ACUERDO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE DISTRITO
SANITARIO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SEVILLA Y LA UNIÓN ROMANÍ
En Sevilla, a 10 de julio de 2009 De una parte D. José Manuel Galiana Auchel, Director Gerente del Distrito Sanitario de Atención Primaria de Sevilla, actuando en nombre y representación de este Distrito de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, con domicilio a estos efectos en Avda. de Jerez s/n, Antiguo Hospital Militar “Vigil de Quiñones”.
Y de otra D. Juan de Dios Ramírez Heredia con NIF 27807589-M, como Presidente de la Unión Romaní, con domicilio en la calle Peracamps nº 2, CP: 08001, Barcelona, inscrita en el registro de Asociaciones con CIF G-78339587. Las partes se reconocen capacidad suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto,
EXPONEN
1.- La Ley 1/1998, de 20 de abril, del Menor de la Comunidad Autónoma, establece en el apartado segundo de la disposición adicional octava que la Administración de la Junta de Andalucía, en colaboración con la Administración del Estado, procurará la adecuada atención e integración social de los menores extranjeros que se encuentran en situación de riesgo o desamparo, durante el tiempo que éstos permanezcan en nuestra Comunidad Autónoma, y el artículo 10.5 establece que los menores de las poblaciones de riesgo socio-sanitario recibirán una atención preferente acorde con sus necesidades.
carácter individual de la libre elección de médico y su gestión por la Base de Datos de Usuarios, establece que los residentes en Andalucía se identificarán ante el Sistema Sanitario Público individualmente, mediante la Tarjeta Sanitaria de Andalucía o, en su caso el documento de reconocimiento temporal de derecho a la asistencia sanitaria establecida en la Orden de la Consejería de Salud de 9 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento de libre elección y se establecen las normas de asignación de médico general y pediatra
4.-El Distrito de Atención Primaria de Sevilla, constituye la estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración en el ámbito de la atención primaria de su área poblacional, con funciones de organización de las actividades de asistencia sanitaria, promoción de la salud, prevención de la enfermedad, cuidados para la recuperación de la salud, gestión de los riesgos ambientales y alimentarios para la salud, así como la formación, la docencia e investigación.
5.- La Unión Romaní es una entidad sin ánimo de lucro cuya finalidad es, entre otras: la promoción integral en sus niveles social, cultural y humano del pueblo gitano hasta conseguir la igualdad real de derechos y deberes, fomentando, a su vez, el mantenimiento de los usos y costumbres, y su renovación en caso de necesidad, propios de esta comunidad.
6.- Que el Distrito Sanitario tiene entre sus objetivos la mejora de la información, satisfacción y participación y que teniendo como referencia el III Plan Andaluz de Salud, en el que una de las líneas prioritarias de actuación es contribuir a la reducción de las desigualdades en el ámbito de la salud con especial atención a los grupos en situación de exclusión, y en concreto con la Unión Romaní que acompaña al grupo poblacional rumano asentado en zonas geográficas con alto índice de pobreza y marginalidad
En virtud de lo expuesto ambas partes están interesadas en suscribir el presente acuerdo específico de colaboración, en base a los siguientes acuerdos:
ACUERDAN
PRIMERO. Priorizar una coordinación eficaz con la Unión Romaní y, para ello se proponen, una colaboración mutua para desarrollar estrategias prioritarias en la atención socio-sanitaria de las personas excluidas, asentada en zonas geográficas con alto índice de pobreza y marginalidad
SEGUNDO. Formalizar las actividades que, tanto técnicos como voluntarios de Unión Romaní realizan en los distintos centros de salud con la población rumana.
TERCERO.
1.- El Distrito Sanitario se compromete a:
1.1 Establecer canales de comunicación eficaces, que faciliten un
intercambio de información y una puesta en común que garantice la continuidad de las intervenciones socio-sanitarias. En este sentido, se utilizaran circuitos bidireccionales, (teléfono, correo electrónico, y reuniones de trabajo periódicas). Los trabajadores sociales de las Unidades Clínicas serán los responsables de dicha coordinación.
1.2 Proporcionar la información necesaria sobre la accesibilidad al sistema
sanitario, en especial a aquellas que se encuentran en situación no normalizada.
1.3 Abordar los problemas de salud, facilitando el acceso a los servicios,
con el fin de mejorar la calidad de vida y la atención socio sanitaria de esta población.
1.4 Elaboración de contenidos formativos para la realización de talleres
conjuntamente entre profesionales de salud y Unión Romaní, dirigidos a los agentes de salud.
1.5 Oferta continuada en diferentes programas de salud, especialmente en
2.- La Unión Romaní se compromete a:
2.1 Informar a esta comunidad, buscando la implicación para cumplir en lo posible los acuerdos en materia de salud de estos ciudadanos/as.
2.2 Regulación de la tarjeta sanitaria, así como los cambios de médico, dada la inestabilidad e itinerancia de mucho de los rumanos que acuden a Unión Romaní.
2.3 Captación activa de aquellos menores que no traen consigo la cartilla de vacunación de su país de origen, y por consiguiente, es necesario iniciar proceso de vacunación al desconocerse el estado vacunal.
2.4 Trabajar en coordinación con los servicios sanitarios para detectar enfermedades infecciosas: por ejemplo, la tuberculosis, que suelen encontrarse casos dadas las condiciones de vida de este grupo poblacional.
2.5 Realizar labores de mediación y traducción en los centros de salud, bien con
acompañamiento de los usuarios a las citas médicas o por requerimiento del personal sanitario para favorecer el entendimiento.
2.6 Formar e informar a la población afectada, sobre los derechos y deberes de los ciudadanos con el sistema sanitario público de Andalucía.
2.7 Informar del funcionamiento del sistema sanitario con el objetivo fundamental, de hacer un buen uso del servicio: pedir cita previa, derivación a especialistas, urgencias,... 2.8 Realizar formación continuada para profesionales sobre características, culturales de la
comunidad gitana.
2.9 Captación activa de mujeres en edad fértil para el programa de planificación familiar. 2.10 Colaborar en la educación, promoción de la salud y prevención con este grupo de
CUARTO.
Las partes firmantes de este acuerdo se comprometen a llevar a cabo las siguientes actuaciones de seguimiento y evaluación:
Actuaciones de seguimiento:
• Reuniones de trabajo de carácter trimestral entre la Unión Romaní, el
Distrito Sanitario y los Centros de Salud implicados.
• Revisión semestral de los canales de comunicación para el intercambio
de información.
• Recopilación de las gestiones y actuaciones realizadas hacia el
colectivo.
• Impacto de las sesiones de formación tanto para los agentes de salud
como para los profesionales implicados. Evaluación:
• Valoración sobre la captación activa de menores para el programa de
vacunas, evaluando el número de los mismos que se presentan a los centros sin cartilla de vacunación y son captados para el seguimiento.
• Evaluación de las mujeres en edad fértil que asisten al Programa de
Planificación Familiar.
• Números de talleres de formación realizados conjuntamente según los
previstos. QUINTO.
Esta colaboración no comportará presupuesto económico adicional alguno a cargo del Distrito Sanitario.
SEXTO.
Son causas de disolución del presente Convenio el mutuo acuerdo y el incumplimiento de las obligaciones asumidas por cualquiera de las partes. SÉPTIMO.
OCTAVO.
Las partes podrán desarrollar los acuerdos de este Convenio, incorporando al mismo, como anexos, aspectos concretos no previstos en el mismo.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman por duplicado ejemplar el presente Convenio en todas sus hojas, y en el lugar y fecha consignados al comienzo del presente documento.