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Ayuntamiento de Benferri

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Ayuntamiento de Benferri

BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO DE AUXILIAR DEL CONSULTORIO MÉDICO DE BENFERRI Y CONVOCATORIA A PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR PLAZAS EN RÉGIMEN DE LABORAL TEMPORAL.

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de las presentes bases la constitución de la Bolsa específica y la contratación temporal de UNA plaza de auxiliar administrativo del consultorio médico de Benferri, mediante un sistema de selección que garantice el cumplimiento de los principios de mérito, capacidad, se atenga a criterios de igualdad, con la finalidad de cubrir los periodos vacacionales de los trabajadores.

El artículo 20 Dos de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, se dice:

“Durante el año 2016 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.”

SEGUNDA. Modalidad del Contrato

La modalidad del contrato es eventual por acumulación de tareas o exceso de pedido, cuya duración viene regulada por el art. 15.1b) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

El carácter del contrato será temporal entendiéndose extinguida esta relación al finalizar dicho período de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

La jornada de trabajo será a tiempo completo de 35 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas en horario de mañana.

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Luís Vicente Mateo (1 de 1) Alcalde Fecha Firma: 20/06/2016 HASH: 292eff440d094a50e767954ef5476495

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Se fija una retribución bruta mensual de 1.084,38 € pagas extraordinarias incluidas.

El tiempo de duración del contrato será el necesario para cubrir esos puestos durante el tiempo que duren las vacaciones de los trabajadores. Se establece un periodo de prueba de 15 días.

Las funciones son la utilización Programa ABUCASIS, Atención al Público y cualquier otro sujeto al servicio.

TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes

Para formar parte en el proceso de selección, será necesario reunir los siguientes requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española, o reunir los requisitos establecidos en el art. artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o impedimento físico para el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específicas, previstas en la legislación vigente.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

f) Declaración de no padecer ninguna enfermedad que impida el desempeño de las funciones del puesto.

Así como los requisitos específicos que marque cada bolsa de personal.

Requisitos específicos. Para la inscripción en esta bolsa han de acreditarse conocimientos administrativos y de informática, además se puntuarán con el siguiente baremo:

CURSOS DE FORMACIÓN:

- Solamente se valorarán los cursos impartidos u homologados por organismos oficiales, universidades y

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cualquier administración pública (estatal, autonómica y local), en los que conste expresamente la duración,siempre que sea superior a 15 horas de duración.

Aquellas actividades de naturaleza diferente de los cursos,como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios solamente se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología de los cursos.

- De 15 a 30 horas lectivas: 0,10 - De 31 a 50 horas lectivas: 0,25 - De 51 a 100 horas lectivas: 0,50

La puntuación máxima por este apartado será de 1,00 puntos.

EXPERIENCIA LABORAL:

* En el mismo puesto en el Consultorio de Benferri u otra dependencia municipal.

1,00 por mes, máximo 4 puntos.

* En el mismo puesto en otras administraciones públicas:

0,3 mes, máximo 2,00 puntos.

* En otros puestos de similares características.

0,2 mes, máximo 1,00 puntos.

TITULACIÓN ACADÉMICA:

- FP1 o Grado Medio de Administrativo... 1,00 puntos.

- Bachillerato y conocimientos informáticos... 1,00 puntos.

La fecha de referencia para la valoración de estos méritos será la de la resolución de Alcaldía por la que se aprueban las presentes bases.

CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias

Los interesados en formar parte de la Bolsa de Trabajo, presentarán su solicitud en el modelo que aparece en el Anexo I de las presentes bases, que se facilitará en el Ayuntamiento y se encontrará a disposición de los interesados en www.benferri.es, debiendo adjuntarse fotocopia del DNI, así como de cuanta documentación consideren oportuna para acreditar los requisitos del apartado Tercero.

Las solicitudes, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Benferri, y se presentarán en el Registro

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de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento.

QUINTA. Admisión de Aspirantes

Finalizado el plazo de inscripción de solicitudes y realizada la baremación, quedará constituida la BOLSA de EMPLEO con aquellos/as aspirantes que hayan concurrido al presente proceso selectivo, clasificados/as en orden de LA PUNTUACIÓN RESULTANTE por aplicación del baremo.

La Bolsa provisional con los/as aspirantes se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en cuantos lugares se considere oportuno, con indicación del nombre, apellidos, DNI y las puntuaciones obtenidas en cada apartado del baremo y ordenados/as por la puntuación total. Si hay excluidos se indicarán las causas de la misma.

Los/Las aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Bolsa Provisional, para formular las alegaciones que estimen oportunas.

El Órgano Técnico de Selección estudiará las alegaciones presentadas y, una vez resueltas, hará pública en los lugares oportunos y ya antes citados, la relación definitiva de seleccionados/as de las Bolsas de Empleo, debidamente ordenados/as por la puntuación global final obtenida.

De no presentarse reclamaciones, la Bolsa hasta entonces provisional se entenderá elevada a definitiva.

SEXTA. Órgano Técnico de Selección

1.- El Órgano técnico de selección será designado por la Presidencia de la Corporación, ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, estando integrado por tres miembros, todos ellos funcionarios de carrera y con voz y voto, de los cuales uno actuará como Presidente y otro asumirá la Secretaría del Tribunal.

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Todos sus miembros deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo de tres de sus miembros. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en cso de empato el voto de calidad del Presidente del Tribunal.

2.- El Órgano técnico de selección estará facultado para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante la baremación de los méritos y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

3.- Los miembros que sean nombrados como Órgano técnico de selección deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspirantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

SÉPTIMO. Régimen jurídico aplicable e impugnación

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada.

En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

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del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

En Benferri, 20 de junio de 2016

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ANEXO I

INSTANCIA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO PARA UN AXULIAR ADMINISTRATIVO CON NOMBRAMIENTO INTERINO Y CONSTITUCION DE BOLSA DE EMPLEO CON DESTINO AL CONSULTORIO MÉDICO.

DATOS PERSONALES

APELLIDOS

Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO DNI

TELÉFONO E-MAIL

DOMICILIO (DIRECCIÓN)

LOCALIDAD PROVINCIA CP

PUESTO DE TRABAJO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO CONSULTORIO MÉDICO

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA (Marque con una X lo que proceda, deberá ir debidamente compulsada)

Fotocopia del D.N.I o documento de identificación equivalente Fotocopia de la titulación exigida.

Documentos justificativos experiencia laboral Otros títulos relacionados con el puesto.

Cursos formativos relacionados con las funciones del puesto a desempeñar DECLARACIÓN

El abajo firmante solicita ser admitido al proceso selectivo a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne los requisitos para el desempeño del puesto de trabajo al que aspira, no habiendo sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas y no habido sido separado del servicio de las Administraciones Públicas, no padeciendo enfermedad o defecto físico que le impida realizar las funciones asignadas al puesto, comprometiéndose a probar documentalmente los datos que figuran en esta solicitud.

________________________, _____de_________________de_____

Firmado:_________________________________________________ .

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENFERRI (ALICANTE)

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