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La aceptación retrasada se considerará como una nueva oferta y requiere nuestra aceptación.

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Academic year: 2021

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Condiciones generales de compra (AEB) 1. Generalidades, ámbito de aplicación.

(1) Estos términos y condiciones generales de compra (que en adelante podrán ser denominadas por sus siglas en alemán AEB) se aplicarán a todas las relaciones de negocio con nuestros proveedores (que en adelante podrán ser denominados como “titular”). Las AEB solamente aplicarán si el titular (artículo 14 BGB, Código Civil Alemán) es una entidad legal con base en el derecho público o un fondo especial del mismo. (2) Las AEB aplicarán en particular a los contratos de compraventa y/o entregas de cosas movibles (que en adelante podrán ser denominadas “productos” o “mercancías”) sin tener a consideración si nosotros mismo los producimos o los adquirimos de proveedores (artículos 433, 651 BGB, Código Civil Alemán). Las AEB aplicarán también en su versión vigente como marco de acuerdo para futuros contratos de compraventa y/o entregas de cosas movibles con el mismo titular, sin que tengan que ser mencionadas dichas AEB en cada caso particular. (3) Las presentes AEB aplicarán en forma exclusiva. Cualquier discrepancia a los términos y condiciones generales podrá ser parte del contrato si nosotros acordamos expresamente por escrito su aplicación. Este requisito de nuestro acuerdo expreso será permanente; incluso cuando, conociendo los términos y condiciones generales del titular, aceptemos una entrega de su parte.

(4) Cualquier acuerdo hecho en lo particular con el titular (incluyendo arreglos adicionales, suplementarios o modificatorios), siempre tendrá prioridad sobre estas AEB. Un contrato, o confirmación, escritos son necesarios para la aceptación de tales arreglos.

(5) Cualquier declaración o notificación de importancia legal, que se nos pueda dar o hacer, por parte del comprador, después de celebrado el contrato, requiere forma escrita para ser efectiva (por ejemplo el establecimiento de plazos, requerimientos y alguna declaración de retiro).

(6) Cualquier alusión a la validez de preceptos legales tendrá solamente significación aclaratoria. Aún sin tal carácter aclaratorio, los preceptos legales valdrán siempre y cuando no estén modificados o expresamente excluidos en estas AEB.

2. Cierre del contrato y precios.

(1) Nuestro pedido se considerara como vinculante, a la mayor brevedad, al presentarse por escrito o confirmarse. El titular deberá llamar nuestra atención sobre los errores evidentes (por ejemplo errores de imprenta o de cálculo) y el carácter incompleto de la orden, incluyendo los documentos del pedido, con el fin de la corrección o integración, antes de su aceptación. De lo contrario el contrato se considerará como no celebrado.

(2) El titular está obligado a confirmar nuestro pedido, por escrito, en un plazo de 14 días o, en particular, el envío de la mercancía sin reservas (aceptación).

La aceptación retrasada se considerará como una nueva oferta y requiere nuestra aceptación.

(3) El precio indicado en la orden es vinculante. Todos los precios incluyen el impuesto sobre las ventas legales, si éste no se muestra por separado.

(4) En cuanto no se haya acordado, en caso particular, el precio incluye todos los servicios y los adicionales (por ejemplo, montaje e instalación) y todos los gastos adicionales (por ejemplo correcto embalaje, gastos de envío, incluidos los de transporte o seguro de responsabilidad civil). El titular deberá aceptar la devolución de los materiales de embalaje que se le haga.

3. Plazo y demora de entrega.

(1) El plazo de entrega indicado por nosotros en el pedido es vinculante. El titular está obligado a informarnos si no puede cumplir con los plazos de entrega convenidos.

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(2) Si el titular no cumple en su totalidad con su servicio o lo hace fuera del periodo acordado para la entrega, o si se demora, nuestros derechos, en particular, al retiro y reparación de daños y perjuicios, se determinará por las disposiciones legales. Los acuerdos de la cláusula 3 no se afectarán.

(3) Si el titular se demora nosotros podemos, además de demandas legales ulteriores, exigir una indemnización global, del 1% del precio neto, por daños causados por la demora, por semana de calendario completa; sin embargo, no podrá ser más del 5% del precio neto de los bienes entregados con retardo. Nos reservamos el derecho de probar si ha ocurrido un daño mayor. Queda al titular el derecho de demostrar que no hay daño, o que el perjuicio es insignificante.

4. La factura, el pago, la dación y la compensación.

(1) Después de la entrega, las facturas nos serán enviadas por duplicado, indicando el número de pedido, la descripción de la operación y el número de serie. Las facturas que no incluyan todos los detalles se considerarán como no recibidas hasta que sean esclarecidas por el titular.

(2) Después de recibir una factura correcta nosotros pagaremos a nuestra elección, si no se acuerda de otra manera:

1. Dentro de 8 días con 3% de descuento, ó

2. Dentro de 14 días con 2% de descuento, ó

3. 30 días, neto.

Los pagos se efectuarán previa revisión de factura.

(3) Sólo se entenderán como una obligación, de pago para nosotros, las entregas impecables que se ajusten al pedido. Sólo bajo acuerdo previo se recibirán entregas parciales o excesivas. En la aceptación de entregas anticipadas el pago se hará conforme a la fecha de entrega acordada en el pedido original.

(4) Los depósitos y anticipos, se harán bajo reserva del correcto cumplimiento de nuestro pedido y previa la presentación de una garantía bancaria, por tiempo indefinido e incondicional y sin costo para nosotros.

(5) La compensación y los derechos de retención, así como la objeción por falta de cumplimiento del contrato, nos serán debidos en su completo alcance legal. Nosotros, en particular, tenemos derecho a retener los pagos mientras los servicios, por parte del titular, sean incompletos o deficientes.

(6) El titular no podrá ceder a terceros sus derechos contractuales, ni total ni parcialmente, sin nuestra aprobación expresa y por escrito.

(7) No adeudaremos intereses por mora. No nos afectará cualquier reclamación que el titular nos haga al respecto. En caso de nuestra demora se aplicarán lo preceptos legales correspondientes. En cualquier caso, será necesario un apercibimiento a nosotros por parte del titular.

(8) El titular tiene derecho a compensación o retención sólo debido a reconvenciones no impugnadas o completamente comprobadas.

5. Calidad.

Nosotros aceptaremos las entregas y servicios sólo con la calidad acordada contractualmente. Un acuerdo sobre ciertas cualidades, características o normas, se considerará como una conformidad de propiedades garantizadas, en su calidad. Si no hay acuerdo expreso la entrega y/o servicio se llevarán a cabo según el nivel actual de la técnica y bajo el cumplimiento de la normativa aplicable.

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6. Derecho de inspección.

Nosotros, nuestro cliente, sus inspectores de él y autoridades tendremos en todo momento el derecho a inspeccionar la ejecución del contrato por parte del titular. Tal inspección no exime al titular de sus obligaciones contractuales.

7. Obligación de recepción.

En caso de interrupción de funcionamiento por causa de fuerza mayor, conflictos laborales, disturbios, medidas adoptadas por las autoridades, o por circunstancias que estén fuera de nuestro alcance, nosotros podremos fijar la fecha de recepción.

8. Embalaje.

Nosotros podremos devolver el material reutilizable de embalaje al titular. En este caso, el importe facturado por esto, será deducido. Dispondremos del material de embalaje de acuerdo con las directrices de nuestros envases. Sin embargo, nos reservamos el derecho de devolver al titular, para su utilización el material de embalaje, sin cargo para nosotros.

9. Envío.

Nos reservamos el derecho, en cada caso, para determinar el tipo de envío, la ruta de envío y, si es necesario, también el transportista o empresa de transporte de las mercancías que hemos ordenado. Si la entrega es realizada a través de un medio de envío más caro, el titular deberá asumir los costes de flete adicionales, siempre que a su debido tiempo se le haya notificado la forma de envío solicitada por nosotros.

10. Suministro deficiente.

(1) En cuanto a los defectos en los materiales y su documentación correspondiente (por ejemplo inadecuada o deficiente entrega, montaje incorrecto o instrucciones defectuosas de montaje y cualquier otra violación del titular a sus obligaciones) se aplicarán las disposiciones legales correspondientes, a menos de que se haya determinado otra cosa.

(2) Conforme a las disposiciones legales, el titular tiene la responsabilidad de que las mercancías posean la calidad acordada al momento de la transferencia de riesgo hacia nosotros. Las descripciones de los productos que fueron determinadas en el contrato (por definición o establecidas en nuestro pedido) en la misma forma que estas AEB serán consideradas como un acuerdo relativo a la calidad. No habrá diferencia en este caso si la descripción del producto se hace por nosotros, por el titular, o por el fabricante.

(3) No obstante lo dispuesto por el artículo 442 subsección 1 página 2 del Código Civil Alemán, no tendremos restricción alguna para hacer reclamos por defecto, incluso si el mismo es desconocido por nosotros a la celebración como resultado de una negligencia grave.

(4) Las disposiciones establecidas en los artículos 377 y 381 del Código de Comercio Alemán, serán aplicables a la obligación comercial de inspección y queja, bajo las siguientes condiciones: nuestra obligación de inspección se limita a los defectos que son evidentes en nuestro control de la mercancía entrante, bajo valoración externa, incluidos los documentos de embarque; así como también durante nuestro control de calidad por muestreo (por ejemplo, daños por transportación o suministro incorrecto o disminuido). Si la aceptación se ha acordado, no hay obligación de investigar. De lo contrario, dependerá del grado en que una inspección sea aconsejable teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso de acuerdo con las prácticas comerciales correctas.

Nuestra obligación de queja por defectos encontrados posteriormente queda intacta.

(5) Los costos en que incurra el titular con el propósito de inspección y consecuente mejora serán sufragados por él mismo, aun cuando resulte que en realidad no hubo defecto. La obligación por daños y perjuicios, en el caso de una reclamación por defectos, quedará intacta aun cuando ésta fuere injustificada; en este caso, sin embargo, sólo seremos responsables si reconociéramos con grave negligencia la inexistencia de defecto.

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(6) Si el titular no cumple con sus obligaciones de mejora posterior dentro de un plazo razonable fijado por nosotros, entonces podremos eliminar los defectos por nuestra parte y exigir la indemnización del titular por los gastos que eroguemos. En el caso de que el titular realice la mejora posterior fracasadamente, es decir, inadmisible para nosotros (por ejemplo debido a una especial urgencia, peligro para la seguridad de la operación, o se origine un daño desproporcionado), no será necesario establecer un plazo; el titular será informado de ello sin demora.

(7) Por lo demás, en el caso de defectos en los materiales y su documentación correspondiente, tenemos derecho, de conformidad con las disposiciones legales, para reducir el precio de compra o rescindir el contrato. Además, tenemos derecho a demandar la indemnización y reembolso de gastos.

11. Recursos del proveedor.

(1) Conjuntamente al derecho de reclamo por defectos tendremos sin restricciones el recurso legal del proveedor en la cadena de suministro conforme a los artículos 478 y 479 del Código Civil Alemán. Tenemos el especial derecho de exigir al titular el tipo de mejora posterior (reparación o sustitución) que nosotros debamos a nuestro cliente. El derecho que nos confiere el artículo 439 inciso 1 del Código Civil Alemán no quedará restringido en este caso.

(2) Antes de reconocer o cumplir con una reclamación por defectos solicitada por nuestro cliente (incluyendo la compensación por los gastos de acuerdo con los artículos 478 inciso 3 y 479 inciso 2 BGB, Código Civil Alemán), se dará aviso por escrito al titular haciendo una relación sucinta de los hechos. Si este aviso no produce efecto en un plazo razonable y si no hay solución amistosa, el reclamo por defectos que hace nuestro cliente será válido y en ese caso el titular será responsable de probar lo contrario.

(3) Nuestro derecho al recurso del proveedor es aplicable también cuando los bienes han sido transformados por nosotros, o por uno de nuestros clientes, por ejemplo, mediante su instalación en otro producto, antes de suministrarse a un consumidor.

12. Responsabilidad del fabricante.

(1) Si el titular es responsable de daños al producto deberá indemnizarnos, al respecto, contra reclamos de terceros en tanto la causa se encuentre dentro de su ámbito de control y bajo su organización y él mismo es responsable de la relación externa.

(2) Como parte de su obligación de indemnización, el titular deberá reembolsar, de conformidad con los artículos 683 y 670 del Código Civil Alemán, los gastos que resulten de posibles reclamos de terceros, incluyendo los que se deriven de una campaña de retirada hecha por nosotros. Informaremos al titular sobre el contenido y alcance de las medidas de retirada, en la medida de lo razonable y posible, y le daremos oportunidad de que opine. Cualquier otro tipo de reclamos legales no se verán afectados.

13. Prescripción.

(1) Los reclamos mutuos de las partes contratantes prescribirán de acuerdo con las disposiciones legales si es que otra cosa no ha sido acordada.

(2) El plazo general de prescripción de las reclamaciones por defectos será de tres años a partir de la transferencia del riesgo; en variación de lo estipulado en el artículo 438 inciso 1 número 3 del Código Civil Alemán. En cuanto la aceptación sea acordada comenzará a transcurrir la prescripción. El plazo de prescripción de tres años se aplicará también en relación con los reclamos por defectos en la documentación correspondiente, sin que con ello se vea afectado el plazo legal de prescripción en las reclamaciones de restitución real por parte de terceros (artículo 430 inciso 1 número 1 BGB, Código Civil Alemán). Por otra parte, las reclamaciones por defectos en la documentación no podrán hacerse de ninguna manera mientras que un tercero todavía pueda hacer valer su derecho en contra nuestra, en particular si no existe la prescripción. (3) Los periodos de prescripción del derecho de compra, incluido lo arriba antes mencionado, se aplicarán, de acuerdo a la ley, a todos los reclamos por defectos. En la medida que se hagan reclamaciones extra contractuales por daños y perjuicios la prescripción legal (artículos 195 y 199 BGB, Código Civil Alemán) se

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aplicará siempre y cuando el derecho de compra no establezca un plazo más largo de prescripción, en casos individuales.

14. Reserva de dominio.

(1) Toda transformación, mezcla o combinación de objetos proporcionados por el titular será hecha por nosotros. Si en el proceso de trasformación, mezcla, o combinación con elementos de terceros, subsiste su reserva de dominio, entonces adquiriremos la copropiedad en el nuevo producto en proporción al valor de nuestro elemento añadido a los demás.

(2) La transferencia que se nos haga de los bienes será incondicional y sin tener en cuenta el pago del precio; así que, cualquier reserva de dominio, posiblemente valida, declarada por el titular, aplicará solamente hasta pagadas las mercancía que nos fueren enviadas y exclusivamente para esos bienes.

15. Modificación de la orden, suspensión, anulación, retirada.

(1) Tenemos el derecho, en cualquier momento, de efectuar la modificación, la suspensión o, la anulación de la orden. Cualquier impacto sobre los costos y la fecha se arreglará de manera amistosa excluyendo indemnización y lucro cesante.

(2) Los costos adicionales sólo podrán hacerse valer si se nos notifican en un plazo no mayor de 10 días hábiles a partir de nuestra solicitud de modificación.

(3) Podremos cancelar el contrato en su totalidad o parcialmente, si el titular recurriera a la suspensión de pagos, solicitara la apertura de un procedimiento de quiebra o dicho procedimiento fuere abierto a petición de un tercero.

16. Modelos, herramientas, dibujos, secrecía.

(1) Cualquier modelo, herramienta, patrón, matriz, molde, equipo, medios producción y los materiales entregados por nosotros al titular seguirán siendo de nuestra propiedad o se convertirán de nuestra propiedad si se fabrican en nuestro nombre. El titular se compromete a no emplearlos para entregas a terceros, ni ponerlos a disposición de los mismos ni directa ni indirectamente. Estos artículos serán cuidados a nuestro favor sin ningún costo y en cualquier momento podremos reclamar su devolución.

(2) Cualquiera de los modelos, matrices y moldes proporcionados por nosotros serán revisados por el titular para la prueba técnica, la forja y la producción requeridas. Las reclamaciones nos deberán ser notificadas por escrito sin demora. Queda descartada cualquier reclamación posterior por calidad deficiente.

(3) Planos, diseños, dibujos u otros documentos que el titular reciba de nosotros serán manejados confidencialmente y con el cuidado necesario. Los mismos no podrán ser accesibles a terceros, ni se proporcionará información acerca de ellos. El titular será responsable por daños y perjuicios en caso de incumplimiento. Los documentos entregados serán tratados de acuerdo con nuestras instrucciones y nos serán devueltos, incluyendo cualquier duplicado, a petición de nosotros o si ya no son necesarios. En este caso no existe el derecho de retención.

(4) La obligación de secrecía arriba establecida no se extingue con la conclusión del contrato a menos que el contenido de los documentos se haya hecho público.

17. Publicidad.

Cualquier publicidad hecha por el titular, escrita o gráfica, que se refiera a Mock o a las relaciones de negocio con nosotros, solamente se permitirá con nuestra previa aprobación por escrito.

18. Traspaso del riego y de la propiedad.

El riesgo de pérdida o deterioro accidentales, de los bienes, nos será transferido en el lugar de cumplimiento. Para la transferencia del riesgo es obligatoria la aceptación acordada. Por lo demás, en caso de aceptación se aplicarán, en consecuencia, las disposiciones legales correspondientes de la Ley de Contrato de Obra. En caso

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de la transferencia o aceptación lo mismo se aplicará en cuanto a la transferencia del riego, si estamos en demora de la aceptación.

El titular garantizará que no hay reserva de dominio o derechos de terceros relativos a los bienes ordenados. 19. Derecho de protección.

El titular será responsable de todas las reclamaciones que se hagan debido a la violación de los derechos de protección comercial u otros derechos de terceros durante la fabricación, montaje y uso de las piezas ordenadas, y por todos los daños que nos afecten, o afecten a nuestros clientes. El titular deberá obtener, sin costo para nosotros o nuestros clientes, el derecho de uso de las partes o procesos en cuestión, o reemplazarlos por partes o procesos que no violen los derechos de protección.

20. Varios.

(1) Cuando alguna disposición particular de estos términos y condiciones generales de compra no tenga, o deje de tener, efecto, la validez de las disposiciones restantes no se verá afectada. Las partes contratantes harán todo lo posible para reemplazar las disposiciones ineficaces con un acuerdo que, para el éxito del negocio, más se acerque al contenido de la disposición ineficaz.

(2) El lugar de cumplimiento para todas las entregas y servicios es el punto de recepción indicado en la hoja de pedido.

21. Elección de la ley y lugar de jurisdicción.

(1) Las leyes de la República Federal Alemana serán aplicables a estos AEB y a todas las relaciones jurídicas entre nosotros y el titular, excluyendo cualquier disposición legal internacional o supranacional, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercancías. Los requisitos previos para efectos de la reserva de dominio estarán sujetos a la ley aplicable del lugar donde se almacenen los bienes en cuestión, si en virtud de esa ley no es permisible ni efectiva la elección de la ley Alemana.

(2) Si el comprador es un empresario, en los términos del Código de Comercio Alemán, una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público, la jurisdicción exclusiva, también internacional, para todas las disputas que surjan de la relación contractual, será Bremen, nuestra sede de negocios. Sin embargo, tenemos derecho a ejercer acciones en el lugar de jurisdicción del titular.

MOCK-GERÄTEBAU GmbH & Co. KG Bremen, octubre de 2009.

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