vayan realizando.
Gijón, 30 de agosto de 2010 El Jefe de la Sección de Jardines
Juan Carlos Martínez Sánchez
DOC 2 : ANEJO I MEDIOS DE LA EMPRESA
1.- ORGANIZACIÓN TÉCNICA DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
El adjudicatario deberá disponer de unos medios técnicos y de una organización adaptados a la naturaleza del trabajo de la contrata por lo cual deberá contar, como mínimo, con los siguientes medios:
• Personal.
• Instalaciones fijas.
• Maquinaria y vehículos.
• Medios auxiliares.
• Acopios de materiales.
Toda maquinaria, vehículos, herramientas y elementos complementarios, deben estar en todo momento en condiciones aceptables de uso, y pintados con arreglo a las normas que a tal efecto establezca el Ayuntamiento. No se admitirán, al comienzo de la prestación del servicio, elementos con antigüedad superior a la mitad de su vida útil normal, para lo cual debe figurar en la oferta, relación detallada y antigüedad de los mismos.
Las cuadrillas de operarios deberán adoptar el vestuario que en su momento establezca el Ayuntamiento.
Al principio del contrato, y posteriormente una vez al año, la Sección de Jardines, realizará una revisión de maquinaria, vehículos, instalaciones, etc., de la que levantará acta. Las posibles deficiencias detectadas en estas revisiones deberán ser corregidas por el adjudicatario, siendo causa de rescisión del contrato el no-cumplimiento de esta obligación.
A lo largo del contrato, ningún elemento adscrito a la misma deberá sobrepasar su vida útil normal.
Las empresas quedan obligadas a constatar ante la Administración municipal las prestaciones y trabajos previstos o realizados y los resultados obtenidos, a este efecto, formularán “partes” con el contenido y periodicidad que se establezcan.
Las empresas llevarán un “Libro de Órdenes” diligenciado por la Administración Municipal.
Los Servicios Técnicos anotarán en el Libro las instrucciones y comunicaciones que estimen pertinentes, autorizándolas con su firma.
Las empresas están obligadas a transcribir en el Libro cuantas instrucciones reciban por escrito de la Administración Municipal o de los Servicios Técnicos.
Las empresas podrán exigir que las instrucciones recibidas se constaten en el Libro.
Las empresas son responsables del incumplimiento o defectuoso cumplimiento de las prestaciones en la gestión del servicio, salvo que sean consecuencia inmediata y directa de instrucciones dictadas por la Administración Municipal y constatadas en el Libro de Órdenes. Se considera incumplimiento lo defectuoso cumplimiento, cualquier disconformidad de la prestación realizada con respecto al Pliego de Condiciones, a las buenas prácticas profesionales y a las instrucciones de la Administración y estándares de calidad establecidos.
INSTALACIONES
Los licitadores indicarán detalladamente en sus propuestas, las instalaciones que permitan el más eficaz desarrollo de los planes de trabajo previstos, ajustándose a la normativa vigente en esta materia.
Tanto los gastos derivados de lo señalado en el párrafo anterior, como los de funcionamiento, conservación, limpieza y vigilancia de las instalaciones, correrán a cargo del adjudicatario.
Instalaciones mínimas:
• Nave, capaz de albergar la oficina, almacén para herramientas, pequeños materiales, garaje de vehículos, vestuarios y aseos para el personal, cumpliendo las disposiciones vigentes.
• Los licitadores deberán comprometerse a trasladar los restos de las limpiezas o disponer de un vertedero autorizado en el que se efectuará el vertido, asumiendo los costes de dicha operación. En caso de que el
Ayuntamiento notificara al contratista el vertido de residuos a otro lugar, éste vendrá obligado a cumplimentar la orden inmediatamente.
Los restos vegetales resultantes de las limpiezas y desbroces no podrán mezclarse con ningún otro tipo de restos con el fin de dar cumplimiento al convenio de colaboración que el Ayuntamiento de Gijón tiene con COGERSA.
MEDIOS AUXILIARES.
El adjudicatario dispondrá de los medios auxiliares necesarios para el correcto y eficaz desarrollo de sus trabajos.
ACOPIOS DE MATERIALES.
La empresa adjudicataria dispondrá de los necesarios acopios de materiales que se reflejan en el ANEJO II que le permitan un correcto desarrollo de los trabajos. En el caso de la planta, la empresa adjudicataria se comprometerá a obtenerla en un plazo máximo de una semana no siendo necesario tenerla en stock.
INSPECCIÓN Y CONTROL
El contratista deberá disponer/adaptar los medios necesarios que le integren dentro del sistema de gestión de espacios y ordenes municipales GUIA, para lo que el contratista, a fin de que los técnicos municipales mantengan una permanente comunicación con él, deberá instalar a su costa los equipos y las conexiones necesarias para el correcto seguimiento de los trabajos.
Gijón, agosto de 2010 El Jefe de la Sección de Jardines
Fdo. Juan Carlos Martínez Sánchez
DOC 3 : ANEJO II PRECIOS DESCOMPUESTOS
DOC 4 : ANEJO III PRECIOS DE MATERIALES
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, MEJORA Y OBRA NUEVA DE LOS ESPACIOS INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL ARCO MEDIOAMBIENTAL
DEL CONCEJO DE GIJÓN.
CONTIENE DOS DOCUMENTOS:
• DOC 6: ANEJO V PLIEGOS DE CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES PLIEGOS MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
1.- ESPACIOS VERDES UBICADOS EN ZONA RURAL. SENDAS PEATONALES. ACCESOS A PLAYAS. FUENTES Y LAVADEROS.
2.- ÁRBOLES AISLADOS Y EN ALINEACIÓN EN ZONA RURAL NO INCLUIDOS EN ESPACIOS VERDES.
3.- MOBILIARIO UBICADO EN ZONA RURAL NO INCLUIDO EN ESPACIOS VERDES 4.- PARCELAS URBANAS Y PERIURBANAS
5.- CAUCES FLUVIALES
6.- ESPACIOS SUSCEPTIBLES DE ALBERGAR PLANTAS INVASORAS 7.- MANTENIMIENTO DE ESPACIOS FORESTALES
PLIEGOS OBRAS 8.- ESTABLECIMIENTO DE ESPACIOS FORESTALES
9.- ESTABLECIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES
• DOC 7: ANEJO VI LISTADO ORIENTATIVO DE ZONAS VERDES, BANCOS, ÁRBOLES AISLADOS Y EN ALINEACIÓN
SECCIÓN DE PARQUES Y JARDINES JUAN CARLOS MARTINEZ SANCHEZ
SUSANA NORIEGA IGLESIAS
MARZO DE 2010 TOMO II (DE II)
DOC 6 : ANEJO V PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS
PARTICULARES
1.1.- OBJETO Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Constituye el objeto del presente documento, fijar las bases de regulación del servicio de mantenimiento de los espacios verdes ubicados en zona rural, sendas peatonales, accesos a playas, fuentes y lavaderos.
La empresa quedará obligada a hacer todo aquello que sea necesario para la buena marcha de los trabajos de conservación y mantenimiento de los espacios objeto del presente PLIEGO.
El Ayuntamiento de Gijón facilitará la documentación correspondiente a cada nueva incorporación, plano, descripción del estado final del proyecto y datos de riegos y equipamientos.
En las mediciones se computarán las sendas peatonales y aquellos espacios que sin ser zonas verdes requieren limpieza, atención y conservación de mobiliario, arbolado, redes de agua y saneamiento, etc.
Además de los trabajos que se especifican, la Contrata estará obligada a facilitar los datos que con finalidades estadísticas y de control, considere necesarios la Dirección Facultativa para la buena marcha del mantenimiento. Del mismo modo está obligada a comunicar los daños que encuentre en los espacios verdes, así como las bajas producidas y a poner en conocimiento de la Dirección Facultativa todas las obras y trabajos que se realicen en la vía pública y que afecten a las zonas objeto del presente PLIEGO.
En el ANEJO VI Se adjunta un listado de las zonas objeto de este PLIEGO.
1.2.- AMPLIACIONES DEL SERVICIO
La Contrata se obliga a admitir para su conservación los espacios verdes de nueva creación, las sendas peatonales, las instalaciones de riego y fuentes públicas de beber, lavaderos y manantiales situados en la zona rural del Concejo de Gijón, que, con motivo de obra nueva, ampliaciones, recepciones de urbanizaciones o adquisiciones de todo tipo, incrementen la superficie de actuación municipal, en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación.
El precio para las nuevas incorporaciones será el siguiente:
• Espacios verdes >10.000 m2, carbayeras * y accesos a playas 0,40 €/m2/año
• Espacios verdes entre 5.000 m2-10.000 m2 1,31 €/m2/año
• Espacios verdes entre 1.000 m2-5000 m2 2,02 €/m2/año
• Espacios verdes <1000 m2 3,01 €/m2/año
• Sendas peatonales 2,31 €/m.lineal/año
• Lavadero cubierto 3,62 € /m2/año
*Carbayeras son aquellos espacios con árboles maduros habilitados como espacio verde.
1.3.- NIVEL DEL SERVICIO
El nivel de prestación del servicio deberá ser tal que el estado actual se incremente con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente producen.
1.4.- LABORES QUE ALCANZA EL SERVICIO DENTRO DE LOS ESPACIOS VERDES
El servicio que se ha de prestar por la Contrata alcanza a la realización en la totalidad de dichos espacios verdes, de los siguientes grupos de labores:
1.4.1.- CONSERVACIÓN 1.4.2.- PODAS
1.4.3.- REPOSICIÓN
1.4.4.- CONSERVACIÓN DE LA INSTALACION HIDRÁULICA 1.4.5.- ÁRBOLES SITUADOS EN ESPACIOS VERDES
1.4.6.- MOBILIARIO UBICADO EN ESPACIOS VERDES (A EXCEPCIÓN DE LOS JUEGOS INFANTILES) La Contrata, con el personal idóneo en número y competencia profesional y a su cargo a todos los efectos, así como los equipos de maquinaria y herramientas de tipos, sistemas y características modernas y eficaces, atenderá debidamente, en tiempo y forma la realización de las expresadas labores, las cuales se precisan a continuación:
1.4.1.- CONSERVACIÓN
Conjunto de labores que han de realizarse para conservar las zonas verdes en perfecto estado botánico, funcional y ornamental, se descomponen como sigue:
A).- Riegos
B).- Siega de praderas
C).- Recorte de borde y desorillado D).- Resiembra de praderas E).- Abonados y recebado F).- Escardas
G).- Recorte y poda H).- Limpiezas
I).- Recebado de caminos y paseos J).- Tratamientos fitosanitarios
K).- Conservación del trazado, setos y perfilado de las praderas.
Las anteriores labores se realizarán ajustándose a las condiciones particulares, que para cada uno de ellos se detallan a continuación:
A).- RIEGOS: Todos los elementos vegetales existentes en una zona verde se regarán esporádica o diariamente en las épocas que fuese necesario, dependiendo de las condiciones edafoclimáticas y de las especies de plantas existentes, de tal forma que todos los elementos vegetales se encuentren en el suelo con el porcentaje de agua útil necesaria para su normal crecimiento y desarrollo.
Los riegos se realizarán mediante el uso de los sistemas automáticos existentes, de mangueras o de cuba, en el caso de no existir infraestructura, y según la naturaleza de la zona a regar y de la textura del terreno.
El agua consumida en esta atención será de cuenta del Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego, cuidando que no se produzcan pérdidas de agua por las bocas de riego o aspersores mal cerrados u otros motivos. Si por el incorrecto cumplimiento de este extremo o de la realización de los riegos, se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario restablecerá por su cuenta la situación primitiva de toda la zona dañada y abonará en su caso, el importe del volumen del agua derramada.
B).- SIEGA DE PRADERAS: Se realizarán con la frecuencia precisa para que la hierba no alcance una altura tal que estética o fisiológicamente suponga un perjuicio para la pradera, entendiéndose una altura que no supere los 10 centímetros, pudiéndose fijar por la Dirección Facultativa las alturas máximas admisibles para cada tipo de pradera así como el tipo de segadora a utilizar en cada caso.
Dentro de las labores de siega, quedan incluidos los trabajos de rastrillado y limpieza de los productos sobrantes.
C).- RECORTE DE BORDES Y DESORILLADO: En los límites de las áreas de pradera y con objeto de que ésta no invada las zonas de caminos o macizos arbustivos, se realizará periódicamente y por lo menos tres veces al año, un recorte del borde de la superficie encespedada, arrancando la parte sobrante incluso hasta las raíces.
El desorillado será previo a la siega y consiste en el recorte de la pradera en las zonas próximas a los bordillos, farolas o cualquier otro elemento inerte. Asimismo comprende el recorte de la pradera al pie de árboles y macizos arbustivos. Se pretende con esta labor evitar que en el espacio comprendido entre la distancia mínima de paso de la segadora y estos elementos prolifere la vegetación espontánea o se desarrolle incontroladamente la pradera.
El desorillado se realizará con desbrozadora de hilo, con las precauciones necesarias para evitar daños a los viandantes o cualquier otro elemento próximo y a los árboles, para lo cual en todos los ejemplares jóvenes, y
durante el tiempo que la Dirección Facultativa estime, se generará alcorque adecuado a la zona de influencia del sistema radicular.
D).- RESIEMBRA DE PRADERAS: En las zonas de pradera que la Dirección Facultativa estime oportuno, se realizará una resiembra con la mezcla de semillas que se especifique para cada caso. En los casos necesarios, se efectuará procurando que la época no coincida con la de máximas temperaturas. Previamente se realizará el acondicionamiento del terreno, incorporando a éste abono mineral (60-125 gr/m2) u orgánico según la Dirección Facultativa estime oportuno. Se realizará un rastrillado de la zona, e inmediatamente después se extenderá la semilla, la cual se cubrirá con cubresiembras, intentando que la capa sea de aproximadamente 4 mm de espesor.
E).- ABONADOS Y RECEBADO. En el abonado la formulación y la dosis de fertilizante químico a utilizar, dependerán de las condiciones físico/químicas del suelo y del estado vegetativo de la pradera, y serán establecidas por la Dirección Facultativa Se recomienda como norma general el uso de abonos de lenta liberación y de abonos orgánicos.
El recebado se llevará a cabo inmediatamente después de un corte, dejando al descubierto las puntas de hierba recién cortadas. A continuación del recebado deberá pasarse rodillo. Se utilizará una dosis de 2-4 l/m2 con una mezcla al 50% de compost y arena silícea lavada de la granulometría que la Dirección Facultativa especifique.
Para árboles, y macizos arbustivos, se abonará en cada campaña de plantación. La formulación y la dosis de fertilizante químico a utilizar dependerá de las condiciones físico/químicas del suelo, estado vegetativo de los árboles y arbustos, y serán establecidas por la Dirección Facultativa, se recomienda como norma general el uso de abonos de lenta liberación.
Estas labores se realizarán cuando la Dirección Facultativa estime oportuno y se realizarán como norma general en primavera u otoño.
F) ESCARDA: Tendrá como finalidad mantener las zonas dedicadas a macizos arbustivos y alcorque de árbol libre de malas hierbas y la buena estructura del suelo. La frecuencia dependerá de la época del año, debiendo ser mayor en primavera/verano. Para los árboles con alcorque, siempre bajo el criterio de la Dirección Facultativa, se aportará mulch o estériles en toda la superficie del alcorque.
Según las instrucciones de la Dirección Facultativa, podrán utilizarse dos sistemas de escarda:
F.1).- Escarda manual: consiste en la entrecava de unos 12/15 cm. de profundidad de las zonas de terriza ocupadas por árboles o arbustos, sin que en ningún caso afecte al sistema radicular.
F.2).- Escarda química: mediante la aplicación de herbicidas selectivos. El tipo de herbicida, la dosis, el lugar y el momento de aplicación, será determinado por la Dirección Facultativa
G).- RECORTE Y PODA: Se realizarán en la forma y época precisa para la mayor vegetación de las plantas.
Para otro tipo de setos o perfiles, se determinará por el técnico responsable su crecimiento si libre o controlado y la frecuencia y época de los recortes.
H).- LIMPIEZAS: El personal dependiente de la Contrata dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del perímetro de las zonas a conservar.
Esta labor consistirá en la eliminación tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (malas hierbas, malezas, etc.) hojas caídas, restos de labores de siega, recortes y podas, desperdicios y basuras que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas que son objeto del mantenimiento.
Estas labores no se limitarán al barrido, recogida y amontonamiento de las indicadas materias dentro de las superficies verdes, sino que ha de completarse con la retirada inmediata de ellas fuera del recinto de las zonas verdes. También se procederá al vaciado de papeleras y a mantener las fuentes limpias, sin papeles u otros objetos flotantes.
Las operaciones de limpieza de realizarán cuantas veces sea necesario para que las zonas presenten un correcto estado.
I).- RECEBADO DE CAMINOS Y PASEOS: Se llevará a cabo en la forma y momento que las condiciones físicas de los mismos lo requieran y siempre que se considere oportuno a juicio del técnico responsable y cuando el deterioro no se deba a acontecimientos extraordinarios atmosféricos o de cualquier otro tipo.
El aporte del material necesario para estas labores correrá a cargo de la Sección de Jardines del Ayuntamiento de Gijón.
J).- TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS: En las fechas oportunas, se realizarán los tratamientos preventivos necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier plaga o enfermedad, que pudiera aparecer en alguno de los cultivos o terrenos de las zonas verdes, así como, aquellos otros tratamientos encaminados a combatir la plaga o enfermedad hasta su total extinción una vez desarrollada.
El máximo desarrollo de una plaga o enfermedad se encuentra en primavera, que es cuando mayor virulencia presenta, ello no quiere decir que no aparezcan focos en cualquier otra época del año. Se realizarán periódicamente y según las instrucciones de la Dirección Facultativa los tratamientos aconsejables con los productos adecuados y a las dosis recomendadas.
En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos modernos, eficaces y no tóxicos ni molestos para las personas. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios al vecindario o a los usuarios de las zonas.
K).- CONSERVACIÓN DEL TRAZADO, SETOS Y PERFILADO DE PRADERAS: Se mantendrá el actual trazado de setos y perfiles de praderas en las diferentes zonas, corrigiendo los desperfectos o alteraciones que se originen en aquellas, bien por causas naturales o por la incorrecta realización de las labores.
1.4.2.- PODAS
AMBITO DE ACTUACIÓN Y NIVEL DEL SERVICIO
Se incluye en este apartado la poda de arbustos y el recorte de borduras y de plantas tapizantes incluidas en los espacios verdes objeto de este PLIEGO.
Las labores de poda serán un trabajo continuado y se realizarán cada vez que sea necesario y no como una operación puntual o excepcional salvo que la Dirección Facultativa lo determine.
Las podas se realizarán siempre en la época adecuada y los cortes deberán ser limpios y se darán mediante la técnica denominada “Corte de la arruga de la corteza”. Las podas drásticas o de rejuvenecimiento deberán ser autorizadas por la Dirección Facultativa
LABORES QUE ALCANZA EL SERVICIO Se tendrá en cuenta:
a.- Deberán evitarse los cortes de ramas muy gruesas y cuando esto se haga se tratarán las heridas debidamente.
b.- Los árboles o arbustos que florecen en las ramas del año, se podarán en otoño/invierno.
c.- Las plantas que florecen en las ramas del año anterior se podarán después de la floración.
d-. Los arbustos de follaje ornamental se podarán en otoño.
e.- La poda deberá atender siempre a conseguir la máxima ventilación y soleamiento de todas las partes de la planta.
f.- Las ramas que se supriman definitivamente deberán cortarse lo más raso posible en un punto de inserción.
g.- Las leñas de la poda deberán retirarse inmediatamente evitando el acopio en la vía pública.
h.- Todas las ramas muertas y partes secas deberán eliminarse en la operación de poda.
Necesidad de la poda: Para mantener la salud y buen aspecto de las especies vegetales, se han de podar en primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas, con el fin de impedir la infección por hongos xilófagos que podrían penetrar por esta vía. La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justifica para aclarar la copa, permitiendo la entrada de luz y aire cuando es muy densa, para compensar la pérdida de raíces, para dar buena forma, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas y para revitalizar ejemplares viejos o poco vigorosos.
Las podas drásticas, en cambio, al reducir seriamente la superficie foliar potencial pueden debilitar a las plantas y hacerlas más susceptibles a las infecciones. Además, la eliminación de una parte considerable de la copa expone bruscamente a los rayos directos del sol los tejidos delicados de la corteza de las ramas interiores, que pueden sufrir quemaduras.
Intensidad de la poda: En un árbol o arbusto normal es preferible eliminar todas las ramas pequeñas que estén mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener su forma natural, en lugar de cortar unas pocas ramas grandes. Las heridas pequeñas cicatrizan bien, incluso sin tratamiento, si tienen menos de 5 cm. de diámetro, mientras que las grandes requieren un tratamiento preventivo y tardan siempre en curar, con el consiguiente riesgo de infecciones.
Frecuencia de la poda: En los espacios verdes, donde los arbustos tengan espacio suficiente para su desarrollo, se podarán con la frecuencia necesaria para mantener en buen estado sanitario, forma adecuada y floración en el caso de los arbustos de flor, o cuando la Dirección Facultativa lo estime necesario.
Las labores de poda se realizarán preferentemente en la época de parada vegetativa, no siendo preceptivas estas normas para las limpiezas ligeras y pinzamientos.
En las zonas verdes es necesario podar también los arbustos para evitar interferencias con los cables eléctricos y telefónicos, con el tráfico rodado y con las viviendas, así como para impedir la caída espontánea de ramas.
1.4.3.- REPOSICIÓN LABORES QUE ALCANZA EL SERVICIO
Estas labores consistirán en la sustitución o renovación de arbustos, árboles y zonas de pradera, que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o bien, que su precario estado botánico haga prever tal situación para su futuro próximo.
En el caso de los árboles, se cortarán aquellos que estén secos, se extraerán sus troncos y se repondrán las marras.
Para todas las reposiciones que se efectúen, se utilizarán semillas pratenses, arbustos o árboles precisamente idénticos en características botánicas, edad, tamaño, conformación, etc. a las que en el momento de la sustitución reunía el conjunto del que ha de formar parte. En el caso de grandes ejemplares arbóreos, se podrá llegar a acuerdos sobre el cambio por varios de menor tamaño.
El aporte de planta para las reposiciones correrá a cargo de la Sección de Jardines del Ayuntamiento de Gijón.
1.4.4.- CONSERVACIÓN DE LA INSTALACION HIDRÁULICA AMBITO DE ACTUACIÓN:
La Contrata quedará obligada a realizar el mantenimiento de la obra hidráulica menor, del tipo siguiente:
A).- Las fuentes públicas de los espacios verdes municipales y las tuberías y demás accesorios a partir de las acometidas.
B).- Las instalaciones de riego de los espacios municipales a partir de las acometidas, tanto bocas de riego como riegos automatizados.
C).- Las redes de saneamiento y drenajes existentes en las zonas verdes.
D).- Lavaderos, fuentes y manantiales naturales
No comprende, en general, la instalación de nuevas series de bocas de riego, si bien el Ayuntamiento, en los casos que juzgue de urgencia, se reserva el derecho de exigir a la Contrata la instalación de las bocas de riego que considere precisas, abonando el importe de la obra.
La conservación de bocas de riego y fuentes se refiere a los modelos normalizados en el Ayuntamiento y en su caso actualmente, situadas en las zonas verdes de la ciudad. Las bocas serán de las características de las instaladas y las nuevas que puedan instalarse previa aprobación por parte de la Dirección Facultativa. Comprende también, las instalaciones de riego por aspersión, con toda su instalación de aspersores, difusores, válvulas eléctricas, programadores de riego, etc.
La actuación en fuentes, lavaderos y manantiales, se refiere a las fuentes públicas de beber y a los lavaderos, fuentes y manantiales situados en los espacios verdes del concejo.
La Contrata quedará obligada a comunicar con prontitud a la Dirección Facultativa, las averías que se produzcan en las instalaciones de las zonas a fin de que puedan ser subsanadas con la mayor brevedad posible.
Previa autorización del Ayuntamiento, el adjudicatario podrá realizar a su cargo mejoras en la red de riego, que quedarán de propiedad municipal, sin derecho a indemnización alguna. En cualquier caso, toda reforma o nueva instalación, se ajustará a la normativa municipal al respecto.
NIVEL DEL SERVICIO:
La Contrata deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento la totalidad de la red, sistemas de bocas de riego y fuentes propiedad del Ayuntamiento, estando obligada a ejercer una constante vigilancia sobre las mismas, con objeto de detectar cualquier tipo de daño o fuga de agua, procediendo inmediatamente a la reparación, del siguiente modo:
Detectada la avería, la empresa procederá al cierre inmediato de la llave de paso de la acometida y si fuese posible la reparación precisa se hará sin solución de continuidad. En caso contrario, la reparación se iniciará como máximo dentro de los dos días laborables siguientes, contados a partir del día en que se haya producido la avería, excepto en los casos en que por ser considerada importante y urgente por el Ayuntamiento se procederá inmediatamente.
1.4.5.- ÁRBOLES SITUADOS EN ESPACIOS VERDES
OBJETO Y ÁMBITO DE AMPLIACIÓN
Constituye el objeto de este documento, fijar las bases de regulación del servicio de conservación del arbolado incluido en los espacios verdes objeto de este PLIEGO.
La Contrata quedará obligada a hacer todo aquello que sea necesario para la buena marcha de los trabajos de conservación de los árboles.
AMPLIACIONES DEL SERVICIO:
La Contrata se obliga a admitir para su conservación los árboles de nueva plantación o los que la Dirección Facultativa estime oportuno en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación.
NIVEL DEL SERVICIO:
El nivel de prestación del servicio, deberá ser tal que el estado actual se incremente con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente produzcan.
LABORES QUE ALCANZA EL SERVICIO:
El servicio que se ha de prestar por la Contrata alcanza a la realización en la totalidad del arbolado, de los siguientes grupos de labores:
1.- CONSERVACIÓN 2.- REPOSICIÓN
La Contrata, con el personal idóneo en número y competencia profesional y a su cargo a todos los efectos, así como los equipos de maquinaria y herramientas, de tipos, sistemas y características modernas y eficaces, atenderá debidamente, en tiempo y forma la realización de las expresadas labores, las cuales se precisan a continuación:
1.- CONSERVACIÓN:
Conjunto de labores que han de realizarse para conservar los árboles situados en las zonas verdes en perfecto estado botánico, funcional y ornamental, se descompone como sigue:
A).- Riegos B).- Poda C).- Abonados
D).- Reposición de tierra E).- Aireación
F).- Entrecavado G).- Limpiezas
H).- Tratamientos fitosanitarios I).- Entutorado.
J).- Retirada del arbolado seco.
Las anteriores labores se realizarán ajustándose a las condiciones particulares, que para cada uno de ellos se detallan a continuación:
A).- RIEGOS: Los árboles se regarán cuando sea necesario dependiendo de las condiciones climatológicas y de las especies existentes, de forma que todos los árboles se encuentren en el suelo con el porcentaje de agua útil necesaria para su normal crecimiento y desarrollo.
Los árboles jóvenes o recién plantados requieren una atención especial durante las dos o tres estaciones vegetativas siguientes a su plantación, debiendo mantenerse una fuente de humedad en el suelo.
Para realizar los trabajos de riego, la Contrata pondrá los medios y el personal necesarios para garantizar el normal crecimiento de desarrollo de los árboles.
B).- PODA: Las operaciones de poda siguientes a los primeros años después de la plantación, deben consistir en la eliminación de las ramas muertas, rotas o dañadas, la supresión de crecimientos exuberantes, desiguales y generalmente la supresión de chupones. La brotación debe suprimirse cuando alcance el tamaño de un lápiz.
Deberá practicarse la poda luego de la plantación si es necesario, para asegurar un desarrollo vigoroso de la cruz.
Las labores de poda serán un trabajo continuado y se realizarán cada vez que sea necesario y no como una operación puntual o excepcional salvo que la Dirección Facultativa lo determine.
Las podas se realizarán siempre en la época adecuada y los cortes deberán ser limpios y se darán mediante la técnica denominada “Corte de la arruga de la corteza”. Las podas drásticas o de rejuvenecimiento deberán ser autorizadas por la Dirección Facultativa
Se tendrá en cuenta:
a.- Deberán evitarse cortes de ramas muy gruesas y cuando sea necesario hacerse se tratarán las heridas debidamente, previa consulta a la Dirección Facultativa.
b.- Los árboles o arbustos que florecen en las ramas del año, se podarán en otoño/invierno.
c.- Las plantas que florecen en las ramas del año anterior se podarán después de la floración.
d-. Los arbustos de follaje ornamental se podarán en otoño.
e.- La poda deberá atender siempre a conseguir la máxima ventilación y soleamiento de todas las partes de la planta.
f.- Las ramas que se suprimen definitivamente deberán cortarse lo más raso posible en un punto de inserción.
g.- Las leñas de la poda deberán retirarse inmediatamente evitando el acopio en la vía pública.
h.- Todas las ramas muertas y partes secas deberán eliminarse en la operación de poda.
B.1.- Necesidad de la poda: Para mantener la salud y buen aspecto del árbol, se han de podar en primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas, con el fin de impedir la infección del árbol por hongos xilófagos que podrían penetrar por esta vía. La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justifica para aclarar la copa, permitiendo la entrada de luz y aire cuando es muy densa, para compensar la pérdida de raíces, para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas y para revitalizar árboles viejos o poco vigorosos. Las podas drásticas, en cambio, al reducir seriamente la superficie foliar potencial pueden debilitar al árbol y hacerlo más susceptible de las infecciones. Además, la eliminación de una parte considerable de la copa expone bruscamente a los rayos directos del sol los tejidos delicados de la corteza de las ramas interiores, que pueden sufrir quemaduras.
En las zonas verdes es necesario podar también los árboles para evitar interferencias con los cables eléctricos y telefónicos, con el tráfico rodado y con las viviendas, así como para impedir la caída espontánea de ramas.
En todos los casos, es fundamental, efectuar correctamente los cortes y tratar debidamente las heridas resultantes.
B.2.- Intensidad de la poda: En un árbol normal, es preferible eliminar todas las ramas pequeñas que estén mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener la forma natural del árbol, que cortar unas pocas ramas grandes. Las heridas pequeñas cicatrizan bien, incluso sin tratamiento, si tienen menos de 5 cm. de diámetro, mientras que las grandes requieren un tratamiento preventivo y tardan siempre en curar, con el consiguiente riesgo de infecciones.
B.3.- Poda de las ramas grandes: Si se han de eliminar ramas grandes, hay que extremar las precauciones para evitar que el peso de las ramas desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella, para ello se hace un primer corte por debajo de la rama, a una distancia de la horquilla aproximadamente igual al diámetro de la rama, profundizando hasta que la sierra empiece a agarrarse. Se da entonces el corte definitivo de arriba hacia abajo a una distancia de la horquilla igual al doble del diámetro de la rama. Una vez cortada la rama, se elimina al muñón con un tercer corte.
B.4.- Tercio: Se llama tercio a la poda drástica de las ramas grandes de un árbol, esta operación desfigura por completo el árbol, al eliminar su copa normal. Puede dar lugar a una infección generalizada del leño iniciado en los extremos cortados. Ha de practicarse, sin embargo, cuando la copa del árbol está fundamentalmente atacada por insectos u hongos, con muchas raíces muertas o cuando se han de cortar si la copa interfiere con cables o el tráfico, y como medida de seguridad en las calles cuando existen cavidades en las bases de las ramas. Una vez más, el corte correcto y el tratamiento de las heridas servirán para paliar los efectos negativos.
Para terciar las ramas grandes, ha de darse un corte diagonal, que se iniciará indistintamente por encima de una yema vigorosa o un brote sano, y descenderá atravesando la rama con un ángulo de 45 grados. La yema o brote debe quedar en el vértice del corte, y debe estar orientada en la dirección en que se desea crezca de nuevo la rama.
Si se tercian las ramas cortando en ángulo recto con respecto al eje, la herida cicatrizará con dificultad, y probablemente se secará el cambium circundante, dando lugar a la caída de la corteza y originando nuevos focos de infección, aunque se haya tratado el corte. La infección por hongos de los muñones, tiene como resultado la formación de las yemas latentes por debajo del corte, comprometiendo la estabilidad de estas ramas y facilitando su caída.
Si el ángulo de corte es demasiado agudo, la rama se debilita y puede astillarse o romperse cuando las nuevas ramas crezcan y aumenten de peso.
B.5.- Tratamiento de las heridas: Para favorecer la cicatrización de las heridas por crecimiento del tejido calloso a partir del cambium perimetral, se debe proteger este inmediatamente de la desecación, mediante la aplicación de un producto protector y fungicida en el perímetro de la herida, siempre que la Dirección Facultativa lo estime conveniente.
B.6.- Frecuencia de la poda: Donde los árboles tengan espacio suficiente para su desarrollo, los árboles se podarán con la frecuencia necesaria para mantener en buen estado sanitario, forma adecuada y floración en el caso de los árboles de flor.
Las labores de poda se realizarán preferentemente en la época de parada vegetativa, no siendo preceptiva estas normas para las limpiezas ligeras y pinzamientos.
La Contrata quedará obligada a comunicar con prontitud a la Dirección Facultativa las marras que se produzcan el los espacios verdes a fin de que puedan ser repuestas con la mayor brevedad posible. La retirada de los ejemplares muertos deberá ser realizada por la empresa responsable del mantenimiento, labor que será realizada señalizando correctamente la zona de trabajo y protegiendo el hoyo de plantación para evitar cualquier peligro.
C).- ABONADOS: El abonado se realizará al menos una vez en la época de primavera. La dosis y fórmula de abonado químico dependerá de las condiciones físico/químicas del suelo.
D).- REPOSICIÓN DE TIERRAS: En el caso de que en los alcorques vaya disminuyendo la capa de tierra, será necesario aportar una mezcla de tierra vegetal arenosa hasta la cota original.
E).-AIREACIÓN: En el caso de que exista compactación de la tierra de los alcorques, será preciso realizar una aireación en profundidad, con el procedimiento que la Dirección Facultativa estime oportuno.
F).- ENTRECAVADO: Con el fin de mantener la buena estructura del suelo, de eliminar las malas hierbas y facilitar la penetración del agua y del aire en el sistema radicular de los árboles, será preciso que los árboles estén entrecavados. La frecuencia dependerá de la época del año, debiendo ser mayor en primavera/verano. Para estos árboles, siempre bajo el criterio de la Dirección Facultativa, se dispondrá una capa de mulch o acolchado.
G).- LIMPIEZAS: Los árboles que presenten alcorques, éstos deberán limpiarse periódicamente. Esta labor consistirá en la eliminación tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo como de las basuras que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas que son objeto de mantenimiento.
H).-TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS: En las fechas oportunas, se realizarán los tratamientos preventivos necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier plaga o enfermedad que pudiera aparecer en alguno de los árboles o arbustos de las zonas verdes, así como, aquellos otros encaminados a combatir la plaga o enfermedad hasta su total extinción una vez desarrollada. Se realizarán periódicamente y según las instrucciones de la Dirección Facultativa los tratamientos aconsejables con los productos adecuados y a las dosis recomendadas.
El máximo desarrollo de una plaga o enfermedad se encuentra en primavera, que es cuando mayor virulencia presenta, ello no quiere decir que no aparezcan focos en cualquier otra época del año.
En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos modernos, eficaces y no tóxicos ni molestos para las personas. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios al vecindario o a los usuarios de las zonas.
I).- ENTUTORADO: Se conservará el sistema de entutorado existente hasta que la Dirección Facultativa lo determine, el modelo a realizar, lo determinará el técnico en función del ejemplar. La Contrata quedará obligada a
instalar el tutor de tal forma que no se dañe ni la parte aérea ni el cepellón de los árboles. El entutorado deberá resistir los tirones, golpes y actos vandálicos que se puedan producir en la zona. Así mismo, la Contrata quedará obligada a conservar en perfecto estado los tutores existentes evitando que éste cause daño al árbol y moleste a los usuarios.
J).- RETIRADA DEL ARBOLADO SECO: Se procederá, previa comunicación, a la retirada de los ejemplares secos en las zonas verdes, para su inmediata reposición. Los alcorques o agujeros pendientes de reposición quedarán correctamente protegidos y señalizados.
2.- REPOSICIÓN
Estas labores consistirán en la sustitución o renovación de árboles que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o bien, que su precario estado botánico haga prever tal situación para su futuro próximo.
En el caso de los árboles, se cortarán aquellos que estén secos, se extraerán sus troncos y se repondrán las marras.
Para todas las reposiciones que se efectúen, se utilizarán precisamente idénticos en características botánicas, edad, tamaño, conformación, etc. a las que en el momento de la sustitución reunía el conjunto del que ha de formar parte.
En el caso de grandes ejemplares arbóreos, se podrá llegar a acuerdos sobre el cambio por varios de menor tamaño.
El aporte de planta para las reposiciones correrá a cargo de la Sección de Jardines del Ayuntamiento de Gijón.
1.4.6.-MOBILIARIO UBICADO EN ESPACIOS VERDES (A EXCEPCIÓN DE LOS JUEGOS INFANTILES)
OBJETO Y AMBITO DE ACTUACIÓN
Constituye el objeto de este documento, fijar las bases de regulación del servicio de conservación del mobiliario ubicado en los espacios verdes objeto de este PLIEGO.
Se entiende como mobiliario de los espacios verdes, a efectos de este documento, los situados en dichos espacios verdes, que son los siguientes: bancos, mesas, cierres, juegos deportivos, papeleras y cualesquiera otros elementos que formen parte del mobiliario que equipa los espacios verdes públicos.
La Contrata quedará obligada a hacer todo aquello que sea necesario para la buena marcha de los trabajos de conservación del mobiliario.
AMPLIACIÓN DEL SERVICIO:
La Contrata se obliga a admitir para su conservación el mobiliario que con motivo de creación de nuevas zonas verdes, recepciones de urbanizaciones, adquisiciones de todo tipo o ampliación de las dotaciones existentes, incrementen el inventario anteriormente citado, en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación.
NIVEL DEL SERVICIO:
El nivel de prestación de Servicio deberá ser tal que todo el mobiliario se encuentre, en condiciones correctas de seguridad, de uso y de aspecto, asegurando que todos los elementos cumplan las funciones para las que han sido instalados, reparando inmediatamente toda clase de desperfectos y roturas, así como las pinturas bien conservadas.
En el caso de existencia de roturas o defectos que puedan constituir motivo de peligro, la zona deberá ser cuidadosamente acotada y señalizada, utilizando elementos normalizados en el Municipio y de acuerdo con el Art. 13 del Cap.II de la Ordenanza Municipal referente a “Señalización y balizamiento de obras en la vía pública”.
LABORES QUE ALCANZA EL SERVICIO 1.- CONSERVACIÓN 2.- REPOSICIÓN
La Contrata, con el personal idóneo en número y competencia profesional y a su cargo a todos los efectos, así como los equipos de maquinaria y herramientas, de tipos, sistemas y características modernas y eficaces, atenderá debidamente, en tiempo y forma la realización de las expresadas labores, las cuales se precisan a continuación:
1.- CONSERVACIÓN
Conjunto de labores que han de realizarse para conservar el mobiliario situado en las zonas verdes en perfecto estado, se descompone como sigue:
A) Mantenimiento B) Limpieza
A).-MANTENIMIENTO: Con esta serie de labores se pretende asegurar que todos los elementos cumplan las funciones para las que han sido instalados y que se encuentren en condiciones correctas de seguridad y uso. La conservación será de todos los elementos que figuran en el presente documento y otros que se puedan instalar, detallando los períodos y épocas de actuación. Por ejemplo, todos los elementos metálicos se pintarán, al menos, una vez al año durante los meses de abril y mayo. Todos los elementos de madera se pintarán con el material adecuado una vez al año durante los meses de mayo y junio.
Los elementos de mobiliario se deberán inspeccionar regularmente para asegurar su funcionamiento. Si durante las inspecciones se identifican defectos graves que puedan poner en peligro la seguridad de los usuarios, éstos se deberán corregir inmediatamente. Si eso no fuera posible, el mobiliario se deberá inmovilizar, aislar o retirar para impedir su uso. Se deberá evitar el acceso del público al elemento de mobiliario no seguro hasta que esté reparado y disponga de todas las medidas de seguridad originales. La periodicidad de las inspecciones será fijada por la Dirección Facultativa según las características de los elementos.
Será de cargo de la Contrata la retirada de los elementos enteros o parciales, que sólo sirvan para chatarra, a los almacenes municipales, o a vertedero autorizado. Se repondrán todas aquellas piezas defectuosas, rotas o deformadas con materiales nuevos, de fabricación y tipología similar a los existentes.
La fijación de los elementos tales como bancos, mesas, etc. al suelo se realizará con tornilleria de acero inoxidable y tacos de resina epoxi, si se trata de fijación en tierra se hará sobre una pequeña zapata de hormigón de 0.40 x 0.40 x 0.50 m. deberán mantenerse perfectamente unidos todos los componentes del elemento de mobiliario así como las fijaciones de los anclajes a lo largo de toda su vida.
Algunas piezas de los elementos de mobiliario necesitan un mantenimiento particular con operaciones y herramientas especiales.
B).- LIMPIEZA: La limpieza general y la eliminación de restos y pintadas de los elementos de mobiliario, se llevará a cabo periódicamente de acuerdo con las necesidades particulares de cada elemento y con intervenciones inmediatas cuando la Dirección Facultativa lo determine. Se deberá mantener en la mayor medida posible, el aspecto original de las instalaciones teniendo en cuenta el envejecimiento propio de cada material.
Los productos de limpieza empleados serán, preferentemente, inocuos y no tóxicos y deberán cumplir la legislación vigente y se deberán tomar las medidas de prevención apropiadas en el manejo de dichos productos. Los elementos pintados o limpios recientemente, se deberán señalizar debidamente hasta que estén completamente secos.
2.- REPOSICIÓN
Consiste en sustituir, en el momento de detectarse, la parte del elemento que haya roto, que no pueda ser reparado, ofrezca poca seguridad o corra peligro de producir lesiones a los usuarios.
En las reposiciones, se emplearán materiales de idénticas características a las existentes, salvo que la Dirección Facultativa estime oportuno su cambio por otros más actuales o más adecuados.
El material necesario para las reposiciones correrá a cargo de la Sección de Jardines del Ayuntamiento de Gijón.
MATERIALES
Es muy importante fijar las bases de los materiales a emplear, pues de ellos depende en gran medida la eficacia de este servicio.
Los materiales más comúnmente usados son: maderas, hierros, tornillería y alambreras, pinturas, redes y materiales de albañilería.
Las maderas pueden ser de diferentes clases y no todas valen para la función que se les requiere. Son aceptables:
Pino de balsain, Pino nórdico, Pino ruso, Paraná, Teca, Iroco, etc. de características similares y no deben ser aceptadas: Pino de Oregón, Abeto, Alamo y otras que por su blandura, calidad, alabeo, etc. no son aptas para estos fines.
Deben de ser secas, con un máximo del 12% de humedad, sin pudrición alguna, enfermedades o ataques de insectos xilófagos, sin nudos saltadizos, sin hundimiento de fibras, sin deformaciones por hinchazón o mermas (como acanalados o tejados, combados, arqueados, alabeos o levantados) y, en general, todos los defectos que indiquen descomposición de la madera.
Deben ser maderas de árboles apeados en otoño/invierno, que la hacen menos putrescible, permeable y resinosa.
Deberán estar almacenadas en condiciones climáticas muy semejantes a las que encontrarán en los bancos para no tener movimiento en las mismas, durante un período no inferior a dos años.
La madera se presentará en tablones cepillados, sin repelos en caras y cantos, aristas matadas con formas regulares y paralepípedas, con las medidas designadas que tenga el elemento a sustituir, con una variación máxima en medida de 0.5 a 1 cm., hechas las cajas bien recortadas, ajustadas a las medidas de los hierros.
Al ser la mayoría de la madera empleada en el mobiliario urbano, para ser colocada a la intemperie, bajo los efectos de los agentes climáticos y sometidos a diversos vandalismos, es necesario para prolongar los años de su vida y abaratar la conservación, que toda esta madera vaya convenientemente tratada por un proceso previo de PROTECCIÓN PREVENTIVA POR IMPREGNACIÓN QUÍMICA. Siendo todas las reposiciones y elementos nuevos con madera de esta forma tratada, en autoclave y con protectores que deberá poseer las características.
- Tener gran facilidad de impregnación.
- Tener poder tóxicos frente a los organismos xilófagos.
- No ser lavable por el agua.
- Ser repelente al agua
• La penetración será del 80/85 % de la altura. Con este tratamiento se debe conseguir: Conservar el propio color de la madera durante largo tiempo.
• Que no sufra hinchazones ni enmohecimientos por la acción de las lluvias y los riegos, evitándose las pudriciones.
• Incrementar en gran medida en grado de estabilidad dimensional frente al agua, más en las maderas de coníferas (un 70% como mínimo) que en las frondosas (un 45 % como mínimo).
• Presentar mayor dureza y grado de uniformidad.
Su período de vida media será de cuatro veces mayor que la madera no tratada. Tras un corto período de secado, una vez tratada, la madera admitirá todo tipo de barnices, pinturas, colas, etc. El tratamiento se dará a la madera en sus dimensiones finales, para evitar posteriores cortes u orificios. No debe presentar olores desagradables, no ser tóxica, ni corrosiva para los metales en contacto.