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PROPUESTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES

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Febrero, 2015

Programa de Desarrollo Territorial Integrado en la Provincia de Angaraes – Huancavelica

(Consorcio PDTI - Sumaq Llaqta) Responsable

Componente Gobernabilidad Ambiental - Asociación Sicra (Consorcio PDTI - Sumaq Llaqta)

PROPUESTAS PARA LA

IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN

AMBIENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES

La sensibilización a la población es una La sensibilización a la población es una educación y un cuidado del ambiente. educación y un cuidado del ambiente.

La sensibilización a la población es una educación y un cuidado del ambiente.

Integrantes de la Comisión Ambiental Municipal del distrito Integrantes de la Comisión Ambiental Municipal del distrito

de Julcamarca y el equipo técnico de apoyo. de Julcamarca y el equipo técnico de apoyo. Integrantes de la Comisión Ambiental Municipal del distrito

de Julcamarca y el equipo técnico de apoyo.

- Madre Coraje - Sicra

- Salud Sin Límites

e-mail: coordinador pdt@gmail.com

jrsicra@hotmail.com

claudialema@saludsinlimitesperu.org.pe :

: :

(2)

El Consorcio Sumaq Llaqta, responsable de la ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Integrado en la provincia de Angaraes, Huancavelica, a través del Componente Gobernabilidad Ambiental, expresa su reconocimiento a las autoridades comunales y de los gobiernos locales por su par cipación ac va en el impulso que se viene dando al tema ambiental. Así mismo la voluntad de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Ges ón Ambiental del Gobierno Regional de Huancavelica por su valiosa colaboración en la interpretación del marco norma vo para la formulación de los instrumentos de ges ón ambiental.

Reconocimiento

@ ASOCIACION SICRA

Documento elaborado por la Asociación SICRA. Integrante del Consorcio PDTI SumaqLlaqta. Primera edición, febrero 2015

PROGRAMA DE DESARROLLO TERRITORIAL INTEGRADO EN LA PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA

ENTIDADES AUSPICIADORAS INSTITUCIONES SOCIAS

Asociación Madre Coraje Asociación SICRA Asociación JUNTA DE ANDALUCÍA GOBIERNO DE NAVARRA AYUNTAMIENTO DE PAMPLANO IRUÑEKO UDALA AYUNDAMIENTO DE BERRIOZAR

ELABORACIÓN DEL DOCUMENTO Ing. Javier H. Ravelo Chávez Responsable del Componente Gobernabilidad Ambiental ASISTENTE

Ing. Ámbar Zaravia Guzmán

Contenido

PRESENTACIÓN ... 4

CAPÍTULO I: MARCO NORMATIVO AMBIENTAL 5

1.1. CONSTITUCIÓN POLITÍCA DEL PERÚ ... 5

1.2. CREACIÓN DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE – MINAM ... 6

1.3. LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES ... 6

1.4. LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ... 7

1.5. LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL - SNGA ... 8

1.6. LEY GENERAL DEL AMBIENTE ... 9

1.7. POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE – PNA ... 10

1.8. PLAN NACIONAL DE ACCIÓN AMBIENTAL –PERÚ 2011-2021 ... 12

1.9. POLÍTICA NACIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL - PNEA ... 15

CAPÍTULO II.- LA GESTIÓN AMBIENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES 16 2.1. COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL - CAM ... 17

2.2. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL ... 18

a) POLÍTICA AMBIENTAL LOCAL – POAL ... 18

b) PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL – PAAL ... 18

c) AGENDA AMBIENTAL LOCAL – AAL ... 19

2.3. PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SOLIDOS - PIGARS ... 19

CAPÍTULO III: RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES 21

(3)

Presentación

Capítulo I:

Marco Normativo Ambiental

A con nuación se presenta una síntesis de las principales normas ambientales, tratando de relacionarlos con las funciones que competen a los gobiernos locales, en tanto son las instancias directamente involucradas en aplicar el marco norma vo ambiental en los distritos. De acuerdo al análisis, es necesario que desde el Gobierno Regional se deba impar r direc vas a sus diferentes unidades opera vas para que tengan par cipación ac va y coordinada con el gobierno local, a fin que, a través de la Comisión Ambiental Municipal –CAM se implemente la Agenda Ambiental Local. Por ejemplo, la implementación de la Polí ca Nacional de Educación Ambiental –PNEA, requiere la par cipación decidida de la Unidad de Ges ón Educa va Local –UGEL, contando con el apoyo de otras ins tuciones.

1.1. Constitución Politíca Del Perú

(29-12-1993)

También llamada Carta Magna o Ley de Leyes. Busca garan zar los derechos y libertades del pueblo. El numeral 22 del ar culo 22° señala que toda persona ene d e r e c h o a g o z a r d e u n a m b i e n t e equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

En el Capítulo II, referido al ambiente y los

recursos naturales, la C o n s t u c i ó n señala que:

a) Los recursos naturales, renovables y no

renovables, son patrimonio de la Nación (Ar culo 66°).

E

l tema ambiental está tomando mayor importancia en los úl mos años. Es una preocupación mundial los efectos del cambio climá co. El Perú está considerado como uno de los países más vulnerables a sus efectos e impactos.

Durante la primera quincena del mes de diciembre del año 2014 se realizó en la ciudad de Lima la Conferencia de las Partes sobre el Cambio Climá co (COP 20), con par cipación de representantes de 195 países del mundo. Asis eron alrededor de 15,000 personas. Una de las tareas es que los países en desarrollo deben tomar medidas inmediatas para plantear la estrategia nacional con la finalidad de enfrentar al Cambio Climá co.

En este contexto la presente car lla brinda los aspectos más resaltantes del extenso marco norma vo ambiental nacional. Se aprecia que es responsabilidad del estado en los 3 niveles de gobierno (nacional, regional y local) impulsar la ges ón ambiental. Luego se pone especial énfasis la obligación de los gobiernos locales para la implementación de las polí cas públicas en materia ambiental. Finalmente se mencionan algunas recomendaciones que con voluntad y responsabilidad polí ca serán posibles implementar desde los gobiernos locales.

El Programa de Desarrollo Territorial Integrado en la Provincia de Angaraes, a través de la Asociación Sicra, desarrolla el Componente Gobernabilidad

Ambiental con el obje vo de “Promover y fortalecer la gobernabilidad

ambiental para la ges ón integrada, ordenada y planificada de las microcuencas de Angaraes”. Un aspecto importante a destacar es el impulso que los gobiernos locales deben dar a la Comisión Ambiental Municipal para la aplicación de los Instrumentos de Ges ón Ambiental Local, sobre todo a la Agenda Ambiental Local.

Es frecuente escuchar que los gobiernos locales solo se preocupan de “sembrar fierro y cemento”. Esta car lla pretende generar conciencia en las diferentes ins tuciones y organizaciones sociales para comprometer a los gobiernos locales sobre la necesidad imperiosa de incluir la ges ón ambiental en la agenda polí ca de gobierno. Es por la Salud de nuestra Madre Naturaleza y por el desarrollo sostenible y bienestar de las siguientes generaciones.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

DEL

(4)

1.2. Creación del Ministerio del Ambiente

(D. L. N° 1013, 14-05-2008)

l Ministerio del Ambiente MINAM es la máxima autoridad

E

ambiental nacional. Tiene como obje vo promover la

conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y é co de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Su función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la polí ca nacional y sectorial ambiental.

1.3. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

(Ley Nº 27867, 8-11-2002)

os gobiernos regionales enen por finalidad fomentar el

L

desarrollo departamental integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garan zar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

El ar culo 53, referido a las funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en el literal a) señala: “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y polí cas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en

concordancia con los planes de los Gobiernos Locales.” Y, en el Literal b) del mismo ar culo señala: “Implementar el sistema regional de ges ón ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales.”

La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Ges ón del Ambiente del Gobierno Regional es el órgano responsable de la protección del medio ambiente y de los recursos naturales, para ello coordina, dirige, ejecuta, supervisa e impulsa las polí cas en materia de su competencia. En el año 2003, la Gerencia Regional en coordinación con el Consejo Nacional del Ambiente CONAM crea la Comisión Ambiental Regional CAR-HVCA (reconocida por O.R. N° 149-GR-HVCA/CR del 3/2/2010), cuyo obje vo es cons tuir una instancia de coordinación y concertación de la Polí ca y Ges ón Ambiental a nivel regional, con el fin de propiciar el dialogo y planteamiento de soluciones a los problemas ambientales.

1.4. Ley Orgánica De Municipalidades

(Ley N° 27972, 27-05-2003)

L a L e y s e ñ a l a q u e l a s municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, siendo elementos esenciales: el territorio, la población y la organización. Así mismo, la L e y d i s p o n e q u e l a s municipalidades promuevan el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la jus cia social y

b) El Estado determina la polí ca nacional del ambiente. Promueve el uso

sostenible de sus recursos naturales (Ar culo 67°).

c) El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad

biológica y de las áreas naturales protegidas (Ar culo 68°).

(5)

la sostenibilidad ambiental.

A con nuación se mencionan las principales responsabilidades del gobierno local con relación al ambiente.

Ar culo 7, Numeral 9 Ar culo 20, Numeral 13

Es función del Concejo Municipal aprobar el Sistema

de Ges ón Ambiental Local y

sus instrumentos, en

concordancia con el Sistema de

Ges ón Ambiental Nacional y Regional.

Es atribución del alcalde proponer al Concejo Municipal la aprobación del Sistema de Ges ón Ambiental Local y de sus Instrumentos, dentro del Marco del Sistema de Ges ón Ambiental Nacional y Regional.

1.5. Ley Marco del Sistema Nacional de

Gestión Ambiental - SNGA (Ley N° 28245,

28-01-2005)

El sobre pastoreo ocasiona la erosión acelerada de los suelos, sobre todo en zonas de ladera

El SNGA ene por finalidad o r i e n t a r , i n t e g r a r , co o rd i n a r, s u p e r v i s a r, evaluar y garan zar la aplicación de las polí cas, p l a n e s , p r o g r a m a s y acciones des nados a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y a p r o v e c h a m i e n t o sostenible de los recursos naturales (Ar culo 3). A nivel del departamento corresponde al gobierno

regional implementar el Sistema Regional de Ges ón Ambiental, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional –CAR y el MINAM (numeral 22.2 del ar culo 22). La CAR es la instancia de ges ón ambiental, de carácter mul sectorial, encargada de coordinar y concertar la polí ca ambiental departamental (Ar culo 23).

A nivel de las provincias y distritos la Ley señala que los Gobiernos Locales deben implementar el Sistema Local de Ges ón Ambiental (SLGA) con par cipación de la sociedad civil (Numeral 24.2 del ar culo 24). Así mismo, menciona que en cada distrito la municipalidad debe conformar la Comisión Ambiental Municipal (CAM).

1.6. Ley General del Ambiente

(Ley N° 28611, 13-10-2005)

s l a n o r m a

E

ordenadora del

marco norma vo legal para la ges ón ambiental en el Perú. Establece los principios y normas básicas para asegurar el efec vo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber

Laguna “Ollanta” ubicada en la cabecera de la microcuenca del río Sicra.

(6)

de contribuir a una efec va ges ón ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el obje vo de mejorar la calidad de vida de la p o b l a c i ó n y l o g ra r e l desarrollo sostenible del país.

El ar culo 62° señala que l o s g o b i e r n o s l o ca l e s organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseño y la

estructuración de sus órganos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la ges ón ambiental. Deben implementar un Sistema Local de Ges ón Ambiental, integrando a las en dades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno local.

Así mismo la Ley General del Ambiente incorpora derechos y deberes fundamentales de las personas, como es el acceso a la información, a la par cipación en la ges ón

1.7. Política Nacional Del Ambiente – PNA

(D. S. Nº 012-2009-MINAM, 23-05-2009)

Cons tuye el conjunto de lineamientos, obje vos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que ene como propósito definir y orientar el accionar de las en dades del Gobierno Nacional, regional y local, y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental. Es necesario promover el cercado de las chacras para la instalación de cul vos y también especies forestales. Es una manera de prac car la agroforestería a nivel de las chacras familiares.

El obje vo general de la Polí ca Nacional del Ambiente es “Mejorar la calidad de vida de las personas, garan zando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona”.

Los obje vos específicos son:

1) Lograr la conservación y aprovechamiento sostenible del

patrimonio natural del país, con eficiencia, equidad y bienestar social, priorizando la ges ón integral de los recursos naturales.

2) Asegurar una calidad ambiental adecuada para la salud y el

desarrollo integral de las personas, previniendo la afectación de ecosistemas, recuperando ambientes degradados y promoviendo una ges ón integrada de los riesgos ambientales, así como una producción limpia y ecoeficiente.

3) Consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de La tecnificación del riego es muy importante

(7)

Ges ón Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoría del Ministerio del Ambiente, ar culando e integrando las acciones transectoriales en materia ambiental.

4) Alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental en el

país, con la ac va par cipación ciudadana de manera informada y consciente en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible.

5)Lograr el desarrollo ecoeficiente y compe vo de los sectores público y privado, promoviendo las potencialidades y oportunidades económicas y ambientales nacionales e internacionales.

1.8. Plan Nacional de Acción Ambiental – Perú 2011-2021

(D.S. N° 014-2011-MINAM, 09-07-2011)

(D. S. Nº 012-2009-MINAM, 23-05-2009)

El Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA, es el instrumento de planificación nacional de largo plazo, formulado sobre la base de la Polí ca Nacional del Ambiente. El PLANAA con ene las metas prioritarias en materia ambiental que se debe lograr al año 2021 y representa el reto y

compromiso con la presente y futuras generaciones. El cumplimiento de las metas prioritarias contribuirá con la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, la mejora en la calidad a m b ienta l; y p o r tanto, a mejorar la

calidad de vida de nuestra población.

La Polí ca Nacional del Ambiente es de cumplimiento obligatorio para las en dades que conforman el Sistema Nacional de Ges ón Ambiental (SNGA), estando las autoridades del Gobierno en sus tres

niveles (nacional, regional y local), obligadas a establecer metas concretas e indicadores de desempeño en sus propios planes ambientales, los mismos que deben ser concordantes con sus programas mul anuales, sus estrategias de inversión y gasto social asociados, así como con las metas prioritarias y acciones estratégicas contenidas en el Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA Perú: 2011-2021.

En este contexto, corresponde a las en dades públicas de los tres niveles de gobierno, informar al MINAM sobre los avances en el cumplimiento del Plan, de acuerdo a sus competencias, tomado en consideración los indicadores y metas planteados, en el corto, mediano y largo plazo. Dichos informes deberán presentarse anualmente al MINAM, los primeros treinta (30) días de iniciado el año calendario, y en los formatos que establezca para tal fin.

Pequeña represa de Ccellchuaccocha (Azafrán, Congalla). Inicio de la prác ca de “siembra y cosecha” del agua de lluvias.

La mayoría de las chacras se encuentran en zonas de ladera, lo que favorece la erosión de los suelos.

(8)

A s i m i s m o , l o s r e s u l t a d o s s e r á n publicados en la página web del MINAM y otros m e d i o s q u e s e consideren necesarios, para su difusión.

L a s e n d a d e s d e l SNGA, deben asegurar la par cipación ac va e informada de otros actores para lograr el cumplimiento de los obje vos del PLANAA y por ende de la Polí ca Nacional del Ambiente, promoviendo y procurando la aplicación y difusión de instrumentos de ges ón ambiental y el manejo de los recursos naturales, la infraestructura y recursos para la ges ón integral de la calidad ambiental, así como las acciones de incen vo, promoción, supervisión, monitoreo, evaluación, fiscalización y sanción ambiental. Es importante destacar que deben otorgar especial atención a la gobernanza ambiental y consecuentemente a los mecanismos de par cipación ciudadana en la ges ón ambiental.

El PLANAA considera las siguientes acciones estratégicas por metas priorizadas. 1) Agua, 2) Residuos Sólidos, 3) Aire, 4) Bosques y Cambio Climá co, 5) Diversidad Biológica, 6) Minería y Energía, y 7) Gobernanza Ambiental.

La Polí ca Nacional del Ambiente es de cumplimiento obligatorio para las en dades que conforman el

Sistema Nacional de Ges ón Ambiental

1.9. Política Nacional De Educación Ambiental

PNEA

(D. S. Nº 017-2012-ED, 29-12-12)

La Polí ca Nacional de Educación Ambiental – PNEA es un instrumento q u e s i r v e p a r a d e s a r r o l l a r l a educación, cultura y ciudadanía ambiental nacional orientada a la formación de una sociedad peruana sostenible, compe va, inclusiva y con iden dad.

L a P N E A e s d e c u m p l i m i e n t o obligatorio para los procesos de e d u c a c i ó n , c o m u n i c a c i ó n e interpretación de las en dades que tengan su ámbito de acción en el territorio nacional. Para ello se dispone incorporar, desarrollar y/o fortalecer la aplicación del enfoque ambiental en las ins tuciones educa vas y organizaciones de la sociedad, en el marco de los procesos de ges ón transectorial, descentralización, democra zación y modernización del Estado y de los procesos de desarrollo sostenible a escala local, regional, nacional y global, considerando el enfoque de género, intercultural y bilingüe.

La PNEA establece los siguientes lineamientos de polí ca:

1. Educación Básica y Técnico-produc va

2. Educación Superior Universitaria y No Universitaria

3. Educación Comunitaria Ambiental

4. Interculturalidad e Inclusión

5. Recursos Educa vos y Comunicación Ambiental

6. Par cipación y Ciudadanía Ambiental

7. Innovación y Reconocimiento del Desempeño Ambiental.

La PNEA es un Instrumento que sirve para desarrollar la educación, cultura y cuidado ambiental nacional.

En las chacras campesinas se prac ca la agro biodiversidad

Par cipación de estudiantes en la Semana Escolar Forestal realizada en la cabecera alta de la microcuenca Sicra

(9)

Capítulo II.-

LA GESTIÓN AMBIENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES

Como se ha visto en el capítulo anterior, todos los n i v e l e s d e g o b i e r n o (nacional, regional y local) e s t á n d i r e c t a m e n t e involucrados con el tema ambiental. La ges ón ambiental es un proceso permanente y con nuo, cons tuido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, procesos y ac vidades, orientado a administrar los intereses, expecta vas y recursos relacionados con los obje vos de la polí ca ambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población, el desarrollo de las ac vidades económicas y la conservación del patrimonio ambiental y natural del país.

La Ley Marco del Sistema Nacional de Ges ón Ambiental -SNGA, señala que los Gobiernos Locales deben implementar el sistema local de ges ón ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la par cipación de la sociedad civil (Ar culo 24.2).

De acuerdo al numeral 9 del ar culo 7 de la Ley Orgánica de Municipalidades, es función del Concejo Municipal aprobar el Sistema

de Ges ón Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el Sistema de Ges ón Ambiental Nacional y Regional. La misma Ley

señala que “es atribución del alcalde proponer al concejo municipal la aprobación del Sistema de Ges ón Ambiental y de sus Instrumentos, dentro del Marco del Sistema de Ges ón Ambiental Nacional y Regional” (Numeral 13 del ar culo 20).

2.1. Comisión Ambiental Municipal - CAM

La CAM es la instancia de ges ón ambiental, encargada de coordinar y concertar la polí ca ambiental municipal. Promueve el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Ar cula sus polí cas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el MINAM. Mediante Ordenanza Municipal se aprueba la creación de la Comisión Ambiental Municipal, su ámbito, funciones y composición (ar culo 25 de la Ley del SNGA).

De acuerdo a las normas, los gobiernos locales deben impulsar la creación de las CAMs, con la par cipación de los diferentes actores locales. En la capital de la provincia hay mayor número de ins tuciones que pueden par cipar, por ejemplo: Agro Rural, Agencia Agraria, UGEL, Centro de Salud, Policía Nacional del Perú, Fiscalía, Gobernación, ONGs, Organizaciones de Base (frentes de defensa, comités y comisiones de usuarios de agua de riego, JASS, entre otros).

En los distritos hay menor número de ins tuciones públicas. El

Además de la Ordenanza Municipal de creación de la CAM, se debe elaborar su reglamento, donde se detallan los mecanismos del funcionamiento y los diferentes grupos de trabajo que lo conforma.

gobierno local distrital debe hacer el esfuerzo por convocar a todas los representantes de las ins tuciones públicas y privadas. Por ejemplo, a los directores de las ins tuciones educa vas, j u z g a d o d e p a z , gobernación, centro de salud, etc.

La municipalidad distrital de Julcamarca cuenta con la Sub Gerencia de Desarrollo Económico y Ambiental Local. Es un paso muy importante para impulsar el tema ambiental desde el gobierno local.

La provincia de Angaraes cuenta con 12 distritos. Los gobiernos locales son los responsables de conducir la ges ón ambiental

(10)

2. 2. Instrumentos de Gestión Ambiental

A nivel de los gobiernos locales, se consideran los siguientes instrumentos de ges ón ambiental: Polí ca Ambiental Local, Plan de Acción Ambiental Local y Agenda Ambiental Local.

La Ley del SNGA señala que “la aprobación de los instrumentos de ges ón ambiental provincial y distrital debe contar con opinión favorable de las Comisiones Ambientales Municipales, sin perjuicio de la intervención de las ins tuciones públicas y privadas, y órganos de base representa vos de la sociedad civil” (ar culo 26.1). Y, “los instrumentos de ges ón ambiental distrital deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ámbito nacional, regional y provincial” (ar culo 26.2).

Es el conjunto de orientaciones o lineamientos generales para la ges ón ambiental local, en armonía con la polí ca ambiental regional y nacional. Con ene los principales lineamientos, obje vos y estrategias que orientan el accionar de las en dades públicas, privadas y sociedad civil en materia ambiental. De allí que se convierte en un documento de cumplimiento obligatorio por todos los actores del desarrollo que enen presencia en la jurisdicción distrital.

b) Plan de Acción Ambiental Local – PAAL

Es el instrumento de planificación ambiental a mediano y largo plazo (entre 10 a 15 años). Se realiza para planificar u organizar la forma como la Municipalidad y la comunidad va a trabajar para solucionar sus principales problemas y desarrollar sus potencialidades en todos los campos de la ges ón ambiental.

c) Agenda Ambiental Local – AAL

Es una herramienta de planificación de corto plazo, máximo dos años, que se deriva del Plan de Acción Ambiental Local, donde se prioriza las principales acciones estratégicas y ac vidades que se deben realizar con la finalidad de preservar nuestro medio ambiente.

Viene a ser el documento opera vo que los integrantes de las CAMs y los funcionarios de las municipalidades deben manejar pues aquí se mencionan los Ejes de Polí ca, sus acciones estratégicas, ac vidades que se deben realizar en el corto plazo, los indicadores y los responsables.

a) Política Ambiental Local – PAAL

La disposición

de la basura es uno de los problemas más serios en las principales ciudades del país.

2.3. Plan Integral de Gestión Ambiental

de Residuos Solidos – PIGARS.

Es un instrumento de ges ón que se ob ene luego de un proceso de planificación estratégica y par cipa va, que permi rá mejorar las condiciones de salud y ambiente en determinada ciudad. Para lo cual se establecerán obje vos y metas de largo plazo (de10 a 15 años), y desarrollarán planes de acción de corto plazo (hasta 2 años) y mediano plazo (de 3 hasta 10 años), con la

(11)

Es necesario difundir las prác cas de segregación de residuos sólidos en las comunidades

finalidad de establecer un sistema sostenible de ges ón de residuos sólidos.

La elaboración y ejecución del PIGARS es de competencia de las Municipales Provinciales, tal como lo establece la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314 y su Reglamento General de residuos sólidos (D.S. 057-04-PCM).

Capítulo 3:

Recomendaciones para la Implementación de

la Gestión Ambiental en los Gobiernos Locales

Micro Relleno de Residuos Sólidos del Distrito de Secclla. Ejemplo que se debe seguir en las otras capitales distritales.

En la presentación del marco norma vo ambiental se ha visto que todos los niveles de gobierno (nacional, regional y local) enen la obligación de implementar las acciones relacionadas al cuidado del ambiente. De manera especial, se señala que la Polí ca Nacional

del Ambiente es de cumplimiento obligatorio para las en dades que conforman el Sistema Nacional de Ges ón Ambiental (SNGA), estando las autoridades del Gobierno en sus tres niveles,

nacional, regional y local, obligadas a establecer metas concretas e indicadores de desempeño en sus propios planes ambientales. En este contexto, corresponde a los gobiernos locales informar al MINAM sobre los avances en el cumplimiento del Plan de Acción Ambiental, que se refleja en la Agenda Ambiental Local, tomado en consideración los indicadores y metas planteados, en el corto plazo. Dichos informes deberán presentarse anualmente al MINAM, los primeros treinta (30) días de iniciado el año calendario.

A con nuación se mencionan algunas recomendaciones a considerar en la implementación de la ges ón ambiental en los gobiernos locales:

1. Implementar el Sistema de Ges ón Ambiental Local en las municipalidades.

2. Crear, mediante Ordenanza Municipal, la Comisión Ambiental Municipal –CAM. Luego se debe aprobar su reglamento.

3. Formular los Instrumentos de Ges ón Ambiental (Polí ca, Plan y Agenda Ambiental Local). Siendo necesario solicitar al MINAM la Declaración de Conformidad de estos instrumentos.

(12)

4. Es importante que la formulación de estos instrumentos sea de manera par cipa va con los actores involucrados en la ges ón ambiental local.

5. Difundir los Instrumentos de Ges ón Ambiental a las ins tuciones públicas y privadas del ámbito distrital y/o provincial. También a nivel de la población local.

6. La Agenda Ambiental Local (AAL) es el instrumento que debe ser difundido con mayor énfasis a diferentes niveles de la ges ón local, por cuanto su aplicación es en el corto plazo (1 a 2 años).

7. La estructura orgánica de la municipalidad debe readecuarse y considerar un área, responsable de conducir la ges ón ambiental en coordinación estrecha con la CAM. En todo caso debe delegar esta función a un funcionario de la municipalidad.

8. Incorporar el tema ambiental como prioridad en la actualización de los Planes de Desarrollo Concertado distrital/provincial en concordancia con los instrumentos de ges ón ambiental.

9. En la formulación de los presupuestos par cipa vos se debe des nar presupuesto para la implementación de la Agenda Ambiental Local. Es decir, se deben generar ac vidades y proyectos de inversión relacionados al tema ambiental.

10. Las municipalidades deben formular su Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA, sobre todo para hacer el seguimiento de la implementación de la Agenda Ambiental en coordinación con la CAM.

11. En el caso del distrito capital de provincia, es necesario definir la per nencia de una CAM provincial, además de la CAM distrital. Esta situación no está precisada en la norma ambiental.

12. Para la implementación de la Polí ca Nacional de Educación Ambiental–PNEA es muy necesario que la Unidad de Ges ón Ambiental –UGEL coordine con las ins tuciones educa vas de la jurisdicción. Así mismo, con los gobiernos locales.

13. Es importante que el gobierno regional delegue a la sub gerencia regional de la provincia o a otra instancia las responsabilidades para su par cipación en la CAM y demás instancias relacionadas a la ges ón ambiental.

14. Es conveniente que una dependencia del gobierno nacional, en representación del MINAM y/o del MINAGRI, asuma las coordinaciones de ges ón ambiental a nivel provincial.

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