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incidir en la reducción y el reciclaje. Puig Ventosa I., Fundación Ecología y Desarrollo,

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1. ANTECEDENTES:

Entendemos que en aplicación del principio de “quien contamina paga” es importante que los costes del tratamiento de los residuos recaigan en aquellos que los generan. Además, es recomendable desde el punto de vista de la corresponsabilidad fiscal que la cuantía se calcule en función de la cantidad de residuos generados.

Los instrumentos económicos relacionados con la gestión de los residuos pueden constituirse en una pieza importante de la política gestión de las basuras. En este sentido, y teniendo en cuenta las experiencias desarrolladas en otros países, los instrumentos económicos basados en el incentivo, es decir, los instrumentos que buscando un objetivo prefijado favorecen, en general de manera económica, alguna conducta de los agentes sociales, se han convertido en una herramientas eficaz para reducir y aumentar el reciclaje de los residuos.

Las tasas por la prestación de servicios de competencia exclusivamente municipal son un instrumento esencial para la gestión de los residuos en el ámbito municipal. No obstante, es necesario señalar que las tasas de cobertura de costes1 , en las que se incluye la tasa de recogida, tratamiento y gestión de residuos, tienen como objetivo que el usuario pague, parcial o totalmente, por la realización de un servicio específico.

En función del modelo que se utilice para imputar la tasa de gestión de los residuos al ciudadano se puede generar un incentivo en las conductas ciudadanas, estimulando la reducción y prevención en la generación de los residuos o, en su caso, el reciclaje de los mismos. En este sentido, y teniendo en cuenta el principio de “quien contamina paga” la tasa marginalmente creciente, es decir, que grave de forma proporcional la generación de residuos (cuantos más kilos de residuos se generen, mayor será el coste del servicio) debería convertirse en el modelo más eficaz desde el punto de vista ambiental, ya que el impacto de los residuos también es marginalmente creciente, y desde el punto de vista social, ya que las tasas de gestión de residuos son regresivas2. También es necesario señalar que desde el punto de vista de la promoción de la reducción y el reciclaje de los residuos resulta importante gravar más los residuos que tienen como destino tratamientos finalistas.

No hay que olvidar que en la actualidad la aplicación de las tasas de gestión de los residuos sólo permite recaudar parte del coste del servicio, debido a que la cuota tributaria es muy inferior al coste real del mismo. Además, la aplicación de modelos en los que el ciudadano paga por hogar, independientemente del número de personas que habitan la vivienda, de la renta, de la generación de residuos, producen en la práctica que los que menos residuos generan están financiando a los ciudadanos que más producen.

1 Definición recogida por la Agencia Europea de Medio Ambiente. “Definición de tasas municipales de gestión de residuos para

incidir en la reducción y el reciclaje”. Puig Ventosa I., Fundación Ecología y Desarrollo, 2000.

2 El pago de la tasa supone un mayor porcentaje de la rentas del individuo cuanto menos renta se tiene. Puig Ventosa I, op. cit.

(2)

2. TASAS DE VERTEDERO EN ESPAÑA:

Los municipios del Estado adoptan diversas formas para aplicar las tasas por tratamiento de los residuos en vertedero. En este punto expondremos los diferentes modelos que hemos estudiado según los principios operacionales comunes, y teniendo en cuenta que cada una de las tasas estudiadas presenta connotaciones y particularidades propias del municipio o de la sociedad en la que se aplica. No obstante, se puede realizar una sistematización de las mismas en tres grupos:

• Tarifa única

• Por categorías de residuos • Modelo progresivo

En concreto, hemos podido reunir las tasas de 18 capitales de provincia españolas, utilizando como fuente las páginas web municipales. Aunque las tasas recopiladas alcanzan al 30% de las capitales del estado suponemos que los datos aportados pueden ser representativos de todo el país.

A Coruña Barcelona Córdoba Donostia

Granada Huesca Jaén Las Palmas

Lleida Madrid Málaga Pamplona Palma de Mallorca Sta. Cruz Tenerife Tarragona Teruel

Vitoria Zaragoza

TARIFA ÚNICA:

Consiste en cobrar una cantidad fija, independientemente del tipo de residuo y de la cantidad de residuos que se depositen en el vertedero.

La única variante que se presenta en alguno de los casos consiste en la diferenciación entre residuos urbanos, residuos industriales y escombros.

Municipio res. urbanos escombros res. industrial

A Coruña 5400 pts/tm Lleida 3100 pts/tm Madrid 2000 pts/tm Jaén 1603 pts/tm Las Palmas 1530 pts/tm Zaragoza(1) 1260 pts/tm 124 pts/tm 433 pts/tm Huesca 1150 pts/tm 100 pts/tm

Palma Mallorca3 2797 pts/tm(2) 995 ptas/tm (2)

(1) estudio pormenorizado en el punto 3 (2) iva no incluido

(3)

POR CATEGORÍAS DE RESIDUOS:

Se realiza una clasificación de diferentes fracciones de los residuos en función de la cual se establece la imputación de la cuota tributaria:

• caracterización de los residuos

• deposito de los residuos en el vertedero, mezclados o no con otros residuos Córdoba:

Se realiza una clasificación teniendo en cuenta el tipo de residuos a tratar y cómo se presentan estos, mezclados o no con materiales reciclables o compostables:

Tipo residuo Coste vertido

Residuos clasificados, sin mezcla, que no necesitan tratamiento 0 Residuos clasificados siendo su composición orgánica 3600 ptas/tm Residuos clasificados siendo su composición envases 3600 ptas/tm

Residuos mezclados sin clasificar 5400 ptas/tm

Residuos inertes, con utilización vehículo > 3500 kg 376 ptas/m3 Residuos inertes, con utilización vehículo < 3500 kg 93 ptas/m3

Málaga:

Se realiza una clasificación de los residuos a eliminar, teniendo cada una de las categorías un coste diferenciado:

Tipo residuo Coste vertido

Resdiuos orgánicos domiciliarios 3311 ptas/tm

Residuos orgánicos no domiciliarios 1364 ptas/tm

Residuos inertes 629 ptas/tm

Lodos procedentes de depuradoras 1599 ptas/tm

Neumáticos 20000 ptas/tm

Resiudos procedentes de otros municipios 4139 ptas/tm Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (Pamplona):

Se realiza una clasificación teniendo en cuenta el tipo de residuos a tratar y si estos están mezclados con materiales reciclables:

Tipo residuo Coste vertido

Residuos urbanos mezclados, sin residuos de papel o plásticos 3000 ptas/tm Residuos urbanos mezclados, con residuos de papel o plásticos 5000 ptas/tm

Residuos solamente de plástico 1000 ptas/tm

Residuos solamente de papel y cartón 1000 ptas/tm

(4)

Mancomunidad de San Marcos (Donostia):

Se realiza una clasificación teniendo en cuenta el tipo de residuos a tratar y si estos están mezclados con materiales reciclables:

Vertedero de Aizmendi; vertedero de residuos inertes:

Tipo residuo Coste vertido

escombros 321 ptas/tm

Escombros mezclados a excepción de residuos reciclables 1000 ptas/tm Escombros mezclados con residuos reciclables 10000 ptas/tm

Residuos industriales (varios tipos) 1668 ptas/tm

Residuos industriales 2870 ptas/tm

Residuos mezclados que no contengan residuos reciclables 2870 ptas/tm Residuos mezclados que contengan residuos reciclables como papel y cartón 10000 ptas/tm

Vertedero de San Marcos; vertedero de residuos urbanos:

Tipo residuo Coste vertido

Residuos urbanos 3220 ptas/tm

Residuos orgánicos industriales (residuos de madera) 500 ptas/tm Residuos orgánicos industriales mezclados con residuos reciclables como papel

y cartón 10000 ptas/tm

Vitoria:

Realiza una separación entre la eliminación de residuos urbanos y la de las fracciones reciclables:

Tipo residuo Coste vertido

Residuos urbanos mezclados, sin residuos de papel o plásticos 3000 ptas/tm Residuos urbanos mezclados, con residuos de papel o plásticos 5000 ptas/tm

Residuos solamente de plástico 1000 ptas/tm

Residuos solamente de papel y cartón 1000 ptas/tm

Residuos inertes 710 ptas/tm

Santa Cruz de Tenérife:

Dadas las características especiales del territorio, se realiza una división entre el lugar de recepción de los residuos:

Residuos urbanos depositados en el vertedero: 500 pta/tm Residuos urbanos depositados en las plantas de clasificación: 1990 ptas/tm

(5)

TARIFAS PROGRESIVAS:

La tarifa depende de la cantidad de residuos que se generan, teniendo en cuenta que cunatos más residuos se produzcan, más habrá que pagar por el servicio.

Barcelona:

Aunque se trata del sistema de gestión de los residuos provenientes de la industria, y no sólo de la tasa de vertido de residuos, el modelo utilizado introduce un sistema progresivo de en el que se imputan los costes en función del tamaño del contenedor y de las veces que este se tiene que recoger por semana (pay

per can).

recogida 120 l 240 l 330 l 360 l 660 l 800 l 1100 l

Diaria 10750 15625 18320 19125 27170 30925 38975

Diaria (no domingo) 9140 13280 15570 16255 23095 26285 33125 3 días semana 4625 6715 7875 8220 11680 13295 16760

En el caso del deposito en vertedero se utiliza un sistema diferenciador de categorías de residuos:

Tipo residuo Coste vertido

Residuos sin contener materia orgánica 7135 ptas/tm Residuos mezclados con materia orgánica. Se aplica incremento 640 ptas/tm Tarragona:

El sistema que se introduce tiene en cuenta la generación de residuos con un máximo de 6 toneladas. Por encima de esta cantidad, si los residuos provienen de actividades industriales, comerciales o de la construcción el productor o poseedor deberá eliminar los residuos por su cuenta, sin perjuicio de la legislación vigente.

Cantidad de residuos Coste vertido

De 0 tm a 1 tm 16350 De 1 tm a 2 tm 17600 De 2 tm a 3 tm 18850 De 3 tm a 4 tm 20125 De 4 tm a 5 tm 21375 De 5 tm a 6 tm 22650

(6)

3. TASAS DE VERTEDERO EN ARAGÓN:

El Plan de Ordenación de la Gestión de los RSU de Aragón aprobado en el año 1998 (Decreto 72/98, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón) introduce en la gestión de los residuos de Aragón un modelo territorial en el que se prevé la división del territorio aragonés en 8 agrupaciones con una instalación de tratamiento final (vertedero) en cada cabecera de agrupación.

Hay que subrayar que el plan de gestión, contemplando el modelo competencial municipal previsto en la Ley 10/1998, de Residuos desarrolla un modelo de financiación de las inversiones previstas estableciendo la aplicación de tasas de recogida y tratamiento de basuras estudiando “la conveniencia y posibilidad de implantar un impuesto de vertido que fomente la reducción de residuos, aplicándolo a los residuos eliminados en vertedero de rechazo frente a los recuperados por otras vías”, con el objetivo de “desincentivar el vertido como tratamiento final de los residuos, incentivando frente a ello las posturas de prevención, reciclado y reutilización de los mismos”.

Teniendo en cuenta las diferentes dificultades, retrasos y problemas que está teniendo la implantación del plan de gestión, hemos realizado un estudio de las diferentes tarifas que se cobran en los vertederos situados en las cabeceras de agrupación. En este sentido hay que apuntar que algunas de estas infraestructuras no son las previstas en el plan, bien porque todavía no se han construido las definitivas, bien porque se van a introducir modificaciones en los vertederos actuales, por lo que los modelos de tarifas que a continuación presentaremos pueden modificarse en un futuro no muy lejano.

Los vertederos en las cabeceras de agrupación:

Barbastro:

En el vertedero de Barbastro se aplican diferentes tarifas en función de la procedencia de los residuos:

Tipo residuo Coste vertido

Rsu provenientes de otros municipios de la mancomunidad 200 pts/habitante

Residuos reciclables no mezclados Exento

Residuos mezclados 800 pts/m3

Residuos industriales grandes productores 3400 pts/tm

Neumáticos 18 pts/kg

Lodos depuradora 1500 pts/tm

Fraga:

En el vertedero sólo se aplica una única tarifa:

2 pts/kg

(7)

Huesca:

En la ciudad de Huesca se realiza una diferenciación entre tres tipo de residuos pero se aplica una tarifa única para cada categoría:

Tipo residuo coste

residuos 1150 pts/tm

escombros 100 pts/tm

Enseres domésticos de particulares exentos Alcañiz:

En esta agrupación está pendiente la construcción del vertedero que dará servicio a los municipios incluidos en la misma.

Teruel:

La tasa de vertido del vertedero de la agrupación, que también da servicio a la ciudad de Teruel, está pendiente de aprobación. En la escombrera municipal se aplican las siguientes tarifas, sin tener en cuenta el tipo de residuo que se deposita:

Tipo residuo coste

de 0 a 3 m3 Exento de 3 a 1000 m3 200 pts/m3 de 1000 a 3000 m3 250 pts/m3

Calatayud:

En el vertedero sólo se aplica una única tarifa:

1032 pts más iva/tm Ejea de los Caballeros:

Los servicios de la Mancomunidad de las Bajas V Villas no han facilitado las tarifas por vía telefónica teniendo que realizar una solicitud por escrito.

El vertedero de Zaragoza:

En la ciudad de Zaragoza se realiza una diferenciación entre cuatro tipo de residuos pero se aplica una tarifa única para cada categoría:

Tipo residuo coste

Residuos sólidos urbanos y lodos de depuradora 1260 pts/tm(1) Residuos industriales convencionales 433 pts/tm(1)

escombros 124 pts/tm(1)

(1)datos recogidos de la ordenanza fiscal nº 17 aprobada inicialmente y en periódo de

(8)

De los datos recabados y presentados podemos deducir las siguientes conclusiones:

1. La ciudad de Zaragoza presenta una cuota tributaria de las más bajas del Estado Español, sobre todo si la comparamos con las ciudades más importantes.

2. La ciudad de Zaragoza presenta una cuota tributaria en relación con la tasa de vertedero más bajas de las diferentes agrupaciones recogidas en el Plan de Gestión de los RSU de Aragón. 3. No se aplican sistemas que disuadan la generación de los residuos.

4. No se aplican modelos progresivos que graven en mayor medida a los que más residuos producen

5. No se aplican medidas que promocionen el reciclaje, prohibiendo la entrada en el vertedero de fracciones de los residuos o grabando el vertido de residuos reciclables.

4. PROPUESTA DE MODIFICACIÓN:

La Fundación Ecología y Desarrollo entiende que es fundamental modificar el modelo actual previsto en las ordenanzas municipales de la ciudad de Zaragoza por otra propuesta que permita asegurar la efectividad de los instrumentos fiscales como incentivadores de la reducción y el reciclaje de los residuos. También es importante destacar que la introducción de modificaciones en este sentido tienen que ir acompañadas de las imprescindibles medidas de control y seguimiento de los posibles comportamientos ilegales tales como vertidos incontrolados o el denominado “turismo de residuos”,es decir, llevar los residuos a otros municipios o vertederos con sistemas impositivos más baratos o inexistentes por tratarse sus instalaciones de basureros o vertederos alegales, e incluso ilegales.

Aunque es muy importante, y necesario, emprender la modificación global del sistema impositivo municipal referente a la gestión de los residuos ( teniendo en cuenta la tasa por prestación de servicios, en concreto de la recogida de basuras) creemos conveniente acometer las dificultades técnicas y logísticas de esta reforma de manera escalonada y teniendo en cuenta a los diferentes agentes sociales implicados en los cambios que deben realizarse: entidades y colectivos sociales, comerciantes, ciudadanos, etc. Por este motivo, presentamos una serie de propuestas en referencia al deposito o tratamiento final en el vertedero de Zaragoza, que permitirán promocionar la reducción y el reciclaje de los residuos.

1. Elevar el coste de la cuota tributaria actual para adecuar la misma a los costes reales del servicio que se presta.

2. Favorecer el deposito de los residuos en el vertedero a las empresas y entidades que realizan una gestión adecuada de los residuos, introduciendo diferentes precios en función del tipo de residuo que se depositen en el vertedero, residuos urbanos, residuos industriales, escombros y lodos de depuradora (como en el modelo actual).

3. Diferenciar entre residuos mezclados y residuos reciclables, primando el vertido de los residuos separados por fracciones reciclables (coste de vertido mayor para los residuos mezclados).

4. Prohibición de deposito en el vertedero de residuos reciclables separados como el papel y cartón. 5. Introducción de sistemas para introducir criterios progresivos, es decir, gravando más a quien

(9)

SISTEMA ACTUAL

(1)

PROPUESTA

RESIDUOS URBANOS PTAS/TM

Tarifa única 1260

RESIDUOS INDUSTRIALES PTAS/TM

Tarifa única 433

ESCOMBROS PTAS/TM

Tarifa única 124

LODOS DEPURADORA PTAS/TM

Tarifa única 1260

(1)datos recogidos de la ordenanza fiscal nº 17 aprobada

inicialmente y en periódo de exposición pública.

RESIDUOS URBANOS PTAS/TM

Residuos urbanos mezclados 3000 Residuos separados por fracciones reciclables:

• papel y cartón • madera • vidrio • envases

0 (1)

Residuos urbanos no reciclables, ni mezclados con fracciones reciclables

1260

(1)Deposito gratuito ya que se destina al reciclaje.

RESIDUOS INDUSTRIALES ASIMILABLES PTAS/TM

Residuos no reciclables, ni mezclados con fracciones

reciclables 2500

Residuos separados por fracciones reciclables: • papel y cartón

• madera 0 (1) Residuos mezclados con algún material reciclable

como catón y madera

10000

(1)Deposito gratuito ya que se destina al reciclaje.

ESCOMBROS PTAS/TM

Escombros originados en obras públicas, en la construcción, en la demolición y en obras de reparación de edificios y viviendas.

124

Mezcla de escombros con otro tipo de residuos a

excepción de papel y cartón, y madera 1000 Mezcla de escombros con residuos de papel y cartón,

y madera 6000

LODOS DEPURADORA PTAS/TM

Lodos desecados provenientes de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas cuyo

contenido en humedad no exceda el 65% en peso 1260 Lodos industriales orgánicos desecados cuyo

contenido en humedad no exceda el 65% en peso 2500 Lodos no desecados -- (1)

(10)

Para favorecer a las empresas y entidades que se comprometen a reducir y reciclar los residuos que generan, proponemos que el Ayuntamiento de Zaragoza negocie caso por caso, en relación con la tasa prevista para los residuos industriales asimilables a urbanos, rebajas de la cuota tributaria siempre que se presenten planes de prevención en la generación de residuos por parte de las mismas.

Además de contemplar esta serie de recomendaciones referentes a los residuos urbanos, residuos industriales, escombros y lodos de depuradora es necesario tener en cuenta la legislación europea vigente en relación con el vertido de residuos4 y contemplar, entre otros aspectos, el deposito de neumáticos usados y su gravamen, así como de otros residuos especiales como los RTP’s (residuos tóxicos y peligrosos) provenientes del hogar y los residuos eléctricos e informáticos.

También es necesario introducir criterios progresivos a la hora de gestionar las tasas de vertedero teniendo en cuenta modelos como el puesto en marcha en la ciudad de Tarragona.

Referencias

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