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El Código Orgánico General de Procesos

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(1)

Ernesto Pazmiño Granizo

D e f e n s o r P ú b l i c o G e n e r a l d e l E c u a d o r

El Código Orgánico General de Procesos

Instrumento modernizador de la Justicia

(2)

Diagnóstico

SOCIEDAD

Caducidad de modelos.

Procesos no dan respuestas.

POLÍTICA

Procesos propietaristas.

Importación de modelos.

DERECHO

Dilación y complejidad.

Sobrespecialización.

Formalismo y ritualidad.

Escrituralidad.

(3)

La realidad de la Justicia No Penal

Proceso lento, muchas veces corrupto Proceso escrito, formal - burocrático

Juez mero espectador, sin rol preponderante Ausencia de inmediación

Multiplicidad injustificada de estructuras Falta de publicidad

Delegación de funciones jurisdiccionales

Proliferación de dilatorias maliciosas e incidentes

Infraestructura, gestión y recursos humanos ineficientes e insuficientes Exceso de papel y tinta.

(4)

Acceso a la justicia

Resolución de conflictos en tiempos razonables Sistema predecible en sus decisiones

Eficaces en el control de los derechos y garantías Respetuoso de los derechos humanos

Eficiente en la gestión administrativa Control de corrupción y transparencia

Satisfacer demandas sociales concretas de:

Objetivos generales de la reforma

(5)

La metodología del cambio

Seguimiento Evaluación

Ajustes Relevamiento Participación actores

Implementación

Diseño (CEJA)

Diagnóstico

Necesidad ciudadana

Reforma sistema de justicia civil

Metas

Indicadores

(6)

Enfoque sistémico de la Reforma a la Justicia Civil

Organización Judicial MASC

Control Evaluación

Capacitación

Asistencia Jurídica Gratuita

Gestión y TICS

Modelo Procesal Recursos Humanos y

Materiales

Justicia de rostro más humano

Independencia Transparencia

Publicidad

Sistema Justicia

Civil

(7)

Oralidad

La reforma procesal civil, con la incorporación de la oralidad y la inmedia-

ción, constituye un cambio radical del sistema de justicia civil en Ecuador

y es uno de los esfuerzos más significativos por mejorar la justicia penal

y, sobre todo, por acercarlo a las personas, especialmente a los más

pobres. Garantizar DERECHOS

(8)

La tensión existente

TRÁMITE Y

EXPEDIENTE LITIGIO

ORAL

(9)

El proceso por audiencias

Instrumento para el cambio Superar prácticas habituales

Las partes tienen roles definidos

(10)

CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL COGEP

Se aplicará para todas las materias NO PENALES y CONSTITUCIONALES

Se reduce a 4 las vías procesales: ordinario, sumario, monitorio y ejecutivo.

El sistema es oral, basado en audiencias. “No se trata de tener procesos con audiencias, sino justicia en audiencias”.

(11)

Diferencias entre el proceso escrito y el nuevo Código Orgánico General de Procesos

Elaboración: Consejo de la Judicatura

(12)

TIPOS DE PROCEDIMIENTOS (LIBRO IV)

El COGEP establece cuatro tipos de procesos. Tres son de conocimiento y uno es de ejecución:

Procedimiento para causas que no tengan previsto un trámite especial.

El proceso ordinario tiene dos audiencias: preliminar (Art. 292) y de juicio (Art. 297).

Ordinario Sumario Monitorio Ejecutivo

PROCESO ORDINARIO (Art. 289 y 55)

(13)

PROCESO SUMARIO

Para causas mercantiles, de niñez y adolescencia, laborales y deudas de baja cuantía.

Tiene una audiencia con dos etapas:

Saneamiento, fijación de puntos de debate y conciliación

Prueba, alegatos y resolución.

(14)

Asuntos que se conocen mediante este proceso: (Art. 332)

Acciones posesorias, posesorias especiales, servidumbres, demarcación, linderos, despojo Asuntos mercantiles que no tengan trámite especial

Asuntos relativos a defensa de los consumidores

Alimentos y otros previstos en Código de Niñez, excepto adolescentes infractores (se elimina la prisión para obligados subsidiarios).

Divorcio contencioso

Declaraciones de nulidad

Liquidación intereses, frutos, daños y perjuicios Incapacidades y guardas, interdicción

Arrendamientos, anticreses Deudas dinerarias

Honorarios profesionales

Relaciones vecinales, propiedad horizontal

Oposición a los procesos de jurisdicción voluntaria

(15)

PROCESO MONITORIO (Art. 356)

Proceder para el cobro de deudas, que no excedan las 50 remuneraciones y que no constan incluidas en títulos ejecutivos, como por ejemplo:

Requiere petición de reclamo de pago al acreedor. Admisión, citación al deudor con el mandamiento del pago.

Documentos firmados cartas, facturas, documentos electrónicos; cuotas de condominio;

matrículas, cánones de arrendamiento, remuneraciones no pagadas al trabajador.

(16)

PROCESO EJECUTIVO (Art. 347)

Cobro de deudas con título ejecutivo

(cheque, letra de cambio, pagaré, etc).

Demanda adjuntando el título ejecutivo.

Calificación. Audiencia única.

Apelacióncon efecto no suspensivo

No admite casación.

(17)

PROCESOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Proceso rápido con resolución inmediata.

Audiencia única (saneamiento, alegatos, prueba y resolución).

Casos:

Pago por consignación Rendición de cuentas

Divorcio y terminación de unión de hecho por mutuo consentimiento;

con dependientes

Participación de bienes Inventario

Autorización de venta o gravamen de bienes de niñas, niños y adolescentes

(18)

PROCESOS ESPECIALES

Contencioso Administrativo:

Contencioso Tributario:

Demandar al Estado con el objeto de obtener la tutela de sus derechos;

control de legalidad de los hechos, los actos o contratos del sector público.

Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario No admiten reconvención ni conciliación

Vía ordinaria

Vía sumaria: acciones de impugnación, acciones directas y pago Vía ordinaria

Vía sumaria: silencio administrativo y pago por consignación

(19)

El cambio de mentalidad

(20)

Tú ganas yo gano

(Libro de Helena Cornelius y Shoshana Faire)

Cómo resolver conflictos creativamente

... y disfrutar con las

soluciones

(21)
(22)

Acuerdo conjunto para dignificar la justicia Presupuesto del proceso por audiencias

El proceso como

instrumento La inmediación como método Cambio de

paradigma

(23)

Litigio en audiencias orales

Un sistema ORAL-CONTRADICTORIO, implica la existencia de audiencias como método central para la toma de decisiones en un proceso. Exige preparación técnica del defensor y juez.

Roles definidos.

(24)

Objetivo del nuevo sistema

“Lograr una administración de justicia moderna que limite el uso

abusivo del poder - público o privado- y permita el respeto pleno

a los derechos y garantías individuales”.

(25)

Litigar y dirigir juicios orales es una disciplina.

&

Por eso existe una metodología para

aprender o enseñar que el juicio es un ejercicio

profundamente estratégico.

(26)

Principios generales de los sistemas orales

Forma de comunicación entre las partes y formato de entrega de información.

No todo acto verbal ante un juez constituye un sistema oral efectivo (lectura).

Oralidad:

Contradictoriedad:

Audiencia como debate entre las partes.

Posibilidad de las partes de estar presente en todo el desarrollo del juicio oral y su posibili- dad de rebatir las pruebas presentadas por la contra parte y presentar las propias

Las partes actúen y tengan igualdad de derechos y oportunidades para debatir sobre la prueba que se presente

(27)

Principios generales (cont.)

Contacto directo del juez con las partes

Decisión se toma especialmente sobre la base de información aportada por las partes en la audiencia

Inmediación:

Posibilidad que cualquier persona pueda presenciar audiencias Legitimidad de las decisiones

Publicidad:

(28)

Principios procesales efectivizados

Proceso por audiencias Calidad de la prueba

Valoración de la prueba: sana crítica Impulso procesal de oficio

Debido proceso e igualdad procesal Buena fe - lealtad procesal

Dirección del proceso por el juez Publicidad

Predominantemente dispositivo Economía-celeridad- concentración

Inmediación

(29)

Inmediación / Oralidad

La oralidad por sí sola

no asegura ningún resultado

si no se logra una efectiva inmediación

Juez-partes-abogados-prueba

(30)

Buena fe y lealtad procesal en el COGEP.

Presentación de demanda y contestación con prueba Admisión de hechos por rebeldía del demandado

Admisión de hechos por contestación evasiva o negativa Publicidad del proceso

Efecto no suspensivo de los incidentes y recursos Efecto no suspensivo y diferido de apelaciones

Adecuada articulación con otros instrumentos procesales (medidas cautelares, amparo, etc.)

Adecuado régimen de contralor de actuación en audiencias

Garantías efectivas

(31)

Técnicas de litigación

Son herramientas analíticas y argumentativas para actuar en las audiencias.

Implican un conjunto de destrezas y habilidades.

Constituyen una “disciplina”, no el producto de la intuición o de

“condiciones naturales”.

Obligan a asumir la capacitación como entrenamiento. La “capacitación como el fútbol”.

Entendiendo a la “oralidad” como “proceso de trabajo” y “metodología central” del nuevo modelo

Necesidad Básica

(32)

En el procedimiento oral NO existe espacio para

la falta de preparación de

jueces y abogados defensores.

(33)

¡LOS CASOS SE PIERDEN!

Y se pierden ante los ojos de todo el mundo

Si los abogados no están preparados:

(34)

Comunicación de la teoría No importa que tan bueno o significativo sea el mensaje, si el mensajero es malo.

Se trata de persuadir al Juzgador de que

nuestra posición es la correcta y la inter-

pretación de la ley la más adecuada y justa.

(35)

Expediente vs. Audiencias

Escrito

Culto al expediente

Lo que no existe en el expediente no existe en el mundo

El Juez falla a partir de lo que consta en el expediente

Oral (exige destrezas) Sistema de audiencias

Cualquier decisión debe tomarse a

partir de lo expuesto por las partes

El Juez debe fallar de acuerdo a lo

ocurrido en la audiencia

(36)

Procedimientos orales

Decisiones tomadas directamente por los jueces en base a lo visto en las audiencias.

La audiencia es la metodología de incorporación de información relevante Necesidad de un debate genuino para incorporar información de calidad.

La información de calidad garantiza la corrección en la forma de toma de decisiones

La efectividad del sistema reside en la capacidad de realizar audiencias

en forma exitosa .

(37)

Esta metodología opera sobre la base de reunir a los actores involucrados y permitir que en presencia de ellos se genere un intercambio verbal y depuración de informa- ción relevante para la decisión que se discute.

Sistema de Audiencias Ideas centrales

SISTEMA ORAL

(Al servicio de los derechos)

Es una metodología para tomar decisiones judiciales relevantes

Litigar: proveer al juez de un relato verosímil que fundamente una decisión a nuestro favor.

FUNDAMENTO de la oralidad: Defensa de los DERECHOS de las personas. Eficiencia en la respuesta estatal, publicidad de la resolución judicial y abandono de la arbitrariedad

Es una metodología para entregar información determinante de parte de quienes solicitan o se oponen a una decisión que debe tomar un juez

Abandono de la metodología del expediente

(38)

Rol del abogado en el proceso civil

De la defensa tradicional a la defensa estratégica

De insistir/resistir de la demanda a solucionar el conflicto De plantear nulidades a buscar acuerdos

De litigar y recurrir a participar en la decisión De escribir y responder a litigar/ tinta a saliva De no escuchar a conversar con la contraparte De patrocinar a negociar/mediar

Importantes roles para fortalecer la justicia

La Defensa

(39)

El abogado defensor ante el juez:

Persuadir Requiere

Actuar con ética, conocimiento, técnica

y dinamismo.

Los hechos, la Ley y la prueba La capacidad de persuasión está ligada a la credibilidad de la persona

que transmite la información.

narrar y persuadir

(40)

Lección aprendida

La forma de ofrecimiento

y práctica es clave para obtener

prueba de buena calidad

(41)

Desafío

El proceso por audiencias

cambia la forma de ejercer la abogacía y el rol de las partes

Es necesario un cambio de mentalidad

(42)

Rol de las partes y abogados

Intervención activa y personal, salvo motivos fundados Deber de veracidad

Rol de las partes

Deber de veracidad Actuación proactiva

Control y calidad de la prueba Buena fe y lealtad

Colaboración probatoria

Rol de los abogados

(43)

El abogado en el proceso por audiencias

Tendencia generalizada:

obligatoriedad

Algunas excepeciones

Asistencia letrada

Conciliación Saneamiento Contralor prueba Interrogatorios Alegaciones Recursos

Carencias en capacitación

Teoría del caso Técnicas y destrezas en audiencia

Desafío de Universidades

Cambio de mentalidad Enfoque innovador Trabajo en equipo Cobertura de múltiples audiencias

Rol muy frecuente Responsabilidad responsabilidad

Abogado

representante Forma de

trabajo

Rol clave en audiencias

Elaboración: Santiago Pereira

(44)

Legitimación procesal

Representación por defensor público: por indefensión o condición económica, social o cultural, no puede contratar los servicios de una defensa legal privada, para la protección de sus derechos, recu- rrirá a la Defensoría Pública (Art. 36): maximiza protección y permite focalización de política

defensorial.

Representación de la naturaleza: cualquier persona, colectivo o el Defensor del Pueblo (Art. 38):

maximiza acción popular para defensa de la naturaleza.

Litis consorcio: Dos o más personas pueden litigar en un mismo proceso en forma conjunta, activa o pasivamente: conexidad de pretensiones por su causa u objeto; o la sentencia que se expida con respecto a una podría afectar a la otra (Art. 51): abre posibilidad de acciones de clase.

Avances

(45)

Defensa pública: derecho o imposición

Sistema exige una defensa activa

Designaciones oficiosas de defensa pública

¿Quién es el verdadero titular de ese derecho?

Reales alcances de la obligación del estado de proveer de defensa

Defensa pública como mecanismo para garantizar el acceso a la justicia y para concreción de derechos

Universalidad, igualdad. Disparidad de perfiles = indefensión económica

Principal protagonista: el usuario. Fin: no aumentar la brecha de desigualdades

(46)

Retos de la Defensoría Pública

Fortalecer el litigio estratégico para la defensa de los más pobres y la naturaleza.

Promover las acciones de clase por el litis consorcio para favorecer el litigio social.

Legitimación procesal

(47)

Retos de la Defensoría Pública

Capacitar al personal sobre técnicas de oralidad en los procesos no penales.

Dictar instructivos y políticas de defensa oral no penal.

Delinear estrategias de defensa oral no penal.

Las audiencias

(48)

Retos de la Defensoría Pública

Capacitar al personal sobre técnicas de examen y con- traexamen en los procesos no penales.

Dictar instructivos y políticas de estrategias de prueba no penal.

Las pruebas

(49)

Retos de la Defensoría Pública

Focalizar su uso a los problemas cotidianos de los más pobres.

Focalizar su uso a los problemas cotidianos de los grupos de aten- ción prioritaria.

Capacitar al personal en estos procedimientos, con el fin de que su uso se generalice y que los otros procesos sean la excepción.

Procesos novedosos

(50)

Lección aprendida

No hay cambio posible sin un plan sistémico de capacitación

Modelo de capacitación

Preparación del curso Capacitación práctica Lecturas previas

Lectura de casos Información previa

Talleres

Casos de estudio Aplicación práctica

(51)

El Desafío de la capacitación en la

implementación de la Reforma a la Justicia Civil

Contenido

Nuevo enfoque sistémico

Nuevo sistema legal procesal Redefinición de roles

Nuevas habilidades Estudiantes

Abogados Jueces

Funcionarios Usuarios

Distintos ámbitos

El cambio de mentalidad (sustitución de estructuras mentales:

del proceso escrito al proceso por audiencias)

(52)

El gran desafío de la justicia civil

Compromiso Contralor

Capacitación Incentivos Gestión

Interacción

Adhesión Conocimiento

participación

(53)

Revista Institucional de la Defensoría Pública del Ecuador

www.defensayjusticia.gob.ec

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