;
PRO
M
e
X
I
C
O
A
Tecnológico
~
de Monterrey
Inversi
ón y
Comercio
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL FIDEICOMISO PÚBLICO CONSIDERADO ENTIDAD PARAESTATAL DENOMINADO PROMÉXICO, EN LO SUCESIVO "PROMÉXICO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ELENA ACHAR SAMRA, EN SU CARÁCTER DE JEFA DE LA UNIDAD DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY, QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "TECNOLÓGICO DE MONTERREY", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA MTRA. MARTHA LUCÍA VELÁZQUEZ DÍAZ, EN SU CARÁCTER DE APODERADA LEGAL; AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
l. 1.1 1.2 1.3 1.4 DECLARACIONES "PROMÉXICO", declara:
Que es un Fideicomiso Público considerado entidad paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Economía, constituido mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio de 2007.
Que tiene entre sus objetivos promover y apoyar la actividad exportadora y la internacionalización de las empresas mexicanas, difundir y brindar asesoría, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, respecto de negociaciones en materia comercial, promoviendo la colocación de sus productos y servicios en el mercado internacional, de manera directa o indirecta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, fracciones 11 y 111 del Estatuto Orgánico de ProMéxico."
Que la Mtra. Elena Achar Samra en su carácter de Jefa de la Unidad de Promoción de Exportaciones de "PROMEXICO" cuenta con las facultades y atribuciones suficientes con fundamento en el artículo 11 fracción 111 del estatuto orgánico de la entidad, para suscribir el presente Convenio.
Que señala como su domicilio para todos los efectos del presente Convenio, ubicado en: Camino a Santa Teresa# 1679, Col. Jardines del Pedregal, Del. Álvaro Obregón, C.P. 01900, México, Distrito Federal.
11.
~
11.1
\:
El "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" declara:
Que en cuanto a sistema educativo particular, es una escuela libre universitaria con reconocimiento de validez oficial de estudios, según se hace constar en la Es'critura Pública número 22,243 de fecha 20 de diciembre de 1988, pasada ante la fe del>tl<l~:7·D~c
Inversión
y
Comercio
~
Tecnológico
~
de Monterrey
Fernando Arechavaleta Palafox, titular de la Notaría Pública No. 27, con ejercicio en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, México, e inscrita en el Registro Público de Comercio bajo el número 286, Vol. 27, Libro 6, Sección 111 Asociación Civil de fecha 23 de diciembre de 1988.
11.2 Que el sistema que constituye el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY", está actualmente estructurado en tres Rectorías de Zona y Vicerrectorías, a las que están adscritos diversos Campus. Que el Campus Chiapas pertenece a la Rectoría Zona Centro- Sur y que la Coordinación de Vinculación forma parte de dicho Campus, siendo dicha coordinación la interesada en celebrar el presente contrato, por lo que será responsable del desarrollo del mismo.
11.3 Que su representante la Mtra. Martha Lucía Velázquez Díaz, está debidamente facultada para celebrar en su nombre y representación el presente Convenio, como consta en la Escritura Pública No. 11,127 de fecha 14 de enero de 2015, otorgada ante la fe del Lic. Patricio Enrique Chapa González, titular de la Notaría Pública No. 46 de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Primer Distrito Registra! de dicha ciudad bajo el No. 114, Vol. 54, Libro 3, Sección 111 Asociaciones Civiles, con fecha 22 de enero de 2015, y que a la fecha no le han sido revocadas o modificadas dichas facultades.
11.4 Que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la clave ITE-
430714-KIO.
11.5 Que tiene su domicilio fiscal en Av. Eugenio Garza Sada Sur No. 2501, colonia Tecnológico en Monterrey, Nuevo León, C.P. 64849.
111. "LAS PARTES" declaran:
ÚNICO: Que reconocen mutuamente la personalidad y facultades con las que se ostentan para la celebración del presente instrumento jurídico, obligándose recíprocamente en sus términos.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" acuerdan las siguientes:
CLÁUSULAS
~
{ ;
~
~E
RA.-
OBJETO~
~
~o"'
El / bjeto del presente Convenio de Colaboración es estab!ecer las bases quep~rmitan
(V
sumar esfuerzos y promover un acercamiento entre "PROMEXICO" y el "TECNOLOGICOv\
~
PRO
M
e
X
I
C
O
Inversión
y
Come
rcio
~
Tecnológico
~
de Monterrey
DE MONTERREY", para apoyar a la comunidad estudiantil así como al sector empresarial, a
través de acciones de interés común que permitan reforzar el vínculo entre gobierno, academia e industria.
SEGUNDA.- TRABAJO EN CONJUNTO
Para cualquier actividad que "LAS PARTES" acuerden realizar para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, podrán acordar Convenios Específicos de interés común y
formalizarlos en anexos enmarcados dentro del presente Convenio de Colaboración que
incluyan su propio objetivo, justificación, descripción de las tareas a realizar, calendario y costo, entre otros. Estas actividades se llevarán a cabo y estarán sujetas a la disponibilidad de recursos de cada una de "LAS PARTES", de acuerdo a su propia normativa y disposiciones vigentes.
En caso de que "PROMÉXICO" lo requiera, el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY"
apoyará en la identificación de consultores entre su comunidad de alumnos egresados para realizar proyectos específicos de comercio exterior, internacionalización de empresas y promoción de inversión; así como para el apoyo en la elaboración de estudios situacionales sectoriales
y
análisis de vocaciones para desarrollos regionales.A solicitud del "TECNOLÓGICO DE MONTERREY", "PROMÉXICO", de acuerdo a sus
posibilidades, se compromete a ofrecer conferencias en temas de promoción de
exportaciones, internacionalización de empresas mexicanas y de atracción de la inversión,
con el propósito de motivar a los estudiantes y demás miembros de la comunidad
universitaria a que se capaciten y refuercen el conocimiento en estas materias.
TERCERA.- SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES
"LAS PARTES" acuerdan llevar a cabo los arreglos necesarios para la realización de servicio social y/o prácticas profesionales que liguen las actividades académicas de los
alumnos del "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" con las actividades profesionales que se
desarrollan en "PROMÉXICO".
Con este propósito, "PROMÉXICO", de acuerdo a sus posibilidades y siempre que tenga disponibilidad de espacio, admitirá según los lineamientos y reglamentos de operación establecidas por la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos de "PROMÉXICO", a un
número determinado de estudiantes que deseen hacer su servicio social o prácticas
\J
profesionales.~ra
cualquiera de los casos, la carta de liberación que acredite el cumplimiento del servicio\
r
social o de las prácticas profesionales esta~á a cargo de manera exclusiva de la Direcció. n ....\ Ejecutiva de Recursos Humanos de "PROMEXICO".
~.
;
PRO
M
e
X
I
C
O
Inv
e
r
sión
y
Comerc
i
o
~
Tecnológico
~
de Monterrey
CUARTA.- PROGRAMA DE APOYO EMPRESARIAL POR PARTE DE ESTUDIANTES
El "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" podrá estructurar un programa que permita a los
estudiantes de carreras vinculadas al comercio exterior y a los negocios internacionales,
orientar, y/o realizar actividades de asistencia técnica a aquellas micro y pequeñas empresas que así lo soliciten a través de "PROMÉXICO" quien lo validará y propondrá al
"TECNOLÓGICO DE MONTERREY" para su ejecución de acuerdo a sus posibilidades,
disponibilidad de tiempo, recursos y requieran de estos apoyos orientados, entre otros, a colaborar en los siguientes propósitos:
• Actividades para desarrollar su oferta exportable;
• Actividades encaminadas a la exportación de sus productos;
• Desarrollo de nuevos productos para exportar;
• Diversificación de mercados;
• Información en temas de comercio exterior;
• Apoyo para identificar o actualizar empresas para programa de desarrollo de proveedores;
• Preparación y aprendizaje de los alumnos del "TECNOLÓGICO DE MONTERREY";
Por su parte, "PROMÉXICO", en la medida de sus posibilidades y disponibilidad de tiempo y recursos, podrá asesorar al "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" en el diseño de este
programa y recomendar algunas acciones para su ejecución. De acuerdo a los requerimientos, el programa podrá ser desarrollado de forma individual o en equipo según las características del mismo, contando con el visto bueno del "TECNOLÓGICO DE MONTERREY".
Para tal efecto, el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" revisará con él o los estudiantes que
participen en este programa, el tipo de validación que pueda otorgarles, de acuerdo con sus lineamientos propios y normativa interna, pudiendo ser prácticas profesionales, servicio social u otras que el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" acuerde.
QUINTA.- APOYO DE PROYECTOS E INFORMACIÓN DE PROMÉXICO
"LAS PARTES" convienen en colaborar de manera conjunta en beneficio de la comunidad
universitaria, en proyectos de aceleradoras o incubadoras de negocios del
"TECNOLÓGICO
~:J
DE MONTERREY". Asimismo "LAS PARTES" acuerdan, en la medida de sus posibilidades,
apoyar en la difusión de la información de "PROMÉXICO" en el "TECNOLÓGICO DE
(!
MJ,i)NTERREY", con el propósito fundamental de que dicha información sirva de apoyo a\!~
0~
s
tudiantes
de licenciatura, maestría, doctorados, a maestros de carreras afines al comercioexterior y a empresarios que se encuentren en proyectos de aceleradoras o incubadoras de
Inversión
y
Comercio
~
Tecnológico
W
de Monterrey
La información que se podrá proporcionar estará relacionada con la demanda de productos y servicios mexicanos en el extranjero, de los apoyos y servicios que otorga "PROMÉXICO" a las empresas exportadoras, de las opciones disponibles para que las empresas puedan internacionalizarse, del calendario de ferias y eventos internacionales, de directorios de contacto de los representantes nacionales e internacionales de "PROMÉXICO", de cursosde capacitación que se ofrezcan y de la realización de actividades conjuntas.
SEXTA.- PROGRAMA DE REPRESENTANTES DE NEGOCIOS INTERNACIONALES
El "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" podrá promover entre sus egresados el programa
de "Representantes en Negocios Internacionales" de acuerdo a la convocatoria y
lineamientos de "PROMÉXICO" para que los egresados del "TECNOLÓGICO DE
MONTERREY", puedan ser beneficiarios directos de este programa, siempre y cuando
cumplan con las bases y requisitos establecidos por "PROMÉXICO".
"PROMÉXICO" proporcionará la información necesaria para que se conozca y se difunda el
programa en el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY".
En el marco de este programa, el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" podrá ser invitado a participar en el 'Taller de Homologación en Negocios Internacionales" mediante el cual se prepara a los Representantes en Negocios Internacionales antes de su salida al extranjero. A fin de que el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" pueda participar en el programa,
deberá apegarse a las bases del concurso del taller, las cuales estarán disponibles de
acuerdo a las fechas que se establezcan para ello.
SÉPTIMA.- PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN NEGOCIOS INTERNACIONALES
"PROMÉXICO" invitará al "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" a participar en el programa
de "Capacitación en Negocios Internacionales", por lo que le dará a conocer las bases que se
establezcan en la convocatoria de dicho programa una vez que se publique.
El "TECNOLÓGICO DE MONTERREY", en caso de decidir participar en dicho programa,
deberá apegarse a las bases y requisitos que se establezcan y "PROMÉXICO" podrá en todo momento dar asesoría al respecto a través de sus oficinas centrales o las oficinas de
representación en México, OMEX, según el lugar en el que el "TECNOLÓGICO DE
j
MONTERREY" se encuentre.\r'f\\"\..J
El programa de "Capacitación en Negocioslnt
ernacion~les"
estará totalmenteapeg
~
o
a
\ \ \ \ términos de comercio exterior, por lo que el "TECNOLOGICO DE MONTERREY"
de
~w
~
)V
1·~
;
PRO
M
e
X
I
C
O
1
nversión
y
Comerc
i
o
~
Tecnológico
~
de Monterrey
ajustar sus propuestas a estos temas con el fin de resultar seleccionada. El método de apoyo será establecido a través de la convocatoria del programa.
OCTAVA.- DIFUSIÓN DE PROGRAMAS
El "TECNOLÓGICO DE MONTERREY", en la medida de sus posibilidades, hará difusión a
través de sus medios internos de comunicación de las actividades realizadas con
"PROMÉXICO".
Tratándose de eventos, cursos, talleres, seminarios, diplomados, maestrías y/o doctorados, que organice el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" de manera individual, "PROMÉXICO"
colaborará, en la medida de sus posibilidades, con la promoción y difusión de éstos a través de las herramientas de comunicación interna con las que cuenta.
Para los efectos anteriores, el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" se compromete a
entregar toda la información a "PROMÉXICO" por escrito y de forma digital en aquellos
casos que aplique con 60 días de antelación al inicio de eventos, ferias, cursos, talleres, seminarios, diplomados, maestrías y/o doctorados que se lleven a cabo.
NOVENA.- COORDINACIÓN Y REUNIONES DE EVALUACIÓN
Tanto "PROMÉXICO" como el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" nombrarán a un
representante responsable de supervisar las actividades y verificar el cumplimiento de los compromisos que se deriven del presente instrumento.
Por su parte "PROMÉXICO", designa para que funja como su representante al Coordinador / Regional Sureste, Lic. Fernando Torres Parraud, correo electrónico Fernando. [email protected], teléfono 5447 7000 ext. 8106.
Para tal efecto el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" designa como su representante al
Mtro. José Manuel Islas Pacheco, Coordinador de Vinculación, correo electrónico [email protected], teléfono 01 (961) 61 76000, ext. 6070.
"LAS PARTES", convienen para el seguimiento, supervisión y evaluación de
lo~:J
compromisos y de las acciones previstas en el presente Convenio de Colaboración, s podrán celebrar reuniones para evaluar los resultados y logros obtenidos. Cualquiera de
/ tC~§'\PARTES" podrá convocar a tales reuniones con 30 (treinta) días de anticipación.
:;
.,~(JP'\
i
rl'
"'
;
PRO
M
e
X
I
C
O
I
nversión y
Comercio
~
Tecnológico
~
de Monterrey
DÉCIMA.-COMUNICACIONES, AVISOS Y NOTIFICACIONES
Todas las comunicaciones, avisos y notificaciones en relación con el presente Convenio de
Colaboración deberán realizarse por escrito o vía correo electrónico con acuse de recibido,
entre los representantes designados por ambas partes en la cláusula anterior.
DÉCIMA PRIMERA.- VIGENCIA Y RENOVACIÓN
La vigencia del presente Convenio de Colaboración será por 2 (dos) años y entrará a vigor a partir de la fecha de la firma, al término de los cuales podrá acordarse su renovación por períodos iguales, mediante comunicación por escrito de "LAS PARTES" y la suscripción del documento correspondiente.
DÉCIMA SEGUNDA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA
Tanto "PROMÉXICO" como el "TECNOLÓGICO DE MONTERREY" podrán dar por
terminado anticipadamente el presente instrumento avisando por escrito a la contraparte con 30 (treinta) días naturales de anticipación, señalando las causas y motivos que den origen a
dicha medida.
"LAS PARTES", convienen que serán causas de terminación anticipada del presente
instrumento jurídico las siguientes:
a) El consentimiento mutuo de "LAS PARTES", el cual manifestarán por escrito expresando lo que justifique y de origen a tal decisión;
b) La imposibilidad física o jurídica de cualquiera de "LAS PARTES", para continuar con el objeto del presente Convenio;
e) El caso fortuito o fuerza mayor que impida proseguir con los fines del presente;
d) Cuando ocurran razones de interés general debidamente justificadas;
DÉCIMA TERCERA.- CONFIDENCIALIDAD
",._
(\),PR~MÉ~I~O"
y el"TEC
.
NOLÓG~~O
DEMONTERREY'~
.se~or:nprometen
ag
UJ.
r~
~
~
\ \onfJdenc1al1dad de toda la rnformac1on que no sea del domrn1o publico y a la que p dnan -PR01~o-~ tener acceso en el marco de este documento. ,, ., .
Inversión
y
Comercio
~
Tecnológico
~
de Monterrey
La obligación antes mencionada, no será exigida a "LAS PARTES" cuando cualquiera de
ellas esté legalmente obligada a proporcionar a autoridad o tercero alguna información relacionada con el presente Convenio. El supuesto de excepción antes mencionado, incluye
en ambos casos, las obligaciones de atención a solicitudes de información al amparo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
DÉCIMA CUARTA.~ PROPIEDAD INTELECTUAL
"LAS PARTES" convienen en que la titularidad de los derechos patrimoniales de las obras
intelectuales que resulten de las acciones desarrolladas en el marco del presente Convenio,
serán propiedad de la parte que las haya producido. Si estas son producto de un trabajo en conjunto, "LAS PARTES" compartirán la titularidad de los derechos de acuerdo con su
participación en el proyecto.
"LAS PARTES" convienen que el presente Convenio de Colaboración no otorga a la otra,
licencia alguna o algún tipo de derecho respecto de la "propiedad intelectual o industrial". Para efectos de este Convenio, "propiedad intelectual o industrial" incluye todas las marcas registradas y/o usadas en México o en el extranjero por "LAS PARTES", así como todo
derecho sobre invenciones (patentadas o no), diseños industriales, modelos de utilidad, información confidencial, nombres comerciales, avisos comerciales, reservas de derechos, nombres de dominio, así como todo tipo de derechos patrimoniales sobre obras y creaciones
protegidas por derechos de autor y demás formas de propiedad industrial o intelectual (
reconocida o que lleguen a reconocer las leyes correspondientes. ~
Queda estrictamente prohibido para cualquiera de las "LAS PARTES" reproducir sin
permiso de la otra, cualquier tipo de material que se le hubiese proporcionado al amparo del presente Convenio, bajo pena de incurrir en alguna sanción establecida en las leyes en materia de derechos de autor y de propiedad industrial, en vigor.
DÉCIMA QUINTA.~ RESPONSABILIDAD CIVIL
Queda expresamente pactado que ninguna de "LAS PARTES" tendrá responsabilidad civil,~
por daños y perjuicios que se pudieran causar recíprocamente por caso fortuito o
fuerzª-.
~
mayor, especialmente por paro de labores académicas y/o administrativas; por lo tanto ~ siempre en la medida de las posibilidades, se continuará con los programas y actividadescontenidas en el presente instrumento, excepto por actos de terceros que afecten a alguna de "LAS PARTES" y que imposibiliten su conclusión.
;
RO
M
e
X
I
C
O
Inver
s
ión
y
Comercio
DÉCIMA SEXTA.-MODIFICACIONES
~
Tecnológico
~de
Monterrey
Se podrán realizar modificaciones o adiciones a este Convenio mediante acuerdo de "LAS PARTES" por escrito. Para tal efecto, se establecerá un Convenio Modificatorio que entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMA SÉPTIMA.-CONTROVERSIA E INTERPRETACIÓN
El presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto a su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta de común acuerdo por "LAS PARTES".
LEÍDO EL PRESENTE CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ESTANDO "LAS PARTES" DE ACUERDO CON EL CONTENIDO Y ALCANCE DE TODAS SUS CLÁUSULAS, LO FIRMAN POR DUPLICADO, EN LA CIUDAD DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, A LOS 4 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2015.
POR "PROMÉXICO"
ENA ACHAR SAMRA
JEFA DE LA UNIDAD DE PROMOCIÓN DE
EXPORTACIONES
POR EL "TECNOLÓGICO DE MONTERREY"
~;,;-~
/
MTRA. MARTHA LUCIA VELÁZQUEZ DÍAZ APODERADA LEGAL
TESTIGO