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REUNIÓN INFORMATIVA SOBRE AVANCES DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN JUDICIAL DE BANCO BICENTENARIO

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(1)

AVANCES DEL PROCESO DE

LIQUIDACIÓN JUDICIAL DE

BANCO BICENTENARIO

(2)

Consideraciones Preliminares

Es una reunión de

carácter informativo

.

Es importante destacar que

la única información oficial es aquella publicada por

este Instituto o por su apoderado liquidador

.

El IPAB

no cuenta con sucursales

para realizar negociaciones, trámites o servicios

El IPAB

no cuenta con sucursales

para realizar negociaciones, trámites o servicios

de cualquier índole.

En caso de que

alguien les ofrezca gestionar asuntos, trámites o servicios a

nombre del IPAB

para obtener el pago de obligaciones garantizadas sin la

observancia de los requisitos legales correspondientes; reducir o cancelar el monto de

adeudos o créditos por pagar; modificar el orden de pago en la liquidación de

instituciones y, en general, efectuar gestiones u obtener beneficios contrarios a la

regulación aplicable a las actividades que desarrolla el IPAB,

denúncielo, ya que

podría tratarse de un posible fraude o ilícito en su agravio

.

(3)

I.

Actividades desarrolladas desde el inicio de la liquidación

II.

Evolución y Análisis de la Cartera y Bienes Adjudicados

III.

Balance Inicial de Liquidación

IV.

Declaración de Liquidación Judicial

V.

Liquidación Judicial Bancaria

V.

Liquidación Judicial Bancaria

VI.

Proceso de Venta de Activos

a)

Aspectos Generales

b)

Requisitos de elegibilidad que deberán reunir los interesados

c)

Paquetes de Cartera

d)

Esquema de Implementación

(4)

I.

Actividades desarrolladas desde el inicio de la liquidación

Como se ha comentado en sesiones anteriores, a partir de la toma de control de Bicentenario, dentro de las actividades más importantes que se han llevado a cabo destacan las siguientes:

a)

Cobranza y administración de la cartera de crédito:

i.

Como parte de la estrategia de gestión y cobranza de la cartera se han generado

ingresos por cobranza crediticia que representan el 12.3% respecto del saldo de la

4 ingresos por cobranza crediticia que representan el 12.3% respecto del saldo de la cartera bruta al 23 de julio de 2014. Lo anterior es producto de una estrecha comunicación con los acreditados.

ii.

En el último trimestre de 2014, se ha trabajado principalmente en formalizar las reestructuras para mejorar la calidad, condiciones y garantías de los créditos, para estas últimas recordemos que algunos créditos tienen deficiencias en la instrumentación de las garantías. De igual forma se está trabajando en la instrumentación de algunas daciones en pago que, en caso de concretarse, disminuirían el saldo de la cartera vencida.

(5)

Derivado de lo anterior, se continuará con los esfuerzos para mejorar la calidad de la cartera, mediante la formalización de aquellas reestructuras en etapa de instrumentación, hasta en tanto no se lleve a cabo el proceso de venta, situación que pudiera incentivar una mayor participación de inversionistas.

b)

Reducción de Gastos

I.

Actividades desarrolladas desde el inicio de la liquidación

i.

Cancelación de Contratos de Servicios: A la fecha se han cancelado 72 contratos de prestación de servicios de los 115 celebrados por Bicentenario, lo cual representa un ahorro anual estimado de $19.0 mdp.

ii.

Cierre de Sucursales: A la fecha se ha concluido con el cierre de dos sucursales

-Nuevo Laredo (Guerrero) y Veracruz. De esta última, el 26 diciembre de 2014 se cedieron a una Institución de Banca Múltiple, los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento correspondiente al inmueble, por el cual Bicentenario recibió un pago por concepto del mobiliario, equipo, gastos de instalación y mejoras realizadas al mismo.

(6)

iii.

Reducción de Personal: Se continúa con la reducción del personal teniendo actualmente Bicentenario 24 empleados, lo que significa una reducción del 59% del personal.

Derivado de las acciones antes señaladas se estiman ahorros anuales por un monto de

$28.9 mdp.

I.

Actividades desarrolladas desde el inicio de la liquidación

c)

Dictaminación jurídica

i.

Se concluyó con la dictaminación jurídica de 19 créditos (10 acreditados) que representan aproximadamente el 80% del saldo de la cartera vencida. Es de señalar que estos créditos importan $347 mdp.

ii.

La dictaminación abarcó, entre otros, aspectos los siguientes: i) los contratos de crédito; ii) las garantías, y iii) la recuperación de los créditos. El objetivo de este trabajo fue conocer con certeza la situación prevaleciente de las garantías, así como la viabilidad de recuperación de los créditos, situación que permitirá a los potenciales inversionistas en el proceso de venta, contar con mejores elementos para elaborar sus propuestas de compra.

(7)

Al cierre de diciembre de 2014, Bicentenario cuenta con 145 clientes con 240 créditos

(139 vigentes, 98 vencidos y 3 reestructuras).

Cartera Vigente $303.5 Cartera Vigente $246.0 Cartera Vigente $126.1

23 de julio 2014 septiembre 2014 diciembre 2014

Reestr ucturas $9.0

II.

Evolución y Análisis de la Cartera y Bienes Adjudicados

(Valor en Libros)

$303.5 Cartera Vencida CNBV $307.5 Adjudicados $199.3 Adjudicados $199.3 Cartera Vencida $69.1 Cartera Vencida CNBV $307.2 Adjudicados $199.3 Cartera Vencida CNBV $316.6 Cartera Vencida $91.0 Cartera Vencida $182.2 $879.4 mdp $843.5 mdp $833.2 mdp Reestr ucturas $9.0 7

(8)

A continuación se presenta el Balance Inicial de Liquidación dictaminado por un tercero especializado, en el cual conforme a la normativa aplicable (NIF A-6) los activos se presentan a su valor estimado de realización (valor neto de los costos de disposición o liquidación), en tanto que los pasivos se presentan a valor de liquidación o pago.

III.

Balance Inicial de Liquidación

BIL dictaminado al 23 de julio de 2014

Proveedores y

Disponibilidades

8

Activos

_2

$252

Capital

-

$595

Pasivos $771 mdp

Pasivos $847

OG IPAB $161

OG

Excedente

$ 74

Proveedores y

Gastos

$ 98

acumulados

ONG $514

Disponibilidades

Cartera

Adjudicados

Otros Activos

_1

_1 La mayor parte del saldo se cancela en virtud de que Banco Bicentenario ya no es un negocio en marcha.

_2 Cifras del BIL dictaminado, las cuales pudieran variar al momento de llevar a cabo el proceso de venta dependiendo de las condiciones imperantes en el mercado.

(9)

Balance Interno al 31 de diciembre de 2014

Proveedores y

Gastos

Disponibilidades

Cartera

Derivado de las estrategias de gestión y cobranza llevadas a cabo por el Apoderado Liquidador,

al cierre de diciembre de 2014, los activos totales ascienden a $266 mdp y los pasivos totales disminuyen a $801 mdp, aproximadamente.

III.

Balance Inicial de Liquidación

9 * Las cifras pudieran variar al momento de llevar a cabo el proceso de venta dependiendo de las condiciones imperantes en el mercado.

Activos* $266

Capital

-

$535

Pasivos $771 mdp

Pasivos

$801

OG IPAB $163

OG

Excedente

$ 76

Gastos

acumulados $ 52

ONG $510

Cartera

Adjudicados

Otros Activos

(10)

IV.

Declaración de Liquidación Judicial

De conformidad con el artículo 226 de la LIC, la liquidación judicial de una institución de banca múltiple procederá cuando la autorización hubiere sido revocada y se encuentre en el supuesto de extinción de capital.

Dicho precepto señala asimismo, que una institución se encuentra en extinción de capital, cuando sus activos no son suficientes para cubrir sus pasivos, de conformidad con un cuando sus activos no son suficientes para cubrir sus pasivos, de conformidad con un

dictamen de la información financiera de la institución de que se trate sobre la actualización de dicho supuesto.

Con base en el Dictamen del Balance Inicial de Liquidación, del que se desprende que el capital contable de Bicentenario es deficitario, el auditor independiente contratado para emitir el Dictamen de Extinción de Capital, manifestó que en su opinión y con base en las declaraciones de la Administración de Banco Bicentenario, los activos reconocidos y ajustados al 23 de julio de 2014 a su valor estimado de realización, no son suficientes para cubrir los pasivos reconocidos y ajustados a su valor estimado de liquidación.

(11)

Derivado de la extinción de capital, el 8 de enero de 2015 el IPAB presentó la solicitud de

declaración de liquidación judicial, ante los Juzgados de Distrito en materia Civil en el Distrito Federal.

Conoció de dicha solicitud el Juzgado Noveno, dictándose la sentencia que declaró la liquidación judicial de Banco Bicentenario el 12 de enero de 2015, dentro del plazo legal respectivo.

IV.

Declaración de Liquidación Judicial

respectivo.

El 13 de enero del 2015 el IPAB fue notificado de la citada resolución, la cual entre otros aspectos declaró lo siguiente:

Inicio de la liquidación judicial de Banco Bicentenario. Fija como fecha de retroacción el 25 de octubre de 2013.

Ordena realizar las publicaciones de Ley (extracto de la sentencia y aviso sobre la lista provisional de acreedores publicados en el DOF y en el Financiero el 19 de enero).

Cabe señalar que los clientes, depositantes, accionistas y demás personas, así como las

entidades acreedoras o deudoras, mantienen sus derechos y obligaciones frente a la Institución en Liquidación Judicial.

(12)

Al respecto, se han realizado diversas actividades para dar cumplimiento a los resolutivos de la sentencia mencionada:

Se presentó incidente (Créditos Back to Back), en términos de lo previsto por el artículo 267 de la LIC.

V.

Liquidación Judicial Bancaria

12

Se está llevando a cabo el reconocimiento de los créditos, período que concluye el

próximo 19 de febrero.

Se presentó solicitud para requerir la entrega de los bienes propiedad de Bicentenario que se encuentran en posesión de terceros.

Del 20 de enero a la fecha, 107 personas han consultado la lista provisional de acreedores tanto en Nuevo Laredo como en la Ciudad de México, de las cuales el 31% han solicitado modificaciones menores.

(13)

Reconocimiento de acreedores:

19 de enero. Publicación del aviso sobre la consulta de la lista provisional de acreedores (Diario Oficial y El Financiero).

Lugar de consulta. Oficinas de Banco Bicentenario en el D.F. y en Nuevo Laredo.

Plazo para solicitar ajustes o cambios. 30 días a partir del 20 de enero y hasta el 19 de

V.

Liquidación Judicial Bancaria

Plazo para solicitar ajustes o cambios. 30 días a partir del 20 de enero y hasta el 19 de febrero de 2015.

Protección de la información. Debido al carácter confidencial de la información en la lista, su consulta requiere la comparecencia personal y presentar identificación oficial (personas físicas) o el documento en que conste el poder otorgado (personas morales).

Requisitos. Hacer una solicitud por escrito al IPAB por conducto de su apoderado legal y adjuntar copia de los documentos que soporten la solicitud.

Lista definitiva. Transcurrido el plazo de 30 días, no se podrán solicitar modificaciones a la lista definitiva.

(14)

Como ya se mencionó, se ha llevado a cabo un esfuerzo significativo por reactivar el pago de los créditos y evitar el deterioro del valor de la cartera; sin embargo, derivado de la

proximidad del proceso de venta nos encontramos en la fecha límite para poder instrumentar reestructuras y/o daciones en pago que mejoren la calidad de la cartera.

VI.

Proceso de Venta de Activos

a)

Aspectos Generales

Asimismo, es importante señalar que para llevar a cabo lo anterior, se requiere de la voluntad de los acreditados, así como de tiempo para su negociación, autorización e instrumentación.

Por lo que respecta a los bienes adjudicados, se continuará dando seguimiento a los mismos a efecto de prepararlos para su enajenación, poniendo especial énfasis en aquellos que presentan alguna problemática jurídica.

(15)

El proceso de venta se llevará a cabo atendiendo a lo dispuesto por la LIC (artículos del 200 al 215):

De conformidad con el artículo 200 de la LIC, los procedimientos de enajenación de activos tienen por objeto que su venta se realice de forma eficaz, imparcial y transparente, buscando siempre las mejores condiciones y plazos más cortos de recuperación de recursos.

En términos de lo establecido en el artículo 202 de la LIC, la enajenación de los bienes

-VI.

Proceso de Venta de Activos

En términos de lo establecido en el artículo 202 de la LIC, la enajenación de los bienes -carteras de crédito y bienes adjudicados- de las instituciones de banca múltiple en liquidación, se llevará a cabo a través de procedimientos de subasta o licitación pública, en los que podrán participar personas físicas o morales que reúnan los requisitos de elegibilidad, los cuales se detallan más adelante.

La convocatoria para llevar a cabo los procedimientos de licitación se publicará en al menos un periódico de circulación nacional de conformidad con el artículo 204 de la LIC.

En la convocatoria correspondiente se detallará la descripción general de los bienes a enajenar, los requisitos de elegibilidad que deberán reunir los interesados en participar, así como la forma y lugar en donde se podrán obtener las bases del proceso de venta.

(16)

Por su parte, en las bases del proceso se incorporarán las reglas de participación, las cuales se encuentran detalladas en el artículo 205 de la LIC.

Los activos serán enajenados al participante del proceso de venta que presente la propuesta económica más alta, siempre que ésta sea superior al valor de referencia que determine un tercero especializado.

VI.

Proceso de Venta de Activos

tercero especializado.

El acto de apertura de las ofertas económicas que presenten los participantes, se llevará a cabo ante la presencia de un fedatario público, quien dará fe de los hechos ahí suscitados.

A fin de que los potenciales inversionistas cuenten con elementos suficientes para elaborar sus propuestas de compra, Bicentenario preparó un cuarto de información virtual, al que podrán acceder los interesados que obtengan la calidad de participantes en el proceso de venta.

A efecto de guardar la confidencialidad de la información de Bicentenario respecto de la situación que guardan los créditos y los bienes adjudicados, los participantes deberán suscribir un convenio de confidencialidad.

(17)

En el artículo 207 de la LIC se establecen los supuestos bajo los cuales los potenciales inversionistas no podrán participar como oferentes de los activos de Bicentenario, principalmente por encontrarse en una situación de conflicto de interés.

b)

Requisitos de elegibilidad que deberán reunir los interesados

VI.

Proceso de Venta de Activos

En adición a lo anterior, los inversionistas deberán cumplir con las “Disposiciones de carácter general por las que se determinan supuestos de conflicto de interés aplicables a personas físicas o morales que pretendan participar en los procedimientos de enajenación de bienes a que se refiere el artículo 207 de la LIC”, las cuales fueron emitidas por el IPAB y se encuentran disponibles para su consulta en el micrositio especializado de la página de Internet del Instituto (www.ipab.org.mx), siendo entre otras:

Personas físicas o morales que sean accionistas de la Institución en Liquidación Judicial.

(18)

El proceso de venta incluirá un paquete de cartera de créditos y otro de bienes adjudicados por un total de $813.64 mdp de valor en libros con cifras a diciembre de 2014, como más adelante se señala.

La enajenación del paquete de cartera y del paquete de bienes adjudicados se llevarán a cabo

simultáneamente mediante dos procesos independientes de licitación pública.

c)

Paquetes de Cartera

VI.

Proceso de Venta de Activos

simultáneamente mediante dos procesos independientes de licitación pública.

Se establecerá en las bases de los procesos de venta la facultad para llevar a cabo ajustes en la composición de los paquetes, con el fin de maximizar la recuperación de los activos se continuará con las gestiones de cobro y dación en pago de la cartera.

A la fecha, se han tenido actividades de promoción con potenciales compradores como instituciones bancarias y fondos de inversión, concretamente 5 Instituciones han manifestado interés en participar como postores en el proceso de venta de los activos de Bicentenario.

Se tiene como prioridad que dentro del proceso de venta participe el mayor número de postores posibles con el fin de aumentar la demanda y por ende el valor de los activos de

(19)

PAQUETE 1

Vigente

Vencida

PAQUETE 2

Bien Mueble Adjudicado

Bienes Inmuebles Adjudicados (ubicados

Los paquetes se conformarán de la manera siguiente:

c)

Paquetes de Cartera

VI.

Proceso de Venta de Activos

Vencida

Créditos Reestructurados

Ventas a Plazo sobre Inmuebles

Cartera Castigada

Con Valor en Libros de $679.6 mdp*

Bienes Inmuebles Adjudicados (ubicados en Querétaro, Oaxaca, Tamaulipas, Hidalgo, Michoacán, San Luis Potosí y en el D.F.)

Con Valor en Libros de $134.0 mdp*

* Cabe señalar, que para llevar a cabo el proceso de venta de la cartera se tomará la base de datos al mes de enero de 2015, por lo que estas cifras pudieran modificarse.

Es importante enfatizar que los valores expuestos en la presente lámina, corresponden al saldo en libros y no a su valor estimado de realización, ni a los valores de referencia de los paquetes de activos.

Cifras expresadas en millones de pesos.

Las reestructuras que se logren instrumentar durante el proceso de venta se pondrán a disposición de los inversionistas mediante el cuarto de datos, a efecto de que sean valoradas en las propuestas de compra.

(20)

Aprobación

Cuarto

Presentación

Conclusión

de la Venta

El proceso de venta está diseñado para implementarse de la forma siguiente :

d)

Esquema de Implementación

VI.

Proceso de Venta de Activos

Publicación

de la

Convocatoria

Aprobación

de

Participantes

y entrega de

Bases

Cuarto

de Datos

(4 a 6 semanas)

Presentación

y Apertura

de las

Propuestas

(ante fedatario público)

de la Venta

(firma de contratos y entrega de expedientes)

Se tiene considerado que las convocatorias sean publicadas en el mes de febrero de 2015 y obtener al o los participantes ganadores de cada proceso de licitación durante el mes de

mayo de 2015, para posteriormente llevar a cabo las actividades de cierre.

(21)

Se continúa con el proceso de liquidación judicial de Banco Bicentenario en estricto apego a la Ley y en protección de los intereses del público ahorrador.

Con la Declaración de Liquidación Judicial de Banco Bicentenario, los tiempos de los procesos de administración y enajenación de activos no se modifican.

Los recursos que se obtengan por la enajenación de los activos, serán destinados al pago

VII.

Consideraciones Finales

21

Los recursos que se obtengan por la enajenación de los activos, serán destinados al pago de los pasivos de Bicentenario conforme a lo establecido en el artículo 241 de la LIC; en el orden de prelación siguiente:

1. Créditos con garantía o gravamen real.

2. Obligaciones laborales1.

3. Créditos derivados del Pago de Obligaciones Garantizadas.

4. Créditos derivados de Obligaciones Garantizadas por el saldo que exceda el límite

a que se refiere la LPAB.

5. Otros Pasivos.

1.- Diferentes a los referidos en la fracción XXIII del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y créditos fiscales.

(22)

Preguntas y Respuestas

Referencias

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