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ACTA No. 28 SESIÓN EXTRAORDINARIA 11 DE JUNIO DE 2013

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ACTA No. 28

SESIÓN EXTRAORDINARIA

11 DE JUNIO DE 2013

El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó:

Buenos días señoras

y señores, Síndicos y Regidores, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 fracción

III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 41

del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza

García, se les ha convocado el día de hoy 11 de junio de 2013 al término de la Vigésima

Séptima Sesión Extraordinaria a fin de celebrar la Vigésima Octava Sesión Extraordinaria;

por lo que, solicito al ciudadano Secretario del Republicano Ayuntamiento pase lista de

asistencia, verifique el quórum legal y me asista en la celebración de esta sesión con

fundamento en lo que señala el artículo 82 fracción II, incisos a) y b) del Reglamento para el

Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento.

El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Bernardo Bichara Assad, expresó:

Buenos

días, de acuerdo a las instrucciones del C. Presidente Municipal procedo a pasar lista de

asistencia:

Presidente Municipal:

Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés

Presente

Síndicos:

Guillermo Montemayor Cantú

Presente

Juan Juan Castro Lobo

Presente

Regidores:

Priscilla Chapa Valdés

Presente

Adrián Marcelo Villarreal Rodríguez

Presente

María Cristina Moreno Gutiérrez

Ausente con aviso

María Magdalena Galván García

Presente

Jesús Horacio González Delgadillo

Presente

María Loyola Coindreau Farías

Presente

Jovita Díaz Ibarra

Presente

Rodrigo Maldonado de Hoyos

Presente

Alberto Santos Boesch

Presente

María Concepción Landa García Téllez

Presente

Jorge Salvador González Garza

Presente

Francisco Javier Flores Maldonado

Presente

Existe quórum legal señor Presidente.

El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó:

Adelante.

El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Bernardo Bichara Assad, expresó:

También

está con nosotros un servidor Lic. Bernardo Bichara Assad, Secretario del Republicano

Ayuntamiento.

Ahora bien, someto a consideración de ustedes el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1.

Lista de asistencia y declaración de quórum.

2.

Lectura y aprobación del Orden del día.

3.

PUNTO ÚNICO: Dictamen de la Comisión de Desarrollo Sustentable relativo al

expediente administrativo PE 23369/2013.

4.

Clausura.

Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic.

Bernardo Bichara Assad, expresó:

¿Hay algún comentario?

Les solicito si están de acuerdo con el orden del día, favor de manifestarlo de la forma

acostumbrada. Quienes estén a favor. Se aprueba por unanimidad.

Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic.

Bernardo Bichara Assad, expresó:

Continuando con el Orden del Día, pasamos al punto 3,

PUNTO ÚNICO: Dictamen de la Comisión de Desarrollo Sustentable relativo al expediente

administrativo PE 23369/2013.

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Para lo cual, cedo la palabra al Síndico Primero Guillermo Montemayor Cantú, Presidente de

la Comisión de Desarrollo Sustentable, quien procederá a la presentación del dictamen.

Síndico Primero, Guillermo Montemayor Cantú.

Gracias señor Secretario, antes de

proceder, se solicita la dispensa de la lectura total del siguiente dictamen, por haberse

circulado con anterioridad y en caso de ser necesaria, la intervención del personal de la

Secretaría de Desarrollo Sustentable, para cualquier duda o aclaración.

El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Bernardo Bichara Assad, expresó: En virtud

de la solicitud presentada, se somete a consideración la dispensa de la lectura del

dictamen así como la intervención del personal administrativo. Si están de acuerdo

con ello, favor de manifestarlo en la forma acostumbrada. Se aprueba por unanimidad.

Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic.

Bernardo Bichara Assad, expresó:

Para la presentación del dictamen cedo la palabra al

Síndico Guillermo Montemayor Cantú.

Síndico Primero, Guillermo Montemayor Cantú.

Gracias señor Secretario.

AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO

DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. P R E S E N T E.-

A los integrantes de la Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento en fecha siete (07) de junio de dos mil trece (2013), nos fue turnada la solicitud presentada el día dieciocho (18) de enero de dos mil trece (2013), por la persona moral denominada BANCO ACTINVER, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO ACTINVER, FIDEICOMISO NÚMERO 481, a través de su representante legal, mediante la cual solicita la AUTORIZACIÓN DE PROYECTO EJECUTIVO Y AUTORIZACIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD Y VENTAS DE 10 LOTES HABITACIONALES UNIFAMILIARES, SUJETOS AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO HORIZONTAL, para el predio ubicado frente a la calle Matamoros, esquina con la calle Galeana, en el Centro de este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, el cual está identificado con el expediente catastral número 05-022-025,mismo que cuenta con una superficie total de 2,704.64metros cuadrados; solicitud que fue presentada ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, misma que integró el expediente administrativo número PE 23369/2013y vistos los planos, dictámenes, disposiciones técnicas, urbanísticas y demás constancias que obran dentro del expediente, se presenta ante esa H. Autoridad el siguiente Dictamen bajo los siguientes antecedentes y consideraciones de orden legal:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- La solicitante presentó solicitud de AUTORIZACIÓN DE PROYECTO EJECUTIVO Y AUTORIZACIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD Y VENTAS DE 10 LOTES HABITACIONALES UNIFAMILIARES, SUJETOS AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO HORIZONTAL, para el predio ubicado frente a la calle Matamoros, esquina con la calle Galeana, en el Centro de este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, el cual está identificado con el expediente catastral número 05-022-025, mismo que cuenta con una superficie total de 2,704.64 metros cuadrados; solicitud que fue presentada ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, misma que integró el expediente administrativo número PE 23369/2013.

SEGUNDO.- La peticionaria adjuntó a su solicitud la siguiente documentación:

1. Copia de la escritura pública número 20,780-veinte mil setecientos ochenta, de fecha 3-tres de octubre del año 2011-dos mil once, pasada ante la fe del Licenciado Luciano Gerardo Galindo Dávila, Titular de la Notaria Pública número 115, con ejerció en el Primer Distrito registral y Notarial en el Estado de Nuevo León, relativa a la constitución de la persona moral denominada HEGARLO, S.A. DE C.V.; debidamente inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, en fecha 13-trece de octubre del año 2011-dos mil once, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 129172*1.

2. Copia de la Escritura pública número 6,996-seis mil novecientos noventa y seis de fecha 13-trece de Febrero del año 2012-dos mil doce, pasada ante la fe del Licenciado José Martínez González, Notario Público No. 29-veintinueve, con ejercicio en el Primer Distrito Registral en el Estado; relativa al Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración de Inmuebles, quedando designado como fiduciaria del mismo a Banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver y como Fideicomitente “A” la sociedad denominada Hegarlo, S.A. de C.V. y como Fideicomitente “B” la sociedad denominada Inmobiliaria Karka, S.A. de C.V., quedando el contrato con el fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno; Inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León bajo el número 319-trescientos diecinueve, Volumen 116-ciento dieciséis, Libro 13-trece, Sección Propiedad, Unidad Garza García, en fecha 28-veintiocho de Febrero del 2012-dos mil doce, en cumplimento a lo dispuesto en el artículo 254, fracción III-tercera de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción VII-séptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León; en cumplimento a lo dispuesto en el artículo 254, fracción III-tercera, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción VII-séptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

3. Certificado de Gravamen emitido por el Primer Registrador Público de la Propiedad, del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, de fecha 15 de noviembre del 2012-dos mil doce,

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inscrito a favor de Banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver; dando cumplimento a lo dispuesto en los artículos 252, fracción VI-sexta y 254, fracción IV-cuarta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción IX-novena del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

4. Poder general para actos de administración, limitado en cuanto a su objeto; a favor de los CC. Samuel Weissberger Stern, Javier Urías Peraldí, José Andrés Meléndez Juárez y Alan Hernández Padilla, según consta en carta poder de fecha 18-dieciocho de junio del año 2012-dos mil doce, la cual fuera ratificada en fecha 27-veintisiete de Junio del 2012-dos mil doce, ante el Licenciado José Martínez González, Notario Público número 29-veintinueve, con ejercicio en la Demarcación Notarial correspondiente al Primer Distrito Registral en el Estado, según consta en el acta fuera de protocolo número 44,093/2012 (presenta copia simple de la carta poder y del acta fuera de protocolo citada); además, esta misma institución otorga un Poder General para actos de administración y Poder General para Actos de Dominio, limitado en cuanto a su objeto, pero general en cuanto a las facultades otorgadas, sin facultades de delegación, a favor del C. Samuel Weissberger Stern, según consta en carta poder de fecha 25-veinticinco de Julio del año 2012-dos mil doce, la cual fuera ratificada en fecha 6-seis de agosto del 2012-2012-dos mil doce, ante el Licenciado José Martínez González, Notario Público número 29-veintinueve, con ejercicio en la Demarcación Notarial correspondiente al Primer Distrito Registral en el Estado, según consta en el acta fuera de protocolo número 45,089/2012 (presenta copia simple de la carta poder y del acta fuera de protocolo citada)en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XIV-décima cuarta y artículo 254 fracción VIII-octava de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción X-décima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

5. Factibilidad para el servicio de agua potable y drenaje sanitario otorgada en fecha 23-veintitrés de Abril del año 2012-dos mil doce por Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. mediante oficio número 318-R-10-3-B/2012, informando dicha dependencia de los lineamientos necesarios para la introducción de servicios de agua potable y drenaje sanitario siguientes: Drenaje Sanitario: Existe infraestructura; Agua Potable: existe infraestructura; en cumplimiento a lo que indica el artículo 252, fracción IX-novena y X-décima de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima y IX-novena, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

6. Factibilidad para el suministro del servicio de Energía Eléctrica para el predio, emitido por la Comisión Federal de Electricidad mediante oficio número DIE-327/2012 de fecha 02-dos de Julio del año 2012-dos mil doce; debiendo los solicitantes cumplir con las condiciones que se indican en el mismo; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX-novena y X-décima y 254 fracción VI-sexta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima y IX-novena, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

7. Factibilidad para el suministro del servicio de Gas Natural para el predio, emitido por Gas Natural México, S.A. de C.V. mediante oficio de fecha 8-ocho de Agosto del 2012-dos mil doce, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX-novena y X-décima y 254 fracción VI-sexta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima y IX-novena, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

8. Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad General elaborado por la empresa Asesoría Urbanística y Ambiental en fecha Mayo del 2011-dos mil once, que incluye las medidas de mitigación, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción X-décima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 9. Estudio Hidrológico de fecha 10-diez de Abril del 2011-dos mil once, elaborado por el Ing.

Álvaro L. Vita Garza, Consultoría AQUA, que contiene la propuesta para los escurrimientos pluviales, así como el proyecto de drenaje pluvial del desarrollo habitacional, los cuales serán de manera superficial por la calle (área de circulación vial común) proyectada en el interior, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX-novena de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción V-quinta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

10. Copia de recibo de pago, folio número 170973, de fecha 15 de enero del 2013, emitido por la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal de San Pedro Garza García Nuevo León, relativo al expediente catastral 05-022-025, al corriente del pago de las contribuciones por concepto de impuesto predial del año 2013; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción V-quinta y 254 fracción VII-séptima de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción I-primera y 217 fracción I-primera y V-quinta, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

11. Informativo de valor catastral emitido por la Dirección de Catastro de la Secretará de Finanzas y Tesorería General del Estado, mediante el certificado número 9,148-nueve mil ciento cuarenta y ocho de fecha 11-once de diciembre del 2012-dos mil doce; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción VII-séptima de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. 12. Copia del acuerdo y plano del proyecto urbanístico y de rasantes autorizado por el Ayuntamiento

y notificado por la Secretaría de Control Urbano del municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, bajo el expediente administrativo número FL-22689/2012 y oficio número AMDG/JSECU/1587/2012 de fecha 30-treinta de Octubre del 2012-dos mil doce; en cumplimiento

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a lo dispuesto en el artículo 252, fracción II-segunda, III-tercera y VIII-octava de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

13. 6-seis copias del proyecto ejecutivo y 6-seis copias del plano de ventas, firmados por el C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XV de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y los artículos 216, fracción II-segunda y fracción VIII-octava, y 217, fracción II-segunda del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

14. Programa y presupuesto de obra firmado, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XIII-décima tercera y XV-décimo quinta, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción IV-cuarta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 15. Reporte de la zona de campamento, tipo de maquinaria a utilizar, y número de trabajadores y

horario de trabajo; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción XI- décima primera y XII-décima segunda del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

16. Póliza de Fianza número de Folio 397657, de fecha 23-veintitrés de Mayo del 2013-dos mil trece emitida por FIANZAS DORAMA, S.A. por el monto de $906,806.88 (NOVECIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SEIS PESOS 88/100 M.N.) Para garantizar por Inmobiliaria Karka, S.A. de C.V., la terminación de las obras de urbanización señaladas en el artículo 199, en sus fracciones de la I-primera a la XIV-decima cuarta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, por realizarse de acuerdo al programa y presupuesto de obra dentro del Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno en la escritura 6,996-seis mil novecientos noventa y seis, ante la notaria publica No. 29-veintinueve, titular Licenciado José Martínez González, con ejercicio en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, en donde interviene Banco Actinver, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, como parte fiduciaria, para garantizar la construcción de las obras de urbanización referentes al fraccionamiento habitacional sujeto al régimen de propiedad en condominio horizontal denominado “Las Aldabas”; lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 254 fracción V-quinta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. 17. Copia de identificación oficial del C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado

legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 216, fracción XIII-décimo tercera y 217, fracción VI, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

18. Oficio de fecha 12–doce de marzo del 2013-dos mil trece, emitido por el ingeniero Edmundo Guajardo Garza, Director General de Planeación y Coordinación Educativa del Gobierno del Estado de Nuevo León, mediante el cual informa que en esa dependencia no existe trámite para cumplir con la obligación marcada en el artículo 143 de la Ley de Desarrollo Urbano, vigente en el Estado de Nuevo León; El anterior documento lo presenta el C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno, en sustitución a la constancia expedida por el Estado que acredite el cumplimiento a las aportaciones a que se refiere el artículo 143 de la ley de Desarrollo Urbano del Estado, asimismo se presenta pretendiendo dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 254 fracción IX-novena de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, el cual es un requisito para la aprobación de la autorización de ventas de los lotes del fraccionamiento en condominio horizontal citado.

19. Copia del plano de señalamiento vial con visto bueno emitido por la Coordinación de Vialidad de la Secretaria de Desarrollo Sustentable Municipal, mediante oficio número SDS-CV-VBN-004 de fecha 20-veinte de marzo del 2013-dos mil trece; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción IV- cuarta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

20. Copia del plano de alumbrado público con visto bueno emitido por la Coordinación de Alumbrado de la Secretaria de Servicios Públicos Municipal, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX de la ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con el artículo 216, fracción IV- cuarta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

21. Solicitud en formato oficial referente al trámite en cuestión. 22. Solicitud abierta en relación al trámite en comento. 23. Fotografías.

24. Estudio de mecánica de suelos. 25. Estudio geológico.

TERCERO.-La Secretaría de Desarrollo Sustentable, con fundamento en el artículo 252 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículos216, 217 y demás relativos del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, emitió un dictamen técnico, mismo que se integra al presente y forma parte integrante del mismo.

CUARTO.- La Secretaría de Desarrollo Sustentable en términos de lo establecido en los artículos 10, fracción XIII y último párrafo, y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, turnó en fecha siete

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(07) de junio de dos mil trece (2013) el expediente en mención al Consejo Consultivo Ciudadano, a fin de que emitiera su opinión, siendo el sentido de la misma “FAVORABLE” de aprobar lo solicitado.

QUINTO.-La Secretaría de Desarrollo Sustentable, en fecha siete (07) de junio de dos mil trece (2013)turnó a esta Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento el expediente formado con motivo de la solicitud de la promovente, a fin de que emitiera dictamen y quedar en posibilidad de presentarlo a la consideración del pleno del Republicano Ayuntamiento.

Por lo que, visto las constancias que obran en el expediente de referencia se tienen las siguientes: CONSIDERACIONES

PRIMERO.- La Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García Nuevo León, es competente para conocer, estudiar, resolver y proponer al Republicano Ayuntamiento el Dictamen correspondiente, de conformidad con lo señalado en los artículos 26, 27, 28 fracción XI, 29 fracción XI incisos a), e) y j), 31, 32, 33, 34, 85, 86 y 87, del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León y los artículos 138, fracción XIII, 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

SEGUNDO.-El Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, es la autoridad competente para resolver el dictamen presentado por la Comisión de Desarrollo Sustentable, referente a la solicitud presentada de conformidad con los artículos 10, fracción XIII, 241 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en relación con los artículos 135, segundo párrafo, y 209del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

TERCERO.- Esta Comisión de Desarrollo Sustentable advierte que con las documentales relacionadas en el antecedente Segundo del presente Dictamen se cumple con lo dispuesto por los artículos252 y 254 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León; quedando debidamente acreditada la propiedad y el interés jurídico de la solicitante.

CUARTO.- En el presente caso, se tiene que la Secretaría de Desarrollo Sustentable, con fundamento en lo previsto en los artículos 254 y 255 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y los artículos 138, fracción XII, 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, emitió el siguiente dictamen técnico en relación a la solicitud que nos ocupa:

“DICTAMEN TÉCNICO

PROYECTO EJECUTIVO Y TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD Y VENTAS I.- DATOS GENERALES

FECHA DE INGRESO: 18 de enero del 2013 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO: PE-23369/ 2013 EXPEDIENTE CATASTRAL: 05-022-025

SOLICITUD: Autorización de Proyecto Ejecutivo y Autorización de la Transmisión de la Propiedad y Ventas de 10-diez lotes habitacionales de tipo unifamiliar sujetos al Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal denominado “LAS ALDABAS”

SUPERFICIE DEL PREDIO: 2,704.64 M2

PROPIETARIO: Banco Actinver. S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, Fideicomiso numero 481.

FIDEICOMITENTE “A”: Hegarlo, S. A. de C. V.

FIDEICOMITENTE “B”: Inmobiliaria Karka, S. A. de C. V. DELEGADO FIDUCIARIO: C. Mercy Mirtha Muñoz Díaz.

APODERADO PARA ACTOS DE ADMINISTRACION: CC. Samuel Weissberger Stern.

UBICACIÓN DEL PREDIO: Frente a la calle Matamoros, esquina con la calle Galeana, en el centro de San Pedro Garza García, Nuevo León.

II.- ANTECEDENTES DEL PREDIO:

El predio cuenta con los siguientes antecedentes:

1).-Que el predio en cuestión es resultado de la fusión de 3-tres predios, para posteriormente subdividirse en 5-cinco lotes, identificados como lote 1-uno con superficie de 2,704.64 m2, lote 2-dos con superficie de 205.97 m2, lote 3-tres con superficie de 200.20 m2 lote 4-cuatro con superficie de 200.20 m2 y lote 5-cinco con superficie de 200.20 m2; aprobada por el R. Ayuntamiento de este municipio, en la Segunda Sesión Ordinaria celebrada en fecha 24-veinticuatro de abril del año 2012-dos mil doce, siendo notificada mediante resolución emitida por la entonces Secretaría de Control Urbano Municipal, en fecha 18-dieciocho de Mayo del año 2012-dos mil doce, bajo el oficio número AMDG/JSECU/530/2012, dentro del expediente administrativo número SFR-21263/2011; Inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, bajo el número 789-setecientos ochenta y nueve, volumen 66-sesenta y seis, libro 16-dieciséis, sección Auxiliar, Garza García, de fecha 4-cuatro de Julio del 2012-dos mil doce (Presenta copia simple tanto de la resolución administrativa como del plano complementario). En el cual se indica en la resolución que el lote forma parte del Casco Urbano de San Pedro Garza García, Nuevo León, desde que se desarrolló éste, según plano

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delimitado por éste municipio, con fecha 28-veintiocho de julio del año 1888-mil ochocientos ochenta y ocho; lo anterior, en cumplimiento al artículo 201, fracción V, y 217, fracción II, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

2).- El solicitante presenta copia simple del plano aprobado por la Secretaría de Control Urbano de San Pedro Garza García, Nuevo León, en fecha 30-treinta de Octubre del 2012-dos mil doce, bajo el oficio número AMDG/JSECU/1587/2012, dentro del expediente administrativo número FL-22689/2012, mediante el cual otorgo la Factibilidad y Lineamientos Generales, se autorizó el Proyecto Urbanístico y Autorización de Proyecto de Rasantes para desarrollar 10-diez lotes habitacionales de tipo unifamiliar sujetos al Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal: quedando registrado el siguiente cuadro de áreas:

III.- DOCUMENTACIÓN PRESENTADA El solicitante anexa la siguiente documentación.

a).- Solicitud correspondiente en formato y escrito abierto, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 252, fracción I-primera y 254 fracción I-primera de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

b).- Presenta copia simple de la escritura pública número 20,780-veinte mil setecientos ochenta, de fecha 3-tres de octubre del año 2011-dos mil once, pasada ante la fe del Licenciado Luciano Gerardo Galindo Dávila, Titular de la Notaria Pública número 115, con ejerció en el Primer Distrito registral y Notarial en el Estado de Nuevo León, relativa a la constitución de la persona moral denominada HEGARLO, S.A. DE C.V.; debidamente inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, en fecha 13-trece de octubre del año 2011-dos mil once, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 129172*1.

c).-Copia simple de la Escritura pública número 6,996-seis mil novecientos noventa y seis de fecha 13-trece de Febrero del año 2012-dos mil doce, pasada ante la fe del Licenciado José Martínez González, Notario Público No. 29-veintinueve, con ejercicio en el Primer Distrito Registral en el Estado; relativa al Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración de Inmuebles, quedando designado como fiduciaria del mismo a Banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca

Múltiple, Grupo Financiero Actinver y como Fideicomitente “A” la sociedad denominada Hegarlo,

S.A. de C.V. y como Fideicomitente “B” la sociedad denominada Inmobiliaria Karka, S.A. de C.V., quedando el contrato con el fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno; Inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León bajo el número 319-trescientos diecinueve, Volumen 116-ciento dieciséis, Libro 13-trece, Sección Propiedad, Unidad Garza García, en fecha 28-veintiocho de Febrero del 2012-dos mil doce, en cumplimento a lo dispuesto en el artículo 254, fracción III-tercera de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción VII-séptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León; en cumplimento a lo dispuesto en el artículo 254, fracción III-tercera, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción VII-séptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

d).-Certificado de Gravamen emitido por el Primer Registrador Público de la Propiedad, del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, de fecha 15 de noviembre del 2012-dos mil doce, inscrito a favor de Banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver; dando cumplimento a lo dispuesto en los artículos 252, fracción VI-sexta y 254, fracción IV-cuarta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción IX-novena del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

e).- Banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, división fiduciaria, Fideicomiso 481-cuatrocientos ochenta y uno, a través de la Lic. Mercy Myrtha Muñoz Díaz, en su carácter de Delegada Fiduciaria, otorga un poder general para actos de administración, limitado en cuanto a su objeto; a favor de los CC. Samuel Weissberger Stern, Javier Urías Peraldí, José Andrés Meléndez Juárez y Alan Hernández Padilla, según consta en carta poder de fecha 18-dieciocho de junio del año 2012-dos mil doce, la cual fuera ratificada en fecha 27-veintisiete de Junio del 2012-dos mil doce, ante el Licenciado José Martínez González, Notario Público número 29-veintinueve, con ejercicio en la Demarcación Notarial correspondiente al Primer Distrito Registral en el Estado, según consta en el acta fuera de protocolo número 44,093/2012 (presenta copia simple de la carta poder y del acta fuera de protocolo citada); además, esta misma institución otorga un Poder General para actos de administración y Poder General para Actos de Dominio, limitado en cuanto a su objeto, pero general en cuanto a las facultades otorgadas, sin facultades de delegación, a favor del C. Samuel Weissberger Stern, según consta en carta poder de fecha 25-veinticinco de Julio del año 2012-dos mil doce, la cual fuera ratificada en fecha 6-seis de agosto del 2012-dos mil doce, ante el Licenciado José Martínez González, Notario Público número 29-veintinueve, con ejercicio en la Demarcación Notarial correspondiente al Primer Distrito Registral en el Estado, según consta en el acta fuera de protocolo número 45,089/2012 (presenta copia simple de la carta poder y del acta fuera de protocolo citada)en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XIV-décima cuarta y artículo 254 fracción VIII-octava de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción X-décima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

Cuadro de áreas Superficie

Superficie Total 2,704.64 m2

Área de Afectación vial 42.43 m2

Área Condominio Total 2,662.21 m2

Área Privativa 2,032.315 m2

Área Vial Común 629.895 m2

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f).- El predio con superficie de 2,704.64metros cuadrados cuenta con factibilidad para el servicio de agua potable y drenaje sanitario otorgada en fecha 23-veintitrés de Abril del año 2012-dos mil doce por Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. mediante oficio número 318-R-10-3-B/2012, informando dicha dependencia de los lineamientos necesarios para la introducción de servicios de agua potable y drenaje sanitario siguientes: Drenaje Sanitario: Existe infraestructura; Agua Potable: existe infraestructura; en cumplimiento a lo que indica el artículo 252, fracción IX-novena y X-décima de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima y IX-novena, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

g).-El predio con superficie de 2,704.64 metros cuadrados identificado con expediente catastral cuenta con la Factibilidad para el suministro del servicio de Energía Eléctrica para el predio, emitido por la Comisión Federal de Electricidad mediante oficio número DIE-327/2012 de fecha 02-dos de Julio del año 2012-dos mil doce; debiendo los solicitantes cumplir con las condiciones que se indican en el mismo; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252, fracción Inovena y X-décima y 254 fracción VI-sexta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima y IX-novena, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

h).- El predio con superficie de 2,704.64 metros cuadrados identificado con expediente catastral 05-022-010 cuenta con la Factibilidad para el suministro del servicio de Gas Natural para el predio, emitido por Gas Natural México, S.A. de C.V. mediante oficio de fecha 8-ocho de Agosto del 2012-dos mil doce, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX-novena y X-décima y 254 fracción VI-sexta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima y IX-novena, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

i).- Se presentaron fotografías del predio en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción IV-cuarta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

j).- Se anexa la Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad General elaborado por la empresa Asesoría Urbanística y Ambiental en fecha Mayo del 2011-dos mil once, que incluye las medidas de mitigación, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción X-décima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

k).- Se anexa el estudio Hidrológico de fecha 10-diez de Abril del 2011-dos mil once, elaborado por el Ing. Álvaro L. Vita Garza, Consultoría AQUA, que contiene la propuesta para los escurrimientos pluviales, así como el proyecto de drenaje pluvial del desarrollo habitacional, los cuales serán de manera superficial por la calle (área de circulación vial común) proyectada en el interior, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX-novena de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción V-quinta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

l).- El solicitante presenta copia simple de recibo de pago, folio número 170973, de fecha 15 de enero del 2013, emitido por la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal de San Pedro Garza García Nuevo León, relativo al expediente catastral 05-022-025, al corriente del pago de las contribuciones por concepto de impuesto predial del año 2013; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción V-quinta y 254 fracción VII-séptima de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción I-primera y 217 fracción I-primera y V-quinta, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

m).- El solicitante presenta informativo de valor catastral emitido por la Dirección de Catastro de la Secretará de Finanzas y Tesorería General del Estado, mediante el certificado número 9,148-nueve mil ciento cuarenta y ocho de fecha 11-once de diciembre del 2012-dos mil doce; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción VII-séptima de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

n).- El solicitante presenta copia del acuerdo y plano del proyecto urbanístico y de rasantes autorizado por el Ayuntamiento y notificado por la Secretaría de Control Urbano del municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, bajo el expediente administrativo número FL-22689/2012 y oficio número AMDG/JSECU/1587/2012 de fecha 30-treinta de Octubre del 2012-dos mil doce; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción II-segunda, III-tercera y VIII-octava de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

o).- Además, presentó las 6-seis copias del proyecto ejecutivo y 6-seis copias del plano de ventas, firmados por el C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XV de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y los artículos 216, fracción II-segunda y fracción VIII-octava, y 217, fracción II-segunda del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

p).- Los solicitantes presentan el Estudio Geológico y Estudio de Mecánica de Suelos y Pavimentos, ambos elaborados por la empresa Servicios Profesionales de Ingeniería y Administración de Obra en fecha Abril del 2012-dos mil doce y Julio del 2012-dos mil doce, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XI-décima primera de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VI-sexta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

q).- El C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos

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ochenta y uno, presenta programa y presupuesto de obra firmado, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción XIII-décima tercera y XV-décimo quinta, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 217, fracción IV-cuarta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

r).- El solicitante presenta reporte de la zona de campamento, tipo de maquinaria a utilizar, y número de trabajadores y horario de trabajo; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción XI- décima primera y XII-décima segunda del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

s).- El solicitante presenta Póliza de Fianza número de Folio 397657, de fecha 23-veintitrés de Mayo del 2013-dos mil trece emitida por FIANZAS DORAMA, S.A. por el monto de $906,806.88 (NOVECIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SEIS PESOS 88/100 M.N.) Para garantizar por Inmobiliaria Karka, S.A. de C.V., la terminación de las obras de urbanización señaladas en el artículo 199, en sus fracciones de la I-primera a la XIV-decima cuarta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, por realizarse de acuerdo al programa y presupuesto de obra dentro del Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno en la escritura 6,996-seis mil novecientos noventa y seis, ante la notaria publica No. 29-veintinueve, titular Licenciado José Martínez González, con ejercicio en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, en donde interviene Banco Actinver, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, como parte fiduciaria, para garantizar la construcción de las obras de urbanización referentes al fraccionamiento habitacional sujeto al régimen de propiedad en condominio horizontal denominado “Las Aldabas”; lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 254 fracción V-quinta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

t).- Se anexa identificación oficial del C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 216, fracción XIII-décimo tercera y 217, fracción VI, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

u).-El solicitante anexa oficio de fecha 12–doce de marzo del 2013-dos mil trece, emitido por el ingeniero Edmundo Guajardo Garza, Director General de Planeación y Coordinación Educativa del Gobierno del Estado de Nuevo León, mediante el cual informa que en esa dependencia no existe trámite para cumplir con la obligación marcada en el artículo 143 de la Ley de Desarrollo Urbano, vigente en el Estado de Nuevo León; El anterior documento lo presenta el C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno, en sustitución a la constancia expedida por el Estado que acredite el cumplimiento a las aportaciones a que se refiere el artículo 143 de la ley de Desarrollo Urbano del Estado, asimismo se presenta pretendiendo dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 254 fracción IX-novena de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, el cual es un requisito para la aprobación de la autorización de ventas de los lotes del fraccionamiento en condominio horizontal citado.

v).- El solicitante presenta copia del plano de señalamiento vial con visto bueno emitido por la Coordinación de Vialidad de la Secretaria de Desarrollo Sustentable Municipal, mediante oficio número SDS-CV-VBN-004 de fecha 20-veinte de marzo del 2013-dos mil trece; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción IV- cuarta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

w).- El solicitante presenta copia del plano de alumbrado público con visto bueno emitido por la Coordinación de Alumbrado de la Secretaria de Servicios Públicos Municipal,; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 252, fracción IX de la ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en correlación con el artículo 216, fracción IV- cuarta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

IV.- ZONIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DEL PREDIO: ZONIFICACIÓN ( USO DE SUELO Y DENSIDAD) :

Que de acuerdo al Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León 2024 Actualización 2010 y su Plano E-2 de Zonificación Secundaria, Usos y Destinos del Suelo Propuestos, el predio en cuestión se ubica en su totalidad en la zona con Uso de Suelo Habitacional Unifamiliar en Área Urbana de tipo H-7, el cual permite una densidad de vivienda con superficie mínima por lote de 200 metros cuadrados, y que en el diseño urbano del proyecto ejecutivo se presenta el cuadro de áreas en proindiviso en la forma siguiente:

Unidad Privativa Superficie (m2) Área Proindiviso (m2) Total (m2)

1 207.7865 64.402 (10.22 %) 272.1885 2 200.027 61.996 (9.84%) 262.023 3 200.027 61.996 (9.84%) 262.023 4 200.027 61.996 (9.84%) 262.023 5 210.540 65.255 (10.36%) 275.795 6 210.540 65.255 (10.36%) 275.795 7 200.027 61.996 (9.84%) 262.023 8 200.027 61.996 (9.84%) 262.023 9 200.027 61.996 (9.84%) 262.023 10 203.2865 63.007 (10%) 266.2935 TOTAL 2,032.315 629.895 (100%) 2,662.21

El proyecto presentado por Banco Actinver S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, Fideicomiso No. 481-cuatrocientos ochenta y uno, indican como unidad privativa mínima

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una superficie de 200 metros cuadrados, cumple el proyecto con la densidad descrita en el párrafo anterior.

El proyecto cumple de conformidad con el artículo 9, inciso a), 39, densidad tipo VII, tipo H7 del Reglamento de Zonificación y Usos del suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

Siendo los usos de suelos permitidos y condicionados de acuerdo a la solicitud, el uso habitacional unifamiliar como se indica en la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo por Zonas Secundarias, Zona Primaria- Área Urbana, Zona Secundaria, zona Habitacional Unifamiliar H-7, del Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León 2024, actualización 2010 vigente.

CARACTERISTICAS FISICAS DEL PREDIO

El predio se encuentra en la zona urbana del centro de San Pedro Garza García, y se localiza utilizándose como un vivero, polígono de forma regular con frente por la calle Mariano Matamoros, se localizaron tomas domiciliarias de servicios públicos para el predio así como la instalación de redes y colectores de los servicios públicos, la pendiente del terreno natural según plano topográfico y de pendientes anexo al expediente, predomina en el mismo las pendientes menores al 30%. Escurrimientos pluviales: De acuerdo a las características fisiográficas y revisión de la capacidad hidráulica de las calles indicadas en el estudio Hidrológico del predio anexo al expediente, no fueron detectados escurrimientos pluviales que tengan incidencia sobre el terreno citado, no teniendo problema alguno de riesgo hidrológico según lo indica dicho estudio.

V.- DOCUMENTOS DE TRÁMITE PARA SU APROBACION:

El solicitante cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 252 y 254, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, excepto con la fracción IX-novena del articulo 254; y artículo 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, según se expuso anteriormente.

VI.- LINEAMIENTOS GENERALES DE URBANIZACIÓN

Se deberán realizar las obras mínimas de urbanización a que se refiere el artículo 199 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, además, el solicitante deberá cumplir con las disposiciones y obligaciones señaladas en el artículo 205, en las fracciones que le resulten aplicables, según se expone más adelante, de la Ley citada y cumplir con lo dispuesto en los artículos 115, 118, 119, 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León; en la forma y términos que se señalan a continuación: 1-LA DISTRIBUCIÓN DE LAS CALLES, CON SUS DIMENSIONES, VIALIDAD, Artículo 271, fracción V, Inciso a) de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León:

Conforme lo dispuesto en el artículo 271, fracción V-quinta inciso a), el proyecto del fraccionamiento considera la propuesta de una calle privada de tipo común con una superficie de 629.895 metros

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cuadrados, con una sección vial de 10.00 metros de paramento a paramento, incluyendo arroyo vial de 8.00 metros de sección, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, además de una franja de terreno (afectación vial) con superficie de 42.43 metros cuadrados, por las calles Mariano Matamoros y por la calle Hermenegildo Galeana, deberá respetarse la afectación vial, tal como se ilustra en el plano del proyecto ejecutivo anexo al expediente.

Los arroyos de las calles se deberán de pavimentar de acuerdo a las especificaciones que establezca la Ley para la Construcción y Rehabilitación de Pavimentos, y el diseño de pavimentos soportado con el estudio de mecánica de suelos, debiendo cumplir el solicitante además, con lo establecido en el artículo 199, fracción VIII y 205 fracción VII de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 106 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

Cumplir en su momento, con las aportaciones correspondientes por la derrama de obras viales que se requieran a futuro y de habilitación de calles aledañas de la zona en la que se ubica el predio. Con base en lo anterior, se informa a Banco Actinver S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, Fideicomiso No. 481-cuatrocientos ochenta y uno, respecto al predio identificado con expediente catastral número 05-022-025, que el Municipio de San Pedro Garza García Nuevo León, no estará sujeto a obligación alguna y se deslinda de toda responsabilidad en lo que respecta al mantenimiento que requieran las áreas comunes, que en el presente caso incluyen las áreas de circulación vial, entre otras, del desarrollo, por lo que el mantenimiento correspondiente será responsabilidad de los copropietarios del Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal citado, a través del Reglamento de Condominio que deberá incluir en la Constitución del Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal. Asimismo, los condóminos quedan obligados a participar en su momento de la derrama económica que resulte de las obras viales que se requieran en la zona colindante al fraccionamiento.

Además, deberá cumplir con las recomendaciones que establece el estudio de impacto vial elaborado por la empresa Biotersa con fecha Julio del 2012-dos mil doce, y debe cumplir con el plano de rasantes autorizado y con lo dispuesto por los artículos 107 y 108 del Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

2.- LA DIMENSIÓN Y LA SUPERFICIE DE LOS LOTES, Artículo 271, fracción V, inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

El proyecto ejecutivo presentado para su autorización comprende 10-diez unidades privativas para desarrollar un fraccionamiento Habitacional Unifamiliar sujeto al Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal, el área en condominio total es de 2,662.21 metros cuadrados con superficie promedio por lote o unidad privativa de 203.23 metros cuadrados, lote mínimo de 200.00 metros cuadrados y lote máximo de 210.54 metros cuadrados, según el acuerdo referido en el número III-tercero inciso m), del presente dictamen, el predio se ubica en su totalidad en la zona con Uso de Suelo Habitacional Unifamiliar en Área Urbana de tipo H-7, el cual permite una densidad de vivienda con superficie mínima por lote de 200 metros cuadrados, el proyecto ejecutivo cumple con la densidad antes descrita.

El proyecto ejecutivo propuesto está compuesto de 10-diez unidades de vivienda a desarrollarse en forma horizontal con las medidas y áreas que se indican en el plano correspondiente, que se presenta para su autorización.

El frente de los lotes o unidades en condominio que señala el proyecto presentado por el solicitante cumple con lo establecido en el artículo 204 fracciones I-primera, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

En el lote privativo o unidad en condominio no se podrá construir más de una vivienda, de acuerdo a las disposiciones para fraccionamientos señaladas en el artículo 204 fracción IV-cuarta de la Ley citada, y el artículo 45 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

Los propietarios de los lotes que componen el proyecto ejecutivo propuesto deberán, con las edificaciones que sobre de éstos se efectúen, respetar los lineamientos de construcción relativos al Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS), Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS), el porcentaje del área libre destinada a jardín, remetimientos: frontal, laterales y posterior, alturas de las edificaciones y bardas y cajones de estacionamiento y demás que al efecto establezcan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes al momento de solicitar la licencia de construcción, para las edificaciones y cualquier otra obra a realizarse en los lotes. Dichas disposiciones deberán transcribirse en las respectivas escrituras públicas mediante las que se formalice el traslado de dominio o posesión de los lotes o unidades en condominio del desarrollo citado.

De acuerdo a lo establecido en los artículos 4-cuarto, 7-séptimo fracción II-segunda, 14-catorce y 17-diecisiete, fracción I-primera de la Ley del Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Nuevo León, cada uno de los condóminos tendrá un derecho de propiedad exclusiva sobre el suelo de su propiedad individual y sobre lo en el edificado y un derecho proporcional y de copropiedad en los bienes de uso común, así mismo los jardines, senderos, andadores, calles y otros espacios que se establezcan con esta naturaleza, en los términos de la Escritura Constitutiva o el Reglamento de Condominio y Administración y de la Ley del Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Nuevo León. Siendo obligación de los condóminos a través de la administración del condominio las obras necesarias para mantener el condominio en buen estado de seguridad, estabilidad y conservación y, para que los servicios funcionen normal y eficazmente, se efectuarán por el administrador, conforme al Reglamento de Condominio y Administración previa licencia de las Autoridades competentes.

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legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno, en su carácter de Fiduciario, así como de las personas morales denominadas Hegarlo, S. A. de C. V., en su carácter de Fideicomitente “A”, e Inmobiliaria Karka, S. A. de C. V., en su carácter de Fideicomitente “B”, que el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, no estará sujeto a obligación alguna y se deslinda de toda responsabilidad en lo que respecta al mantenimiento que requieran las áreas comunes del fraccionamiento para su sana conservación. Será responsabilidad de los copropietarios del Régimen de Propiedad en Condominio citado, a través del Reglamento de Condominio que deberá incluir en la Constitución del Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal. Asimismo, los condóminos quedan obligados a participar en su momento de la derrama económica que resulte de las obras viales que se requieran en la zona colindante al fraccionamiento.

3.- ÁREAS DE CESIÓN MUNICIPAL, Artículo 271, fracción V, inciso c) de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

Con base al oficio número AMDG/JSECU/530/2012 de fecha 18-dieciocho de Mayo del año 2012-dos mil doce, bajo el expediente administrativo número SFR-21263/2011, el lote forma parte del Casco Urbano de San Pedro Garza García, Nuevo León, desde que se desarrolló éste, según plano delimitado por éste municipio, con fecha 28-veintiocho de julio del año 1888-mil ochocientos ochenta y ocho, razón por lo que en el presente trámite no se entra al estudio de la disposición contenida en los artículos 201, fracción V y 217, fracción II-segunda de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

El Proyecto ejecutivo presentado cumple con las obligaciones que se establecen en las fracciones I, y II, del artículo 204 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; así mismo cumple con lo dispuesto por el artículo 217, fracciones I y IV, de la citada Ley, que son las que resultan aplicables al presente caso, quedando a cargo del desarrollador el cumplir con lo establecido en las fracciones III, IV y VII, del artículo 204, y con lo dispuesto en las fracciones V,VI, VII y VIII, del artículo 217, ambos de la Ley antes referida.

4.- ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, Artículo 271, fracción V, Inciso d): de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 192, fracción IV-cuarta, 205 fracción III-tercera, y 217, fracción IV-cuarta, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, son normas básicas para los fraccionamientos habitacionales entre otras, que deberán cumplir con la presentación de la solicitud de la autorización del proyecto ejecutivo, por consecuencia, le son aplicables las obligaciones establecidas en el artículo 199 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, por lo que los solicitantes de la autorización del Proyecto Ejecutivo para el fraccionamiento habitacional unifamiliar sujeto al Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal que se pretende realizar en el inmueble con expediente catastral 05-022-025, quedan obligados a realizar las redes e instalaciones y obras necesarias para el abastecimiento de agua potable, drenaje sanitario, red eléctrica, red de gas y demás necesarias conforme las normas y especificaciones que dicten las dependencias correspondientes y demás obras de infraestructura troncal de servicios básicos que se requieran para su incorporación al área urbana, y demás obras de urbanización de tipo Institucional, así como las de carácter Municipal que se mencionan a continuación, conforme al programa de obra anexo al expediente, las cuales deberán ejecutarse en un término que no podrá exceder de 2-dos años a partir de la fecha de autorización del proyecto ejecutivo, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 199, fracción XIV, y 205, fracción III, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de nuevo León; obras que deberán realizarse conforme a las siguientes especificaciones técnicas:

INFRAESTRUCTURA INSTITUCIONAL Agua Potable y Drenaje Sanitario:

El predio cuenta con factibilidad para el servicio de agua potable y drenaje sanitario otorgada en fecha 23-veintires de Abril del año 2012-dos mil doce por Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. mediante oficio número 318-R-10-3-B/2012, además, presenta el convenio de aportación para obras de infraestructura de fecha 9-nueve de enero del 2013-dos mil trece, incluyendo copia de recibo número 73605 de aportación de obra por la cantidad de $ 132,774.83 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL PESOS SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO 83/100 M.N.), y planos autorizados de los proyectos de la Red de Agua Potable y la Red de Drenaje Sanitario de fecha 9-nueve de enero del 2013-dos mil trece, con número de proyecto I-RS-12232/11, debiendo para cada una de las conexiones presentar permiso de rotura de pavimentos de la dependencia municipal que corresponda; en cumplimiento a lo que indica el artículo 248, fracción V-quinta de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León; en correlación con lo dispuesto en el artículo 216, fracción VII-séptima, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

Se informa al C. Samuel Weissberger Stern, en su carácter de apoderado legal de Banco Actinver, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, Fideicomiso número 481-cuatrocientos ochenta y uno, en su carácter de Fiduciaria, así como de las personas morales denominadas Hegarlo, S. A. de C. V., en su carácter de Fideicomitente “A”, e Inmobiliaria Karka, S. A. de C. V., en su carácter de Fideicomitente “B”,que deberán de cumplir con lo indicado en los artículos 199, fracciones I, II, y XIV, y 205, fracción III, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y deberán de cumplir con lo establecido en el oficio, antes citado, así mismo deberá de cumplir con el proyecto que le fue autorizado por servicios de Agua y Drenaje de Monterrey. I.P.D., siendo a cargo de esta dependencia o institución la supervisión de las obras y su recepción. Red Eléctrica:

El predio con superficie de 2,704.64 metros cuadrados cuenta con la Factibilidad para el suministro del servicio de Energía Eléctrica para un predio, emitido por la Comisión Federal de Electricidad

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