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TEMA 1 EL ESTADO: DOCTRINAS SOBRE SU ORIGEN ELEMENTOS CONSTITUTIVOS. LA SOBERANÍA.EL TERRITORIO Y SUS FRONTERAS. LA POBLACIÓN.

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TEMA 1

EL ESTADO: DOCTRINAS SOBRE SU ORIGEN ELEMENTOS CONSTITUTIVOS. LA SOBERANÍA.EL TERRITORIO Y SUS FRONTERAS. LA POBLACIÓN.

Contenido

1. INTRODUCCIÓN ... 2

2. EL ESTADO ... 2

2.1. Doctrinas sobre su origen ... 3

2.1.1. Teológico-religiosas ... 3

2.1.2. Teorías contractualistas ... 3

2.1.3. Teorías que basan el origen del Estado en la violencia ... 4

2.1.4. Teorías basadas en la lucha de clases ... 4

2.1.5. Teorías instrumentales ... 5

3. LA SOBERANÍA ... 6

3.1. Breve Historia del Término Soberanía ... 7

4. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO ... 11

4.1. La Población ... 11

4.2. El Territorio y sus fronteras ... 13

4.3. Otros Elementos ... 13

4.3.1. La Legitimidad ... 13

4.3.2. La Autonomía ... 14

4.3.3. La Especialización de una parte de la población en tareas de gestión pública ... 14

4.3.4. La homogeneización del derecho aquende sus fronteras ... 15

4.3.5. La despersonalización del poder político ... 15

5. DIVERSAS CONCEPCIONES DEL ESTADO ... 16

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1. INTRODUCCIÓN

El Estado, entendido como la forma política suprema imperante en un territorio determinado, constituye una de las realidades que todos tenemos en mente y de las que más se oye hablar:

no hay que olvidar que, al fin y al cabo, vivimos en Estados. Bien es verdad que cunden los argumentos acerca de su supuesta crisis, incluso agonía, o de su futura desaparición. Pero no es menos cierto que su número ha crecido significativamente en las últimas décadas a través de los procesos de descolonización y de las dinámicas de secesión en algunos de los territorios pertenecientes a la extinta Unión Soviética y su radio de influencia (proceso aún latente). Así como que muchos pueblos sin Estado aspiran a hacerse con él, aún a sabiendas de que otros actores del escenario internacional pueden mermar o al menos diluir algunos de sus tradicionales atributos.

2. EL ESTADO

El Estado se considera la forma organizada del poder político que sirve como máxima referencia en las sociedades contemporáneas. Según la mayor parte de la doctrina constituye un ente independiente con fines generales que comprende necesariamente una población establecida en un determinado territorio, que está dotado de una estructura de gobierno y basado en un complejo sistema de normas.

Sin embargo, en términos académicos, ese Estado visible por doquier no es un objeto de estudio especialmente cómodo, ya que como señaala PIER PAOLO PORTINARO “no es fácil identificar determinaciones del concepto que no resulten de algún modo reductibles, unilaterales, deformantes y que no hayan sido objeto de impugnaciónn”, lo que de forma lógica dificulta considerablemente su análisis.

En cualquier caso, a partir de la literatura existente en Ciencia Política sobre la materia, se aportarán, a continuación, unos contenidos mínimos que arrojen luz sobre algunas de las principales cuestiones definidoras del análisis del Estado, como son: las teorías sobre su origen, sus elementos constitutivos y las diversas concepciones acerca del mismo.

Weber aporta una de las definiciones más extendidas sobre el Estado: considerando el Estado un tipo particular de organización política gobernante, caracterizada por el elemento de la territorialidad y por la existencia de un órgano administrativo que monopoliza el uso legítimo de la violencia física.

El origen del Estado moderno se encuentra en el proceso de institucionalización del poder político que se produjo en el ámbito europeo entre los siglos XV y XVII. Sin embargo, las instituciones que se identifican hoy con el concepto de Estado se consolidaron en tiempos relativamente recientes, desde finales del siglo XVIII y a lo largo del XIX. Por ello, dentro de la Teoría del Estado se suelen distinguir dos grandes perspectivas: aquélla que entiende el Estado en sentido amplio, como sinónimo de cualquier forma de poder político, y otra visión, más restringida, que analiza el Estado como forma específica de dominación política en el sentido en que al comienzo lo hemos definido.

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2.1. Doctrinas sobre su origen

La Teoría del Estado presenta dos grandes vertientes en cuanto a su objeto de análisis:

a) por un lado, encontramos al Estado en un sentido amplio, referente a cualquier forma de poder político que se haya dado desde el origen de los tiempos; y

b) por otro, se encuentra el Estado en un sentido estricto, que hace referencia a una forma específica de dominación política, delimitada a un territorio y población determinadas que se encuentra sometida a la misma y que desarrolla sus relaciones de acuerdo a las normas imperantes.

Como consecuencia de ello, las teorías sobre el origen del Estado tendrán distinto alcance y pretensiones según quieran explicar el mismo desde una perspectiva amplia o estricta, si bien hay que tener en cuenta que las doctrinas de mayor solera se aproximan a este fenómeno desde un ámbito general. Nosotros nos centraremos aquí, precisamente, en el análisis de las mismas, destacando cinco grandes grupos (no excluyentes entre sí):

En todo caso, normalmente se distinguen cinco grandes categorías teóricas en relación con el origen del Estado:

2.1.1. Teológico-religiosas

En primer lugar, las teorías teológico-religiosas, que parten de la idea de que el poder político es obra de Dios, y dentro de las cuales se pueden distinguir dos corrientes: la perspectiva providencialista, en la que el Estado se justifica como obra de Dios y constituye por tanto un acto de fe; y la perspectiva naturalista o providencialista indirecta, que añade a la explicación divina otra más inmediata de esencia humana. Así, para SAN AGUSTÍN el Estado constituye un grupo de individuos cuya existencia se justifica únicamente por la fe, (la Ciudad de Dios frente a la Ciudad d los Hombres) pero SANTO TOMÁS defiende que el poder que se ejerce debe ser legítimo, en aras del bien común y de la justicia, aunque entendiendo el poder del Estado como subordinado al de la Iglesia, como la razón a la fe.

2.1.2. Teorías contractualistas

En segundo lugar, deben destacarse las teorías contractualistas, que se fundamentan en la idea de que el poder político se deriva de un pacto o acuerdo previo, en virtud del cual los súbditos aceptan el imperium de los gobernantes. Si bien cabe señalar que prácticamente todo el pensamiento político que se desarrolla entre la Revolución Inglesa del siglo XVII y el final de la Ilustración a finales del XVIII está impregnado de esta idea, HOBBES, LOCKE y ROUSSEAU suelen ser reconocidos como los principales exponentes de las teorías contractualistas. Para HOBBES, influenciado por la guerra civil inglesa de 1640, la función del Estado, encarnado en el monarca absoluto, es garantizar el orden y la seguridad en un entorno humano por naturaleza violento.

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Para LOCKE el sometimiento de los hombres a un gobierno se deriva de la necesidad de preservar los derechos y libertades naturales del individuo, especialmente la propiedad, pues ese estado de naturaleza no es seguro.

Por su parte, ROUSSEAU, cuya principal obra precisamente se llama El Contrato Social, puso el acento en los derechos y las libertades de la comunidad y de ahí que el principal propósito del Estado consista en capacitar al pueblo soberano para expresar y realizar su voluntad general, con la diferencia de considerar la bondad humana intrínseca al estado de naturaleza (el buen salvaje).

2.1.3. Teorías que basan el origen del Estado en la violencia

En tercer lugar, es importante atender a las teorías que basan el origen del Estado en la violencia. Aunque pueden encontrarse algunos precedentes en el Gorgias de PLATÓN o en algunas interpretaciones sobre las Cruzadas, no se formulan de forma específica hasta el siglo XIX.

Concretamente, son las obras de FRANZ OPPENHEIMER y sobre todo del polaco LUDWIG GUMPLOWICZ las que dan carta de naturaleza a la doctrina del origen del Estado a partir de la violencia y la conquista. Con la misma, se pretende justificar de manera científica un hecho que se repite de manera recurrente en la historia: que los pueblos más avanzados, más evolucionados y, por tanto, con mayor poder, acaben encontrando razones para sojuzgar a los más débiles y ponerlos a su servicio.

Esta doctrina, impregnada del espíritu positivista de la época, pretendía dotar de constancia científica a la tendencia de los pueblos más avanzados, evolucionados y poderosos a someter a otros más débiles, un proceso que da origen al Estado como estructura de dominación. Estas ideas acabarían relacionándose con el desarrollo de la geopolítica y del racismo (Ratzenhöffer, Rosenberg). En la época contemporánea (tras el fin de la Guerra Fría), parece haber una vuelta a las doctrinas de la violencia, si bien en un sentido más elaborado y moralmente aceptable.

2.1.4. Teorías basadas en la lucha de clases

En cuarto lugar están las teorías basadas en la lucha de clases, que en lo esencial responden a la concepción marxista sobre el origen del Estado:

Aunque esta línea de pensamiento tiene su engarce lógico, que no cronológico, en las doctrinas basadas en la violencia, posee una personalidad propia y tan acusada que precisa tratamiento diferenciado.

La misma se centra, en lo esencial, en la concepción marxista sobre el origen del Estado. De acuerdo con sus postulados, las sociedades se dividen en distintas clases sociales que, para la defensa de sus intereses frente a las demás, se apoderan del poder político y lo ponen a su servicio, con lo que nos encontramos con Estados burocráticos, aristocráticos, burgueses o

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proletarios, cuya funcionalidad reside exclusivamente en defender los intereses de las clases a las que representan, manteniendo sojuzgadas a las demás.

La gran peculiaridad/particularidad de esta doctrina es que no sólo pretende explicar el origen histórico del Estado, sino también su comportamiento y funcionamiento real.

Las sociedades se dividen en clases sociales antagónicas, dominadas y dominantes desde el punto de vista político y económico; una división que surge como consecuencia de la propiedad de los medios de producción, como desarrolló Federico ENGELS en La Familia, la Propiedad Privada y El Estado, y cuyo dominio se perpetúa.

En este contexto, el Estado se considera la superestructura que sostiene la base económica estructural. Es la manifestación evidente de esta división irreconciliable y actúa siempre en defensa de las clases dominantes, especialmente cuando las contradicciones entre clases no pueden resolverse de forma objetiva.

2.1.5. Teorías instrumentales

Por último, cabe mencionar las teorías instrumentales, que consideran el Estado como una herramienta mediante la cual el ser humano trata de alcanzar sus fines, de acuerdo con las concepciones morales prevalecientes en cada época.

Las teorías instrumentales ven en el Estado un producto humano mediante el cual los hombres tratan de alcanzar sus fines, de acuerdo con las concepciones jurídico-morales prevalecientes en cada época.

Las mismas, que han mantenido su vigencia desde el origen del pensamiento político hasta nuestros días, derivan la necesidad de existencia de un orden político de la propia naturaleza del ser humano e identifican el orden social con el jurídico como condensación de la moral.

En todo caso, esta concepción del Estado como instrumento jurídico-moral no está reñida con la idea de que, como tal (instrumento de creación humana), pueda dejar de ser útil o verse modificado.

De acuerdo con esta perspectiva, la necesidad de orden político se encontraría en la naturaleza misma del ser humano, como señaló ya ARISTÓTELES o se desprende también del aforismo latino Ubi societas, ibi ius. La propuesta alcanza su máxima formulación en la obra de HEGEL, para quien el Estado es la manifestación de la eticidad, es decir, condensa el más alto nivel de desarrollo moral de la especie.

Los funcionalistas, como Durkheim, profundizarían en la idea de que el Estado se define por las funciones que cumple, la más importante, dirigir la conducta colectiva.

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3. LA SOBERANÍA

Uno de los atributos clave de un Estado es la soberanía. De acuerdo con la definición clásica del término, soberanía significa la capacidad exclusiva de gobernar la colectividad que habita en el territorio de un país, sin la interferencia de fuerzas externas. En otras palabras, un Estado es soberano en la medida en que ejerce de modo independiente la autoridad gubernamental en su territorio, rechazando la voluntad de Estados extranjeros (u otros actores externos) de imponer sus propias leyes o interferir en el orden político interno.

Tradicionalmente, uno de los mecanismos más comunes a través de los que un Estado fortalece su soberanía es el establecimiento de relaciones diplomáticas formales con otros Estados, sobre la base del reconocimiento mutuo de los derechos soberanos de cada uno. La mayoría de los gobiernos del mundo actual aceptan esta concepción de la soberanía como un principio fundamental del derecho internacional, que tiene sus raíces en el Estado moderno de la Europa de los siglos XVII y XVIII.

En todo caso, en numerosas investigaciones se ha subrayado que la soberanía no es un concepto atemporal e inalterable. Al contrario, la soberanía es un concepto "socialmente construido”: es decir, lo moldea y define una combinación específica de factores nacionales e internacionales que, en diferentes períodos de la historia, afectan a países particulares o grupos de países.

La Unión Europea proporciona un buen ejemplo de cómo ha cambiado la concepción de la soberanía en nuestro entorno, en un mundo globalizado e interdependiente. A partir de la segunda mitad del siglo XX, un número creciente de Estados europeos ha renunciado a algunos de sus derechos soberanos, entre ellos el de determinar su propia política económica. En un esfuerzo por fomentar el crecimiento económico, la cooperación internacional y otros beneficios recíprocos, buena parte de los gobiernos europeos han establecido instituciones integradas a escala supra-nacional y se han implicado en procedimientos conjuntos de toma de decisiones, configurando lo que se ha dado en llamar un sistema de soberanía compartida.

Otros Estados del mundo no han llegado tan lejos en la creación de una soberanía compartida.

No obstante, encuentran cada vez más difícil mantenerse al margen de influencias extranjeras no deseadas. Para muchos Estados resulta también difícil sustraerse a la injerencia en su capacidad de decisión soberana de organizaciones supranacionales (como el Fondo Monetario Internacional) o a la aplicación de reglas establecidas por organismos en los que están integrados (como la Organización Mundial del Comercio).

Aunque la soberanía sigue siendo muy valorada en el mundo, incluso en los países de la UE, que conservan derechos soberanos en determinadas áreas políticas, las fuerzas de la globalización están obligando a su reconsideración.

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3.1. Breve Historia del Término Soberanía

No es hasta la aparición del Estado moderno cuando empieza a desarrollarse como tal el concepto de soberanía. Cabe al respecto recordar que la aparición del Estado Moderno se debe en gran medida, aunque no exclusivamente, a la centralización del poder político en manos de un solo individuo, el Monarca.

En este nuevo Contexto confluyen una serie de circunstancias, algunas derivadas de la tradición medieval, que deberíamos señalar.

• En primer lugar, el concepto patrimonial que se tiene del estado como posesión de una determinada familia o linaje.

• En segundo lugar, la Recepción del Derecho Romano reafirma la posición de monarca a través del principio princeps legibus solutus, es decir, el Rey no reconoce ningún superior ni igual ni límite alguno en el gobierno de su reino.

• En tercer lugar, la pervivencia de una sociedad estamentalizada y una concepción del poder político con una fuerte impronta teológica.

Es ante el fortalecimiento de la posición del monarca donde se da la primera formulación del concepto de soberanía. La soberanía es, en este sentido, la legitimidad de ejercer el poder.

Durante toda la Edad Moderna los monarcas autoritarios y, posteriormente, absolutos son los únicos titulares de esta soberanía y, por lo tanto, los únicos legitimados para disponer y ejercer libremente el poder del Estado. Se trata de una Soberanía de origen divino, reyes por la gracia de Dios, y por lo tanto no deben dar cuenta de sus actos más que a Dios. En este sentido se manifiesta tanto Bodino cómo, posteriormente, Robert Filmer, adversario de Locke, que en su obra Patriarcha or the Natural Power of Kings defendía la legitimidad divina de la Corona frente al Parlamento.

Vemos por tanto que es con el Estado Moderno y la centralización del poder político donde se da la primera concepción de la soberanía. De igual manera con el surgimiento del Estado liberal se da una reconceptualización de la soberanía y de sus depositarios. Si durante la Edad Moderna la soberanía reside, por voluntad divina, en la persona del Monarca, la Evolución hacia el Estado Liberal hará que esta pase a residir en la Nación, es decir, en la ciudadanía.

La Soberanía reside en el Pueblo. Dado que la soberanía es en última instancia la legitimidad con la que se ejerce el Poder del Estado vemos que existe una relación causal entre los dos términos. El Poder del Estado está limitado por el sujeto de la Soberanía qué es aquel en quién, en última instancia reside la misma. Cuando la Soberanía era de origen Divino, el Poder del Estado estaba limitado, precisamente por las leyes de Dios y el Derecho Natural como manifestación de aquel. (cuestión esta que también explica la primacía de la Iglesia frente a los monarcas y los efectos políticos de las penas de excomunión).

Posteriormente, cuando la soberanía pasa a residir en la Nación (se reconoce el principio de soberanía nacional) el Poder del Estado quedará condicionado a los Derechos y libertades de aquellos que son titulares de la Soberanía. Así, podemos ejemplificar claramente la relación

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causal que se da entre la Soberanía y el Poder del Estado remitiéndonos al Art. 1.2 de la Constitución Española Según la cual:

“La Soberanía Nacional reside en el pueblo Español, del que emanan los poderes del Estado”.

Además, en el derecho internacional, la soberanía es un concepto clave, referido al derecho de un estado para ejercer sus poderes, sin la injerencia de ningún otro.

La Soberanía es producto de una larga evolución histórica en el que diversos autores han ido perfilando sus contornos, significados e implicaciones conformando lo que se conoce como la Doctrina Clásica de la Soberanía. Aquí el epíteto “clásico” debe entenderse en el sentido de que muchas de las manifestaciones de la soberanía son cada vez más discutibles, sobre todo en la actualidad, tal y como veremos en el último punto de esta exposición.

Debido a que es una idea inherente a prácticamente cualquier manifestación del Poder Político son muchos los autores que han escrito, siquiera tangencialmente, acerca de la cuestión de la Soberanía. Pese a ello los principales pensadores que han tenido un efecto directo en la consolidación de su doctrina clásica son: Bodino, Hobbes, Locke, Rousseau y Sieyès

Bodino

El concepto clásico de soberanía fue acuñado por Bodino en su obra “ Los seis Libros de la República” (1576) En ella trata de poner fin a las guerras de Religión que asolaban Francia durante la Segunda mitad del Siglo XVI a través de la sujeción a la autoridad del monarca frente a otras fuentes de autoridad.

Para Bodino la Soberanía es “Poder Absoluto y Perpetuo de una República” entendida esta a su vez como el Estado. Por perpetuo debemos entender que dura durante toda la vida de aquel que lo detenta. Aquel que tiene poder por delegación o mandato de un tercero, al que realmente pertenece, no detenta soberanía alguna pues es un mero depositario y custodio de un poder que le puede ser retirado en cualquier momento.

Cuando quien detenta efectivamente el poder no debe dar cuentas a nadie y puede disponer de todo y de todos, entonces tiene un poder absoluto. Un poder sujeto a restricciones no es absoluto. Por lo tanto la soberanía está por encima de las leyes, es fuente de las mismas y dispone de ellas libremente.

Pese a ello Bodino Reconoce una serie de límites al poder soberano como son la Ley de Dios, las denominadas leges imperii (generalmente leyes por las que regulan la sucesión a la corona o que conforman la estructura constitucional en sentido material pre-liberal) y las leyes de la naturaleza, que el concreta en: la propiedad privada, el derecho a la vida y el principio pacta sunt servanda, el cumplimiento de los pactos.

En cuanto a las manifestaciones de la soberanía, Bodino entiende que esta debe entenderse como el poder de dar y anular la ley, lo que en un sentido amplio incluye los principales atributos que adornan el poder político, entre ellos declarar la guerra y firmar la paz, establecer tributos y gravar con impuestos, conceder gracias o decidir sobre la política monetaria.

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Bodino distingue de manera tajante dos conceptos: Estado y Gobierno , el primero es el depositario del poder soberano y el segundo es el aparato por intermedio del cual se ejerce tal poder.

Hobbes y Locke.

A menudo se ha dicho que si Locke es el padre del Liberalismo, Hobbes es el abuelo. A pesar de las múltiples diferencias de estos autores, vemos que ambos tienen un impacto fundamental a la hora de despojar a la soberanía de sus connotaciones teológicas para desarrollar un concepto de soberanía secular cuyas manifestaciones difieren considerablemente en la obra de Hobbes y Locke.

Ahora bien, los dos autores conforman el concepto de la soberanía como delegación que los hombre, la comunidad, hacen a un poder superior. Dicho de otra forma, en el contexto de las teorías contractualistas de Hobbes y de Locke, la soberanía deriva no ya de la voluntad de Dios, sino de un pacto previo por el que los hombres renuncian, parcial o totalmente, a sus Derechos a favor de una instancia superior, el Estado. Si bien Hobbes considera que esta renuncia es total, con Locke se da un cambio considerable respecto a Bodino, no sólo por lo que se refiere a la concepción absoluta de la Soberanía, sino también porqué esta pasa a entenderse como una delegación y, por lo tanto, quien ejerce el poder debe atenerse a nuevos límites y nuevas obligaciones para con los súbditos.

Rousseau

Casi como si se tratara de un proceso natural, con Rousseau, la soberanía pasa del Rey al Pueblo. En su obra el Contrato Social desarrolla una formulación moderna de la soberanía popular. Al igual que los dos pensadores anteriores Rousseau entiende que en el estado presocial los derechos naturales del hombre no pueden protegerse. Ello lo soluciona mediante una forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a si mismo y permanezca tan libre como antes.

De esta forma cada individuo se funde y queda unido a la Comunidad que podemos identificar con el soberano, es decir, el conjunto de todos los ciudadanos donde reside la Soberanía. La soberanía es la expresión de la voluntad general, aquello que acuerda la mayoría y que, en virtud del pacto, es acatado, asumido y apoyado también por la minoría.

El soberano es ahora la colectividad o pueblo, y ésta da origen al poder enajenando sus derechos a favor de la autoridad. Cada ciudadano es soberano y súbdito al mismo tiempo, ya que contribuye tanto a crear la autoridad y a formar parte de ella, en cuanto que mediante su propia voluntad dio origen a ésta, y por otro lado es súbdito de esa misma autoridad, en cuanto que se obliga a obedecerla.

Así, según Rousseau, todos serían libres e iguales, puesto que nadie obedecería o sería mandado por un individuo, sino que la voluntad general tiene el poder soberano, es aquella que señala lo correcto y verdadero y las minorías deberían acatarlo en conformidad a lo que dice la voluntad colectiva.

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Dicho de otra forma, la soberanía en Rousseau es la Voluntad General cuya expresión es la ley.

La Voluntad General no es la suma de voluntades egoístas, sino de la mayoría, cuyas decisiones son acatadas por la minoría en virtud del contrato. Así las Características de la Soberanía Popular son:

-En primer lugar, ser inalienable: no puede delegarse, no puede ser representada ni enajena.

Le pertenece a la comunidad.

-Es, además, indivisible, no asume separación de poderes ni facciones ni cuerpos intermedios (razón por la que Rousseau rechaza la formación de partidos políticos)

-Es considerada infalible en el sentido de que la Voluntad General es siempre recta y tiende siempre a la utilidad pública

-Y, finalmente, Es absoluta, no conoce límites

Debemos tener en cuenta, no obstante, que Rousseau distingue entre el pueblo soberano, que es quien establece las leyes colectivamente y el gobierno, es decir, grupo de una o más personas que las ejecutan bajo la atenta supervisión del conjunto de ciudadanos y cuya legitimidad radica en que ejerzan sus funciones de acuerdo a las directrices de la voluntad general. Si bien a menudo se ha considerado a Rousseau como defensor de la Democracia directa, debemos tener en cuenta que, ante la práctica imposibilidad de llevarla a cabo, transige con un sistema representativo basado en un mandato imperativo.

Sièyes

Las Ideas de Rousseau tuvieron una gran influencia entre los revolucionarios Franceses del Siglo XVIII. El fin de la Monarquía absoluta supuso, en un primer momento, la proclamación de la Igualdad de Derechos y de la Soberanía popular. A la hora de llevar a la práctica este último concepto fue de especial importancia el pensamiento de Emmanuel Joseph Sieyès quien, entre otros, estableció la distinción entre pueblo y nación.

Así, el abate Sieyès postuló que la soberanía radica en la nación y no en el pueblo, queriendo con ello expresar que la autoridad no obrara solamente tomando en cuenta el sentimiento mayoritario coyuntural de un pueblo, que podía ser objeto de influencias o pasiones desarticuladoras, sino que además tuviera en cuenta el legado histórico y cultural de esa nación y los valores y principios bajo los cuales se había fundado. Además, el concepto de nación contemplaría a todos los habitantes de un territorio, sin exclusiones ni discriminaciones.

Esta distinción parte del hecho de que al no ser el pueblo un ente unitario, la única solución para que sea soberano es a través de una construcción intelectual que le dé la unidad e identidad de la que carece. Esta construcción intelectual es la nación que carece de concreción física y requiere para su existencia de la intermediación de representantes. Como consecuencia la soberanía nacional se articula y ejerce a través de un sistema representativo en el que el voto, más que un derecho, sirve para designar a los representantes de la nación.

Atendiendo a los puntos fundamentales de lo dicho vemos que:

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1º-La sociedad está marcada por múltiples divisiones. El pueblo no es unitario y, por lo tanto, precisa de un concepto abstracto e ideal que le de la unidad e identidad de la que carece.

2º-Tal concepto es la nación, una abstracción distinta y superior a los individuos que engloba.

La nación adquiere presencia y operatividad a través de la representación de tal manera que nación y representantes son a menudo tenidos como consecuencia los unos de los otros.

3º-En Consecuencia, la teoría de la soberanía nacional sostiene que el sistema representativo y el mandato representativo es mejor y más operativo que la democracia directa y el mandato imperativo. Sieyès indica que los parlamentarios son representantes y no mandatarios, puesto que éstos gozan de autonomía propia una vez han sido electos y ejercerán sus cargos mediando una cuota de responsabilidad y objetividad al momento de legislar; en cambio los mandatarios deben realizar lo que su mandante le indica, en este caso el pueblo.

Por su parte los jacobinos defenderían la idea de la soberanía popular que se manifiesta en el derecho de cada ciudadano de participar en la política a través del sufragio universal ejercido frecuentemente en el que un gobierno representativo cumple un papel subsidiario. Si bien durante todo el Siglo XIX y parte del XX predominó la idea de soberanía nacional, la extensión del sufragio hizo que la diferenciación entre esta y la popular fuera desdibujándose de forma paralela a un concepto de nación que abarcaba todo el pueblo,

4. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO

Al inicio ya hemos señalado que la mayor parte de la doctrina asocia directamente el concepto de Estado con una serie de elementos que GEORG JELLINEK ya destacó a finales del siglo XIX, de modo que el Estado existe cuando existe una población estable, que vive en un territorio determinado, dentro de cuyas fronteras una organización política ejerce el poder de manera efectiva.

A población, territorio y organización política habría que añadir el atributo jurídico de la soberanía, que implica el ejercicio exclusivo y pleno de las competencias estatales (legislativas, ejecutivas y judiciales) sobre el territorio y sin subordinación a la voluntad de otros Estados.

Esta concepción de la soberanía tiene como corolarios normativos la igualdad soberana de los Estados, el principio de no intervención en los asuntos internos y la inmunidad del Estado frente a la jurisdicción de otros Estados.

Atendiendo a la clasificación clásica de JELLINEK, distinguimos:

4.1. La Población

Ahondando en el concepto de población, se entiende como el conjunto de aquellos individuos sometidos al ordenamiento jurídico del Estado, tanto si son residentes en su territorio como si, encontrándose fuera, son también titulares de derechos y deberes bajo su jurisdicción. Al mismo tiempo, esta noción tiene una dimensión colectiva, en referencia al sujeto titular de la soberanía, generalmente bajo el término de nación. Esta idea dará lugar al concepto moderno de ciudadanía.

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Podemos afirmar que la población es un concepto que distingue entre dos vertientes:

Nación política: Encuentra su origen en Francia con el modelo nacional francés. Su teórico principal es Renan que entiende la nación como una comunidad de ciudadanos con idénticos derechos y obligaciones, que además poseen un pasado común. La nación no tiene que ver, desde una perspectiva política e ideológica, con ninguna realidad natural o biológica. En un momento determinado de la historia, la nación habrá de surgir en el marco europeo como una referencia ideológica básica para asegurar el funcionamiento del aparato estatal, aglutinando a los individuos que la integran en el espacio económico, social y político del Estado. El Estado no es consecuencia de la nación sino al contrario. El ejemplo más claro de surgimiento de un tipo de nación política es el Estado-Nación.

Esta idea de nación política fue la defendida por la tradición de origen francés, para la cual, la nación estará constituida por todos aquellos que manifiestan la voluntad de convivir en una misma comunidad política. La nación tiene un fundamento subjetivo, la voluntad política de sus miembros.

Nación cultural: Tiene su origen en el filósofo alemán Herder y su teoría del origen de las lenguas. Está vinculado al movimiento romántico alemán y centroeuropeo. Las naciones son comunidades culturales unidas por una lengua común. La idea de nación que encuentra su fundamento en una realidad cultural, reclama como indispensable la realidad prepolítica, concretada en el grupo étnico, a través de la idea de pueblo. El pueblo trasciende la condición de nacionalidad o nación cultural en función de su voluntad de dotarse de una organización política propia. La cuestión se planteará entonces en la determinación de los factores que empujan a la generación de esa voluntad política. La nación surge como consecuencia de ideologías nacionalistas cuya génesis se encuentra en hechos históricos de carácter complejo.

Posteriormente, FICHTE, en sus “Discursos a la nación alemana” convierte las tesis de Herder en un proyecto político nacionalista. Según Fichte, no solo se trataba de descubrir aquellas características que identificaban a la nación alemana, sino también de crear las condiciones educativas que permitiesen poseer y extender la “conciencia nacional”. La educación era la clave para transmitir de generación en generación el sentimiento de pertenencia a una comunidad.

La nación cultural sería entonces, la única base para construir la nación política.

Fichte tuvo gran influencia en toda Europa. Su teoría actuó, de forma centrípeta en aquellos territorios donde la nación cultural sobrepasaba la división estatal, como Alemania o Italia (unificaciones de 1871 y 1870) y de forma centrífuga en aquellos territorios donde el Estado reunía una pluralidad de naciones culturales, como España o el Imperio Austrohúngaro (sobre todo tras la IWW).

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4.2. El Territorio y sus fronteras

En cuanto al territorio, es el soporte físico, material, geográfico del Estado, el ámbito de aplicación de sus normas y el lugar de asentamiento de la población. De acuerdo con el jurista NICOLÁS PÉREZ SERRANO, se pueden identificar cuatro principales caracteres con respecto al territorio de un Estado:

- El primero de ellos es la unidad: el territorio del Estado es único en tanto que, aunque puede estar conformado por áreas muy dispares, todas ellas están sometidas a un ordenamiento jurídico-político.

- En segundo lugar, su indivisibilidad, consecuencia directa de la unidad una vez superadas todas las concepciones patrimonialistas del Estado frecuentes en la Edad Media y Moderna.

- El territorio del Estado también es por definición impenetrable. Desde el punto de vista funcional, tiene relación directa con el principio de Derecho Internacional de no injerencia en los asuntos internos de otro Estado (principio muy complejo, sobre el que no hay acuerdo y que experimenta grandes cambios actualmente, en la medida en que el respeto a los derechos fundamentales se articula hoy en día las relaciones internacionales).

- Por último, como consecuencia de su indivisibilidad, el territorio estatal se supone también inalienable de modo que, por ejemplo, un Estado no puede vender parte de su territorio.

La firma de la Paz de Westfalia en 1648 se considera el nacimiento de la concepción de Estado Moderno y especialmente, del concepto de territorialidad.

4.3. Otros Elementos

Existen varios elementos más sobre los que conviene hacer una breve parada:

4.3.1. La Legitimidad

Otro importante aspecto del Estado es la legitimidad, es decir, el derecho justificable a gobernar. A este respecto, el sociólogo alemán Max Weber destacó el carácter crucial de la legitimidad para la propia definición del Estado, tal y como quedó patente en su célebre definición del Estado como "una comunidad humana que reclama (eficazmente) el monopolio del uso legítimo de la fuerza en un territorio dado”.

De esa manera, Weber estaba señalando uno de los rasgos más característicos del Estado en torno al cual pivotan la mayoría de las definiciones al uso, todavía hoy. Charles Tilly, por ejemplo, indica que los Estados son, esencialmente, unas “organizaciones con poder coercitivo, diferentes a los grupos de familia o parentesco”.

Por otra parte, hay que tener presente que el uso que hace Weber del término "legítimo”

implica que sólo el Estado tiene el derecho a emplear la fuerza o a autorizar a otros a que la

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usen. Pero, ¿qué pasa si el Estado es considerado ilegítimo por su pueblo? La definición de Weber sugiere que al pueblo le asiste entonces el derecho a usar la fuerza, si no puede derribar al gobierno de otra forma.

Su noción de que el Estado "reclama” el monopolio del uso legítimo de la fuerza implica, además, que el Estado puede fracasar en el objetivo de que la población (en su conjunto o en parte) acepte su reclamación.

En definitiva, la cuestión de la legitimidad plantea una variedad de preguntas normativas sobre cómo deben constituirse los Estados y cómo deben relacionarse con la población. ¿Quién debe determinar quién gobierna? ¿Cómo deben hacerse las leyes? ¿Cuánta autoridad legal debe tener el Estado? Estas y otras preguntas son hoy tan relevantes como lo fueron hace siglos.

4.3.2. La Autonomía

El concepto de autonomía del Estado se refiere a la independencia relativa de las autoridades estatales respecto a la población. Si el Estado disfruta de un grado alto de autonomía, entonces los empleados y funcionarios públicos son bastante libres para adoptar decisiones de gobierno.

En cambio, un bajo grado de autonomía estatal supone que los empleados y funcionarios públicos tienen escaso margen para elaborar leyes o tomar decisiones con independencia de la población en su conjunto o, como suele suceder, de los grupos políticamente más poderosos.

Ambos extremos son peligrosos. La autonomía estatal máxima implica la dictadura, ya que el pueblo interviene poco o nada en lo que deciden los gobernantes. Por su parte, la autonomía estatal mínima implica que quienes trabajan como servidores del Estado apenas tienen oportunidad de usar sus conocimientos ni de ocuparse del bien común del país para formular y ejecutar las políticas que consideran mejores, toda vez que actúan bajo la presión de grupos influyentes o dominantes en la sociedad.

En este sentido, una democracia auténticamente representativa debe intentar evitar los peligros tanto de un grado excesivo como deficiente de autonomía estatal, dando a los representantes públicos y a los funcionarios que adoptan las decisiones suficiente libertad para gobernar eficazmente, sin eludir su responsabilidad de "rendir cuentas” ante la población.

4.3.3. La Especialización de una parte de la población en tareas de gestión pública

Tal y como apuntan Hall e Ikenberry, es también un lugar común el considerar que el Estado es una organización política caracterizada por la “especialización de una parte de la población en tareas de gestión pública”.

A diferencia de otras formas de organización, el Estado posee una burocracia de tipo permanente y profesional, con una vertiente civil y otra militar. La primera, a grandes rasgos, se encarga de recaudar los impuestos imprescindibles para que la segunda pueda existir y ésta se encarga de garantizar la seguridad hacia el exterior y hacia el interior del territorio.

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Podría decirse que este es, de entre todos los posibles, el modo concreto en que el Estado viene garantizando el monopolio weberiano antes mencionado. Así, la forma de organización estatal supera las ambigüedades preexistentes derivadas de fórmulas alternativas en las cuales todavía no es posible distinguir esa estructura diferenciada y especializada, además de existir una marcada confusión de funciones y roles dentro de una misma sociedad.

Es preciso apuntar, siguiendo a García Cotarelo, que ni la presencia de un ejército permanente ni el desarrollo de una hacienda pública moderna agotan el concepto de Estado. A pesar de ello, no sería posible hablar de Estado si prescindiéramos de estos elementos, de ahí su carácter constitutivo.

4.3.4. La homogeneización del derecho aquende sus fronteras

Elemento constitutivo estatal que se añade a los anteriores. Y no se trata sólo del derecho directamente relacionad con la coerción, sino también del derecho privado, en todas sus vertientes (mercantil, contractual, de familia y sucesiones, etc.).

Ciertamente, una visión de conjunto de su evolución nos muestra los denodados esfuerzos por alcanzar ese hito, en parte para lograr la seguridad jurídica suficiente en lo que respecta tanto al funcionamiento de la estructura burocrática ya citada, como a las garantías exigibles por unos “súbditos” cada vez menos proclives a quedar expuestos a vaivenes de un poder arbitrario.

Pero esta actividad, más allá de lo puramente jurídico, también posee un papel político y hasta sociológico no desdeñable. De hecho, contribuye a ir forjando identidades colectivas a medida que se consigue que los habitantes de su territorio posean los mismos derechos y deberes y tengan conciencia de ello.

Debido a este motivo, algunos autores han aludido a su contribución para lograr una “cultura política común”, sin la cual el Estado no puede subsistir por mucho tiempo.

4.3.5. La despersonalización del poder político

Proceso que en ocasiones también es descrito como de objetivación del poder o de impersonalización del mando político. Básicamente, como señala Georges Burdeau se trata de

“separarlo de los hombres que lo ejercen para encarnarlo en una institución” con el fin de que sea el Estado en cuanto tal (matiz decisivo) el que aglutine las lealtades, las adhesiones y los quehaceres de sus gentes (aunque también sus quejas y críticas)”.

La sustitución de la razón dinástica por la razón de Estado (operada no antes del siglo XVIII) constituiría, por ende, la prueba fehaciente de la madurez estatal. No puede ser casual, a este respecto, que las actuales banderas de tantos y tantos países de nuestro entorno hayan reemplazado a los añejos estandartes, pendones y blasones de tal o cual casa real precisamente en el momento en que se consolida este proceso, que de esta manera adquiere visos de proceso fundacional.

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5. DIVERSAS CONCEPCIONES DEL ESTADO

Más allá de perspectivas culturales o civilizacionales, existen diversas concepciones del Estado, entre las que cabe destacar, siguiendo al catedrático de Ciencia Política de la UNED ANDRÉS DE BLAS, la marxista, la elitista, la pluralista y la institucionalista.

- Comenzando por el marxismo, ya se ha señalado que su concepción del Estado se basa en la idea de que las relaciones de producción constituyen la estructura económica sobre la que se asienta una determinada superestructura jurídica y política de la cual el Estado es el máximo exponente. Desde la perspectiva de la lucha de clases, el Estado expresa la contradicción entre explotadores y explotados, y se vincula directamente a la clase dominante, la capitalista, en tanto que garante de la propiedad. En palabras de LENIN, mientras exista la propiedad privada, el Estado, aunque sea una república democrática, no es otra cosa que una máquina en manos de los capitalistas destinada a aplastar a los obreros. Así, el marxismo propugna la abolición del Estado tal y como lo conocemos, como Estado burgués, en la medida en que también propugna la abolición de la propiedad y del capitalismo.

Por su parte, el socialismo reformista, basado en el ideario de autores como LOUIS BLANC o FERDINAND LASALLE, sostenía que capitalismo y Estado pueden ser conquistados y transformados por el movimiento obrero (de ahí la búsqueda del sufragio universal).

En la segunda mitad del siglo XX, el marxismo estructuralista de ALTHUSSER o POULANTZAS entendió al Estado capitalista como uno más de los modos de condensación material de las relaciones antagónicas y de explotación propias del capitalismo, pero se abrieron a la posibilidad de su transformación por incidencia de la clase trabajadora. En cualquier caso, rechazaban cualquier forma de Estado burocrático y centralizado, reclamando su máxima descentralización a todos los niveles, con unidades muy reducidas, lo más autónomas posibles y de funcionamiento democrático.

-Por lo que respecta a la corriente elitista, se aleja de la perspectiva economicista del marxismo y sostiene que la política ejerce influencias determinantes, en especial cuando procede de las élites. La idea central, defendida en los primeros decenios del siglo XX por autores como ROBERT MICHELS, VILFREDO PARETO o GAETANO MOSCA, se centra en que en todas las circunstancias una minoría ejerce el poder sobre la mayoría. También WEBER, y posteriormente SCHUMPETER, coinciden con esta idea incluso atendiendo a contextos democráticos y de partidos de masas. Desde el punto de vista elitista, CHARLES WRIGHT MILLS habla de una “red de poder” que domina las instituciones de Estados Unidos, como ejemplo, y en la que participan los directores de las grandes empresas y la cúpula militar, elites que definen el contenido de las políticas de acuerdo con sus intereses.

-Si el elitismo ha polemizado especialmente con otra corriente, esa ha sido la pluralista, que enlaza con las ideas del liberalismo clásico, en particular con las de MADISON, por su defensa de la existencia de intereses heterogéneos en las sociedades. Para los pluralistas la diversidad de intereses es una característica consustancial de la democracia; su existencia evita que se imponga una mayoría tiránica y garantiza la viabilidad de la misma democracia.

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El origen de esta corriente suele situarse en las ideas de ARTHUR FISCHER BENTLEY, si bien su mayor impulsor ha sido ROBERT DAHL. Partiendo de una realidad caracterizada por la existencia de grupos con intereses en conflicto, el pluralismo entiende que éstos participan e influyen en las decisiones, por lo que el poder está disperso en numerosos centros, ninguno de ellos domina por completo a la sociedad, y la negociación entre intereses es la vía para la solución pacífica de los conflictos. En este contexto, la función del Estado es regular o armonizar el enfrentamiento entre intereses, ya que el núcleo de la actividad política son los grupos y no el Estado.

-En cuarto lugar, otra concepción del Estado a destacar es la propia del institucionalismo, que como su nombre indica, pone el foco en las instituciones políticas, es decir, las organizaciones formales de la administración pública y las normas en que se apoyan. Los análisis son, sobre todo, descriptivos; no se plantean enunciar leyes; y parten de la idea de que las estructuras formales determinan la conducta, de lo que se deduce que el Estado influye en la sociedad y viceversa. De esta concepción parte el neoinstitucionalismo, que reemerge con autores como MARCH Y OLSEN que reivindican volver a centrarse en el estudio de las instituciones políticas como procedimientos formales e informales, rutinas, normas y prácticas insertadas en la estructura organizativa de la política.

Por último, conviene hacer referencia a una serie de teorías que, si bien no constituyen una reflexión sistemática en torno al Estado, introducen algunos elementos relacionados con el mismo. Cabría destacar la perspectiva patriarcal sostenida por algunos sectores del pensamiento feminista, con autoras como Gerda LERNER, que niega la autonomía del Estado y afirma que los valores del mismo se definen en base a una estructura más profunda que atraviesa toda la sociedad y que está basada en la desigualdad de género. El Estado es, así, una organización que perpetúa la desigualdad de género y la opresión masculina.

Por otro lado, el anarquismo en sus diferentes variantes entiende que una sociedad libre y armónica ha de ser el resultado del acuerdo voluntario entre sujetos. Para autores de esta corriente como Bakunin o KROPOTKIN, el estado es “la más alta forma de jerarquía” y su abolición conduciría a sociedades libres. Cualquier forma de autoridad o coacción perturba el orden social.

Podemos concluir afirmando que, si bien es verdad que cunden los argumentos acerca de la supuesta crisis del Estado, e incluso agonía, o de su futura desaparición, no es menos cierto que su número ha crecido significativamente en las últimas décadas a través de los procesos de descolonización y de las dinámicas de secesión post Guerra Fría (proceso aún latente). Es igualmente verdad que muchos pueblos sin Estado aspiran a hacerse con él, aún a sabiendas de que otros actores del escenario internacional pueden mermar o al menos diluir algunos de sus tradicionales atribuciones.

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18 BIBLIOGRAFÍA Y REFERENCIAS

- JOSEP MARIA VALLÈS I CASADEVALL Ciencia política: una introducción.

- MIQUEL CAMINAL BADIA Manual De Ciencia Política

- A. DALLA VIA, E. GRAÑA, N. SISINNI Y M. BASTERRA Manual De Teoría Del Estado Y Del Gobierno.

- Temario TAC SKR

Referencias

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