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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

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(1)

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ICA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONES

2007

DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

UNIDAD DE ORGANIZACIÓN Y RACIONALIZACIÓN

(2)

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº _______

FECHA : Ica.

Visto, el Proyecto del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica, y el Informe Nº …-2007-GRI/UOIR, en …. (…) folios útiles;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA, modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-2007-GORE-ICA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca y con Ordenanza Regional Nº 0….-2007-GORE-ICA, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP).

Que, es necesario contar con un documento normativo de gestión actualizado donde se definan la Estructura Orgánica Interna y se delimiten y precisen las líneas de autoridad y responsabilidad y las funciones generales y específicas, requisitos mínimos y aptitudes, de cada cargo, de los Órganos y Áreas que integran la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Educación de Ica.

Que, la Dirección de Gestión Institucional ha formulado un Proyecto Actualizado del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica.

Estando a lo opinado por el Órgano de Dirección y Unidades Orgánicas de la Dirección Regional de Educación de Ica, es procedente expedir la presente Resolución Directoral de aprobación.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; la Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA, modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-2007-GORE-ICA y la R.J. Nº 0095-95-INAP-DNR.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Manual de Organización y Funciones de la Sede de la Dirección Regional de Educación de Ica, el mismo que forma parte de la presente Resolución y que tendrá vigencia a partir de la fecha de expedición de la misma.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR, sin efecto la R.D.R. Nº 281 de fecha 12 de Febrero de 2003 y la R.D.R. Nº 1611 de fecha 09 de noviembre de 1999.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, el cumplimiento del Manual de Organización y Funciones por todos los trabajadores nombrados, destacados y contratados, según corresponda.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR, al Órgano de Control Institucional, velar por el fiel cumplimiento de lo normado en la Resolución Directoral.

Regístrese, Comuníquese y Archívese

Prof. BALTAZAR LANTRÓN NUÑEZ

Director Regional de Educación de Ica

DRE/BLN DGI/VRHLL UOIR/DYQ

(3)

P R E S E N T A C I Ó N

El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Dirección Regional de

Educación de Ica, es un documento de gestión institucional que describe las funciones

específicas a nivel de cargo, desarrollado a partir de la estructura orgánica y funciones

generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), así como en

base a los cargos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP).

La Dirección Regional de Educación de Ica es un órgano especializado del

Gobierno Regional de Ica, depende de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, mantiene

relación técnico normativa con el Ministerio de Educación; por lo tanto tiene la

responsabilidad de actualizar y adecuar los documentos de gestión institucional acorde con

las normas y disposiciones emitidas por dichas dependencias superiores.

El presente Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de

Educación de Ica, ha sido elaborado conforme a las orientaciones técnicas contenidas en la

R.J. Nº 095-95-INAP/DNR, Normas para la formulación de los Manuales de Organización

y Funciones en la Administración Pública; Directiva Regional Nº

005-2003-GORE-ICA/PR-GRPPAT-SGDS y la Directiva General Nº

002-2003-GORE-ICA/GGR-GRPPAT-SGDS y teniendo en cuenta fundamentalmente lo dispuesto en la Ley Nº 27783,

Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos

Regionales, su modificatoria por Ley Nº 27902; el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED,

Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto

Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones

Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa; la Resolución Suprema Nº

203-2002-ED, que aprueba el ámbito jurisdiccional, organización interna y CAP de

diversas Direcciones Regionales de Educación y sus respectivas Unidades de Gestión

Educativa; la Ordenanza Regional Nº 002-2006-GORE-ICA, que aprueba el Reglamento

de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica; la

Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA, modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-004-2007-GORE-ICA, Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca; la Ordenanza Regional Nº 0….-2007-GORE-ICA, Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Educación de Ica; y los aportes de los servidores de los órganos de esta dependencia administrativa.

Es necesario que los servidores asuman cabalmente las funciones del cargo

encomendado, que permita en su desarrollo identificar alguna limitación u omisión que se

haya incurrido en su formulación frente a la complejidad y amplitud de los servicios que se

brinda a los usuarios, hacer los reajustes oportunos necesarios.

Dirección de Gestión Institucional

Unidad de Organización y Racionalización

(4)

ÍNDICE

Pág.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL QUE APRUEBA EL MANUAL DE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DRE – ICA

02

PRESENTACIÓN

03

ÍNDICE

04

TÍTULO 1: GENERALIDADES

06

1. Finalidad

06

2. Base

Legal

06

3. Alcance

07

4. Aprobación

07

5. Actualización

07

6.

Funciones Generales de la Dirección Regional de Educación de Ica

07

TÍTULO II: DISEÑO ORGÁNICO

10

1.

Cuadro para Asignación de Personal (CAP)

10

2.

Organigrama Estructural

12

TÍTULO III: DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES GENERALES Y

ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS.

13

I. ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

13

1. Del Director de Programa Sectorial IV (Director Regional de

Educación)

14

2.

Del Periodista IV

17

3.

Del Especialista Administrativo IV – Secretario General

18

4.

Del Técnico Administrativo III

19

5.

De la Secretaria V

21

6.

De la Oficinista III

22

7.

De la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos - CADER

23

8.

De la Comisión de Procesos Administrativos

24

II. ÓRGANO DE LÍNEA

25

II.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA

25

9.

Del Director de Programa Sectorial III

27

10. Del Especialista en Educación IV

29

11. Del Especialista en Educación IV (Prevención Integral)

31

12. Del Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV

33

13. De la Secretaria IV

34

II.2 DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

36

14. Del Director de Sistema Administrativo III

37

(5)

16. Del Especialista en Racionalización IV

40

17. Del Especialista en Finanzas IV

41

18. Del Estadístico IV

43

19. Del Programador de Sistema PAD III

44

20. De la Secretaria IV

44

III.

ÓRGANO DE APOYO

46

DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

46

21. Del Director de Sistema Administrativo III

48

22. Del Contador IV

49

23. Del Tesorero IV

51

24. Del Ingeniero IV

53

25. Del Especialista Administrativo IV (Administración de

Personal)

54

26. Del Especialista Administrativo IV (Remuneración y

Pensiones)

56

27. Del Especialista Administrativo IV (Abastecimiento)

58

28. Del Analista de Sistemas PAD III

29. Del Técnico Administrativo III (Escalafón)

60

30. Del Técnico Administrativo III (Contabilidad)

61

31. Del Técnico Administrativo III (Tesorería)

62

32. Del Técnico Administrativo III (Abastecimiento)

64

33. Del Programador de Sistema PAD III

65

34. Del Operador PAD III

66

35. De la Secretaria IV

67

36. Del Chofer III

68

37. Del Trabajador de Servicios III

69

IV.

ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

70

DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

70

38. Del Director de Sistema Administrativo III

71

39. De la Secretaria IV

72

V. ÓRGANO DE CONTROL

73

DE LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL

73

40. Del Director de Sistema Administrativo III

74

41. Del Auditor IV

76

42. De la Secretaria IV

78

VI. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN

79

DEL CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN

(6)

TÍTULO I

GENERALIDADES

1.- FINALIDAD

El Manual de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación de Ica

es un documento normativo que describe las funciones especificas a nivel de cargo o

puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones

generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, así como en

base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro de Asignación de

Personal.

2.- BASE LEGAL

a) Ley Nº 28044, Ley General de Educación, su modificatoria Leyes Nº 28123, Nº

28302 y Nº 28329.

b) Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por

la Ley Nº 26510.

c) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

d) Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley

Nº 27902.

e) Ley 24029 y su Modificatoria N° 25212 Ley del Profesorado.

f) Decreto Legislativo 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

Remuneraciones del Sector Público.

g) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

h)

Decreto Supremo Nº 009-2005-ED,

Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.

i) Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del

Ministerio de Educación.

j) Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de

las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa.

k) Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la elaboración y

aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la

Administración Pública.

l) Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y

aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las

entidades de la Administración Pública.

m) Decreto Supremo N° 019-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado.

n) Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera

Administrativa.

(7)

o) Resolución Suprema Nº 203-2002-ED, aprueba el ámbito jurisdiccional,

organización interna y CAP de diversas Direcciones Regionales de Educación y sus

respectivas Unidades de Gestión Educativa.

p)

Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR (Publicada en el Diario Oficial El

Peruano del 11-07-95), “Normas para la formulación de los Manuales de

Organización y Funciones en la Administración Publica” mediante Directiva Nº

001-95-INAP/DNR.

q) Ordenanza Regional Nº 004-2007-GORE-ICA modificada por Ordenanza Regional Nº 0015-2007-GORE-ICA, Aprueba el ROF de la Dirección Regional de Educación de Ica y de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca.

r) Ordenanza Regional Nº 0….-2007-GORE-ICA, Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Educación de Ica.

3.- ALCANCE

Comprende a los órganos componentes y cargos de la Dirección Regional de

Educación de Ica y UGELs.

4.- APROBACIÓN

Se formula en cumplimiento a lo dispuesto por la normativa detallada en la base legal

del presente documento de gestión, el mismo que será aprobado mediante Resolución

Directoral Regional.

5.- ACTUALIZACIÓN

El MOF se evaluará cada año y se revisará progresivamente hasta la adecuación final

conforme al Cuadro de Asignación de Personal Estructural según Resolución Suprema

Nº 203-2002-ED.

6.-

FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE

EDUCACIÓN DE ICA

Son funciones generales de la Dirección Regional de Educación de Ica:

a) Dirigir, supervisar y evaluar la adecuación de los lineamientos de política educativa y

la normatividad nacional a las características del contexto regional.

b) Formular y ejecutar las políticas regionales de educación, ciencia, tecnología, cultura,

arte, deporte y recreación en coordinación con las entidades públicas y privadas de la

región.

c) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los programas de

desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y

recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional.

d) Autorizar, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, el

funcionamiento de las Instituciones y Programas Educativos públicos y privados y

(8)

supervisarlos; y monitorear y asesorar el servicio que prestan las Instituciones de

Educación Superior No Universitaria.

e) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto educativo regional, gestionar su

financiamiento y prever recursos complementarios en coordinación con las Unidades

de Gestión Educativa Local.

f) Diversificar los currículos nacionales incorporando contenidos significativos de su

realidad socio-cultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las

necesidades e intereses de los educandos, intercambiando experiencias con

universidades, institutos superiores y otras Instituciones y Programas Educativos

especializadas, en el marco de los enfoques pedagógicos contemporáneos.

g) Promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la Educación

Básica Regular, Básica Especial, Básica Alternativa, Técnico-Productiva,

Comunitaria y Superior No Universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y

en armonía con la política y normas del sector y las necesidades de cobertura y

niveles de enseñanza de la población.

h) Modernizar los sistemas descentralizados de gestión educativa y propiciar la

formación de redes de instituciones educativas, en coordinación con el Ministerio de

Educación.

i) Promover, colaborar en la ejecución y evaluar, conjuntamente con los gobiernos

locales, los programas de alfabetización en el marco de las políticas y programas

nacionales.

j) Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral

orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la

región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades para todos, la

integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al afianzamiento de los

mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles

de gobierno; y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de derechos, de paz y

reconocimiento y respeto a la diversidad.

k) Promover e incentivar la investigación y extensión en las instituciones educativas de

nivel superior no universitario, en función del desarrollo regional.

l) Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones

artísticas y culturales de la región; en coordinación con los gobiernos locales.

m) Promover en coordinación con los gobiernos locales y los organismos

correspondientes, la protección y conservación del patrimonio cultural local y

regional.

n) Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías eficaces y eficientes

para el mejoramiento de la calidad de la educación en sus distintos niveles y

modalidades.

o) Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad

nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en la

región, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.

p) Identificar prioridades de inversión que propendan a un desarrollo armónico y

equitativo de la infraestructura educativa en el ámbito regional, y gestionar su

financiamiento.

(9)

q) Coordinar con los gobiernos locales, universidades y otras instituciones

especializadas públicas y privadas, el establecimiento de programas de prevención y

atención integral; así como programas de bienestar social, dirigidos especialmente a la

población pobre y en extrema pobreza.

r) Incentivar la creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que

contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones y Programas Educativos.

s) Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región

en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el

Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política de

acreditación y certificación de la calidad educativa en el ámbito regional.

t) Proponer e implementar las políticas de infraestructura y equipamiento educativo, en

coordinación con el Ministerio de Educación, el órgano competente del Gobierno

Regional de Ica y los gobiernos locales del ámbito regional.

u) Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de

investigación, experimentación, innovación e inversión educativa, que aporten al

desarrollo regional y el mejoramiento de la calidad del servicio educativo.

v) Desarrollar los procesos de profesionalización, capacitación y actualización del

personal docente y administrativo de la región, en concordancia con el plan nacional

de formación continua.

w) Fortalecer en coordinación con los Gobiernos Locales, a las Instituciones y Programas

Educativos, promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento

democrático, así como la articulación intersectorial y la pertinencia a redes, con

participación de la sociedad.

x) Articular, asesorar y monitorear en el campo pedagógico, administrativo y de gestión

a las Unidades de Gestión Educativa Local.

y) Mejorar de manera continua la gestión pedagógica, institucional, administrativa y las

condiciones de trabajo del personal docente y administrativo.

z) Desarrollar e implementar sistemas de información y comunicación, con participación

de diversas instituciones y actores sociales, y ponerlas a disposición de la población.

aa) Organizar e implementar el funcionamiento del Consejo Participativo Regional de

Educación, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y control

ciudadano.

bb) Asegurar la calidad y oportunidad de la formación inicial y en servicio de los

profesores en su ámbito.

cc) Administrar, los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo,

en concordancia con la normatividad establecida por los sistemas administrativos.

dd) Administrar y orientar las acciones inherentes al Registro de Títulos, Actas y

Certificados, Trámite Documentario, Archivo General y Periférico e Imagen

Institucional.

ee) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

ff) Conducir el proceso de concurso público de los Directores de las Unidades de Gestión

Educativa Local y designar a los ganadores.

(10)

TÍTULO II

DISEÑO ORGÁNICO

1.- CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP).

SECTOR : 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN

PLIEGO : 449 GOBIERNO REGIONAL DE ICA

UNIDAD EJECUTORA : 300 EDUCACIÓN ICA

Nº DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD Y CARGOS

CLASIFICADOS Y/O ESTRUCTURADOS CÓDIGOS

TOTAL

CARGOS OBSERVACIONES

A. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

01 Director de Programa Sectorial IV 44901012 01 De Confianza

02 Periodista IV 44901015 01

03 Especialista Administrativo IV 44901015 01

04 Técnico Administrativo III 44901016 01

05 Secretaria V 44901016 01

06 Oficinista III 44901016 01

B. ÓRGANOS DE LÍNEA

B.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA

07 Director de Programa Sectorial III 44902014 01

08 - 18 Especialista en Educación IV 44902015 11

19 Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV 44902015 01

20 Secretaria IV 44902016 01

B.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

21 Director de Sistema Administrativo III 44902024 01

22 Planificador IV 44902025 01

23 Especialista en Racionalización IV 44902025 01

24 Especialista en Finanzas IV 44902025 01

25 Estadístico IV 44902025 01

26 Programador de Sistemas PAD III 44902026 01

27 Secretaria IV 44902026 01

C. ÓRGANO DE APOYO

* OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

28 Director de Sistema Administrativo III 44903014 01

29 Contador IV 44903015 01

30 Tesorero IV 44903014 01

31 Ingeniero IV 44903015 01

32 - 35 Especialista Administrativo IV 44903015 04

36 Analista de Sistemas PAD III 44903015 01

37 - 40 Técnico Administrativo III 44903016 04

41 Programador de Sistemas PAD II 44903016 01

42 Operador PAD II 44903016 01

43 Secretaria IV 44903016 01

44 - 45 Chofer III 44903016 02

(11)

C. ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

* OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

48 Director de Sistema Administrativo III 44904014 01 De Confianza

49 Secretaria IV 44904016 01

C. ÓRGANO DE CONTROL

* OFICINA DE CONTROL INTERNO

50 Director de Sistema Administrativo III 44905014 01

51 - 52 Auditor IV 44905015 02

53 Secretaria IV 44905016 01

RESUMEN

CLASIFICACIÓN DEL CARGO S/P P TOTAL

EC

SP-EJ

SP-ES

SP-AP

EMPLEADO DE CONFIANZA SERVIDOR PÚBLICO - EJECUTIVO SERVIDOR PÚBLICO – ESPECIALISTA

SERVIDOR PÚBLICO – DE APOYO

1

1 5 27 19 1 5 28 19 TOTAL 1 52 53

2.- ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

(12)

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ICA

OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL OFICINA DE ADMINISTRACIÓN, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN

(13)

TÍTULO III

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS

A NIVEL DE CARGOS DE LA DRE-ICA

I. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

El Órgano de Dirección constituye la máxima autoridad de la Dirección Regional de Educación de Ica, responsable de conducir, orientar, ejecutar, supervisar y controlar el servicio educativo en el ámbito regional, en concordancia con los lineamientos de política sectorial y regional.

A. ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA:

Dirección

-

Director de Programa Sectorial IV

-

Secretaria V

Área de Administración Documentaria e Imagen Institucional

-

Periodista IV

-

Especialista Administrativo IV

-

Técnico Administrativo III

-

Oficinista III

• Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos (CADER)

• Comisiones de Procesos Administrativos

- Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios - Comisión Permanente de Procesos Administrativos

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

DIRECCIÓN

REGIONAL DE

EDUCACIÓN

COMISIONES DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS COMISIÓN DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Y RECLAMOS SECRETARIA ÁREA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO GENERAL ÁREA DE ACTAS, TÍTULOS Y CERTIFICADOS ÁREA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

(14)

B.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

1. DEL DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL IV - Código: 44901012

- Denominación del Cargo: Director Regional. - Funciones Generales:

a) Dirigir y coordinar actividades técnicos administrativos de alto nivel de responsabilidad en programas de línea asignadas al área de competencia de los ministerios y organismos de desarrollo de ámbito regional o departamental. - Funciones Específicas:

El Director Regional de Educación de Ica, es el funcionario con mayor nivel jerárquico, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas con acuerdo a ley; sus funciones son:

a)

Dirigir y evaluar la aplicación de la política y normatividad del Sector en materia del desarrollo de la educación, ciencia, tecnología, cultura, deporte y recreación en su ámbito jurisdiccional y liderar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y democratización del servicio educativo.

b)

Conducir y orientar la formulación, implementación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Regional (PER), en coordinación con el Consejo Participativo Regional de Educación, que promueva el desarrollo de la educación en el ámbito de su competencia.

c)

Aprobar el Proyecto Educativo Regional y los Planes Operativos Anuales, articulados con los Planes de Desarrollo Local y Regional, y evaluar sus resultados.

d)

Conducir la diversificación curricular a nivel regional en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales.

e)

Supervisar, evaluar la gestión y funcionamiento de las Unidades a su cargo, de los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Privados, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes.

f)

Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad nacional e internacional, con las instituciones educativas de Educación Superior No Universitaria que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa de la región, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.

g)

Implementar medidas encaminadas a modernizar y fortalecer la gestión administrativa en la Dirección Regional de Educación de Ica y en los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos.

h)

Asesorar, supervisar y brindar asistencia Técnico Pedagógica a las Unidades de Gestión Educativa Locales e Institutos Superiores Públicos y Privados.

i)

Promover acciones de asesoramiento apoyo para el acceso y atención progresiva y de calidad a los estudiantes con necesidades educativas especiales en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Locales.

j)

Presidir en forma permanente el Comité de Gestión Presupuestaria de la Unidad Ejecutora Nº 300 - Dirección Regional de Educación de Ica.

k)

Autorizar, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales, el funcionamiento de las Instituciones Educativas públicas y privadas.

(15)

l)

Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el Ministerio de Educación.

m)

Promover las innovaciones educativas que realicen los profesores evaluando sus resultados y creando las condiciones para su enriquecimiento, difusión y sostenibilidad del servicio educativo en el ámbito regional.

n)

Incentivar la Creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones y Programas Educativos.

o)

Promover, regular, monitorear, supervisar y evaluar los servicios educativos referidos a la Educación Básica Regular, Básica Especial, Básica Alternativa, Técnico – Productiva, Comunitaria y Superior No Universitaria, en coordinación con los gobiernos Locales y en armonía con la política y normas del Sector Educación y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población.

p)

Planificar, coordinar, conducir y evaluar las acciones de supervisión, asesoramiento, monitoreo y control de la gestión institucional, pedagógica y administrativa de los órganos y dependencias administrativas, de las Instituciones y Programas Educativos y Redes Educativas y otras entidades educativas a su cargo.

q)

Promover la iniciativa, creatividad, productividad y eficiencia del personal y del ejercicio de la gestión transparente y participativa.

r)

Implementar medidas encaminadas a la descentralización efectiva de la gestión institucional, pedagógica y administrativa y el fortalecimiento de la autonomía de las Unidades de Gestión Educativa Locales, Instituciones y Programas Educativos y Redes Educativas, en el marco de la normatividad vigente.

s)

Suscribir y aprobar convenios y/o contratos con entidades públicas o privadas, nacional o internacional a favor de la educación, ciencia, tecnología, cultura, recreación y deporte en la Región, acorde con las normas y procedimientos establecidos en coordinación con el Ministerio de Educación.

t)

Administrar la entidad, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; y presentar los informes correspondientes de su gestión.

u)

Coordinar y conducir los procesos local, provincial y regional de concertación por la educación y promover la participación de las Universidades, Gobiernos Locales y otras entidades de la Sociedad Civil en las actividades y proyectos educativos.

v)

Promover, impulsar, conducir y evaluar las acciones tendentes al mejoramiento profesional y desempeño laboral del personal directivo, docente y administrativo, a fin de garantizar servicios educativos eficientes y eficaces.

w)

Orientar y evaluar la formulación, ejecución y consolidación del presupuesto en el ámbito regional en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, concordante con el Proyecto Educativo Regional.

x)

Presidir las reuniones del Consejo Participativo Regional de Educación, generando consensos y compromisos por una educación de calidad.

y)

Diseñar modelos y estrategias de gestión institucional, a partir de consensos, contribuyendo con procesos de descentralización que atiendan la diversidad de situaciones local, provincial y regional.

z)

Conformar el Comité Regional de Alfabetización y aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir el analfabetismo.

(16)

aa)

Informar sobre el Programa de Alfabetización y los Programas Estratégicos que se ejecutan en el ámbito regional.

bb)

Establecer e implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana, de transparencia de gestión y sistema de información, orientados a garantizar una administración democrática, equitativa, transparente y competente.

cc)

Administrar y orientar las acciones inherentes al Registro de Títulos, Actas y Certificados de Estudios, Trámite Documentario, Archivo General y Periférico e Imagen Institucional.

dd)

Conducir y aplicar mecanismos que permitan incrementar la productividad y mejorar la eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa.

ee)

Designar por concurso público por un período de tres (03) años a los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de su ámbito jurisdiccional en coordinación con el Gobierno Regional de Ica.

ff)

Cumplir otras funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia.

-

Líneas de autoridad y responsabilidad:

Depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica; técnico y normativamente del Ministerio de Educación.; y tiene mando directo sobre cinco (05) servidores: 01 Especialista Administrativo II, 01 Periodista II, 01 Técnico Administrativo II, 01 Secretaria III y 01 Oficinista III, a su cargo, así como de los demás Directores de las direcciones de la Sede de la DRE -ICA. Directores de UGELs, del Sector Regional de Educación y Directores de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas.

-

Requisitos mínimos:

a)

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la educación.

b)

Grado Académico (Doctorado ó Maestría) y/o Segunda Especialización, Administración de la Educación ó Administración Pública.

c)

Amplio conocimiento de la problemática educativa a través del ejercicio de cargos o funciones vinculadas a la educación no universitaria en cualquiera de sus niveles.

d)

Capacitación especializada en administración de la educación.

e)

Experiencia en la conducción y desarrollo de personal (3 años).

f)

Capacitación en métodos y técnicas de la enseñanza aprendizaje.

g)

Capacitación en Software de Sistemas Operativo y de Aplicación.

h)

Experiencia no menor de 10 años en el ejercicio de cargos directivos en el sistema educativo.

- Aptitudes:

a) Capacidad de comprensión y aplicación de la política educativa nacional. b) Capacidad de liderazgo y ética comprobada.

c) Capacidad técnica para manejar enfoques de planificación educativa. d) Capacidad para conciliar conflictos.

e) Capacidad de manejo de los sistemas administrativos: Presupuesto, Sistema Integrado de Administración Financiera, Informática y Personal.

(17)

f) Capacidad para la aplicación de los enfoques pedagógicos contemporáneos a la realidad regional y local.

g) Capacidad para trabajar con un enfoque intersectorial y multidisciplinario para la solución de los problemas educativos y sociales de su ámbito territorial.

2. DEL PERIODISTA IV - Código: 44901015

- Denominación del Cargo: Periodista. - Funciones Generales:

a) Supervisar y/o ejecutar actividades de redacción e información. - Funciones Específicas:

a) Orientar, coordinar y evaluar las actividades del área a su cargo.

b) Programar, organizar, dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la atención al público.

c) Proyectar una adecuada Imagen Institucional del Sector Educación hacía la comunidad educativa y mantener informado sobre la política educativa, acciones y servicios que ofrece el sector, generando una corriente de opinión favorable en el público y organismos comprometidos con el trabajo educativo. d) Preparar conferencias y notas de prensa, asegurando la presencia de los medios

de comunicación.

e) Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación directa a través de boletines informativos, programas radiales, página web, para consolidar una positiva imagen Institucional.

f) Actuar como maestro de ceremonia en actos oficiales de la Dirección Regional de Educación de Ica.

g) Realizar las actividades de relaciones públicas y de protocolo dentro y fuera de la Sede Regional de Educación.

h) Integrar comisiones de trabajo intersectorial.

i) Atender las delegaciones que visitan la Dirección Regional de Educación. j) Atender y coordinar el servicio fotográfico y filmaciones.

k) Orientar al público en la mejor relación de sus gestiones dentro de la Dirección Regional de Educación.

l) Programar, coordinar, seleccionar y preparar material informativo para los diversos medios de comunicación.

m) Confeccionar material de publicidad en base a lineamientos generales que se le proporcione.

n) Procesar material técnico para editar boletines, folletos, crónicas, revistas, etc. o) Analizar y seleccionar las noticias periodísticas tanto nacionales como

extranjeras.

p) Puede corresponder investigar biografías y bibliografías para producir artículos inéditos y/o preparar programas informativos, conferencias de prensa y otras de carácter oficial

-

Líneas de autoridad y responsabilidad:

(18)

- Requisitos mínimos:

a) Título profesional universitario.

b) Experiencia en labores periodísticas (2 años). c) Amplia experiencia en conducción de personal.

d) Capacitación y dominio excelente de software de sistemas operativos y de aplicación.

- Aptitudes:

a) Elevada capacidad de análisis, de síntesis y de organización, sentido del orden, razonamiento lógico – deductivo, habilidad numérica e iniciativa.

3. DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO IV - Código: 44901015

- Denominación del Cargo: Secretario General. - Funciones Generales:

a) Ejecutar y coordinar actividades especializadas de los sistemas administrativos de apoyo.

- Funciones Específicas:

a) Planificar, dirigir y evaluar las acciones de trámite documentario, archivo, comunicación, matrícula, actas, certificados, títulos que desarrolla la unidad a su cargo.

b) Coordinar y controlar las acciones que desarrollan los equipos y el personal a su cargo.

c) Atender, orientar y absolver las consultas de los usuarios. d) Propiciar y organizar jornadas o talleres de comunicación.

e) Coordinar con la Dirección de Gestión Institucional para el logro de la optimización del sistema de trámite documentario y el mejoramiento de los procedimientos.

f) Orientar las acciones destinadas a mejorar las relaciones con la comunidad y evaluar la opinión, acerca del rol que cumple la Dirección Regional de Educación.

g) Mantener relaciones con instituciones educativas y otras que desarrollan actividades afines con las del Sector Educación.

h) Autorizar la impresión de documentos.

i) Procesar material informativo para implementar periódicamente una revista al servicio de la comunidad educativa.

j) Actuar como fedatario dando autenticidad a los documentos verificados de su original.

k) Mantener y supervisar las publicaciones en los paneles internos.

l) Coordinar con las demás oficinas las acciones de comunicación e información. m) Revisar los proyectos de resolución, oficios y otros documentos, para su firma

por el Director Regional de Educación, llevando el control correspondiente. n) Llevar la agenda de reuniones intersectoriales que tiene el Director Regional

(19)

o) Participar en la distribución de la documentación que llega y se genera en la Dirección Regional de Educación, a los diferentes órganos de la sede institucional.

- Líneas de autoridad y responsabilidad:

Depende jerárquica y administrativamente del Director Regional de Educación; tiene a su cargo a tres (03) servidores: 01 Periodista II, 01 Técnico Administrativo II y 01 Oficinista III.

- Requisitos mínimos:

a) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

b) Amplia experiencia en labores de la especialidad. c) Conocimiento en los sistemas administrativos. d) Experiencia en la conducción de personal (02 años).

e) Experiencia en la conducción de programas de la especialidad (02 años). f) Capacitación especializada en el área.

g) Capacitación y dominio de software de sistemas operativos y de aplicación. - Aptitudes:

a) Capacidad de organización, sentido de orden, observación, coordinación y análisis de diferentes elementos para integrarlos como un todo armónico, aptitud para las tareas administrativas, fluidez verbal, iniciativa e independencia de juicio.

4. DEL TÉCNICO ADMINISTRATIVO III

-

Código: 44901016

- Denominación del Cargo: Trámite Documentario. - Funciones Generales:

a) Ejecutar actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas administrativos de apoyo.

- Funciones Específicas:

a) Asesorar, coordinar, controlar y evaluar las actividades del área a su cargo. b) Normar y coordinar con los Especialistas de Gestión Pedagógica sobre la

presentación de la documentación del proceso de matrícula por parte de las Instituciones Educativas, procesando los expedientes correspondientes.

c) Revisar, elaborar y visar los Certificados de Estudios, actualizando el Padrón de Firmas a nivel institucional.

d) Organizar, clasificar y mantener en condiciones de seguridad las Nóminas de Matrícula y Actas de Evaluación de las Instituciones Educativas de la provincia de Ica, debidamente empastadas y clasificadas.

e) Expedir certificados de estudios de Instituciones Educativas cerradas (que ya no funcionan).

i. Emitir informes sobre autenticidad de Grados y Títulos expedidos y/o inscritos en la Dirección Regional de Educación de Ica.

(20)

f) Remitir semestralmente a la Comisión Permanente de Procesos y Control Interno, el informe consolidado de las Instituciones Educativas Publicas y Privadas que no hayan presentado sus documentos técnicos pedagógicos: Actas y Nominas.

g) Revisar los Cuadros de Méritos de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria de la provincia de Ica y prepararlos para la visación de los cinco primeros puestos según los casos.

h) Realizar la inscripción de Grado y/o Título Profesional Pedagógico otorgado por las Universidades del ámbito regional.

i) Revisar los expedientes, proyectar las resoluciones de expedición de Título de los Graduados en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria, del ámbito regional, procediendo a su inscripción correspondiente y firmando en el reverso.

j) Visación de Títulos inscritos para el extranjero.

k) Elaborar un registro sobre la presentación de las Nóminas y Actas de Evaluación de los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Privados.

l) Elaborar la estadística de los títulos expedidos.

m) Expedir constancias certificadas de títulos extraviados o deteriorados.

n) Procesar los expedientes consignando los datos correspondientes para la legalización de los Certificados y Títulos de los usuarios, que deseen estudiar en el extranjero.

o) Revisar, numerar y registrar en orden correlativo las Resoluciones Directorales Regionales.

p) Remitir copias de resoluciones a la Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Locales en los casos de Reasignaciones de Personal, Traslado de Pensiones y otros casos.

q) Atender a las Direcciones integrantes de la Sede Regional, cuando solicitan documentos de archivo.

r) Efectuar el descargo de los documentos egresados del archivo.

s) Mantener actualizado el inventario del acervo documentario de la Dirección Regional de Educación.

t) Preparar la relación de documentos que mediante resolución se autoriza ser incineradas.

u) Distribuir las resoluciones numeradas.

v) Recepcionar, numerar las hojas y registrar la documentación para el archivo general.

w) Actuar como fedatario, autenticando copia de los originales.

x) Mantener actualizado el registro alfabético de las resoluciones que expide la Dirección Regional de Educación.

y) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Especialista Administrativo II.

- Líneas de autoridad y responsabilidad: Depende del Especialista Administrativo IV. - Requisitos mínimos:

a) Título No Universitario de un Centro de Educación Superior relacionada con la especialidad.

(21)

c) Capacitación en el área no menor de 100 horas.

d) Capacitación y dominio excelente de sistemas operativos y de aplicación. - Aptitudes:

a) Habilidad para desarrollar labores de oficina (tipeo de documentos, cálculos sencillos).

5. DE LA SECRETARIA V

-

Código: 44901016.

- Denominación del Cargo: Secretaria. - Funciones Generales:

a) Ejecutar y supervisar actividades de gran complejidad de apoyo secretarial. - Funciones Específicas:

a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir, controlar y archivar la documentación que ingresa o se genera en la Dirección Regional de Educación de Ica.

b) Redactar, mecanografiar y revisar la documentación que le asigne el Director Regional de Educación.

c) Realizar el seguimiento y control de la documentación a su cargo y mantener informado al Director Regional de los asuntos de su competencia.

d) Llevar la agenda de reuniones del Director Regional de Educación y registrar las audiencias.

e) Mantener actualizado el inventario de bienes, enseres, acervo documentario de la Dirección y velar por su seguridad, conservación y mantenimiento, observando las normas correspondientes.

f) Atender la comunicación telefónica, recepcionar a las personas que solicitan entrevista con el Director Regional de Educación y orientar al público sobre la situación del trámite de expedientes.

g) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Director Regional de Educación.

- Líneas de autoridad y responsabilidad:

Depende jerárquica y administrativamente del Director Regional de Educación. - Requisitos mínimos:

a) Instrucción secundaria completa y Título de Secretariado Ejecutivo o estudios secretariales concluidos no menores de un año.

b) Capacitación certificada en idioma(s) extranjero(s) otorgada por entidad autorizada, y en relaciones públicas o relaciones humanas.

c) Amplia experiencia en labores propias de secretariado (3 años). d) Experiencia en labores administrativas de oficina.

e) Capacitación y dominio excelente de software de sistemas operativos y de aplicación.

f) Capacitación en el área no menor de 100 horas. g) Amplia experiencia en conducción de personal.

(22)

- Aptitudes:

a) Habilidad para percibir detalles importantes, para observar diferencias en el copiado y en las tareas administrativas, capacidad para atender simultáneamente varios objetos o asuntos específicos con eficiencia y cordialidad, sentido de colaboración y del orden.

b) Discreción y responsabilidad.

6. DEL OFICINISTA III - Código: 44901016

- Denominación del Cargo: Oficinista. - Funciones Generales:

a) Ejecutar y supervisar labores complejas de oficina. - Funciones Específicas:

a)

Recepcionar los expedientes entregados por los usuarios foliando cada hoja del expediente.

b)

Formular informes sobre el seguimiento de los expedientes cuando sean requeridos.

c)

Verificar la conformidad de los expedientes y devolver al usuario aquellos que no reúnen los requisitos establecidos.

d)

Clasificar la documentación para su registro y distribución interna.

e)

Participar en las tareas de compaginación y engrapado de los documentos elevados por la Secretaría General.

f)

Recibir la correspondencia de las diferentes Direcciones de la Sede Regional de Educación, para su distribución a sus destinatarios.

g)

Realizar el trámite solicitando necesario para efectuar los gastos de remisión de las correspondencias.

h)

Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Especialista Administrativo II.

- Líneas de autoridad y responsabilidad: Depende del Especialista Administrativo IV. - Requisitos mínimos:

a) Instrucción secundaria completa. b) Capacitación certificada en secretariado.

c) Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

d) Capacitación y dominio excelente de software de sistemas operativos y de aplicación.

f) Capacitación en el área no menor de 100 horas. - Aptitudes:

a) Habilidad para el desempeño laboral, buen rendimiento, productividad en el puesto de trabajo y responsabilidad.

(23)

b) Capacidad para atender y absolver consultas relacionadas con su actividad, para redactar y revisar informes, resoluciones, proveídos y otros.

7. COMISIÓN DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Y RECLAMOS (CADER)

Por Resolución Ministerial Nº 074-2005-ED, de fecha 7 de febrero de 2005 y su modificatoria la R.M. Nº 0277-205-ED, se creó la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos- CADER, encargada de recibir, verificar, investigar y procesar denuncias y reclamos que competen a la entidad administrativa y cuya atención no corresponde a la Oficina de Control Institucional, tales como los siguientes:

a) Administración de Recursos Humanos:

• Ingreso de Personal: Nombramientos, Contratos y Reconocimiento de Pago.

• Desplazamiento de Personal: Designaciones, Reasignaciones, Rotaciones, Reubicaciones, Permutas, Transferencias, Destaques, Encargaturas de Puesto o Funciones de Comisiones de Servicio.

• Racionalización de Personal, Excedencia.

• Control de Asistencia y Permanencia, Abandono de Argo, Licencias y Permisos.

• Selección de Personal, Concursos, evaluación de Personal, Relaciones Humanas, Clima Institucional.

• Remuneración, Bonificaciones y Beneficios.

• Registro de Personal: Informe Escalafonario, Registro de Antecedentes.

• Régimen de Pensiones, Seguridad Social,

• Retiro: Ceses, Renuncias, Despidos, etc.

• Régimen Disciplinario: Premios y Estímulos, Faltas y sanciones, Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinario y Comisión Permanente de Procesos Administrativos.

• Abuso de Autoridad, Desacato, Faltamiento al Superior.

• Actos de Hostigamiento y contra la Libertad Sexual.

b) Trámite Documentario:

ƒ Actas, Certificados, Títulos. ƒ Copias Certificadas.

ƒ Visación y Legalización de Títulos y Certificados. ƒ Registro de Títulos.

ƒ Archivo de Documentos Oficiales ƒ Rectificación de Nombres y Apellidos. ƒ Morosidad

ƒ Cobros no contemplados en el TUPA.

ƒ Falsificación de Documentos (títulos y/o certificados). c) Asociaciones de Padres de Familia.

Siempre que se cuente con la anuencia y colaboración de los propios miembros de éstas.

d) Dilación en el Trámite de Expedientes.

La Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos depende funcionalmente del Titular de la Entidad, estará conformada básicamente por: un profesional de la educación, un abogado, un psicólogo y un personal de apoyo.

(24)

En la Directiva N º 210-2005-CADER/OAAE/VMGI-ME, en el numeral 6.1.1 se establece la función del Coordinador de la mencionada Comisión; señalando que, es el que distribuye y procesa la denuncia o reclamo al especialista según corresponda, el que calificará y evaluará si existe mérito o no para procesarla. De encontrar mérito para procesarla, lo hará con la prioridad que amerite. Según el caso, pondrá conocimiento del interesado a través del Titular de la Entidad.

FUNCIONES

a) Recibir, verificar, investigar y procesar las denuncias y reclamos que se formulen contra los funcionarios y servidores de su jurisdicción y las referidas a las Asociaciones de Padres de Familia; siempre que se cuente con la anuencia y colaboración de los propios miembros de éstas, informando al Titular de la Entidad para los fines correspondientes.

b) Conciliar controversias derivadas de la relación laboral y/o prestación del servicio educativo que no sean materia del Proceso Administrativo Disciplinario.

c) Informar mensualmente al Director de la Entidad con copia a la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos – CADER del Ministerio de Educación, sobre el estado de los procesos a su cargo.

d) Procesar denuncias referidas a actos de hostigamiento y contra la libertad sexual con la prioridad que el caso requiera.

e) Velar por la transparencia de los actos de gestión en su jurisdicción, fortaleciendo la participación, concertación y vigilancia de los actores educativos en dicho proceso. f) Derivar, respetando los procedimientos de Ley y con la celeridad del caso a la

autoridad jurisdiccional, las denuncias documentadas de hechos delictivos. Debiendo orientar las acciones administrativas que permitan salvaguardar los intereses de los educandos y las instituciones educativas.

8. COMISIONES DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS

Proceso Administrativo, “es el mecanismo de seguridad establecido con el fin de garantizar equidad y justicia en salvaguarda de la estabilidad del trabajador y del interés del servicio, cuando es solicitada la cesantía o la destitución de un trabajador de la Administración Pública, como sanción de carácter disciplinario”.

COMISIONES:

a) Los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren a los servidores públicos comprendidos en el D.Leg. Nº 276. – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneración del Sector Público – estará a cargo de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios cuyos integrantes son designados por Resolución del Titular de la Entidad, anualmente.

Dicha Comisión estará constituida por tres (03) miembros titulares y tres (03) miembros suplentes y estará presidida por un funcionario designado por el Titular de la entidad y la integran el Jefe de Personal y un servidor de carrera designado por los trabajadores.

Para el proceso de funcionarios se constituirá una Comisión Especial integrada por tres (03) miembros acordes con la jerarquía del procesado.

Las Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios tienen la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre las procedencias de abrir Proceso Administrativo Disciplinario, es decir, que las

(25)

Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios no están obligadas a pronunciarse en todos los casos, de lo que se desprende que el Titular de la Entidad y el funcionario con capacidad resolutiva pude disponer la instauración del Proceso Administrativo Disciplinario, si los elementos de Prueba , a su entender son suficientes.

Los integrantes de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, deberían efectuar las investigaciones del caso, solicitarán los informes que se consideren pertinentes, recibirán declaraciones testimoniales y personales, examinarán las pruebas que se presentan y elevarán un Informe Final al Titular de la entidad, recomendando las sanciones que a su criterio sean de aplicación.

El Proceso Administrativo Disciplinario debe concluir antes de los treinta (40) días hábiles improrrogables.

b) Los Procesos Administrativos que se instauren a los Trabajadores comprendidos en la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, estará a cargo de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, cuyos integrantes son designados por Resolución del Titular de la entidad, anualmente.

Dicha Comisión estará constituida por cuatro (04) miembros titulares y cuatro (04) suplentes. La citada comisión será presidida por un funcionario designado por el titular de la entidad e integrada por el Jefe de Personal y dos (02) profesores designados por el Sindicato. La Comisión podrá contar con el asesoramiento de los profesionales que sea necesario.

Esta comisión tiene la facultad de calificar las denuncias procesadas por Inspectoría y pronunciarse sobre la procedencia de la apertura del proceso administrativo, asimismo goza de facultades investigatoria, aparte de las facultades inherentes al procesamiento. El Proceso Administrativo debe concluir antes de los cuarenta (40) días hábiles improrrogables, bajo responsabilidad de sanción para los procesadores.

Es prerrogativa del titular de la entidad determinar el tipo de sanciones a aplicarse en base a dichas recomendaciones.

II. ÓRGANOS DE LÍNEA

II.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA

La Dirección de Gestión Pedagógica, es el Órgano de Línea, encargado de diseñar, orientar, monitorear y evaluar el servicio educativo que brindan las Instituciones y Programas Educativos del ámbito de la Dirección Regional de Educación de Ica y las relacionadas con el desarrollo de la cultura, la ciencia, la tecnología, el deporte y la recreación en el ámbito regional.

(26)

A. ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA:

Dirección

-

Director de Programa Sectorial III

-

Secretaria IV

Área de Educación Inicial y Especial

- Especialista en Educación IV

Área de Educación Primaria

- Especialista en Educación IV

Área de Educación Secundaria

- Especialista en Educación IV

Área de Educación Superior

- Especialista en Educación IV

Área de Educación de Adultos

- Especialista en Educación IV

Área de Prevención Integral

- Especialista en Educación IV

- Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL.

SECRETARIA Oficina de Auditoria Interna DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA Consejo Participativo Regional de Educación DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN ÁREA DE PREVENCIÓN INTEGRAL ÁREA DE ED. DE SUPERIOR ÁREA DE ED. DE ADULTOS ÁREA DE ED. INICIAL Y ESPECIAL ÁREA DE ED. PRIMARIA ÁREA DE ED. SECUNDARIA

(27)

B. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

9. DEL DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL III

- Código: 44902014

- Denominación del Cargo: Director. - Funciones Generales:

a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar acciones pedagógicas, fundamentalmente en aspectos curriculares, estrategias metodológicas, materiales educativos, sistemas de evaluación, supervisión e investigación educativa y el uso de nuevas tecnologías aplicadas a la educación.

- Funciones Específicas:

a)

Proponer la política y normatividad educativa regional, en función de la realidad socioeconómica y cultural de la Región; así como, orientar y supervisar su aplicación.

b)

Regular, monitorear, supervisar y evaluar el aspecto técnico pedagógico de los servicios educativos referidos a la Educación Básica Regular, Básica Especial, Básica Alternativa, Técnico – Productiva, Comunitaria y Superior No Universitaria, en coordinación con los Gobiernos Locales y en armonía con la política y normas del Sector Educación.

c)

Identificar e implementar el uso de nuevas tecnologías y estrategias alternativas eficaces y eficientes orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos de las diferentes etapas, niveles y modalidades educativas.

d)

Desarrollar programas de prevención y atención integral, así como programas de bienestar social para los educandos de las Instituciones y Programas Educativos en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, los gobiernos locales e instituciones públicas y privadas especializadas, dirigidos especialmente a la población en situación de pobreza y pobreza extrema.

e)

Implementar el desarrollo de una cultura de derechos, de paz, equidad de género, de igualdad de oportunidades para todos, y de reconocimiento y respeto a la diversidad.

f)

Fortalecer y evaluar la calidad y oportunidad de la formación inicial y en servicio de los profesores en su ámbito.

g)

Monitorear y evaluar el servicio educativo que prestan las Instituciones de Educación Superior No Universitaria, para asegurar estándares de calidad académica.

h)

Identificar, implementar y ejecutar en coordinación con los gobiernos locales y las Unidades de Gestión Educativa Local, proyectos de innovación pedagógica y estrategias de los Programas de Alfabetización dentro del marco de las políticas y programas regional y nacional.

i)

Emitir opinión técnica pedagógica para la autorización de funcionamiento de Instituciones y Programas Educativos.

(28)

j)

Apoyar y participar en los programas y proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica promovidos por la Sede Central del Ministerio de Educación y otras instituciones públicas y privadas.

k)

Apoyar e incentivar la investigación y extensión en las Instituciones Educativas del Nivel Superior No Universitaria, en función del desarrollo regional.

l)

Supervisar, monitorear y evaluar las acciones de diversificación y desarrollo curricular en los diferentes niveles y modalidades educativas, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, incorporando contenidos significativos de la realidad socioeconómica, cultural, productiva y ecológica de la Región de Ica que respondan a las necesidades e intereses de los educandos.

m)

Difundir las manifestaciones culturales en las Instituciones y Programas Educativos, en coordinación con los gobiernos locales.

n)

Impulsar la creación e implementación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones y Programas Educativos.

o)

Difundir e incentivar en la comunidad educativa la protección y conservación del patrimonio cultural local y regional.

p)

Realizar programas regionales de evaluación y medición de la calidad educativa y participar en las acciones de medición nacional de aprendizajes que ejecute la Sede Central del Ministerio de Educación.

q)

Realizar acciones de actualización y capacitación continua del personal responsable de la gestión pedagógica en las Unidades de Gestión Educativa Local y en otras áreas de gestión que se implementen en el ámbito regional.

r)

Elaborar proyectos de innovación educativa para captar recursos de la cooperación técnica y financiera de la comunidad local, regional, nacional e internacional.

s)

Aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir el analfabetismo en coordinación con el Comité Regional de Alfabetización.

t)

Cumplir otras funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia.

- Líneas de autoridad y responsabilidad:

Depende jerárquica y administrativamente del Director Regional de Educación; y tiene a su cargo a trece servidores: 11 Especialistas en Educación IV, 01 Asistente en Servicio de Educación y Cultura IV y 01 Secretaria IV.

- Requisitos mínimos:

a) Título Profesional Universitario de Licenciado en Educación.

b) Segunda Especialización en Educación (Administración de la Educación o Administración Pública).

c) III Nivel Magisterial.

d) Experiencia en programación y evaluación en programas y proyectos especiales de educación.

(29)

f) Amplio conocimiento de la problemática técnico pedagógica a través del ejercicio de cargos o funciones vinculadas a la educación no universitaria en cualquiera de sus niveles.

g) Experiencia en la conducción y desarrollo de personal (2 años). h) Capacitación en métodos y técnicas de enseñanza aprendizaje.

i) Capacitación y dominio de software de sistemas operativos y de aplicación. j) Experiencia no menor de 5 años en el ejercicio de cargos directivos en el

sistema educativo. - Aptitudes:

a) Aplicación de la política educativa nacional. b) Manejo de enfoques de planificación educativa.

c) Capacidad para interrelacionarse con los actores educativos.

d) Aplicación de enfoques pedagógicos contemporáneos a la realidad regional y local.

10. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN IV - Código: 44902015.

- Denominación del Cargo: Especialista en Educación. - Funciones Generales:

a) Ejecutar y/o supervisar actividades de coordinación técnico pedagógica. - Funciones Específicas:

a)

Orientar, asesorar, supervisar y evaluar las actividades que desarrolla el área a su cargo.

b)

Asesorar, monitorear y evaluar las acciones de diversificación curricular regional en función a las demandas, necesidades e intereses de los educandos.

c)

Elaborar el Proyecto del Plan de Supervisión y Monitoreo de las Instituciones y Programas Educativos de su Nivel o Modalidad, en el ámbito de la Dirección Regional de Educación.

d)

Organizar la capacitación, actualización, perfeccionamiento docente y elaborar el Proyecto de Plan de Trabajo, con el contenido, estrategia, responsables, delimitación de funciones, cronograma, metas, presupuesto y requerimiento de materiales en coordinación con la Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional

e)

Autorizar a las Instituciones y Programas Educativos, la impresión de Actas y Nóminas en formatos computarizados no convencionales, de acuerdo a los formatos oficiales.

f)

Realizar el estudio y análisis de los expedientes de auspicio de eventos de capacitación organizada por entidades públicas y privadas.

g)

Emitir opinión y/o informes técnicos sobre asuntos técnico pedagógico, puesto a su consideración.

h)

Diseñar, coordinar y proponer Sistemas de Evaluación Curricular orientados al mejoramiento del servicio educativo en el ámbito regional.

i)

Diseñar y experimentar métodos, estrategias y propuestas pedagógicos apropiados a la realidad regional.

Referencias

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