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Pensiones a Fondo. Boletín mensual para planes de pensiones. 1. Situación en los mercados. 2. Novedades. Enero Escenario General 1.

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1. Situación en los mercados

Escenario General 1 Renta Fija 2 Periféricos 3 Divisas 3 Renta Variable 4

2. Novedades

Tema del mes

Impacto modificaciones fiscales en los planes de pensiones 5 Legislación

RDL 20/2011 de 30 de diciembre 9

¿Sabías qué?

Los Fondos de Pensiones españoles tuvieron rentabilidad negativa del -1,1% en 2011 12

Enero 2012

(2)

Las medidas extraordinarias de liquidez del BCE y los acuerdos de la cumbre de la UE han permitido reducir en cierta medida las tensiones en los mercados financieros, aunque los precios de las materias primas han sufrido correcciones significativas (cerca de un 4% el crudo hasta 107 USD/barril) y la deuda pública core y el dólar han seguido actuando como refugio de los inversores. El euro, por su parte, ha estado sometido a fuertes presiones bajistas en respuesta a la política del BCE, con una caída frente al dólar del 3,6% en diciembre (-3,2% en el año) hasta niveles inferiores a 1,30 USD/euro.

A pesar de la nueva revisión a la baja del crecimiento del PIB del 3er Trimestre, del 2,0% al 1,8% anualizado, EE.UU. ha sorprendido por la resistencia de su economía en los últimos meses, con una expansión estimada para el 4º Trimestre del orden del 3%. Además, mejora la confianza de empresas y familias y el mercado laboral se recupera (la tasa de paro podría terminar el año por debajo del 9%). El crecimiento medio en 2011, sin embargo, se quedaría en un 1,8% frente al 3,0% del año anterior y para el 2012 se impone la cautela por el riesgo de contagio de la crisis europea y las dudas sobre la ampliación de las medidas de estímulo que por ahora se han prorrogado hasta febrero.

En cuanto a la zona Euro, a pesar de la reciente mejora de la confianza empresarial, los indicadores siguen siendo consistentes con una contracción del PIB en el 4º Trimestre que se estima en torno al 0,2% y que dejaría el crecimiento medio en el 2011 en un 1,6% frente al 1,8% del año anterior. Por otro lado, el mercado laboral se está deteriorando (la tasa de paro está ya en el 10,3%) y han aumentado los riesgos de un escenario recesivo en un contexto de fuerte ajuste fiscal, elevados costes de financiación y probable contracción del crédito.

Aunque la presión del precio de las materias primas se ha moderado en la recta final del año, el aumento de la inflación en 2011 es significativo. En EE.UU. la tasa general se situaba en

noviembre en el 3,4% frente al 3,6% anterior pero casi 2 puntos por encima del cierre del 2010. En la zona Euro, la inflación podría terminar el año por debajo del 3,0% de sep-nov, pero claramente por encima del 2,2% de un año antes. Mientras que la moderación de costes y la debilidad de la demanda apuntan a una corrección a la baja de la inflación en 2012, el aumento de impuestos y precios administrados puede limitar el descenso en la zona Euro.

1. Situación de los mercados

Presentación

En esta edición de “Pensiones a Fondo” les informamos de la elevada incertidumbre de los mercados con que cerró el año 2011 derivada de la crisis de la deuda soberana, la parálisis política en EE.UU. y el fuerte deterioro de las expectativas de crecimiento mundial, así como del paquete de medidas de apoyo lanzado por el BCE para contribuir a la relajación del mercado monetario, si bien continúa la inestabilidad en los países periféricos a la espera de las decisiones de la UE y el BCE.

En el “Tema del Mes”, analizamos las modificaciones introducidas en la normativa fiscal en los últimos tiempos, especialmente en lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de aplicación temporal durante los ejercicios 2012 y 2013, así como su impacto en los planes de pensiones..

En el apartado de Legislación, abordamos el RDL 20/2011 de 30 de diciembre analizando las consecuencias que se derivan para los planes de pensiones del sistema de empleo de Administraciones y Entidades del Sector Público en cuanto a la prohibición expresa de realizar aportaciones durante el ejercicio 2012, y posiblemente 2013.

En el apartado “Sabias que”, entre otros temas, analizamos los principios y criterios de gestión que han venido caracterizando nuestra estrategia de inversión, que han posibilitado que con los últimos datos conocidos, las rentabilidades obtenidas por los Planes de Pensiones gestionados por el Grupo BBVA hayan superado a las del mercado en todos los plazos: 1, 3, 5, 10, 15 y 20 años.

Esperamos que este nuevo número resulte de su interés y les recordamos nos ponemos a su disposición para seguir trabajando y poder ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.

David Carrasco

Director Pensiones BBVA

Escenario general

2011 termina con una elevada incertidumbre por la crisis de la deuda soberana, la parálisis política en EE.UU. y el fuerte deterioro de las expectativas de crecimiento mundial

(3)

50 90 130 170 210 250 290 330 370 di c-05 ju n -0 6 di c-06 ju n -0 7 di c-07 ju n -0 8 di c-08 ju n -0 9 di c-09 ju n -1 0 d ic -1 0 ju n -1 1 d ic -1 1

FT WORLD PETROLEO ($) ORO ($)

Renta Fija: El fuerte paquete de medidas de apoyo lanzado

por el BCE logra contribuir a la relajación del mercado

monetario.

RENTA FIJA. El BCE ha sido el principal protagonista de la política monetaria en diciembre, aunque otros bancos centrales han bajado tipos en respuesta a los indicios cada vez más claros de moderación de la actividad. En el caso de la autoridad monetaria europea, además de bajar por segundo mes consecutivo el tipo oficial en 25 pb, hasta el 1,00%, revirtiendo así las subidas de abril y julio, en su reunión de principios de diciembre anunciaba una fuerte ampliación de las medidas de apoyo a los bancos, con una reducción del coeficiente de caja del 2% al 1%, menores de exigencias de colateral y subastas de liquidez a 3 años, la primera de las cuales ha tenido una elevada demanda. Ello ha favorecido una relajación de los tipos en el mercado monetario, que descuenta además nuevas bajadas de tipos oficiales en el 2012 hasta al menos el 0,5%.

Las expectativas para la FED, mientras tanto, siguen ancladas en tipos muy bajos (0%-0,25%) durante los dos próximos años y no se descartan cambios en la estrategia de comunicación e incluso medidas adicionales de relajación cuantitativa más adelante a pesar de la valoración algo más positiva de la economía que hacía la FED en su última reunión.

La mayor agresividad del BCE en su política monetaria expansiva se ha reflejado en el tramo corto de la curva de deuda pública alemana, con una caída del tipo a 2 años en diciembre de 19 pb (-72 pb en el año) hasta niveles del 0,14%, mientras que en EE.UU. el tipo del bono a 2 años apenas ha cedido 1 pb (-35 pb en 2011) hasta el 0,24%. Mayor ha sido también el descenso en la rentabilidad del bono alemán a 10 años, que volvía a actuar, junto al americano, como activo refugio en un contexto de moderada aversión al riesgo y, sobre todo, de revisión a la baja de las expectativas de crecimiento en general (a pesar de los datos positivos en EE.UU.). Las caídas en diciembre han sido de 45 pb en Alemania y 19 pb en EE.UU. (-113 pb y -142 pb en el año), cerrando 2011 en niveles cercanos a mínimos del 1,83% y 1,88%. El año termina así con convergencia de tipos e importante aplanamiento de las curvas, especialmente de la americana. 31/12/11 Último Mes 2011 Renta Fija Nivel (%) Variación (pb) Variación (pb) Mercados Monetarios Libor 3 meses 0,58 5,21 28 Euribor 3 meses 1,36 -11,70 35 Euribor 12 meses 1,95 -8,80 44

Renta Fija Gobiernos

Alemania 2 años 0,14 -19 -72

Alemania 10 años 1,83 -45 -113

EE.UU. 2 años 0,24 -1 -35

EE.UU. 10 años 1,88 -19 -142

Diferencial EE.UU. - Euro

2 años 10 18 37 10 años 5 26 -28 Rentabilidad (%) Renta Fija Mensual 4º Trim. 2011 3er Trim. 2011 2º Trim. 2011 1er Trim. 2011 YTD Indice de Gobiernos 4,05% -0,56% 3,83% 1,18% -1,08% 3,34% Indice de Letras 0,71% 0,59% 0,50% 0,30% 0,39% 1,78% Indice de Credito 2,49% 1,30% -0,82% 1,64% -0,09% 2,02% Datos a 31 de Diciembre de 2011

Evolución Pendientes 2 a - 10a EE.UU. y Alemania La mayor agresividad del BCE en su política monetaria expansiva ha tenido su principal reflejo en el tramo corto (2 años) de la curva de deuda pública alemana

(4)

0 500 1000 1500 2000 2500 3000 ju n -09 ag o -0 9 o ct -09 d ic -09 fe b -1 0 ab r-10 ju n -1 0 ag o -1 0 o ct -1 0 di c-10 fe b -1 1 ab r-11 ju n -1 1 ag o -1 1 o ct -1 1 di c-11

Bono Grecia 10Y Bono Irlanda 10Y Bono Italia 10Y Bono España 10Y Bono Portugal 10Y

Divisas:

La política del BCE penaliza al euro frente a la divisa norteamericana

PERIFÉRICOS. La volatilidad ha caracterizado a la deuda periférica europea y también a mercados del “núcleo duro” como Francia, Austria o Bélgica ante las dos grandes citas de diciembre, la reunión del BCE y la cumbre de la UE. El saldo final ha sido relativamente positivo a pesar de las dudas sobre la ratificación de los acuerdos para avanzar en la integración fiscal y sobre la suficiencia de los fondos de estabilidad financiera (decepción por la falta de compromiso del BCE con compras más agresivas de deuda) y las advertencias de las agencias sobre una posible revisión a la baja del rating de los países de la zona Euro.

Aparte de Grecia, pendiente todavía del segundo plan de rescate, Italia, con unas fuertes necesidades de financiación, y Francia, que podría perder su AAA, han sido los países cuya deuda ha sido castigada en el último mes, mientras que el resto de la zona ha visto estrechamientos de diferencial con Alemania.

España, donde el nuevo gobierno anunciaba el 30-dic importantes medidas de ajuste ante la desviación estimada de 2 pp en el déficit público de 2011 respecto al objetivo del 6% del PIB, terminaba el mes con un diferencial a 10 años de 326 pb, 69 pb inferior al de un mes antes, y con una rentabilidad del 5,09% (vs 6,23% a finales de noviembre y 5,45% en dic-10).

DIVISAS. Fortaleza generalizada del dólar frente a las principales divisas, manteniéndose el grado de aversión al riesgo como el principal factor detrás de estos movimientos. En diciembre, el euro se ha mostrado especialmente débil frente a la divisa norteamericana, en respuesta a la política del BCE, registrando una caída mensual frente al dólar del 3,6% (-3,2% en el año) hasta niveles inferiores a 1,30 USD/euro.

Periféricos:

Inestabilidad a la espera de las decisiones de la UE y el BCE

Comportamiento positivo, en general, pese a las dudas sobre la ratificación de los acuerdos y las posibles revisiones de rating de las agencias de calificación crediticia

Zona Euro: Diferencial de tipos a 10 años frente a Alemania

31/12/11 Último Mes 2011

Divisa Nivel Variación (%) Variación(%)

EUR frente al USD 1,2961 -3,61% -3,16% EUR frente al YEN 99,66 -4,51% -8,12% EUR frente al GBP 1,1987 -2,58% -2,69%

31/12/11 Último Mes 2011

Renta Fija Nivel (pb) Variación (pb) Variación (pb)

Diferenciales a 10 años Paises Periféricos - Alemania España - Alemania 326 -69 77 Italia - Alemania 528 54 343 Irlanda - Alemania 638 45 28 Portugal - Alemania 1.153 -24 789 Grecia - Alemania 3.313 341 2.363

(5)

0 50 100 150 200 250

dic-05 jun-06 dic-06 jun-07 dic-07 jun-08 dic-08 jun-09 dic-09 jun-10 dic-10 jun-11 dic-11

Ibex 35 EuroStoxx50 SP 500 Nikkei 225

MSCI Dev. World MSCI Latam MSCI Asia

Las noticias mixtas vuelven a caracterizar el comportamiento neutro de los mercados Rentabilidad(%) (sin Dividendos)

Indices en moneda local

Valor del indice Último mes 2011 Ibex 35 8.566,30 1,38% -13,11% EuroStoxx50 2.316,55 -0,60% -17,05% SP 500 1.257,60 0,85% 0,00% Nikkei 225 8.455,35 0,25% -17,34% MSCI Dev. World 1.182,59 -0,17% -7,62% MSCI Emerging 916,39 -1,29% -20,41% MSCI Latam 3.602,28 -1,86% -21,92% MSCI Asia 378,68 0,65% -19,12%

Datos a 31 de Diciembre de 2011 RENTA VARIABLE.La renta variable cierra diciembre

sin grandes cambios (el índice mundial MSCI World retrocede un -0,3% el en dólares y +3,4% en euros), apoyada por los favorables datos en EE.UU. (aunque las sorpresas parecen haber dejado atrás los máximos), una política monetaria laxa y el apoyo a los bancos del BCE. Sin embargo, y pese a los acuerdos de la UE, sigue preocupando la situación fiscal/financiera en Europa, su impacto en el crecimiento y las estimaciones de beneficios (con revisiones a la baja). En el conjunto del año el índice pierde un 9,4% en dólares y 6,4% en euros. Por regiones 2011 termina con una mejor evolución de las bolsas desarrolladas (MSCI Developed World) frente a las emergentes (MSCI Emerging Markets), con caídas respectivas del 0,2% y 1,3% en dólares en diciembre y del 7,6% y 20,4% en el año).

Entre los mercados de países desarrollados destaca EE.UU. en el lado positivo y Europa en el negativo. Así, el S&P 500 consigue cerrar 2011 sin cambios en divisa local tras una subida del 0,9% en diciembre, mientras que el Eurostoxx 50, que cae un 0,6% en el último mes, acumula un fuerte descenso en el año del 17,1%. A diferencia de 2010, la bolsa española sufre en 2011 menos que el resto con una caída del Ibex 35 del 13,1% en el año (tras recuperarse un 1,4% en diciembre). En cuanto

a Japón, el índice Nikkei 225, que en diciembre avanza un 0,2% en yenes y un 4,9% en euros, acaba el año con un importante retroceso del 17,3% en divisa local (-10,0% en euros).

En cuanto al perfil sectorial de las bolsas en diciembre, destacan sobre todo las caídas de Tecnología (advertencias de compañías sobre sus resultados) y Materiales Básicos (caída de precios) y la fuerte subida de Salud. Por otro lado, aunque el sector Financiero logra recuperarse algo en el último mes, termina el año en el vagón de cola (sobre todo en Europa), como en 2010, caracterizándose por el contrario el 2011 por una rotación sectorial de Cíclicos a Defensivos.

Evolución Indice de Volatilidad VIX

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90

dic-06 jun-07 dic-07 jun-08 dic-08 jun-09 dic-09 jun-10 dic-10 jun-11 dic-11

Renta Variable:

Sin grandes movimientos en los índices bursátiles

Rentabilidad de los principales Indices Bursátiles (Base Dic-05)

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Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

La publicación del RDL 20/2011 de 30 de Diciembre sobre “Medidas urgentes en materia

presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público” ha introducido una serie de modificaciones en el IRPF que suponen un incremento en la cuota íntegra estatal, a través del establecimiento de un gravamen complementario a la misma. Esta modificación no afecta a los residentes de País Vasco y Navarra, que se rigen por sus propios IRPF.

En este sentido, se ha introducido un gravamen complementario -vigente, en un principio, únicamente durante los años 2012 y 2013- tanto en el caso de la base liquidable general (integrada por rendimientos del trabajo, actividades económicas, determinados rendimientos del capital mobiliario e ingresos procedentes de entidades en atribución de rentas), como en la base liquidable del ahorro (que agrupa a la mayoría de rendimientos de capital mobiliario -como pueden ser los intereses de cuentas corrientes y depósitos, dividendos, rendimientos de Fondos de Inversión- así como a las ganancias y pérdidas patrimoniales).

2. Novedades

Tema del mes

Impacto modificaciones fiscales en los planes de pensiones

El Tema del Mes de este número de Pensiones a Fondo tiene como objetivo analizar las

modificaciones introducidas en la normativa fiscal en los últimos tiempos, especialmente en lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de aplicación temporal durante los ejercicios 2012 y 2013, así como su impacto en los planes de pensiones.

Base Liquidable General

Se ha introducido el citado gravamen complementario, que incrementa el tipo marginal a aplicar a cada tramo de renta con un porcentaje que va desde el 0,75% del primer tramo hasta el 7% del último, como se recoge en el cuadro siguiente:

Base Liquidable general -

Hasta Euros integra estatal - EurosIncremento en cuota Resto base liquidable general - hasta Euros Tipo aplicable - Porcentaje

0 0 17.707,20 0,75 17.707,20 132,80 15.300,00 2 33.007,20 438,80 20.400,00 3 53.407,20 1.050,80 66.593,00 4 120.000,20 3.714,52 55.000,00 5 175.000,20 6.464,52 125.000,00 6 300.000,20 13.964,52 En adelante 7

Como consecuencia de lo anterior, los tipos aplicables a la Base General en cada uno de sus tramos vigentes en 2011, se modifican en 2012 y 2013, quedando de la forma en que se indica a continuación:

Tributación Base General hasta 31/12/2011

Base liquidativa general Cuota integra Resto base liuqidable general Tipo aplicable % 0,00 0,00 17.707,20 24,00% 17.707,20 4.249,73 15.300,00 28,00% 33.007,20 8.533,73 20.400,00 37,00% 53.407,20 16.081,73 66.593,00 43,00% 120.000,20 44.716,72 55.000,00 44,00% 175.000,20 68.916,72 En adelante 45,00%

Tributación Base General vigente 2012 y 2013

Base liquidativa general Cuota integra Resto base liuqidable general Tipo aplicable % 0,00 0,00 17.707,20 24,75% 17.707,20 4.382,53 15.300,00 30,00% 33.007,20 8.972,53 20.400,00 40,00% 53.407,20 17.132,53 66.593,00 47,00% 120.000,20 48.431,24 55.000,00 49,00% 175.000,20 75.380,84 125.000,00 51,00% 300.000,20 139.131,24 En adelante 52,00%

(7)

El aumento del tipo aplicable sobre la Base Liquidable General del IRPF está referido, en cualquier caso, a la escala estatal, con independencia de las modificaciones que las distintas CC.AA., en su caso, pudieran establecer en la escala autonómica -como, por ejemplo, ha anunciado recientemente la Comunidad Valenciana, que ha introducido dos nuevos tramos en la escala autonómica para contribuyentes con rentas por encima de 120.000 y 175.000 €, respectivamente-.

Base Liquidable del Ahorro

En este caso, los cambios establecidos para los ejercicios 2012 y 2013 respecto

a los tipos aplicables a la Base Liquidable del Ahorro vigentes en 2011 son los siguientes: Base Liquidable

general - Hasta Euros integra estatal - EurosIncremento en cuota Resto base liquidable general - Hasta Euros Tipo aplicable - Porcentaje

0 0 6.000 2

6.000,00 120 18.000 4

24.000,00 840 En adelante 6

Como consecuencia de lo anterior, los tipos aplicables a la Base del Ahorro en cada uno de sus tramos que estaban vigentes en 2011 se modifican en 2012 y 2013, quedando de la forma en que se indica a continuación:

A modo de ejemplo, en la Comunidad de Madrid

la escala de gravamen aplicable en 2012 y 2013 sobre la parte autonómica de la base liquidable general sería la siguiente:

Base Liquidable general - Hasta Euros Incremento en cuota integra estatal-Euros Resto base liquidable general - Hasta Euros Tipo aplicable - Porcentaje 0 0 17.707,20 24,75% 17.707,20 4.311,70 15.300,00 29,70% 33.007,20 8.855,80 20.400,00 39,80% 53.407,20 16.975,00 66.593,00 46,90% 120.000,20 48.207,12 55.000,00 48,90% 175.000,20 75.102,12 125.000,00 50,90% 300.000,20 138.727,12 En adelante 51,90%

Por el contrario, en Cataluña la escala de

gravamen aplicable sobre la parte autonómica es la que se recoge a continuación:

Base Liquidable general - Hasta Euros Incremento en cuota integra estatal - Euros Resto base liquidable general - Hasta Euros Tipo aplicable - Porcentaje 0 0 17.707,20 24,75% 17.707,20 4.311,70 15.300,00 30,00% 33.007,20 8.855,80 20.400,00 40,00% 53.407,20 16.975,00 66.593,00 47,00% 120.000,20 48.207,12 55.000,00 51,00% 175.000,20 75.102,12 125.000,00 55,00% 300.000,20 138.727,12 En adelante 56,00%

Tributación Base Ahorro hasta 31/12/2011

Base liquidativa general Cuota integra Resto base liuqidable general Tipo aplicable porcentaje 0,00 0,00 6.000,00 19,00% 6.000,00 1.140,00 En adelante 21,00%

Tributación Base Ahorro para 2012 y 2013

Base liquidativa ahorro Cuota integra Resto base liquidativo ahorro Tipo aplicable porcentaje 0,00 0,00 6.000,00 21,00% 6.000,20 1.260,00 15.300,00 25,00% 24.000,00 5.760,00 En adelante 27,00%

(8)

Impuesto del Patrimonio (IP)

La Ley 4/2008 eliminó el gravamen del IP, siendo 2007 el último ejercicio recaudado. Realmente el Impuesto no se eliminó, sino que se bonificó la cuota en un 100%, eliminando además la obligación de declarar.

El Real Decreto Ley 13/2011 (BOE 17/09/2011) restablece el IP de manera temporal para los ejercicios 2011 y 2012. Esta modificación, de nuevo, no afecta a los residentes de País Vasco y Navarra. Las características del restablecido IP son las siguientes:

• Se establece un mínimo exento de 700.000 € (antes 108.182,18 €)

• Salvo regulación específica de cada CC.AA, se reconoce una exención a la vivienda habitual de hasta 300.000 € (antes 150.000 €)

Se facilita a las CC.AA. la capacidad de modificar: • Mínimo exento

• Tipo de Gravamen

• Deducciones y bonificaciones en cuota

A modo de ejemplo, sirva el caso de Andalucía que por medio de Decreto Ley 2/2011, de 25 de octubre, eleva un 10% la tarifa del IP alcanzando el tipo marginal máximo un 2,75% (con efecto desde el propio ejercicio 2011). Por el contrario, la Comunidad de Madrid ya ha decidido bonificar a todos sus residentes con un 99% de la tarifa.

La tarifa del IP, a expensas de las modificaciones autonómicas, es la siguiente:

Base Liquidable

general - Euros Cuota integra - Euros Resto base liquidable general - Hasta Euros Tipo aplicable - Porcentaje

0 0 167.129,45 0,2% 167.129,45 367,68 167.123,43 0,3% 334.252,88 919,19 334.246,87 0,5% 668.499,75 2.757,55 668.499,76 0,9% 1.336.999,51 9.375,70 1.336.999,50 1,3% 2.673.999,01 28.494,79 2.673.999,02 1,7% 5.347.998,03 78.498,57 5.347.998,03 2,1% 10.695.996,06 202.037,33 En adelante 2,5%

Impacto de las modificaciones fiscales en los Planes de Pensiones

En primer lugar, es preciso tener en cuenta que la naturaleza fiscal de los planes de pensiones no ha cambiado, tanto desde el punto de vista de las aportaciones como de las prestaciones.

Así las aportaciones a planes de pensiones reducen la Base Imponible General y, por tanto, ahorran impuestos a tipo marginal.

Por su parte, las prestaciones tienen la consideración de rendimientos del trabajo, de forma similar a la pensión pública de la Seguridad Social, por lo que forman parte de la Base Imponible General a la que se aplica la correspondiente escala de gravamen (ver apartado relativo a la Base Imponible General). Adicionalmente, los derechos consolidados de los partícipes o los derechos económicos de los beneficiarios están exentos del Impuesto del Patrimonio.

Dado que la modificación del IRPF antes comentada es aplicable, en principio, únicamente a los ejercicios fiscales de 2012 y 2013, queremos analizar en este apartado, si como consecuencia de dichos cambios es recomendable o no aportar a un plan de pensiones o cobrar una prestación en dichos ejercicios.

(9)

1. Aportaciones a planes de pensiones durante los ejercicios 2012 y 2013

Dado que las aportaciones a Planes de Pensiones reducen la Base Imponible General y, por tanto, permiten obtener una Base Liquidable General más baja, un incremento de la presión fiscal en 2012 y 2013 provoca, en caso de realizar una aportación, un mayor ahorro de impuestos en 2012 y 2013 respecto a años anteriores. Esto lo podemos ver en el cuadro que sigue a continuación donde analizamos, para una aportación de 5.000 euros (*) y para diferentes niveles de la Base Liquidable

General, el ahorro fiscal en los ejercicios 2012 y 2013 respecto al que se hubiera producido en 2011 y la diferencia entre ambos:

Base Liquidable general - Hasta Euros

Ejercicio 2012 - 2013 ahorro Fiscal Ejercicio 2011 ahorro fiscal Diferencia ahorro fiscal importe % Importe % Importe 17.707,20 24,75% 1.237,50 24,00% 1.200,00 37,50 33.007,20 30,00% 1.500,00 28,00% 1.400,00 100,00 53.407,20 40,00% 2.000,00 37,00% 1.850,00 150,00 120.000,20 47,00% 2.350,00 43,00% 2.150,00 200,00 175.000,20 49,00% 2.450,00 44,00% 2.200,00 250,00 300.000,20 51,00% 2.550,00 45,00% 2.250,00 300,00

Por tanto, la primera conclusión es que si un partícipe está valorando la posibilidad de realizar aportaciones a su Plan de Pensiones, le conviene especialmente realizarlas durante los ejercicios 2012 y 2013, dado que el ahorro fiscal sería superior.

2. Prestaciones de planes de pensiones a percibir durante los ejercicios 2012 y 2013

Dado que las prestaciones se consideran rendimientos del trabajo y, por tanto, forman parte de la Base Imponible General, la aplicación del gravamen complementario en los ejercicios 2012 y 2013 provoca, en caso de realizar una prestación, un mayor pago de impuestos respecto a otros ejercicios. Esto lo podemos ver en el cuadro que sigue a continuación donde analizamos, para una prestación en forma de capital de 30.000 euros (sin derecho a reducción del 40%) y para diferentes niveles de la Base Liquidable General, el coste fiscal en los ejercicios 2012 y 2013 respecto al que tendría lugar en otro ejercicio (por ejemplo 2011 ó 2014) y la diferencia entre ambos:

Base Liquidable general - Hasta Euros

Ejercicio 2012 - 2013 Coste Fiscal Ejercicio 2011 Coste Fiscal Diferencia Coste Fiscal importe % Importe % Importe 17.707,20 30,00% 9.000,00 28,00% 8.400,00 600,00 33.007,20 40,00% 12.000,00 37,00% 11.100,00 900,00 53.407,20 47,00% 14.100,00 43,00% 12.900,00 1.200,00 120.000,20 49,00% 14.700,00 44,00% 13.200,00 1.500,00 175.000,20 51,00% 15.300,00 45,00% 13.500,00 1.800,00 300.000,20 52,00% 15.600,00 45,00% 13.500,00 2.100,00

En el caso de que la prestación en forma de capital tenga derecho a una reducción del 40% estaría sujeto a imposición solamente el 60% del importe de la prestación, es decir, 18.000 euros, viéndose reducido en un 40% el coste fiscal y por tanto la diferencia respecto a otros ejercicios.

En estos casos la recomendación es que los beneficiarios por prestaciones de planes de pensiones demoren el cobro de su prestación al menos hasta 2014 o, caso de no ser viable posponer el cobro por razones económicas, reduzcan el importe de prestación a percibir en 2012 y 2013 con el fin de minimizar el coste fiscal, dando preferencia a las prestaciones en forma de renta sobre el cobro en capital durante dichos ejercicios.

Bibliografia Consultada

BOE 31/12/2011, Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de Diciembre sobre “Medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público”

BOE 17/09/2011, Real Decreto Ley 13/2011 de 16 de septiembre por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal.

Gonçalves Pereira, Cuatrecasas (04/01/2012): Principales novedades tributarias aprobadas por el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. (*) Supuesto un partícipe

menor de 50 años en el que la deducción fiscal es la menor entre la cantidad aportada o el 30% de sus rendimientos del trabajo personal y actividades económicas

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Legislación

RDL 20/2011, de 30 de diciembre

El pasado 31 de Diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 20/2011, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Dentro de las medidas aprobadas y, concretamente, en su artículo 2, relativo a las “retribuciones del personal y altos cargos del sector público”, en su punto Tres se indica que ”durante el ejercicio 2012, las administraciones, entidades y sociedades a que se refiere el apartado Uno de este artículo,

1. Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.

2. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.

3. Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes. 4. Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.

5. Los Órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1. de la Constitución.

6. Las sociedades mercantiles públicas.

7. Las entidades públicas empresarias, y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal autonómico y local.

NO podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.”

Esta limitación, que en principio parece sencilla, presenta dificultades a la hora de interpretar las consecuencias que en la práctica suponen para los Planes de Pensiones de las entidades afectadas, algunos de cuyos potenciales efectos se indican a continuación:

1. Cobertura de las contingencias de riesgo

En bastantes Planes de AAPP, una parte de las contribuciones que venían realizando los promotores de los Planes se destinaban a cubrir contingencias de riesgo (fallecimiento y/o invalidez) a través de contratos de seguro colectivo que, en la mayoría de los casos, son de carácter anual.

De acuerdo con la legislación de seguros, el impago de la prima anual supone, según los casos, la suspensión y/o extinción de la cobertura del seguro.

Sin embargo, en la medida que no se modifiquen –al menos temporalmente- las Especificaciones de los citados Planes, puede suponer que en caso de siniestro (fallecimiento o invalidez de miembros del colectivo) las citadas contingencias deban ser cubiertas por los propios Planes a través de la reducción de su valor de participación, minorando por tanto el patrimonio de todos los participes y beneficiarios que mantengan sus derechos consolidados en el Plan.

Por otro lado, en aquellos Planes donde sus Comisiones de Control decidan modificar las Especificaciones del Plan –por ejemplo, suspendiendo o eliminando la cobertura específica de las contingencias de riesgo-, los participes en quienes recaigan dichas contingencias o sus derechohabientes no podrán recibir importe asegurado alguno que complemente sus derechos consolidados, produciéndose un tratamiento diferente respecto a otros partícipes que hayan sufrido la misma situación con anterioridad a la entrada en vigor del RDL.

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2. Planes contributivos, en los que las contribuciones del Promotor están

condicionadas a que los partícipes realicen aportaciones al propio Plan

En la situación indicada cabrían dos posibles interpretaciones:

• Una primera, según la cual los participes continuarían obligados a realizar estas aportaciones de carácter obligatorio, aún cuando el Promotor en el 2012 no realizase las suyas.

En este caso, si los participes dejasen de realizar estas aportaciones, podría entenderse que renuncian al plan, arriesgándose a perder su derecho en el momento que se retornase a la antigua situación.

• Una segunda, según la cual y ante una situación sobrevenida como consecuencia del RDL los participes podrían suspender sus aportaciones obligatorias al Plan mientras se mantenga la prohibición de que el Promotor realice sus contribuciones al mismo

3. Aportaciones destinadas a la amortización de los Planes de reequilibrio para

el trasvase de fondos constituidos y la amortización de déficit, establecidos al

amparo de la legislación

En este caso surge la duda si dichas contribuciones deben considerarse englobadas dentro de la prohibición, ya que el reconocimiento de las mismas se produce incluso con anterioridad al nacimiento del propio Plan en la medida en que el Promotor mantenía compromisos por pensiones no exteriorizados, y su devengo tiene lugar en el ejercicio en que se pone en marcha el citado Plan, con independencia de que para su desembolso y por cuestiones financieras se establezca el correspondiente Plan de reequilibrio.

4. Aportaciones de entes públicos de carácter empresarial a los Planes de

Pensiones

constituidos a favor de sus trabajadores

Nos encontramos ante empresas que no se rigen por los Presupuestos Generales del Estado y cuentan con sus propios convenios, por lo que surgiría la duda de si en estos casos, y a pesar de estar englobadas dentro de la relación de entidades afectadas, deberían estar afectadas por la prohibición.

5. Planes de prestación definida (tanto de carácter autoasegurado como aquellos

que puedan estar asegurados de forma externa total o parcial)

La interrupción de las contribuciones para la financiación de las coberturas establecidas por el Plan podría suponer –salvo modificación o suspensión de lo establecido en sus Especificaciones- la generación de un déficit o el incremento del déficit ya existente, lo que podría obligar a mayores desembolsos por parte del Promotor en ejercicios futuros.

Por su parte, en los Planes de Prestación Definida que tengan sus coberturas total o parcialmente aseguradas deberían analizarse a la luz de la legislación de seguros, así como el condicionado general y particular de la pólizas las posibles consecuencias derivadas del impago, que podrían traducirse, según los casos, en:

• la reducción proporcional de las prestaciones, • la generación de un déficit a futuro

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6. Planes mixtos, derivados de la coexistencia de colectivos de aportación

definida con colectivos de prestación definida),

Las consecuencias podrían ser, según el colectivo y situación específica que se tratase, las recogidas en los puntos anteriores.

Dada la complejidad de las aspectos comentados y sus profundas implicaciones para un número muy significativo de Planes y partícipes del Sistema de Empleo, se están elevando consultas desde diversos estamentos al Ministerio de Economía y Competitividad para la resolución de estas cuestiones, de cuya respuesta informaremos puntualmente.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 315 Sábado 31 de diciembre de 2011 Sec. I. Pág. 146574

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO

20638Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

PREÁMBULO I

La importante desviación del saldo presupuestario estimada en el momento presente para el conjunto de las Administraciones Públicas para el ejercicio 2011 respecto al objetivo de estabilidad comprometido, obliga al Gobierno a tomar medidas de carácter urgente para su corrección.

Estas primeras medidas, que comportan acciones tanto por el lado de los ingresos públicos como por el lado de los gastos, suponen una reducción de carácter inmediato del desequilibrio presupuestario en más de un punto porcentual del Producto Interior Bruto. Con estas acciones se pretende garantizar que el sector público español inicie una senda de reequilibrio que aporte credibilidad a la evolución futura de la deuda y déficit públicos. Sin esta corrección, que inicia un camino de consolidación fiscal que se concretará de forma definitiva en el proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2012, no se podrían superar las actuales condiciones de escasez de liquidez que impiden un desarrollo adecuado de la actividad económica.

Por su parte, el Real Decreto 1329/2011, de 26 de septiembre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 27 de septiembre, acordaba la disolución de ambas cámaras y la convocatoria de elecciones generales el 20 de noviembre de 2011. Como consecuencia del mismo no se ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

El artículo 134.4 de la Constitución establece que «si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos». Este precepto ha sido desarrollado por el artículo 38 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en el que tras reiterar el carácter prorrogable de los presupuestos a falta de la aprobación de los nuevos, determina que «la prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a programas o actuaciones que terminen en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan o para obligaciones que se extingan en el mismo».

En consecuencia, el principio del que se parte es el de que se produce la prórroga general de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 a partir del 1 de enero de 2012, salvo en aquellos créditos correspondiente a actuaciones que terminen en el año 2011 o para obligaciones que se extingan en el mismo año.

Igualmente, y aunque la Ley de Presupuestos Generales del Estado tiene vigencia anual, la prórroga no afectará a aquellas normas de vigencia indefinida que la misma puede incluir; que seguirán estando vigentes.

Por otro lado, el contenido de los créditos prorrogados no se ve afectado por las autorizaciones presupuestarias efectuadas durante el ejercicio de 2011 porque el objeto de la prórroga no es la ejecución del presupuesto de ese ejercicio, sino las autorizaciones iniciales de gasto por ejercicio contenidas en la referida Ley 39/2010, de 22 de diciembre. Esto mismo cabría decir de las autorizaciones de endeudamiento, por lo que deben entenderse prorrogadas las iniciales establecidas en dicha ley.

cve: BOE-A-201 1-20638 Puede leer el RDL 20/2011, de 30 de diciembre, haciendo clic en el siguiente enlace

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¿Sabías qué?

Los Fondos de Pensiones españoles tuvieron

rentabilidad negativa del -1,1% en 2011

Una vez concluido el año 2011 adjunto se incluyen, por su interés, los datos principales del informe PIPS de Mercer al cierre del año 2011 (para verlos pinche aquí) en el que se indica que la rentabilidad mediana obtenida por los Fondos de Pensiones incluidos en el citado informe -que representan una muestra superior al 50% del patrimonio de los Fondos de Pensiones españoles- se ha situado en el -1,1% al cierre del ejercicio.

En este sentido, y a la espera de la publicación de los datos de Inverco correspondientes a dicha fecha, los Planes de Pensiones de empleo y asociados gestionados por Pensiones BBVA han

obtenido, en la mayoría de los casos, una rentabilidad significativamente por encima del Informe PIPS de Mercer, batiendo además ampliamente a su índice de referencia.

Estos resultados se producen en un año de extrema volatilidad en los mercados financieros, que ha afectado tanto a la Renta Fija como a la Renta Variable y donde las acciones realizadas por Pensiones BBVA han estado, como siempre, basadas en los siguientes principios:

1. Una gestión prudente, orientada a minimizar la volatilidad soportada por el colectivo de partícipes y beneficiarios a lo largo del ejercicio, más allá de la obtención de un determinado nivel de rentabilidad a final de año.

Este principio se ve claramente reflejado en el hecho de que las oscilaciones des rentabilidades experimentadas por el Plan, en un año de extrema volatilidad como 2011 han sido, como en ocasiones anteriores, inferiores a las experimentadas por el mercado.

Esa menor volatilidad constituye un objetivo capital de nuestra gestión, ya que hace posible: • que los partícipes que se acercan a la edad de jubilación accedan a la prestación con mayor

tranquilidad y menor riesgo de sobresalto

• que las condiciones en las que se jubilan los distintos partícipes a lo largo de ejercicio sean más igualitarias que las experimentadas por el mercado en general, donde habitualmente se producen diferencias significativas en función del momento en que el partícipe accede al cobro de la contingencia

2. La búsqueda de rentabilidades positivas y, en la medida de lo posible, cercanas a la inflación en un entorno que, como ya se ha indicado, ha venido caracterizado por elevadas dosis de incertidumbre y volatilidad en el año 2011.

Para ello, nos hemos apoyado en los criterios de gestión que han venido caracterizando nuestra estrategia de inversiones:

a. La elevada diversificación, tanto por clases de activos como a nivel geográfico y estilos de gestión, de la cartera de inversiones del Fondo.

b. Una gestión activa de las posiciones en la cartera, con apuestas muy claras a lo largo del ejercicio. c. La utilización de estrategias de cobertura como medio para minimizar tanto las oscilaciones de

rentabilidad a lo largo del ejercicio como las diferencias en el valor liquidativo de los partícipes que se acercan a la jubilación en el año.

En definitiva, la fidelidad a estos principios y criterios de gestión ha posibilitado que, con los últimos datos conocidos, las rentabilidades obtenidas por los Planes de Pensiones gestionados por el Grupo BBVA hayan superado a las del mercado en todos los plazos: 1, 3, 5, 10, 15 y 20 años.

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Proceso de auditorías ejercicio 2011

El pasado mes de septiembre se inició el proceso de auditorias ejercicio 2011 de los Fondos de Pensiones, con el objetivo final de poder aprobar las cuentas de los mismos antes del 30 de Abril de 2012 y presentar toda la documentación requerida ante la Dirección Gral. De Seguros.

Este proceso conlleva la colaboración de todos, tanto de la comisión de control de los planes y de los fondos de pensiones, como de los promotores, actuarios, entidades aseguradoras, auditores, entidad gestora y entidad depositaria, para conseguir el objetivo.

Desde el Área Técnica de la Entidad Gestora, se coordinan todas las actuaciones que deben llevarse a cabo. Ya en el pasado mes de diciembre se informó a los Presidentes y Secretarios de las distintas Comisiones de Control de la fecha prevista para la celebración de la reunión de aprobación de cuentas, con indicación expresa de la documentación que se precisa, facilitando asimismo los modelos con la fecha concreta en que deben generarse, y que se debe respetar (es un requisito muy importante para los Auditores).

Con el cierre de los Fondos en el mes de enero, la actividad de los auditores se incrementa y se hace necesario una respuesta lo más rápida posible a cuanta información se solicite y que resumimos a continuación:

• respuesta a la circularización de aportaciones de los promotores, • respuesta a la circularización a las aseguradoras,

• respuesta a la actuación de las comisiones de control en relación con el ejercicio de los derechos políticos

• respuesta a los datos de amortización y/o déficit de los planes de reequilibrio. • remisión de las cartas de actas y abogados de acuerdo con los modelos facilitados.

Sin la obtención de toda la documentación las Entidades Auditoras no facilitan las memorias de los fondos, lo que imposibilitaría el cumplimiento normativo de aprobación de cuentas del ejercicio inmediato, ya cerrado.

Como siempre, colaborando todos, haremos posible que el proceso de auditorias sea algo más sencillo y se cumpla el objetivo final “APROBACION DE CUENTAS ANTES DEL 30 DE ABRIL”.

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