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1- Qué es la amnistía?

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Academic year: 2021

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Con la presentación, por parte del Foro Penal Venezolano, de un proyecto de Ley de amnistía ante la Asamblea Nacional, se abre la posibilidad de que muchos presos políticos venezolanos obtengan su libertad. Puesto que es un tema fundamental y de gran interés público, conviene tener presentes exactamente a qué nos referimos cuando hablamos de amnistía, para lo cual hemos preparado este conciso resumen.

1-¿Qué es la amnistía?

Universalmente se conoce como amnistía a un acto del Poder Público que beneficia a todas aquellas personas que hayan cometido un determinado acto considerado como delito, y que las libera de responsabilidad penal por dicho acto. Si estas personas, están siendo procesadas, se extingue el procedimiento penal, o si están ya cumpliendo la pena son puestos en libertad. Cualquier otra consecuencia (antecedentes penales, multas, responsabilidad civil, etcétera) es

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también eliminada. En otras palabras, es un perdón general y total de un delito, y el resultado es como si éste nunca hubiese sido cometido.

2-¿En qué se diferencia la amnistía del indulto?

Las diferencias fundamentales con el indulto son, por una parte, que este último es individual, referido a un ciudadano o ciudadanos concretos, mientras que la amnistía es general, beneficia a todo el conjunto de personas que hayan cometido actos considerados como delito, sin

necesidad de que se identifique en la amnistía a dichos ciudadanos por su nombre. Por otra parte, el indulto sólo perdona el cumplimiento de la pena, pero mantiene las otras

consecuencias, mientras que la amnistía “borra”, por así decirlo, todo el delito y sus efectos. Por último, la amnistía suele ser competencia del Poder Legislativo, y el indulto, del Poder Ejecutivo.

3-¿Cuál es la finalidad de la amnistía?

Por lo general, las amnistías han sido concedidas por los Estados para ciertos delitos políticos ocurridos dentro de un determinado periodo de convulsión política o social, y su finalidad principal es fomentar la reconciliación entre sectores opuestos, para lograr una paz social duradera.

4-¿Son usuales las amnistías?

Las amnistías han sido frecuentes a lo largo de la historia contemporánea mundial. Así, por ejemplo, España dictó una ley de amnistía luego de la caída del régimen franquista, y Chile hizo lo propio luego del fin del gobierno de Augusto Pinochet.

En Venezuela también ha sido una práctica común. Desde la época de la Guerra de

Independencia hasta nuestros días, se han dictado al menos seis leyes de amnistía, siendo las más recientes la Ley de Amnistía Política General, del 3/2/2000, que benefició a los implicados en los dos golpes de Estado ocurridos en 1992, y el Decreto Nº 5.790 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Amnistía, que benefició a determinados delitos relacionados con los hechos

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del 12 de abril de 2012.

5-¿Cómo está regulada la figura de la amnistía en Venezuela?

Pese a que, como mencionamos, en nuestro país se han dictado varias leyes de amnistía en diferentes épocas, su regulación es escasa, dejando mucho espacio a la doctrina, a la

jurisprudencia, y a los actos que la contengan en particular.

Así, en primer lugar, nos encontramos que se trata de una potestad exclusiva de la Asamblea Nacional, como expresamente señala el artículo 187, numeral 5, de la Constitución de la República. Ningún otro órgano del Poder Público puede, en consecuencia, ejercer esta competencia.

A su vez, el ejercicio de esta potestad no está sometida a que sea aprobada por una mayoría calificada de los diputados o diputadas, sino que bastaría una mayoría simple para decretarla (salvo que al acto que la contenga se le quisiese dar el carácter de ley orgánica, para lo cual se requerirían las dos terceras partes de los parlamentarios presentes).

La única limitación constitucional viene dada por el artículo 29 de la Carta Fundamental, que prohíbe conceder amnistías en caso de violaciones de los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, que no aplican en el caso de los presos políticos venezolanos, pues estas

violaciones las cometen solo las autoridades del Estado.

6- ¿Qué tipo de acto debe ser la amnistía?

Aunque tradicionalmente se han concedido las amnistías a través de una ley, por lo que tendría que cumplirse con el procedimiento previsto en la Constitución para la formación de la leyes (artículos 202 y siguientes), un importante sector de la doctrina afirma que también pueden acordarse a través de un decreto legislativo, basándose fundamentalmente, por un lado, en el propio texto constitucional, que atribuye a la Asamblea Nacional la potestad de “decretar amnistías”

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una medida en beneficio de personas determinadas (en contraposición a una norma de carácter general -ley- dirigida a un número indeterminado de personas).

7-¿Qué consecuencias  produce la Amnistía?

Como señalan los artículos 104 del Código Penal, y 48, numeral 2, del Código Orgánico

Procesal Penal, “la amnistía extingue la acción penal y hace cesar la ejecución de la condena y

todas la consecuencias penales de la misma” .

8-¿Qué contiene normalmente el acto que concede una amnistía?

1- A quienes beneficia: a los autores y colaboradores, que estén sometidos a un proceso penal o hayan sido condenados.

2- Qué delitos o actos comprende: Usualmente se describen ya sea los delitos en concreto, o las conductas que pueden dar lugar a que se apliquen determinados tipos penales.

3- Periodo durante el cual dichos actos fueron cometidos.

4- Normas relativas a cómo los jueces y las demás autoridades deberán actuar para dar cumplimiento al decreto de amnistía.

9- ¿Que contempla el Proyecto de Ley de Amnistía presentado recientemente a la Asamblea Nacional?

Básicamente busca que se elimine la responsabilidad penal de cualquier persona investigada, procesada o condenada (ya sea a cárcel, multa o indemnización) por cualquiera de los sucesos previstos en el proyecto, ocurridos a partir del 1º de enero de 1999; dichos sucesos están

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referidos fundamentalmente a toda una serie de hechos vinculados al ejercicio del derecho a protestar y a emitir opiniones y criterios contrarios a  la actuación del Poder Ejecutivo, es decir, presuntos delitos que pueden calificarse de políticos. El proyecto excluye expresamente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Constitución, la amnistía para casos de violación de derechos humanos y delitos de lesa humanidad.

La promulgación urgente de la ley de amnistía es indispensable para lograr la reconciliación y la paz en nuestro país.

*Abogada, especialista en Familia y Derechos Humanos

  Directora Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres Cristina.parra84@gmail.com @MaCristinaParra

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