PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LAS
CONDICIONES DEL CONTRATO PRIVADO CONSISTENTE EN EL ASEGURAMIENTO DE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL MUNICIPAL, DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS AUTORIDADES Y
TRABAJADORES Y DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE LA
FRONTERA (expediente 17/2014).
1ª. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene carácter privado, como resulta del artículo 20.1 del
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), que confiere este carácter a
los contratos que tengan por objeto servicios comprendidos en la categoría 6 del Anexo II,
entre los que se encuentra el contrato de seguros.
De conformidad con el artículo 20.2 del TRLCSP “Los contratos privados se regirán,
en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la
presente ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes
normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según
corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y
extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado”.
Así, en cuanto a su preparación y adjudicación se regirá por el TRLCSP, el RD
817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del
Sector Público, el RD 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), el presente
Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas. Supletoriamente
se regirá por las restantes normas de Derecho Administrativo.
En cuanto a sus efectos y extinción serán de aplicación la Ley 50/1980, de 8 de
octubre, de Contrato de Seguro, el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego
de Prescripciones Técnicas, el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros
privados, el Código de Comercio y demás normativa de derecho privado que resulte
aplicable.
2º.‐ OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato de servicios el aseguramiento de la
responsabilidad patrimonial (tanto de la Corporación como de sus autoridades y
trabajadores) y los vehículos del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, en las
condiciones establecidas en el presente pliego así como en el Prescripciones Técnicas. Dada la diversa naturaleza de los riesgos asegurados y de conformidad con el
objeto del contrato se divide en los siguientes lotes:
Lote 1.‐ Aseguramiento de la responsabilidad patrimonial de la Corporación.‐ Comprende la contratación del Servicio de Seguro que garantice las consecuencias
económicas derivadas de la Responsabilidad Civil/Patrimonial, según la normativa vigente,
que durante la vigencia de este seguro pueda corresponder directa, subsidiaria o
solidariamente al asegurado por daños corporales o materiales y perjuicios
consecuenciales ocasionados a terceros, en el ejercicio de su actividad.
Lote 2.‐ Aseguramiento de la responsabilidad de autoridades y trabajadores de la Corporación.‐ Comprende la contratación del seguro que garantice el pago de las
indemnizaciones que legalmente pudiera resultar civilmente responsable el Asegurado por
los perjuicios financieros ocasionados involuntariamente a la Administración Pública o a
Terceros por actuaciones u omisiones basadas en actos negligentes cometidos por los
asegurados en su condición de autoridad o funcionario o personal del Ayuntamiento de
Aguilar de la Frontera siempre que medie culpa o negligencia.
Lote 3.‐ Aseguramiento de vehículos automóviles. Seguro de Flota.‐ Comprende la
contratación del Servicio de Seguro, en su modalidad de seguro de flota, que cubra los
riesgos derivados del uso y circulación de los vehículos a motor propiedad del
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.
Con arreglo al vocabulario común de Contratos Públicos (CPV) al presente contrato
le corresponde la siguiente codificación: 66510000‐8 Servicios de seguros.
En particular a cada uno de los lotes le corresponde la siguiente codificación:
Lote 1. 66516400‐4 Servicios de seguros de responsabilidad civil general
Lote 2. 66516500‐5 Servicios de seguros de responsabilidad profesional
Lote 3. 66514110‐0 Servicios de seguros de automóviles
3ª.‐ ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano competente para contratar es el Sr. Alcalde‐Presidente, de conformidad
con lo establecido en la Disposición Adicional 2ª del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público.
4ª. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO.
El contrato estará vigente desde el día 1 de enero de 2015 hasta el día 31 de
diciembre de 2016. Se emitirá una única póliza, con dicho periodo de vigencia, por cada
uno de los lotes.
En el caso de la/s póliza/s se suscribiera/n con posterioridad al día 1 de enero de
2015 el contrato estaría vigente (en el lote correspondiente a dicha/s póliza/s) desde el día
siguiente a la fecha de suscripción hasta el día 31 de diciembre de 2016. No obstante lo anterior:
Respecto del seguro de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento (Lote 1), dado que la actual póliza de responsabilidad civil se extiende hasta el día uno de febrero
de 2015, la nueva póliza entrará en vigor el referido día y extenderá su vigencia hasta el
Respecto del aseguramiento de vehículos automóviles el contrato entrará en
vigor, en relación a cada uno de los vehículos asegurados, de conformidad con lo dispuesto
en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se prevé expresamente, respecto de todos los lotes, la prórroga del contrato por
un periodo de UN AÑO (hasta el 31 de diciembre de 2017). Finalizada esta primera
prórroga podrá tener lugar una segunda y última de igual duración que la primera (hasta el
31 de diciembre de 2018). Dichas prórrogas serán obligatorias para el adjudicatario y
potestativas para el Ayuntamiento. Las prórrogas podrán acordarse expresa o tácitamente.
Se entenderán acordadas de forma tácita siempre que el Ayuntamiento no notifique al
adjudicatario su intención de finalizar el contrato al menos con un mes de antelación a la
fecha de finalización del mismo (31 de diciembre de 2016) o de la primera de las prórrogas
(31 de diciembre de 2017).
PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato se fija en 25.000 euros anuales, correspondientes a:
1. Prima anual correspondiente al Lote 1.‐ Seguro de responsabilidad
patrimonial de la Corporación: 14.000 euros/año.
2. Prima anual correspondiente al Lote 2.‐ Seguro de responsabilidad
patrimonial de autoridades y trabajadores: 5.000 euros/año.
3. Prima anual correspondiente al Lote 3.‐ Seguro de flota de vehículos:
6.000 euros/año.
En base a lo anterior, dado que la duración prevista del contrato (incluidas
prórrogas) es de cuatro años, el precio total del contrato asciende a CIEN MIL (100.000,00
€) EUROS.
Figura en el expediente compromiso de gasto plurianual acordado por el Pleno del
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera de 30 de octubre de 2014.
5ª. REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios.
6ª. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
Lote 1.‐ El precio se abonará mediante pagos anuales.
Dado que el presente contrato no entrará en vigor hasta el día uno de febrero de
2015, el precio correspondiente a dicho año será el 91,50 % del precio/año por el que se
El precio correspondiente al año 2015 será abonado, una vez firmada la
correspondiente póliza, previa presentación de la factura por el asegurador y de
conformidad con la normativa aplicable al respecto.
El precio correspondiente al año 2016 se abonará durante el primer trimestre de
dicho año, previa presentación de la factura por el asegurador y de conformidad con la
normativa aplicable al respecto.
El precio correspondiente a cada una de las prórrogas se abonará, en su caso,
durante el primer trimestre de cada año, previa presentación de la factura por el
asegurador y de conformidad con la normativa aplicable al respecto.
Lote 2.‐ El precio se abonará mediante pagos anuales.
El precio correspondiente al año 2015 se abonará, una vez firmada la póliza, previa
presentación de la factura por el asegurador y de conformidad con la normativa aplicable
al respecto. En el supuesto de que la póliza entre en vigor con posterioridad al 1 de enero
de 2015, se abonará exclusivamente la cantidad que corresponda proporcionalmente. El precio correspondiente al año 2016 se abonará durante el primer trimestre de
dicho año, previa presentación de la factura por el asegurador y de conformidad con la
normativa aplicable al respecto.
El precio correspondiente a cada una de las prórrogas se abonará, en su caso,
durante el primer trimestre de cada año, previa presentación de la factura por el
asegurador y de conformidad con la normativa aplicable al respecto.
Lote 3.‐ El precio se abonará mediante pagos anuales.
Dado que la incorporación a la póliza flotante de cada uno de los vehículos
municipales se irá produciendo durante el año 2015 a medida que vayan venciendo las
pólizas individuales actualmente vigentes (ver Anexo I del Pliego de Prescripciones
Técnicas), el precio correspondiente a dicho año será el 43,12 % del precio/año por el que
se hubiera adjudicado el contrato.
El precio correspondiente al año 2015 será abonado, una vez firmada la
correspondiente póliza, previa presentación de la factura por el asegurador, de
conformidad con la normativa aplicable al respecto y de lo dispuesto en el Pliego de
Prescripciones Técnicas.
El precio correspondiente al año 2016 se abonará durante el primer trimestre de
dicho año, previa presentación de la factura por el asegurador, de conformidad con la
normativa aplicable al respecto y de lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El precio correspondiente a cada una de las prórrogas se abonará, en su caso,
durante el primer trimestre de cada año, previa presentación de la factura por el
asegurador, de conformidad con la normativa aplicable al respecto y de lo dispuesto en el
Pliego de Prescripciones Técnicas.
Las regularizaciones de la póliza derivadas de altas, bajas, modificación de
coberturas, etc. se realizarán de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de
Prescripciones Técnicas.
7ª. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA
Garantía definitiva: El que resulte adjudicatario de cada uno de los lotes deberá
constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por ciento del
importe de adjudicación. Dicha garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas
admitidas en el artículo 96 del TRLCSP.
9ª. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
En función de la cuantía del contrato, la adjudicación del mismo se realizará
mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación.
El presente procedimiento se regirá fundamentalmente por lo dispuesto en las
Secciones 1ª (Normas generales) y 2ª (Procedimiento abierto) del Capitulo I (Adjudicación
de los contratos de las Administraciones Públicas) del Título I (Adjudicación de los
contratos) del Libro III (Selección del contratista y adjudicación de los contratos) del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (artículos 138 a 161).
10ª. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Sólo podrán concertar el presente contrato las personas jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de
contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los
casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Únicamente pueden presentar ofertas y resultar adjudicatarias del presente
contrato las compañías aseguradoras.
De conformidad con el Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de
los seguros privados (aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre), la
entidad aseguradora deberá estar autorizada por el Ministerio de Economía y Hacienda
(artículo 5) y encontrarse inscrita en el Registro Administrativo a que se refiere el artículo
74 y cumplir el resto de las condiciones establecidas en dicha ley.
La compañías aseguradoras podrán presentar sus ofertas directamente o
canalizarlas a través de los mediadores de seguros (agentes de seguros, ya sean exclusivos
o vinculados y corredores de seguros) previstos en el artículo 7 de la ley 26/2006, de 17 de
julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. Los mediadores de seguros podrán
canalizar más de una oferta, siempre que éstas correspondan a diversas compañías
aseguradoras.
11ª. PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Cada compañía aseguradora no podrá presentar más que una proposición, bien
directamente o bien a través de mediador de seguro. Tampoco podrá suscribir ninguna
una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las
propuestas por él suscritas.
La proposición se presentará en el Registro General del Ayuntamiento en horas de
oficina (de nueve a catorce horas de Lunes a Viernes) durante el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
La presentación de proposiciones económicas cuando se utilice el sistema de envío
por correo puede realizarse a cualquier hora del último día del plazo, pero se rechazarán
las proposiciones remitidas cuando no se justifique la fecha de imposición y se anuncie
mediante fax remitido al 957.66.01.57, la remisión de la proposición por correo, antes de
expirar el plazo de presentación de proposiciones.
Los licitadores podrán presentar su oferta a uno, a varios o a todos los lotes en que se divide el contrato.
La proposición se presentará en dos sobres cerrados denominados “SOBRE A:
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”, “SOBRE B: OFERTA ECONOMICA”, debiendo figurar
en ambos la inscripción “CONTRATO SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL Y FLOTA 2014”.
"SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA", deberá contener la siguiente
documentación:
1.‐ Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones
establecidas legalmente para contratar con la Administración, que deberá ajustarse al
modelo establecido en el Anexo I del presente Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante
el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y
validez de los documentos exigidos.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del
procedimiento podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la
propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del
cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y
solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de
presentación de las proposiciones.
“SOBRE B: OFERTA ECONOMICA”, deberá contener:
1.‐ La oferta del licitador en relación a los diversos criterios de adjudicación,
conforme al modelo establecido en el Anexo II.
2.‐ Propuesta de póliza: Dicho documento que deberá reunir todos los requisitos
establecidos en el artículo 8 de la ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro y
demás normativa que resulte de aplicación. Unicamente deberá adjuntarse la/s
propuesta/s de póliza correspondientes al lote/s a que se licite.
Serán rechazadas mediante resolución motivada del órgano de contratación todas
aquellas ofertas que, según resulte de los borradores de pólizas que presenten, no
cumplan las exigencias establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas para cada uno
3.‐ Desglose de la prima total: En el supuesto de que el licitador haya presentado
oferta al Lote 3 (seguro de flota de automóviles) deberá aportar un desglose de la prima
total por vehículo, especificando en cada uno de ellos el importe correspondiente a cada
cobertura, así como cualquier otra indicación que el licitador considere conveniente o
necesaria de cara a proceder, en su caso, a la aplicación del apartado 7 “Altas y bajas de
vehículos y modificaciones de cobertura” de la Cláusula Cuarta “ASEGURAMIENTO DE
VEHICULOS AUTOMOVILES. SEGURO DE FLOTA.” del Pliego de Prescripciones técnicas.
4) Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de desempate previstos en la Cláusula 14ª. En concreto:
Certificado de la empresa en que conste tanto el número global de
trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad (por
tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100) en la misma, o en el caso de
haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una
copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas
medidas a tal efecto aplicadas.
Documentación acreditativa de tener la marca de excelencia o desarrollar
medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, de conformidad con la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía,
de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
12ª. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Se establece los siguientes criterios de adjudicación:
Lote 1.‐ Responsabilidad Patrimonial de la Corporación. 1.‐ Oferta Económica: (Hasta 40 puntos).
Esta puntuación se adjudicará a razón de un punto por cada unidad porcentual de
baja sobre el precio de licitación hasta el máximo previsto. Las fracciones de unidades
porcentuales no se tendrán en consideración.
2.‐ Ampliación de los límites de indemnización (Hasta 10 puntos)
Se asignara un punto, hasta un máximo de diez, por cada diez mil euros de
aumento sobre los límites de indemnización fijados en todos y cada uno de los siguientes
apartados del punto 9 “Límites de indemnización” de la Cláusula 2ª “Responsabilidad
Patrimonial de la Administración” del Pliego de Prescripciones Técnicas:
“Responsabilidad civil Patrimonial”.
“Sublímite por víctima”.
Se asignara un punto, hasta un máximo de diez, por cada diez puntos porcentuales
de disminución de la franquicia general prevista punto 10 “Franquicias” de la Cláusula 2ª
“Responsabilidad Patrimonial de la Administración” del Pliego de Prescripciones Técnicas.
Lote 2.‐ Responsabilidad patrimonial de autoridades y trabajadores. 1.‐ Oferta Económica: (Hasta 40 puntos).
Esta puntuación se adjudicará a razón de un punto por cada unidad porcentual de
baja sobre el precio de licitación hasta el máximo previsto. Las fracciones de unidades
porcentuales no se tendrán en consideración.
2.‐ Ampliación de los límites de indemnización (Hasta 10 puntos)
Se asignara un punto, hasta un máximo de diez, por cada diez mil euros de
aumento sobre los límites de indemnización fijados en todos y cada uno de los siguientes
apartados del punto 10 “Límites de indemnización” de la Cláusula 3ª “Responsabilidad
Patrimonial de las autoridades y trabajadores de la Corporación” del Pliego de
Prescripciones Técnicas:
“Límite general”.
“Gastos de defensa y asistencia legal”.
Lote 3.‐ Seguro de flota de automóviles. 1.‐ Oferta Económica: (Hasta 40 puntos).
Esta puntuación se adjudicará a razón de un punto por cada unidad porcentual de
baja sobre el precio de licitación hasta el máximo previsto. Las fracciones de unidades
porcentuales no se tendrán en consideración.
2.‐ Ampliación de las garantías cubiertas (Hasta 10 puntos)
Se adjudicarán 8 puntos a aquellos licitadores que propongan ampliar a todos los
vehículos asegurados las garantías previstas en los apartados 8.2, 8.3, 8.5 y 8.6 del punto 8
“Garantías cubiertas” de la Cláusula 4ª “Aseguramiento de vehículos automóviles. Seguro
de flota” del Pliego de Prescripciones Técnicas.
Se adjudicarán 10 puntos a aquellos licitadores que propongan ampliar a todos los
vehículos asegurados la totalidad de las garantías previstas en el punto 8 “Garantías
cubiertas” de la Cláusula 4ª “Aseguramiento de vehículos automóviles. Seguro de flota”
del Pliego de Prescripciones Técnicas.
13ª. MESA DE CONTRATACION
De conformidad con lo dispuesto en el 320 del TRLCSP se constituye Mesa de
Contratación con la siguiente composición: 1.‐ Presidente: El Sr. Alcalde‐Presidente. 2.‐ Vocales:
‐ Un representante de cada uno de los grupos municipales.
‐ El Secretario General.
3.‐ Secretario:
‐ Un Funcionario de la Corporación designado por el Sr. Alcalde.
14ª. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1.‐ Apertura de proposiciones y determinación de la oferta económicamente más ventajosa.
La mesa de contratación se reunirá para proceder a la apertura de las
proposiciones en el plazo de una semana, contado desde la finalización del plazo de
presentación de ofertas.
La fecha y hora concreta en la que se procederá a la apertura de proposiciones se
anunciará en el tablón de anuncios de la página web municipal al menos con 1 día de
antelación.
La mesa de contratación comenzará por la apertura del sobre A. Una vez
examinada la documentación contenida en el mismo se hará público, en dicho acto, el
resultado de la calificación de los documentos presentados
A continuación se procederá a la apertura del sobre B) OFERTA ECONÓMICA. Las valoraciones de los criterios de adjudicación se realizarán de conformidad con
lo dispuesto en la Cláusula 12ª del presente Pliego
Se considerará oferta económicamente más ventajosa respecto de cada uno de los
lotes la que obtenga una mayor puntuación total una vez valorados todos los criterios de
adjudicación.
Dada la solvencia que se supone a las empresas aseguradoras ninguna de las ofertas se considerara temeraria o desproporcionada cualquiera que sea su importe.
2.‐ Criterios de desempate: En caso de igualdad entre dos o más proposiciones,
tendrá preferencia de adjudicación en cada uno de los lotes, aquella que haya ofertado un precio más bajo.
De persistir la igualdad tendrá preferencia de adjudicación en cada uno de los
lotes, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, las siguientes
empresas:
Empresas con un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al 2
%. Si existieran varias empresas con trabajadores discapacitados tendrá
preferencia aquella en cuya plantilla exista un mayor porcentaje de
trabajadores fijos con discapacidad en la plantilla. Si dos o más empresas
tienen el mismo porcentaje se resolverá el empate mediante sorteo entre las
Si persistiere el empate tendrán preferencia las empresas que tengan la
marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de
oportunidades de conformidad con la ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género en Andalucía, de acuerdo con las
condiciones que reglamentariamente se determinen.
De persistir el empate se resolverá por sorteo.
Los criterios de desempate únicamente serán aplicables a los licitadores que hayan
presentado en el sobre B “Proposición económica” la documentación acreditativa de los
criterios anteriores, de conformidad con los dispuesto en la Clausula 11ª.
3.‐ Requerimiento de documentación.‐ Una vez determinada la oferta
económicamente más ventajosa en cada uno de los lotes, el órgano de contratación
requerirá al oferente para que en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente
a aquél en que se notifique aquélla, presente la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del empresario, y en su
caso, su representación:
‐ Personas físicas
D.N.I.
‐ Personas jurídicas:
Escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Documentación acreditativa de la representación.
D.N.I. del representante de la sociedad mercantil.
b) Los que justifiquen su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Documentación acreditativa de estar autorizada por el Ministerio de Economía y
Hacienda para el ejercicio de la actividad aseguradora y de la inscripción en el Registro
Administrativo previsto en el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de ordenación y
supervisión de los seguros privados.
c) Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar, no estar incurso en
prohibición de contratar y no haber sido adjudicataria o haber participado en la
elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del
contrato (anexo III).
d) Obligaciones Tributarias.
‐ Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o
declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
‐ Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta
Comunidad.
‐ Certificación positiva, expedida por la Entidad Local contratante, justificativa de
la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de
contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no
atendidas en período voluntario.
‐ Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social,
de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o
declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
f) Impuesto sobre Actividades Económicas.
‐ Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas
en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del mismo,
aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se
acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del
citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al
respecto.
g) Garantía definitiva.
‐ Resguardo acreditativo de la constitución, en la Caja de Depósitos de la Entidad
Local contratante o en la cuenta municipal del Santander 0049 / 2792 / 44 / 2314028823,
de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el
Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación. Así mismo, se podrá constituir
en cualesquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
4.‐ Adjudicación del contrato.
Una vez presentada la documentación a que se refiere el punto anterior el órgano
de contratación adjudicará cada uno de los lotes a la oferta económicamente más
ventajosa en relación al mismo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción
de la documentación.
El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la
apertura de las proposiciones. Dicho plazo se ampliará en quince días cuando sea
necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y,
simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones
por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación,
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la
proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la
oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores
cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de
confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en
que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia
de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico
a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus
proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de
junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el
plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
5.‐ Formalización del contrato.
En el plazo de quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación se
procederá a la firma de la Póliza.
15ª. EFECTOS, CUMPLIMIENTO Y EXTINCION.
Como se hace constar en la cláusula primera, el presente contrato tiene carácter
privado, de conformidad con el artículo 20.1 del TRLCSP, por lo que sus efectos
cumplimiento y extinción se rigen por las normas del derecho privado.
16ª. JURISDICCIÓN COMPETENTE
El orden jurisdiccional contencioso‐administrativo será el competente para
resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación del presente
contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que
surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del presente
ANEXO I
SOBRE A. DECLARACION RESPONSABLE.
D. ……… vecino de ……… ………
provincia de ………., con domicilio en calle ……… ……….. nº …….., y
Documento Nacional de Identidad nº ………..
En nombre, propio o de la empresa ………. a la que representa, y
enterado de las condiciones y requisitos que rigen en la adjudicación del CONTRATO
PRIVADO CONSISTENTE EN EL ASEGURAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, Y
VEHICULOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE LA FRONTERA (expediente
17/2014).
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
1.‐ que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
2.‐ Que en el caso de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación, se
compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
3.‐ Que en todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin
del procedimiento, podrá recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la
propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del
cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
4.‐ Que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de
capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización
del plazo de presentación de las proposiciones.
En Aguilar de la Frontera a __________ de ______________ de 2014
ANEXO II
SOBRE B. OFERTA ECONOMICA.
D. ……… vecino de ……… ………
provincia de ………., con domicilio en calle ……… ……….. nº …….., y
Documento Nacional de Identidad nº ………..
En nombre, propio o de la empresa ………. a la que representa, y enterado
de las condiciones y requisitos que rigen en la adjudicación del CONTRATO PRIVADO
CONSISTENTE EN EL ASEGURAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, Y VEHICULOS DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE LA FRONTERA (expediente 17/2014).
Se compromete, en nombre (propio o de la empresa que representa), a realizar el
suministro que constituye el objeto del presente contrato con estricta sujeción al Pliego de
Cláusulas Administrativas particulares y al de Prescripciones Técnicas, ofertando, respecto
de los criterios de adjudicación, las siguientes condiciones:
LOTE 1.‐ RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL GENERAL.
OFERTA ECONOMICA.‐ Propone asegurar el lote 1 del presente contrato por un
precio anual (prima de la póliza): (en letra y número) euros/año (Máximo 14.000 €).
AMPLIACION DE LOS LIMITES DE INDEMNIZACION.‐ Propone un aumento de (en
letra y número) euros sobre los límites de indemnización fijados en todos y cada uno de
los siguientes apartados del punto 9 “Límites de indemnización” de la Cláusula 2ª
“Responsabilidad Patrimonial de la Administración” del Pliego de Prescripciones Técnicas:
“Responsabilidad civil Patrimonial”.
“Sublímite por víctima”.
DISMINUCION DE LA FRANQUICIA.‐ Propone una disminución de (en letra y en
número) puntos porcentuales sobre la franquicia general prevista punto 10 “Franquicias”
de la Cláusula 2ª “Responsabilidad Patrimonial de la Administración” del Pliego de
Prescripciones Técnicas.
LOTE
2.‐ RESPONSABILIDAD DE AUTORIDADES Y TRABAJADORES .
OFERTA ECONOMICA.‐ Propone asegurar el lote 2 del presente contrato por un
precio anual (prima de la póliza): (en letra y número) euros/año (Máximo 5.000 €).
AMPLIACION DE LOS LIMITES DE INDEMNIZACION.‐ Propone un aumento de (en
letra y número) euros sobre los límites de indemnización fijados en todos y cada uno de
los siguientes apartados del punto 10 “Límites de indemnización” de la Cláusula 3ª
“Responsabilidad Patrimonial de las autoridades y trabajadores” del Pliego de
Prescripciones Técnicas:
“Límite general”.
LOTE 3.‐
ASEGURAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES. SEGURO DE FLOTA .
OFERTA ECONOMICA.‐ Propone asegurar el lote 3 del presente contrato por un
precio anual (prima de la póliza): (en letra y número) euros/año (Máximo 6.000 €).
La oferta comprende el aseguramiento de las garantías previstas para cada vehículo en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas, con las ampliaciones que se ofertan a continuación.
AMPLIACION DE LAS GARANTIAS CUBIERTAS.‐ Además de las garantías previstas
en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas, se propone ampliar a todos los
vehículos asegurados las siguientes garantías previstas en el punto 8 “Garantías cubiertas”
de la Cláusula 4ª Aseguramiento de vehículos automóviles. Seguro de Flota” del Pliego de
Prescripciones Técnicas (señalar la oferta que proceda):
□
8.2, 8.3, 8.5 y 8.6.□
Todas las garantías previstas.Asimismo declara expresamente que estarán cubiertas las reparaciones y
reposiciones de rótulos, pinturas especiales, sistemas de señalización de emergencia
luminosos y sonoros, equipos de megafonía exteriores y en general accesorios fijos
que sean propios de los vehículos de la flota en función o actividad a la que están
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ……… vecino de ……… ……… provincia de
………., con domicilio en calle ……… ……….. nº …….., y Documento
Nacional de Identidad nº ………..
En nombre propio o en representación de la empresa
(tachar lo que no proceda)……….……….., y en relación al
CONTRATO PRIVADO CONSISTENTE EN EL ASEGURAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD
CIVIL Y VEHICULOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE LA FRONTERA
(expediente 17/2014), declara bajo su responsabilidad:
‐ Tener plena capacidad de obrar.
- No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el
artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las
especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato.
En Aguilar de la Frontera a __________ de ______________ de 2014