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Propuesta de implementación de las normas de información financiera del grupo 3, contabilidad simplificada, en la librería y material didáctico el Monachito s a s

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Academic year: 2020

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(1)PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA DEL GRUPO 3, CONTABILIDAD SIMPLIFICADA, EN LA LIBRERÍA Y MATERIAL DIDÁCTICO EL MONACHITO S.A.S.. BLANCA CECILIA CALA AFANADOR LEIDYS MARIAM HERNÁNDEZ FLÓREZ CRISTIAN ANDRÉS HERNÁNDEZ SEVILLANO. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA BARRANCABERMEJA 2017.

(2) PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA DEL GRUPO 3, CONTABILIDAD SIMPLIFICADA, EN LA LIBRERÍA Y MATERIAL DIDÁCTICO EL MONACHITO S.A.S.. BLANCA CECILIA CALA AFANADOR LEIDYS MARIAM HERNÁNDEZ FLÓREZ CRISTIAN ANDRÉS HERNÁNDEZ SEVILLANO. Trabajo de grado presentado como requisito para optar al título de Contador Público. Asesor Olga Lucia Salcedo Ardila Especialista en Finanzas. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA BARRANCABERMEJA 2017.

(3) Nota de aceptación: ________________________________ ________________________________ ________________________________ ________________________________ ________________________________ ________________________________. ________________________________ Firma del presidente del jurado. ________________________________ Firma del jurado. ________________________________ Firma del jurado. Barrancabermeja, febrero 16 de 2017.

(4) DEDICATORIA. A mi Dios, padre todo poderoso por darme la vida, llenarme de sabiduría y entendimiento y poder cumplir con esta meta tan esperada. A mi esposo Alfonso Acosta Viña que de una u otra forma con su esfuerzo me apoyo y me motivo para salir adelante con este propósito y con la ilusión de verme convertida en una persona de provecho. . A mis hijos que es una bendición de Dios y son el tesoro más valioso, porque me dan las fuerzas y ganas de salir adelante y poder cumplir con todas mis metas. A todos los docentes, por sus aportes, orientación y comprensión.. BLANCA CECILIA CALA AFANADOR.

(5) DEDICATORIA. A Dios, ya que gracias a él he alcanzado un nuevo logro más en mi vida. A mis Padres, a quienes les estoy infinitamente agradecido por su apoyo constante e incondicional. A mis hermanos, por cada uno de sus consejos. A mis Amigos y Compañeros y todos aquellos que de una u otra manera han contribuido para ser, este logro posible.. LEIDYS MARIAM HERNÁNDEZ FLÓREZ.

(6) DEDICATORIA. En este proceso tan importante para mi vida agradezco primeramente a Dios por haberme dado la sabiduría en los momentos más difíciles de mi carrera, por permitirme iniciar y terminar todos mis semestres de estudio. A mis padres, por el apoyo y la confianza que me han brindado, por ese gran esfuerzo que ha hecho de mí, una gran persona. A mis familiares, quienes me han brindado todo su apoyo incondicional durante estos años de alegrías, tristezas y dificultades, por su comprensión durante mis ausencias por tener que asistir a mis clases. A todos mis docentes quienes compartieron conmigo su conocimientos y experiencias.. CRISTIAN ANDRÉS HERNÁNDEZ SEVILLANO.

(7) AGRADECIMIENTOS. Los autores expresan sus agradecimientos:. A Dios, por bendecirnos en todo momento, en ser nuestra guía para llegar a este sueño. A nuestras familias, por ser nuestro apoyo incondicional y motivo de superación profesional. Al colectivo docente del programa de Contaduría Pública de la Universidad Cooperativa de Colombia, por brindarnos todo su conocimiento y así alcanzar este sueño de todos. A todas aquellas otras personas que de alguna forma hicieron parte de este gran proyecto..

(8) CONTENIDO. pág.. INTRODUCCIÓN. 23. 1. OBJETIVOS 1.1 OBJETIVO GENERAL 1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 25 25 25. 2. PLANTEAMENTO DEL PROBLEMA 2.1 DEFINICIÓN DEL PROBLEMA 2.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. 26 26 26. 3. JUSTIFICACIÓN. 27. 4. MARCO DE REFERENCIA 4.1 MARCO TEÓRICO 4.1.1 Antecedentes de las NIIF/IFRS 4.1.2 Evolución de las NIIF en Colombia 4.1.3 Microempresa 4.1.4 Estadísticas 4.1.5 Valor agregado para las empresas del grupo 3 que inician la aplicación de las Normas de Información Financiera 4.2 MARCO CONCEPTUAL 4.2.1 Las NIIF o NIF 4.2.2 El beneficio de Adoptar NIIF 4.2.3 Cronograma de aplicación de las NIF para microempresas (Grupo 3) 4.2.4 Estas son las primeras directrices en NIF para Microempresas en Colombia 4.2.5 Pasos para la implementación de las Normas de Información Financieras 4.2.6 Requisitos para ser considerado microempresa 4.2.7 Preparación de las entidades que conforman el grupo 3 en el periodo de transición 4.2.8 Información que deben reportar las entidades que conforman el grupo 3 a supersolidaria 4.2.9 Información financiera reportada con corte a 31 de diciembre de 2014 4.2.10 El Reconocimiento 4.2.11 La Medición 4.2.12 Deterioro y Valor Recuperable 4.2.13 Reversión 4.2.14 Políticas contables. 28 28 28 28 29 29 30 32 32 32 33 34 34 34 34 35 35 35 35 36 36 36.

(9) 4.2.15 Las Revelaciones 4.2.16 Juego Completo de Estados Financieros 4.3 MARCO LEGAL 4.3.1 Ley 1314 del 13 de Julio 2009 4.3.1.1 Objetivos de la Ley 1314 de 2009 4.3.1.2 Ámbito de Aplicación 4.3.1.3 Grupos bajo las NIIF en Colombia 4.3.2 Decreto 2706 del 27 de diciembre de 2012 4.3.2.1 Objetivos de esta norma 4.3.2.2 Cronograma de Aplicación del Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las microempresas 4.3.2.3 Marco Legal del Decreto 2706 de 2012 4.3.3 Decreto 3019 del 27 de Diciembre 2013 4.3.4 Circular Externa 115-000003 De 14 De Marzo De 2013 Superintendencia De Sociedades. 36 37 37 37 37 37 38 38 39 39. 5. DISEÑO METODOLÓGICO 5.1 TIPO DE ESTUDIO 5.2 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN5.3 TÉCNICAS PARA LA RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN 5.4 CRONOGRAMA. 43 43 43. 6. DESARROLLO DEL PROYECTO 6.1 CONOCIMIENTO DEL NEGOCIO 6.1.2 Información Básica 6.1.3 Actividad Comercial 6.1.4 Objeto social 6.1.5 Capital 6.1.6 responsabilidades, calidades y atributos tributarios 6.2 ANÁLISIS DE LA ENTIDAD 6.2.1 Diagnóstico 6.2.1.1 Diagnóstico Inicial de la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S 6.2.2 Clasificación De La Liberaría Y Material Didáctico El Monachito S.A. 6.2.3 Charla De Sensibilización Sobre Sobre El Decreto 2706 De 2012, E Importancia De Las Normas De Información Financiera En Colombia 6.2.4 Tratamiento de las Operaciones Contables en la Empresa Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S.. 45 45 45 45 45 46 46 46 46 46. 7. POLÍTICAS CONTABLES BAJO NIIF – NIC DE LA LIBRERÍA Y MATERIAL DIDÁCTICO EL MONACHITO S.A.S. 7.1 DETERMINACIÓN DE LAS POLÍTICAS CONTABLES 7.2 OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 7.3 DIFERENCIA ENTRE POLÍTICA CONTABLE Y POLÍTICAS NIIF – NIC. 51. 40 40 41. 44. 47 49 50. 51 51 51.

(10) 7.4 CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES 7.5 TRANSICIÓN A LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIF 7.6 UNIDAD DE MEDIDA 7.7 PERIODO CONTABLE 7.8 ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA. 52 52 52 52 53. 8. ACTIVOS CORRIENTES 8.1 EFECTIVO O EQUIVALENTE AL EFECTIVO 8.2 INVERSIONES 8.3 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO 8.4 CUENTAS POR COBRAR 8.5 CLIENTES 8.6 INVENTARIOS. 54 54 58 59 59 61 62. 9. ACTIVO NO CORRIENTE 9.1 PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO. 54 54. 10. PASIVOS CORRIENTES 10.1 OBLIGACIONES FINANCIERAS Y CUENTAS POR PAGAR 10.2 OTROS PASIVOS 10.2.1 Impuesto sobre las Ventas por Pagar 10.2.2 Retención en la Fuente. 10.2.3 Obligaciones Laborales. 67 67 69 69 70 70. 11. PATRIMONIO 11.1 CAPITAL 11.2 RESULTADOS DEL EJERCICIO 11.3 RESERVAS OBLIGATORIAS 11.4 RESERVA LEGAL. 71 71 71 72 73. 12. INGRESOS. 74. 13. GASTOS. 75. 14. RECLASIFICACIONES Y AJUSTES DEL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA. 76. 15. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA A 1 DE ENERO DE 2016 DE LA EMPRESA LIBRERÍA Y MATERIAL DIDÁCTICO EL MONACHITO SAS.. 82. 16. CONCLUSIONES. 89.

(11) 17. RECOMENDACIONES. 91. BIBLIOGRAFÍA. 92. ANEXOS. 94.

(12) LISTA DE TABLAS. pág.. Tabla 1. Marco Legal Del Decreto 2706 De 2012. 34. Tabla 2. Cronograma. 38. Tabla 3. Vida útil de los activos. 59. Tabla 4. Efectivo y Equivalente de Efectivo. 70. Tabla 5. Ajuste en Bancos. 71. Tabla 6. Ajuste del rubro intangible. 71. Tabla 7. Ajuste Equipo de computación y comunicación. 72. Tabla 8. Ajuste del rubro Equipos de Oficina. 72. Tabla 9. Activos llevados al gasto. 73. Tabla 10. Reclasificación Maquinaria y Equipo. 73. Tabla 11. Hoja de trabajo. 74. Tabla 12. Estado de Situación Financiera de Apertura Tabla 13. Saldo a la fecha de apertura. 75 77. Tabla 14. Saldo de apertura certificado. 78. Tabla 15. Inventarios. 78. Tabla 16. Intangibles. 78. Tabla 17. Propiedad Planta y Equipo. 79. Tabla 18. Inventario Propiedad Planta y Equipo. 79. Tabla 19. Cuentas por pagar. 80. Tabla 20. Resultado del ejercicio. 80. Tabla 21. Resultados acumulados. 82.

(13) LISTA DE FIGURAS. pág.. Figura 1. Participación de las microempresas en el total de las empresas. 23. Figura 2. Distribución porcentual de los micronegocios según naturaleza jurídica Total Nacional 2015 Figura 3. Grupo bajo las NIIF en Colombia. 24. Figura 4. Cronograma de Aplicación. 33. 32.

(14) LISTA DE ANEXOS. pág.. Anexo 1. Entrevista con el Representante Legal de la Empresa y Regsitro Fotográfico de la Visita Realizada.. 94. Anexo 2. Encuesta No. 1, diagnóstico inicial de la situación actual de la Librería y Material Didáctico El Monachito.. 95. Anexo 3. Encuesta No. 2, para clasificarse en uno de los grupos establecidos en los Decretos 2784 de 2012, 3022 de 2013 y 2706 de 2012 para la aplicación de las NIIF, NIIF para PYMES o Contabilidad simplificada.. 96. Anexo 4. Charla de Sensibilización sobre las Normas de Información Financiera en Colombia, MARCO NORMATIVO LEY 1314 DE 2009 Y DECRETO 2706 DE 2012. 98. Anexo 5. Encuesta No.3, realizada al Representante legal de la Empresa para conocer los procedimientos al registrar las transacciones y la manera en que se ejecutan los procesos.. 99. Anexo 6. Balance general a 31 de Diciembre de 2015 101 Anexo 7. Inventario Propiedad Planta y Equipo 102 Anexo 8. Tabla de Depreciación 103.

(15) GLOSARIO. ACTIVO: un activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos. ACTIVO FIJO: no son líquidos debido a que se necesitan para el funcionamiento del negocio en forma permanente, tales como oficinas, maquinaria, vehículos, etc. ACTIVO FINANCIERO: cualquier título de Contenido patrimonial, crediticio o representativo de mercancías. ACTIVOS CORRIENTES: son activos susceptibles de convertirse en dinero en un futuro próximo, tales como las cuentas por cobrar o los inventarios. ACTIVOS INTANGIBLES: son los que no tienen una existencia tangible, tales como los gastos de constitución de una empresa, su imagen, etc. AGENTE DE RETENCIÓN: son las personas que realizan el pago o abono en cuenta y a quienes la ley ha otorgado tal calidad sin importar si son contribuyentes o no en el impuesto sobre la renta. AJUSTE CONTABLE: acción y efecto de ajustar. Cambio en la contabilidad o cuenta, aumentando o disminuyendo una cifra a su valor real. Ejemplo: en un recibo de pago el contribuyente se equivoca al escribir el NIT; debe entonces corregirse el error para que el dinero realmente ingrese a su cuenta. AMORTIZACIÓN: distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil. AÑO FISCAL: período de tiempo en el que están basadas todas las cuentas del sector público de una nación. En nuestro país se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre. AÑO O PERÍODO GRAVABLE: es el mismo año calendario que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre, pero puede comprender lapsos menores aplicables en los siguientes casos: a sociedades que se constituyan o liquiden dentro del año y a extranjeros que lleguen al país o se ausenten de él durante el respectivo año gravable..

(16) BALANCE GENERAL: denominado también "Estado de situación financiera"; es un documento que muestra el valor y naturaleza de los recursos económicos de una empresa así como los intereses conexos de los acreedores y la participación de los dueños en una fecha determinada. BAJA EN CUENTAS: la supresión de un activo o un pasivo previamente reconocido en el estado de situación financiera. CAJA: fondos en dinero, cheques y comprobantes de pago con tarjeta de crédito, en moneda nacional o extranjera, de disponibilidad inmediata. CAJA MENOR: fondo fijo establecido en efectivo a cargo de un empleado con el fin de realizar pagos de menor cuantía. CAPITAL: es la suma de todos los recursos, bienes y valores movilizados para la constitución y puesta en marcha de una empresa. Es su razón económica. Cantidad invertida en una empresa por los propietarios, socios o accionistas. CARTERA MOROSA: conjunto de créditos a favor del Estado que no han sido pagados a la fecha de su vencimiento. CAUSACIÓN: momento específico en que surge o se configura la obligación. Ejemplo: contablemente los costos y gastos se causan siempre que nace la obligación de pagarlos, así no se paguen en el mismo momento. Ejemplo: cuando se vende la mercancía se causa el IVA aunque éste se pague posteriormente. CONTABILIDAD: es un sistema de información basado en el registro, clasificación, medición y resumen de cifras significativas que, expresadas básicamente en términos monetarios, muestran el estado de las operaciones y transacciones realizadas. Arte de registrar, clasificar, resumir, e interpretar los datos financieros, con el fin de que estos sirvan a los diferentes estamentos interesados en las operaciones de una empresa. COSTO: es un gasto, erogación o desembolso, en dinero o especie, acciones de capital o servicios, hecho a cambio de recibir un activo. El efecto tributario del término costo (o gasto) es el de disminuir los ingresos para obtener la renta. COSTO HISTÓRICO: es la base de medición según la cual los activos se registran por el importe de efectivo y otras partidas pagadas, o bien por el valor razonable de la contrapartida entregada en el momento de su adquisición. DEPRECIACIÓN: distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil. DEUDA: obligación que tiene una persona natural o jurídica, respecto a otra, de dar, hacer o no hacer alguna cosa..

(17) DEUDAS DE DIFÍCIL COBRO: cuenta que representa el valor de las deudas a favor del ente público sobre las cuentas que hayan cumplido los plazos establecidos y su cancelación o castigo sólo procede una vez se hayan agotado las gestiones de cobro pertinentes. ESTADO DE RESULTADOS: estado financiero que presenta todas las partidas de ingreso y gasto reconocidas en un periodo sobre el que se informa, excluyendo las partidas de otro resultado integral. ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA: estado financiero que presenta la relación entre los activos, los pasivos y el patrimonio de una entidad en una fecha específica (también denominado balance). ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA ESFA: es el estado en el que por primera vez se medirán de acuerdo con los nuevos estándares los activos, pasivos y patrimonio de las entidades afectadas. Su fecha de corte es la fecha de transición. FACTURA: documento que el vendedor entrega al comprador, detallando las mercancías vendidas o los servicios prestados, indicando la naturaleza de cada uno de ellos, calidad, cantidad, precio, condiciones, etc. FALTANTE DE CAJA: menor valor de las cantidades reales encontradas en la dependencia encargada del manejo de fondos, comparadas con aquellas que aparecen en los registros contables. FALTANTE DE INVENTARIO: menor valor de las cantidades reales de existencias materiales comprendidas en el activo, comparadas con el que aparece en los registros contables. GANANCIA: incrementos en beneficios económicos y como tales, no diferentes en su naturaleza de los ingresos ordinarios. GASTOS: son los decrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable. INGRESO: incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable. INTANGIBLES: bienes inmateriales adquiridos o desarrollados por el ente público, con el fin de facilitar, mejorar o tecnificar sus operaciones, susceptibles de ser valorados en términos económicos..

(18) INVERSIÓN: parte del ingreso o el gasto nacional destinado a la producción de bienes de capital en un espacio de tiempo dado. LEY: es una declaración de la voluntad soberana, dictada por el Congreso de la República, por medio de la cual se ordena, permite o prohíbe una cosa. Debe ser sancionada por el Presidente de la República. LIBROS AUXILIARES DE CONTABILIDAD: documentos que contienen el detalle de los registros contables necesarios para el control de las operaciones, elaborados con base en los comprobantes de contabilidad o en los documentos soporte. LÍNEA RECTA: método de depreciación por el cual se determina una alícuota periódica constante para registrarla como gasto durante la vida útil del activo. Se aplica cuando el activo es utilizado de manera regular y uniforme en cada período. LÍQUIDEZ: es la mayor o menor facilidad que tiene el tenedor de un título o un activo para transformarlo en dinero en cualquier momento. MEDICIÓN: proceso de determinación de los importes monetarios por los que se reconocen y registran los elementos de los estados financieros en el estado de situación financiera y el estado del resultado integral. MICROEMPRESA: se clasifica como microempresa aquella una unidad económica que tiene activos totales hasta de 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes y menos de 10 empleados. (Según la ley 590 de julio 10 de 2000, modificada por la Ley 905 de 2004. NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF): normas adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Comprenden: (a) las Normas Internacionales de Información Financiera; (b) las Normas Internacionales de Contabilidad; y (c) las Interpretaciones desarrolladas por el Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) o el antiguo Comité de Interpretaciones (SIC). NOTA CRÉDITO: documento que expresa un abono en la cuenta de un tercero y el concepto respectivo. NOTA DÉBITO: documento que expresa un cargo en la cuenta de un tercero y el concepto respectivo..

(19) NOTA DE CONTABILIDAD: documento movimientos en la contabilidad.. interno. utilizado. para. respaldar. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS: las notas contienen información adicional a la presentada en el estado de situación financiera, estado del resultado integral, estado de resultados (si se presenta), estado de resultados y ganancias acumuladas combinado (si se presenta), estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo. Las notas suministran descripciones narrativas o desagregaciones de partidas presentadas en esos estados e información sobre partidas que no cumplen las condiciones para ser reconocidas en ellos. PASIVO: una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos. PATRIMONIO: participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. PEQUEÑAS Y MEDIANAS ENTIDADES: entidades que: (a) no tienen obligación pública de rendir cuentas; y (b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. PÉRDIDA POR DETERIODO DE VALOR: la cantidad en que el importe en libros de un activo excede: (a) en el caso de los inventarios, su precio de venta menos los costos de terminación y venta; o (b) en el caso de otros activos no financieros, su valor razonable menos los costos de venta. PERIODO SOBRE EL QUE SE INFORMA: el periodo cubierto por los estados financieros o por un informe financiero intermedio. POLÍTICA CONTABLE: los principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar estados financieros. PRESENTACIÓN RAZONABLE: la representación fiel de los efectos de las transacciones, así como de otros eventos y condiciones, de acuerdo con las definiciones y los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos. PRÉSTAMOS POR PAGAR: pasivos financieros diferentes de las cuentas comerciales por pagar a corto plazo en condiciones normales de crédito..

(20) PRESUPUESTO: cálculo o estudio anticipado de los ingresos probables y del nivel a que podrían llegar los egresos o gastos que con cargo a ellos deben efectuarse dentro de un período determinado y que generalmente es de un año. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPOS: son activos tangibles que posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y se esperan usar durante más de un periodo. PROVISIÓN: pasivo cuya cuantía o vencimiento es incierto. PROVISIÓN PARA DEUDORES. (CR): valor estimado de las contingencias de pérdidas generadas en los deudores, como resultado del riesgo de cobrabilidad, de acuerdo con el análisis general o individual, de las cuentas que conforman el grupo de deudores. RECONOCIMIENTO: proceso de incorporación, en el estado de situación financiera o en el estado del resultado integral de una partida que cumpla la definición de un elemento y que satisfaga los siguientes criterios: (a) que sea probable que cualquier beneficio económico asociado con la partida llegue a, o salga de la entidad, y (b) que la partida tenga un costo o un valor que pueda ser medido con fiabilidad. RENDIMIENTO: la relación entre ingresos y los gastos de una entidad, según la información contenida en el estado del resultado integral. RESULTADO DEL PERIODO: total de ingresos menos gastos, excluyendo los componentes de otro resultado integral. UTILIDAD O PÉRDIDA DEL EJERCICIO: se obtiene de sustraer el impuesto a la renta del resultado. VALOR EN USO: el valor presente de los flujos futuros estimados de efectivo que se espera obtener de un activo o unidad generadora de efectivo. VALOR PRESENTE: una estimación actual del valor descontado presente de las futuras entradas netas de flujos de efectivo en el curso normal de las operaciones. VALOR RAZONABLE: el importe por el cual puede intercambiarse un activo, cancelarse un pasivo o intercambiarse un instrumento de patrimonio concedido, entre partes interesadas y debidamente informadas que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua. VIDA ÚTIL: la vida útil de un activo es el periodo durante el cual se espera que un activo éste disponible para su uso por una entidad o el número de unidades de.

(21) producción o unidades similares que se espera obtener del activo por parte de una entidad..

(22) RESUMEN. Con base en lo dispuesto en el Decreto 2706 del 2012 reglamentario de la ley 1314 de 2009, que establece el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas del grupo 3, se realizará la propuesta de implementación de esta norma en la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., la cual está obligada a llevar contabilidad simplificada por pertenecer a este grupo.. Esta propuesta de implementación iniciará con la realización de un diagnóstico para determinar el estado de la empresa frente al nuevo marco normativo, para ello se realizará una encuesta al representante legal y una charla de sensibilización sobre las normas de información financiera dirigida a todo el personal de la empresa. Seguidamente se procederá con la elaboración de las políticas contables conforme a las directrices que conforman el marco técnico de contabilidad para las microempresas, se realizaran los ajustes y reclasificaciones de tipo contable originados en la aplicación del nuevo marco normativo (Decreto 2706 de 2012), teniendo en cuenta el Balance General con saldo a 31 de Diciembre de 2015. Como resultado se obtendrá el Estado de Situación Financiera de Apertura.. Palabras Clave: NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA, DECRETO 2706 DE 2012, MICROEMPRESAS, POLÍTICAS CONTABLES..

(23) ABSTRACT. Based on the provisions of Decree 2706 of the 2012 regulations of Law 1314 of 2009, which establishes the technical regulatory framework for financial information for micro-enterprises in group 3, the proposal for implementation of this standard will be made in the Library and Teaching Material The Monachito SAS, which is required to keep simplified accounting for belonging to this group.. This proposal of implementation will begin with the realization of a diagnosis to determine the state of the company in front of the new normative framework, for it will be carried out a survey to the legal representative and a talk of sensitization on the norms of financial information directed to all the personnel of the company. The accounting adjustments and reclassifications arising from the application of the new regulatory framework (Decree 2706 of 2012) will then be carried out, taking into account the Balance Sheet with balance as of December 31, 2015. As a result, the State will obtain Of Opening Financial Situation and finalized with the preparation of the accounting policies in accordance with the guidelines that form the technical framework of accounting for microenterprises.. Key Words: FINANCIAL INFORMATION STANDARDS, DECREE 2706 OF 2012, MICROENTERPRISE, ACCOUNTING POLICIES..

(24) INTRODUCCIÓN. Las normas internacionales de información financiera NIIF, también conocidas por sus siglas en inglés como (IFRS), International Financial Reporting Standard, son normas contables adoptadas por el IASB - International Accounting Standards Board (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad), que buscan crear un marco normativo global uniforme en respuesta a la necesidad de los mercados de capitales de contar con un lenguaje financiero común, producto de la globalización de los mercados y la internacionalización de la economía.. El objetivo de las NIIF es mejorar la transparencia y comparabilidad de la información financiera a nivel global, mediante un lenguaje común, que permita que los estados financieros de una compañía puedan ser interpretados en cualquier país del mundo que haya adoptado dichos estándares.. Colombia por ser un país que vive un período de creciente apertura de mercados, se ha visto en la necesidad de adoptar las Normas Internacionales de Información financiera (NIIF), por lo que a mediados de julio de 2009, el Congreso de la República emitió la Ley 1314, con el fin de regular los principios y normas de contabilidad e información financiera y las Normas de Aseguramiento de Información aplicables en Colombia. Con esta Ley, el Gobierno Nacional, conforma un sistema único y homogéneo de alta calidad con el fin de mejorar la productividad, la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial, de las personas naturales y jurídicas.. Posteriormente se promulgaron los decretos reglamentarios de dicha ley, teniendo en cuenta la clasificación que se dio en Colombia a las empresas. Con la expedición del decreto 2706 de 2012, se crea el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas pertenecientes al grupo 3, cuyo objetivo es presentar las directrices que deben ser consideradas al momento de elaborar y presentar los estados financieros de propósito general, que le permita a los usuarios de la información tener una visión de la situación financiera y de su desempeño.. Por lo expuesto anteriormente, el presente trabajo tiene como propósito presentar una propuesta de implementación de las normas de información financiera en la empresa Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., perteneciente al grupo 3 de las microempresas, estableciendo el año 2015 como periodo de transición al nuevo estándar y como fecha designada para la realización de los estados financieros de apertura. 23.

(25) Para la aplicación correcta del nuevo marco normativo, se deben establecer las políticas contables o principios específicos requeridos para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los estados financieros, que den cuenta de la realidad económica de la entidad y que sirvan de apoyo a la toma de decisiones por parte de la gerencia.. 24.

(26) 1. OBJETIVOS. 1.1 OBJETIVO GENERAL. Propuesta para la Implementación de las Normas de Información Financiera en la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., en cumplimiento del decreto 2706 de 2012.. 1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Elaborar las políticas contables aplicadas a la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., de acuerdo al Decreto 2706 de 2012 reglamentario de la Ley 1314 de 2009.. Realizar los ajustes y reclasificación de las cuentas de la vigencia 2015, dando inicio al periodo de transición a las Normas de Información Financiera.. Elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura ESFA., a 01 de enero de 2016; partiendo del Balance General a 31 de diciembre de 2015.. 25.

(27) 2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. 2.1 DEFINICIÓN DEL PROBLEMA. De conformidad con lo previsto en la Ley 1314 de 2009, la cual dispone la convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera y aseguramiento de Información y en atención a las directrices contenidas en el Decreto 2706 del 27 de diciembre de 2012, se hace necesario que la administración de las sociedades catalogadas como microempresas, establezca un plan de implementación que deben seguir para la apropiada aplicación del marco normativo contenido en el citado decreto.. El nuevo marco normativo para las microempresas debió aplicarse en el periodo de transición (año 2014), y la aplicación de los nuevos estándares, incluyendo la contabilidad oficial, libros de comercio y presentación de estados financieros a partir del 1° de enero de 2015. Sin embargo muchas microempresas no han realizado la implementación de las nuevas normas de información financiera que rigen en Colombia.. La Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., hace parte del grupo de microempresas que no han dado cumplimiento a la adopción de este nuevo marco normativo. Su representante legal manifiesta que alguna de las razones por las cuales no ha hecho el proceso de conversión es por el desconocimiento de la Ley y por la falta de recursos económicos.. La Superintendencia de Sociedades aclara que es obligación de las microempresas cumplir con las disposiciones emitidas por los organismos que dictan las leyes, en este caso dar cumplimiento al numeral 3 del artículo 19 del código de comercio, el cual dice que todo comerciante debe llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.. 2.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. ¿Cómo realizar la propuesta de Implementación de las Normas de Información Financiera en la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., en cumplimiento del decreto 2706 de 2012?. 26.

(28) 3. JUSTIFICACIÓN. Con la entrada en vigencia de la ley 1314 de 2009 en Colombia, la cual regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, cuyo objetivo es la conformación de un sistema único y homogéneo de alta calidad con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas, a través de la aplicación de un marco técnico normativo de información financiera aplicado a los grupos 1 y 2, y considerando que el Consejo de Normas Internacionales de Colombia (IASB), no cuenta con una norma internacional para microempresas, el Estado decide crear un marco legal aplicable para las empresas ubicadas en el grupo 3, a través del Decreto 2706 de 2012, tomando como referente las NIIF para las PYMES, simplificando su contenido para facilitar el proceso de aplicación, que brinde información financiera útil para la toma de decisiones económicas por parte del Estado, los propietarios y empleados de las microempresas.. En la actualidad son muchas las microempresas que no han realizado el proceso de adopción a los nuevos estándares financieros. Algunas de las razones por las cuales no se ha implementado la norma, es por el desconocimiento de la Ley, falta de interés y recursos económicos.. La Implementación de las Normas de Información Financiera en la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., es de gran importancia dado que se cumplen con las disposiciones legales, se adquieren beneficios futuros como el mejoramiento de la competitividad, la transparencia de la información financiera, la cual es útil para la toma de decisiones de los propietarios y gerentes, así como la facilidad en el acceso al sistema financiero y oportunidades de inversión.. Con base en lo anterior, para iniciar con el proceso de adopción en la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., se realizó una visita de diagnóstico, aplicando una encuesta al representante legal donde se determinó el estado actual de la misma (Anexo 1.), adicional a ello se dictó una charla de sensibilización sobre el marco legal y la importancia de las normas de información financiera (Anexo 2.). De este proceso, se evidenció que el representante legal desconocía la Ley, por lo tanto no dio cumplimiento a las fechas estipuladas para realizar la convergencia al nuevo estándar.. Por las razones anteriormente expuestas, se hace necesario realizar el proceso de convergencia con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones de ley. 27.

(29) 4. MARCO DE REFERENCIA. 4.1 MARCO TEÓRICO. 4.1.1 Antecedentes de las NIIF/IFRS. Las Normas Internacionales de Información Financiera, representan una ventaja para los usuarios de la información financiera en la toma de decisiones, pues con la aplicación de una sola normatividad contable, se facilita la comparabilidad de la información financiera. Las NIIF se están convirtiendo en un lenguaje contable universal, de ahí la importancia de su implementación, pues en más de 100 países de la Unión Europea, América y Asia las han aplicado.. 4.1.2 Evolución de las NIIF en Colombia. Colombia reglamentó su contabilidad en el año 1993 y adaptó las NIC, normas internacionales de contabilidad vigentes en ese momento, creando una serie de parámetros que permitieran la comparabilidad, transparencia y calidad de la información contable. Aspecto que se observa en el Plan Único de Cuentas o PUC.. Con el fin de facilitar la inserción de Colombia en el comercio internacional, el Congreso de la República expide la Ley 550 de 1999, en donde estableció en su artículo 63, llamado armonización de las normas contables con los usos y reglas internacionales. Lo siguiente: Para efectos de garantizar la calidad, suficiencia y oportunidad de la información que se suministre a los asociados y a terceros, el Gobierno Nacional revisará las normas actuales en materia de contabilidad, auditoría, revisoría fiscal y divulgación de información, con el objeto de ajustarlas a los parámetros internacionales y proponer al Congreso las modificaciones pertinentes. (Congreso de la República, 1999).. En el año 2007, se presenta ante la Cámara de Representantes el proyecto de Ley 165, “por la cual el Estado Colombiano adopta las Normas Internacionales de Información Financiera para la presentación de informes contables”. Este no fue aprobado en su momento y tuvo varias modificaciones.. Finalmente el 13 de Julio de 2009 se emite la ley 1314 que se refiere a la convergencia con las normas internacionales de contabilidad y de información financiera. 28.

(30) 4.1.3 Microempresa. En Colombia, de acuerdo con la definición de la ley 590 de 2000 y la ley 905 de 2004 la microempresa es toda unidad de explotación económica realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicio, rural o urbana con planta de personal hasta 10 trabajadores y activos de menos de 501 salarios mínimos legales mensuales vigentes.. 4.1.4 Estadísticas. En la actualidad las microempresas desempeñan un papel importante en la economía Colombiana, ya que aportan al crecimiento, la generación de empleo y el mejoramiento de la posición competitiva del país.. De acuerdo al documento estadísticas de la microempresa en Colombia, el cual determina la participación de las microempresas en el total de las empresas del país en el año 2005, con los siguientes resultados:. Figura 1. Participación de las microempresas en el total de las empresas Fuente: CDM; Observatorio Colombia de la Microempresa, basado en cifras DANE. Según cifras del Dane, durante el año 2015, las Mipymes generan alrededor de 67% del empleo y aportan 28% del Producto Interno Bruto (PIB). (Revista Dinero, 2016).. 29.

(31) Julián Domínguez, presidente de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio (Confecámaras) afirma: No cabe duda sobre la importancia de las Pymes en nuestro país. Las micro, pequeñas y medianas empresas son fundamentales para el sistema productivo colombiano, como lo demuestra el hecho de que, según el Registro Único Empresarial y Social (Rues), en el país 94,7% de las empresas registradas son microempresas y 4,9% pequeñas y medianas. (Domínguez, 2016). Distribución porcentual de los micronegocios según naturaleza jurídica Total Nacional 2015. Figura 2. Distribución porcentual de los micronegocios según naturaleza jurídica Total Nacional 2015. Fuente: DANE – GEIH – Módulo de Micronegocios. 4.1.5 Valor agregado para las empresas del grupo 3 que inician la aplicación de las Normas de Información Financiera. Actualmente son pocas las microempresas que han iniciado el proceso de adopción de esta norma. La gran mayoría ha mostrado un desinterés, ya que lo ven como un costo adicional y muchos desconocen la obligatoriedad del caso.. Daniel Sarmiento Pavas, miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, asegura que hay una mala comprensión del alcance de la NIF para microempresas y que la norma es más sencilla que el Decreto 2649 de 1993, así que no implica ningún esfuerzo adicional para el contador. “El que piense así es porque no ha leído ni comprendido el estándar. Al contrario, la norma exonera de algunas obligaciones a las microempresas, con respecto a 30.

(32) las exigencias del Decreto 2649”, dice Sarmiento en entrevista con actualicese.com. (Sarmiento, 2015). Las microempresas están exoneradas de una importante cantidad de procedimientos exigidos para las entidades de los Grupos 1 y 2. Como lo asegura Sarmiento, no tienen contabilidad de valor presente; no están obligadas a utilizar la contabilidad de costos. Cuando aplique; no tienen que medir valores presentes; no tienen que calcular valores en uso de los activos; no tienen que calcular y registrar impuesto diferido y solo están obligadas a presentar dos estados financieros. “Considerando todo esto, no se ve dónde está el costo adicional ni la mayor complejidad”, dice. (Sarmiento, 2015).. La diferencia con respecto a las prácticas contables que traía el país, es que prima la esencia económica de las transacciones, pero este es un asunto de reconocimiento y no de medición, puesto que la medición es al costo histórico.. Waldo Maticorena, miembro del Comité de Traducción al español del IASB y Gerente General de IFRS Masters, dice que las empresas del Grupo 3, desafortunadamente tuvieron el mismo calendario que el Grupo 1 para aplicar la nueva normatividad. Sin embargo, asegura que a ellas no les aplica las NIF sino un conjunto de normas muy simples llamado Contabilidad Simplificada. “Para estas empresas la tarea más apremiante es estudiar, diseñar sus políticas y ajustar su software contable. La buena noticia es que la Contabilidad Simplificada es exactamente eso, muy simple”, agrega. (Maticorena, 2015) Maticorena asegura en entrevista con actualicese.com que el Gobierno ha actuado profesionalmente, primero porque ha dado las señales correctas de no postergar más la entrada en vigencia de las NIF. Además, planeación es lo que más ha habido, pues la Ley 1314 que introdujo las NIF a Colombia fue emitida en el año 2009 y la entrada en vigencia es el 1 de enero de 2015. “Ya llevamos 5 años de planeación”, dice. Lo que pasa en Colombia es que algunos empresarios no le vieron la importancia y algunos contadores se esperanzaron en que el gobierno vuelva a postergar la entrada en vigencia. Si comparamos con el Viejo Continente, la Comisión Europea anunció el requerimiento en junio del 2002 y las NIIF entraron en vigencia el 1 de enero de 2005 (comparativo con 2004). Es decir, el tiempo de preparación en Europa fue menos de la mitad del tiempo usado en Colombia, asegura. (Maticorena, 2015). 31.

(33) 4.2 MARCO CONCEPTUAL 4.2.1 Las NIIF o NIF. Las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son un conjunto de normas internacionales de contabilidad, publicadas por elIASB (International Accounting Standards Board).. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) propuso que estas normas fueran conocidas en Colombia como Normas de Información Financiera – NIF.. De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 1314 del 2009, las NIF son aquellas normas referentes a contabilidad e información financiera, que corresponde al sistema compuesto por postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales, normas técnicas sobre revelaciones, normas técnicas sobre registros y libros, interpretaciones y guías, que permiten identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones económicas de un ente, de forma clara y completa, relevante, digna de crédito y comparable. (Contable, 2015).. 4.2.2 El Beneficio de Adoptar NIIF. La adopción de las NIIF le permite a una empresa presentar sus estados financieros en las mismas condiciones que sus competidores extranjeros, lo que hace más fácil la comparación de la información financiera. Por otra parte, las empresas con filiales en los países que requieren o permiten las NIIF, pueden ser competentes en utilizar un lenguaje contable a escala mundial. (Contable, LEGIS, 2013). 4.2.3 Cronograma De Aplicación De Las NIF Para Microempresas (Grupo 3). El Decreto 2706 de 2012 se encargó de reglamentar el marco técnico normativo con respecto al proceso de implementación de NIF para las microempresas (Grupo 3), incluyendo dentro de este el cronograma de aplicación, el cual comprende las siguientes etapas:. 1) Periodo de preparación obligatoria: Comprendido entre el 1º de enero de 2013 y el 31 de diciembre del mismo año. Durante este periodo las microempresas deberán llevar a cabo actividades con el fin de llevar a buen término el proceso de convergencia. 32.

(34) 2) Fecha de transición: El 1º de enero de 2014 es la fecha en que deberá iniciarse la construcción del primer año de información financiera bajo NIF.. 3) Estado de situación financiera de apertura: Este deberá presentarse con fecha de corte de 1º de enero de 2014 y será el que muestre por primera vez los activos, pasivos y el patrimonio de la microempresa bajo la aplicación de las NIF.. 4) Periodo de transición: Comprendido entre el 1º de enero de 2014 y el 31 de diciembre del mismo año. Durante este año, deberá llevarse una contabilidad bajo el mandato de los Decreto 2649 y 2650 de 1993, pero a la vez un paralelo contable en base a NIF con el fin de permitir la construcción de información que pueda ser utilizada el siguiente año (2015) para fines comparativos.. 5) Últimos estados financieros bajo Decretos 2649 y 2650 de 1993: Con corte a 31 de diciembre de 2014.. 6) Fecha de aplicación: El 1º de enero de 2015 es la fecha en que se aplicarán de pleno y únicamente las NIF, desde la contabilidad oficial, libros de comercio y presentación de estados financieros.. 7) Primer periodo de aplicación: Comprendido entre el 1º de enero de 2015 y el 31 de diciembre del mismo año. 8) Fecha de reporte: Con corte a 31 de diciembre de 2015, fecha en la cual se deben presentar los primeros estados financieros comparativos bajo NIF. (Contable, LEGIS, 2013).. 4.2.4 Estas son las Primeras Directrices en NIF para Microempresas en Colombia. La Superintendencia de Sociedades ha dado las primeras instrucciones para lo que será el proceso de aplicación de las NIF en las microempresas mediante la expedición de la Circular 115 del 2013. Las microempresas están obligadas a aplicar el sistema de contabilidad simplificada, el cual está basado en las NIIF.. 4.2.5 Pasos para la implementación de las Normas de Información Financieras. Preparar un plan de implementación de la contabilidad simplificada dentro de la microempresa, para lo cual es importante: 33.

(35) 1) Designar un responsable del proceso de implementación.. 2) Establecer un cronograma con descripción de las actividades que se consideren necesarias para la implementación de la contabilidad simplificada.. Es importante recordar que la Superintendencia de Sociedades podrá solicitar este plan de implementación, facultado por el numeral 1º del artículo 3º del Decreto 2706.. 4.2.6 Requisitos para ser considerado microempresa. Aquellas que cuentan con una planta de personal no superior a 10 trabajadores.. Aquellas que posean activos totales por valor inferior a 500 salario mínimos mensuales legales vigentes, que para el caso del año 2013 equivalen a $ 294.750.000.. Aquellos pertenecientes al régimen simplificado (E.T., art. 499).. 4.2.7 Preparación De Las Entidades Que Conforman El Grupo 3 En El Periodo De Transición. Durante el periodo de transición (Año 2014) las entidades que conforman el Grupo 3, elaboraran a 1° de enero de 2014 el estado de situación financiera de apertura (ESFA), en el que por primera vez se miden los activos, pasivos y patrimonio con el nuevo marco normativo establecido en el Decreto 2706 de 2012, modificado por el Decreto 3019 de 2013.. Así mismo, entre el 1° de enero de 2014 y 31 de diciembre de 2014, las entidades llevaran la contabilidad para todos los efectos legales de acuerdo con los Decretos 2649 y 2650 de 1993, pero a su vez, un paralelo contable de acuerdo con los nuevos estándares contemplados en el marco normativo establecido en el Decreto 2706 de 2012, modificado por el Decreto 3019 de 2013.. 4.2.8 Información Que Deben Reportar Las Entidades Que Conforman El Grupo 3 A Supersolidaria. Las entidades que conforman el Grupo 3, reportaran a Supersolidaria el estado de situación financiera de apertura (ESFA) en diciembre de 2014, en cumplimiento de lo dispuesto en la Circular Externa No.012 de noviembre de 2014, mediante el uso del formato anexo a dicha circular enviado al correo electrónico habilitado para tal fin. 34.

(36) 4.2.9 Información Financiera Reportada Con Corte A 31 De Diciembre De 2014. En razón a que las entidades que conforman el Grupo 3 debieron realizar en el año 2014 un paralelo de la contabilidad bajo lo establecido en el Decreto 2649 de 1993 y la aplicación del nuevo marco técnico normativo establecido en el Decreto 2706 de 2012, modificado por el Decreto 3019 de 2013, esta Superintendencia ha determinado que es necesario el reporte de la información construida con los nuevos estándares durante el periodo de transición, esto es, año 2014, con el fin de que pueda ser comparable con la información que resulte de aplicar el nuevo marco normativo durante el periodo de aplicación, es decir, durante el año 2015.. 4.2.10 El Reconocimiento. Es incorporar en los estados financieros partidas que cumplan con la definición de Activo, Pasivo, Ingreso o Gasto y que satisface los siguientes criterios: . Es probable que cualquier beneficio económico futuro asociado con la partida llegue a, o salga de la entidad.. . La partida tiene un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad.. 4.2.11 La Medición. Es el proceso de determinación de los importes monetarios en los que una entidad mide los activos, pasivos, ingresos y gastos en sus estados financieros, involucra la selección de una base de medición.. 4.2.12 Deterioro y Valor Recuperable. Conforme al párrafo 2.34 del Decreto 2706 de 2012, al final de cada periodo sobre el que se informa, una microempresa evaluará si existe evidencia objetiva de deterioro o de recuperación del valor de los activos, de que trata esta norma. Cuando exista evidencia objetiva de deterioro del valor, la microempresa reconocerá inmediatamente en cuentas de resultado una pérdida por deterioro del valor.. El párrafo 2.35 del citado Decreto señala que la microempresa medirá la pérdida por deterioro del valor de la siguiente forma: la pérdida por deterioro es la diferencia entre el valor en libros del activo y la mejor estimación (que necesariamente tendrá que ser una aproximación) del valor (que podría ser cero) que esta recibiría por el activo si se llegara a vender o realizar en la fecha sobre la que se informa.. 35.

(37) 4.2.13 Reversión. El párrafo 2.36 del Decreto 2706 de 2012 dispone que si en periodos posteriores se disminuye la cuantía de una pérdida por deterioro del valor y la disminución puede relacionarse objetivamente con un hecho ocurrido con posterioridad al reconocimiento inicial del deterioro, la microempresa revertirá la pérdida por deterioro reconocida con anterioridad.. La recuperación del deterioro de valor no puede llevar el valor del activo a un monto neto en libros superior al que hubiera tenido, si no hubiera sufrido ese deterioro. La microempresa reconocerá inmediatamente el monto de la reversión en las cuentas de resultado.. 4.2.14 Políticas Contables. Las políticas contables son el punto de partida para la aplicación de la NIF para microempresas, describen los criterios que la entidad adoptará para realizar el reconocimiento, medición, presentación y revelación de su información financiera.. 4.2.15 Las Revelaciones. Corresponden a la explicación o la forma como se presentaron las partidas en los estados financieros, necesarias para comprender y evaluar correctamente la situación financiera, los cambios que hubiera experimentado, los cambios en el patrimonio, el resultado de sus operaciones, y la capacidad para generar flujos futuros de efectivo. Pueden ser de tipo cuantitativo y cualitativo.. Corresponde al carácter cuantitativo (cifras, tipos, que permiten comparar) y las cualitativas o de naturaleza de la partida, ejemplo la naturaleza de la contingencia (texto narrativo, descriptivo). Estas se deben documentar, dado que le permite a la empresa, que en los periodos subsiguientes, tenga la justificación y explicación de los efectos de la transición a la NIF.. 4.2.16 Juego Completo De Estados Financieros. De acuerdo con el párrafo 3.4 del Decreto 2706 de 2012, las microempresas deberán emitir anualmente, un juego completo de estados financieros que se compondrá de Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y Notas a los estados financieros. (SIC.SES, 2014).. 36.

(38) 4.3 MARCO LEGAL. 4.3.1 Ley 1314 Del 13 De Julio De 2009. Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.. 4.3.1.1 Objetivos de la ley 1314 de 2009. . Determinar el marco legal de las NIIF en Colombia. . Conformar un sistema único de alta calidad de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, con el fin de mejorar la productividad, la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial, de las personas naturales y jurídicas.. . Apoyar la internacionalización de las relaciones económicas, mediante la observancia de los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.. . Establecer las autoridades responsables de las NIIF – NIC en Colombia. . Identificar las normas colombianas que determinan los grupos bajo las NIIF – NIC.. 4.3.1.2 Ámbito de aplicación. La presente ley aplica a todas las personas naturales y jurídicas que, de acuerdo con la normatividad vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros.. 4.3.1.3 Grupos bajo las NIIF en Colombia. 37.

(39) Normas Internacionales de Contabilidad NIIF – NIC EN Colombia. GRUPO 1 Emisores de valores y entidades de interés público. GRUPO 2 Pequeñas y medianas empresas. GRUPO 3 Microempresas. NIC PLENAS. NIC para Pymes. Contabilidad simplificada basada en causación. Decretos 2784/2012 3023/2013 3024/2013 2615/2014. Decreto 3022/2013 Decretos Reglamentarios 2129/2014 2267/2014. Decretos 2706/2012 3019/2013. Figura 3. Grupo bajo las NIIF en Colombia. Fuente: NIF Básico Grupo 2 y 3. Legis. 4.3.2 Decreto 2706 Del 27 De Diciembre De 2012. Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas. El Decreto 2706 de 2012, modificado por el Decreto 3019 de 2013 establece el nuevo marco normativo para las microempresas. Este Decreto pretende establecer un régimen simplificado de contabilidad de causación para las microempresas, tanto formales, como informales que quieran formalizarse, las cuales requieren de un marco de contabilidad para la generación de información contable básica.. 38.

(40) Esta norma además establece los requerimientos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de las transacciones y otros hechos y condiciones que son importantes en los estados financieros con propósito de información general.. 4.3.2.1 Objetivos De Esta Norma. . Presentar las directrices que conforman el marco técnico de contabilidad para las microempresas, las cuales deben ser consideradas al momento de elaborar y presentar los estados financieros de propósito general, según las necesidades y el sector de la economía en que se encuentre el microempresario.. . Permitir que los usuarios de la información de las microempresas tengan una visión de la situación financiera y del desempeño de ellas.. . Establecer los elementos básicos que deben ser considerados por los microempresarios al momento de elaborar y presentar sus estados financieros.. 4.3.2.2 Cronograma De Aplicación Del Marco Técnico Normativo De Información Financiera Para Las Microempresas:. Figura 4. Cronograma de Aplicación Para el desarrollo de esta norma se tuvo en cuenta lo siguiente:. 39.

(41) 4.3.2.3 Marco Legal del Decreto 2706 de 2012 Tabla 1. Marco Legal Del Decreto 2706 De 2012 Ley 590 del 10 de julio de 2000. Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Ley 905 del 2 de agosto de 2004 Por la cual se modifica la Ley 590 del 2000 sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana. Ley 1151 de 2007 artículo 75 Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006 2010 Decreto 1878 de 2008 Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2649 de 1993. Ley 1429 de 2010 Por la cual se expide la Ley de formalización y generación de empleo Ley 1450 de 2011 artículo 43 Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 2014 Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el Decreto 3022 de 2013 marco técnico normativo para los preparadores de información financiera. que conforman el Grupo 2 Artículo 499 del Estatuto Tributario Establece qué personas naturales pueden pertenecer al Colombiano régimen simplificado, aquellas que realicen operaciones gravadas con el impuesto a las ventas, en la medida en que cumplan con todos los requisitos que contempla la norma. Fuente: Normas Aplicadas en Colombia. NIIF Básico Grupo 2 y 3. 2015. 4.3.3 Decreto 3019 Del 27 De Diciembre 2013. Este decreto modificó el numeral 1.2 del Capítulo 1 del Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto 2706 de 2012 , en el cual establece que entidades conforman el grupo 3 de las microempresas, siempre y cuando cumplan la totalidad de los siguientes requisitos: . Contar con una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores. . Poseer activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMML V). . Tener ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMMLV. Para efectos del cálculo de, número de trabajadores, se consideran como tales aquellas personas que presten de manera personal y directa servicios a la entidad a cambio de una remuneración, independientemente de la naturaleza jurídica del 40.

(42) contrato; se excluyen de esta consideración las personas que presten servidos de consultoría y asesoría externa.. El cálculo del número de trabajadores y de los activos totales, a que aluden los literales (a) y (b) anteriores, se hará con base en el promedio de doce (12) meses correspondiente al año anterior al periodo de preparación obligatoria definido en el cronograma establecido en el artículo 3, del Decreto 2706, o al año inmediatamente anterior al periodo en el cual se determine la obligación de aplicar el Marco Técnico Normativo de que trata este Decreto.. Las mismas reglas se aplicarán para la determinación de los ingresos brutos. De igual forma modifica el numeral 1.3 del Capítulo 1 del Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto 2706 de 2012, en el cual establece que las personas ' naturales y. entidades formalizadas o· en proceso de formalización que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 499 del Estatuto Tributario deben aplicar el presente marco técnico normativo.. 4.3.4 Circular Externa 115-000003 De 14 De Marzo De 2013 Superintendencia De Sociedades. De conformidad con lo previsto en la Ley 1314 de 2009 y en atención a las directrices contenidas en el Decreto 2706 del 27 de 2012, se hace necesario que las microempresas, establezca un plan de implementación que deben seguir para realizar los ajustes y reclasificaciones de tipo contable que surgen como consecuencia del nuevo marco técnico normativo de información financiera a que deben sujetarse este tipo de sociedades para la preparación y presentación de su información financiera, esto con el fin de abordar los cambios de manera tal que no afecte el normal funcionamiento del negocio.. La superintendencia de sociedades a través de su portal empresarial pone a disposición de las microempresas una guía que contiene los lineamientos o parámetros generales para la adecuada preparación del Estado de Situación Financiera de apertura en la fecha de transición a la Norma de Información Financiera por parte de este tipo de entes, esto es, el 1º. de enero de 2014.. A continuación se detallan las labores mínimas a considerar al iniciar por primera vez el proceso de implementación, el cual puede variar de acuerdo con la estructura organizacional: a) Designar al responsable de dirigir este proceso. 41.

(43) b) Establecer un cronograma con descripción de las actividades que considere necesarias para la implementación de la nueva normatividad que incorpore entre otros los siguientes puntos: . Información al máximo órgano social sobre la expedición de la normatividad y las labores que se requieren para su implementación al interior de la sociedad.. . Análisis del nuevo marco normativo.. . Identificación de las incidencias en la estructura contable y financiera actual de la microempresa.. . Determinar la necesidad de cambios en los recursos tecnológicos de la microempresa.. . Elaboración del estado de situación financiera de apertura atendiendo la nueva normatividad.. 42.

(44) 5. DISEÑO METODOLÓGICO. 5.1 TIPO DE ESTUDIO. Descriptivo: Identifica las características del ente económico, conociendo los lineamientos y políticas desarrolladas en el manejo contable, que nos permita descubrir y comprobar la relación entre las diferentes variables.. 5.2 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN. Inductivo: Proceso que inicia por la observación de fenómenos particulares con el propósito de llegar a conclusiones y premisas generales.. 5.3 TÉCNICAS PARA LA RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN. Primaria: Desarrollada a través de: . Entrevistas. Se realiza una entrevista al representante legal para establecer un diagnóstico de la situación actual de la empresa y su conocimiento sobre el nuevo marco normativo. . Encuestas. A través de esta técnica se determina su pertenencia al grupo 3. . Observación:. A través de esta técnica se analizan los estados financieros de la empresa para poder iniciar con el proceso de implementación de las normas de información financiera.. 43.

(45) 5.4 CRONOGRAMA Tabla 2. Cronograma OBJETIVOS ESPECIFICOS. ACTIVIDADES. FECHA.  Entrevista al representante legal de la empresa para establecer su conocimiento sobre el nuevo marco normativo y registro fotografico de la empresa  Realizar la encuesta No.1 para establecer un diagnóstico inicial de la situación actual de la empresa. Elaborar las políticas contables aplicadas a la empresa Librería y Material Didactico El Monachito S.A.S., de acuerdo al Decreto 2706 de 2012 reglamentario de la Ley 1314 de 2009..  Realizar la encuesta No. 2 para determinar a qué grupo pertenece la empresa según la clasificacion de las NIIF  Charla de sensibilización dirigida al representante legal y socios de la empresa sobre las normatividad e importancia de las NIF. Del 12 al 30 de diciembre de 2016.  Se realizará la encuesta No. 3 al representante legal de la empresa para conocer los procedimientos al registrar las transacciones y la manera en que ejecutan los procesos  Crear las políticas contables de la empresa Librería y Material Didactico El Monachito, para determinar las reglas de presentación de los estados financieros según las NIF. Realizar los ajustes y reclasificación de las cuentas de la vigencia 2015, teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto 2706 de 2012.  Realizar los ajustes y reclasificación de las cuentas utilizando el balance general a 31 de diciembre de 2015, que dé inicio al periodo de transición a las Normas de Información Financiera.. del 02 al 15 de Enero de 2017. En cumplimiento de lo previsto en el nuevo Marco Técnico Normativo, para elaborar el estado de situación financiera de apertura se deberá:. Elaborar el Estado de Situacion Financiera de Apertura ESFA., a 01 de enero de 2016; partiendo del Balance General a 31 de diciembre de 2015..  Reconocer todos los activos y pasivos según lo señalado por la norma.  No reconocer partidas como activos o pasivos si la Norma no lo permite  Reclasificar las partidas que se reconocieron, según su marco contable anterior, como activo, pasivo o componente de patrimonio, pero que son de un tipo diferente de acuerdo con esta norma  Aplicar esta Norma al medir todos los activos y pasivos reconocidos.. Fuente: Autores. 44. Del 16 al 30 de Enero de 2017.

(46) 6. DESARROLLO DEL PROYECTO. 6.1 CONOCIMIENTO DEL NEGOCIO. 6.1.2 Información Básica Nombre: Representante Legal: NIT. Dirección: Ciudad: Teléfono: Fecha de constitución: Fecha de Inscripción en el Registro mercantil: No. Matricula mercantil:. Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S. Lina Nizeth Uribe Jiménez 900.757.897-3 Calle 54 No. 27 – 05 Barrio Galán Gómez Barrancabermeja 6002034 - 3108528994 01 de agosto de 2014 mediante documento privado 08 de agosto de 2014 00096197. 6.1.3 Actividad Comercial. Actividad Principal: Código CIIU 4761. Comercio al por menor de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio, en establecimientos especializados.. Actividad Secundaria: Código CIIU 4769. Comercio al por menor de otros artículos culturales y de entretenimiento n.c.p. en establecimientos especializados.. Actividad Adicional 1: Código CIIU. 8553 Enseñanza cultural.. Actividad Adicional 2: Código CIIU8560. Actividades de apoyo a la educación.. 6.1.4 Objeto Social. El objeto social de la empresa Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S. Es el comercio al por menor de libros, periódicos, revistas, materiales didácticos, artículos escolares, culturales, artículos de papelería y escritorio, Así como la enseñanza cultural y actividades de apoyo a la educación, que promuevan la lectura, el arte y el desarrollo integral de niños y jóvenes de 0 a 18 años, para favorecer a futuro, el desempeño personal, académico, profesional y social de adolescentes, jóvenes y adultos. 45.

(47) 6.1.5 Capital. El capital de la empresa Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S. es de $20.000.000 divididos en 100 acciones con un valor nominal de $200.000 cada una.. 6.1.6 Responsabilidades, Calidades y Atributos Tributarios      . Impuesto renta y complementario régimen ordinario Retención en la fuente a título de renta Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas Ventas régimen común Informante de exógena Impuesto sobre la renta para la equidad - CREE. 6.2 ANÁLISIS DE LA ENTIDAD. 6.2.1 Diagnóstico. En visita realizada a la Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S. se realizó entrevista a la representante legal de la empresa, para establecer su conocimiento sobre el decreto 2706 de 2012 y se observa que existe desconocimiento del nuevo marco normativo, se toma como evidencia de la visita un registro fotográfico del lugar donde se desarrolla la actividad comercial. (Ver anexo 1).. 6.2.1.1 Diagnóstico Inicial De La Librería Y Material Didáctico El Monachito S.A.S. Se realiza la encuesta No. 1, al representante legal de la empresa, para establecer un diagnóstico de su situación actual y que nos facilite el reconocimiento de las actividades o hechos económicos desarrollados al adoptar la NIF. (Ver anexo 2).. Los resultados de la encuesta son los siguientes:       . La entidad pertenece al régimen común La entidad cumple con la obligación de llevar libros de contabilidad Elabora y emite los Estados Financieros Básicos Actualmente cuenta con la asesoría de un Contador Público Los Estados Financieros son elaborados y certificados por un Contador Público Manejan un paquete contable para registrar la información financiera “SIIGO” pero no es de propiedad de la entidad. La entidad conserva todas las facturas de compra, venta, pago de servicios públicos, entre otros para efectos de llevar un control 46.

(48)   . . La empresa ha registrado sus operaciones económicas y/o financieras con base al principio de causación No realiza depreciación de sus activos fijos La representante legal manifiesta no tener conocimiento alguno acerca de la normatividad vigente relacionada la aplicación del decreto 2706 de 2012 reglamentario de la Ley 1314 de 2009 la cual establece el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas Para realizar el registro de las operaciones diarias no se hace uso de políticas contables.. 6.2.2 Clasificación De La Liberaría Y Material Didáctico El Monachito S.A. En Uno De Los Grupos Establecidos En Los Decretos 2784 De 2012, 3022 De 2013 Y 2706 De 2012 Para La Aplicación De Las Niif, Niif Para Pymes o Contabilidad Simplificada.. Se realizó la encuesta No. 2, al representante legal de la Librería y Material Didáctico El Monachito, para determinar a qué grupo pertenece la empresa según lo establecido en los Decretos 2784 de 2012, 3022 de 2013 y 2706 de 2012, para la aplicación de las NIIF, NIIF para PYMES o Contabilidad simplificada. (Ver anexo 3).. De acuerdo a la aplicación de la encuesta se pudo determinar que la empresa Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S., pertenece al grupo 3 de las microempresas, ya que cumple con los requisitos del Decreto 2706 de 2012, que reglamenta la ley 1314 de 2009 y establece el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas, modificado por el Decreto 3019 de 2013 anexo al Decreto 2706 de 2012.. La empresa Librería y Material Didáctico El Monachito S.A.S. se considera microempresa ya que cumple con los siguientes parámetros:. a) Cuenta con una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores b) Posee activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes. c) Tener ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMMLV. El Decreto 3019 de 2013 establece:. 47.

(49) Para efectos del cálculo de número de trabajadores, se consideran como tales aquellas personas que presten de manera personal y directa servicios a la entidad a cambio de una remuneración, independientemente de la naturaleza jurídica del contrato; se excluyen de esta consideración las personas que presten servidos de consultoría y asesoría externa. El cálculo del número de trabajadores y de los activos totales, a que aluden los literales (a) y (b) anteriores, se hará con base en el promedio de doce (12) meses, correspondiente al año anterior aI periodo de preparación obligatoria definido en el cronograma establecido en el artículo 3, del Decreto 2706, o al año inmediatamente anterior al periodo en el cual se determine la obligación de aplicar, el Marco Técnico Normativo de que trata este Decreto, en periodos posteriores al periodo de preparación obligatoria aludido. (Decreto 3019 de 2013).. Como resultado final de la encuesta realizada se puede determinar lo siguiente:. Fecha de Transición: 8 de agosto de 2014, a partir de este momento debió iniciarse la construcción del primer año de información financiera de acuerdo a los nuevos estándares.. Estado de Situación financiera de apertura: 8 de Agosto de 2014, por primera vez se miden los activos, pasivos y patrimonio de acuerdo con la nueva normatividad.. Periodo de Transición: Del 8 de agosto de 2014 al 31 de Diciembre de 2014, durante este periodo debió llevarse la contabilidad según los decretos 2649 y 2650 de 1993 y a su vez un paralelo contable de acuerdo con el nuevo marco normativo.. Últimos Estados Financieros conforme a los decretos 2649 y 2650 de 1993 y normatividad vigente: Hace referencia a los estados financieros preparados a corte 31 de diciembre de 2014.. Fecha de aplicación: 1° de enero de 2015, a partir de esta fecha se comienza con la aplicación de los nuevos estándares, incluyendo la contabilidad oficial, libros de comercio y presentación de estados financieros.. 48.

Figure

Figura 1. Participación de las microempresas en el total de las empresas
Figura  2.  Distribución  porcentual  de  los  micronegocios  según  naturaleza  jurídica Total Nacional 2015
Figura 4. Cronograma de Aplicación

Referencias

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