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Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

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Academic year: 2021

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BASES DEL CONCURSO

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL- DECRETO Nº 2098/2008 Y MODIFICATORIOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Convocatoria Extraordinaria y General por aplicación del artículo 31 y 44 del Sistema Nacional de Empleo Público

Pueden participar los trabajadores designados de conformidad con las disposiciones Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto 2098/08, quienes oportunamente fueron designados bajo el régimen de estabilidad para prestar servicios en cargos de Planta Permanente en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa establecido por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995) y modificatorios, y quienes estuviesen designados en las respectivas Plantas Transitorias. Asimismo, el personal que se encontrara bajo el régimen de contrataciones de conformidad con el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 cuyas retribuciones fueran equiparadas con las del Escalafón establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) con los alcances y salvedades de su modalidad de empleo.

1- IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:

Denominación del puesto: ASESOR FINANCIERO ESPECIALIZADO Número de identificación del Registro Central de Ofertas de Empleo Público:

2015-010089-MINREL-P-SI-X-B 2015-010090-MINREL-P-SI-X-B

Cantidad de cargos a cubrir: DOS (2) Tipo de cargo: Simple

Agrupamiento: Profesional Nivel: B

Tramo: General

Remuneración Bruta Mensual Total: $ 12.489,87-, más el 35% de la asignación básica del nivel, en concepto del Suplemento por Agrupamiento Profesional.

Jornada Laboral: CUARENTA (40) hs. semanales

Asiento Habitual (Lugar de trabajo): Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2- DEPENDENCIA JERÁRQUICA:

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Unidad Ministro

3- OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO DE TRABAJO:

Contribuir a la planificación financiera y administración del fondo rotatorio interior destinado a atender las actividades de las máximas autoridades de la Jurisdicción.

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4- PRINCIPALES ACTIVIDADES O TAREAS:

• Controlar el procesamiento electrónico de datos relativos a los registros contables del fondo rotatorio interior.

• Administrar los movimientos de fondos según la gestión financiera planificada.

• Realizar la tramitación de las actuaciones administrativas a los efectos de los gastos originados en ocasión de los viajes oficiales de las máximas autoridades de la Jurisdicción.

• Elaborar propuestas de gestión, a fin de atender gastos eventuales y de representación con motivo de las misiones oficiales de las máximas autoridades de la Jurisdicción.

• Redactar informes periódicos para el seguimiento de la disponibilidad de recursos y su eficiente aplicación.

5- TIPO DE RESPONSABILIDAD:

Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de objetivos y resultados establecidos en términos de cantidad, calidad y oportunidad para la unidad organizativa o grupo o equipo de trabajo a cargo o para los planes, programas o proyectos de los que participe, con sujeción a políticas específicas y marcos normativos, profesionales o técnicos del campo de actuación, con relativa autonomía para la toma de decisiones dentro de la competencia asignada.

6- REQUISITOS MÍNIMOS EXCLUYENTES: • Edad de ingreso: DIECIOCHO (18) AÑOS.

• Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164. • Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros

podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4° del Anexo de la Ley N° 25.164).

• Título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años, correspondientes a carreras vinculadas con las ciencias económicas: Contador Público Nacional, Administración, Economía, Administración Pública.

• Experiencia laboral en la especialidad atinente a dicha función o puesto acreditada por un término no inferior a los TRES (3) años después de la titulación.

• Especialización en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios o cursos en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional y/o mediante publicaciones o investigaciones avaladas por ese tipo de entidades.

• Idiomas: lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero aplicable a la función o puesto.

• Utilitarios informáticos: herramientas informáticas de nivel intermedio para el procesamiento de textos, planilla de cálculo, correo electrónico y navegación por INTERNET.

7- REQUISITOS DESEABLES:

En materia de antecedentes académicos:

• Acreditar actividades de capacitación y/o entrenamiento relacionadas con la temática pertinente. • Acreditar asistencia a Simposios y Jornadas en temática pertinente.

• Acreditar manejo del Sistema Local Unificado (SLU)

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• Acreditar experiencia laboral adicional a la exigible

8- COMPETENCIAS TÉCNICAS:

El postulante deberá demostrar conocimientos y su aplicación a situaciones típicas del ejercicio del puesto de trabajo en cuestión, en las siguientes materias específicas:

Nivel avanzado:

• Ley de Administración Financiera Nº 24.156 y normas reglamentarias y complementarias. • Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1.759/72. • Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y

documentación administrativa (Decreto N° 333/85).

• Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y su reglamento aprobado por Decreto Nº 1973/1986.

• Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672.

• Ley de Presupuestario para la Administración Nacional para el presente ejercicio.

• Decreto N° 1343/74 y sus modificatorios: Régimen de compensaciones por "viáticos", "reintegro de gastos", "movilidad", "indemnización por traslado", "indemnización por fallecimiento", "servicios extraordinarios", "gastos de comida" y "órdenes de pasaje y carga".

• Decreto N° 280/1995 y sus modificatorios- Régimen al que se ajustarán los viajes al exterior.

Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto:

• Ley de Ministerios Nº 22.520, texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificaciones. • Decreto Nº 357/2002 y modificatorios: Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012,

2250/2013; Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012, en especial responsabilidades y acciones de la unidad organizativa en la que se integra el puesto de trabajo.

Estructura de la Administración Pública Nacional:

• Ministerios, cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ver Mapa del Estado: http://www.sgp.gob.ar/dno/sitio/index.htm).

• Constitución Nacional.

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164 y Decreto Reglamentario Nº 1421/02. • Ley N° 25.188 y Decreto N° 862/01 y modificatorios (Ética en el ejercicio de la Función

Pública)

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. Decreto Nº 214/2006.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público. Decreto Nº 2098/2008, en especial del régimen de promoción y carrera.

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

9-COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Proactividad: Busca nuevas oportunidades para lograr mejores resultados y propone planes para llevarlos a cabo.

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• Compromiso con la organización: Utiliza una sólida comprensión del entorno para convertir oportunidades estratégicas en planes específicos para el crecimiento.

• Trabajo en equipo y cooperación: Construye grupos que integren diversidad y complementariedad de enfoques y fortalezas.

• Orientación al ciudadano y usuarios internos: Establece una relación a largo plazo con el usuario que permite anticipar y resolver sus necesidades.

• Flexibilidad: adapta rápidamente los proyectos, objetivos y estrategias a las nuevas situaciones y tiempos requeridos.

10- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN: 1. Titular: D. Jorge Paulo Ramón BOTTA (D.N.I. Nº 24.188.373) 2. Titular: D. Jorge Eduardo MALENA (D.N.I. Nº 11.483.361) 3.1 Titular: Da. María Cristina DELLEPIANE (D.N.I. Nº 13.430.640) 3.2 Alterno: D. Daniel Alfredo PLAZA (D.N.I. Nº 21.505.652) 4.1 Titular: Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

4.2 Alterno: D. Juan Laureano Fabián LANDABURU (D.N.I. N° 14.027.218) 5.1 Titular: D. Guillermo Eduardo MEDICI (D.N.I. N° 13.139.755)

5.2 Alterno: D. Pablo FAVARA (D.N.I. N° 23.124.713) 6.1 Titular: Da. Romina Paola FINUCCI (D.N.I. N° 29.115.343) 6.2 Alterno: Da. Yanina PROMENZIO (D.N.I. N° 25.434.798)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar)

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA: Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

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6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia. 7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado

recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado. 8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACIÓN:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

11- PROCESO DE SELECCIÓN:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales TREINTA Y CINCO (35) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) puntos, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) puntos para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte. El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) puntos. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos de un total de CIEN (100) puntos surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quién elevará al

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Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

12- FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN FINAL Y ORDEN DE MÉRITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores: • Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 25%. • Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 15%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) puntos.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto N° 1.759/72 (t.o. 1991).

13- INFORMES E INSCRIPCIÓN:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en Esmeralda 1212, planta baja- y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar)

14- PREINSCRIPCIÓN ELECTRÓNICA:

Los postulantes interesados en participar de la presente convocatoria deberán preinscribirse obligatoriamente de forma electrónica mediante el sistema CONCURSAR. El mencionado sistema de preinscripción electrónica estará disponible en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar)

El postulante deberá registrarse indicando un nombre de usuario y contraseña, los que le serán requeridos cada vez que desee ingresar al sistema.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema CONCURSAR le mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLICK en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información. Una vez completados TODOS los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule. -Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

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- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”. - Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

15- PRESENTACIÓN DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en el artículo 4° y de no estar incurso en los impedimentos del artículo 5°, ambos del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto N° 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción documental deberá ser efectuada personalmente. En caso de imposibilidad de concurrir al lugar, la inscripción podrá realizarla otra persona mediante poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

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• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo, el postulante deberá volver a firmar personalmente los formularios de inscripción antes de su presentación a la Evaluación Técnica escrita, en caso de acceder a la mencionada etapa.

• El inscripto deberá informar obligatoriamente una dirección de correo electrónico, la que será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección. De no contar con una, deberá generarla al momento de la inscripción.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

• Los postulantes que no integren el orden de mérito definitivo podrán requerir la documentación presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos de la publicación del mismo. Teniendo en cuenta que la documentación aportada no reviste carácter de original, si no fuese requerida en el plazo indicado, se procederá sin más trámite a su destrucción. 16- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 4 de mayo de 2015 a las 12:00 hs. hasta el 12 de junio de 2015 a las 16:00hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 26 de mayo de 2015 al 12 de junio de 2015, en el horario de 11:00 a 16:00hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 23 de junio y 24 de julio de 2015.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 27 de julio y 14 de agosto de 2015.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección entre los días 18 de agosto y 4 de septiembre de 2015.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada entre los días 7 y 17 de septiembre de 2015.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 18 de septiembre de 2015.

Preinscipción electrónica: Desde el 4 de mayo al 12 de junio estará disponible el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 26 de mayo al 12 de junio de 2015 en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP 1007.

Si se reside a más de CINCUENTA KILÓMETROS (50 km) del lugar de inscripción, o se trate de personas que acrediten certificado de discapacidad, podrá hacerse por correo postal, siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío o copia del certificado de discapacidad, respectivamente, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

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En los supuestos de inscripciones por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente antes de su presentación a la primera prueba que se resuelva en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Resolución SGP Nº 39/2010.

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