GOBIERNO REGIONAL DE ICA
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ICA
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES
2007
DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
UNIDAD DE ORGANIZACIÓN Y RACIONALIZACIÓN
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº _______
FECHA : Ica.
Visto, el Proyecto del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica, y el Informe Nº …-2007-GRI/UOIR, en …. (…) folios útiles;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA, modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-2007-GORE-ICA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca y con Ordenanza Regional Nº 0….-2007-GORE-ICA, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP).
Que, es necesario contar con un documento normativo de gestión actualizado donde se definan la Estructura Orgánica Interna y se delimiten y precisen las líneas de autoridad y responsabilidad y las funciones generales y específicas, requisitos mínimos y aptitudes, de cada cargo, de los Órganos y Áreas que integran la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Educación de Ica.
Que, la Dirección de Gestión Institucional ha formulado un Proyecto Actualizado del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica.
Estando a lo opinado por el Órgano de Dirección y Unidades Orgánicas de la Dirección Regional de Educación de Ica, es procedente expedir la presente Resolución Directoral de aprobación.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; la Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA, modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-2007-GORE-ICA y la R.J. Nº 0095-95-INAP-DNR.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Manual de Organización y Funciones de la Sede de la Dirección Regional de Educación de Ica, el mismo que forma parte de la presente Resolución y que tendrá vigencia a partir de la fecha de expedición de la misma.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR, sin efecto la R.D.R. Nº 281 de fecha 12 de Febrero de 2003 y la R.D.R. Nº 1611 de fecha 09 de noviembre de 1999.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, el cumplimiento del Manual de Organización y Funciones por todos los trabajadores nombrados, destacados y contratados, según corresponda.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR, al Órgano de Control Institucional, velar por el fiel cumplimiento de lo normado en la Resolución Directoral.
Regístrese, Comuníquese y Archívese
Prof. BALTAZAR LANTRÓN NUÑEZ
Director Regional de Educación de Ica
DRE/BLN DGI/VRHLL UOIR/DYQ
P R E S E N T A C I Ó N
El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Dirección Regional de
Educación de Ica, es un documento de gestión institucional que describe las funciones
específicas a nivel de cargo, desarrollado a partir de la estructura orgánica y funciones
generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), así como en
base a los cargos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP).
La Dirección Regional de Educación de Ica es un órgano especializado del
Gobierno Regional de Ica, depende de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, mantiene
relación técnico normativa con el Ministerio de Educación; por lo tanto tiene la
responsabilidad de actualizar y adecuar los documentos de gestión institucional acorde con
las normas y disposiciones emitidas por dichas dependencias superiores.
El presente Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de
Educación de Ica, ha sido elaborado conforme a las orientaciones técnicas contenidas en la
R.J. Nº 095-95-INAP/DNR, Normas para la formulación de los Manuales de Organización
y Funciones en la Administración Pública; Directiva Regional Nº
005-2003-GORE-ICA/PR-GRPPAT-SGDS y la Directiva General Nº
002-2003-GORE-ICA/GGR-GRPPAT-SGDS y teniendo en cuenta fundamentalmente lo dispuesto en la Ley Nº 27783,
Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos
Regionales, su modificatoria por Ley Nº 27902; el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED,
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto
Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones
Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa; la Resolución Suprema Nº
203-2002-ED, que aprueba el ámbito jurisdiccional, organización interna y CAP de
diversas Direcciones Regionales de Educación y sus respectivas Unidades de Gestión
Educativa; la Ordenanza Regional Nº 002-2006-GORE-ICA, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica; la
Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA, modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-004-2007-GORE-ICA, Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca; la Ordenanza Regional Nº 0….-2007-GORE-ICA, Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Educación de Ica; y los aportes de los servidores de los órganos de esta dependencia administrativa.Es necesario que los servidores asuman cabalmente las funciones del cargo
encomendado, que permita en su desarrollo identificar alguna limitación u omisión que se
haya incurrido en su formulación frente a la complejidad y amplitud de los servicios que se
brinda a los usuarios, hacer los reajustes oportunos necesarios.
Dirección de Gestión Institucional
Unidad de Organización y Racionalización
ÍNDICE
Pág.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL QUE APRUEBA EL MANUAL DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DRE – ICA
02
PRESENTACIÓN
03
ÍNDICE
04
TÍTULO 1: GENERALIDADES
06
1. Finalidad
06
2. Base
Legal
06
3. Alcance
07
4. Aprobación
07
5. Actualización
07
6.
Funciones Generales de la Dirección Regional de Educación de Ica
07
TÍTULO II: DISEÑO ORGÁNICO
10
1.
Cuadro para Asignación de Personal (CAP)
10
2.
Organigrama Estructural
12
TÍTULO III: DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES GENERALES Y
ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS.
13
I. ÓRGANO DE DIRECCIÓN:
13
1. Del Director de Programa Sectorial IV (Director Regional de
Educación)
14
2.
Del Periodista IV
17
3.
Del Especialista Administrativo IV – Secretario General
18
4.
Del Técnico Administrativo III
19
5.
De la Secretaria V
21
6.
De la Oficinista III
22
7.
De la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos - CADER
23
8.
De la Comisión de Procesos Administrativos
24
II. ÓRGANO DE LÍNEA
25
II.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
25
9.
Del Director de Programa Sectorial III
27
10. Del Especialista en Educación IV
29
11. Del Especialista en Educación IV (Prevención Integral)
31
12. Del Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV
33
13. De la Secretaria IV
34
II.2 DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
36
14. Del Director de Sistema Administrativo III
37
16. Del Especialista en Racionalización IV
40
17. Del Especialista en Finanzas IV
41
18. Del Estadístico IV
43
19. Del Programador de Sistema PAD III
44
20. De la Secretaria IV
44
III.
ÓRGANO DE APOYO
46
DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN
46
21. Del Director de Sistema Administrativo III
48
22. Del Contador IV
49
23. Del Tesorero IV
51
24. Del Ingeniero IV
53
25. Del Especialista Administrativo IV (Administración de
Personal)
54
26. Del Especialista Administrativo IV (Remuneración y
Pensiones)
56
27. Del Especialista Administrativo IV (Abastecimiento)
58
28. Del Analista de Sistemas PAD III
29. Del Técnico Administrativo III (Escalafón)
60
30. Del Técnico Administrativo III (Contabilidad)
61
31. Del Técnico Administrativo III (Tesorería)
62
32. Del Técnico Administrativo III (Abastecimiento)
64
33. Del Programador de Sistema PAD III
65
34. Del Operador PAD III
66
35. De la Secretaria IV
67
36. Del Chofer III
68
37. Del Trabajador de Servicios III
69
IV.
ÓRGANO DE ASESORAMIENTO
70
DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA
70
38. Del Director de Sistema Administrativo III
71
39. De la Secretaria IV
72
V. ÓRGANO DE CONTROL
73
DE LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
73
40. Del Director de Sistema Administrativo III
74
41. Del Auditor IV
76
42. De la Secretaria IV
78
VI. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN
79
DEL CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN
TÍTULO I
GENERALIDADES
1.- FINALIDAD
El Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica
es un documento normativo que describe las funciones especificas a nivel de cargo o
puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones
generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, así como en
base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro de Asignación de
Personal.
2.- BASE LEGAL
a) Ley Nº 28044, Ley General de Educación, su modificatoria Leyes Nº 28123, Nº
28302 y Nº 28329.
b) Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por
la Ley Nº 26510.
c) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
d) Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley
Nº 27902.
e) Ley 24029 y su Modificatoria N° 25212 Ley del Profesorado.
f) Decreto Legislativo 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público.
g) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
h)
Decreto Supremo Nº 009-2005-ED,
Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.i) Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación.
j) Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de
las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa.
k) Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la
Administración Pública.
l) Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las
entidades de la Administración Pública.
m) Decreto Supremo N° 019-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado.
n) Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera
Administrativa.
o) Resolución Suprema Nº 203-2002-ED, aprueba el ámbito jurisdiccional,
organización interna y CAP de diversas Direcciones Regionales de Educación y sus
respectivas Unidades de Gestión Educativa.
p)
Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR (Publicada en el Diario Oficial El
Peruano del 11-07-95), “Normas para la formulación de los Manuales de
Organización y Funciones en la Administración Publica” mediante Directiva Nº
001-95-INAP/DNR.
q) Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-2007-GORE-ICA, Aprueba el ROF de la Dirección Regional de Educación de Ica y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca.
r) Ordenanza Regional Nº 0….-2007-GORE-ICA, Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Educación de Ica.
3.- ALCANCE
Comprende a los órganos componentes y cargos de la Dirección Regional de
Educación de Ica y UGELs.
4.- APROBACIÓN
Se formula en cumplimiento a lo dispuesto por la normativa detallada en la base legal
del presente documento de gestión, el mismo que será aprobado mediante Resolución
Directoral Regional.
5.- ACTUALIZACIÓN
El MOF se evaluará cada año y se revisará progresivamente hasta la adecuación final
conforme al Cuadro de Asignación de Personal Estructural según Resolución Suprema
Nº 203-2002-ED.
6.-
FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE
EDUCACIÓN DE ICA
Son funciones generales de la Dirección Regional de Educación de Ica:
a) Dirigir, supervisar y evaluar la adecuación de los lineamientos de política educativa y
la normatividad nacional a las características del contexto regional.
b) Formular y ejecutar las políticas regionales de educación, ciencia, tecnología, cultura,
arte, deporte y recreación en coordinación con las entidades públicas y privadas de la
región.
c) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los programas de
desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y
recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional.
d) Autorizar, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, el
funcionamiento de las Instituciones y Programas Educativos públicos y privados y
supervisarlos; y monitorear y asesorar el servicio que prestan las Instituciones de
Educación Superior No Universitaria.
e) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto educativo regional, gestionar su
financiamiento y prever recursos complementarios en coordinación con las Unidades
de Gestión Educativa Local.
f) Diversificar los currículos nacionales incorporando contenidos significativos de su
realidad socio-cultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las
necesidades e intereses de los educandos, intercambiando experiencias con
universidades, institutos superiores y otras Instituciones y Programas Educativos
especializadas, en el marco de los enfoques pedagógicos contemporáneos.
g) Promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la Educación
Básica Regular, Básica Especial, Básica Alternativa, Técnico-Productiva,
Comunitaria y Superior No Universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y
en armonía con la política y normas del sector y las necesidades de cobertura y
niveles de enseñanza de la población.
h) Modernizar los sistemas descentralizados de gestión educativa y propiciar la
formación de redes de instituciones educativas, en coordinación con el Ministerio de
Educación.
i) Promover, colaborar en la ejecución y evaluar, conjuntamente con los gobiernos
locales, los programas de alfabetización en el marco de las políticas y programas
nacionales.
j) Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral
orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la
región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades para todos, la
integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al afianzamiento de los
mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles
de gobierno; y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de derechos, de paz y
reconocimiento y respeto a la diversidad.
k) Promover e incentivar la investigación y extensión en las instituciones educativas de
nivel superior no universitario, en función del desarrollo regional.
l) Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones
artísticas y culturales de la región; en coordinación con los gobiernos locales.
m) Promover en coordinación con los gobiernos locales y los organismos
correspondientes, la protección y conservación del patrimonio cultural local y
regional.
n) Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías eficaces y eficientes
para el mejoramiento de la calidad de la educación en sus distintos niveles y
modalidades.
o) Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad
nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en la
región, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.
p) Identificar prioridades de inversión que propendan a un desarrollo armónico y
equitativo de la infraestructura educativa en el ámbito regional, y gestionar su
financiamiento.
q) Coordinar con los gobiernos locales, universidades y otras instituciones
especializadas públicas y privadas, el establecimiento de programas de prevención y
atención integral; así como programas de bienestar social, dirigidos especialmente a la
población pobre y en extrema pobreza.
r) Incentivar la creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que
contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones y Programas Educativos.
s) Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región
en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el
Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política de
acreditación y certificación de la calidad educativa en el ámbito regional.
t) Proponer e implementar las políticas de infraestructura y equipamiento educativo, en
coordinación con el Ministerio de Educación, el órgano competente del Gobierno
Regional de Ica y los gobiernos locales del ámbito regional.
u) Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de
investigación, experimentación, innovación e inversión educativa, que aporten al
desarrollo regional y el mejoramiento de la calidad del servicio educativo.
v) Desarrollar los procesos de profesionalización, capacitación y actualización del
personal docente y administrativo de la región, en concordancia con el plan nacional
de formación continua.
w) Fortalecer en coordinación con los Gobiernos Locales, a las Instituciones y Programas
Educativos, promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento
democrático, así como la articulación intersectorial y la pertinencia a redes, con
participación de la sociedad.
x) Articular, asesorar y monitorear en el campo pedagógico, administrativo y de gestión
a las Unidades de Gestión Educativa Local.
y) Mejorar de manera continua la gestión pedagógica, institucional, administrativa y las
condiciones de trabajo del personal docente y administrativo.
z) Desarrollar e implementar sistemas de información y comunicación, con participación
de diversas instituciones y actores sociales, y ponerlas a disposición de la población.
aa) Organizar e implementar el funcionamiento del Consejo Participativo Regional de
Educación, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y control
ciudadano.
bb) Asegurar la calidad y oportunidad de la formación inicial y en servicio de los
profesores en su ámbito.
cc) Administrar, los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo,
en concordancia con la normatividad establecida por los sistemas administrativos.
dd) Administrar y orientar las acciones inherentes al Registro de Títulos, Actas y
Certificados, Trámite Documentario, Archivo General y Periférico e Imagen
Institucional.
ee) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.
ff) Conducir el proceso de concurso público de los Directores de las Unidades de Gestión
Educativa Local y designar a los ganadores.
TÍTULO II
DISEÑO ORGÁNICO
1.- CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP).
SECTOR : 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PLIEGO : 449 GOBIERNO REGIONAL DE ICA
UNIDAD EJECUTORA : 300 EDUCACIÓN ICA
Nº DE ORDEN
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD Y CARGOS
CLASIFICADOS Y/O ESTRUCTURADOS CÓDIGOS
TOTAL
CARGOS OBSERVACIONES
A. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
01 Director de Programa Sectorial IV 44901012 01 De Confianza
02 Periodista IV 44901015 01
03 Especialista Administrativo IV 44901015 01
04 Técnico Administrativo III 44901016 01
05 Secretaria V 44901016 01
06 Oficinista III 44901016 01
B. ÓRGANOS DE LÍNEA
B.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
07 Director de Programa Sectorial III 44902014 01
08 - 18 Especialista en Educación IV 44902015 11
19 Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV 44902015 01
20 Secretaria IV 44902016 01
B.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
21 Director de Sistema Administrativo III 44902024 01
22 Planificador IV 44902025 01
23 Especialista en Racionalización IV 44902025 01
24 Especialista en Finanzas IV 44902025 01
25 Estadístico IV 44902025 01
26 Programador de Sistemas PAD III 44902026 01
27 Secretaria IV 44902026 01
C. ÓRGANO DE APOYO
* OFICINA DE ADMINISTRACIÓN
28 Director de Sistema Administrativo III 44903014 01
29 Contador IV 44903015 01
30 Tesorero IV 44903014 01
31 Ingeniero IV 44903015 01
32 - 35 Especialista Administrativo IV 44903015 04
36 Analista de Sistemas PAD III 44903015 01
37 - 40 Técnico Administrativo III 44903016 04
41 Programador de Sistemas PAD II 44903016 01
42 Operador PAD II 44903016 01
43 Secretaria IV 44903016 01
44 - 45 Chofer III 44903016 02
C. ÓRGANO DE ASESORAMIENTO
* OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA
48 Director de Sistema Administrativo III 44904014 01 De Confianza
49 Secretaria IV 44904016 01
C. ÓRGANO DE CONTROL
* OFICINA DE CONTROL INTERNO
50 Director de Sistema Administrativo III 44905014 01
51 - 52 Auditor IV 44905015 02
53 Secretaria IV 44905016 01
RESUMEN
CLASIFICACIÓN DEL CARGO S/P P TOTAL
EC
SP-EJ
SP-ES
SP-AP
EMPLEADO DE CONFIANZA SERVIDOR PÚBLICO - EJECUTIVO SERVIDOR PÚBLICO – ESPECIALISTA
SERVIDOR PÚBLICO – DE APOYO
1
1 5 27 19 1 5 28 19 TOTAL 1 52 53
2.- ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ICA
OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL OFICINA DE ADMINISTRACIÓN, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN
TÍTULO III
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS
A NIVEL DE CARGOS DE LA DRE-ICA
I. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
El Órgano de Dirección constituye la máxima autoridad de la Dirección Regional de Educación de Ica, responsable de conducir, orientar, ejecutar, supervisar y controlar el servicio educativo en el ámbito regional, en concordancia con los lineamientos de política sectorial y regional.
A. ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA:
•
Dirección
-
Director de Programa Sectorial IV-
Secretaria V•
Área de Administración Documentaria e Imagen Institucional
-
Periodista IV-
Especialista Administrativo IV-
Técnico Administrativo III-
Oficinista III• Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos (CADER)
• Comisiones de Procesos Administrativos
- Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios - Comisión Permanente de Procesos Administrativos
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
DIRECCIÓN
REGIONAL DE
EDUCACIÓN
COMISIONES DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS COMISIÓN DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Y RECLAMOS SECRETARIA ÁREA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO GENERAL ÁREA DE ACTAS, TÍTULOS Y CERTIFICADOS ÁREA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONALSECRETARIA GENERAL
B.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
1. DEL DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL IV - Código: 44901012
- Denominación del Cargo: Director Regional. - Funciones Generales:
a) Dirigir y coordinar actividades técnicos administrativos de alto nivel de responsabilidad en programas de línea asignadas al área de competencia de los ministerios y organismos de desarrollo de ámbito regional o departamental. - Funciones Específicas:
El Director Regional de Educación de Ica, es el funcionario con mayor nivel jerárquico, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas con acuerdo a ley; sus funciones son:
a)
Dirigir y evaluar la aplicación de la política y normatividad del Sector en materia del desarrollo de la educación, ciencia, tecnología, cultura, deporte y recreación en su ámbito jurisdiccional y liderar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y democratización del servicio educativo.b)
Conducir y orientar la formulación, implementación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Regional (PER), en coordinación con el Consejo Participativo Regional de Educación, que promueva el desarrollo de la educación en el ámbito de su competencia.c)
Aprobar el Proyecto Educativo Regional y los Planes Operativos Anuales, articulados con los Planes de Desarrollo Local y Regional, y evaluar sus resultados.d)
Conducir la diversificación curricular a nivel regional en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales.e)
Supervisar, evaluar la gestión y funcionamiento de las Unidades a su cargo, de los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Privados, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes.f)
Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad nacional e internacional, con las instituciones educativas de Educación Superior No Universitaria que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa de la región, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.g)
Implementar medidas encaminadas a modernizar y fortalecer la gestión administrativa en la Dirección Regional de Educación de Ica y en los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos.h)
Asesorar, supervisar y brindar asistencia Técnico Pedagógica a las Unidades de Gestión Educativa Locales e Institutos Superiores Públicos y Privados.i)
Promover acciones de asesoramiento apoyo para el acceso y atención progresiva y de calidad a los estudiantes con necesidades educativas especiales en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Locales.j)
Presidir en forma permanente el Comité de Gestión Presupuestaria de la Unidad Ejecutora Nº 300 - Dirección Regional de Educación de Ica.k)
Autorizar, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales, el funcionamiento de las Instituciones Educativas públicas y privadas.l)
Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el Ministerio de Educación.m)
Promover las innovaciones educativas que realicen los profesores evaluando sus resultados y creando las condiciones para su enriquecimiento, difusión y sostenibilidad del servicio educativo en el ámbito regional.n)
Incentivar la Creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones y Programas Educativos.o)
Promover, regular, monitorear, supervisar y evaluar los servicios educativos referidos a la Educación Básica Regular, Básica Especial, Básica Alternativa, Técnico – Productiva, Comunitaria y Superior No Universitaria, en coordinación con los gobiernos Locales y en armonía con la política y normas del Sector Educación y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población.p)
Planificar, coordinar, conducir y evaluar las acciones de supervisión, asesoramiento, monitoreo y control de la gestión institucional, pedagógica y administrativa de los órganos y dependencias administrativas, de las Instituciones y Programas Educativos y Redes Educativas y otras entidades educativas a su cargo.q)
Promover la iniciativa, creatividad, productividad y eficiencia del personal y del ejercicio de la gestión transparente y participativa.r)
Implementar medidas encaminadas a la descentralización efectiva de la gestión institucional, pedagógica y administrativa y el fortalecimiento de la autonomía de las Unidades de Gestión Educativa Locales, Instituciones y Programas Educativos y Redes Educativas, en el marco de la normatividad vigente.s)
Suscribir y aprobar convenios y/o contratos con entidades públicas o privadas, nacional o internacional a favor de la educación, ciencia, tecnología, cultura, recreación y deporte en la Región, acorde con las normas y procedimientos establecidos en coordinación con el Ministerio de Educación.t)
Administrar la entidad, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; y presentar los informes correspondientes de su gestión.u)
Coordinar y conducir los procesos local, provincial y regional de concertación por la educación y promover la participación de las Universidades, Gobiernos Locales y otras entidades de la Sociedad Civil en las actividades y proyectos educativos.v)
Promover, impulsar, conducir y evaluar las acciones tendentes al mejoramiento profesional y desempeño laboral del personal directivo, docente y administrativo, a fin de garantizar servicios educativos eficientes y eficaces.w)
Orientar y evaluar la formulación, ejecución y consolidación del presupuesto en el ámbito regional en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, concordante con el Proyecto Educativo Regional.x)
Presidir las reuniones del Consejo Participativo Regional de Educación, generando consensos y compromisos por una educación de calidad.y)
Diseñar modelos y estrategias de gestión institucional, a partir de consensos, contribuyendo con procesos de descentralización que atiendan la diversidad de situaciones local, provincial y regional.z)
Conformar el Comité Regional de Alfabetización y aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir el analfabetismo.aa)
Informar sobre el Programa de Alfabetización y los Programas Estratégicos que se ejecutan en el ámbito regional.bb)
Establecer e implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana, de transparencia de gestión y sistema de información, orientados a garantizar una administración democrática, equitativa, transparente y competente.cc)
Administrar y orientar las acciones inherentes al Registro de Títulos, Actas y Certificados de Estudios, Trámite Documentario, Archivo General y Periférico e Imagen Institucional.dd)
Conducir y aplicar mecanismos que permitan incrementar la productividad y mejorar la eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa.ee)
Designar por concurso público por un período de tres (03) años a los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de su ámbito jurisdiccional en coordinación con el Gobierno Regional de Ica.ff)
Cumplir otras funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia.-
Líneas de autoridad y responsabilidad:Depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica; técnico y normativamente del Ministerio de Educación.; y tiene mando directo sobre cinco (05) servidores: 01 Especialista Administrativo II, 01 Periodista II, 01 Técnico Administrativo II, 01 Secretaria III y 01 Oficinista III, a su cargo, así como de los demás Directores de las direcciones de la Sede de la DRE -ICA. Directores de UGELs, del Sector Regional de Educación y Directores de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas.
-
Requisitos mínimos:a)
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la educación.b)
Grado Académico (Doctorado ó Maestría) y/o Segunda Especialización, Administración de la Educación ó Administración Pública.c)
Amplio conocimiento de la problemática educativa a través del ejercicio de cargos o funciones vinculadas a la educación no universitaria en cualquiera de sus niveles.d)
Capacitación especializada en administración de la educación.e)
Experiencia en la conducción y desarrollo de personal (3 años).f)
Capacitación en métodos y técnicas de la enseñanza aprendizaje.g)
Capacitación en Software de Sistemas Operativo y de Aplicación.h)
Experiencia no menor de 10 años en el ejercicio de cargos directivos en el sistema educativo.- Aptitudes:
a) Capacidad de comprensión y aplicación de la política educativa nacional. b) Capacidad de liderazgo y ética comprobada.
c) Capacidad técnica para manejar enfoques de planificación educativa. d) Capacidad para conciliar conflictos.
e) Capacidad de manejo de los sistemas administrativos: Presupuesto, Sistema Integrado de Administración Financiera, Informática y Personal.
f) Capacidad para la aplicación de los enfoques pedagógicos contemporáneos a la realidad regional y local.
g) Capacidad para trabajar con un enfoque intersectorial y multidisciplinario para la solución de los problemas educativos y sociales de su ámbito territorial.
2. DEL PERIODISTA IV - Código: 44901015
- Denominación del Cargo: Periodista. - Funciones Generales:
a) Supervisar y/o ejecutar actividades de redacción e información. - Funciones Específicas:
a) Orientar, coordinar y evaluar las actividades del área a su cargo.
b) Programar, organizar, dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la atención al público.
c) Proyectar una adecuada Imagen Institucional del Sector Educación hacía la comunidad educativa y mantener informado sobre la política educativa, acciones y servicios que ofrece el sector, generando una corriente de opinión favorable en el público y organismos comprometidos con el trabajo educativo. d) Preparar conferencias y notas de prensa, asegurando la presencia de los medios
de comunicación.
e) Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación directa a través de boletines informativos, programas radiales, página web, para consolidar una positiva imagen Institucional.
f) Actuar como maestro de ceremonia en actos oficiales de la Dirección Regional de Educación de Ica.
g) Realizar las actividades de relaciones públicas y de protocolo dentro y fuera de la Sede Regional de Educación.
h) Integrar comisiones de trabajo intersectorial.
i) Atender las delegaciones que visitan la Dirección Regional de Educación. j) Atender y coordinar el servicio fotográfico y filmaciones.
k) Orientar al público en la mejor relación de sus gestiones dentro de la Dirección Regional de Educación.
l) Programar, coordinar, seleccionar y preparar material informativo para los diversos medios de comunicación.
m) Confeccionar material de publicidad en base a lineamientos generales que se le proporcione.
n) Procesar material técnico para editar boletines, folletos, crónicas, revistas, etc. o) Analizar y seleccionar las noticias periodísticas tanto nacionales como
extranjeras.
p) Puede corresponder investigar biografías y bibliografías para producir artículos inéditos y/o preparar programas informativos, conferencias de prensa y otras de carácter oficial
-
Líneas de autoridad y responsabilidad:- Requisitos mínimos:
a) Título profesional universitario.
b) Experiencia en labores periodísticas (2 años). c) Amplia experiencia en conducción de personal.
d) Capacitación y dominio excelente de software de sistemas operativos y de aplicación.
- Aptitudes:
a) Elevada capacidad de análisis, de síntesis y de organización, sentido del orden, razonamiento lógico – deductivo, habilidad numérica e iniciativa.
3. DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO IV - Código: 44901015
- Denominación del Cargo: Secretario General. - Funciones Generales:
a) Ejecutar y coordinar actividades especializadas de los sistemas administrativos de apoyo.
- Funciones Específicas:
a) Planificar, dirigir y evaluar las acciones de trámite documentario, archivo, comunicación, matrícula, actas, certificados, títulos que desarrolla la unidad a su cargo.
b) Coordinar y controlar las acciones que desarrollan los equipos y el personal a su cargo.
c) Atender, orientar y absolver las consultas de los usuarios. d) Propiciar y organizar jornadas o talleres de comunicación.
e) Coordinar con la Dirección de Gestión Institucional para el logro de la optimización del sistema de trámite documentario y el mejoramiento de los procedimientos.
f) Orientar las acciones destinadas a mejorar las relaciones con la comunidad y evaluar la opinión, acerca del rol que cumple la Dirección Regional de Educación.
g) Mantener relaciones con instituciones educativas y otras que desarrollan actividades afines con las del Sector Educación.
h) Autorizar la impresión de documentos.
i) Procesar material informativo para implementar periódicamente una revista al servicio de la comunidad educativa.
j) Actuar como fedatario dando autenticidad a los documentos verificados de su original.
k) Mantener y supervisar las publicaciones en los paneles internos.
l) Coordinar con las demás oficinas las acciones de comunicación e información. m) Revisar los proyectos de resolución, oficios y otros documentos, para su firma
por el Director Regional de Educación, llevando el control correspondiente. n) Llevar la agenda de reuniones intersectoriales que tiene el Director Regional
o) Participar en la distribución de la documentación que llega y se genera en la Dirección Regional de Educación, a los diferentes órganos de la sede institucional.
- Líneas de autoridad y responsabilidad:
Depende jerárquica y administrativamente del Director Regional de Educación; tiene a su cargo a tres (03) servidores: 01 Periodista II, 01 Técnico Administrativo II y 01 Oficinista III.
- Requisitos mínimos:
a) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.
b) Amplia experiencia en labores de la especialidad. c) Conocimiento en los sistemas administrativos. d) Experiencia en la conducción de personal (02 años).
e) Experiencia en la conducción de programas de la especialidad (02 años). f) Capacitación especializada en el área.
g) Capacitación y dominio de software de sistemas operativos y de aplicación. - Aptitudes:
a) Capacidad de organización, sentido de orden, observación, coordinación y análisis de diferentes elementos para integrarlos como un todo armónico, aptitud para las tareas administrativas, fluidez verbal, iniciativa e independencia de juicio.
4. DEL TÉCNICO ADMINISTRATIVO III
-
Código: 44901016- Denominación del Cargo: Trámite Documentario. - Funciones Generales:
a) Ejecutar actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas administrativos de apoyo.
- Funciones Específicas:
a) Asesorar, coordinar, controlar y evaluar las actividades del área a su cargo. b) Normar y coordinar con los Especialistas de Gestión Pedagógica sobre la
presentación de la documentación del proceso de matrícula por parte de las Instituciones Educativas, procesando los expedientes correspondientes.
c) Revisar, elaborar y visar los Certificados de Estudios, actualizando el Padrón de Firmas a nivel institucional.
d) Organizar, clasificar y mantener en condiciones de seguridad las Nóminas de Matrícula y Actas de Evaluación de las Instituciones Educativas de la provincia de Ica, debidamente empastadas y clasificadas.
e) Expedir certificados de estudios de Instituciones Educativas cerradas (que ya no funcionan).
i. Emitir informes sobre autenticidad de Grados y Títulos expedidos y/o inscritos en la Dirección Regional de Educación de Ica.
f) Remitir semestralmente a la Comisión Permanente de Procesos y Control Interno, el informe consolidado de las Instituciones Educativas Publicas y Privadas que no hayan presentado sus documentos técnicos pedagógicos: Actas y Nominas.
g) Revisar los Cuadros de Méritos de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria de la provincia de Ica y prepararlos para la visación de los cinco primeros puestos según los casos.
h) Realizar la inscripción de Grado y/o Título Profesional Pedagógico otorgado por las Universidades del ámbito regional.
i) Revisar los expedientes, proyectar las resoluciones de expedición de Título de los Graduados en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria, del ámbito regional, procediendo a su inscripción correspondiente y firmando en el reverso.
j) Visación de Títulos inscritos para el extranjero.
k) Elaborar un registro sobre la presentación de las Nóminas y Actas de Evaluación de los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Privados.
l) Elaborar la estadística de los títulos expedidos.
m) Expedir constancias certificadas de títulos extraviados o deteriorados.
n) Procesar los expedientes consignando los datos correspondientes para la legalización de los Certificados y Títulos de los usuarios, que deseen estudiar en el extranjero.
o) Revisar, numerar y registrar en orden correlativo las Resoluciones Directorales Regionales.
p) Remitir copias de resoluciones a la Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Locales en los casos de Reasignaciones de Personal, Traslado de Pensiones y otros casos.
q) Atender a las Direcciones integrantes de la Sede Regional, cuando solicitan documentos de archivo.
r) Efectuar el descargo de los documentos egresados del archivo.
s) Mantener actualizado el inventario del acervo documentario de la Dirección Regional de Educación.
t) Preparar la relación de documentos que mediante resolución se autoriza ser incineradas.
u) Distribuir las resoluciones numeradas.
v) Recepcionar, numerar las hojas y registrar la documentación para el archivo general.
w) Actuar como fedatario, autenticando copia de los originales.
x) Mantener actualizado el registro alfabético de las resoluciones que expide la Dirección Regional de Educación.
y) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Especialista Administrativo II.
- Líneas de autoridad y responsabilidad: Depende del Especialista Administrativo IV. - Requisitos mínimos:
a) Título No Universitario de un Centro de Educación Superior relacionada con la especialidad.
c) Capacitación en el área no menor de 100 horas.
d) Capacitación y dominio excelente de sistemas operativos y de aplicación. - Aptitudes:
a) Habilidad para desarrollar labores de oficina (tipeo de documentos, cálculos sencillos).
5. DE LA SECRETARIA V
-
Código: 44901016.- Denominación del Cargo: Secretaria. - Funciones Generales:
a) Ejecutar y supervisar actividades de gran complejidad de apoyo secretarial. - Funciones Específicas:
a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir, controlar y archivar la documentación que ingresa o se genera en la Dirección Regional de Educación de Ica.
b) Redactar, mecanografiar y revisar la documentación que le asigne el Director Regional de Educación.
c) Realizar el seguimiento y control de la documentación a su cargo y mantener informado al Director Regional de los asuntos de su competencia.
d) Llevar la agenda de reuniones del Director Regional de Educación y registrar las audiencias.
e) Mantener actualizado el inventario de bienes, enseres, acervo documentario de la Dirección y velar por su seguridad, conservación y mantenimiento, observando las normas correspondientes.
f) Atender la comunicación telefónica, recepcionar a las personas que solicitan entrevista con el Director Regional de Educación y orientar al público sobre la situación del trámite de expedientes.
g) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Director Regional de Educación.
- Líneas de autoridad y responsabilidad:
Depende jerárquica y administrativamente del Director Regional de Educación. - Requisitos mínimos:
a) Instrucción secundaria completa y Título de Secretariado Ejecutivo o estudios secretariales concluidos no menores de un año.
b) Capacitación certificada en idioma(s) extranjero(s) otorgada por entidad autorizada, y en relaciones públicas o relaciones humanas.
c) Amplia experiencia en labores propias de secretariado (3 años). d) Experiencia en labores administrativas de oficina.
e) Capacitación y dominio excelente de software de sistemas operativos y de aplicación.
f) Capacitación en el área no menor de 100 horas. g) Amplia experiencia en conducción de personal.
- Aptitudes:
a) Habilidad para percibir detalles importantes, para observar diferencias en el copiado y en las tareas administrativas, capacidad para atender simultáneamente varios objetos o asuntos específicos con eficiencia y cordialidad, sentido de colaboración y del orden.
b) Discreción y responsabilidad.
6. DEL OFICINISTA III - Código: 44901016
- Denominación del Cargo: Oficinista. - Funciones Generales:
a) Ejecutar y supervisar labores complejas de oficina. - Funciones Específicas:
a)
Recepcionar los expedientes entregados por los usuarios foliando cada hoja del expediente.b)
Formular informes sobre el seguimiento de los expedientes cuando sean requeridos.c)
Verificar la conformidad de los expedientes y devolver al usuario aquellos que no reúnen los requisitos establecidos.d)
Clasificar la documentación para su registro y distribución interna.e)
Participar en las tareas de compaginación y engrapado de los documentos elevados por la Secretaría General.f)
Recibir la correspondencia de las diferentes Direcciones de la Sede Regional de Educación, para su distribución a sus destinatarios.g)
Realizar el trámite solicitando necesario para efectuar los gastos de remisión de las correspondencias.h)
Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Especialista Administrativo II.- Líneas de autoridad y responsabilidad: Depende del Especialista Administrativo IV. - Requisitos mínimos:
a) Instrucción secundaria completa. b) Capacitación certificada en secretariado.
c) Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
d) Capacitación y dominio excelente de software de sistemas operativos y de aplicación.
f) Capacitación en el área no menor de 100 horas. - Aptitudes:
a) Habilidad para el desempeño laboral, buen rendimiento, productividad en el puesto de trabajo y responsabilidad.
b) Capacidad para atender y absolver consultas relacionadas con su actividad, para redactar y revisar informes, resoluciones, proveídos y otros.
7. COMISIÓN DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Y RECLAMOS (CADER)
Por Resolución Ministerial Nº 074-2005-ED, de fecha 7 de febrero de 2005 y su modificatoria la R.M. Nº 0277-205-ED, se creó la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos- CADER, encargada de recibir, verificar, investigar y procesar denuncias y reclamos que competen a la entidad administrativa y cuya atención no corresponde a la Oficina de Control Institucional, tales como los siguientes:
a) Administración de Recursos Humanos:
• Ingreso de Personal: Nombramientos, Contratos y Reconocimiento de Pago.
• Desplazamiento de Personal: Designaciones, Reasignaciones, Rotaciones, Reubicaciones, Permutas, Transferencias, Destaques, Encargaturas de Puesto o Funciones de Comisiones de Servicio.
• Racionalización de Personal, Excedencia.
• Control de Asistencia y Permanencia, Abandono de Argo, Licencias y Permisos.
• Selección de Personal, Concursos, evaluación de Personal, Relaciones Humanas, Clima Institucional.
• Remuneración, Bonificaciones y Beneficios.
• Registro de Personal: Informe Escalafonario, Registro de Antecedentes.
• Régimen de Pensiones, Seguridad Social,
• Retiro: Ceses, Renuncias, Despidos, etc.
• Régimen Disciplinario: Premios y Estímulos, Faltas y sanciones, Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinario y Comisión Permanente de Procesos Administrativos.
• Abuso de Autoridad, Desacato, Faltamiento al Superior.
• Actos de Hostigamiento y contra la Libertad Sexual.
b) Trámite Documentario:
Actas, Certificados, Títulos. Copias Certificadas.
Visación y Legalización de Títulos y Certificados. Registro de Títulos.
Archivo de Documentos Oficiales Rectificación de Nombres y Apellidos. Morosidad
Cobros no contemplados en el TUPA.
Falsificación de Documentos (títulos y/o certificados). c) Asociaciones de Padres de Familia.
Siempre que se cuente con la anuencia y colaboración de los propios miembros de éstas.
d) Dilación en el Trámite de Expedientes.
La Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos depende funcionalmente del Titular de la Entidad, estará conformada básicamente por: un profesional de la educación, un abogado, un psicólogo y un personal de apoyo.
En la Directiva N º 210-2005-CADER/OAAE/VMGI-ME, en el numeral 6.1.1 se establece la función del Coordinador de la mencionada Comisión; señalando que, es el que distribuye y procesa la denuncia o reclamo al especialista según corresponda, el que calificará y evaluará si existe mérito o no para procesarla. De encontrar mérito para procesarla, lo hará con la prioridad que amerite. Según el caso, pondrá conocimiento del interesado a través del Titular de la Entidad.
FUNCIONES
a) Recibir, verificar, investigar y procesar las denuncias y reclamos que se formulen contra los funcionarios y servidores de su jurisdicción y las referidas a las Asociaciones de Padres de Familia; siempre que se cuente con la anuencia y colaboración de los propios miembros de éstas, informando al Titular de la Entidad para los fines correspondientes.
b) Conciliar controversias derivadas de la relación laboral y/o prestación del servicio educativo que no sean materia del Proceso Administrativo Disciplinario.
c) Informar mensualmente al Director de la Entidad con copia a la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos – CADER del Ministerio de Educación, sobre el estado de los procesos a su cargo.
d) Procesar denuncias referidas a actos de hostigamiento y contra la libertad sexual con la prioridad que el caso requiera.
e) Velar por la transparencia de los actos de gestión en su jurisdicción, fortaleciendo la participación, concertación y vigilancia de los actores educativos en dicho proceso. f) Derivar, respetando los procedimientos de Ley y con la celeridad del caso a la
autoridad jurisdiccional, las denuncias documentadas de hechos delictivos. Debiendo orientar las acciones administrativas que permitan salvaguardar los intereses de los educandos y las instituciones educativas.
8. COMISIONES DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS
Proceso Administrativo, “es el mecanismo de seguridad establecido con el fin de garantizar equidad y justicia en salvaguarda de la estabilidad del trabajador y del interés del servicio, cuando es solicitada la cesantía o la destitución de un trabajador de la Administración Pública, como sanción de carácter disciplinario”.
COMISIONES:
a) Los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren a los servidores públicos comprendidos en el D.Leg. Nº 276. – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneración del Sector Público – estará a cargo de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios cuyos integrantes son designados por Resolución del Titular de la Entidad, anualmente.
Dicha Comisión estará constituida por tres (03) miembros titulares y tres (03) miembros suplentes y estará presidida por un funcionario designado por el Titular de la entidad y la integran el Jefe de Personal y un servidor de carrera designado por los trabajadores.
Para el proceso de funcionarios se constituirá una Comisión Especial integrada por tres (03) miembros acordes con la jerarquía del procesado.
Las Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios tienen la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre las procedencias de abrir Proceso Administrativo Disciplinario, es decir, que las
Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios no están obligadas a pronunciarse en todos los casos, de lo que se desprende que el Titular de la Entidad y el funcionario con capacidad resolutiva pude disponer la instauración del Proceso Administrativo Disciplinario, si los elementos de Prueba , a su entender son suficientes.
Los integrantes de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, deberían efectuar las investigaciones del caso, solicitarán los informes que se consideren pertinentes, recibirán declaraciones testimoniales y personales, examinarán las pruebas que se presentan y elevarán un Informe Final al Titular de la entidad, recomendando las sanciones que a su criterio sean de aplicación.
El Proceso Administrativo Disciplinario debe concluir antes de los treinta (40) días hábiles improrrogables.
b) Los Procesos Administrativos que se instauren a los Trabajadores comprendidos en la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, estará a cargo de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, cuyos integrantes son designados por Resolución del Titular de la entidad, anualmente.
Dicha Comisión estará constituida por cuatro (04) miembros titulares y cuatro (04) suplentes. La citada comisión será presidida por un funcionario designado por el titular de la entidad e integrada por el Jefe de Personal y dos (02) profesores designados por el Sindicato. La Comisión podrá contar con el asesoramiento de los profesionales que sea necesario.
Esta comisión tiene la facultad de calificar las denuncias procesadas por Inspectoría y pronunciarse sobre la procedencia de la apertura del proceso administrativo, asimismo goza de facultades investigatoria, aparte de las facultades inherentes al procesamiento. El Proceso Administrativo debe concluir antes de los cuarenta (40) días hábiles improrrogables, bajo responsabilidad de sanción para los procesadores.
Es prerrogativa del titular de la entidad determinar el tipo de sanciones a aplicarse en base a dichas recomendaciones.
II. ÓRGANOS DE LÍNEA
II.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
La Dirección de Gestión Pedagógica, es el Órgano de Línea, encargado de diseñar, orientar, monitorear y evaluar el servicio educativo que brindan las Instituciones y Programas Educativos del ámbito de la Dirección Regional de Educación de Ica y las relacionadas con el desarrollo de la cultura, la ciencia, la tecnología, el deporte y la recreación en el ámbito regional.
A. ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA: •
Dirección
-
Director de Programa Sectorial III-
Secretaria IV•
Área de Educación Inicial y Especial
- Especialista en Educación IV •
Área de Educación Primaria
- Especialista en Educación IV •
Área de Educación Secundaria
- Especialista en Educación IV •
Área de Educación Superior
- Especialista en Educación IV •
Área de Educación de Adultos
- Especialista en Educación IV •
Área de Prevención Integral
- Especialista en Educación IV
- Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV.
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL.
SECRETARIA Oficina de Auditoria Interna DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA Consejo Participativo Regional de Educación DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN ÁREA DE PREVENCIÓN INTEGRAL ÁREA DE ED. DE SUPERIOR ÁREA DE ED. DE ADULTOS ÁREA DE ED. INICIAL Y ESPECIAL ÁREA DE ED. PRIMARIA ÁREA DE ED. SECUNDARIAB. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
9. DEL DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL III
- Código: 44902014
- Denominación del Cargo: Director. - Funciones Generales:
a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar acciones pedagógicas, fundamentalmente en aspectos curriculares, estrategias metodológicas, materiales educativos, sistemas de evaluación, supervisión e investigación educativa y el uso de nuevas tecnologías aplicadas a la educación.
- Funciones Específicas:
a)
Proponer la política y normatividad educativa regional, en función de la realidad socioeconómica y cultural de la Región; así como, orientar y supervisar su aplicación.b)
Regular, monitorear, supervisar y evaluar el aspecto técnico pedagógico de los servicios educativos referidos a la Educación Básica Regular, Básica Especial, Básica Alternativa, Técnico – Productiva, Comunitaria y Superior No Universitaria, en coordinación con los Gobiernos Locales y en armonía con la política y normas del Sector Educación.c)
Identificar e implementar el uso de nuevas tecnologías y estrategias alternativas eficaces y eficientes orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos de las diferentes etapas, niveles y modalidades educativas.d)
Desarrollar programas de prevención y atención integral, así como programas de bienestar social para los educandos de las Instituciones y Programas Educativos en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, los gobiernos locales e instituciones públicas y privadas especializadas, dirigidos especialmente a la población en situación de pobreza y pobreza extrema.e)
Implementar el desarrollo de una cultura de derechos, de paz, equidad de género, de igualdad de oportunidades para todos, y de reconocimiento y respeto a la diversidad.f)
Fortalecer y evaluar la calidad y oportunidad de la formación inicial y en servicio de los profesores en su ámbito.g)
Monitorear y evaluar el servicio educativo que prestan las Instituciones de Educación Superior No Universitaria, para asegurar estándares de calidad académica.h)
Identificar, implementar y ejecutar en coordinación con los gobiernos locales y las Unidades de Gestión Educativa Local, proyectos de innovación pedagógica y estrategias de los Programas de Alfabetización dentro del marco de las políticas y programas regional y nacional.i)
Emitir opinión técnica pedagógica para la autorización de funcionamiento de Instituciones y Programas Educativos.j)
Apoyar y participar en los programas y proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica promovidos por la Sede Central del Ministerio de Educación y otras instituciones públicas y privadas.k)
Apoyar e incentivar la investigación y extensión en las Instituciones Educativas del Nivel Superior No Universitaria, en función del desarrollo regional.l)
Supervisar, monitorear y evaluar las acciones de diversificación y desarrollo curricular en los diferentes niveles y modalidades educativas, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, incorporando contenidos significativos de la realidad socioeconómica, cultural, productiva y ecológica de la Región de Ica que respondan a las necesidades e intereses de los educandos.m)
Difundir las manifestaciones culturales en las Instituciones y Programas Educativos, en coordinación con los gobiernos locales.n)
Impulsar la creación e implementación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones y Programas Educativos.o)
Difundir e incentivar en la comunidad educativa la protección y conservación del patrimonio cultural local y regional.p)
Realizar programas regionales de evaluación y medición de la calidad educativa y participar en las acciones de medición nacional de aprendizajes que ejecute la Sede Central del Ministerio de Educación.q)
Realizar acciones de actualización y capacitación continua del personal responsable de la gestión pedagógica en las Unidades de Gestión Educativa Local y en otras áreas de gestión que se implementen en el ámbito regional.r)
Elaborar proyectos de innovación educativa para captar recursos de la cooperación técnica y financiera de la comunidad local, regional, nacional e internacional.s)
Aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir el analfabetismo en coordinación con el Comité Regional de Alfabetización.t)
Cumplir otras funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia.- Líneas de autoridad y responsabilidad:
Depende jerárquica y administrativamente del Director Regional de Educación; y tiene a su cargo a trece servidores: 11 Especialistas en Educación IV, 01 Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV y 01 Secretaria IV.
- Requisitos mínimos:
a) Título Profesional Universitario de Licenciado en Educación.
b) Segunda Especialización en Educación (Administración de la Educación o Administración Pública).
c) III Nivel Magisterial.
d) Experiencia en programación y evaluación en programas y proyectos especiales de educación.
f) Amplio conocimiento de la problemática técnico pedagógica a través del ejercicio de cargos o funciones vinculadas a la educación no universitaria en cualquiera de sus niveles.
g) Experiencia en la conducción y desarrollo de personal (2 años). h) Capacitación en métodos y técnicas de enseñanza aprendizaje.
i) Capacitación y dominio de software de sistemas operativos y de aplicación. j) Experiencia no menor de 5 años en el ejercicio de cargos directivos en el
sistema educativo. - Aptitudes:
a) Aplicación de la política educativa nacional. b) Manejo de enfoques de planificación educativa.
c) Capacidad para interrelacionarse con los actores educativos.
d) Aplicación de enfoques pedagógicos contemporáneos a la realidad regional y local.
10. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN IV - Código: 44902015.
- Denominación del Cargo: Especialista en Educación. - Funciones Generales:
a) Ejecutar y/o supervisar actividades de coordinación técnico pedagógica. - Funciones Específicas: