Camilo Villavicencio Garrido
Origen
No cabe duda que el Derecho Comercial tiene por objeto regular las relaciones comerciales, sin embargo, el comercio y el derecho mercantil no surgieron de forma simultánea, como veremos a continuación.
Edad antigua
El origen del comercio, entendido como intercambio de bienes o servicios, tiene su origen en el trueque. Una vez evolucionadas las sociedades, se organizaron para satisfacer sus necesidades básicas y, tras conseguirlo fue posible que los bienes y servicios producidos por una sociedad fueran intercambiados con otra. Este suceso fue resultado de la división del trabajo, pues cada individuo y sociedad pudo especializarse en la producción de determinados bienes que luego serían intercambiados por otros producidos por una individuo o una sociedad distinta a la propia.
Inicialmente, el intercambio tenía por objeto el consumo, pero con el paso del tiempo, el trueque se hizo más complejo de tal forma que el intercambio ya no sólo tenía por objeto satisfacer una necesidad básica de alimento, sino que además se podía realizar con el propósito de obtener ganancia. Es en este momento en el que se hizo necesaria una unidad común de intercambio, dando como resultado a la moneda.
La introducción de la moneda en el comercio revolucionó la forma y el volumen de las transacciones comerciales. Esta transformación favoreció el desarrollo de las sociedades antiguas. No obstante, durante la Edad Antigua, aun en aquellos casos en los que el comercio alcanzó un desarrollo importante, la actividad comercial no fue regulada por normas especializadas. Las actividades comerciales estuvieron reguladas por las mismas normas que regían a todos los contratos.
Por esta razón, el derecho mercantil tal como lo entendemos actualmente no existió durante la Edad Antigua, pues ninguna sociedad desarrolló un conjunto de normas sistematizadas con el propósito exclusivo de regular las relaciones comerciales, como sucede en la actualidad.
Roma
específicos del comercio, se trataron siempre de materias de derecho civil. Este sistema de normas regulaba las relaciones jurídicas entre los ciudadanos sin hacer distinción alguna de los actos jurídicos basada en el comercio.
Los aspectos del comercio regulados por el derecho romano, dirigidos especialmente al comercio marítimo fueron los siguientes:
• Normas sustantivas
◦ Echazón por avería: consistía en repartir entre todas aquellas personas que tenían un interés en una embarcación que había sufrido un percance, la pérdida sufrida por los propietarios de las mercancías que habían sido arrojadas al mar para salvarlo; esta repartición se hacía en proporción a su interés.
◦ Préstamo a la gruesa: al igual que el anterior, hacía frente a los riesgos que se corrían en el comercio marítimo. Era un contrato mediante el cual una de las partes se obligaba a entregar una suma de dinero a otra, mientras que la otra se obligaba a devolver el dinero entregado más intereses al finalizar el viaje, sólo si su regreso era exitoso. Si la embarcación no regresaba como consecuencia de una catástrofe, la obligación de devolver el dinero más intereses se extinguía. • Normas adjetivas
◦ Acción excercitoria: acción en contra de los actos del capitán que actuaba a nombre del propietario del barco.
◦ Acción institoria: era la acción en contra de los actos del administrador que actuaba en nombre del propietario de un negocio.
Edad media
Tras la caída del imperio Romano reinó durante años la confusión, la inseguridad y la violencia. El territorio europeo debido a las constantes invasiones bárbaras quedó fragmentado y surgió el feudalismo como una alternativa.
El feudalismo consistió en un sistema político en el que el señor feudal garantizaba la seguridad de sus siervos al interior del feudo pues los monarcas eran incapaces de proteger a sus propios súbditos. El surgimiento del feudalismo importó también una forma de organización social dividida en nobleza, clero y pueblo llano, así mismo, el feudalismo también se constituyó como un sistema económico caracterizado por la producción para el autoconsumo.
La Edad Media se divide en dos etapas, a saber, Alta Edad Media (siglos V a X) y Baja Edad Media (siglos Xi a XV). En la Alta Edad Media, la sociedad feudal se organizó de la forma ya mencionada, el comercio continuó limitándose al intercambio directo de bienes, eventualmente mediado por moneda, pero el desarrollo del Derecho Comercial no aparece sino hasta el comienzo de la Baja Edad Media, en la que se llevaron una serie de campañas militares organizadas principalmente por el papa para recuperar del dominio musulman a la Tierra Santa.
Estas campañas militares, conocidas como Cruzadas fueron determinantes en el comercio pues provocaron un fuerte movimiento de personas de occidente a oriente y la movilización de la riqueza de un lugar a otro. El auge del comercio como consecuencia de las cruzadas, su vez, provocó el surgimiento de las grandes ciudades mediterráneas donde se intercambiaban objetos y especias provenientes de oriente. Estos sucesos dieron origen a una nueva clase social integrada por los comerciantes.
La actividad mercantil superó ampliamente lo que el derecho romano superviviente regulaba, éste era formalista y normaba actos aislados, por esta razón fue insuficiente para dar solución a los problemas que surgieron en el comercio medieval dado su amplio desarrollo.
Debido a la falta de un marco jurídico adecuado para resolver los conflictos derivados del ejercicio del comercio, los comerciantes medievales se organizaron en gremios de acuerdo a su industria. Los gremios dictaban sus estatutos teniendo como base los usos que regían su actividad. Para la solución de los conflictos se instituyeron tribunales que aplicaron dichos estatutos.
Es en este punto de la historia en el que nace el derecho mercantil pues las normas consuetudinarias de los gremios fueron un sistema diferenciado de normas que regularon específicamente la actividad de los comerciantes. Inicialmente, los estatutos de los gremios eran aplicables únicamente a sus miembros; esto cambió conforme evolucionó el comercio, siendo normadas ahora también las relaciones entre comerciantes y personas no comerciantes. Esta ampliación a la aplicación de los estatutos de los gremios y la consecuente extensión de la jurisdicción tribunales encontró traba a finales de la Edad Media, a medida que el sistema monárquico se fue fortaleciendo: se estableció como requisito la aprobación real para otorgar validez a los estatutos de los gremios.
Evolución
Edad moderna
Renacimiento
Ya consolidados los Estados-nación, los estatutos fueron reemplazados por leyes dictadas por los reyes. El nuevo sistema político centralizó el poder en el soberano y, como consecuencia, era éste quien estaba legitimado para crear normas válidas esto significó que la costumbre perdiera valor como fuente del Derecho en esta época, de todos modos, las practicas comerciales desarrolladas con anterioridad sirvieron como base fundamental de las normas dictadas, por lo tanto, la costumbre si bien perdió importancia frente a la ley siguió dando contenido a las normas jurídicas.
La legislación mercantil renacentista tuvo como base incuestionable las reglas expedidas originalmente por los gremios años atrás, sin embargo, en ellas dejó su marca también las ideas filosóficas del Renacimiento.
Influencia de la Ilustración
Los cambios sufridos por el derecho mercantil a partir del Renacimiento culminaron con la Ilustración. Este movimiento fue el resultado natural de la revolución científica de la época, del aumento del poder del Estado y del ascenso de la burgesía como clase social.
La razón fue entendida como valor supremo y base del conocimiento mientras que la tradición y la religión perdieron legitimidad como fuente del conocimiento y eje de la realidad social, económica y política. La libertad y la igualdad fueron también pilares fundamentales de la Ilustración.
Las ideas de la Ilustración encendieron los ánimos al punto de que en 1789 estalló la Revolución Francesa. En este período, el Derecho Mercantil vivió una transformación, pues dejó de entenderse como el conjunto de normas que rigen a una clase social y fue planteado como el sistema normativo que regula una actividad en particular, independientemente de los sujetos que la realizaban. Este cambio de concepción del Derecho Mercantil hizo que ya no fuera entendido de forma subjetiva, es decir, un derecho para los comerciantes) sino de forma objetiva, es decir, un derecho que regula los actos de comercio.
Las normas mercantiles se codificaron en el Código Mercantil de 1807, expedido por Napoleón. A raíz de las invasiones napoleónicas a gran parte del territorio europeo, la
codificación del derecho se impuso en diversas naciones europeas y, lógicamente, esta influencia llegó hasta sus colonias.
Edad contemporánea
Revolución industrial
La Revolución Industrial implicó la sofisticación en la producción e intercambio de bienes y servicios, esto afecto indudablemente al Derecho Mercantil que, para adaptarse a los nuevos tiempos propuso por la doctrina, a nivel internacional, unificarlo con el Derecho Civil.
La tendencia unificadora de fines del siglo XIX fue interrumpida por las conmociones políticas, económicas y sociales sufridas en todo el mundo, por esta razón, la unificación del derecho privado sólo fue adoptada en unas cuantas naciones. Destaca el Código Federal de Obligaciones Suizo de 1881 que terminó definitivamente con la división entre el derecho civil y mercantil.
Siglo XX
Durante el siglo XX el Derecho Mercantil experimentó cambios particularmente importantes: el surgimiento del comunismo y la consolidación del capitalismo como sistemas económicos.
Los regímenes de izquierda influyeron grandemente en el derecho mercantil para que se crearan normas de protección frente al comerciante, en lo que se refiere a la tutela del consumidor específicamente. También éste sistema propició la desincorporación del derecho privado de la regulación de las relaciones entre patrones y trabajadores y se crearon sistemas de seguridad social a cargo del Estado.
En la segunda mitad del siglo XX, tras la caída de los sistemas comunistas se vió una tendencia fuertemente privatizadora. Surgieron nuevas formas de financiamiento y se fortaleció el mercado de valores como un instrumento de obtención de crédito. El desarrollo acelerado de la tecnología y la ciencias además del apogeo en el comercio dieron como resultado la globalización.
Globalización
En cuanto fenómeno económico, la globalización nace caracterizado por los siguientes elementos:
b) flujo de capitales de un país a otro (inversión extranjera); y
c) desarrollo acelerado y democratización de las telecomunicaciones
La interacción entre los países fue modificada por la globalización dando como resultado la idea del Estado como miembro de una comunidad internacional y ya no se rige únicamente por sus normas internas, sino también por las normas internacionales a las que se someten por medio de tratados internacionales.
La internacionalización del Derecho Mercantil ha dado píe para la consolidación de diversos tribunales internacionales de solución de controversias. Asímismo, se han fortalecido los esfuerzos de unificación del derecho que se habían venido realizando desde la segunda posguerra, a través de las leyes modelo propuestas por organismos internacionales especializados como, por ejemplo, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. El contenido de las leyes, por lo tanto, ya no sólo está determinado por la realidad interna de un país, sino por la realidad global.
El Derecho Mercantil, en este período se ha expandido vertiginosamente, de tal forma que han surgido múltiples y variadas áreas que no habían sido reguladas con anterioridad como lo es el comercio electrónico. La costumbre ha retomado importancia como fuente en el Derecho Mercantil para resolver estos nuevos conflictos.