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ELEMENTOS GENERALES DE LOS CONTRATOS Y CAUSA DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES

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Academic year: 2021

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Derecho Romano

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Sesión No. 10

ELEMENTOS GENERALES DE LOS CONTRATOS Y CAUSA DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES

Al finalizar la sesión, el participante será capaz de:

Identificar los principales elementos que constituyen los contratos y su existencia dentro de la rama del Derecho, y su importancia en el marco jurídico mexicano.

Contextualización

A lo largo de la historia, al efectuar cualquier tipo de transacción, las personas, tanto físicas como morales o jurídico-colectivas, buscan, conforme a Derecho, asegurarse de que su contraparte cumplirá, en todas sus partes, con lo pactado durante todo el desarrollo de la transacción y para lograr este fin se creó, en el mundo jurídico, la figura del “contrato" y sus similares como fuente y límite común de derechos y obligaciones entre las partes.

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Introducción al Tema

Por lo anterior ya que conocemos el concepto de “contrato”, es de suma importancia que el jurisconsulto de hoy conozca y pueda definir algunos conceptos que veremos a fondo en esta sesión y que se relacionan de manera directa con la mencionada figura jurídica, términos como el

“consentimiento” o la “intención”

sin los cuales sería imposible comprender la importancia y objeto jurídico del “contrato” en el acontecer diario de millones de personas.

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Explicación

6.3 Elementos generales de los contratos

a. Consentimiento. Es definido por De Pina Vara (2010) como el acuerdo entre dos o más voluntades acerca de la producción o transformación de derechos y obligaciones.

Ésta debe reunir las siguientes condiciones:

1. Debe surgir de ambos contratantes.

2. Debe dirigirse hacia un mismo objeto.

3. Debe emanar de la voluntad libre de cada contratante y del conocimiento pleno del objeto del contrato.

b. La capacidad. Aptitud para adquirir un derecho o de ejercerlo y disfrutarlo.

c. El objeto. Lo que el acreedor puede exigir al deudor.

El Error

Es el vicio del consentimiento que anula la voluntad de una persona en un acto jurídico o contrato

mediante diversas causas.

Errores que anulaban totalmente el consentimiento, son:

1. En cuanto a la materia: (error in natura conventionis o error negotio): error cometido por las partes al momento de decidir la clase o naturaleza del contrato que cada uno quería celebrar.

2. En cuanto al objeto: (error in corpore): error cometido por las partes contratantes en relación al establecimiento del objeto del contrato.

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Errores que vician el consentimiento, es decir, que lo afectan pero que pueden ser subsanados mediante el acuerdo de voluntades:

1. Error in substantia: Cometido por las partes al momento en que se equivocaban respecto a la calidad esencial del objeto que se negociaba.

2. Error in persona: Error por parte de los contratantes al equivocarse respecto de la persona física con la que se pretendía realizar el contrato.

Dolo y Violencia

Dolo: manejo fraudulento llevado a cabo por una persona con el objetivo de inducir a otra, por medio de engaños, a prestar su consentimiento en un contrato.

Por su parte el Dolo contractual se distinguía en dos casos:

1. Dolo ocasionado por una sola de las partes: Solamente viciaba el

consentimiento cuando se celebraban contratos de Stipulatio verbis (verbales) y en este se insertaban clausulas doli (cláusulas dolosas), por lo que el acreedor quedaba desamparado frente a esta cláusula, sin embargo el Derecho Romano, a través del Pretor estableció tres recursos de amparo:

1.1 Actio doli: acción contra el dolo que podía ejercer el deudor cuando todavía no había sido demandado por el acreedor.

1.2 La exceptio doli: excepción del dolo cuando el deudor, víctima del dolo contractual, se obligaba a cumplir con la obligación frente al acreedor.

1.3 La in integrum restitutio, acción extraordinaria a efecto de nulificar los efectos del contrato ya cumplido, restituyendo las cosas al estado en que se encontraban previo a la celebración del contrato por las partes.

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2. Dolo surgido por parte de un tercero: En sí mismo, no viciaba el consentimiento entre las partes, sin embargo otorgaba la oportunidad de indemnizar los perjuicios que se presentasen a razón de esta situación.

Por otra parte, en el Derecho Mexicano actual se continúa con el ánimo de esta figura surgida del Derecho Romano requiriendo primordialmente:

1. Que el dolo surja por parte de uno de los contratantes.

2. Que el contrato signado por las partes constituya en sí mismo el efecto del dolo ocasionado por una de las partes.

Violencia: conjunto de acciones mediante la fuerza material o moral (psíquica) capaces de intimidar y obligar a una persona a prestar su consentimiento en un contrato. Este concepto conforma un elemento “sine quanón” a efecto de nulificar la voluntad y viciar el consentimiento de la parte agredida quien, como tal, a causa de dichas acciones, perdía la libertad esencial para signar el contrato materia del hecho, en dicho sentido, dentro del Derecho Romano, el pretor, como vigilante de la norma, estableció ciertos recursos a favor del deudor cuando había sido obra del acreedor esta violencia, a saber:

1. La exceptio quod metus causa: acción llevada a cabo por el deudor derivada del hecho de ser coaccionado a signar el contrato materia del mismo.

2. La acción extraordinaria o in integrum restitutio: la presente acción obligaba la restitución absoluta tanto de bienes como de derechos y obligaciones entre contratantes.

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3. La actio quod metus causa: acción realizada por el deudor, quien por temor en relación con una posible demanda del acreedor hacia su persona, la ejercía a efecto de solicitar la nulidad inmediata del contrato materia de dicha acción.

6.4 Causa de las obligaciones contractuales

Como tal, la causa de las obligaciones contractuales configura en sí mismas los elementos y características primordiales a efecto de que dicho contrato se perfeccione mediante el cumplimiento cabal de las condiciones estipuladas en el mismo, es decir, la licitud de la causa conforma el elemento esencial del contrato.

El término causa se emplea en dos acepciones, de acuerdo a Ventura Silva (2000)

a. Designa las fuentes mismas de las obligaciones, ejemplo: los contratos y los delitos eran causas

civiles de las obligaciones.

b. En su aspecto subjetivo, la causa designa el motivo que impulsa las partes contratantes a la celebración del negocio.

Como ejemplo de lo anterior,

imaginemos un contrato de compraventa, en el mismo, la causa por la que se contrata el vendedor es el pago del precio; y la del comprador es la entrega de la cosa.

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Conclusión

Recapitulando lo visto en la presente sesión tenemos que el Derecho Romano reconoció en la figura del contrato un concurso de

voluntades (consensus) que creaba un vínculo (iurisvinculo) entre las partes, lo anterior si, y sólo si se actuaba de acuerdo con la formalidad prescrita a la causa civilis. Sin embargo la importancia de la figura conocida como contrato se fija la fuerza o coacción surgida de dicho consenso de voluntades y que se

perfecciona de manera absoluta con relación a la norma vigente en el espacio y lugar del que se trate.

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Para aprender más

Universidad de Santo Tomás. (2012). Obligaciones nacidas de los contratos. http://derechoromanointersemestral.blogspot.mx/2012/07/obliga ciones-nacidas-de-los-contratos.html

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Actividad de Aprendizaje

Instrucciones:

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, realiza la siguiente actividad:

Elabora un ensayo, en el cual reconozcas y analices los elementos que constituyen los contratos.

Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo como formato PDF para subirlo a la plataforma de la asignatura. Debes investigar fuentes adicionales a las proporcionadas en esta sesión.

En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:

Tus datos generales

Ortografía y redacción

Introducción

Desarrollo

Conclusión

Referencias Bibliográficas. Utilizando métodología APA

Externsión mínima 3 cuartillas, máximo 5 cuartillas

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Bibliografía

Borja, M. (2001). Teoría general de las obligaciones. México: Porrúa

Pina, R. (2000). Diccionario de Derecho. México: Porrúa

Universidad de Santo Tomás. (2012). Obligaciones nacidas de los contratos, obtenido de:

http://derechoromanointersemestral.blogspot.mx/2012/07/obligaciones -nacidas-de-los-contratos.html

Ventura, S. (2000). Derecho Romano. México: Porrúa

Referencias

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