UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
_________________________________________________________________________ EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LA PREVENCION DE LOS
DELITOS INFORMATICOS
_________________________________________________________________________
AUTOR: Chauca Acero Gabriela Cristina ASESOR: Ab. Jorge Luis Gómez
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR
Ab. Jorge Luis Gómez, en calidad de asesor de tesis, designado por disposición de la UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”, Una vez culminada la investigación por parte de la señorita GABRIELA CRISTINA CHAUCA ACERO sobre el tema:
EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LA PREVENCION DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS
CERTIFICO:
Que el mencionado trabajo es auténtico y original, y cumple con todos los aspectos, técnico-metodológicos y las normas establecidas por la Universidad Regional Autónoma de los Andes, UNIANDES.
Como requisito previo a la obtención del Título de ABOGADA EN LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
Por lo tanto autorizo su presentación para el trámite de sustentación correspondiente.
Ibarra, 26 de Agosto, 2014
Ab.. Jorge Luis Gómez
DECLARACIÓN DE AUTORÍA
GABRIELA CRISTINA CHAUCA ACERO portadora de la cedula de ciudadanía 1003092234, declaro que los resultados obtenidos en la investigación que presento, como informe final previo a la obtención del título de Abogada de los Tribunales de la República, son absolutamente originales, auténticos y personales.
En tal virtud expreso que el contenido, las conclusiones y los efectos legales académicos que se desprenden del trabajo propuesto son de exclusiva responsabilidad de la Autora.
DEDICATORIA
El presente informe se lo dedico al ser más importante en mi vida DIOS, que ha estado en mi vida guiándome en las buenas y malas, él ha sido mi gran sustento para poder sobre llevar todos los obstáculos de mi vida.
También se lo dedico de una manera muy especial a mis padres y a mi abuelita, que con su ejemplo de trabajo, honradez y perseverancia además de su incondicional apoyo me han motivado para alcanzar esta anhelada meta, ya que me han cuidado, me han enseñado, me han protegido y han estado conmigo en los momentos adversos y felices de mi vida,
Gabriela Chauca
AGRADECIMIENTO
Agradezco por toda la ayuda que me han brindado, a mi tutor de tesis, a mi familia, Rosa Vallejos, Lic. Amador Chacón, Sra. Anita Reyes, Marco Chauca, Viviana Acero, Santiago Chauca, Mishell Chauca, Katherine Chuaca, Laura Coral y Jonathan España, ya que sin su apoyo, yo no hubiese podido estudiar, ni ser una persona preparada
También a la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES, sus directivos y personal docente y administrativo por ayudarme a realizar este trabajo y culminar con éxito una etapa de mi vida que marca el inicio de otra nueva.
Asimismo a mi familia por su entrega incondicional y a Dios por darme lucidez en todo el proceso de investigación y educativo.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
INTRODUCCIÓN ... 1
Antecedentes de la investigación ... 1
Planteamiento del problema ... 1
Formulación del problema ... 3
Objeto de Investigación y Campo de Acción ... 3
OBJETO DE ESTUDIO: ... 3
Identificación de la Línea de Investigación ... 3
Objetivo general ... 3
Objetivos específicos ... 3
Idea a Defender ... 4
Justificación del tema ... 4
Resumen de la estructura de la tesis ... 5
Aporte teórico, significación práctica y novedad científica ... 7
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO ... 8
1.1 ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL OBJETO DE INVESTIGACIÓN ... 8
1.1.1 Antecedentes Históricos del Delito Informático en la Legislación Ecuatoriana ... 8
1.1.2 Antecedentes Históricos de los Delitos Informáticos en el Ecuador ... 9
1.1.3 Sabotaje Informático ... 11
1.1.4 Datos Personales Autorizados ... 11
1.1.5 Datos Personales ... 12
1.1.6 Obtención y Utilización No Autorizada De Información ... 12
1.1.7 Estudio Comparativo ... 13
1.1.7.1 Con la Legislación de Estados Unidos Importancia del Delito Informático ... 13
1.1.7.1.2 Con la Legislación de México Delitos de Revelación de Secretos y Acceso Ilícito a Sistemas ... 14
1.1.8 Informática ... 17
1.2. ANÀLISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÒRICAS DEL DELITO INFORMÀTICO ... 17
1.2.1 El Delito Informático ... 17
1.2.1.1 Definición de Delito Informático ... 17
1.2.1.2 Clasificación de los Delitos Informáticos ... 18
1.2.1.3 Causas Del Delito Informático ... 18
1.2.1.4 Delitos informáticos en el Comercio Electrónico tipificados en la Legislación Ecuatoriana. ... 19
1.2.1.5 Eficacia Probatoria Del Documento Electrónico ... 20
1.2.1.6 Punibilidad de un Delito Informático en el Comercio Electrónico ... 20
1.2.1.7 Dogmática y Criminología... 21
1.2.1.7.1 El auge de la Vigilancia Electrónica ... 21
1.2.1.8 La Privatización Carcelaria ... 21
1.2.1.9 La Evolución de las Ideas Criminológicas ... 22
1.2.1.10 Principales Movimientos Criminológicos De La Actualidad ... 22
1.2.1.11 La Prueba Electrónica ... 23
1.2.1.12 Derecho y Nuevas Tecnologías ... 24
1.2.1.13 Sujeto Activo ... 25
1.2.1.14 Conociendo al Enemigo ... 25
1.2.1.15 Los Hackers y los Crackers ... 26
1.2.1.16 Principio de Proporcionalidad ... 26
1.3 VALORACIÓN CRÍTICA DE LOS CONCEPTOS PRINCIPALES DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN ... 30
2.1 CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR, RAMA EMPRESA O CONTEXTO
INSTITUCIONAL O PROBLEMA SELECCIONADO DE INVESTIGACIÓN. ... 35
2.2 DESCRIPCIÒN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÒGICO PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÒN. ... 35
2.2.1 Métodos ... 35
2.2.1.1 Método Inductivo – Deductivo ... 35
2.2.1.2 Método Histórico- Lógico ... 36
2.2.1.3 Método científico ... 36
2.2.1.4 Técnicas e instrumentos de investigación ... 36
2.2.1.5 Encuesta ... 37
2.2.1.6 Instrumentos ... 37
2.2.1.7 Población y muestra ... 37
2.2.1.8 DESARROLLO DE LA FORMULA ... 38
2.3. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación 40 2.4. Conclusiones parciales del capítulo. ... 50
CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA. ... 51
3.1 Introducción ... 51
3.1.1 Objeto del Principio de Proporcionalidad ... 52
3.1.2 El Principio de Proporcionalidad Como Esencia de Principios ... 54
3.1.3 Punibilidad de un Delito Informático ... 55
3.2. Conclusiones parciales del capítulo. ... 57
CONCLUSIONES GENERALES ... 58
RECOMENDACIONES ... 59
BIBLIOGRAFÍA ... 60
LINKOGRAFÍA ... 62
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla Nº 1 en referencia de la pregunta 1 ... 40
Tabla Nº 2 en referencia de la pregunta 2 ... 41
Tabla Nº 3 en referencia de la pregunta 3 ... 42
Tabla Nº 4 en referencia de la pregunta 4 ... 43
Tabla Nº 5 en referencia de la pregunta 5 ... 44
Tabla Nº 6 en referencia de la pregunta 6 ... 45
Tabla Nº 7 en referencia de la pregunta 7 ... 46
Tabla Nº 8 en referencia de la pregunta 8 ... 47
Tabla Nº 9 en referencia de la pregunta 9 ... 48
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico Nº 1 en referencia de la pregunta 1 ... 40
Gráfico Nº 2 en referencia de la pregunta 2 ... 41
Gráfico Nº 3 en referencia de la pregunta 3 ... 42
Gráfico Nº 4 en referencia de la pregunta 4 ... 43
Gráfico Nº 5 en referencia de la pregunta 5 ... 44
Gráfico Nº 6 en referencia de la pregunta 6 ... 45
Gráfico Nº 7 en referencia de la pregunta 7 ... 46
Gráfico Nº 8 en referencia de la pregunta 8 ... 47
Gráfico Nº 9 en referencia de la pregunta 9 ... 48
RESUMEN EJECUTIVO
En este trabajo de tesis se empieza hablando sobre los Antecedentes Históricos del Delito Informático en la Legislación Ecuatoriana, la influencia de la informática en la vida del ser humano y como los llamados ciber delincuentes se aprovechan de esta influencia para cometer delitos, aquí es donde surge la informática, la cual busca recabar evidencia que permita atrapar a los delincuentes, por tanto la informática intenta descubrir e interpretar la información que se encuentra dentro de los medios informáticos.
Así mismo se hace un análisis de los diferentes tipos de delitos informáticos. Las causas de los delitos informáticos, y como se tipifican estos delitos en varios países ya que cada país tiene sus propias leyes relacionadas con este tipo de delitos. Un requisito básico para que la informática tenga efecto es la Prueba electrónica, Naturaleza de la prueba electrónica, clasificación de la prueba electrónica la cual es decisiva al momento de declarar a un sospechoso culpable o inocente, ya que ciertos países ante este nuevo tipo de evidencia han tenido que reglamentar su admisión en una corte de justicia.
Se revisara profundamente lo que es un daño informático, sabotaje informático, datos personales, datos personales no autorizados, obtención y utilización de información no autorizada, ya que son temas muy importantes para el desarrollo del presente trabajo investigativo y así poder llegar a una conclusión de quienes son víctimas de delitos informáticos.
Por ultimo en la parte teórica tenemos sujetos del delito informático, sujeto activo, sujeto pasivo, quienes van a determinar con exactitud a quienes llamamos víctimas de delitos informáticos, el principio de proporcionalidad el cual nos va a permitir establecer de una manera muy eficaz que exista proporcionalidad entre penas y delitos debe existir una equiparación valorativa de tal forma que la pena sea adecuada al acto.
EXECUTIVE SUMARY
In this thesis work begins talking about the Historical Background to the Computer Crime in Ecuadorian legislation, the influence of information technology on human life and as so-called cyber criminals take advantage of this influence to commit crimes, this is where arises computers, which seeks to gather evidence to catch criminals, so the computer tries to discover and interpret the information found within information technology.
Also an analysis of the different types of computer crime is. The causes of cybercrime, and how these crimes are classified in several countries as each country has its own laws regarding this type of crime. A basic requirement for the computer to take effect is the Electronic Test, Nature of electronic evidence, electronic evidence classification which is crucial when declaring a guilty or innocent suspect, since some countries to this new type of evidence have had to regulate admission to a court of law. Deeply revise what damage a computer, computer sabotage, personal data, unauthorized personal data collection and use of unauthorized information, as they are very important for the development of this research work and be able to reach a conclusion of subjects who are victims of cybercrime.
INTRODUCCIÓN
Antecedentes de la investigación
El delito informático, o crimen electrónico, o bien ilícito digital es el término genérico para aquellas operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, pornografía infantil, en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.
Existen actividades delictivas que se realizan por medio de estructuras electrónicas que van ligadas a un sin número de herramientas delictivas que buscan infringir y dañar todo lo que encuentren en el ámbito informático: ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información borrado, dañado, alteración o supresión de data crédito, mal uso de artefactos, chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por delincuentes especializados en delitos informáticos, violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet, violación de información confidencial y muchos otros.
Actualmente existen leyes que tienen por objeto la protección integral de los sistemas que utilizan tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos en las variedades existentes contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.
Planteamiento del problema
El crecimiento exponencial de las redes sociales hace que paulatinamente ciertos aspectos de la vida de las personas vayan cambiando. Estas redes se están convirtiendo en un fenómeno cada vez mayor, utilizada por más personas, pero a su vez también están siendo utilizadas por delincuentes informáticos a fin de conseguir elementos para llevar a cabo su actividad delictiva.
irresponsablemente a personas extrañas o aparentemente conocidas, poniendo en riesgo su reputación y exponiéndose constantemente a que su información sea utilizada inadecuadamente.
El desconocimiento de los derechos y procedimientos a seguir legalmente en el caso de ser víctima del delito contra la intimidad o privacidad informática. Limita las sanciones que se deben aplicar dentro del ámbito legal por la mala utilización de las redes sociales. El gran potencial que ha adquiridos estas redes se traduce a la extensa circulación de Información y dinero que se exponen en ellas, ya que los delincuentes aprovechan el exceso de confianza y errores de los usuarios para alcanzar sus objetivos.
La falta de leyes, tipificación y sanciones más drásticas en el Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, producen el incremento de los delitos informáticos cometidos a través de las redes sociales siendo los jóvenes las principales víctimas por el uso indebido de este medio de comunicación que nos brinda la tecnología ya que podemos citar ciertos delitos informáticos como por ejemplo secuestro y delito contra la intimidad o privacidad informática.
La regularización en la creación de las redes sociales, permitirá el adecuado manejo de los mismos y proveerá de ventajas que pueden disminuir el alto porcentaje del cometimiento de los delitos informáticos que hoy en día acechan a las personas permitiendo estudiar a profundidad las conductas antisociales, el grado de culpabilidad y responsabilidad de los autores cómplices y encubridores como personas especializados en dicha materia.
El Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano establece sanciones generales en cuanto a los delitos informáticos, pero no se establece el principio de proporcionalidad para cada tipo de estos.
Formulación del problema
¿Cuál es el impacto que provoca la no aplicación del principio de proporcionalidad en los delitos informáticos?
Objeto de Investigación y Campo de Acción
Nivel Macro.-El objeto de investigación del presente trabajo es el Derecho Penal y Procesal Penal, los mismos que establecen mecanismos jurídicos, para reprimir el delito y la forma de juzgarlo.
Nivel Micro.-Aplicación del principio de proporcionalidad en los delitos informáticos. ESPACIAL.- Ibarra.
TEMPORAL.-2014. OBJETO DE ESTUDIO: Delitos Informáticos.
Identificación de la Línea de Investigación
El presente trabajo de investigación se identifica con la Línea de Investigación de Criminología y Victimología, establecido por el manual de Investigación de Uniandes. Objetivo general
Elaborar un ensayo jurídico acerca de la importancia de la aplicación del Principio de Proporcionalidad, para la prevención de los Delitos Informáticos cometidos en las redes sociales
Objetivos específicos
Elaborar un análisis jurídico de los Artículo 232 del Código Orgánico Integral Penal en cuanto al principio de proporcionalidad para la seguridad y prevención de los delitos informáticos cometidos en las redes sociales.
Validar el presente trabajo investigativo a través del criterio de expertos. Idea a Defender
Con la elaboración del Ensayo Jurídico del Art. 232 del Código Orgánico Integral Penal se determinara la importancia de la aplicación del Principio de Proporcionalidad orientados a prevenir los delitos informáticos cometidos en las redes sociales.
Justificación del tema
La presente investigación se justifica porque la legislación existente en materia nacional es insuficiente en relación con la prevención y el juzgamiento de los delitos informáticos, siendo el fin primordial de este tema, proponer una ontología para representar el reconocimiento en el ámbito jurídico sobre delitos informáticos con la intención de aclarar al ciudadano sobre de la aplicabilidad de la norma penal que rige estos ilícitos.
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear:
La presente investigación es de tipo descriptivo y propositivo, porque describe las causas, para que se aplique en forma efectiva el principio de proporcionalidad para los delitos informáticos por parte de los juzgadores.
El presente trabajo de investigación aplica el método inductivo porque toma particularidades del principio de proporcionalidad en la prevención de los delitos informáticos, los analiza desde su inicio, es decir, su definición de delito informático hasta obtener conclusiones generales con la correcta aplicación del principio de proporcionalidad.
La historia de la humanidad es en gran medida la de los avances tecnológicos productos de la creatividad humana. El propósito de estos avances salvo pocas excepciones, es mejorar las condiciones de vida de las personas al poder resolver de manera más ágil y eficiente los problemas que se plantean. El invento y perfeccionamiento de la informática es la innovación tecnológica que en los últimos tiempos más peso ha tenido en las formas de vida del ser humano. Pero los avances tecnológicos con gran frecuencia se han proyectado para hacer daño a los demás. Los delincuentes recurren a los avances tecnológicos para ser más exitosos es sus fechorías y burlar los propósitos de seguridad del ordenamiento social, la tecnología en sí misma no es buena ni mala, se trata de delitos al margen de si están o no codificados pues formalismos legales no exoneran las responsabilidades negativas de quienes hicieron daños a los demás por estos medios.
El presente trabajo de investigación está enmarcado en la aplicación del principio de proporcionalidad para la prevención de los delitos informáticos cometidos a través de las redes sociales, el mismo que establece un sinnúmero de delitos informáticos tales como: Sabotaje Informático, Espionaje Informático y Pornografía Infantil, que se han venido dando a lo largo del desarrollo de la humanidad los mismos que han sido quedados en la impunidad por parte de los juzgadores, con el avance Legal y tecnológico, podemos observar que en el Código Penal establece sanciones generales para este tipo de delitos informáticos, mientras tanto que estamos que nos encontramos ad portas de su plena vigencia el nuevo Código Orgánico Integral Penal en su Art. 232, encontramos sanciones específicas para estos delitos informáticos, es así que con esta nueva codificación ciertos delitos no se van a quedar en la impunidad y serán juzgados a cabalidad para la seguridad de las personas y profesionales.
Resumen de la estructura de la tesis
Este trabajo se encuentra conformado de la introducción y tres capítulos. Como apéndice se inserta la bibliografía consultada y los anexos.
empleada: enfoque de la investigación, métodos, técnicas e instrumentos que se aplicaron a lo largo del estudio a la muestra extraída; y, finalmente, los elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica.
El capítulo I trata sobre el Marco Teórico constituido por la fundamentación teórica que relaciona el tema de investigación en armonía directa entre el problema y el objeto de investigación seleccionado, su origen y evolución. También analiza las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación y ofrece una valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. Con este ejercicio, se deja en claro los aspectos que el autor asume como valiosos para la construcción del diagnóstico de la realidad y para la presentación de la propuesta en relación con el análisis jurídico sobre la aplicación del principio de proporcionalidad para la prevención de los delitos informáticos.
El Capítulo II que analiza la metodología y el planteamiento de la propuesta, presenta los resultados alcanzados y aportados por el diseño metodológico de la investigación, la descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación que conduce al resultado que da solución a la falta de la aplicación del principio de proporcionalidad para la prevención de los delitos informáticos. También se presenta la propuesta como alternativa de solución: la metodología, el procedimiento, la ejecución que se propone.
El Capítulo III tiene que ver con el desarrollo de la propuesta. En este capítulo se hace un análisis de todos los resultados alcanzados en la investigación, y se materializa con la validación de los resultados alcanzados.
A continuación se insertan las conclusiones generales y las recomendaciones producto de la obtención de los resultados. Las conclusiones permiten fundamentar la idea a defender con hechos tomados del trabajo realizado en campo y sustentado por las teorías jurídicas que aporta el marco teórico.
Aporte teórico, significación práctica y novedad científica
La presente investigación se sustenta en la obra El Delito Informático en la Legislación Ecuatoriana de Vicente Vallejo Delgado(2008 EDITORIAL..) el cual determina las causas y consecuencias que produce en el mal uso de las redes sociales las faltas, contravenciones administrativas que se realizan con el ánimo de causar daño de perjudicar y aprovecharse de bienes y servicios ilícitamente incurriendo en la infracción penal sea por negligencia, imprudencia, impericia o por el incumplimiento de la ley. En donde establece el perfil del delincuente por su capacidad técnica y las deficiencias de control existentes en las instalaciones informáticas. También se toma como referencia a Juan José Páez Rivadeneira el cual explica que se ha podido comprobar que los autores de los delitos informáticos son muy diversos y lo que los diferencia entre sí es la naturaleza de los delitos cometidos. Una vez concluida la investigación podemos poner en práctica el Principio de Proporcionalidad en la prevención de los delitos informáticos, lo que a la realidad no se aplica y tenemos hoy en día varios delitos como: Sabotaje Informático, Espionaje Informático y Pornografía Infantil, el cual determina las causas, consecuencias que produce el mal uso de las redes sociales, las faltas contravenciones administrativas que se realizan con el ánimo de causar daño de perjudicar y aprovecharse de bienes y servicios ilícitamente el cual incurre en la infracción penal, como consecuencia de la no aplicación del Principio de Proporcionalidad en la Prevención de los Delitos Informáticos.
El presente tema es novedoso porque teniendo claro el concepto de que en la tecnología no está el mal, sino en las personas que las usan para estimular la comunicación entre narcotraficantes y contrabandistas el tema toma importancia para el desarrollo de la sociedad, es decir mediante la ampliación del Arts. 229 y siguientes del Código Orgánico Integral Penal podrá aplicarse el principio de proporcionalidad y disminuir los delitos informáticos cometidos en las redes sociales.
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
1.1ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL OBJETO DE INVESTIGACIÓN
1.1.1 Antecedentes Históricos del Delito Informático en la Legislación Ecuatoriana “En el ecuador y en los demás países, utilizan principios jurídicos, legales, procesales y doctrinarios, en el tratamiento del delito informático, su investigación y juzgamiento, sin embargo, las características propias de este delito que pertenece a una nueva era de la información y conocimiento, trasciende al ordenamiento jurídico vigente. Los legisladores y administradores de justicia de la nueva era, darán el tratamiento apropiado a estas infracciones. Este delito solo ha sido posible con el invento de los ordenadores, ya que la frase, delito informático, es utilizada a medida que el internet se expandió”.
Después de una reunión en Lyon, Francia, se fundó un subgrupo del grupo de Naciones que conformaban el denominado “G8” con el objetivo de estudiar los problemas emergentes de criminalidad que eran propiciados por Internet. El “Grupo de Lyon” utilizó el termino para describir, de forma muy imprecisa, todos los tipos de delitos perpetrados en la red o en las nuevas redes de telecomunicaciones que tuvieran un rápido descenso en los costos.
soluciones a los grandes problemas con los cuales se enfrenta la humanidad. (http://www.monografias.com, 2007, pág. 2)
1.1.2 Antecedentes Históricos de los Delitos Informáticos en el Ecuador
“La historia de la humanidad es en gran medida la de los avances tecnológicos productos de la creatividad humana. El propósito de estos avances, salvo pocas excepciones, es mejorar las condiciones de vida de las personas al poder resolver de manera más ágil y eficiente los problemas que se plantean”
El invento y perfeccionamiento de la informática es la innovación tecnológica que en los últimos tiempos más peso ha tenido en las formas de vida del ser humano. Sus virtudes son muchas que se caracterizan por la gran rapidez con que se realizan trabajos intelectuales y la facilidad de comunicación que ha empequeñecido al, mundo a punto tal que lo de la aldea global ha dejado de ser una elegante metáfora.
Pero los avances tecnológicos con gran frecuencia se han proyectado para hacer daño a los demás. Los delincuentes recurren a los avances tecnológicos para ser más exitosos en sus fechorías y burlar los propósitos de seguridad del ordenamiento social como hemos afirmado en otras ocasiones, la tecnología en sí misma no es buena ni mala, lo bueno o malo, que está en el orden de lo ético, proviene de cómo las personas las usen y de sus intenciones aunque a veces quieran disfrazarlas con buenos propósitos. Frecuentes son las estafas que se realizan por internet y todos sabemos que se trata de delitos al margen de si están o no codificados pues formalismos legales no exoneran las responsabilidades negativas de quienes hicieron daños a los demás por estos medios.
La revolución informática se desarrolla a finales de la década de 1970, y abarca campos tan disímiles como las comunicaciones, el transporte, la inteligencia artificial, las ciencias exactas, la exploración del espacio, entre otras; y hace que el ordenador sea un instrumento imprescindible para el desarrollo de las actividades normales y cotidianas de personas naturales y jurídicas en el globo terrestre.
Si alguna persona, falseando entradas a lugares privados sustrae y da a publicidad documentos que se consideran reservados, no se dudaría que fue un delito por violentar los accesos. Si hacen lo mismo por vías informáticas no faltan algunos que niegan la calidad delictiva aduciendo detalles formales. Los hakers que han desarrollado medios ilegales para penetrar en los documentos privados de personas o instituciones reciben también el calificativo de piratas y la piratería en todos los sentidos constituyen delitos. Si se aduce las especiales dotes de estos piratas para violentar las seguridades electrónicas, consideramos que se itrata de un agravante ya que estas condiciones superiores no deben usarse con fines delictivos. (Mercurio, http://www.elmercurio.com.ec/346284-delitos-informaticos/#.U7SjX_nh1Ow, 2012, pág. 3))
Dentro del desempeño histórico llegamos a concluir que se comete un Daño Informático siendo el que “dolosamente, de cualquier modo o utilizando cualquier modo, destruya, altere, inutilice, suprima, o dañe, de forma temporal o definitiva, los programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos contenido en un sistema de información o red electrónica, será reprimido con prisión de seis meses a tres años y multa de sesenta a ciento cincuenta dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.”(Código Penal, 2012)
“Privacidad a la reserva, al secreto sobre los datos proporcionados, a la no divulgación de datos personales ya no recibir información o mensajes no solicitados causan daños informáticos” (Pedro, 2010, pág. 14)
La pena de prisión será de tres a cinco años y multa de doscientos a seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, cuando se trate de programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos contenido en un sistema de información o red electrónica, destinada a prestar un servicio público o vinculado con la defensa nacional. Finalmente el daño informático viene a ser una simple conexión a internet por medio de las redes sociales como Facebook, Hi5, Twitter los cuales son utilizados maliciosamente para causar perjuicios informáticos, cualquiera puede saber si su vecino se encuentra habilitado y causar lesiones a la intimidad.
1.1.3 Sabotaje Informático
“Aquel que hubiere maliciosa y fraudulentamente, destruido, o suprimido, documentos, títulos, programas, datos, bases de datos, información, o cualquier mensaje de datos contenidos en un sistema de información o red electrónica” (Ronquillo, 2009, pág. 10)
“todas aquellas conductas dirigidas a eliminar o modificar funciones o datos en una computadora sin autorización, para obstaculizar su correcto funcionamiento. (Enrique, 2010, pág. 10)
La delincuencia informática está constituyéndose en un problema cada vez más grave a nivel mundial, con la actitud maliciosa y fraudulenta de los documentos, títulos, programas, datos de información han provocado que se comercie con datos de carácter personal, interrumpiendo de ese modo en la intimidad de personas que desconocen que sus datos son objeto de tal intercambio.
“como la acción típica, antijurídica y dolosa destinada a destruir o inutilizar el soporte lógico de un sistema computacional mediante el empleo natural de las tecnologías de la información” (Luis R. , 2010, pág. 10)
1.1.4 Datos Personales Autorizados
Se establece que ciertos datos personales autorizados son aquellos utilizados sin la intención de causar dolo, sino más bien para ser usados por la persona, organismos o entidad de registro que los solicite los mismos que deben ser aceptados por dicha persona que lo solicito aquellos datos.
1.1.5 Datos Personales
“son aquellos datos informáticos de carácter personal o intimo que son materia de protección en virtud a la ley” (Martín, 2010, pág. 11).
En definitiva acabe señalar que los datos personales son secretos y reservados ya que son utilizados por el titular, que pueden lesionar la intimidad del sujeto pasivo a través de correos electrónicos, o medios de comunicación como Facebook, H5, Twitter entre otros. 1.1.6 Obtención y Utilización No Autorizada De Información
“Según el Art. 58 de la LCEFEMD, Obtención y utilización no autorizada de información.-la persona o personas que obtuvieren información sobre datos personales para después cederla, publicarla, utilizarla o transferirla a cualquier título, sin la autorización de su titular o titulares, serán sancionados con pena de prisión de dos meses a dos años y multa de mil a dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (Ley de Comercio Electrònico, 2013)
1.1.7 Estudio Comparativo
1.1.7.1 Con la Legislación de Estados Unidos Importancia del Delito Informático En la primera mitad de la década del 70, mientras los especialistas y criminólogos discutían si el delito informático era el resultado de una nueva tecnología o un tema específico, los ataques computacionales se hicieron más frecuentes. Para acelerar las comunicaciones, enlazar compañías, centros de investigación y transferir datos, las redes debían (y deben) ser accesibles, por eso el Pentágono, la OTAN, las universidades, la NASA, los laboratorios industriales y militares se convirtieron en el blanco de los intrusos.
Pero en 1976 dos hechos marcaron un punto de inflexión en el tratamiento policial de los casos: el FBI dictó un curso de entrenamiento para sus agentes acerca de delitos informáticos y el Comité de Asuntos del Gobierno de la Cámara presentó dos informes que dieron lugar a la Ley Federal de Protección de Sistemas de 1985.Esta ley fue la base para que Florida, Michigan, Colorado, Rhode Island y Arizona se constituyeran en los primeros estados con legislación específica, anticipándose un año al dictado de la Computer Fraud y Abuse Act de 1986.
Estados Unidos es una de las legislaciones en donde más se cometen este tipo de delitos informáticos, han sido sancionados pero no en su mayoría quedándose en la impunidad, se han dado ciertos cambios a la Acta Federal de Abusos Computacionales, en donde se establece el reconocimiento para los grandes especialista en investigaciones computacionales los cuales permiten establecer de una manera eficaz quien comete delitos a través de las redes sociales.
1.1.7.1.2 Con la Legislación de México Delitos de Revelación de Secretos y Acceso Ilícito a Sistemas
En México los delitos de revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática ya sean que estén protegidos por algún mecanismo de seguridad, se consideren propiedad del Estado o de las instituciones que integran el sistema financiero son hechos sancionables por el Código Penal Federal en el titulo noveno.
La reproducción no autorizada de programas informáticos o piratería está regulada en la Ley Federal del Derecho de Autor .La Cámara de Diputados de México aprobó este miércoles una serie de modificaciones legales que identificarán delitos informáticos como el hacking, el uso de engaños para obtener información como contraseñas, así como la obtención y divulgación de información contenida en sistemas informáticos protegidos. A fines de febrero, el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Rodrigo Pérez Alonso, integrante de la Comisión de Justicia y uno de los dos proponentes de las reformas junto con el diputado Juan José Guerra, del mismo partido habló sobre la historia de esta legislación. “Este es un tema que llevamos trabajando a lo largo de la presente legislatura ya que vemos que la última generación de modificaciones legales al Código Penal de hace una década solo comprendía intercepciones e intrusiones vía telefónica”, dijo en entrevista con CNN México.
ciento cincuenta días de multa al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática no protegidos por algún mecanismo de seguridad” (www.wipo.int/wipolex/es/text, 2011, pág. 14)
Comparto mi criterio con lo que establece la legislación de México, son delitos que se encuentran tipificados, sancionados en el Código Penal Federal con penas de prisión, y multa de cierta cantidad de dinero de acuerdo a la gravedad de la infracción, el Consejo de Diputados vieron la necesidad de hacer ciertos cambios al Código Penal Federal en donde se impongan penas más drásticas para aquellas persona que cometan delitos informáticos. 1.1.7.1.3 Con la Legislación de Colombia Protección de la Información y de los Datos En Colombia se crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”. Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.
No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de los sistemas de cómputo para recibir servicios y transferencias electrónicas de fondos mediante manipulación de programas y afectación de los cajeros automáticos, entre otras, son conductas cada vez más usuales en todas partes del mundo. Según estadísticas, durante el 2007 en Colombia las empresas perdieron más de 6.6 billones de pesos a raíz de delitos informáticos. De ahí la importancia de esta ley, "De la Protección de la información y de los datos" De los atentados informáticos y otras infracciones”.
específicos sobre nuevas tecnologías aplicadas a la informática Forense, la investigación científica y el proceso tecnológico de las mismas.
Es aquel donde se roba de manera ilegal información y datos personales que están en un medio digital. El delito informático es la conducta que vulnera la información y el dato privado, mientras que el delito clásico informático se entiende como el ilícito consumado a través de medios electrónicos. No. En caso de que se pida dinero sería extorsión que se hace por medios electrónicos, pero no es un delito informático. Es como si se hiciera esa misma amenaza por medio de una nota, una llamada, o cualquier otro medio. Eso no es extorsión informática, es una extorsión clásica donde se usan los medios electrónicos para masificarla. Eso sí es delito informático y una violación de datos personales, por lo que sería juzgado bajo la Ley 1273 de 2009.
Sería informático si usaran datos de la víctima, pero si solo se utiliza el correo electrónico sería posiblemente un delito clásico conocido como violación de datos personales. Según los expertos, la ignorancia de la norma no lo excluye de la responsabilidad. El Estado colombiano presume que todos sus ciudadanos conocen las normas y las leyes, por lo tanto puede ser juzgado como delincuente informático.
Si es un menor de edad se puede considerar que no, pues los padres de familia sí tienen la autorización para acceder a los perfiles y cuentas de correo de sus hijos, ya que es un buen ejercicio para controlar los contactos en las redes de los menores. Los delitos informáticos tienen la sanción económica más altas del Código Penal colombiano. La pena económica más baja está en 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes, cerca de los 60 millones de pesos. La máxima puede llegar a los 600 millones de pesos, dependiendo del delito. “En Colombia no sé si es por desconocimiento de los fiscales o de los jueces, pero muchos delitos informáticos están siendo juzgados como delitos clásicos, y ubican al delito informático como una circunstancia de agravación que se usa para aumentar la pena”, Alexander Díaz García, Juez segundo de control de garantías. (www.sic.gov.co/protección-de-datos-personales, 2011)
causando daños económicos en gran escala, ya que han sido juzgados y no dejados en la impunidad, es una de las legislaciones tan clara sobre este tipo de delito.
1.1.8 Informática
“Las redes digitales de comunicación, nos advierte que el internet resulta una fácil carnada para obtener datos e información que pueden ser observados, de forma anónima e incontrolada” (Arturo, 2010, pág. 10)
Finalmente la mayoría de los usuarios no son conscientes de la cantidad de información privada que de forma inconsciente e involuntaria está revelando a terceros datos muy personales, ya que es difícil recuperar la información al momento que le roban la contraseña y su clave, se recomienda dar el buen huso a estas redes sociales para que no se cometan delitos informáticos.
1.2. ANÀLISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÒRICAS DEL DELITO INFORMÀTICO
1.2.1 El Delito Informático
1.2.1.1 Definición de Delito Informático
“la persona que destruya, dañe, borre, deteriore, altere, suspenda, trabe, cause mal funcionamiento, comportamiento no deseado o suprima datos informáticos, mensajes de correo electrónico, de sistemas de tratamiento de información, telemático o de telecomunicaciones a todo o partes de sus componentes lógicos que lo rigen, serán sancionados con pena privativa d libertad de tres a cinco años.” (Penal, 2014)
“al delito informático como un acto típico, antijurídico, imputable y culpable sancionado por una pena y cometido mediante ordenadores y demás recursos electrónicos y cibernéticos” (Vicente V. , 2010, pág. 15)
causando daños a los titulares de la información proporcionada mediante es te medio informático
“es toda acción o inacción exterior que vulnera la justicia absoluta cuya represión importa para la concepción o el bienestar social, que ha sido de antemano definida y ala que la ley ha impuesto pena” (Jorge, 2010, pág. 13)
“al delito informático que es una acción antisocial que produce indirectamente y revela, al mismo tiempo, en su autor, un peligro para la sociedad jurídicamente organizada” (Andres, 2010, pág. 59)
1.2.1.2 Clasificación de los Delitos Informáticos
Los delitos informáticos se clasifican de la siguiente manera:
Fraudes.- Delitos de estafa a través de la maniobra de datos o programas para la obtención de un lucro ilícito, falsificaciones.
Sabotaje Informático.- Daños mediante la destrucción o modificación de datos, programas o documentos electrónicos contenidos en redes o sistemas informáticos, virus informáticos. Espionaje Informático.- Divulgación no autorizada de datos reservados.
Pornografía Infantil.- Inducción, promoción, producción, venta, distribución facilitamiento de prostitución cuando se utilizan menores con fines de exhibicionistas o pornográficos. (http:/www.monografias.com, 2013)
Después de un estudio de la clasificación de los delitos informáticos encontramos un sin número de delitos informáticos pero los más comunes que se vienen dando a lo largo de la humanidad son fraude, sabotaje informático, espionaje informático y pornografía infantil, los mismo que han sido sancionados y penalizados de acuerdo a nuestra legislación ecuatoriana.
1.2.1.3 Causas Del Delito Informático
superior, hasta la satisfacción de necesidades económicas. (http:/Wikipedia.org/wiki/causas del delito informático, 2012)
Cabe recalcar que en especial la juventud, para evitar el aburrimiento o tratar de olvidar problemas de todo tipo, buscan algún entretenimiento ; como el uso de las redes sociales, ya sea para buscar amistades, comunicarse con su familia de distintos países, así como también provocan ser víctimas de delitos por medio de estas redes mal utilizadas.
1.2.1.4 Delitos informáticos en el Comercio Electrónico tipificados en la Legislación Ecuatoriana.
La más conocida como la ley 67, tiene un avance muy importante en el sentido de incluir figuras penales que castiguen los ilícitos informáticos, con lo cual junto al código penal integran normas creadas para la sociedad de la Información
Art.60 LCEFEMD, Conc. Art.353.1 CP: Falsificación electrónica.- Son reos de falsificación electrónica la persona o personas que con ánimo de lucro o bien para causar un perjuicio a un tercero, utilizando cualquier medio; alteren o modifiquen mensajes de datos, o la información incluida en éstos, que se encuentre contenida en cualquier soporte material, sistema de información o telemático, ya sea:
1.- Alterando un mensaje de datos en alguno de sus elementos o requisitos de carácter formal o esencial;
2.- Simulando un mensaje de datos en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad;
3.- Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido o atribuyendo a las que han intervenido en el acto, declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieren hecho.
Gracias a la elaboración de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se ha reducido el cometimiento de delitos informáticos que causan conmoción social, y que es perjudicial para los más vulnerables de la sociedad los adolescentes quienes son víctimas de la pornografía infantil, ya que sin darse cuenta suben información detallada de su perfil e incluso fotografías que son utilizadas contra su voluntad, estos delitos se encuentran tipificados y sancionados de acuerdo a la gravedad, de igual manera se instaura multas.
1.2.1.5 Eficacia Probatoria Del Documento Electrónico
Según el Art.2 Ley de Comercio Electrónico, firmas electrónicas y mensaje de datos señala “Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo establecido en la ley y su reglamento”
Según el Art.1 inc2. Ley de Firma Electrónica chilena nos dice “la ley se inspira en el principio de la equivalencia del soporte electrónico al soporte de papel.(Ley de Comercio Electrónico, Eficaia Probatiroa del Documento Electrónico, 2013)
1.2.1.6 Punibilidad de un Delito Informático en el Comercio Electrónico
Para ser punible un acto se necesita de elementos probatorios o llamados también en investigación forense elementos de convicción.
Los elementos de convicción son el conjunto de pruebas electrónicas necesarias para probar un delito sin las cuales fuese imposible imponer una pena a un ilícito. Estas pruebas deben ser mostradas como fidedignas por medio de un informe pericial realizado por un perito. Para que esta pericia o experticia sea válida debe ser realizada por peritos avalados por el Concejo de la Judicatura o peritos privados cuyo informe técnico forense deberá ser homologado para servir como medio probatorio en el juicio. (Juan V. , 2011, pág. 36)
agraviada puede recurrir a un tercero que es un perito privado para su ayuda, y así hacer efectivo su derecho de acción para no quedar en la indefensión.
Este tercero llamado perito privado deberá actuar con la debida diligencia que ayude a determinar factores de riesgo e importantes que lleven a la conducción del ilícito o a la búsqueda de pistas que den con los posibles responsables o con la posible solución y punibilidad del mismo.
Cabe destacar que luego de realizada la pericia, experticia e investigación por parte del perito privado, este tiene la obligación de emitir un informe que deberá ser homologado por un perito a fin al tema avalado por el Concejo Nacional de la Judicatura, todo esto con el fin de demostrar como prueba válida en el juicio al informe pericial, es muy importante tener en cuenta que son los elementos de convicción son el conjunto de pruebas electrónicas necesarias para probar un delito sin las cuales fuese imposible imponer una pena a un ilícito.
1.2.1.7 Dogmática y Criminología
1.2.1.7.1 El auge de la Vigilancia Electrónica
“Los sistemas de control de las sociedades postmodernas serán aquellos que mejor se adecuen, la comunicación nos invaden más, comunicación y consumo claves para el análisis de los sistemas de control social (Juan D. P., 2011, pág. 434)
Finalmente la comunicación en la sociedad nos ataca hoy en día, las claves para poder ingresar a los medios de comunicación son tan fáciles para los delincuentes informáticos, ya que cometen ciertos delitos, siendo víctimas de esto los jóvenes que no saben dar el uso correcto, adecuado a estos medios de comunicación.
1.2.1.8 La Privatización Carcelaria
Cabe recalcar que aquel delincuente que cometa un delito informático será privado de su libertad como lo tipifica la ley de comercio electrónico, firmas electrónicas y mensajes de datos, o aquel que trabaje en una institución donde se manejan datos informáticos importantes y haciendo uso de esto cometa un delito será sancionado con su pena máxima como lo establece la ley.
1.2.1.9 La Evolución de las Ideas Criminológicas
“Se caracteriza por buscar la razón del delito, su causa, en el hombre de delinquir” (Errazuriz, 2011, pág. 450)
Criminología Moderna “la búsqueda del origen del delito en el proceso de criminalización, es decir quien hace, en quien aplica y en quien ejecuta la ley penal” (Paul, 2011, pág. 450)
Criminología Postmoderna “especialmente por el mundo dentro del cual se desenvuelve y porque se aprovecha de tal situación de incertidumbre” (Vicente R. , 2011, pág. 450)
La importancia de tener en cuenta cuanto afecta aquellos fenómenos que se dan en el mundo y que causan daño para el pleno desenvolvimiento de la criminología, ya que es de cuanto valor para que se llegue a la veracidad del delito ya consumado, es decir quien hace, en quien aplica y en quien ejecuta la ley penal.
1.2.1.10 Principales Movimientos Criminológicos De La Actualidad
“Estas teorías entienden que el hombre realiza una acción deliberada, calculada, libre, aun en aquellos casos que decide delinquir asumiendo riesgos, particularmente cuando se le presenta la oportunidad de hacerlo” (Reyes, 2011, pág. 453)
Teoría Racional “son aquellas que exponen sus ideas sobre cómo contrarrestarlo, impedirlo o detenerlo el delito” (Beniamin, 2010, pág. 454)
1.2.1.11 La Prueba Electrónica Naturaleza de la Prueba
“la averiguación que se hace en juicio de alguna cosa dudosa, o bien la producción de los actos o elementos de convicción que se somete el litigante, en la forma que la ley previene, ante el juez que conoce del litigio, y que son propios, según derecho, para justificar la verdad de los hechos alegados en el pleito. (Javier, Naturaleza de la Prueba, 2010, pág. 15) Jurídicamente la prueba es la demostración de la verdad de un hecho que esta afirmado en una instancia, por una de las partes y que esta negado por la otra, de igual manera podríamos decir que es un conjunto de motivos o razones, que de los medios aportados se deducen y que nos suministran el conocimiento de los hechos para los fines del proceso. Los Medios Informáticos y La Prueba
“la palabra informática como un significado tangible, más cercano al hombre contemporáneo, evoca en nuestra memoria imágenes de computadoras, de redes, de antenas, de correos electrónicos de programas de software” (Nodier, 2011, pág. 13)
La informática es la ciencia del tratamiento sistemático y eficaz realizado especialmente mediante maquinas automatizadas, y que hacen relación al hombre contemporáneo, quien de manera directa comete ciertos delitos informáticos.
“la palabra prueba debe plasmar su materialidad, procesalidad y subjetividad, tres elementos inseparables de la noción de prueba judicial” (Javier R. , 2011, pág. 12)
La palabra prueba incorpora tres elementos esenciales que son: la materialidad, procesalidad y subjetividad, que son métodos probatorios o elementos de convicción que somete le litigante, en la forma que la ley previene ante el juez que conoce del litigio que son propios según derecho para poder justificar la verdad de los hechos alegados en el pleito.
Definición Entre Pruebas Materiales Y Pruebas Procesales
determinados acontecimientos de la vida real no tienen como finalidad especifica lograr la convicción psicológica del juez” (Javier D. l., 2010, pág. 22)
La prueba material se refiere en definitiva legitimaciones par el tráfico jurídico, abstracción hecha de cualquier repercusión procesal en el que ulteriormente pueda penarse, aquella que son de mucha importancia para poder llegar de una u otra manera convencerle al juez en el litigio.
” en cambio a la prueba procesal como antes se ha dicho la que se dirige a producir la convicción psicológica del juez en un sentido determinado, con respecto a un dato o conjunto de datos procesales(…)” (Luis C. , 2011, pág. 217)
Se establece que las pruebas procesales están orientadas principalmente a convencer al juzgador de la existencia de un hecho, para que tenga validez jurídica deben estar constituidas y actuadas en derecho, en consecuencia es un medio controlador de las proposiciones que los litigantes formulan para así llegar a una convicción correcta.
Elementos de la Prueba Procesal
“simplemente de los hechos que es necesario probar y los hechos que se emplean para probar algo” (Luis R. , 2010, pág. 25)
Finalmente los elementos de la prueba procesal son aquellos, motivos, medios y los procedimientos adecuados para llegar a la verdad de los hechos, así como también fuentes, materias, tema, elementos y resultados que deben aplicarse, los mismos que tienen que tener cierta relación de los hechos que sucedieron para poder llegar a la veracidad de los hechos ya cometidos.
1.2.1.12 Derecho y Nuevas Tecnologías Sujetos del Delito Informático
El bien jurídico protegido será en definitiva el elemento localizador de los sujetos y de su posición frente al delito, el titular del bien jurídico lesionado será el sujeto pasivo, quien lesione el bien que se protege, a través de la realización del tipo penal, será el ofensor o sujeto activo.
1.2.1.13 Sujeto Activo
“que es aquella persona que comete el delito informático” (Jose, 2010, pág. 184)
Se establece que el Sujeto Activo son los delincuentes, quienes tienen habilidades para el manejo de los sistemas informáticos y generalmente por su situación laboral se encuentran en lugares estratégicos donde se maneja información de carácter sensible, o bien son hábiles en el uso de los sistemas informatizados, aun cuando en muchos de los casos no desarrollen actividades laborales que faciliten la comisión de este tipo de delitos.
Sujeto Pasivo
“es aquella persona que es víctima del delito informático” (Rafael, 2010, pág. 185)
Finalmente el sujeto pasivo son víctimas del ilícito que pueden ser individuos, instituciones crediticias, gobiernos que usan sistemas automatizados de información,
1.2.1.14 Conociendo al Enemigo
Podemos mencionar que no existe una definición concreta o perfil exacto sobre los delincuentes informáticos, se habla de características como solitarios, inestabilidad emocional y con problemas para definir los límites de sus actuaciones e impactos, hace una clara clasificación de los autores en directo e indirecto:
1.2.1.15 Los Hackers y los Crackers Hacker
“es aquel experto en varias o algunas ramas relacionadas con la computación y telecomunicaciones: programación, redes de comunicación, sistemas operativos” (Jaime, 2010, pág. 191)
Crackers
“es aquel especializado en penetrar en las bases de datos de sistemas informáticos estatales son el fin de obtener información secreta” (Juan P. , 2010, pág. 191)
Finalmente después de un estudio entre hackers y crackers hemos llegado a la conclusión que son delincuentes informáticos, quienes realizan operaciones delictivas a través de las redes sociales causando daños al titular o titulares de forma no autorizada e ilegal, el que piratea programas o introduce virus en otros ordenadores o en la red ya que carecen de amplios conocimientos informáticos.
1.2.1.16 Principio de Proporcionalidad
La aplicación del principio de proporcionalidad consiste en la materialización de normas con estructura de principios que contienen derecho fundamentales en colisión, en sí, es la aplicación de principios procesales constitucionalizados propios de los Estados constitucionales de derechos, que tiene lugar con la reconceptualización de los derechos fundamentales que dejaron de ser meras afirmaciones para convertirse en espacios mínimos de actuación humana respetada por todos inclusive por el Estado, donde el individuo se encuentra con jurisdicción como órgano de tutela última y necesaria aún frente a la ley principio de proporcionalidad.
lesionado penalmente. Dicha distorsión hace que en la actualidad, infracciones menores, tengan penas severas equiparables a las infracciones más graves y viceversa.
La debida proporcionalidad tiene tres momentos, el primero es cuando el legislador establece las penas adecuadas al acto; el segundo, cuando el juez en un caso concreto establece la pena individualizada y justa; y el tercer momento tiene que ver con la parte ejecutiva de la pena, es decir su cumplimiento efectivo en los centros carcelarios de “rehabilitación”
(http://www.derechoecuador.com/artículos/detalle/archive/doctrinas/procedimientopenal/2 012/08/08/aplicación-del-principi-de-proporcionalidad, 2013)
“En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: 6. La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza” (Ecuador, 2008)
Es importante conocer que nuestra Constitución del Ecuador existe garantías que van en favor de los ciudadanos es decir una de ellas es que la ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza, esto quiere decir que el delito que se cometa tendrá su respectiva sanción sin dejar en la indefensión a las personas que son víctimas de delitos informáticos
1.2.1.17 Objeto del Principio de Proporcionalidad
1.2.1.18 El Principio de Proporcionalidad Como Esencia de Principios
El principio de proporcionalidad implica la esencia misma de los principios. El examen de proporcionalidad constituye un instrumento de control de constitucionalidad de medidas restrictivas de derechos fundamentales, instrumento que, en palabras de Roberth Alexy, constituye el "más importante principio del derecho constitucional material, que se aplica con claridad, a través de reglas que lo constituyen un sistema de controles precisos de evaluación de constitucionalidad de las medidas restrictivas de derechos fundamentales para declarar la inconstitucionalidad o eventual declaración de admisibilidad constitucional, aplicada a través de una lógica gradual esto significa que se va aplicando sucesivamente los controles que hace cada una de las reglas que se encuentran cronológicamente concatenadas, se requiere conocer la estructura del principio y de sus reglas para comprender su modo de aplicación o procedimiento estandarizado de razonamiento, el que esencialmente consiste en seguir los pasos establecidos para cada una de las reglas, lo cual permite reconstruir el razonamiento seguido y advertir tanto las fortalezas como las posibles deficiencias en el proceso de argumentación de la decisión, lo cual permitirá generar una mejor justicia y un mayor disfrute de los derechos fundamentales, que constituyen uno de los pilares del ordenamiento jurídico en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia.
La mayoría de tratadistas del derecho penal dice Ferrajoli tratan este asunto esencialmente como un instrumento de defensa social “no se puede condenar o absolver a un hombre porque convenga a los intereses o la voluntad de la mayoría. Ninguna mayoría, por aplastante que sea, puede hacer legítima la condena de un inocente o la absolución de un culpable”.
Al momento que el legislador cree penas en un sistema constitucionalizado, lo tiene que hacer pensando y recordando la situación carcelaria con la que se enfrenta y la historia de la represión penal de su país.
(http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/procedimientopenal/2 012/08/08/aplicacion-del-principio-de-proporcionalidad,
http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/procedimientopenal/20 12/08/08/aplicacion-del-principio-de-proporcionalidad, 2013)
1.3 VALORACIÓN CRÍTICA DE LOS CONCEPTOS PRINCIPALES DE LAS
DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE EL OBJETO DE
INVESTIGACIÓN
Finalmente después de un sin número de definiciones por los tratadistas más prestigiosos que por su contenido fueron indispensables en la consecución y el mantenimiento del desarrollo del marco propositivo del presente trabajo investigativo, posicionamientos teóricos que estuvieron acorde y permitieron sustentar los objetivos del presente trabajo de grado, entre los que se encuentran:
sistemas o las redes informáticas es considerado delito. Así, esta ley es un acercamiento real al problema, alejado de argumentos técnicos para dar cabida a una nueva era de ataques tecnológicos.
La importancia en el campo de la informática es saber el buen uso para evitar la consumación del delito en cuanto a la divulgación de datos personales, o al momento de recibir cierta información o mensajes que pueden causar daños materiales, psicológicos y económicos con el uso de las redes sociales. Se establece que el delito informático en si es una acción que desobedece a la justicia, es así que causa conmoción social, ya que el individuo no tiene en cuenta el daño que está causando al momento de comer el ilícito por medio de las redes sociales el cual va a ser juzgado como lo establece la ley.
Se produce el sabotaje informático por cierta desaparición física maliciosa o fraudulenta del apoderamiento de mensajes de correo electrónico en referencia a la intimidad de las personas, debe actuar con la intención de vulnerar la intimidad, para que se puedan estimarse como objeto material de este hecho punible, en primera instancia es destruir parte de los datos e información esencial para el aparato tecnológico, o por lo menos alterar su normal funcionamiento en cuanto a las operaciones que se realicen de forma habitual, con la actual evolución de la ciencia de la informática se han elaborado las más diversas formas y medios de cometer ciertos tipos de ilícitos por medio de las redes sociales.
que generan ingresos ilegales, estas teorías racionales exponen sus ideas para que no se lleva acabo el cometimiento del delito.
Se llega así a la criminología afectada por muchos fenómenos como la globalización, mundialización que son factores que afectan y por ciertos motivos hay que plantear medidas alternativas para llegar a la veracidad del cometimiento del delito.
La palabra prueba incorpora tres elementos esenciales que son: la materialidad, procesalidad y subjetividad, que son métodos probatorios o elementos de convicción que somete le litigante, en la forma que la ley previene ante el juez que conoce del litigio que son propios según derecho para poder justificar la verdad de los hechos alegados en el pleito. Tanto los hackers como los crackers son delincuentes informáticos, quienes realizan operaciones delictivas a través de las redes sociales causando daños al titular o titulares de forma no autorizada e ilegal, el que piratea programas o introduce virus en otros ordenadores o en la red ya que carecen de amplios conocimientos informáticos.
1.4 ANÁLISIS CRÍTICO DEL OBJETO DE INVESTIGACIÓN ACTUAL DEL SECTOR, RAMA O EMPRESA, CONTEXTO INSITUCIONAL
La aplicación del principio de proporcionalidad está reconocido por la Constitución de la Republica en su Art. 76 En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas numeral 6 La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza. consiste en la materialización de normas con estructura de principios que contienen derecho fundamentales en colisión, en sí, es la aplicación de principios procesales constitucionalizados propios de los Estados constitucionales de derechos, que tiene lugar con la reconceptualización de los derechos fundamentales que dejaron de ser meras afirmaciones para convertirse en espacios mínimos de actuación humana respetada por todos inclusive por el Estado, donde el individuo se encuentra con jurisdicción como órgano de tutela última y necesaria aún frente a la ley principio de proporcionalidad.
provocando con esto una distorsión del principio de proporcionalidad, el mismo que establece, que a mayor restricción de la libertad, mayor importancia del bien jurídico lesionado penalmente. Dicha distorsión hace que en la actualidad, infracciones menores, tengan penas severas equiparables a las infracciones más graves y viceversa.
Es de suma utilidad a la hora de aplicar el principio de proporcionalidad hacer la correspondiente diferenciación entre lo que son las normas con estructura de regla y las normas con estructura de principio, y su forma de aplicación. Las primeras, es decir las normas con estructura de regla, poseen una estructura jurídica compuesta de supuesto de hecho y consecuencia jurídica clara, y su forma jurídica tradicional de aplicación es mediante la subsunción, las reglas son normas que admiten una única medida de cumplimiento, pueden cumplirse o no cumplirse, es decir, son mandatos definitivos, de todo o nada, las reglas no derivan de los principios y su diferencia principal es la forma en que se resuelven sus conflictos, a través de métodos tradicionales de validez, especialidad, ley especial deroga general, jerarquía ley superior deroga ley inferior y temporalidad ley posterior deroga ley anterior. Mientras que los principios son mandatos de optimización que pueden ser cumplidos en diversos grados y que establecen que se realice su aplicación en la mayor medida de lo posible en relación con las posibilidades jurídicas y fácticas, Son supuestos de hecho cuya consecuencia no está explícitamente formulada, es decir, son normas que admiten varias formas de interpretación y aplicación para lo cual usamos la ponderación. Los principios se conocen por el enunciado, ordenan que algo sea cumplido en gran medida sin enunciar un supuesto de hecho claro, es decir, admiten varias interpretaciones. Cuando usamos la ponderación enfrentamos dos normas tipo principio, pero no para derrotar a una sobre la otra como ocurriría con las reglas sino para restringir una en favor de otra, otorgándole más poder o más validez en un caso concreto.
1.5 Conclusiones parciales del capítulo
Las personas como víctimas principales de estos delitos, deben tomar conciencia de la
importancia de aplicar métodos de seguridad informática en sus sistemas para contrarrestar y evitar al máximo sufrir las consecuencias de estas acciones ilegales.
Argentina, Estados Unidos y Colombia, en donde se han cometido delitos informáticos han sido sancionados y no dejados en la impunidad.
Naturalmente el Derecho, como orden regulador de conductas, no queda exento del impacto de las nuevas tecnologías, destacándose la imposibilidad de adaptar dócilmente los institutos jurídicos vigentes y los viejos dogmas a estos nuevos fenómenos.