Borrador del acta de la SESION ORDINARIA celebrada por la JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento el día 27 de JUNIO de 2011.
En la Villa de Navia, siendo las doce horas y cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de junio de dos mil once, se reúne en la Alcaldía-Presidencia de la Casa Consistorial, la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en primera sesión constitutiva tras las elecciones locales celebradas el pasado 22.05.11 tras la resolución de la Alcaldía-Presidencia de composición y delegación de funciones de fecha 15.06.11, y ello a fin de celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y previa citación al efecto, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, don Ignacio García Palacios, y con asistencia de los Sres. Concejales que al margen se relacionan.
Asiste la Interventora accidental doña Blanca-Amelia García García.
Da fe del acto la Secretario General, doña Mª Covadonga Domínguez García.
Abierta la sesión por la Presidencia, una vez comprobado por la Secretario General la existencia de quórum suficiente para que pueda celebrarse, se procede a la deliberación de los asuntos incluidos en el siguiente
Asistentes:
D. Ignacio García Palacios Dª Mª Cruz Fernández Pérez Dª Margarita Suárez Pérez D. José-Luis Pérez Parrondo Dª Mª Rita Irusta Fernández
No asistentes:
Interventora accidental: Dª Blanca-Amelia García García
Secretario General:
ORDEN DEL DÍA
1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR. 2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS facturas
adquisición maquinaria para el servicio de jardinería adquisición colgadura Casa Consistorial reparación de máquina niveladora
reparación de la pluma del servicio de recogida de enseres trabajos de replanteo de camino en Las Escas (Polavieja)
aprobación addenda (aportación económica) Plan Concertado Servicios Sociales 2011 3.- SOLICITUDES LICENCIAS
actividades clasificadas:
CARLOS RODRÍGUEZ VEGA... expte. 0010/2011... autorización provisional carnicería en c/ Párroco Penzol, 12 Puerto Vega licencias de apertura:
TALLERES DE TITO EL XIEGO, C.B... expte. 0471/2009... apertura taller reparación vehículos en Polígono de Salcedo licencias de obra:
JOSÉ-MANUEL GARCÍA JÁNEZ... expte. 0630/2011... legalización reforma vivienda unifamiliar en Talarén
CONSTRUCCIONES COTO RIBADEO, S.L. expte. 0635/2011... instalación de grúa-torre en parcela TR-2 polígono El Ribazo de Navia MOMBRASTUR PROM. INMOB., S.L... expte. 0644/2011... instalación de línea subterránea BT en Cabanella
licencias de parcelación:
CONSTRUCCIONES Y PROY. DICAR, S.A. expte. 0211/2011... aprobación definitiva parcelación parcela PL-4 de El Ribazo de Navia 4.- RUEGOS Y PREGUNTAS
no se presenta ninguna
1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.
Por la Secretario se informa que al tratarse de la primera sesión constitutiva tras las elecciones municipales del 22.05.11 no hay ningún borrador de acta que aprobar.
2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS.
Por la Interventora accidental se da cuenta de las facturas y/o recibos presentados hasta la fecha, debidamente formalizadas; la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, acuerda, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, y con su abstención en aquellos pagos que les afectan, aprobar la siguiente relación de gastos, con aplicación a sus correspondientes Partidas Presupuestarias:
Nº REGISTRO
PARTIDA TERCERO IMPORTE CONCEPTO
1006 912 226.01 GADELA PUBLICIDAD, S.L. 354,00 anuncio institucional en la revista “ELITE” de la Guardia Civil
1007 920 226.04 PROCUR. MIGUEL-BUERES, C.B. 350,73 gastos procurador juicio cont.-admvo.
153/10 (cesión camino en Piñera)
1008 912 226.01 ASTURIANA DE BORDADOS, C.B. 599,99 anticipo de colgante en terciopelo para
balcón de Ayuntamiento
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Por la Intervención se da cuenta de la propuesta de gasto de la Alcaldía para la adquisición de maquinaria y herramientas para el servicio de jardinería.
Visto que se trata de un contrato menor de suministros al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 122.3 LCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de dos mil cincuenta y seis euros con setenta y cuatro céntimos (2.056,74 €) (IVA incluido) en concepto de adquisición de maquinaria para el servicio de jardinería, según detalle:
un soplador mochila AJ-0286 (HUSQVARNA) un soplador mochila AJ-0287 (HUSQVARNA) un cortacésped SG-02374 (OLEO MAC)
un cortacésped SG-01271 (HUSQVARNA)
un cortasetos AJ-0162 (HUSQVARNA) una desbrozadora AJ-0581 (STHILL) un rodillo alisado SG-01686 (APESOL) un rodillo alisado SG-01688 (APESOL)
con cargo a la partida 171 227.00, a favor de SERVICIOS GENERALES ALQUILER DE MAQUINARIA, S.L.; con CIF B-74205238.
Por la Intervención se da cuenta de la propuesta de gasto de la Alcaldía para la adquisición de una colgadura de terciopelo para la Casa Consistorial con motivo de las fiestas patronales y otros eventos.
Visto que se trata de un contrato menor de suministros al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 122.3 LCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de dos mil euros (2.000,00 €) (IVA incluido) en concepto de adquisición de
colgadura de terciopelo con colgantes de pasamanería para la ornamentación de la Casa Consistorial
con cargo a la partida 912 226.01, a favor de ASTURIANA DE BORDADOS.
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Por la Intervención se da cuenta de la propuesta de gasto de la Alcaldía para la reparación de la niveladora pala Vherlusa del servicio de obras.
Visto que se trata de un contrato menor de servicios al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 122.3 LCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de mil setecientos setenta euros (1.770,00 €) (IVA incluido) en concepto de
reparación de máquina niveladora VHERLUSA
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Por la Intervención se da cuenta de la propuesta de gasto de la Alcaldía para la reparación de la botella extensible de la pluma del servicio de recogida de enseres.
Visto que se trata de un contrato menor de servicios al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 122.3 LCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de ochocientos noventa y seis euros con ochenta céntimos (896,80 €) (IVA incluido) en concepto de
reparación de botella extensible de la pluma del servicio de recogida de enseres con cargo a la partida 151 214.00, a favor de MECAINSA, S.L.
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Por la Intervención se da cuenta de la propuesta de gasto de la Alcaldía para la contratación de trabajos de realización de replanteo de puntos de camino en Las Escas (Polavieja).
Visto que se trata de un contrato menor de servicios al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 122.3 LCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de quinientos cincuenta y cuatro euros con sesenta céntimos (554,60 €) (IVA incluido) en concepto de
con cargo a la partida 151 227.06, a favor de HUSO MEDICIONES, S.L.; con CIF B-74297805
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Por la Interventora accidental se da cuenta del escrito remitido por la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (R.E. núm. 4313/11), que consta en el expediente núm. 0209/2011; por el que se solicita acuerdo de aprobación de la addenda del Plan Concertado de Servicios Sociales ejercicio 2011, en la que se recogen las aportaciones económicas de las entidades afectadas por la actuación.
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11, dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Adherirse al Plan Concertado de Servicios Sociales para el desarrollo de prestaciones básicas en el ejercicio 2011, de acuerdo con el borrador de addenda remitido por la Consejería de Bienestar Social y Vivienda.
Segundo.- Autorizar al Alcalde-Presidente, don Ignacio García Palacios, a la firma de los documentos que resulten necesarios para el cumplimiento de este acuerdo.
Tercero.-Dar traslado de este acuerdo a la Consejería de Bienestar Social y Vivienda para su conocimiento y efectos procedentes.
3.- SOLICITUDES LICENCIAS.
Por la Secretario General se da cuenta de los siguientes expedientes sobre solicitudes de licencias y autorizaciones municipales, adoptándose los acuerdos procedentes:
ACTIVIDADES CLASIFICADAS
A) Visto el expediente núm. 0010/2011 tramitado a instancia de D. CARLOS RODRÍGUEZ VEGA (R.E. núm. 0103/11) solicitando licencia municipal de apertura de local comercial para destinarlo a carnicería en c/ Párroco Penzol, 12 bajo de Puerto de Vega; en el que consta el resultado del trámite de información pública, así como los informes Técnicos y de la Corporación.
Visto que la Dirección General de Agua y Calidad Ambiental, en escrito de fecha 15.06.11 (R.E. núm. 4387/11) informa FAVORABLEMENTE el expediente, califica la actividad de MOLESTA (por ruido, vibraciones y olores) y señala las siguientes MEDIDAS CORRECTORAS; no pudiendo concederse licencia hasta que no se incluyan las mismas en el proyecto técnico, evidenciando, gráficamente o por escrito, su cumplimiento:
1. Las contenidas en:
1.1. “Proyecto básico y de ejecución de adecuación de local comercial para carnicería”, suscrito por la Arquitecto Dª Raquel Martínez Reinal, visado en fecha 5 de enero de 2011
1.2. “Anexo de medio ambiente”, suscrito por la Arquitecto Dª Raquel Martínez Reinal, redactado en marzo 2011
1.3. “Anexo de cumplimiento DB-SI al Proyecto de adecuación de local comercial para carnicería”, suscrito por la Arquitecto Dª Raquel Martínez Reinal, visado en fecha 30 de mayo de 2011
2. Las contenidas en los informes técnicos municipales.
3. En cuanto a los niveles de ruido producido por la actividad, se deberá observar:
3.1. se cumplirán los límites establecidos en el Decreto 99/1985, de 17 de octubre, por el que se aprueban las Normas sobre condiciones técnicas de los proyectos de aislamiento acústico y de vibraciones
3.2. en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, la actividad deberá adoptar las medidas necesarias para que no transmita al medio ambiente exterior de las correspondientes áreas acústicas niveles de ruido superiores a los establecidos como valores límite en la tabla B1, del anexo III. Igualmente, no podrá transmitir a los locales colindantes en función del uso de éstos, niveles de ruidos superiores a los establecidos en la tabla B2, del anexo III. Los valores de los índices acústicos se evaluarán de conformidad con los procedimientos del anexo IV de la citada norma.
4. Las máquinas susceptibles de producir ruidos y vibraciones se instalarán aisladas de paredes y elementos estructurales y sobre amortiguadores de clase I o superior, cuando se instalen sobre suelo firme y de clase II o superior cuando se instalen sobre forjado.
5. El tajo sobre el que se corta se instalará sobre alfombrilla de caucho, adecuada para la absorción de ruidos por impacto. 6. Todos los residuos generados por la actividad, que pueden ser valorizados o reciclados, se recogerán selectivamente en recogedor o recinto de uso exclusivo, para su posterior entrega a gestor autorizado. Los residuos asimilables a R.S.U. se gestionarán de acuerdo con las ordenanzas municipales y legislación vigente al efecto.
7. Tanto los residuos del proceso de carnes y de la elaboración de embutidos, se recogerán en contenedor exclusivo, en recinto adecuado para su posterior entrega exclusivamente a una instalación de tratamiento que disponga de las correspondientes autorizaciones. Se adoptarán condiciones de separación en relación con las diferentes categorías que deberán gestionarse de acuerdo al Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1774/2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano.
8. Deberá tener autorización de conexión a la red de saneamiento municipal.
9. Se cumplirá lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 187 de marzo, en particular lo dispuesto en los documentos básicos “Seguridad en caso de incendio” (SI) y “Seguridad de utilización” (SU).
10. Los fluidos frigoríficos utilizados en la instalación se ajustarán a la normativa en materia de utilización de sustancias que agotan la capa de ozono.
11. Con carácter previo a la concesión de la licencia de apertura se incorporará al expediente certificado final de obra de aislamiento acústico, emitido por el técnico director de la obra o informe de un Organismo Colaborador de la Administración, en el cual, y tras las pruebas oportunas, se haga constar el cumplimiento de los niveles derruido establecidos como valores límite para la actividad. La medida de los niveles de ruido transmitido por la actividad deberá haber sido realizada dentro del plazo de validez del certificado de verificación del instrumento de medida utilizado, según lo previsto en la Orden de 25 de septiembre de 2007, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. Se adjuntará copia de dicho certificado de verificación.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Conceder provisionalmente a D. CARLOS RODRÍGUEZ VEGA, con DNI 45425792-X licencia municipal para carnicería en un local sito en c/ Párroco Penzol, 12 bajo de Puerto de Vega; debiendo cumplirse las observaciones que en su informe señala la Dirección General de Agua y Calidad Ambiental, no pudiendo comenzar a ejercerse la mencionada actividad hasta tanto no se conceda licencia definitiva, que estará sujeta al resultado de la visita de comprobación por el personal técnico y sanitario correspondiente.
Segundo.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
LICENCIAS DE APERTURA
A) Visto el expediente núm. 0471/2009, tramitado a instancia de Dª Alicia Suárez González, en nombre de TALLERES DE TITO EL XIEGO, C.B. (R.E. núm. 2531/09) solicitando licencia municipal de apertura de un local para destinarlo a la actividad de taller de reparación de vehículos, en polígono de Salcedo II lote C1 nave 2 vial 1; en el que se acredita, en informe del Arquitecto técnico municipal de fecha 15.06.11 que la actividad se ajusta a proyecto presentado y que se han adoptado las medidas correctoras señaladas en la licencia provisional otorgada por acuerdo de esta Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 14.06.10.
Visto el informe favorable emitido por la U.T.A.S. I de fecha 15.06.11 para la actividad.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Conceder licencia a TALLERES DE TITO EL XIEGO, C.B.; con CIF E-74239237 para la apertura de un local destinado a taller de reparación de vehículos, de acuerdo a las siguientes determinaciones:
emplazamiento Polígono de Salcedo II, lote C1, nave 2, vial 1
Normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo urbano
calificación del suelo industrial
calificación de la actividad molesta (por ruidos y vibraciones) e insalubre y nociva (por emisiones a la atmósfera)
Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación en concepto de tasa por expedición de licencia de apertura
a) cuota fija 150,00 €
b) cuota variable, según superficie, (228,46 m2)
(100,00 m2 x 1 €/ m2) + (100,00 m2 x 1,1 €/ m2) +(028,46 m2 x 1,2 €/ m2) +
244,15 €
c) Coeficiente de calificación 1,5
tasa: (a+b)c 591,23 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
LICENCIAS DE OBRA
A)Visto el expediente núm. 0630/2011 tramitado a instancia de Dª Susana Infanzón Anes, en nombre de D. JOSÉ-MANUEL GARCÍA JANEZ (R.E. núm. 4197/11) solicitando licencia municipal de obras consistentes en la legalización de reforma de vivienda unifamiliar en Talarén; en el que constan los informes técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 22.06.11, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Conceder licencia municipal a D. JOSÉ-MANUEL GARCÍA JÁNEZ, con DNI 76937465-G, para la ejecución de obras consistentes en legalización de reforma de vivienda unifamiliar, de acuerdo con el proyecto redactado por la Arquitecto Dª Susana Infanzón Anes y las siguientes determinaciones:
emplazamiento Talarén, s/n (San Antolín de Villanueva)
normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo no urbanizable
calificación del suelo núcleo rural
otras autorizaciones no proceden
uso residencial
altura la existente
superficie máxima permitida 187,94 m2
46,82 m2 en planta baja destinada a hall, escalera y trastero
46,82 m2 en planta primera destinada a salón, cocina y baño
94,30 m2 en planta segunda destinada a desván, escalera, pasillo, tres habitaciones y baño
ocupación de parcela la existente
superficie de parcela 4.000,00 m2 según proyecto presentado
datos registrales de la finca número 15978
datos catastrales de la vivienda 001101900PJ82B0001QJ
datos catastrales de la finca 33041A024006060000PE 33041A024006100000PS 33041A024006110000PZ
plazo de ejecución un (1) año
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones: La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.
La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias).
Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.
El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico Municipal.
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material 30.000,00 €
a) impuesto (2,8 % p.e.m.) 840,00 €
b) tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €) 150,00 €
tasa (a+b) 990,00 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
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B) Visto el expediente núm. 0635/2011 tramitado a instancia de D. Miguel Pérez Alonso, en nombre de CONSTRUCCIONES COTO RIBADEO, S.L. (R.E. núm. 4245/11) solicitando licencia municipal de obras consistentes en la instalación de una grúa-torre en la parcela TR-2 de “El Ribazo” de Navia; en el que constan los informes técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 20.06.11, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Conceder licencia municipal a CONSTRUCCIONES COTO RIBADEO, S.L., con CIF B-27124847, para la ejecución de obras consistentes en instalación de grúa-torre marca LIEBHERR modelo 50 LC matrícula LE 82648,de acuerdo con el proyecto redactado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Juan-Carlos Ramos Rodríguez y las siguientes determinaciones:
emplazamiento parcela TR-2 en el polígono de “El Ribazo” en Navia
normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo urbano
calificación del suelo Plan Parcial “El Ribazo”
otras autorizaciones no proceden
plazo de ejecución un (1) año
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:
El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico Municipal.
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material 2.425,00 €
a) impuesto (2,8 % p.e.m.) 67,90 €
b) tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €) 40,00 €
tasa (a+b) 104,90 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
C) Visto el expediente núm. 0644/2011 tramitado a instancia de D. José-Joaquín Fernández Álvarez, en nombre de MOMBRASTUR PROMOCIONES INMOBILIARIAS, S.L. (R.E. núm. 4366/11) solicitando licencia municipal de obras consistentes en la instalación de línea subterránea de baja tensión en Cabanella; en el que constan los informes técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 23.06.11, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Conceder licencia municipal a MOMBRASTUR PROMOCIONES INMOBILIARIAS, S.L., con CIF B-74174459, para la ejecución de obras consistentes en instalación de línea subterránea de baja tensión,de acuerdo con el proyecto redactado por el Ingeniero técnico industrial D. José-Joaquín Fernández Álvarez y las siguientes determinaciones:
emplazamiento Cabanella, s/n (San Antolín de Villanueva)
normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo no urbanizable
calificación del suelo núcleo rural
otras autorizaciones no proceden
plazo de ejecución tres (3) meses
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:
El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico Municipal.
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material 9.213,63 €
a) impuesto (2,8 % p.e.m.) 257,98 €
b) tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €) 46,07 €
tasa (a+b) 304,05 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
LICENCIAS DE PARCELACIÓN
A) Visto el expediente núm. 211/2011 tramitado a instancia de don Diego Pérez Muñiz en nombre de CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DICAR, S.A. (R.E. núm. 1430/11) solicitando licencia municipal de parcelación de una finca identificada como la parcela PL4 resultante del proyecto de reparcelación del polígono de “El Ribazo” de Navia; con la finalidad de delimitar físicamente las propiedades entre los adjudicatarios para ajustarlas a las exigencias de las determinaciones del Plan Parcial.
Visto que la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 18.04.11, acordó la aprobación inicial de la parcelación que se propone.
Visto que consta el certificado del resultado del trámite de información pública en el que consta que NO se presentaron alegaciones y/u observaciones al acuerdo adoptado.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Aprobar definitivamente la división de la parcela PL-4 resultante del proyecto de reparcelación del polígono de “El Ribazo” de Navia y que supone la aparición de dos nuevas fincas:
PARCELA PL4-A de las resultantes
descripción parcela en el término municipal en Navia, zona del Plan Parcial residencial “El Ribazo”, en forma rectangular con una superficie de 260,28 m2 de superficie suelo, que linda:
Norte, en línea recta de unos 16,13 m con vial de nueva construcción. Sur, en línea recta de unos 16,13 m. m con parcela n ELP-PL de las resultantes. Este, en línea recta de unos 16,13 m m. con acera pública de 9 metros de ancho y Oeste, en línea recta de unos 16,13 m. con acera pública de 9 metros de ancho.
adjudicatarios y participación CAROLINA GENOVEVA RODRÍGUEZ DÍAZ Y DAVID LÓPEZ RODRÍGUEZ FUNDACIÓN ASILO CEPEDA TABORCIA
J.A. FERNANDEZ DE CORDOBA Y CAÑEDO ARGÜELLES AYUNTAMIENTO DE NAVIA
11,54% 71,27% 8,08% 9,11%
participación gastos urbanización 3,841189961 % sobre el total del sector
edificabilidad 1.301,40 m2 de superficie techo
cargas le corresponde el 42,46 % de las cargas que arrastra la finca matriz
PARCELA PL4-B de las resultantes
descripción parcela en el término municipal en Navia, zona del Plan Parcial residencial “El Ribazo”, en forma rectangular, con una superficie de 352,72 m2 de superficie suelo, que linda:
Norte, en línea recta de unos 21,87 m. con vial de nueva construcción; Sur, en línea recta de unos 21,87 m. con parcela ELP-PL; de las resultantes. Este, en línea recta de 16,13 m. con acera pública de unos 9 metros de ancho y Oeste, en línea recta de unos 16,13 m. con acera pública de 9 metros de ancho.
adjudicatarios y participación CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DICAR 100%
participación gastos urbanización 5,20541852 % sobre el total del sector
edificabilidad 1.763,60 m2 de superficie techo
cargas le corresponde el 57,54% de las cargas que arrastra de la parcela matriz.
Segundo.-Informar a los interesados que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
4.- RUEGOS Y PREGUNTAS No se formula ninguno/a.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión de orden de la Presidencia, siendo las trece horas y cuarenta minutos del día expresado en el encabezamiento; de todo lo cual, yo, la Secretario General, DOY FE.
Vº Bº
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: Ignacio García Palacios.
LA SECRETARIO GENERAL,
Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García DILIGENCIA.- La pongo yo, la Secretario General, para hacer constar que el presente borrador consta de diecisiete páginas. DOY FE.
LA SECRETARIO GENERAL, Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García.