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BORRADOR ENTRE AGENCIA CHILENA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA XXXXXXXXXXX

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CONVENIO PARA LA REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE VENTA DE LOS DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS DENTRO DEL MARCO DE LA LÍNEA DE APOYO

“INCORPORACIÓN DE DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA CAMINERO”

ENTRE

AGENCIA CHILENA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y

XXXXXXXXXXX ABM/CGL/RSW

2014-07/91

En Santiago de Chile, a XFECHAX, entre la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, Rol Único Tributario Nº 65.030.848-4, representada por sus directores, don Fernando Alvear

Artaza, chileno, casado, Abogado, cédula nacional de identidad número 4.779.384-K, y doña Natalia Arancibia Aros, chilena, soltera, Ingeniero Civil de Industrias, cédula nacional de

identidad número 13.329.423-6, todos domiciliados en calle Monseñor Sótero Sanz Nº 221, comuna de Providencia, Santiago, en adelante e indistintamente “Agencia” o “AChEE”, por una parte; y por la otra XXXXXXXX, Rol Único Tributario Nº XRUTX, representado por don

XXXXXXXX, XNACIONALIDADX, XPROFESIONX, cédula nacional de identidad número XRUTX,

ambos domiciliados en XCALLEX, comuna de XCOMUNAX, XCIUDADX, en adelante e indistintamente el “Proveedor”;

Todos domiciliados para estos efectos en la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, se ha convenido el siguiente convenio:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO.

La AChEE, llevará a cabo en el presente año la Línea de Apoyo “Incorporación de Dispositivos Aerodinámicos para Vehículos de Transporte de Carga Caminero”, en adelante, la “Línea de apoyo”, cuyo objetivo es otorgar un Cofinanciamiento a los dueños de camiones y empresas de transporte para que incorporen dispositivos aerodinámicos a su flota, contribuyendo de esta forma a la reducción de consumo de combustible del transporte de carga.

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En este contexto, el objeto del presente convenio es regular las condiciones de venta de los dispositivos aerodinámicos por parte de los proveedores participantes en la Línea de Apoyo. En tal calidad, los proveedores que firmen el presente convenio con la AChEE, en adelante Proveedor de la Línea de Apoyo, podrán participar en la venta de Dispositivos Aerodinámicos a los Beneficiarios de la Línea de apoyo, todo ello de acuerdo a lo establecido en el presente convenio, sus anexos y a las bases de la Línea de apoyo, las cuales formarán parte integrante de éste para todos los efectos legales.

CLÁUSULA SEGUNDA. DEFINICIONES.

a) AChEE: Agencia Chilena de Eficiencia Energética.

b) Acta de Adjudicación: Acta que resuelve la Línea de apoyo, en donde se indican las

Postulaciones adjudicadas, según se establece en las bases de la Línea de apoyo.

c) Aerodinámica: Ciencia que estudia el comportamiento de un fluido gaseoso cuando se

desplaza alrededor de un cuerpo.

d) Asesoría técnica profesional: Asesoría proporcionada por la AChEE, a través de una

Entidad Experta, respecto de la selección de los Dispositivos Aerodinámicos (servicio a pedido del Postulante), la metodología de toma de datos de combustible consumido y kilómetros recorridos (servicio obligatorio para el Beneficiario según estime necesario la AChEE) y la metodología para determinar el ahorro de consumo obtenido a través de la implementación de los Dispositivos Aerodinámicos (servicio obligatorio para el Beneficiario).

e) Beneficiario: Se entenderá por beneficiario como aquel Postulante que se adjudique el

Beneficio.

f) Beneficio: Cofinanciamiento y Asesoría técnica Profesional entregados por la AChEE al

Beneficiario dentro del marco de la Línea de apoyo.

g) Cofinanciamiento: Monto en dinero no reembolsable que aporta la AChEE, dentro del

marco de la Línea de apoyo, cuyo fin es promover la Eficiencia Energética en el sector transporte de carga caminero.

h) Convenio Beneficiario: Documento de carácter legal en el cual se establecen los derechos

y obligaciones del Beneficiario y de la AChEE. Además, estipula los productos y plazos a desarrollar en virtud del Beneficio otorgado al Beneficiario.

i) Convenio Proveedor: Documento de carácter legal en el cual se establecen los derechos y

obligaciones del Proveedor y de la AChEE para participar en la Línea de apoyo

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“Incorporación de Dispositivos Aerodinámicos para Vehículos de Transporte de Carga Caminero”.

j) Diferencial: Monto equivalente al precio total de venta de los Dispositivos Aerodinámicos

más el servicio de instalación asociado (monto total de factura asociada), menos el monto de Cofinanciamiento, asociados a un Beneficiario.

k) Dispositivo Aerodinámico: Elemento o accesorio físico que se implementa en un vehículo

de transporte de carga por carretera (en este caso) para disminuir la resistencia producida por el aire contra el movimiento del vehículo.

l) Eficiencia Energética (EE): Conjunto de acciones que permiten optimizar la relación entre

la cantidad de energía consumida y los productos y servicios obtenidos.

m) Entidad Experta: Persona jurídica, contratada por la AChEE, que presta Asesoría técnica profesional al Beneficiario.

n) Postulación: Acto en virtud del cual los Postulantes hacen explícita su voluntad de

participar en la Línea de apoyo, presentando los documentos requeridos en las bases de la Línea de apoyo.

o) Postulantes: Personas naturales o jurídicas que entregan servicios de transporte de carga

por carretera, que presenten dentro del plazo los antecedentes para postular a la Línea de apoyo.

p) Programa: Conjunto de etapas, hitos y actividades que derivan de los compromisos

contraídos por cada Beneficiario de acuerdo a las bases de la Línea de Apoyo. Para cada Beneficiario habrá un Programa asociado y contemplará las siguientes actividades:

• Procesos de Postulación y firma de Convenio Beneficiario.

• Proceso de compra e instalación de los Dispositivos Aerodinámicos.

• Proceso de registro y entrega de datos de consumo de combustible y kilómetros recorridos.

q) Proveedor de la Línea de Apoyo: Persona jurídica, que bajo convenio con la AChEE provee,

dentro del marco de la Línea de Apoyo, uno o más modelos de Dispositivo Aerodinámico con ciertas características económicas y técnicas predeterminadas.

r) Término de Programa: Fecha en la cual la AChEE aprueba las condiciones necesarias para

que un Beneficiario de por finalizado su Programa, de acuerdo a lo indicado en las bases de la Línea de Apoyo.

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CLÁUSULA TERCERA. DE LAS CONDICIONES DE VENTA DE LOS DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS.

a) Antecedentes: La venta de Dispositivos Aerodinámicos que realice el Proveedor, dentro del

marco de la Línea de apoyo se ajustará a las condiciones y términos que se establecen en esta cláusula y en el ANEXO N° 1.

b) Objeto: Respecto del Proveedor, sólo podrán ser objeto del Cofinanciamiento los modelos

de Dispositivos Aerodinámicos que están incluidos en este convenio.

c) Precio:

i. Se considera por tal el precio final de venta al Beneficiario, de acuerdo a lo que se indica en la Oferta Económica, ANEXO N° 1, apartado II. El precio deberá expresarse sin y con impuestos y en moneda nacional.

ii. El precio que se indica en la Oferta Económica, debe estar compuesto por 2 ítems, el costo del dispositivo aerodinámico y el costo del servicio de instalación. Además, debe indicarse el precio total.

iii. En ningún caso el precio de venta e instalación del Dispositivo Aerodinámico podrá ser superior al indicado en la Oferta Económica.

iv. La forma y medio utilizado por el Beneficiario para realizar el pago al Proveedor, del Diferencial, será parte de un acuerdo privado entre el Beneficiario y el Proveedor que no irrogará ningún tipo de responsabilidad a la AChEE.

v. En ningún caso el Proveedor podrá condicionar la venta de un Dispositivo Aerodinámico a la obtención de un crédito por parte del Beneficiario en una determinada institución bancaria o financiera.

d) Plazo de instalación: El Proveedor deberá ejecutar la instalación de los Dispositivos

Aerodinámicos dentro del plazo máximo de 40 días hábiles, contados desde la fecha de firma del Convenio Beneficiario, entendiéndose como tal, la fecha de recepción en la oficina de partes de la AChEE, de las 3 copias del Convenio Beneficiario firmadas por el Beneficiario junto con la garantía de fiel cumplimiento que se indica en el numeral 12 de las bases de la Línea de Apoyo. Esta fecha será notificada al Beneficiario y al Proveedor conforme lo estipulado en la cláusula décimo segunda, dentro del plazo de un día hábil contado desde la fecha de firma del Convenio Beneficiario.

Por su parte, los Beneficiarios deberán formalizar la compra de los Dispositivos Aerodinámicos asociados a sus Postulaciones, con el Proveedor, dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de firma del Convenio Beneficiario, entendiéndose como tal, la fecha de recepción en la oficina de partes de la AChEE, de las

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3 copias del Convenio Beneficiario firmadas por el Beneficiario junto con la garantía de fiel cumplimiento que se indica en el numeral 12 de las bases de la Línea de Apoyo.

La compra de los Dispositivos Aerodinámicos asociados a la Postulación de un Beneficiario será acreditada por el Proveedor mediante algún registro escrito convenido con el Beneficiario, ya sea:

• Correos electrónicos entre el Proveedor y el Beneficiario donde quede explícita la petición del Beneficiario de proceder con la instalación de los Dispositivos Aerodinámicos

• Orden de compra emitida por el Beneficiario

U otra que registre explícitamente tanto que el Beneficiario otorga el visto bueno al Proveedor para que instale como la fecha en que esto sucede. Será responsabilidad del Proveedor contar con este registro y será responsabilidad del Beneficiario cooperar con el Proveedor para que este obtenga el registro.

e) Pagos adicionales y/o anticipos:

i. El Beneficiario no está obligado a realizar ningún pago adicional al Diferencial. Las eventuales adiciones, modificaciones u otras solicitudes que impliquen costos adicionales al Beneficiario serán acuerdos privados que no irrogarán ningún tipo de responsabilidad a la AChEE, y deberán ser facturadas de manera independiente a los Dispositivos Aerodinámicos y su instalación.

ii. Eventuales anticipos solicitados por el Proveedor al Beneficiario serán parte de acuerdos privados que no irrogará ningún tipo de responsabilidad a la AChEE.

f) Lugar de entrega: El lugar de entrega e instalación de los Dispositivos Aerodinámicos

deberá ser acordado entre el Beneficiario y el Proveedor previo a la presentación de la Postulación. Cambios posteriores que impliquen un menor costo de instalación no estarán permitidos. Cambios posteriores que impliquen un mayor costo de instalación sí estarán permitidos, en cuyo caso el Beneficiario deberá cubrir este costo de acuerdo a lo que acuerde con el Proveedor.

g) Stock:

i. Por cada modelo, el Proveedor deberá comprometer una cantidad determinada de Dispositivos Aerodinámicos por la cual es capaz de cumplir con el plazo de entrega establecido en el literal d) de la presente cláusula. El precio asociado a estos deberá corresponder al indicado en la oferta económica (ANEXO N° 1).

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ii. En caso que haya más demanda en la Línea de Apoyo, en relación al stock ofertado para un modelo determinado, la AChEE solicitará por medio de correo electrónico al Proveedor un programa de entrega del o los modelos que excedan la oferta presentada. El Proveedor deberá presentarlo por medio de correo electrónico a la AChEE, dentro de los 5 días corridos siguientes de efectuado el requerimiento por parte de ésta. El programa, deberá ser evaluado por la AChEE. Una vez aprobado por la AChEE, ésta informará a los Beneficiarios el plazo de entrega en la respectiva Acta de Adjudicación. iii. El incumplimiento en los plazos de entrega de los Dispositivos Aerodinámicos a los

Beneficiarios de acuerdo a lo establecido en los numerales i y ii contenidos en el literal g) de la presente cláusula, será sancionado conforme a lo establecido en la cláusula quinta literal a).

h) Catálogo: El Proveedor deberá adjuntar un catálogo para cada uno de los modelos

ofertados, en el cual se indica explícitamente las características principales. Todo catálogo asociado a este Convenio Proveedor será publicado en el sitio web www.acee.cl.

i) Garantía: Por medio del presente Convenio Proveedor, el Proveedor otorga una garantía

de calidad de producto y de la instalación asociada, a cada uno de los Dispositivos Aerodinámicos vendidos dentro del marco de la Línea de apoyo, garantía que tenga vigencia por el plazo mínimo de un año a partir de la fecha de instalación de los Dispositivos Aerodinámicos y recepción conforme por parte del Beneficiario. El Proveedor se compromete a reponer toda parte o pieza que resulte dañada a causa de una mala instalación o que resulte defectuosa. Las condiciones específicas de la garantía se adjuntan a este Convenio Proveedor como ANEXO N° 3.

j) Logos del Ministerio de Energía y de la AChEE:

i. El Proveedor deberá adherir a todo Dispositivo Aerodinámico que comercialice dentro del marco de la Línea de apoyo los logos del Ministerio de Energía y de la AChEE de acuerdo a las condiciones presentadas en el ANEXO N° 2.

ii. La AChEE le proporcionará al Proveedor los logos que requiera para cumplir con el literal j) numeral i dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación del Beneficio por parte del Beneficiario asociado.

k) Cualquier situación generada por un Beneficiario y que impida al Proveedor cumplir con lo

exigido en este Convenio deberá ser oportunamente notificado por el Proveedor a la AChEE, por medio de carta física y copia escaneada de la misma enviada por correo electrónico a programastransporte@acee.cl. La misma facultad tendrá el Beneficiario en caso que un Proveedor le genere entorpecimiento para el cumplimiento de sus obligaciones. Lo anterior debe ser realizado en un periodo no superior a la fecha establecida para el cumplimiento de la o las obligaciones comprometidas.

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CLÁUSULA CUARTA. DE LA ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Y DE LA ENTREGA DEL COFINANCIAMIENTO.

a) El Proveedor entregará rendiciones a la AChEE donde individualizará los Dispositivos

Aerodinámicos vendidos e instalados durante el periodo que se informa, de acuerdo al formato contenido en el ANEXO N° 4.

b) Junto a cada rendición, el Proveedor deberá presentar las copias originales o legalizadas

ante notario de las facturas de venta o las copias simples de las facturas electrónicas, las cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:

i. Cada Dispositivo Aerodinámico indicado en cada factura debe corresponder a los modelos adjudicados por el Beneficiario, y deben estar contenidos en el ANEXO N° 1. ii. El subtotal indicado en la factura, por cada Dispositivo Aerodinámico y por cada

instalación, debe ser igual o inferior al valor indicado en el ANEXO N° 1. En el caso de aplicarse alguna multa, de acuerdo al literal a) de la cláusula quinta, el monto de la factura deberá reflejar este descuento como ítem “Descuento por multas”.

iii. Las facturas deberán haber sido emitidas por el Proveedor y no pueden incluir ningún servicio y/o producto adicional a los Dispositivos Aerodinámicos y su servicio de instalación en convenio. Cualquier costo adicional solicitado por el Beneficiario debe ser facturado de manera independiente.

c) Además, junto a cada rendición, el Proveedor deberá presentar los siguientes

antecedentes:

i. Acta de recepción de cada Dispositivo Aerodinámico o conjunto de Dispositivos Aerodinámicos a entera conformidad, suscrita por el receptor, de acuerdo al formato presentado en el ANEXO N° 5. Esta acta deberá ser firmada por el Beneficiario o por uno de sus representantes legales, en otro caso, la persona que firma deberá dejar o una copia del contrato que lo vincula explícitamente al Beneficiario o un original de poder simple firmado por el Beneficiario o por uno de sus representantes legales, donde se indique explícitamente que:

• El Beneficiario autoriza al receptor para actuar en su representación al momento de recibir el vehículo con los Dispositivos Aerodinámicos instalados.

• El nombre y rut del receptor.

Además, el receptor que actúe en representación del Beneficiario deberá dejar una copia por ambos lados de su cédula de identidad.

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ii. Fotografías de los vehículos con los Dispositivos Aerodinámicos instalados y con los logos adheridos de acuerdo a las condiciones presentadas en la cláusula tercera, literal j), numeral j)i. Estas fotografías deberán permitir identificar claramente el modelo de Dispositivo Aerodinámico instalado y el vehículo en el cual se instala con la placa patente evidentemente a la vista. Los vehículos identificados en las fotografías deberán coincidir con los vehículos presentados en la Postulación de los Beneficiarios involucrados, de lo contrario la rendición será rechazada. Deberán ser un mínimo de 4 fotografías con las siguientes características:

• Foto frontal en ángulo que muestre toda el área frontal y el área lateral derecha

(visto desde el frente) del camión o conjunto tracto-trailer, con suficiente claridad para leer claramente la placa patente del tracto o camión.

• Foto lateral sin ángulo que muestre toda el área lateral derecha (referenciado

desde el frente) del camión o conjunto tracto-trailer, esta deberá abarcar todo el conjunto.

• Foto posterior en ángulo que muestre toda el área posterior y el área lateral

izquierda (visto desde el frente) del camión o conjunto tracto-trailer, con suficiente claridad para leer claramente la placa patente del camión o trailer.

• Foto lateral sin ángulo que muestre toda el área lateral izquierda (referenciado

desde el frente) del camión o conjunto tracto-trailer, esta deberá abarcar todo el conjunto.

d) Cualquier cambio a realizar respecto de los vehículos presentados por un Beneficiario en

su Postulación deberá ser previamente aprobado por la AChEE. Para lo cual el Beneficiario deberá presentar una petición por escrito del cambio a realizar y justificarlo debidamente. La AChEE considerará para su resolución exclusivamente factores relacionados con la compatibilidad mecánica entre los vehículos y los Dispositivos Aerodinámicos. En el caso que la AChEE detecte cambios no autorizados se determinará que ha habido un incumplimiento, tanto por parte del Beneficiario como del Proveedor, por lo que procederá con las sanciones correspondientes a ambas partes de acuerdo a lo que estipulen los respectivos convenios ante un incumplimiento.

e) Las rendiciones presentadas por el Proveedor, serán revisadas por la AChEE dentro de un

plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción en la AChEE, de acuerdo a lo indicado en la cláusula décima segunda.

f) En caso de presentación de facturas con errores u omisiones (en especial en el precio y

modelo) o cualquier otra disconformidad, en relación a la información y documentación entregada por el Proveedor, la rendición se entenderá rechazada, debiendo subsanarla el Proveedor dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la notificación

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realizada al correo electrónico del Proveedor. En caso de un segundo error, la AChEE podrá considerarlo como un incumplimiento grave.

g) El monto de Cofinanciamiento adjudicado por cada Beneficiario, asociado a Dispositivos

Aerodinámicos provistos por el Proveedor, será entregado directamente al Proveedor, sujeto a la aprobación por parte de la AChEE de la rendición asociada a aquellos montos.

h) Una vez aprobada una rendición presentada por el Proveedor, la entrega de los montos de

Cofinanciamiento asociados a la rendición será realizada por la AChEE dentro de un plazo estimado de 15 días hábiles contados desde la aprobación de aquella rendición.

i) La aprobación o rechazo de una rendición será comunicada por la AChEE al Proveedor por

medio del correo electrónico indicado en la cláusula décimo segunda.

CLÁUSULA QUINTA. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Y SANCIONES ASOCIADAS.

a) Ante el incumplimiento del plazo de entrega de los Dispositivos Aerodinámicos a los

Beneficiarios de la Línea de apoyo, el Proveedor será sancionado con la aplicación de una multa a favor del Beneficiario de 0,5 Unidad Tributaria Mensual (UTM) por cada día de atraso, por cada vehículo involucrado, la cual deberá ser descontada del precio de venta. Si el monto de la multa supera el Diferencial que debe pagar el Beneficiario, el excedente será descontado del Cofinanciamiento.

b) Si el incumplimiento al que se ha hecho mención en el literal a) involucra: 1) el retraso en

la instalación de 5 o más Dispositivos Aerodinámicos por tiempos desde 1 día o 2) el total de multas acumuladas alcanza las 5 UTM; la AChEE podrá poner término anticipado al presente Convenio unilateralmente. Ante lo cual, cada Beneficiario cuya Postulación esté asociada al Proveedor tendrá la posibilidad de: Mantener el Proveedor (sujeto a lo que determine la AChEE de acuerdo a lo indicado en la cláusula séptima), retractarse de su adjudicación o postular para la obtención de Dispositivos Aerodinámicos de otro Proveedor en Convenio.

c) Se considerará como fecha de instalación de los Dispositivos Aerodinámicos, la fecha

indicada en el Acta de recepción asociada a ellos, adjunta a la rendición presentada por el

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d) Se considerarán como incumplimiento grave, entre otras, las siguientes situaciones:

i. Falsificación o adulteración de cualquier documentación de respaldo que se exija al Proveedor con motivo del presente Convenio Proveedor;

ii. Inobservancia o vulneración de las condiciones de venta informadas y contenidas en el ANEXO N° 1;

iii. Incumplimiento reiterado de la obligación de entrega o entrega oportuna de los Dispositivos Aerodinámicos, de acuerdo a lo indicado en el literal b) precedente.

iv. Instalar un tipo de Dispositivo Aerodinámico en un vehículo que ya poseía un Dispositivo Aerodinámico del mismo tipo, esta Línea de Apoyo no cofinancia reemplazos.

e) Un incumplimiento grave facultará a la AChEE a poner término anticipado al Convenio

conforme lo establecido en la cláusula séptima.

f) Excepcionalmente y por razones de fuerza mayor, caso fortuito o hechos imputables a

terceros ajenos a este Convenio Proveedor, las que serán calificados de tales por la AChEE, las partes podrán prorrogar el plazo de cumplimiento de una determinada obligación, en cuyo caso no serán aplicables las sanciones reguladas en esta cláusula. La prórroga que se verifique en conformidad a este literal será informada por la AChEE al Beneficiario a través de correo electrónico.

g) La aplicación de las multas se ceñirá al siguiente procedimiento:

i. Las multas serán comunicadas de acuerdo a lo indicado en la cláusula décimo segunda, identificando la obligación incumplida, hechos en que se funda, naturaleza y cuantía de la multa, cuando proceda.

ii. Con los antecedentes de que se disponga y con los aportados por el Proveedor, la AChEE determinará la cuantía y aplicará la multa lo cual será notificado al Proveedor mediante correo electrónico conforme lo establecido en la cláusula décima segunda. iii. Una vez informada la multa, el Proveedor deberá considerar el descuento en el precio

de venta de los Dispositivos Aerodinámicos asociados al Beneficiario afectado.

h) En cualquier caso, la aplicación de las multas antes señaladas será sin perjuicio de la

facultad de la AChEE de ejercer las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor.

i) La AChEE no hará entrega de los montos de Cofinanciamientos asociados a rendiciones

con casos de multas hasta que el Proveedor presente las respectivas facturas o correcciones a estas incluyendo el descuento asociado a las multas.

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CLÁUSULA SEXTA. SUPERVISIÓN DEL CONVENIO.

La AChEE se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, a través de la realización de visitas inspectoras u otro sistema que ésta determine. El Proveedor deberá otorgar todas las facilidades para que éstas sean efectuadas de la manera más expedita y eficiente posible.

CLÁUSULA SÉPTIMA: TÉRMINO UNILATERAL ANTICIPADO DEL CONVENIO.

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula quinta de este instrumento, la AChEE podrá poner término anticipado unilateralmente al Convenio en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a) Si el Proveedor es declarado en quiebra o le son protestados documentos comerciales que

se mantuvieren impagos por más de 60 días corridos o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

b) En caso de término de giro, liquidación o disolución del Proveedor. En tales eventos el

Proveedor tendrá la obligación de comunicar por escrito cualquiera de tales hechos a la AChEE dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde el suceso respectivo.

c) En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.

d) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.

e) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al Convenio

Proveedor.

Puesto término anticipado al Convenio Proveedor por cualquiera de las causas señaladas, subsistirán las obligaciones del Proveedor con los Beneficiarios que aún no hayan concluido el proceso de instalación del Dispositivo Aerodinámico, es decir, el Proveedor deberá cumplir con todas las obligaciones contraídas, además de concretar las ventas de los Dispositivos Aerodinámicos de todos aquellos Beneficiarios adjudicados antes del término anticipado de convenio, salvo que la AChEE resuelva liberar de aquella responsabilidad ante uno, varios o todos los Beneficiarios con instalaciones pendientes, de acuerdo a las razones que estime convenientes.

En cualquier caso, el término anticipado del Convenio Proveedor por incumplimiento de las obligaciones del Proveedor o por aplicación de lo establecido en la cláusula quinta, dará derecho a la AChEE para excluir al Proveedor sancionado de participar en futuras versiones de cualquier proyecto de la AChEE y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento indicada en la cláusula octava, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza.

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Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder a la AChEE en contra del Proveedor.

CLÁUSULA OCTAVA. GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.

Con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, el Proveedor deberá entregar junto con el convenio debidamente firmado una boleta bancaria de garantía o vale vista bancario en moneda nacional, emitida/o por un banco con sucursal en Santiago de Chile, por un monto de $2.000.000, (dos millones de pesos) extendida a nombre de la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, RUT 65.030.848-4, con una vigencia no inferior al 31 de marzo de 2015, pagadera a la vista y con carácter de irrevocable.

La no entrega de la garantía junto con el Convenio Proveedor firmado dejará sin efecto el convenio hasta que el Proveedor haga entrega de dicha garantía, privándolo de participar como Proveedor de la Línea de Apoyo.

De acuerdo a la naturaleza del documento, éste deberá contener una glosa en que se indique que se emite Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del convenio denominado: “CONVENIO PARA LA REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE VENTA DE LOS DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS DENTRO DEL MARCO DE LA LÍNEA DE APOYO INCORPORACIÓN DE DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA CAMINERO”. Este documento asegurará que el Proveedor cumpla a cabalidad con las obligaciones del Convenio y podrá ser ejecutado por la AChEE de acuerdo a lo indicado en este instrumento.

La devolución de la garantía se efectuará el 02 de abril de 2015. CLÁUSULA NOVENA. CONTRAPARTE.

Para todos los efectos indicados en el presente instrumento, la AChEE designa como contraparte técnica a Robert Schacht, correo electrónico programastransporte@acee.cl.

El Proveedor, a su turno, designa como contraparte técnica a xxxxxxxx, correo electrónico xxxxxxxxxx.

Las designaciones realizadas podrán ser modificadas, dando aviso por escrito a la otra parte,

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CLÁUSULA DÉCIMA: ACCESO A LA INFORMACIÓN.

El Proveedor acepta que toda información que se genere con motivo del cumplimiento del presente Convenio Proveedor es pública, tanto durante la vigencia del mismo como con posterioridad a su término.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DIFUSIÓN Y MARKETING.

En caso que el Proveedor contemple el desarrollo de una campaña de difusión asociada a la Línea de apoyo, ésta deberá ser presentada previamente a la AChEE, considerando como mínimo 3 días hábiles para su revisión. En caso que la AChEE detecte un incumplimiento a estas condiciones lo considerará como incumplimiento grave por parte del Proveedor.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.

Toda información o comunicación que haya de efectuarse entre las partes se realizará al mail de la AChEE, programastransporte@acee.cl y al mail del Proveedor, xxxxxxxxxxxxxxx.

Las instrucciones que afecten a los convenios vigentes de todos los Proveedores, las notificaciones de las adjudicaciones de la Línea de apoyo y las notificaciones de la aplicación de sanciones al Proveedor, serán realizadas por la AChEE a través de correo electrónico dirigido a la dirección indicada por el Proveedor en la comparecencia, las que se entenderán practicadas a contar del mismo día de envío.

A su vez, el Proveedor deberá comunicar las dudas relacionadas con la interpretación del Convenio Proveedor, la modificación de la contraparte y las modificaciones que proponga a las condiciones indicadas en alguna Postulación, al correo electrónico de la contraparte de la AChEE.

Por otra parte, las rendiciones deberán ser entregadas por el Proveedor en la oficina de partes de la AChEE en un sobre cerrado y caratulado con el nombre del Proveedor y el nombre de la Línea de Apoyo “INCORPORACIÓN DE DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA CAMINERO”, incluyendo una copia física original y una copia digital de los documentos y formularios en CD o DVD.

Cualquier modificación al presente Convenio será formalizada a través de la suscripción del respectivo instrumento y su posterior aprobación mediante acto administrativo.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA. VIGENCIA

El presente Convenio Proveedor regirá desde la total tramitación del acto administrativo aprobatorio y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre del 2014.

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CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA. DOMICILIO.

Para todos los efectos legales las partes fijan su domicilio en la comuna de Providencia, ciudad de Santiago.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA. PERSONERÍAS.

La personería de don Fernando Alvear Artaza para representar a la Agencia Chilena de Eficiencia Energética consta de escritura pública de fecha 4 de abril de 2011 otorgada en la notaria de Santiago don Eduardo Avello Concha. La personería de doña Natalia Arancibia Aros para representar a la Agencia Chilena de Eficiencia Energética consta de escritura pública de fecha 09 de abril de 2014 otorgada en la notaria Santiago don Eduardo Diez Morello.

La personería de don xxxxxx, para actuar en representación de xxxxx, consta de escritura pública de fecha xxxx, otorgada en la notaria de xxxxxxxxxx, de don xxxxxxxxxx.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA. EJEMPLARES.

El presente Convenio se firma en tres ejemplares de idéntico tenor y valor legal, quedando dos en poder de la AChEE y una en poder del Proveedor.

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Natalia Arancibia Aros Directora Ejecutiva (s)

p.p. Agencia Chilena de Eficiencia Energética

Fernando Alvear Artaza Director

p.p. Agencia Chilena de Eficiencia Energética

XREPRESENTANTE  LEGALX  

XCARGOX  

XENTIDAD  JURIDICAX  

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ANEXO N° 1: INDIVIDUALIZACIÓN PROVEEDOR Y CONDICIONES DE VENTA

I. FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR

DATOS  DEL  PROVEEDOR  

Tipo  de  Persona  

Jurídica  

Sociedad  Anónima  

 

Limitada  

 

E.I.R.L  

 

Razón  Social  

 

Giro  

 

RUT  

 

 

Domicilio  

Calle  

 

Comuna    

Número  

 

Ciudad    

Departamento  

 

Región    

Teléfono  Fijo  

 

Teléfono  Celular  

 

E-­‐Mail  

 

DATOS  DEL  REPRESENTANTE  LEGAL

1

 

Nombre  completo    

RUT  

 

Nacionalidad  

 

Cargo  

 

Domicilio  

Calle  

 

Comuna    

Número  

 

Ciudad  

 

Departamento    

Región  

 

Teléfono  Fijo  

 

Teléfono  Celular    

Email  

 

Fecha  de  la  

personería  

 

Notaría  de  la  

Escritura  Pública    

(NOTA: Si son dos o más los representantes legales se deberá indicar los datos de cada uno de ellos conforme a lo señalado en el cuadro precedente)

1 Adjuntar copia de la escritura pública vigente correspondiente donde conste la personería de cada representante legal.

(17)

17

II. OFERTA ECONÓMICA

Marca  

Modelo  

Ga

ra

nt

ía

 (a

ño

s)

 

 d

e  

Un

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ad

es

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as

 

Cont

em

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to

s)

 

Zona  

Instalación  

Costo  de  

instalación  

(sin  

impuestos)   Impuestos  

Costo  total  

Nombre  o  Razón  Social  del  Proveedor:    

Nombre  de  la  persona  que  firma  la  oferta

3

:          

Cargo  de  la  persona  que  firma:          

Firma  de  la  persona  cuyo  nombre  y  cargo  aparecen  arriba:  

Fecha  (dd/mm/aaaa):      

2 Indicar aparte, al menos el número y la ubicación de las perforaciones

(18)

18

ANEXO N° 2: FORMATOS Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS LOGOS

El formato referencial para todos los Dispositivos Aerodinámicos corresponderá a la imagen

presentada a continuación4:

Para el modelo de Dispositivo Aerodinámico [nombre], marca [nombre] se acuerdan las siguientes condiciones:

a) Dimensiones:

b) Ubicación:

c) Formato:

d) Otros:

Para el modelo de Dispositivo Aerodinámico [nombre], marca [nombre] se acuerdan las siguientes condiciones: e) Dimensiones: f) Ubicación: g) Formato: h) Otros:

 

 

4  Sujeto  a  cambios  según  características  del  Dispositivo  Aerodinámico  ofertado  y  según  lo  que  indique  el  Ministerio  de   Energía.  

(19)

19

ANEXO N° 3: CONDICIONES DE GARANTÍA

(20)

20

ANEXO N° 4: PLANILLA INFORMACIÓN SEMANAL DE VENTAS DE DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS

Semana  del  _____________________    al  _____________________  

Razón  social  del  Proveedor  

Nº  

Factura

5

 

RUT  

Beneficiario  

Dispositivos  Aerodinámicos  

6

 

Marca  

Modelo  

Precio  

TOTAL  

5  Ajuntar  facturas,  actas  de  recepción,  pagarés  y  fotografías  respectivas.  

(21)

21

ANEXO N° 5: FORMATO DE ACTA DE RECEPCIÓN

IDENTIFICACIÓN DE LA VENTA

Beneficiario  

 

Proveedor  

 

Factura  Nº  

 

Lugar  de  instalación

7

 

 

IDENTIFICACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS AERODINÁMICOS

8

  Marca  

Modelo  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RECEPTACIÓN DEL CLIENTE

He inspeccionado los Dispositivos Aerodinámicos individualizados más arriba y por este medio declaro haberlos recibido de forma satisfactoria.

Nombre,  RUT  y  firma  de  quien  recibe

9

   

Nombre  y  firma  de  Vendedor  

 

 

Fecha:    

 

 

 

 

7  Indicar  ubicación  donde  fue  recepcionado  el  Dispositivo  Aerodinámico  

8   Completar   de   acuerdo   a   número   en   lista   de   Dispositivos   Aerodinámicos   participantes   en   la   Línea   de   apoyo   y   publicada   en   el   sitio   www.acee.cl.  

9  Esta  acta  deberá  ser  firmada  por  el  Beneficiario  o  por  uno  de  sus  representantes  legales,  en  otro  caso,  la  persona  que  firma  deberá   dejar  o  una  copia  del  contrato  que  lo  vincula  explícitamente  al  Beneficiario  o  un  original  de  poder  simple  firmado  por  el  Beneficiario  o   por  uno  de  sus  representantes  legales,  donde  se  indique  explícitamente  que  1)  el  Beneficiario  autoriza  al  receptor  para  actuar  en  su   representación   al   momento   de   recibir   el   vehículo   con   los   Dispositivos   Aerodinámicos   instalados   y   2)   el   nombre   y   rut   del   receptor.   Además,  el  receptor  que  actúe  en  representación  del  Beneficiario  deberá  dejar  una  copia  por  ambos  lados  de  su  cédula  de  identidad.  

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