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Análisis de la influencia de la firma digital en el proceso de subvenciones de beca 18 UER - Cusco 2016.

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(1)

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN

Enrique Guzmán y Valle

Alma Máter del Magisterio Nacional

ESCUELA DE POSGRADO

Tesis

Análisis de la influencia de la firma digital en el proceso de subvenciones

de beca 18 UER - Cusco 2016

Presentada por: Roger QUISPE HUARCA

Asesor:

Irma REYES BLACIDO

Para optar al Grado Académico de Maestro en Administración Con mención en Gestión Pública

(2)

Dedicatoria

A Dios, por acompañarme en los logros de mis objetivos profesionales, a mi familia por

ser el soporte importante en cada paso firme que doy, sobre todo a mi amado hijo Ghuyen

Amaru, por ser la fuente de mi inspiración y superación cotidiana.

A mi equipo de trabajo Rodrigo, Ricardo y Melvin por acompañarme en concretar un tema

(3)

Reconocimientos

A mis maestros de la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, que en las aulas

compartieron sus conocimientos y vasta experiencia en gestión pública.

Un reconocimiento en especial a mi asesora de tesis, Dra. Irma Reyes Blacido por el

apoyo, sugerencias, aportes muy valiosos que permitieron sacar adelante la tesis y dejar un

proyecto de investigación de firma digital en Beca 18 Cusco.

A mi equipo de trabajo que fue el soporte fundamental en todo el proceso de investigación

por la consecuencia diaria y compromiso de sacar adelante un tema nuevo de investigación

para dejar cómo antecedente para la comunidad de investigadores.

A mis colegas de la Unidad de Enlace Regional Cusco del Programa Nacional de Becas y

Créditos Educativos por brindar información y facilidades para desarrollar la

investigación.

A los becarios de la Región Cusco que brindaron facilidades en recojo de información para

(4)

Tabla de Contenido

Pág.

Dedicatoria... ii

Reconocimientos ... iii

Tabla de Contenido ... iv

Lista de tablas ... vii

Lista de figuras ... ix

Resumen ... x

Abstract ... xi

Introducción ... xii

Capítulo I Planteamiento del problema 1.1. Determinación del problema ... 14

1.2. Formulación del problema ... 15

1.2.1. Problema general ... 15

1.2.2. Problemas específicos ... 16

1.3. Objetivos ... 16

1.3.1. Objetivo general ... 16

1.3.2. Objetivos específicos ... 16

1.4. Importancia y alcances de la investigación ... 17

1.5. Limitaciones de la investigación ... 17

(5)

2.1.1 Antecedentes internacionales ... 18

2.1.2. Antecedentes nacionales ... 23

2.2. Bases legales ... 33

2.3. Definición de términos ... 45

Capítulo III Hipótesis y variables 3.1. Hipótesis ... 49

3.1.1. Hipótesis general ... 49

3.1.2. Hipótesis específicas ... 49

3.2. Variables ... 50

3.3. Operacionalización de variables ... 51

Capítulo IV Metodología 4.1. Enfoque de investigación ... 53

4.2. Tipo de investigación ... 53

4.3. Diseño de investigación ... 53

4.4. Población y muestra ... 54

4.5. Técnicas e instrumentos de recolección de información ... 55

4.6. Tratamiento estadístico de los datos ... 55

4.7. Procedimientos ... 55

Capítulo V Resultados 5.1. Validez y confiabilidad de los instrumentos ... 57

5.2. Presentación y análisis de los resultados ... 60

(6)

5.4. Discusión de resultados... 92

Conclusiones ... 93

Recomendaciones ... 95

Referencias ... 96

Apéndice A: Matriz de consistencia ... 98

(7)

Lista de tablas

Tabla 1: Operalización de la variable: Firma digital ... 51

Tabla 2: Operalización de la variable: Proceso de subvenciones de beca 18 UER ... 52

Tabla 3: Resumen del procesamiento de los casos ... 58

Tabla 4: Estadísticos de la escala ... 58

Tabla 5: Coeficiente de correlación intraclase ... 58

Tabla 6: Estadísticos de fiabilidad ... 59

Tabla 7: Contingencia firma digital permite simplificación de subvenciones ... 60

Tabla 8: Contingencia de la labor de los trabajadores es más optima con la firm ... 62

Tabla 9: Contingencia del uso de la firma digital ahorra en trámites en Pronabec ... 64

Tabla 10: Contingencia de la firma digital debe emplearse en todas las instituciones .. 66

Tabla 11: ¿Cuánto tiempo en minutos promedio por mes ahorra con el uso de la Firma Digital?... ... 68

Tabla 12: ¿Cuánto tiempo en minutos promedio por mes ahorra con el uso de la Firma Digital?...69

Tabla 13: ¿Cuánto de inversión económica en trámites ahorra por mes, con el uso de la firma digital?...70

Tabla 14: ¿Cuánto de inversión económica en trámites ahorra por mes, con el uso de la firma digital?...71

Tabla 15: Pruebas de normalidad ... 74

Tabla 16: Estadíticos de muestras relacionadas a la Firma Digital ... 75

Tabla 17: Prueba de muestras relacionadas a la Firma Digital ... 75

Tabla 18: Prueba de kolmogorov-sminov para una muestra ... 78

Tabla 19: Estadísticas de muestras relacionadas ... 79

(8)

Tabla 21: Prueba de Kolmogorov-Sminov para una muestra... 82

Tabla 22: Estadísticos de muestras relacionadas ... 83

Tabla 23: Prueba de muestras relacionadas ... 83

Tabla 24: Prueba de kolmogorov-sminov para una muestra ... 86

Tabla 25: Estadísticos de muestras relacionadas…………..……...……….…………...87

Tabla 26: Prueba de muestras relacionadas ... 87

Tabla 27: Prueba de Kolmogorov-Sminov para una muestra... 90

Tabla 28: Estadísticos de muestras relacionadas ... 91

(9)

Lista de figuras

Figura 1: Firma digital permite la simplificación del Proceso de Subvenciones ... 61

Figura 2: La labor de los trabajadores es más óptima con la firma digital ... 63

Figura 3: Uso de la firma digital ahorra tiempo en trámites en Pronabec ... 65

Figura 4: La firma digital debe emplearse en todas las Instituciones ... 67

Figura 5: ¿Cuánto tiempo en minutos promedio por mes ahorra con el uso de la Firma Digital? ... 70

(10)

Resumen

La investigación en estudio, tuvo como objetivo evaluar la influencia de la firma digital en

el proceso de subvenciones de Beca 18 UER - Cusco 2016. Y demostrar la relación que

existe en la firma digital y el proceso de subvenciones, los tiempos que se puede ahorrar en

los procesos administrativos son horas hombre eficientes en los presupuestos anuales, y

satisfacción de los usuarios, los cuales se deben de cuantificar en base a las veces que se

usa la firma digital, además de determinar que esta relación propia la procesos, simplifica

y certifica a las personas en su uso establecido en los protocolos de la administración de

Beca 18, aspectos que se investigan y se analizan detalladamente, tomando en cuenta los

diferentes factores en el proceso de subvenciones. La investigación es de tipo descriptivo,

que asocia a las variables de estudio, es descriptivo porque se ha descrito cada variable; el

diseño de investigación es experimental transversal, asimismo se ha determinado el cálculo

de la muestra correspondiente, con lo cual se ha realizado la encuesta a una muestra de 126

becarios, resultado que ha permitido evaluar la influencia sobre la firma digital en los

procesos de subvenciones. Los resultados de la investigación se sustenta en la encuesta que

se ha realizado, los cuales se ha procesado en las respectivas tablas y gráficos; asimismo se

ha elaborado los cálculos de la influencia de la firma digital y proceso de subvenciones y

es demostrado de dos formas: estadísticamente que sí existe la correlación entre las

variables. En la discusión de la investigación se reportan los hallazgos de la investigación,

el nivel de significancia entre las variables estudiadas. Esta investigación pretende evaluar

la influencia de la firma digital en el proceso de subvenciones de Beca 18 UER - Cusco

2016

(11)

Abstract

The research under study has the objective of evaluating the influence of the digital

signature on the grant process of Beca 18 UER - Cusco 2016. And demonstrate the

relationship that exists in the digital signature and the grant process, the times that can be

saved In administrative processes are efficient man hours in annual budgets, and user

satisfaction, which must be quantified based on the times the digital signature is used, in

addition to determining that this relationship itself processes, simplifies and certifies To

the people in their use established in the protocols of the Administration of Grant 18,

aspects that are investigated and analyzed in detail, taking into account the different factors

in the process of subsidies. The research is descriptive, which associates to the study

variables, is descriptive because each variable has been described; The research design is

experimental cross-sectional, and the calculation of the corresponding sample has also

been determined, with which the survey was carried out to a sample of 126 fellows, a

result that has allowed to evaluate the influence on the digital signature in the subsidy

processes . The results of the investigation are based on the survey that has been carried

out, which has been processed in the respective tables and graphs; The calculations of the

influence of the digital signature and subsidy process have been elaborated and it is

demonstrated in two ways: statistically that there is a correlation between the variables. In

the discussion of the research we report the findings of the research, the level of

significance among the variables studied. This research intends to evaluate the influence of

the digital signature on the grant process of Beca 18 UER - Cusco 2016.

(12)

Introducción

La revolución tecnológica a finales del último siglo, especialmente en el campo

electrónico y digital, trajo consigo un gran cambio en la forma de comunicación, de

transmisión de la información de trabajo de manera general, afectando a todas las

actividades humanas.

La firma digital es ya una realidad y se usa en el mundo. Los países que han

legislado en la materia equipararan la firma electrónica ó digital a la tradicional firma

manuscrita u ológrafa. Siendo un mecanismo criptográfico que permite al receptor de un

mensaje firmado digitalmente identificar a la entidad originadora de dicho mensaje

(autenticación de origen y no repudio), y confirmar que el mensaje no ha sido alterado

desde que fue firmado por el originador (integridad). Aplicado por aquellas áreas donde es

importante poder verificar la autenticidad y la integridad de ciertos datos, por ejemplo

documentos electrónicos o software, ya que proporciona una herramienta para detectar

la falsificación, manipulación del contenido permitiendo optimizar tiempos en los

procesos administrativos que son horas hombre eficientes en los presupuestos anuales y

satisfacción de los usuarios, los cuales se deben de cuantificar en base a las veces que usa

la firma digital, además de determinar que esta relación propia la procesos, simplifica y

certifica a las personas en su uso establecido en los protocolos de la administración de las

organizaciones.

La investigación describe cada uno de los indicadores y dimensiones de la Firma

digital y el Proceso de subvenciones de Beca 18 UER – Cusco respectivamente,

determinando la relación causal de ambas variables.

La presente investigación se ha estructurado considerando el Reglamento de

Elaboración y Sustentación de Tesis de la Universidad, la cual presenta el siguiente

(13)

Capítulo I: Establece el Planteamiento del Problema de Investigación, describe la realidad problemática, su ubicación espacial y la importancia del estudio.

Capítulo II: Se aborda el Marco Teórico y referencial, que revisa los diferentes fundamentos teóricos que están relacionados con el trabajo de investigación.

Capítulo III: Se plantea la Hipótesis y la Operacionalizacion de las Variables en estudio.

Capítulo IV: Se diseña el Marco Metodológico, expone con detalle la aplicación del enfoque, tipo y el diseño de investigación, que en este caso es descriptivo, no

experimental, las técnicas e instrumentos utilizados las mismas que fueron sometidas a

juicio de especialistas.

Capítulo V: Establece el procesamiento y discusión de resultados, estiman el comportamiento de las variables y sus dimensiones mediante tablas de frecuencia y

gráficos, con su respectiva interpretación, en la parte analítica se realizaron las pruebas de

hipótesis y la discusión, cuya finalidad es presentar las relaciones existentes entre los

antecedentes investigativos, la comparación y relación con antecedentes de

investigaciones sobre la metodología empleada, los resultados conseguidos, conclusiones

y también las consideraciones teóricas sobre las variables de estudio.

Finalmente, se hace referencia a las conclusiones a las que se arribaron en la

investigación, sugerencias, referencias bibliográficas y anexos que son el sustento de la

presente investigación.

(14)

Capítulo I

Planteamiento del problema 1.1. Determinación del problema

Los procesos administrativos en el Perú, buscan hacer uso de las tecnologías de

información y comunicaciones – TIC – para ser simplificados, con lo cual se vuelven más

eficientes y siguen siendo eficaces. La firma digital, reconocida por ley 27269 del 08 de

mayo del 2000, permite que en el uso de las TIC se logre identificar a la persona con sus

deberes y derechos que amparados en nuestra legislación, puedan desarrollar diferentes

actividades. Analizar los grados de regresión y correlación (R2) entre las variable de la

firma digital y su influencia en los procesos de subvenciones de Beca 18, especialmente

en el Cusco en el año 2016, permite apreciar su uso y posibles excesos en los procesos,

además se llegaría a entender que los grados de R2 > 0.8 comprobarían que si existe una

influencia alta, por lo que los tiempos que se puedan ahorrar en los procesos

administrativos son horas hombre eficientes en los presupuestos anuales, y satisfacción de

los usuarios, los cuales se deben de cuantificar en base a las veces que se usa la firma

(15)

las personas en su uso establecido en los protocolos de la administración de Beca 18 –

UER Cusco 2016 en el proceso de subvenciones.

1.2. Formulación del problema

La ley N° 27269 de firma digital se establece el 08 de mayo del año 2000, y la Ley

29837, del 09 de febrero del 2012, crea el programa nacional de becas y crédito educativo,

ambas fechas presentan una brecha de más de 11 años, por lo que la implementación y uso

de la firma digital en los procesos administrativos de la gestión del estado debió darse

desde su inicio ya que consideraba el uso de las TIC, por medio de las plataformas web

que se tienen enlazadas hacia un servidor, estando los datos utilizados en todo el proceso

administrativo protegidos en la nube electrónica, es decir, cualquier problema físico con

los equipos o documentos impresos, no tendrían ningún problema ya que estos responden a

repositorios digitales que podrían utilizarse cada vez que sea necesario. La relación entre

ambas leyes, ha permitido la simplificación de la administración y el grado de influencia,

cuantificado en tiempo y dinero, permitirá analizar un resultado que debería de ser

considerado por las demás instituciones públicas, además, para el año 2017, los peruanos

en forma progresiva deberán de contar con el Documento de Identidad Nacional – DNI –

electrónico, lo que simplificaría todos los procesos administrativos de estas

organizaciones, pero aún no se ha dado un estudio de la influencia de la firma digital en el

proceso administrativo de Beca 18 en la ciudad de Cusco.

1.2.1. Problema general

¿Cuál será la influencia de la firma digital en el proceso de subvenciones de Beca

(16)

1.2.2. Problemas específicos

2. ¿Cuáles son las características más resaltantes qué establece la ley 29837 Beca 18,

el Decreto Supremo N° 026-2016-PCM y la Ley 27269?

3. ¿Cuál será el resultado cuantificable de horas hombre en la simplificación

administrativa de Beca 18 Cusco?

4. ¿Cuál es la percepción de los usuarios de Beca 18 en la ciudad de Cusco?

5. ¿Cuáles serían las lecciones aprendidas, en los procesos administrativos, del uso de

firma digital de Beca 18 en Cusco, para las demás instituciones públicas y

privadas?

1.3. Objetivos

1.3.1. Objetivo general

Evaluar la influencia de la firma digital en el proceso de subvenciones de Beca 18

UER - Cusco 2016.

1.3.2. Objetivos específicos

1. Identificar las características más resaltantes qué establece la ley 29837 Beca 18, el

Decreto Supremo N° 026-2016-PCM y la Ley 27269.

2. Determinar el resultado cuantificable de horas hombre en la simplificación

administrativa de Beca 18 Cusco.

3. Determinar la percepción de los usuarios de Beca 18 en la ciudad de Cusco.

4. Proponer lecciones aprendidas, en los procesos administrativos, del uso de firma

(17)

1.4. Importancia y alcances de la investigación

El desarrollo del presente trabajo de investigación, permitirá analizar la influencia

que se da en el proceso de subvenciones de la Beca 18 y el uso de la firma digital, con lo

cual se pueda llegar a conclusiones y recomendaciones que permitan ayudar a los procesos

de cumplimiento del Decreto Supremo N° 026-2016-PCM, que aprueban medida para el

fortalecimiento de la infraestructura oficial de firma electrónica y la implementación

progresiva de la firma digital en el sector público y privado. Para lograr estas conclusiones

y recomendaciones, es necesario hacer un análisis de los aspectos legales en su aplicación

de procesos administrativos, cuantificando todo lo que se pueda y calcularlo inclusive en

dos niveles, uno monetario y otro de satisfacción, considerando la percepción de los

usuarios, tanto cliente interno como cliente externo, con ello se logrará tener resultados,

que inclusive podrían ser considerados como una línea de base para las demás

organizaciones públicas y privadas.

1.5. Limitaciones de la investigación

- No existen investigaciones relacionadas al tema planteado, que nos sirvan de

antecedentes para el marco teórico.

- Poca disponibilidad de tiempo por parte de los becarios para la recolección de los

datos planteados en la investigación.

- Las instituciones capacitadoras no brindaron facilidades para la realización de esta

(18)

Capítulo II Marco teórico 2.1. Antecedentes del estudio

No existe mucha bibliografía en los repositorios de investigación, quizá al ser un

tema que pertenece al área de sociales, al menos en el repositorio ALICIA, se ha

conseguido muy poca información.

2.1.1 Antecedentes internacionales

Moya (2008), en su tesis de maestría “El procedimiento administrativo electrónico

en Chile”. Universidad de Chile, resume que el presente y el futuro de las tecnologías nos

plantean interesantes retos y desafíos, y en tal sentido no podemos desconocer que en las

últimas décadas el universo conceptual y contextual se ha visto profunda y radicalmente

modificado por la revolución tecnológica. Modificaciones que a su vez han provocado un

gran impacto en las comunidades nacionales y en el concierto internacional. Son estos

efectos, positivos y negativos, de las aplicaciones tecnológicas, los que deben ser

evaluados desde todos los enfoques y aproximaciones, para de esta manera observar la

forma en que los cambios políticos, económicos, culturales y tecnológicos están afectando

a los ciudadanos. De su parte, la comunidad jurídica no puede mantenerse al margen de

(19)

comprenderlas, para de esta forma participar en forma activa en la determinación de las

políticas públicas que exigen la adaptación a los nuevos tiempos y aportar a que, en el cada

vez más común entorno infovirtual, tengan plena vigencia los derechos y garantías

fundamentales de tal forma que no se desconozcan las grandes conquistas de derechos

adquiridos a lo largo de la historia. Actualmente existe un creciente interés por la

incorporación de las TICs en los distintos servicios públicos, particularmente en buscar

mecanismos que permitan optimizar los medios de interacción con los ciudadanos. De esta

forma, se configuró un escenario propicio para indagar primero la necesidad y luego los

efectos de la implementación de políticas públicas destinadas a modificar sustancialmente

dichos procedimientos, desde la perspectiva de incorporar en los mismos la utilización de

las tecnologías de la información y las comunicaciones, en miras de una administración y

desarrollo de gobierno electrónico en términos más justos, transparentes y eficientes. El

uso por parte de la administración pública de las nuevas tecnologías ha supuesto en gran

medida la sistematización, automatización e informatización de las unidades informativas,

lo cual ha influido en la aparición de nuevas perspectivas de la función del derecho en este

nuevo milenio y de las tareas de los poderes públicos en el futuro inmediato. Un futuro que

supone no un mero cambio de las estructuras materiales de la administración, sino también

un cambio de la estructura cultural que sustenta la relación del ciudadano con el Estado. Es

en este escenario en donde surge el Procedimiento Administrativo Electrónico, en el

esfuerzo de incorporar las TICs en la gestión pública, particularmente en aquella que tiene

por finalidad producir un acto administrativo terminal, que emana de la sucesión de actos

trámite vinculados entre sí, emanados de la Administración y, en su caso, de particulares

interesados. Sin embargo, a pesar del reconocimiento de las potencialidades asociadas al

Procedimiento Administrativo Electrónico y de la existencia de un marco jurídico

(20)

sido precaria y marginal. Es en dicho predicamento que se desarrolla esta investigación,

comprobando que la implementación generalizada del Procedimiento Administrativo

Electrónico exige resolver previamente ciertas problemáticas jurídicas. En efecto, a pesar

de la existencia de un marco jurídico que legitima la utilización de documentos

electrónicos, reglamenta el uso de la firma electrónica, y más aún, contempla la existencia

del Procedimiento Administrativo Electrónico, en la práctica se ha visualizado una

insuficiente confianza de llevar a la realidad del proceso administrativo las tecnologías

como herramienta de ayuda a la gestión. Por lo tanto, en el contexto de repensar los

procesos de modernización y democratización en Chile, se planteó la necesidad de

determinar hasta qué punto es factible actualmente implementar Procedimientos

Administrativos Electrónicos en nuestro país. De ahí la necesidad de haber identificado las

problemáticas jurídicas asociadas y establecido las bases que permitan su implementación

en un contexto de eficiencia y legalidad. Tal desarrollo resulta tremendamente

significativo, constituyéndose en un aporte sistematizador y explicativo de la forma en la

cual se debe implementar, en abstracto, un procedimiento de esta naturaleza, asegurando el

respeto a los derechos de los ciudadanos y el cumplimiento de los objetivos de las políticas

públicas asociadas, lo cual tiene gran relevancia tanto para la comunidad jurídica como

para la Administración Pública, en el entendido que podrá ser utilizado por los diversos

servicios públicos u organismos de la Administración del Estado que estén empeñados en

la implementación de procesos automatizados en su gestión. Debemos tomar en

consideración que las diferencias entre el Procedimiento Administrativo Electrónico y el

sistema tradicional no inciden en el contenido y finalidad del acto administrativo, el cual

permanece indemne, cualquiera sea el medio que lo contenga. La diferencia entre ambos

radica en el soporte material, respetándose los principios, etapas y derechos consagrados

(21)

simplificación de trámites, la disminución en los plazos, mayor celeridad, mayor

transparencia y finalmente mejor relación entre la Administración y los ciudadanos. Existe

absoluta conciencia y claridad por parte de este investigador que los problemas, riesgos y

disyuntivas que trae aparejado el Procedimiento Administrativo Electrónico no son pocos,

y, por ello, es básico entender que su implementación se encuentra, más bien, inserta en un

proceso progresivo y no traumático, que permita flexibilizar el comportamiento del

entorno de la administración ante la inminencia del cambio evitando así los mayores

formalismos y cargas de los ciudadanos que los derivados de la tramitación en soporte

papel, para lo cual sería fundamental contar con las herramientas tanto técnicas como

normativas que permitan el desarrollo de iniciativas de esta naturaleza. Por lo tanto, en

relación a la utilidad práctica de los resultados de esta investigación, podemos mencionar

que dar solución a las problemáticas jurídicas derivadas del Procedimiento Administrativo

Electrónico y sentar las bases que permitan su implementación, constituye el principal

avance para que los distintos servicios públicos puedan desarrollarlos en el breve plazo y

con alto valor público.

Comentario: El trabajo de investigación, determina que el uso de las TIC en los procesos administrativos permite un gran ahorro de tiempo y establecen también las bases

jurídicas con las cuales deban implementarse.

Jovel (2003), en el artículo titulado: “El documento electrónico, la firma digital y

la contratación administrativa”. Resume que debemos buscar y enfocar nuestra atención

en los siguientes aspectos ¿Cuál es la naturaleza del documento electrónico y la firma

digital?, ¿Cuál es su importancia para la contratación administrativa?, ¿Cuáles pasos sería

recomendable iniciar, a fin de regular su uso en la contratación administrativa? La presente

investigación comprende: Una primera sección denominada El documento y la informática

(22)

documento jurídico, la desmaterialización, el Derecho y la Informática. En la segunda

sección que lleva por nombre El Documento Informático o Electrónico y la Firma Digital,

tocaremos lo relativo a noción, naturaleza, clases de documentos electrónicos y aparatos

emisores, la seguridad jurídica del mismo, la firma electrónica y el tratamiento que se le ha

dado en nuestra legislación. En la tercera sección analizaremos las ventajas que esta

tecnología puede tener para la Contratación Administrativa y qué es necesario para sacar el

máximo provecho de ella.(Jovel Sanchez, 2003)

Comentario: En el artículo, el autor determina como es que la firma digital, permitirá simplificar los procesos de contratación administrativa, ya que puede ser

considerado como documento electrónico, por las características que esta presenta.

Lizano, Madril, & Villao (2014), en el artículo titulado: “Aplicaciones de la Firma

Electrónica en Ecuador”. Resume el presente artículo que muestra la importancia del uso

de la Firma Electrónica, ya que el uso de la misma ofrece múltiples ventajas; una de estas

ventajas radica en que provee de seguridad jurídica y tecnológica a las operaciones

comerciales desarrolladas en Internet, este aspecto es muy importante para nuestro país

dado que en los últimos años el delito informático ha aumentado, convirtiéndose en un

problema de interés social. De igual manera a través del uso de la Firma Electrónica se

cumple con lo establecido en los objetivos del Buen Vivir y la Constitución del Ecuador,

ya que la Firma Electrónica beneficia al medio ambiente al evitar el consumo de papel.

También se muestran los beneficios que aporta la Firma Electrónica dentro de una

organización como por ejemplo: la desmaterialización de documentos físicos, el aumento

de la eficiencia de los procedimientos internos y el ahorro de gastos por consumo de tinta

para impresión. Finalmente en el artículo se muestra el diseño de un plan de

implementación de la Firma Electrónica en los principales procesos administrativos de la

(23)

Comentario: La preocupación por el delito informático, que mantiene cifras en aumento en Ecuador, permite que el planteamiento de la firma electrónica de seguridad

jurídica a los procesos de internet, especialmente a los relacionados al comercio digital.

2.1.2. Antecedentes nacionales

Se considera las siguientes bases teóricas desarrolladas como estados del arte del

presente tema y consideradas de los dos repositorios nacionales ALICIA (CONCYTEC) y

RENATI (SUNEDU), siendo la forma de presentación que se plasma la que corresponde a

APA.

Ibérico & López (2013), en su tesis de grado titula: “Mejoramiento de la gestión de

trámite documentario utilizando firma digital en el Proyecto Especial Alto Mayo –

Moyobamba”. Resume que el Proyecto Especial Alto Mayo (PEAM) es una institución

que forma parte del Gobierno Regional de San Martín como unidad ejecutora dependiente;

en este contexto el PEAM ha venido ejecutando sus acciones con el uso combinado de

recursos del Tesoro Público, donaciones y Crédito Externo. Por consiguiente cuenta con

las normativas y funciones administrativas; así también contempla los manuales de

procedimientos administrativos (TUPA Texto Único de Procedimientos Administrativos);

estas herramientas de gestión son la fuente para el planteamiento de indicadores de gestión

en torno al proceso del trámite documentario, el cual presenta una deficiencia en el control

del crecimiento del archivo general de la organización y sus dependencias. En la presente

tesis se propone como solución la sistematización del proceso de trámite documentario

basado en firma digital, para la mejora de dicho proceso en el PEAM. Esta solución está

pensada como un sistema a medida por lo que se avoco el análisis y diseño a la realidad

organizacional del PEAM. Las metodologías y herramientas de desarrollo de la solución

de software proveen las facilidades para registrar y hacer seguimiento de expedientes,

(24)

certificados para consignar firmas digitales de los usuarios habilitados para su uso. La

organización de este documento, guía al lector en el conocimiento gradual del problema, el

análisis y diseño de la alternativa de solución. Se evalúan las consideraciones legales que

implican las tecnologías de la firma digital y la digitalización de documentos.

Comentario: El trabajo de investigación determina que el uso de la firma digital permitirá que los procesos desarrollados en el software administrativo, tengan la seguridad

de los documentos generados, logrando los certificados habilitados para los usuarios, con

lo que se daría una simplificación a los trámites que se hacen.

Aguilar & De la Cruz (2016), en su tesis de grado titulada: “Implementación de un

modelo simplificado de firma digital basado en la tecnología PKI y la invocación por

protocolos caso de estudio: Municipalidad de Miraflores”. Universidad Nacional Mayor

de San Marcos. Concluyen que la implementación de un modelo simplificado de firma

digital que se soporta en las tecnologías de la PKI y la invocación por protocolos. Con la

adaptación de estas tecnologías, se podrá realizar la firma digital haciendo uso de

aplicaciones web con total independencia del navegador, sistemas operativos, ActiveX o

cualquier tecnología JAVA (applets, máquinas virtuales de JAVA), evitando así las

configuraciones complicadas y dependencias de terceros.

Comentario: Este trabajo de investigación, considera que el uso de las TIC, para el caso de las firmas digitales, no necesariamente está restringido a los protocolos de la

internet - IP – de determinados navegadores, sino también, se pueden optimizar el acceso y

seguridad a ellos en cualquier navegador por medio de las tecnologías PKI.

Taco & Gamarra (2015), en su tesis de grado titulada: “Sistema web para el

intercambio seguro de documentos electrónicos, utilizando firmas y certificados digitales

X509, sobre un canal SSL”. Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Resume que el

(25)

encriptación basada en password (pbe) [lope07] ataques de intermediario ventajas y

desventajas entre criptografía simétrica y asimétrica curvas elípticas en criptografía gestión

de claves funciones hash firmas digitales certificado digital autoridad de certificación

secure socket layer (ssl) desarrollo del sistema metodologías ágiles de desarrollo de

software scrum diseño pruebas y resultados cálculo y medición de los indicadores.

Comentario: Esta tesis, indica que los procesos de cuidado (encriptación) que se dan a través de planteamientos de desarrollo de software como SCRUM, permite una

seguridad mayor de los certificados provenientes de las firmas digitales, dadas las pruebas

a las cuales se someterían en lo reconocido como pruebas de Stress.

Reyes & Vargas (2015), en su tesis de grado titulada: “Un medio en el papel, otro

medio en la web: Análisis de casos El Comercio y La República”. Universidad Antonio

Ruiz de Montoya. Resume que esta es una investigación que analiza y compara la

cobertura de temas que proponen El Comercio y La República en sus versiones impresas y

digitales. El objetivo es mostrar si la exigencia de informar a un nuevo público en la web

ha provocado que elcomercio.pe y larepublica.pe se distancien del perfil editorial de sus

ediciones de papel, históricos periódicos de posiciones políticas definidas que brindan una

cobertura seria en las noticias que publican.

Comentario: La presente investigación indica que el uso de la web, en relación a la comparación de la impresión, hablando de dos diarios, si existe una distancia de

preferencia de los usuarios, distanciando en forma significativa el uso de ellos, por lo que

los lectores si mantienen uso y preferencias en relación a las alternativas que pueden

brindar en la web.

Barrantes & Hugo (2008), en su tesis de grado titulada: “Diseño e implementación

de un Sistema de Gestión de Seguridad de Información en procesos tecnológicos”.

(26)

o desean incursionar en el ámbito financiero tienen problemas para resguardar la seguridad

de su información; en consecuencia, ésta corre riesgos al igual que sus activos. El

propósito de este trabajo se centró en la implementación de su Sistema de Gestión de

Seguridad de la Información (SGSI), bajo una metodología de análisis y evaluación de

riegos desarrollada y diseñada por los autores de este trabajo, también se usaron como

referencias las normas ISO 270001:2005 e ISO 17799:2005. Esta implementación permitió

un gran aumento en la seguridad de los activos de información de la empresa Card Perú

S.A., que garantiza que los riegos de seguridad de información sean conocidos, asumidos,

gestionados y minimizados de una forma documentada, sistemática, estructurada,

repetible, eficiente y adaptable ante los cambios que se produzcan en los riesgos, el

entorno y las tecnologías.

Comentario: La presente investigación, indica que la seguridad que se debe desarrollar en los aplicativos de Internet es la principal preocupación del trabajo de

investigación, la misma que permite un planteamiento de los autores de un proceso de

medición y corrección de riesgos que puedan existir en todo los procesos de internet

(comerciales) de las empresas.

Castro & Guzmán (2010), en su tesis de grado titulada: “Implantación del sistema

de administración de accesos e identidades en el proceso de control de accesos en el

Banco de la Nación”. Universidad de San Martín de Porres. Programa Cybertesis PERÚ.

Presentan un proyecto que detalla cómo establecer un sistema que controle adecuadamente

la seguridad de la información de los usuarios internos y externos cuando estos acceden a

los servicios que les brinda la infraestructura tecnológica del Banco de la Nación haciendo

(27)

Comentario: El trabajo de investigación considera que el fortalecimiento de los procesos de los servicios que brinda el banco a través de la internet, reconociendo que un

cambio de ellos en un único proceso, aseguraría la identidad del usuario y las operaciones

que harían serán más seguras, tanto para el usuario externo (cliente), como el interno

(trabajador).

Armas (2002), en su tesis de grado titulada: “Sistema de contratación por medios

electrónicos: Manifestación de la voluntad y perfeccionamiento contractua”l. Universidad

Nacional Mayor de San Marcos. Programa Cybertesis PERÚ. Resumen que estamos

transitando hacia una cultura basada en la automatización de la información, pues “En

estos últimos años asistimos a una rápida y constante aparición de nuevas tecnologías en el

campo de la información” (Fernández 1996: 5), las cuales tienen su sustento en las

tecnologías telemáticas y el avance arrogante de la microelectrónica, que se traducen en

productos y servicios, las cuales se convierten en asistentes ineludibles de los actos de la

vida del hombre ya sea para relacionarse socialmente o concretamente para coadyuvar la

realización de los diversos actos cotidianos, que asimismo importa formas novedosas de

estudiar, trabajar, jugar así como también pagar, contratar, negociar etc. que nos inspiran la

necesidad de revisar las formas tradicionales de realizar estos actos versus los cambios

producidos por los impactos de las tecnologías electrónicas y telemáticas (Internet), y

específicamente en lo relacionado con la contratación, y concretamente más allá del simple

contrato oral o escrito, se apunta a la revisión de los contratos que tengan que ver con el

uso de estas tecnologías como medios o auxilios de la realización contractual; así como

también los cambios que importa el uso del papel escrito (soporte físico) que contiene el

contrato y su correlativa firma ológrafa o manuscrita, a los soportes de tipo magnético,

digital u óptico y las correlativas firmas electrónicas / digitales, basado en una serie de

(28)

confianza, lo que significa el rompimiento con la tradición arraigada del reinado del papel

y la firma manuscrita.

Comentario: La investigación hace el análisis que se hace, en forma comparativa del papel tradicional y de las TIC, en relación a la contratación, permite una gran

diferencia en la forma, mas no en la voluntad y la buena fe que estos actos puedan tener,

por lo que la seguridad de ellos debe de mostrarse en las herramientas TIC que se

establecen.

Arata (2002), en su tesis de grado titulada: “Las Nuevas tecnologías de la

información y la problemática jurídica del comercio electrónico”. Universidad Nacional

Mayor de San Marcos. Programa Cybertesis PERÚ. Resume que en el Perú la toma de

consciencia sobre el desarrollo de la nueva rama del Derecho, denominado Derecho

Informático, nace como consecuencia de la aparición de la computadora, la misma que

hace posible el acopio, uso, manipulación y transmisión de la información por medios de

soportes electrónicos y redes que cada día son más sofisticadas y de uso masivo por la

población, siendo una parte activa de todo ello el comercio, por lo que resulta de mayor

importancia tratar el tema del comercio electrónico y por su relevancia en el medio ha

generado todo un universo comercial en un mundo paralelo al mundo real conocido como

mundo virtual o ciberespacio, materia de estudio del Derecho Informático de difícil

comprensión, al entender de la mayoría de estudiosos del derecho. Ante esta realidad, el

objetivo del presente trabajo es describir, precisar, esclarecer y analizar la nueva

problemática que se viene planteando en la comercialización de bienes y servicios, a través

de medios electrónicos, al estarse desarrollándose nuevas instituciones que contienen

nuevas ideas y conceptos con respecto al comercio globalizado, donde el Derecho Civil

debe partir de la codificación del espacio, tiempo y las cosas que conllevan nuevos

(29)

abiertas de comunicación que se viene dando y que regirá en el futuro no muy lejano en la

sociedad y el Derecho. La metodología del presente trabajo es descriptiva y empírica,

partiendo de la descripción del desarrollo de la sociedad de la información, del desarrollo

de tecnologías para el comercio electrónico, de las implicancias jurídicas en el comercio

electrónico, los alcances de la legislación comparada, donde se describen los nuevos

elementos que se vienen dando en el Derecho Informático con respecto al comercio

electrónico, desde la aparición de la computadora hace cuatro décadas, dividiéndose el

presente trabajo en cuatro capítulos. El Primer Capítulo trata sobre la tecnología de la

información y el derecho, partiendo de la convergencia de la informática con las

telecomunicaciones, desde la aparición de la computadora como herramienta del desarrollo

del hombre, su versatilidad y convergencia con las telecomunicaciones, al permitirle el

manejo de abundante información, globalizando al mundo mediante redes cerradas y

abiertas, influyendo al cambio de las relaciones humanas, las mismas que por su

importancia son materia de regulación jurídica en la sociedad actual. El Segundo Capítulo

aborda el comercio electrónico y su trascendencia jurídica, trata sobre los soportes

informáticos utilizados en el comercio electrónico, su naturaleza virtual, originando

nuevos conceptos de orden jurídico con relación al tiempo y espacio y el uso de los

soportes técnicos para la ejecución de las transacciones virtuales de bienes y servicios

materiales e incorpóreo existentes. El Tercer Capítulo; es el tema de los aspectos jurídicos

de los documentos electrónicos, desarrolla el nuevo concepto del tema documento al

existir nuevas formas de representarse como su incorporeidad o inmaterialidad del mismo;

replanteando dichos conceptos, por tratarse de nuevos actos fragmentarios, dinámicos y de

constante evolución que pasarán a ser parte del acervo jurídico del presente y futuro. EL

Cuarto Capítulo; y último trata sobre los alcances de la legislación peruana y comparada

(30)

desarrollado una legislación específica sobre el comercio electrónico, abordándose la

legislación comparada como fuente de inspiración para la regulación en un futuro del

comercio electrónico, tal como se desprenden de los proyectos y propuestas planteadas por

los estudiosos del Derecho informático, como reto y respuesta a esta sociedad de la

información de la que somos parte.

Comentario: El autor señala que debe de darse cambios en la legislación sobre el proceso de comercio electrónico, por lo que para su época – 2002 – no se tenía definidos

los procesos electrónicos en relación al comercio.

Changaray (2011), en el artículo titulado: “Celebración de contratos a través de

medios electrónicos”. Universidad Científica del Perú. Resume su trabajo como un

principio, en el que el soporte del papel sustituyó al tradicional apretón de manos y a la

palabra dada, basados en la honorabilidad de las partes, aplicándose unas normas precisas

para cada contrato. Hoy en día, en la Sociedad de la Información se sustituye el soporte

papel por el documento electrónico para acuerdos y contratos celebrados dentro del marco

del comercio electrónico.

Comentario: El artículo contempla el análisis de cómo el documento electrónico se vuelve el formato contractual de actividades, y su permanencia es inevitable.

Araneda & Corcuera (2015), en su tesis de grado titulada: “La función pública

notarial y la seguridad jurídica respecto de la contratación electrónica en el Perú”.

Resume que se ha denominado “La Función Pública Notarial y la Seguridad Jurídica

respecto de la Contratación Electrónica en el Perú, se orienta a determinar de qué manera

la Función Pública notarial puede garantizar la seguridad Jurídica en la celebración de los

contratos electrónicos en nuestro país. En este sentido, la formulación de nuestro Problema

fue el siguiente: ¿De qué manera la función pública notarial puede garantizar la seguridad

(31)

cual nos planteamos los siguientes objetivos principales: Conocer los aspectos generales de

la Función Pública notarial; Determinar la importancia de las nuevas transacciones

electrónicas; Identificar los programas o medidas de seguridad más convenientes a

implementarse con el fin de brindar confianza en la celebración de los contratos

electrónicos; Analizar, a nivel del Derecho comparado, los principales mecanismos que

ofrece la Función notarial para brindar seguridad Jurídica en la Contratación Electrónica; y

Conocer, mediante entrevistas a notarios públicos y especialistas de La Libertad, la

conveniencia de ofrecer nuevos mecanismos con el fin de brindar una mayor efectividad

en la celebración de los contratos electrónicos en el Perú. En cuanto al enunciado de la

hipótesis tenemos: La manera en que la Función Pública notarial puede garantizar la

seguridad Jurídica en la celebración de los denominados contratos electrónicos en el Perú

se da mediante la implementación de mecanismos digitales que certifiquen la identidad o

participación de las partes contratantes a los que el Notario tenga acceso seguro. En

aplicación de los diversos métodos lógicos y jurídicos, entre ellos los métodos de

interpretación, hermenéutico, deductivo y sintético, se logró concluir que, efectivamente,

la manera en que la Función Pública notarial puede garantizar la seguridad Jurídica en la

celebración de los denominados contratos electrónicos en nuestro país, se dará mediante la

implementación de mecanismos digitales que logren certificar la identidad o participación

de las partes contratantes, los cuales permitieron no solo modernizar el servicio notarial

sino darle mayor confianza a la ciudadanía en la celebración de contratos de esta

naturaleza. Asimismo, que la regulación que tiene nuestra legislación en torno a la

seguridad Jurídica en la celebración de los llamados contratos electrónicos es todavía

incipiente; no obstante la recepción de la manifestación de la voluntad por medios

electrónicos y la regulación de la firma digital es un primer avance en lograr un adecuado

(32)

contratantes de este tipo de Contratación Electrónica. En esta investigación encontramos

en el Capítulo I, la Realidad Problemática el Problema de investigación, los Objetivos, la

Justificación y los Antecedentes o investigaciones previas. En el Capítulo II, presentamos

lo relativo al Marco Teórico, donde podemos encontrar cuestiones referidas a La Función

Pública notarial, Teoría de los contratos y Contratación Electrónica, Aspectos generales de

la firma digital, y Problemática técnico- Jurídica de la Contratación Electrónica. El

Capítulo III está referido a las cuestiones metodológicas, donde encontramos

específicamente la hipótesis y sus respectivas variables. En el Capítulo IV presentamos y

discutimos los resultados de la investigación, especialmente las Razones o fundamentos

por los cuales la Función Pública notarial puede garantizar la seguridad Jurídica en la

celebración de los denominados contratos electrónicos, las Entrevistas y Legislación

comparada.

Comentario: Es la firma electrónica la que determina una seguridad en los procesos que son públicos, los mismos que deben de permitir a las notarías modificar sus

procesos administrativos.

García (2008), en su tesis de grado titulada: “Implementación de firma digital en

una plataforma de comercio electrónico”. Pontificia Universidad Católica del Perú. El

objetivo de la tesis es desarrollar un esquema de Firma Digital para una plataforma Web de

comercio electrónico haciendo uso de la infraestructura adecuada que permita firmar

documentos y contratos con cien por ciento de valor legal y que sean cien por ciento

confiables.

Comentario: El trabajo de investigación plantea el uso de la firma digital en todos los procesos de e-comerce, inclusive señala que deben de darse en los trámites

(33)

Rojas (2014), en el artículo titulado: “Firma digital en el Instituto Nacional de

Salud”. Afirma que la Firma Digital es un método criptográfico que asocia la identidad de

una persona o de un equipo informático al mensaje o documento. En función del tipo de

firma, puede, además, asegurar la integridad del documento o mensaje. Se espera que en el

INS cuente con esta importante herramienta, ya que existe un convenio firmado entre el

INDECOPI y el INS para el uso de la firma digital; esto permitirá dinamizar sus procesos

de manera más eficiente de los usuarios.

Comentario: Considera la implementación de la firma digital como facilitadora de trámites administrativos en el Instituto Nacional de Salud, dados los convenios que esta

mantiene con IDECOPI.

2.2. Bases legales

Congreso de la Republica Ley Nº 27269 (Registro Nacional de Identidad y Estado

Civil, 2000) 08 de mayo del 2000

- Ley de firmas y certificados digitales Artículo 1º.- Objeto de la ley

La presente ley tiene por objeto regular la utilización de la firma electrónica

otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita

u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad.

Entiéndase por firma electrónica a cualquier símbolo basado en medios electrónicos

utilizado o adoptado por una parte con la intención precisa de vincularse o autenticar

un documento cumpliendo todas o algunas de las funciones características de una

firma manuscrita.

(34)

La presente ley se aplica a aquellas firmas electrónicas que, puestas sobre un

mensaje de datos o añadidas o asociadas lógicamente a los mismos, puedan vincular

e identificar al firmante, así como garantizar la autenticación e integridad de los

documentos electrónicos.

- De la firma digital Artículo 3º.- Firma digital

La firma digital es aquella firma electrónica que utiliza una técnica de criptografía

asimétrica, basada en el uso de un par de claves único; asociadas una clave privada y

una clave pública relacionadas matemáticamente entre sí, de tal forma que las

personas que conocen la clave pública no puedan derivar de ella la clave privada.

- Del titular de la firma digital Artículo 4º.- Titular de la firma digital

El titular de la firma digital es la persona a la que se le atribuye de manera exclusiva

un certificado digital que contiene una firma digital, identificándolo objetivamente

en relación con el mensaje de datos.

Artículo 5º.- Obligaciones del titular de la firma digital

El titular de la firma digital tiene la obligación de brindar a las entidades de

certificación y a los terceros con quienes se relacione a través de la utilización de la

firma digital, declaraciones o manifestaciones materiales exactas y completas.

- De los certificados digitales Artículo 6º.- Certificado digital

El certificado digital es el documento electrónico generado y firmado digitalmente

por una entidad de certificación, la cual vincula un par de claves con una persona

determinada confirmando su identidad.

(35)

Los certificados digitales emitidos por las entidades de certificación deben contener

a l menos:

1. Datos que identifiquen indubitablemente al suscriptor.

2. Datos que identifiquen a la Entidad de Certificación.

3. La clave pública.

4. La metodología para verificar la firma digital del suscriptor impuesta a un mensaje

de datos.

5. Número de serie del certificado.

6. Vigencia del certificado.

7. Firma digital de la Entidad de Certificación.

Artículo 8º.- Confidencialidad de la información

La entidad de registro recabará los datos personales del solicitante de la firma digital

directamente de éste y para los fines señalados en la presente ley.

Asimismo la información relativa a las claves privadas y datos que no sean materia

de certificación se mantiene bajo la reserva correspondiente. Sólo puede ser

levantada por orden judicial o pedido expreso del suscriptor de la firma digital.

Artículo 9º.- Cancelación del certificado digital

La cancelación del certificado digital puede darse:

1. A solicitud del titular de la firma digital.

2. Por revocatoria de la entidad certificante.

3. Por expiración del plazo de vigencia.

4. Por cese de operaciones de la Entidad de Certificación.

Artículo 10º.- Revocación del certificado digital

(36)

1. Se determine que la información contenida en el certificado digital es inexacta o

ha sido modificada.

2. Por muerte del titular de la firma digital.

3. Por incumplimiento derivado de la relación contractual con la Entidad de

Certificación.

Artículo 11º.- Reconocimiento de certificados emitidos por entidades extranjeras

Los Certificados de Firmas Digitales emitidos por entidades extranjeras tendrán la

misma validez y eficacia jurídica reconocida en la presente ley, siempre y cuando

tales certificados sean reconocidos por una entidad de certificación nacional que

garantice, en la misma forma que lo hace con sus propios certificados, el

cumplimiento de los requisitos, del procedimiento, así como la validez y la vigencia

del certificado.

- De las entidades de certificación y de registro Artículo 12º.- Entidad de Certificación

La Entidad de Certificación cumple con la función de emitir o cancelar certificados

digitales, así como brindar otros servicios inherentes al propio certificado o aquellos

que brinden seguridad al sistema de certificados en particular o del comercio

electrónico en general.

Las Entidades de Certificación podrán igualmente asumir las funciones de Entidades

de Registro o Verificación.

Artículo 13º.- Entidad de Registro o Verificación

La Entidad de Registro o Verificación cumple con la función de levantamiento de

datos y comprobación de la información de un solicitante de certificado digital;

(37)

autorización de solicitudes de emisión de certificados digitales; aceptación y

autorización de las solicitudes de cancelación de certificados digitales.

Artículo 14º.- Depósito de los Certificados Digitales

Cada Entidad de Certificación debe contar con un Registro disponible en forma

permanente, que servirá para constatar la clave pública de determinado certificado y

no podrá ser usado para fines distintos a los estipulados en la presente ley.

El Registro contará con una sección referida a los certificados digitales que hayan

sido emitidos y figurarán las circunstancias que afecten la cancelación o vigencia de

los mismos, debiendo constar la fecha y hora de inicio y fecha y hora de finalización.

A dicho Registro podrá accederse por medios telemáticos y su contenido estará a

disposición de las personas que lo soliciten.

Artículo 15º.- Inscripción de Entidades de Certificación y de Registro o Verificación.

El Poder Ejecutivo, por Decreto Supremo, determinará la autoridad administrativa

competente y señalará sus funciones y facultades. La autoridad competente se

encargará del Registro de Entidades de Certificación y Entidades de Registro o

Verificación, las mismas que deberán cumplir con los estándares técnicos

internacionales. Los datos que contendrá el referido Registro deben cumplir

principalmente con la función de identificar a las entidades de Certificación y

Entidades de Registro o Verificación.

Artículo 16º.- Reglamentación: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en

un plazo de 60 (sesenta) días calendario, contados a partir de la vigencia de la

presente ley.

- Disposiciones complementarias, transitorias y finales

Primera.- Mientras se cree el Registro señalado en el Artículo 15º, la validez de los

(38)

Verificación, en el ámbito de la presente ley, está condicionada a la inscripción

respectiva dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días siguientes a la creación el referido

Registro.

Segunda.- El Reglamento de la presente ley incluirá un glosario de términos

referidos a esta ley y a las firmas electrónicas en general, observando las definiciones

establecidas por los organismos internacionales de los que el Perú es parte.

Tercera.- La autoridad competente podrá aprobar la utilización de otras tecnologías

de firmas electrónicas siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la

presente ley, debiendo establecer el Reglamento las disposiciones que sean

necesarias para su adecuación.

2) Ley N° 29837 Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo

(PRONABEC) (Educativos, 2012), febrero del 2012

CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 29837

Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC)

Artículo 1. Creación del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo

Créase el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo para el nivel superior a

cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión,

monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos.

Artículo 2. Finalidad del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo

La finalidad del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo es contribuir a la

equidad en la educación superior garantizando el acceso a esta etapa, de los

estudiantes de bajos recursos económicos y alto rendimiento académico, así como su

permanencia y culminación.

(39)

Los componentes del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo son los

siguientes:

- Beca Pregrado: Financia estudios de pregrado en universidades públicas o privadas nacionales y extranjeras así como estudios técnicos en institutos de

educación superior tecnológicos públicos o privados nacionales, para estudiantes

egresados de la secundaria con alto rendimiento académico y bajos recursos

económicos, con énfasis en carreras vinculadas al desarrollo científico y

tecnológico del país y que posibiliten una adecuada inserción laboral de los

graduados.

- Beca Postgrado: Financia estudios de postgrado para graduados con alto rendimiento académico e insuficientes recursos económicos, en universidades

nacionales y extranjeras, públicas y privadas, con énfasis en estudios vinculados

al desarrollo científico y tecnológico del país.

- Créditos Educativos: Financia total o parcialmente, de manera reembolsable,

estudios de pregrado y postgrado para alumnos con alto rendimiento académico e

insuficientes recursos económicos, en institutos de educación superior

tecnológicos y universidades, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Artículo 4. Becas y créditos educativos especiales: El Programa Nacional de Becas y

Crédito Educativo, podrá crear o administrar otras modalidades de becas y créditos

educativos no contempladas en el artículo anterior para atender las necesidades del

país así como a poblaciones vulnerables o situaciones especiales. La tasa de interés

para los créditos educativos no podrá superar la tasa de interés interbancario.

Artículo 5. Instituciones educativas que participan en el Programa Nacional de Becas

(40)

Las instituciones de educación superior, las carreras profesionales y los programas

de estudios que participan del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo

deben estar acreditados por los organismos competentes del Sistema Nacional de

Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE).

Artículo 6. Compromiso de los beneficiarios

Los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo suscribirán

con el Ministerio de Educación un "Compromiso de Servicio al Perú", en virtud del

cual se comprometen a prestar sus servicios en el país al finalizar sus estudios

respectivos por un período de hasta de tres años.

Los beneficiarios de las becas y créditos educativos a los que se refiere el artículo 4

suscribirán un "Compromiso de Servicio al Perú" de acuerdo con la naturaleza o

modalidad de los mismos.

El "Compromiso de Servicio al Perú" debe expresar también que dichos servicios se

prestarán preferentemente en la región de origen de los beneficiarios, para lo cual los

gobiernos regionales y los gobiernos locales suscribirán convenios para garantizar la

contratación de los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Crédito

Educativo.

En caso de incumplimiento de esta obligación, los beneficiarios se comprometen a

devolver al Estado el íntegro del costo de la beca recibida en los términos que

establezca el reglamento de la presente Ley.

Artículo 7. Composición y funciones del Consejo Directivo del Programa Nacional

de Becas y Crédito Educativo

a. El Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo cuenta con un Consejo

(41)

- Dos representantes del Ministerio de Educación, uno de los cuales lo preside y

tiene voto dirimente.

- Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros.

- Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

- Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

- Un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.

- Un representante de las universidades acreditadas por los organismos competentes

del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad

Educativa (SINEACE).

- Un representante del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

- Un representante del Ministerio de Salud.

b. Son funciones del Consejo Directivo:

- Establecer las políticas, lineamientos y prioridades del Programa Nacional de Becas

y Crédito Educativo.

- Aprobar el Plan de Gestión Institucional y la Memoria Anual del Programa.

- Realizar el seguimiento y la evaluación de los resultados del Programa a efectos de

proponer mejoras en su diseño e implementación.

- Las demás funciones que establezca el Manual de Operaciones.

Artículo 8. Financiamiento

El Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo se financia con cargo al

presupuesto institucional del Ministerio de Educación en el marco de las leyes

anuales de Presupuesto. Asimismo, el Ministerio de Educación promoverá la

participación del sector privado y de instituciones nacionales e internacionales con el

objeto de ampliar la cobertura del Programa a través de donaciones y cooperación

(42)

Artículo 9. Rendición de cuentas

En el marco de las normas sobre transparencia y acceso a la información pública, el

Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas,

implementa evaluaciones independientes del Programa Nacional de Becas y Crédito

Educativo, las cuales se pondrán a disposición de la ciudadanía a través de su portal

institucional, así como toda la información correspondiente.

- Disposiciones complementarias finales

PRIMERA. Administración y organización del Programa Nacional de Becas y

Crédito Educativo. Para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley, en un

plazo que no exceda los cuarenta y cinco días calendario contados a partir de su

publicación, el Ministerio de Educación dictará las disposiciones para la

organización y funcionamiento del Programa Nacional de Becas y Crédito

Educativo.

SEGUNDA. Creación de unidad ejecutora. Dispónese que la Dirección General de

Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas cree la Unidad

Ejecutora "Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo".

TERCERA. Instituciones educativas que participan en el Programa Nacional de

Becas y Crédito Educativo. En tanto el Sistema Nacional de Evaluación,

Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) no implemente la

acreditación de las carreras profesionales, programas de estudios o instituciones de

educación superior a las que se refiere el artículo 5, el Ministerio de Educación, con

criterios preestablecidos y publicados que garanticen la calidad educativa,

determinará las carreras profesionales, programas educativos o centros de estudios a

los que podrán postular los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Crédito

(43)

CUARTA. Incorporación de becas existentes al Programa Nacional de Becas y

Crédito Educativo: Incorpórase al componente Beca Pregrado, las becas creadas y

normadas por el Decreto Legislativo 1066, por el artículo 10 del Decreto de

Urgencia 094-2009, por la décima sexta disposición final de la Ley 29626, Ley de

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y por el Decreto Supremo

017-2011-ED; y al componente Beca Postgrado, la beca creada y normada por el

Decreto Supremo 008-2007-ED; no pudiendo realizarse nuevas convocatorias para

dichas becas. El Ministerio de Educación, a través del Viceministerio de Gestión

Institucional, presenta en un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la

vigencia de la presente Ley, un informe de cierre de cada una de las becas creadas en

el marco de las disposiciones mencionadas en el párrafo precedente, el mismo que

será publicado en el portal institucional de dicho Ministerio.

Los actuales beneficiarios de las becas reguladas por las normas señaladas en la

presente disposición continuarán obteniendo los beneficios bajo las mismas

condiciones que les corresponde hasta la culminación de sus estudios.

Las becas originadas en el marco de los acuerdos internacionales se sujetan a dichos

acuerdos y a las normas que para tal fin emita el Poder Ejecutivo y son administradas

por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo. Esta disposición incluye a

la beca creada y normada por el Decreto Supremo 009-2010-ED.

QUINTA. Autorización para otorgar subvenciones a personas naturales materia de

las becas y garantías a los créditos del Programa Nacional de Becas y Crédito

Educativo. Autorízase al Pliego 010: Ministerio de Educación a otorgar

subvenciones a personas naturales materia de las becas, así como garantías a los

créditos provenientes del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y de las

(44)

SEXTA. Fondo Educativo: Constituyese un Fondo Educativo con los aportes de los

egresados beneficiarios de las becas de acuerdo al reglamento de la presente Ley con

la finalidad de contribuir al financiamiento de las becas en el marco de la presente

Ley.

SÉPTIMA. Reglamento de los componentes del Programa Nacional de Becas y

Crédito Educativo

Dentro del plazo de cuarenta y cinco días, contado a partir de la vigencia de la

presente Ley, se aprobará el Reglamento, mediante decreto supremo refrendado por

los ministros de Educación y de Economía y Finanzas.

OCTAVA. Derogación: Deróguense o modificase todas las disposiciones que se

opongan a la presente Ley.

- Disposiciones complementarias transitorias

PRIMERA. Cumplimiento de las Normas Establecidas. Sin perjuicio de lo

establecido en el artículo 4 de la presente Ley, el Ministerio de Educación queda

encargado del cumplimiento de la Ley 25134, que establece becas integrales para los

hijos de los campesinos, reglamentándola; y de la Ley 23585, que otorga becas de

estudio en centros educativos y universidades de gestión no estatal a estudiantes que

pierden al padre, tutor o persona encargada de solventar su educación, quedando

facultado para imponer las sanciones.

SEGUNDA. Informe Anual. Las universidades que otorgan becas deberán informar,

anualmente, al Ministerio de Educación, a la Asamblea Nacional de Rectores o quien

haga sus veces, a la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la

República y a los gobiernos regionales y gobiernos locales sobre el cumplimiento de

la presente Ley. Asimismo, dicho informe deberá ser publicado en la página web de

Referencias

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