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Políticas de Salud Mental en Venezuela

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(1)

Políticas de Salud Mental

en Venezuela

(2)

Políticas

La política es una actividad orientada en forma

ideológica a la toma de decisiones de un grupo para alcanzar ciertos objetivos.

Políticas de salud

Se considera de esta manera a la búsqueda, ejecución y

resultados en forma continua de los mejores niveles de salud a través de medidas compromisos multisectoriales que incluyen diversas áreas.

Políticas sanitarias

Promoción

Prevención

(3)

PLAN ESTRATÉGICO SOCIAL (PES)

 Es un instrumento de planificación política, creado para desarrollar capacidad de

conducción estratégica y la viabilización de cambios sustantivos en las condiciones

de calidad de vida y salud de la población

venezolana.

(4)

Atención Primaria en Salud (APS)

 Es la asistencia sanitaria esencial basada en métodos y tecnologías prácticos,

científicamente fundados y socialmente aceptables, puesta al alcance de todos los individuos y familias de la comunidad mediante su plena participación y a un costo que la comunidad y el país puedan

soportar con un espíritu de autorresponsabilidad y

autodeterminación.

(5)

Organizaciones Encargadas de APS

Internacionales

Organización Mundial de la Salud (O. M. S.)

Organización Panamericana de la Salud (O. P. S.)

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)

Cruz Roja Internacional

Nacionales

Instituto Nacional de Nutrición (I. N. N.)

MPPS (Sanidad Militar, IPASME, IVSS, Cruz Roja Venezolana)

Instituto Nacional del Menor INAM Pq. Central

Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes IDENNA

Instituto Nacional de Geriatría y Gerontología (INASS)

Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES)

(6)

BASES LEGALES

Aspectos político-normativos

Artículo 83.

Artículo 83. La salud derecho social fundamental, La salud derecho social fundamental,

obligación del Estado, que lo garantizará como parte del obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida...

derecho a la vida... Artículo 122:Artículo 122: Salud integral pueblos Salud integral pueblos indígenas considere sus prácticas culturales. (Medicina indígenas considere sus prácticas culturales. (Medicina natural y terapias tradicionales).

natural y terapias tradicionales).

Artículo 84

Artículo 84. . …garantizar derecho a la salud, el Estado …garantizar derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá rectoría y gestionará Sistema Público creará, ejercerá rectoría y gestionará Sistema Público

Nacional de Salud (SPNS) … intersectorial, descentralizado Nacional de Salud (SPNS) … intersectorial, descentralizado y participativo...

y participativo...

Artículo 85

Artículo 85. . …Estado… presupuesto para ejecución …Estado… presupuesto para ejecución políticas de salud… coordinación con universidades y políticas de salud… coordinación con universidades y centros de investigación… política nacional formación centros de investigación… política nacional formación profesionales

profesionales -- técnicos(as)… industria nacional,,, insumo técnicos(as)… industria nacional,,, insumo salud… regulación instituciones públicas y privadas en salud… regulación instituciones públicas y privadas en salud

salud

Constitución de la República Bolivariana de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Venezuela

Abril 2005

(7)

Programa de Salud Mental:

 Es un conjunto de actividades

organizadas, coherentes e integradas, destinadas a garantizar el derecho a la Salud Mental de la población, en

coordinación con las Políticas de Salud enmarcadas dentro de las Políticas

Sociales establecidas por el Estado.

(8)

PROGRAMA DE SALUD MENTAL

VISIÓN

LOGRAR ALTOS

NIVELES DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LA

ATENCION INTEGRAL EN SALUD MENTAL ACORDE CON LOS AVANCES

CIENTIFICOS, TECNOLOGICOS

HUMANISTICOS Y SOCIALES, BAJO LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD, EQUIDAD, ACCESABILIDAD,

GRATUIDAD E INTERACIÓN SOCIAL.

MISIÓN

DESARROLLAR UNA

POLITICAS PUBLICAS DE SALUD MENTAL QUE

GARANTICE LA ATENCIÓN DE CALIDAD DE LOS

CIUDADANOS Y

CIUDADANAS, ORIENTADOS POR LOS PRINCIPIOS Y

FUNDAMENTOS CIENTÍFICOS

HUMANISTICOS Y ETICOS DE RESPETO A LA VIDA Y A LA DIGNIDAD HUMANA.

(9)

OBJETIVO GENERAL

 Planificar, normar, coordinar, integrar y viabilizar acciones de Salud Mental en sus aspectos de

promoción de salud, control de factores de riesgo, detección precoz, tratamiento y

rehabilitación de los enfermos mentales, en concordancia con los principios, políticas y estrategias establecidos por el Ministerio de

Sanidad y Asistencia Social, para garantizar a la población el derecho a la salud mental como

elemento básico de la calidad de vida.

(10)

Objetivos Específicos

1. Fomentar la salud mental, mediante información, educación, y participación de la comunidad en general, para contribuir a mejorar la calidad de vida.

2. Promover acciones tendientes a modificar las actitudes de los equipos de salud y de la comunidad en general, en relación con la enfermedad mental y el paciente mental.

3. Propiciar la identificación de grupos de alto riesgo, a través del diseño de investigaciones epidemiológicas comunitarias

4. Establecer la normativa para garantizar una atención integral, oportuna y adecuada al enfermo mental, cercana al medio familiar, con el fin de evitar o reducir la cronicidad

5. Coordinar acciones interprogramáticas e intersectoriales con la finalidad de que el paciente reciba una atención integral

6. Coordinar acciones interprogramáticas e intersectoriales que permitan limitar el daño y la cronicidad, facilitando la integración social y el desarrollo de otras potencialidades del sujeto con trastorno mental.

7. Asesorar a las Coordinaciones Estadales en el diseño e implantación de los Programas Estadales de Salud Mental.

8. Supervisar y asesorar la ejecución del Programa de Salud Mental en las entidades federales.

9. Fortalecer el sistema de información epidemiológica a nivel central y a nivel estadal.

10.Promover y asesorar estudios de factibilidad en establecimientos hospitalarios para dar cumplimiento a la Resolución No. G – 1223, Gaceta Oficial Nº 35073, del 20 /10/ 92.

(11)

Estrategias Generales

Incorporación del componente de Salud Mental en el Primer Nivel de Atención

Capacitación del Equipo Básico de Salud en la detección y manejo de las personas con trastornos mentales.

Fortalecimiento de la atención ambulatoria con

participación activa de la familia en el tratamiento y la rehabilitación de los enfermos mentales.

Desarrollo de un modelo de Atención Psiquiátrica Integral Comunitaria.

Difusión de información en Promoción y Prevención en

Salud Mental hacia la comunidad.

(12)

Coordinación de acciones intersectoriales (Min. Educación, Min.

Familia, Min. Trabajo, CONACUID, INCE., Alcaldías,

gobernaciones, para contribuir a la reinserción social del enfermo mental.

Coordinación de acciones intersectoriales (Min. Educación, Min.

Familia, Min. Trabajo, Instituto Nacional de Deportes, CONACUID, I.N.C.E.S, alcaldías, gobernaciones y Organizaciones no

Gubernamentales), para contribuir a la integración social del enfermo mental.

Descentralización y fortalecimiento de la red de atención de Salud Mental en cada entidad federal.

Incorporación de la comunidad en el desarrollo de modalidades alternativas de atención y en el proceso de integración social de los enfermos mentales.

Investigación aplicada en Salud Mental.

(13)

Reglamento Parcial No. 1 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal sobre la Participación de la Comunidad. Gaceta

Oficial No. 34.609 del 5 de diciembre de 1999.

Resolución Nº G-1223 Gaceta Oficial No. 35073 del 20 de octubre de 1992

Deber ineludible del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social de procurar la atención médica integral del enfermo mental, tendiente a su rehabilitación y readaptación al medio social.

Hospitalización de pacientes psiquiátricos agudos en hospitales generales (hasta un 10% de las camas existentes en el respectivo centro hospitalario)

Designación del Coordinador Regional de Salud Mental por las Direcciones Regionales de Salud, para desarrollar el Programa Regional de Salud Mental.

Se dará prioridad al diseño y ejecución de programas de alternativas de atención y protección del enfermo mental crónico y de su familia.

Atención a los pacientes psiquiátricos crónicos dados de alta por los servicios de ambulatorios de atención médica adscritos a las

Direcciones Regionales de Salud.

(14)

Resolución Nº G-1085 Gaceta Oficial No. 35725 del 5 de junio de 1995

La atención en salud mental es una prioridad del Estado

Creación del Servicio de Psiquiatría con Unidades de

Hospitalización en los hospitales generales III y IV para la atención psiquiátrica en forma oportuna y sectorizada.

La atención psiquiátrica debe ser descentralizada,

participativa, integral, continua, preventiva y comunitaria.

Normas para los Servicios de Psiquiatría en hospitales generales:

Hospitalización (Promedio de estancia: 30 días)

Interconsultas

Ambulatorios: emergencias, consulta externa, tratamiento psiquiátrico diurno.

Actividad docente (intra y extrahospitalaria)

(15)

Resolución SG-1087

Gaceta Oficial Nº 35725 del 5 de junio de 1995

Normas para Hospitales Día Psiquiátricos

Definición, objetivos, criterios de admisión modalidades de

tratamiento, egreso y actividades docentes.

Reglamento para Establecimientos

Psiquiátricos de Larga Estancia. Decreto No.

3146 Gaceta Oficial Nº 35412 del 6 de octubre de 1993.

Promedio de estancia mayor de 45 días

Ultimo recurso terapéutico

una vez agotadas todas las

posibilidades previas de

restauración de la Salud

Mental.

(16)

Anteproyecto de Ley de Protección y Atención Integral a las Personas con Trastornos Mentales. Caracas, Venezuela. Julio 1997. (Introducida en la Procuraduría General de la Nación ).

Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Títulos IV, V, VI, VII, IX .

Del consumo y las medidas de seguridad, de la prevención integral social, de los procedimientos restauración de la salud.

Resolución SG-695. Gaceta Oficial Nº 36.291 del 15 de septiembre de 1997.

Normas de Funcionamiento de los Establecimientos de Atención al

Farmacodependiente del Sector Público y Privado. Disposiciones generales de la atención del paciente, de la información; Normas específicas sobre evaluación e ingreso del paciente, del tratamiento y la rehabilitación; del egreso, referencia y seguimiento; de la cobertura de los servicios y la atención inmediata; de los derechos de los pacientes; de los aspectos físico-ambientales de los

establecimientos; de la evaluación; del ingreso a Establecimientos de Larga Estancia; de las sanciones

(17)

Carta de Ottawa

Adoptada en 1986 en la Conferencia

Internacional sobre Promoción de la Salud.

Patrocinada por la Organización Mundial de la Salud, (OMS), Health and Welfare Canada y la Asociación Canadiense de Salud Pública con la participación de 38 países.

Se reconocen "como requisitos fundamentales para la

salud a: la paz, la educación, la vivienda, la alimentación, el ingreso, un ecosistema estable, la conservación de los recursos, la justicia social y la equidad"

"La Promoción de la Salud no concierne exclusivamente al Sector Salud, sino que constituye un quehacer

intersectorial"

(18)

Declaración de Luxor. Adoptada el 17 de Enero de 1989 por el Congreso del Nilo, reunido en Luxor, Egipto, celebrando el Cuadragésimo Aniversario de la Federación Mundial para la

Salud Mental.

Declaración de los Derechos Humanos de los Enfermos Mentales

Declaración de Caracas. Adoptada en Caracas, Venezuela el 14 de Noviembre de 1990. OMS / OPS.

Reestructuración de la Atención Psiquiátrica

Derechos Humanos y Civiles de los Enfermos Mentales

Resolución 46-119. Organización de Naciones Unidas. 75ª Sesión Plenaria. 17 de diciembre de 1991.

25 Principios para la protección de los Enfermos

Mentales y para el Mejoramiento de la Atención en Salud

Mental.

(19)

Ley orgánica de Educación. Gaceta Oficial N o. 2.635. Extraordinario del 28/07/80. Capítulo VI de Educación Especial.

Ley para la Integración de Personas Incapacitadas. Gaceta Oficial No.

4.623. Extraordinario del 3 de septiembre de 1993.

Declaración de Derechos de los Retrasados Mentales, adoptada el 20 de diciembre de 1971 por la Organización de la Naciones Unidas.

Resolución sobre la Salud Mental del Consejo Directivo de la

Organización Panamericana de la Salud. No. CD40.R19, aprobada en la 11 sección plenaria celebrada el 26 de septiembre de 1997.

“Declaración del día 10 de octubre como el Día Mundial y Día Panamericano de la Salud Mental”.

Ley Orgánica del Trabajo. Capítulo IX del Trabajo de los Minusválidos.

Caracas, Venezuela.

(20)

Centro de Salud Mental del Este “El Peñón”

GRACIAS….

Referencias

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provenientes del campo de la salud, tales como el concepto de salud positiva y de su promoción, el de calidad de vida, o desde los abordajes comunitarios en salud mental,

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