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MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA. PLIEGO DE CARGOS LICITACIÓN PÚBLICA No LP

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MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA

PLIEGO DE CARGOS

LICITACIÓN PÚBLICA No.

2016-0-03-0-08-LP-021639

SUMINISTRO DE JUGUETES PARA EL PROGRAMA NAVIDAD 2016

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Página 2 de 81 CAPÍTULO I

CONDICIONES GENERALES

1. AVISO DE CONVOCATORIA

Se invita a los interesados para que presenten propuestas por escrito, en la hora, fecha y lugar indicado en el Aviso de Convocatoria publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” y en el tablero de la entidad, ubicado en el Departamento de Proveeduría y Compras, Edificio Casa de La Moneda, calle 6ª Este, San Felipe, o que en su defecto se hayan publicado en un diario de circulación nacional.

2. ESTRUCTURACIÓN DEL PLIEGO DE CARGOS

El pliego de cargos se estructurará como sigue:

CAPÍTULO I CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO II CONDICIONES ESPECIALES CAPÍTULO III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CAPÍTULO IV FORMULARIOS

ANEXO

3. IDIOMA OFICIAL

La propuesta debe estar en idioma español, o ser traducida a este idioma y debidamente autenticada por las autoridades correspondientes del país de origen con la firma del proponente o su representante en el acto, debidamente autorizado para ello.

4. NORMAS REGULADORAS

En la celebración del procedimiento de selección de contratista y en las contrataciones públicas en general, se dará cumplimiento a las normas constitucionales, al contenido Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006 y leyes complementarias, a las normas reglamentarias que se dicten al efecto y a las estipulaciones contenidas en los contratos y en el pliego de cargos.

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Los vacíos en el procedimiento de selección de contratista se llenarán con la aplicación de las normas de procedimiento administrativo general y, en su defecto, con los principios y las normas del procedimiento civil y comercial.

5. VALIDEZ DE LA PROPUESTA

El plazo de validez de las propuestas será establecido en las condiciones especiales, el cual no podrá ser por un término mayor de ciento veinte (120) días calendario de vigencia, salvo que por el monto y la complejidad requiera un plazo mayor que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario.

6. RETIRO, SUSTITUCIÓN, MODIFICACIÓN Y SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas no podrán ser retiradas, sustituidas ni modificadas después de celebrado el acto público. Sin embargo, antes de su celebración, los proponentes podrán retirar las propuestas, sustituirlas o modificarlas, cuando lo consideren necesario.

La entidad licitante podrá solicitar aclaraciones luego de presentada la propuesta y, además, solicitar que se acompañe documentación aclaratoria, siempre que esta no tenga por objeto distorsionar el precio u objeto ofertado ni tampoco modificar la propuesta original.

7. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE

Es obligación de los proponentes mantenerse informados de todas las incidencias que se den en los procesos de selección de contratista en los cuales participa y, para ello, debe verificar con frecuencia, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, todos los anuncios y notificaciones con respecto a los actos públicos.

8. REUNIÓN PREVIA Y HOMOLOGACIÓN OBLIGATORIA

En los procedimientos de selección de contratista, que excedan la suma de ciento setenta y cinco mil balboas (B/.175,000.00), será obligatoria la celebración de una reunión previa y homologación, con una antelación mínima de ocho (8) días calendario antes de la

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celebración del acto, con el propósito de absolver consultas y de formular observaciones que puedan afectar la participación de los posibles postores en condiciones igualitarias, así como aclarar cualquier aspecto relacionado con el pliego de cargos u otros documentos entregados.

La reunión previa se celebrará preferentemente en una sola jornada, que deberá concluir con un acta en la que las partes homologan los documentos finales manifestando la aceptación de todas las condiciones y los términos del pliego de cargos. El acta será suscrita por todos los que hayan participado en dicha reunión y será parte del expediente.

En caso extraordinario, cuando la naturaleza o complejidad del acto público así lo amerite, se declarará en sesión permanente a los integrantes de la reunión previa, por un periodo adicional hasta de cinco días hábiles.

En caso de discrepancia con los interesados, si esta no pudiera ser resuelta, los documentos, o en su caso, su expedición por parte de la entidad licitante, tendrá como efecto la aceptación sin reservas ni condiciones de tales documentos por los participantes en el acto público, siempre que no se opongan al interés público y al ordenamiento jurídico.

En consecuencia, no procede ningún reclamo derivado del contenido de tales documentos por parte de los interesados en el acto público que corresponda.

La presentación de la propuesta equivaldrá a la aceptación sin reservas ni condiciones de todo el contenido del pliego de cargos.

9. REUNIÓN PREVIA Y HOMOLOGACIÓN SOLICITADA

En los actos públicos cuyo monto exceda los CIENTO SETENTA Y CINCO MIL BALBOAS (B/.175,000.00), Sera de obligatorio cumplimiento la celebración de la reunión previa y homologación, la cual se realizará con una antelación no menor de dos días hábiles a la celebración del acto de selección de contratista.

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En estos casos, la entidad licitante podrá realizar dicha reunión el siguiente día hábil de presentada la solicitud, y la misma no afectará la fecha programada del acto público, salvo en aquellos casos en que el objeto o las condiciones del acto público así lo ameriten.

10. MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CARGOS

Las modificaciones al pliego de cargos serán de conocimiento público a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, y en los tableros de información de la entidad licitante, en atención al monto y con la siguiente antelación: no menor de cinco (5) días calendario, antes de la celebración del acto de selección de contratista, si la cuantía excede de treinta mil balboas (B/.30,000.00) y no supera los quinientos mil balboas (B/.500,000.00); y no menor de ocho (8) días calendario, antes de la celebración del acto de selección de contratista, cuando el monto supera los quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

En caso de que se presente alguna situación que impida a la entidad licitante, publicar el aviso de modificación al pliego de cargos en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, o de que esta no se encuentre aún acreditada para utilizarlo, la entidad publicará el aviso de modificación en un (1) diario de circulación nacional, en dos (2) ediciones seguidas en días distintos, los que permanecerán expuestos al público durante el mismo plazo en los lugares destinados por la entidad para la fijación de edictos o anuncios en general.

Cuando de la reunión previa y homologación, o por otras causas que determine la entidad licitante sugiera la necesidad de modificar la fecha del acto de selección de contratista esta anunciara una nueva fecha, a fin de cumplir con los plazos mínimos fijados por este artículo.

11. PROPUESTA DE CONSORCIOS O ASOCIACIONES ACCIDENTALES

Dos o más personas pueden presentar una misma propuesta en forma conjunta, para la adjudicación, la celebración y la ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente

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de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. Por tanto, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros del consorcio o asociación accidental.

Los miembros del consorcio o de la asociación accidental deberán designar a la persona que, para todos los efectos, los representará, y señalar las condiciones básicas que regirán sus relaciones.

Los términos, las condiciones y la extensión de la participación de los miembros de un consorcio o asociación accidental en la presentación de su propuesta o ejecución del contrato, no podrán modificarse sin el consentimiento previo del ente contratante.

12. FORMULARIO DE PROPUESTA

Los participantes presentarán sus propuestas en el formulario que se incluye en el Capítulo IV de este documento, previa revisión de este Pliego de Cargos. Las propuestas se presentarán por escrito, debidamente firmada por el representante legal de la empresa, ajustada al Pliego de Cargos, y debe contener el precio ofertado, la fianza de propuesta y la propuesta técnica.

13. FIJACIÓN DEL PRECIO TOTAL E IMPUESTOS APLICABLES

El proponente deberá especificar en el formulario suministrado el monto total de su propuesta, incluyendo el impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios (ITBMS) y el desglose de precios correspondiente.

La entidad licitante deberá incluir en el pliego de cargos o términos de referencia los impuestos que resulten aplicables a la adquisición de bienes, servicios u obras objeto del procedimiento de selección de contratista.

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Cuando en un pliego de cargos o términos de referencia se le exija al proponente que incluya en su oferta además del precio, dichos impuestos; y el proponente omita presentarlos dentro de su propuesta, se entenderá que los incluye en el precio ofertado. Aun cuando la entidad no lo señale en el pliego de cargos o términos de referencia, es obligación del proponente incluir en su oferta todos los impuestos que deban aplicarse de acuerdo a las leyes vigentes en la materia. En el caso de que el proponente omita presentarlos dentro de su propuesta, se entenderá que los incluye en el precio ofertado.

14. ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CARGOS

El proponente deberá declarar en su propuesta que acepta sin restricciones ni objeciones todo el contenido del Pliego de Cargos.

15. PROPUESTAS INDETERMINADAS, CONDICIONADAS O ALTERNATIVAS

La entidad contratante rechazará las propuestas condicionadas, alternativas o indeterminadas, una vez que la Comisión Verificadora / Evaluadora haya rendido su informe técnico.

16. DISCREPANCIAS ENTRE NÚMEROS Y LETRAS EN LAS PROPUESTAS

Cuando en una propuesta se exprese montos en palabras y en números, y exista discrepancia entre unas y otros; prevalecerá lo expresado en palabras sobre lo numérico.

17. REGLAS DE DESEMPATE

En casos de empate para la adjudicación, se procederá de la siguiente manera, en orden de prelación:

a) Si uno de los proponentes es una micro, pequeña o mediana empresa, debidamente acreditada como tal ante el ente competente, se le adjudicará a este proponente. b) En los casos anteriores donde concurran iguales circunstancias en más de un

proponente, o no concurran estas circunstancias, se llamará a presentar una mejora de precio. Esta mejora de precio deberá ser presentada en la sede de la entidad licitante el siguiente día hábil en sobre cerrado. La ausencia de presentación de una

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oferta de mejora de precio se entenderá como que se mantiene el precio originalmente presentado. La entidad licitante determinará la hora de la apertura de sobres con la mejora de precios, acto que se llevará a cabo el segundo día hábil contado desde que se produzca el empate.

c) En caso de mantenerse el empate, se procederá al sorteo público, de manera inmediata utilizando un método de azar tales como dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia.

18. ELEMENTOS QUE SE INCLUYEN EN LAS CONDICIONES ESPECIALES

En las condiciones especiales deberán incluirse necesariamente los siguientes elementos:

a) Periodo de validez de las propuestas.

b) La forma de adjudicación, si esta se realiza de manera global o por renglón. c) El método de evaluación, cuando proceda y los criterios de ponderación. d) La determinación de los precios unitarios por rubros y los precios totales. e) La presentación de declaraciones juradas.

f) Los factores objetivos de selección.

g) El plazo para formalizar la adjudicación y la firma del contrato. h) La forma de pago.

i) Las condiciones de trabajo de subcontratación y de cesión de contratos.

j) Las formas de modificar el contrato, los acuerdos suplementarios, los plazos de entrega, las causales de resolución administrativa que se tengan por conveniente pactar en el contrato.

k) Las fórmulas de ajuste de precios por variación de precios o para mantener el equilibrio económico, cuando así lo considere la entidad.

l) Término para subsanar la falta de algún requisito establecido en el pliego de cargos. m) Porcentaje de la multa aplicable.

n) Incentivos, si proceden.

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La entidad licitante, cuando lo considere conveniente y dependiendo del acto de selección de contratista de que se trate, podrá incluir otros elementos en las condiciones especiales del pliego de cargos o términos de referencia, siempre y cuando no se constituyan en restricciones o limitaciones a la libre competencia.

19. MULTA

La multa será entre el uno por ciento (1%) y el cuatro por ciento (4%) dividido entre treinta (30) por cada día calendario de atraso del valor equivalente a la porción dejada de entregar o ejecutar por el contratista.

La entidad licitante podrá incluir en el pliego de cargos, el reconocimiento a favor del contratista de un incentivo o bonificación por el cumplimiento anticipado del contrato, y no podrá ser mayor del diez (10%) del monto total del contrato, cuando resulte ventajoso para la entidad licitante.

20. MEDIDAS DE RETORSIÓN (DECLARACIÓN JURADA OBLIGATORIA PARA PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES O EXTRANJERAS CONFORME AL ARTICULO 5 DE LA LEY 58 DE 12 DE DICIEMBRE DE 2002)

Las instituciones, empresas o ciudadanos de los países a los que la República de Panamá les apliquen medidas de retorsión de acuerdo con esta Ley, no podrán participar en ningún acto o procedimiento de selección de contratista o de concesionario de carácter nacional o internacional, que se celebre en la República de Panamá, convocado por una entidad pública panameña, por sí mismos o por interpuestas personas. No obstante, todo proponente, para efecto de participar en un acto o procedimiento de selección de contratista o de concesionario deberá presentar con su oferta una declaración jurada en la cual certifica lo siguiente:

a) Que no es una persona de un país al que se le aplican las medidas de retorsión conforme a esta Ley;

b) Que no es controlada directa o indirectamente por una persona de un país al que se le aplican medidas de retorsión conforme a la presente Ley;

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c) Que al presentarse como proponente, no actúa en representación de una persona o entidad de un país al que se le aplican las medidas de retorsión conforme a esta Ley; d) Que en la ejecución de la contratación pública o concesión administrativa de que se trate y de las obligaciones dimanantes de ésta, el valor de sueldos, bienes, servicios, obras públicas, arrendamientos, valores, títulos o fondos a proveer por parte del contratista o concesionario, o una combinación de éstos, que proviene de países a los cuales se les aplican las medidas de retorsión conforme a la presente Ley, no superará el diez por ciento (10%) del valor total de la contratación pública o concesión administrativa de que se trate, o el diez por ciento (10%) del valor anual de dicha contratación pública o concesión administrativa, si ésta es de naturaleza renovable o recurrente, en cada período para el cual sea renovado o extendido.

PARÁGRAFO. Quien presente una declaración falsa, además de las penas previstas para ella en el Código Penal, será objeto de una sanción pecuniaria consistente en un recargo administrativo igual al diez por ciento (10%) del valor total del contrato o licitación, o al diez por ciento (10%) del valor anual del contrato o licitación si éste es de naturaleza renovable o recurrente. Si el que presenta la declaración falsa hubiese resultado favorecido con el contrato o la licitación, la sanción pecuniaria se aumentará al doble, es decir, al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato o licitación o al veinte por ciento (20%) del valor anual del contrato o licitación si éste es de naturaleza renovable o recurrente.

La persona jurídica o natural que omita presentar la declaración, quedará inmediatamente descalificada del contrato o licitación.

Las personas que aportan información que permita comprobar que un certificado contiene información falsa, serán beneficiarias de la mitad del recargo impuesto.

21. ACCIÓN DE RECLAMO

Toda persona natural o jurídica que se considere afectada por acto u omisión ilegal o arbitrario ocurrido durante el proceso de selección de contratista y antes de que se

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adjudique, mediante resolución, el acto público correspondiente, podrá interponer la acción de reclamo, ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

22. RECURSO DE IMPUGNACIÓN

Todos los proponentes que se consideren agraviados por una resolución que adjudique, declare desierto un acto de selección de contratista o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, en el cual consideren que se han cometido acciones u omisiones ilegales o arbitrarias, podrán presentar recurso de impugnación ante el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas acompañando las pruebas o anunciándolas al momento de formalizar la impugnación, si las hubiera.

Dicho recurso deberá ser interpuesto en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución objeto de la impugnación, que se surtirá en el efecto devolutivo.

Admitido el recurso, el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas dará traslado a la entidad correspondiente, la cual deberá remitir un informe de conducta acompañado de toda la documentación correspondiente al acto impugnado, en un término no mayor de cinco días hábiles. Dentro del mismo término, podrá comparecer cualquier persona en interés de la ley o en interés particular para alegar sobre la impugnación presentada. Los que así comparezcan se tendrán como parte única y exclusivamente dentro de esta etapa.

Si el objeto de la impugnación versa sobre aspectos estrictamente jurídicos, el Tribunal pasará sin mayor trámite a resolver dentro de un plazo de diez días hábiles. En caso contrario, abrirá un periodo para practicar las pruebas de hasta diez días hábiles. En ambos casos, el Tribunal podrá decretar de oficio las pruebas que estime necesarias o convenientes.

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Vencido el término de pruebas, se podrán presentar alegatos por las partes en un término común de tres días, vencido el cual el Tribunal tendrá un período de diez días hábiles para resolver.

Todo recurso de impugnación debe ir acompañado de una fianza de recurso de impugnación por un monto equivalente al quince por ciento (15%) del valor de la propuesta del impugnante para todos los actos públicos relacionados con adquisición de bienes, obras y servicios. la custodia de eta fianza será competencia del Tribunal Administrativo de Contrataciones Pública.

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Página 13 de 81 CAPÍTULO II

CONDICIONES ESPECIALES

1. ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CARGOS

La sola presentación de la propuesta será indicativo que el oferente está informado del contenido del presente pliego de cargos, conjuntamente con sus aclaraciones y adendas. Por lo tanto, el Despacho rechazará de plano cualquier reclamo que pretenda formular el futuro contratista, fundamentándose en el desconocimiento del contenido de éste, tanto en el proceso de adjudicación del contrato, como durante la ejecución del mismo.

2. COMPROMISO Y OBLIGACIÓN DE LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL ACTO PÚBLICO

La adquisición del presente pliego de cargos y la presentación de la propuesta requerida, implica necesariamente lo siguiente:

a) El conocimiento y la aceptación de la documentación, las reglas y requisitos que rigen este acto público.

b) Los proponentes aceptan conformes las reglas y exigencias al respecto a los procedimientos y criterios de selección previstos en el presente pliego de cargos, que regirá la convocatoria y todo el procedimiento para la selección del futuro contratista. c) Mantenerse informado de todas las incidencias que se den en el desarrollo de este

proceso de selección de contratista en el que participa y, para ello, debe verificar con frecuencia, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “www.panamacompra.gob.pa”, todos los anuncios y notificaciones que puedan publicarse.

3. INDICACIONES DE CARÁCTER GENERAL A LOS PROPONENTES

El proponente debe examinar en detalle y respetar todas las instrucciones, formularios, condiciones contractuales y especificaciones que figuren en los documentos de este acto público, los cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Por lo tanto:

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a) Los proponentes presentarán sus ofertas por la totalidad de los juguetes indicados en el Capítulo III de este pliego de cargos. No se aceptarán ofertas parciales o incompletas.

b) Las ofertas deben ser presentadas conformes a los requisitos y exigencias expresadas en este pliego de cargos.

c) Para facilitar la revisión de cada uno de los documentos que integran la propuesta, se les solicita que los presenten en el orden sugerido, después de cada una de las hojas índice que se proporcionan para este objeto y que conformen con ellos un engargolado.

d) Los miembros de una compañía o consorcio accidental, cuando ésta esté integrada por dos o más personas jurídicas, quedarán obligados, de forma ilimitada y solidaria, por el cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en el pliego de cargos y por todas las obligaciones asumidas en el contrato.

e) Un proponente, incluidos todos los miembros de un consorcio, asociación, o grupo, sus filiales o empresas que formen parte de un mismo grupo económico o financiero, sólo podrá presentar una propuesta. Si un proponente participa en más de una propuesta, no se evaluarán las propuestas de los proponentes involucrados. Esto, sin embargo, no limita la participación de subcontratistas en más de una propuesta. Para estos efectos:

 Ninguna filial del contratante, incluyendo empresas que formen parte de un mismo grupo económico o financiero según la definición anterior, será elegible para participar en licitaciones que involucren a dicho contratante.

CUALQUIER FALLA U OMISIÓN DE PARTE DE LOS PROPONENTES EN LA PREPARACIÓN DE SUS PROPUESTAS O EN CUMPLIR CON LO ESPECIFICADO EN EL PLIEGO DE CARGOS, SERÁ A SU PROPIO RIESGO, SIN DERECHO A RECLAMO ALGUNO.

En adición a la información específica solicitada en el pliego de cargos, los proponentes podrán adjuntar aquella información adicional que contribuya a ampliar o complementar

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lo solicitado. Esta información adicional deberá estar claramente identificada con aquella parte que amplía o complementa.

Los documentos que deberá adjuntar al Formulario de Propuesta, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cargos, deberán presentarse en el orden establecido en este pliego de cargos.

4. ERRORES U OMISIONES EN ESTE PLIEGO DE CARGOS

En caso de que cualquier interesado encuentre errores en este pliego de cargos que afecten directamente la calidad del servicio y/o suministro, o que modifiquen su costo de ejecución, debe notificarlos inmediatamente al Despacho, para que éste haga las aclaraciones o correcciones necesarias antes de la fecha establecida en el Aviso de Convocatoria para la celebración de acto de recepción y apertura de sobres y emitir la consulta respectiva conforme a lo señalado en el apartado 6. CONSULTAS Y ACLARACIONES de este Capítulo II.

La aparente omisión en el pliego de cargos y documentos contractuales, de algún detalle o descripción de un producto o forma del servicio y/o suministro, debe interpretarse como significativo de que solamente se seguirá la mejor práctica general y que se usarán los mejores materiales y personal. Toda interpretación que se haga será basándose en este criterio.

5. REGISTRO DE PROPONENTE

Todos los interesados en participar en este procedimiento de selección de contratista, deberán estar inscritos en el Registro de Proponentes con ANTERIORIDAD a la fecha de apertura de las propuestas, establecida en el respectivo aviso de convocatoria, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Ejecutivo No.188 de 27 de noviembre de 2009.

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Página 16 de 81 6. CONSULTAS Y ACLARACIONES

Todas las consultas relativas a los alcances y a la interpretación del presente pliego de cargos deben ser dirigidas al correo electrónico: licitaciones@presidencia.gob.pa, para lo cual, todo interesado podrá solicitar consultas o aclaraciones hasta tres (3) días hábiles, previos a la fecha de recepción y apertura de propuestas.

El Despacho no asume ninguna responsabilidad en atender o responder, oportunamente, las consultas que no sean canalizadas como aquí se indica. Igualmente, el Despacho sólo responderá aquellas consultas que hayan sido recibidas con suficiente antelación, de forma tal que las investigaciones y aclaraciones que necesite realizar en atención a la misma, así como la respectiva respuesta, puedan ser evacuadas con anticipación a la fecha fijada para la celebración del Acto.

En atención a las posibles consultas o aclaraciones solicitadas por futuros proponentes, el Despacho podrá introducir modificaciones a este pliego de cargos, mediante las correspondientes adendas, siguiendo el procedimiento indicado en el apartado 10. MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CARGOS establecido en el Capítulo I de las Condiciones Generales.

El Despacho podrá ampliar o corregir errores de forma que se puedan aclarar mediante adendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los futuros proponentes y las publicará a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, “PanamaCompra”. Todas las modificaciones realizadas formarán parte del expediente del acto público.

7. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA

El procedimiento de selección de Contratista que aplica al presente acto público es la

Licitación Pública, de conformidad con las reglas establecidas en el artículo 42 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, y demás normas concordantes.

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Página 17 de 81 8. FORMA DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación de este acto público se realizará de forma GLOBAL, tomando en cuenta el menor precio ofertado, como factor determinante para la selección del futuro contratista, siempre y cuando cumpla a cabalidad con todos los requisitos obligatorios y exigencias solicitadas en el presente pliego de cargos, de acuerdo a la metodología descrita en el artículo 42 del Texto Único de la Ley 22 de 2006.

Si dos (2) o más proponentes se hallaren empatados en el menor precio ofertado y todos cumplen con todos los requisitos y exigencias requeridos para esta Licitación Pública, se procederá de la siguiente manera, en orden de prelación:

a) Si uno de los proponentes es una micro, pequeña o mediana empresa, debidamente acreditada como tal ante el ente competente, se le adjudicará a este proponente. b) En los casos anteriores donde concurran iguales circunstancias en más de un

proponente, o no concurran estas circunstancias, se llamará a presentar una mejora de precio.

Esta mejora de precio deberá ser presentada en el salón de Compras, ubicado en el Departamento de Proveeduría y Compras del Ministerio de la Presidencia, el siguiente día hábil en sobre cerrado. La ausencia de presentación de una oferta de mejora de precio se entenderá como que se mantiene el precio originalmente presentado. El Despacho determinará la hora de la apertura de sobres con la mejora de precios, acto que se llevará a cabo el segundo día hábil contado desde que se produzca el empate.

c) En caso de mantenerse el empate, se procederá al sorteo público, de manera inmediata utilizando un método de azar tales como dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia.

En el evento que todos los proponentes incumplan con los requisitos y exigencias del pliego de cargos, el Despacho, por intermedio del Ministerio de la Presidencia, procederá a declarar desierto el acto, si así fuere el caso.

(18)

Página 18 de 81 9. OBJETO DE ESTE ACTO PÚBLICO

La presente Licitación Pública tiene como finalidad establecer los parámetros necesarios que deban cumplir todos los interesados en participar, de modo tal que permita seleccionar al futuro proponente que brindará el suministro de 541,000 juguetes, según edades y sexo, los cuales serán distribuidos por el Despacho de la Primera Dama entre los 3,779 Centros de Educación Primaria y los Centros Familiares y Comunitarios de Educación Inicial (CEFACEI) de escuelas oficiales, como parte de su labor social.

10. PRECIO DE REFERENCIA

El Despacho ha estimado un precio de referencia para la presente Licitación Pública la suma total de DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIEZ BALBOAS CON 00/100 (B/.2,999,210.00), monto que se consignará dentro de la partida presupuestaria del Ministerio de la Presidencia G.100382101.001.272 del presupuesto de 2016, desglosado así:

MONTO ITBMS TOTAL

B/.2,803,000.00 B/.196,210.00 B/.2,999,210.00

11. DETERMINACIÓN DE MONTOS UNITARIOS Y TOTALES

El proponente deberá presentar un desglose de su oferta económica según rubros, incluyendo el Impuesto de Transferencia de Bienes Corporales Muebles y Servicios (ITBMS), así como el desglose de los precios unitarios según los bienes y servicios a suministrar.

El precio ofertado debe incluir todos los costos relacionados con la prestación de los servicios objeto del presente acto público, incluyendo mano de obra, materiales, instalaciones de trabajo, viáticos, gastos fijos o indirectos, cargos legales, seguros, fianzas, ganancia y cualquier otro costo o gasto que el proponente considere necesario incluir en su oferta para prestar los servicios indicados.

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Cuando en una propuesta se expresen montos en letras y números y exista discrepancia entre ellos, prevalecerá lo expresado en letras sobre lo numérico.

Durante la evaluación de las propuestas, o posteriormente, se podrá requerir que los proponentes presenten un análisis de costos de cualquier renglón o detalle de su propuesta, sin que esto altere el valor total de la misma.

12. PORCENTAJES DE RIESGOSIDAD Y ONEROSIDAD

Todo proponente que presente su oferta por debajo del veinte por ciento (20%) del precio de referencia previamente indicado, se considerara que ha presentado una propuesta riesgosa para los intereses del Estado.

Por otro lado, quienes presenten su oferta por encima del cinco por ciento (5%) del precio de referencia serán consideradas onerosas y por ende gravosas. Estos márgenes serán evaluados durante la etapa de verificación de los requisitos mínimos obligatorios por parte de la Comisión Verificadora.

13. FORMULARIO Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarán su propuesta de conformidad al Modelo de Formulario incluido en el Capítulo IV de este pliego de cargos, la cual se deberá presentar en un (1) sobre cerrado y contendrá la propuesta ajustada a los requisitos, las especificaciones técnicas, el precio propuesto y la fianza de propuesta, así como los demás documentos y exigencias aquí solicitados.

La propuesta se completará en idioma español. El proponente deberá aportar una (1) copia digital almacenada en CD o memoria USB, con todos los documentos requeridos en el pliego de cargos, en formato PDF y divididos en archivos identificados, no mayor de 20 MB por archivo. La propuesta deberá estar firmada de puño y letra por quien ostenta la representación legal de la persona jurídica o consorcio.

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Todos los documentos que acompañen la propuesta se deberán presentar debidamente foliados y ordenados en portafolios, espirales u otro sistema similar que permita el manejo ordenado de los mismos y en idioma español.

Cada proponente sufragará los costos asociados con la preparación y presentación de su respectiva propuesta, por lo que en ningún caso la entidad licitante será responsable ni tendrá que ver con dichos costos.

Cada proponente presentará una sola propuesta. En los casos que uno de los proponentes presente o participe en más de una propuesta quedará descalificado. En los casos que se presenten empresas que se consideren sociedades vinculadas a un mismo grupo económico (en atención a lo indicado en el acápite 42 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22), se procederá en atención a lo estipulado en el numeral 4 del artículo 56 de la Ley de Contrataciones Públicas.

Igualmente, cuando el formulario no esté firmado por el representante legal o apoderado legal de la empresa, se podrá subsanar hasta antes que culmine el acto de apertura de ofertas. Así mismo, de existir discrepancia entre la documentación presentada en físico y la almacenada en CD o memoria USB, prevalecerá la presentada físicamente el día del acto público.

Las propuestas podrán ser presentadas electrónicamente a través del portal de “PanamaCompra”, requiriéndose únicamente la obligación de presentar en físico la Fianza de Propuesta dentro del periodo y fecha señalada en el Aviso de Convocatoria.

En adición a la información específicamente solicitada en el pliego de cargos, los proponentes podrán adjuntar aquella información adicional que contribuya a ampliar o complementar lo solicitado. Esta información adicional deberá estar claramente identificada con aquella parte de información que amplía o complementa.

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El proponente podrá hacerse representar mediante apoderado, tanto para la firma de su propuesta como para este acto público. La firma del poderdante, en el respectivo poder, deberá estar autenticada por un Notario Público autorizado en la República de Panamá. El sobre o caja cerrada que contiene la propuesta (original) se presentará con la siguiente identificación e información en la leyenda:

“SEÑORES:

DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA /MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

LICITACIÓN PÚBLICA No.2016-0-03-0-08-LP-XXXXXX

PROPONENTE: (INDICAR AQUÍ EL NOMBRE DEL PROPONENTE)

SUMINISTRO DE JUGUETES PARA EL PROGRAMA NAVIDAD 2016

FECHA DE APERTURA: ________________________ (INDICAR SI ES ORIGINAL O COPIA)”

Cualquier falla u omisión de parte de los proponentes en la preparación de sus respectivas propuestas, o en cumplir con lo especificado en el pliego de cargos, será a su propio riesgo, sin derecho a reclamo alguno.

El Despacho no asumirá responsabilidad alguna por la pérdida de una propuesta que fue presentada en un sobre o contenedor que no fue sellado e identificado conforme a lo indicado previamente.

A medida que se vayan entregando los sobres o cajas, se enumerarán conforme al orden de su presentación y se les pondrá la fecha y hora.

(22)

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Los sobres o cajas que contienen las propuestas se dejarán sobre la mesa a la vista del público y debidamente custodiados por la entidad licitante.

Vencida la hora establecida en el pliego de cargos para la presentación de la propuesta, no se recibirá ninguna otra.

Si surgiera la necesidad de modificar la fecha del acto de selección de contratista, la entidad licitante anunciará una nueva fecha, a fin de cumplir con los plazos mínimos fijados por el Texto Único de la Ley 22 de 2006. En este caso todos los derechos y obligaciones de la entidad licitante y de los proponentes quedarán sujetos a la nueva hora y fecha límite para presentación de propuestas.

14. PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA

El plazo de validez de las propuestas será por un término de CIENTO VEINTE (120) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la celebración del acto público.

15. PARTICIPACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS

Toda empresa extranjera que quiera participar en este acto público, ya sea individualmente, en consorcio o asociación accidental, deberá acreditar mediante la documentación respectiva que se encuentra legalmente constituida en su país de origen y estén autorizadas por las autoridades competentes para la realización de la actividad comercial requerida para ejecutar fiel y legalmente los servicios y suministros requeridos en el Capítulo III del pliego de cargos.

La documentación que presenten con su propuesta y emitida en el extranjero, deberá venir debidamente legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, ya sea por vía consular, o cumpliendo con el convenio de la apostilla.

De adjudicársele este acto público a una empresa extranjera, para la firma del contrato la misma deberá registrarse en el Registro Público y cumplir con todas las disposiciones legales panameñas.

(23)

Página 23 de 81 16. PARTICIPACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS MEDIANTE CONSORCIO

O ASOCIACIÓN ACCIDENTAL

Se podrán conformar consorcios o asociaciones accidentales para presentar propuestas en forma conjunta para la adjudicación, celebración y la ejecución del contrato u orden de compra respectiva, respondiendo solidariamente de todas y cada uno de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. Por tanto, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros del consorcio o asociación accidental, indistintamente del grado de participación de cada miembro o integrante del mismo.

Esta solidaridad corresponde también en el caso que el Despacho instaure cualquier tipo de acción legal en lo administrativo y/o judicial. Por tanto, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato afectaran a todos los miembros que lo conforman.

Si alguno o algunos de los integrantes del consorcio o asociación accidental son extranjeros, deberán hacer constar en el contrato que renuncian a intentar reclamación diplomática en lo tocante a los derechos y deberes originados del contrato, salvo en caso de denegación de justicia.

Los consorcios o asociaciones accidentales presentarán con su propuesta un acuerdo de constitución de consorcio en el que se especifique el porcentaje de participación de cada integrante, así como el aporte específico de cada miembro. El consorcio o asociación accidental deberá contar con un miembro líder que será quien ostente la representación legal ante el Despacho, siendo ésta (empresa) quien cuente con el mayor porcentaje de participación en dicha agrupación. Los miembros del consorcio o asociación accidental deberán designar a la persona que, para todos los efectos, los representará y señalar las condiciones básicas que regirán las relaciones entre los miembros.

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Los términos, las condiciones y la extensión de participación de los miembros de un consorcio o asociación accidental en la presentación de su propuesta o ejecución del contrato no podrán modificarse sin el consentimiento previo y expreso por parte del Despacho. La cesión de participación entre los integrantes de un consorcio o asociación accidental deberá ser autorizada previamente por el Despacho.

Las personas jurídicas que conforman el consorcio o asociación accidental deberán estar legalmente constituidas con las normas de la República de Panamá o de su país de origen. Las personas jurídicas extranjeras miembros de un consorcio o asociación accidental a la cual se le adjudique la licitación deben inscribirse en el Registro Público, en atención a lo indicado en el literal f) del artículo 26 del Decreto Ejecutivo No.366 de 2006.

17. LEGALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

La documentación que requiere ser presentada por parte de cada proponente debe estar en forma clara y legible, sin tachones, ni borrones. El proponente aceptará, bajo gravedad de juramento, que todos los documentos presentados son válidos.

Los documentos que se expidan en países o jurisdicciones extranjeras deberán estar en idioma español o debidamente traducido a éste por medio de un Traductor Público Autorizado certificado por el Ministerio de Educación y estar cotejados por Notario Público. Asimismo deberán ser legalizadas en el país de origen por el Cónsul de la República de Panamá en ese país o, en su defecto, por el de una nación amiga y validados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, excepto en los casos de los países signatarios de la Convención de La Haya de 1961, en cuyo caso deberá acogerse al Convenio de Apostilla.

18. FIANZA DE PROPUESTA

Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta, su correspondiente Fianza de Propuesta, la cual no podrá ser emitida por menos del diez por ciento (10%) del importe total de su oferta económica y por un término de vigencia de ciento veinte

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(120) días calendario. Dicho documento se emitirá a nombre del Ministerio de la Presidencia y de la Contraloría General de la República.

En caso que los proponentes decidan presentar su propuesta de forma electrónica, deberán hacer entrega física de la Fianza de Propuesta dentro del periodo y lugar establecido en el Aviso de Convocatoria para la presentación de propuestas.

La Fianza de Propuesta deberá ser emitida a nombre de la persona jurídica del proponente o en cuyo caso que se presente a través de un Consorcio o Asociación Accidental, dicha Fianza estará a nombre del Consorcio o de la empresa que posea el mayor porcentaje de participación.

Las Fianzas de Propuesta deberán emitirse conforme a lo detallado en este apartado y en concordancia a lo indicado en el artículo 100 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, y en el artículo 267 y siguientes del Decreto Ejecutivo No.366 de 28 de diciembre de 2006, ajustándose igualmente al modelo aprobado por la Contraloría General de la República, en virtud de los términos señalados en el Decreto No.317-LEG de 12 de diciembre de 2006, el cual se integra en el Capítulo IV de este pliego de cargos. Al final del acto público la misma será devuelta al interesado que la solicite, entendiéndose que con ello renuncia a todo derecho de reclamación sobre la adjudicación o de lo contrario se unirá al expediente respectivo, según sea el caso.

19. DOCUMENTOS REQUERIDOS Y ORDEN DE PRESENTACIÓN

Se deben presentar los documentos señalados en el Formulario de Propuesta y en el orden que éste establezca, con un índice para su fácil ubicación.

Cada proponente deberá llenar y suministrar, como corresponda, el formulario incluido en el Pliego de Cargos. Dicho formulario deberá ser completado acatando las instrucciones allí estipuladas para cada caso.

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En adición a la información específica solicitada en este pliego de cargos, los proponentes podrán adjuntar aquella información adicional que contribuya a ampliar o complementar lo solicitado. Esta información adicional deberá estar claramente identificada con aquella parte que amplía o complementa.

Los documentos que deberán adjuntarse al "Formulario de Propuesta", deberán presentarse en el orden establecido en el punto denominado “Documentos Obligatorios.”

20. REQUISITOS OBLIGATORIOS DE PARTICIPACIÓN

Son los que deberán adjuntarse con el Formulario de Propuesta de manera obligatoria, para que la misma pueda ser tomada en consideración y debidamente analizada por la Comisión Verificadora. Dichos requisitos deberán presentarse y respetarse el siguiente orden:

20.1. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS DE CARÁCTER LEGAL Y ADMINISTRATIVOS

Con el propósito que todo proponente acredite que cuenta con la capacidad legal y administrativa para formalizar una relación contractual con el Despacho, todo interesado en participar en el presente acto público deberá presentar la siguiente información:

REQUISITO SUBSANABLE

a. Formulario de Propuesta. Todo proponente presentará su propuesta en atención al Modelo de Formulario adjunto en el Capítulo IV de este pliego de cargos, el cual deberá estar firmado por el representante legal de la empresa proponente o por su apoderado debidamente facultado para ello; y cumplir con las demás formalidades estipuladas en este Capítulo.

De presentar la propuesta a través de un consorcio o asociación accidental, el Formulario tendrá que ser firmado por la persona que ostente la representación legal del mismo o por su

NO SUBSANABLE

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apoderado debidamente facultado para ello, cuya designación constará en el Convenio de Consorcio aportado igualmente con la propuesta.

b. Fianza de Propuesta. Según lo señalado en el apartado 17 de este Capítulo y atendiendo al Formulario adjunto en el Capítulo IV de este pliego de cargos.

Si presenta su propuesta de forma electrónica, deberá presentar en físico su Fianza de Propuesta dentro del periodo establecido para la Recepción de Sobres.

NO SUBSANABLE

c. Certificado de existencia del Proponente. Mediante la presentación de la copia simple del Certificado del Registro Público de encontrarse registrada en Panamá, con el cual acredite la fecha de registro de la persona jurídica, vigencia, directores, dignatarios, apoderados y representación legal de la persona que actúa en nombre y representación del proponente.

Las personas jurídicas extranjeras que no se encuentren inscritas en el Registro Público de la República de Panamá, deberán aportar certificación equivalente emitida por la autoridad competente que acredite la existencia de la sociedad en el país extranjero de donde proviene, con indicación del representante legal o apoderado de dicha empresa extranjera, previo cumplimiento de las formalidades exigidas en el apartado 14 de este Capítulo.

De presentarse el proponente como persona natural, este requisito no le aplicará, y en su defecto deberá presentar copia simple de su cédula de identidad personal o pasaporte.

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En caso de Consorcio o Asociación Accidental, todos sus integrantes aportarán este requisito.

d. Poder de representación en el acto público de selección de contratista. Autenticado por Notario Público a favor del representante autorizado del proponente para concurrir al acto de apertura de propuesta, firmar la propuesta y los demás requisitos y/o el contrato en caso de adjudicación; o en su defecto aportará el poder general debidamente inscrito en el Registro Público de Panamá, con las facultades expresas para actuar como representante en actos de selección de contratista. El documento se presentará atendiendo al Modelo de Formulario adjunto en el Capítulo IV.

La presentación del Poder Especial o General no será necesario cuando quien presente la propuesta personalmente sea representante legal de la empresa, hecho que se constatará mediante el certificado de Registro Público que presente el proponente.

En caso de Consorcio o Asociación Accidental, el representante que se establezca en el Acuerdo Consorcial, igualmente podrá otorgar un Poder Especial de Representación en favor de un tercero.

SUBSANABLE

e. Paz y Salvo de Renta. Todo proponente deberá acreditar que se encuentra paz y salvo con el Tesoro Nacional, a través de original, copia simple o digital del paz y salvo de renta emitido por la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas o en su defecto, mediante original, copia cotejada o copia digital de la certificación de no contribuyente, emitida por dicha entidad fiscal.

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Este requisito aplica para cada proponente y todos los miembros del consorcio, sean estos nacionales o extranjeros. f. Paz y Salvo del Pago de Cuota Obrero Patronal a la Caja de

Seguro Social. Todo proponente deberá acreditar que se encuentra paz y salvo con la Caja de Seguro Social en el pago de la cuota obrero patronal, a través de original, copia simple o digital del paz y salvo emitido por la Dirección General de Ingresos de la Caja de Seguro Social o en su defecto, mediante original, copia cotejada o copia digital de la certificación de no cotizante al régimen de seguridad social, emitida por dicha entidad de seguridad social.

Este requisito aplica para cada proponente y todos los miembros del consorcio, sean estos nacionales o extranjeros.

SUBSANABLE

g. Declaración Jurada de Medidas de Retorsión. Este requisito deberá ser presentado en atención a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 58 de 2002, y lo señalado en el apartado 20 del Capítulo I y el Formulario adjunto en el Capítulo IV de este pliego de cargos.

Este requisito aplica para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

En caso que el proponente este conformado por un consorcio, cada uno de los miembros del consorcio deberá presentar dicha declaración. Este documento deberá estar debidamente legalizado y/o notariado, según aplique.

SUBSANABLE

h. Documento de identidad personal. Presentación de copia simple de la cédula de identidad personal o del pasaporte cuando se trate de personas naturales extranjeras, del representante legal de la empresa proponente.

(30)

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En caso de Consorcio o Asociación Accidental, todos sus integrantes aportarán este requisito.

i. Aviso de Operaciones. Emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias o en caso de persona jurídica extranjera no inscrita en la República de Panamá, deberá presentar certificación, licencia o cualquier otro medio de prueba idóneo emitido por la entidad correspondiente donde se acredite que las actividades comerciales declaradas guardan relación con el objeto de la licitación.

En caso de Consorcio o Asociación Accidental, todos sus integrantes aportarán este requisito; y aquella que ostente el mayor porcentaje de participación deberá contar con más de 5 años de experiencia en actividades relacionadas o cónsonas con el suministro de juguetes.

SUBSANABLE

j. Memoria Extraíble (USB) o CD. Con todos los documentos requeridos en el pliego de cargos, en formato PDF y divididos en archivos identificados, no mayor de 20 MB por archivo.

En caso de presentar la propuesta electrónicamente, no aplicará este requisito.

SUBSANABLE

k. Acuerdo de Consorcio o Asociación Accidental. En caso de participar en consorcio, aportar el Acuerdo Consorcial en cumplimiento con el apartado 15 de este Capítulo y el Modelo adjunto en el Capítulo IV, el cual deberá estar firmado por los representantes legales de las empresas que lo conformen, debidamente autenticado ante notario. (Si Aplica)

SUBSANABLE

l. Carta de Referencia Bancaria o Carta de Intención de Financiamiento. Todo proponente podrá presentar una o más cartas en original y emitida por una institución bancara nacional

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y dirigida al Despacho de la Primera Dama, donde se acredite el manejo satisfactorio de cuentas bancarias o línea de crédito que reflejen un saldo mínimo de seis (6) cifras altas.

En defecto de lo anterior, se podrá presentar una carta de intención de financiamiento emitida por una institución bancaria o financiera nacional donde se exprese que el proponente dispone del financiamiento necesario para la ejecución de por lo menos el 50% del monto de su oferta.

En caso que el proponente se presente a través de consorcio o asociación accidental, una o más de las empresas miembros podrán cumplir con este requisito.

20.2. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS DE CARÁCTER TÉCNICO

A fin de comprobar la capacidad técnica adecuada para la ejecución y desarrollo a satisfacción del servicio y/o suministro solicitado, el proponente deberá incluir en su propuesta información que acredite su experiencia en el cumplimiento de dicho requisito, mismo que será objeto de descalificación, siendo rechazada la propuesta que no la presente de forma satisfactoria y de conformidad con lo solicitado en los literales siguientes:

REQUISITO SUBSANABLE

a. Perfil de la Empresa Proponente. Presentar hoja de vida de la empresa en la cual se detalle su capacidad, personal y experiencia en su actividad comercial con más de cinco (5) años en el mercado nacional.

En caso que el proponente se presente mediante Consorcio o Asociación Accidental, el perfil deberá ser de la empresa que ostente el mayor porcentaje de participación.

NO SUBSANABLE

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b. Experiencia en Ejecución de Eventos Similares. Todo proponente deberá certificar únicamente mediante notas que ha brindado satisfactoriamente y como mínimo tres (3) suministros de juguetes varios, que hayan sido ejecutados dentro de los últimos cinco (5) años. Las notas deben ser suscritas por persona a nivel gerencial, y deberán acreditar como mínimo:

 La recepción satisfactoria de los juguetes suministrados por el proponente.

 La fecha de la contratación.

 Cantidad de juguetes suministrados.

Este requisito se aportará atendiendo al modelo de Formulario adjunto en el Capítulo IV.

En caso de Consorcio o Asociación Accidental, este requisito será presentado por la empresa que ostente el mayor porcentaje de participación.

NO SUBSANABLE

c. Evidencia visual de los Juguetes. Cada proponente presentará material gráfico que permita visualizar cada uno de los modelos de los juguetes contenidos en su propuesta, siendo necesario indicar:

 Marca y Modelo (si aplica)  País de origen.

 Casa productora.

 Categoría de edad, según segmentos solicitados en el Capítulo III.

NO SUBSANABLE

IMPORTANTE: El requisito No. 3 (Declaración de Acciones Nominativas) y el Requisito No.8 (Idoneidad de Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura), que se muestran en la plantilla de este acto público en el portal electrónico de contrataciones públicas

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“PanamaCompra”, de los Documentos Obligatorios a presentar NO APLICAN en este acto público.

En adición a los documentos e información específica solicitada en el pliego de cargos, los proponentes podrán adjuntar aquella documentación o información adicional que contribuya a ampliar o complementar lo requerido. Esta información adicional deberá estar claramente identificada como aquella parte que amplía o complementa.

Cada uno de los documentos arriba señalados, deberá estar debidamente identificados en la propuesta por medio de separadores, de manera tal que facilite su revisión, análisis o evaluación.

21. PERIODO DE SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS

El periodo se subsanación de documentos será de DOS (2) DÍAS HÁBILES posteriores a la fecha de apertura de propuestas. La presentación incompleta o defectuosa o la falta de vigencia de los mismos, podrán ser subsanables por el proponente, cuando así se estipule para cada requisito en particular, debiéndose presentar el requisito subsanado en el Departamento de Proveeduría y Compras del Ministerio de la Presidencia, en horario de 8:00 am a 3:30 pm. Los documentos que no sean entregados por esta vía y dentro del plazo indicado se consideraran como no subsanados.

Si concluido el acto de apertura de sobres, pero estando dentro del periodo de subsanación, el Despacho advirtiere la presentación defectuosa o incompleta de un documento de cualquiera de las propuestas presentadas, de aquellos que según el pliego de cargos pueden ser subsanados, podrá informar al proponente la necesidad de que subsane la falla, utilizando el correo electrónico indicado por éste en su propuesta.

Queda bajo la responsabilidad exclusiva de cada uno de los proponentes verificar la correcta presentación de los documentos aportados en su propuesta, así como de proceder con la subsanación o no la documentación presentada. No obstante lo anterior, la entidad podrá dejar constancia en el Acta de Recepción y Apertura de Propuestas, la

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necesidad de que uno o varios de los participantes requieran subsanar uno o varios documentos aportados en su propuesta.

22. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS RECIBIDAS

Vencido el periodo de subsanación arriba indicado, el expediente contentivo de todas las propuestas recibidas en el acto público pasará inmediatamente al estudio de una Comisión Verificadora, la cual evaluará, en primera instancia, únicamente la propuesta con el menor precio ofertado y comprobará que la misma cumpla con todos los requisitos y las exigencias del pliego de cargos.

Si la Comisión Verificadora determina que quien ofertó el precio más bajo, cumple a cabalidad con todos los requisitos y las exigencias del pliego de cargos, emitirá un informe recomendando la adjudicación de este acto público a ese proponente, en caso contrario, procederá entonces a revisar la segunda propuesta con el precio más bajo y así sucesivamente hasta que una de las propuestas cumpla con los requisitos del pliego de cargos para recomendar su adjudicación.

El plazo para emitir el informe de la Comisión Verificadora no será superior a cinco (5) días hábiles, contadas desde la fecha de recibido del expediente, periodo que podrá ser prorrogado por tres (3) días hábiles más, si la complejidad del acto lo amerite.

23. PLAZOS PARA FORMALIZAR LA ADJUDICACIÓN

Transcurrido el plazo para que los proponentes hagan sus observaciones al informe de la Comisión Verificadora, el Despacho, por intermedio del Ministerio de la Presidencia, procederá, mediante resolución motivada, a adjudicar el acto público o a declararlo desierto en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles.

24. DECLARATORIA DE DESERCIÓN

Si en caso que ninguna de las propuestas presentadas cumpla a cabalidad con todos los requisitos y exigencias del pliego de cargos, mediante Resolución motivada y en atención

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a lo dispuesto en el artículo 56 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, se podrá declarar desierta la presente Licitación Pública por cualquiera de las siguientes causales:

a) Por falta de proponentes, es decir, cundo no se recibió ninguna oferta.

b) Cuando ninguna de las propuestas cumple con los requisitos y las exigencias del pliego de cargos.

c) Si las propuestas presentadas se consideran riesgosas, onerosas o gravosas. d) Si todas las propuestas presentadas en el acto provienen de un mismo grupo

económico de sociedades vinculadas, conforme al numeral 40 del artículo 2 de la presente ley.

e) Cuando se considere que las propuestas son contrarias a los intereses públicos. f) Cuando el objeto de contratación esté contenido en el Catálogo Electrónico de

Productos y Servicios.

25. PLAZOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO

En caso que un proponente se vea favorecido con la adjudicación de la presente licitación, y transcurridos los seis (6) días hábiles sin que se haya interpuesto ninguna acción en contra del acto administrativo mediante el cual se adjudica la Licitación Pública, ésta se considerará ejecutoriada y la entidad contratante procederá a la celebración del contrato a favor del proponente a quien se le adjudicó el acto público, quien a su vez tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles de ejecutoriada dicha resolución para constituir la respectiva Fianza de Cumplimiento, para luego entonces proceder a formalizar el contrato, de acuerdo con el pliego de cargos y las disposiciones legales.

Si el proponente seleccionado fuese extranjero, éste deberá dejar constancia en el contrato de su renuncia a reclamación diplomática, salvo el caso de negación de justicia. Este precepto también se aplicará a las sociedades en que existan extranjeros que sean propietarios o que tengan el control sobre las acciones o participaciones sociales en ellas, y en los casos de cesión del contrato a extranjeros, en las mismas circunstancias.

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Página 36 de 81 26. FIANZA DE CUMPLIMIENTO

El Despacho requerirá al proponente adjudicatario la presentación de la Fianza de Cumplimiento del Contrato al momento de la firma del mismo que será equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato. Esta fianza garantiza el cumplimiento de un contrato u obligación de ejecutar fielmente su objetivo y una vez cumplido esté, de corregir los defectos a que hubiere lugar. Su vigencia corresponde al período de ejecución del Contrato principal más un término de cobertura que será de seis (6) meses.

Si el proponente seleccionado no constituye la Fianza de Cumplimiento dentro del término correspondiente, perderá la Fianza de Propuesta, que quedará a favor del Tesoro Municipal.

Las Fianzas será emitida a favor del Ministerio de la Presidencia / Contraloría General de la República, y será depositada en esta última.

27. INICIO Y VIGENCIA DEL CONTRATO

Una vez se cuente con el refrendo de la Contraloría General de la República y demás aprobaciones que por ley se requieran, el proponente favorecido con la adjudicación deberá proceder con el suministro del cien por ciento (100%) de los juguetes dentro de un periodo máximo de VEINTICINCO (25) DÍAS CALENDARIO, a partir de la fecha que quede consignada en la respectiva Orden de Proceder.

En caso de retrasos en la entrega no imputables al futuro contratista o cuando se produzcan situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, el Despacho podrá conceder extensiones al plazo indicado en este apartado por periodos no menores al retraso. Para dichos casos, el futuro contratista deberá solicitar por escrito la extensión del periodo de entrega e instalación, indicado las razones que sustenten la misma y deberá contar con la aprobación expresa del Despacho, así como del posterior refrendo de la Contraloría General de la República.

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Página 37 de 81 28. LUGAR DE ENTREGA

El lugar de entrega del suministro será en los Depósitos del Departamento de Bienes y Donaciones del Despacho de la Primera Dama, previa coordinación con la Dirección de Proyección Social del Despacho de la Primera Dama. Las oficinas operan de lunes a viernes de 8:00 a.m., a 12:00 p.m., y de 2:00 p.m., a 4:00 p.m.

29. PORCENTAJE DE MULTA APLICABLE

Cuando por causas imputables al proponente adjudicatario se retrase la entrega del suministro requerido o cuando el proponente adjudicatario incumpla con los plazos estipulados para la entrega del cien por ciento (100%) de los juguetes, y presente solicitud de prórroga después de la fecha o plazo de entrega, se le impondrá una multa del cuatro por ciento (4%), dividido entre treinta (30), por cada día calendario de atraso.

En ningún caso el valor total de la multa podrá ser superior al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y deberá ser ingresada al Tesoro Nacional.

30. PROTECCIÓN Y CUIDADO DE LOS JUEGUETES PREVIO A SU ENTREGA Y RECIBIDO POR PARTE DEL DESPACHO

El proponente adjudicatario será directamente responsable por la debida protección de los juguetes objeto del suministro, protegiéndolos en forma adecuada contra cualquier clase de daño, deterioro o pérdida que pudiere sufrir en tránsito y será responsable por todos los daños ocasionados al mismo durante el transporte hasta su entrega en el lugar previamente indicado.

Cualquier daño, deterioro o pérdida que se registre o llegue a registrarse en el suministro que no fuera imputable al Despacho, será sufragado, exclusivamente por el proponente adjudicatario, el cual deberá hacer a su costo las reparaciones o los reemplazos que disponga u ordene el Despacho, incluyendo todos los gastos que ocasione el ejecución del objeto de la presente licitación.

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Página 38 de 81 31. PERIODO DE GARANTIA

El proponente adjudicatario deberá proporcionar, como mínimo, un periodo de garantía de fábrica, según las condiciones que se indican en el Capítulo III de este pliego de cargos por cada juguete suministrado y recibido a entera satisfacción del Despacho, NO MENOR A SEIS (6) MESES, que inician a partir que el Despacho emite el Acta de Recibido Conforme a la finalización del total de suministros y servicios aquí solicitados.

Si en el curso del suministro el proponente adjudicatario encontrase error u omisiones en las especificaciones o datos que le hayan sido suministrados por el Despacho, o discrepancia entre ellos, estará en la obligación de informarle por escrito al Despacho tan pronto como los hubiese advertido. En tal caso, el Despacho hará las verificaciones o comprobaciones necesarias y procederá, en su caso, a la notificación por escrito de las rectificaciones o aclaraciones que las circunstancias determinen.

Cualquier servicio que se hiciera después de aclarada alguna discrepancia u omisión o algún error, será por cuenta y riesgo proponente adjudicatario, a menos que éste estuviese expresamente autorizado por el Despacho para realizarlo. En tal caso, la mencionada autorización deberá ser por escrito y dirigida al proponente adjudicatario.

32. RESPONSABILIDADES DEL PROPONENTE ADJUDICATARIO

a) Desarrollar los servicios en su totalidad de acuerdo a lo que en este pliego de cargos y en el contrato se indique.

b) Ejecutar las funciones y responsabilidades inherentes al suministro, actuando en atención a las directrices emanadas del Despacho.

c) No divulgar, entregar o suministrar total o parcialmente, la información que recabe producto del servicio contratado, sin el consentimiento por escrito del Despacho. d) Garantizar la calidad de los juguetes y servicios contratados, y responder por ello de

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Página 39 de 81 33. FORMA DE PAGO

El Despacho efectuará un (1) solo pago por el cien por ciento (100%) del monto total de la contratación, previa presentación de la cuenta al Tesoro Nacional por parte de la empresa adjudicataria conjuntamente con la factura respectiva, una vez se haya recibido y aceptado a satisfacción la totalidad del suministro objeto de esta Licitación previa presentación de un informe de ejecución debidamente certificado por el Despacho.

El Despacho podrá efectuar el pago dentro de los noventa (90) días calendario, contados a partir de la presentación de la cuenta respectiva, con toda la documentación expedida por las reglamentaciones vigentes.

34. SUBCONTRATACIÓN

La empresa adjudicataria de la presente licitación podrá, previa aprobación por escrito de parte del Despacho, subcontratar con terceros para el efectivo cumplimiento de sus obligaciones producto del presente Contrato, sin que ello le libere de sus obligaciones para con el Despacho.

Las responsabilidades asumidas por la empresa adjudicataria conforme a las exigencias de este pliego de cargos también se harán extensivas a la(s) empresa(s) que la empresa adjudicataria subcontrate para la ejecución de cualquier parte del trabajo, sin que ello constituya una relación contractual con el Despacho y ellos.

35. CESIÓN DE CONTRATO Y CRÉDITO

El contratista podrá ceder los derechos que nazcan del contrato, previo cumplimiento de las formalidades establecidas por esta Ley, el reglamento o por las condiciones consignadas en el pliego de cargos que haya servido de base al procedimiento de selección de contratista, previa aprobación del Despacho.

El Contratista no cederá el contrato o parte de él, ni ninguno de los derechos derivados de dicho contrato, a ninguna otra persona, firma o corporación, a menos que para este propósito cuente previamente con el consentimiento escrito del Despacho. El

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