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GUÍA CUOTAS AFILIACIÓN 2017

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GUÍA CUOTAS AFILIACIÓN 2017

El Consejo Confederal, en su programa de acción, estableció hace tres años, entre otras cuestiones, un plan

integral de cuotas que permitiese, en un tiempo prudencial, adecuarlas a la situación económica, social y

afiliativa. La aplicación de la cuota se realizaría a partir de los ingresos y no de la situación laboral.

El incremento de la gratuidad en los honorarios profesionales del Gabinete Jurídico aumenta en

función de la antigüedad hasta llegar a los 5 años, en la que el servicio es totalmente gratuito.

Así para el año 2017, y atendiendo la complejidad que representa automatizar la cuota para las diferentes

realidades laborales, la cuota de afiliación depende de los ingresos de las personas afiliadas y serán las

siguientes:

CUOTAS AFILIACIÓN 2017

RETRIBUCIÓN ANUAL BRUTA RETRIBUCIÓN MENSUAL BRUTA CUOTA TRIMESTRALCUOTA

Más de 21.338,00

Más de 1.524,00

12,00

36,00

Entre 12.259,00

- 21.338,00

1.021,00

875,00

- 1.524,00

- 1.777,00

(14 pagas)

(12 pagas)

11,20

33,60

Entre 5.112,00

- 12.259,00

875,00

1.021,00

(14 pagas)

(12 pagas)

7,00

21, 00

Menos de 5.112,00

365,00

(14 pagas)

426,00

(12 pagas)

2,00

6,00

RESPECTO A MANTENER LA ANTIGÜEDAD DE OTROS SINDICATOS

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

Ficha afiliación con las dos firmas:

Protección de datos y Orden Bancaria

Copia del último recibo pagado al otro sindicato o en el caso del descuento por nómina copia de la

última nómina que aparezca el descuento de la cuota sindical

Justificante de la antigüedad de la afiliación en el otro sindicato, que puede ser: el certificado del otro

sindicato que indique la antigüedad o copia del carnet del otro sindicato si en este sale la antigüedad.

Copia de un recibo del otro sindicato de la fecha con que pide la antigüedad o un apunte de la cuenta

bancaria donde se refleje el descuento.

A partir del año de antigüedad, la afiliada/o, está cubierto por una póliza de

9.000

, en caso de muerte por cualquier accidente (excepto la cuota Zero)

(2)

V

GENERAL ORDINARIA

12,00

mensual / 36,00

trimestral

Para personas con ingresos o prestaciones superiores 21.338 € / año Brutos – 1.778 €/ mes x 12 pagas o 1.524 €/ mes x 14 pagas (235% SMI)

Firmas obligatorias: Protección de datos y orden domiciliación banco. Forma de Pago: Trimestral por adelantado 36,00€

Documentación obligatoria a presentar (fotocopias): Nómina actual `[ 11 / 20 V ] Con suplemento

Sector Ferroviario - Contratas Ferroviarias : 13,00 € mensual / 39, 00 € trimestral [ 14 V ]

Correos: 12,93€ mensual / 38,79€ trimestral [ 17 V ]

Aéreo: 13,85 € mensual / 41,55 € trimestral (No agencias de viajes) [ 15 V ]

Esta cuota, es a la que hemos pasado todos de forma automática. Si por los ingresos el afiliado/a pertenece a la cuota General Reducida, ha de solicitarla, adjuntando nómina actual que demuestre sus ingresos.

G

GENERAL REDUCIDA

11,20

mensual / 33,60

trimestral

Para personas con ingresos o prestaciones entre 12.259 € a 21.338 €/año Brutos – 1.021€ a 1.777€/ mes x 12 pagas o 875€ a 1.523€ / mes x 14 pagas (el 135% al 235% del SMI)

Firmas obligatorias: Protección de datos y orden domiciliación banco. Forma de Pago: Trimestral por adelantado 33,60€

Documentación obligatoria a presentar (fotocopias): Nómina actual [ 10 / 24 / 30 / 40 G ] Con suplemento

Ferroviario - Contratas Ferroviarias: 12,20 € mensual / 36, 48 € trimestral [ 64 G ]

Correos: 12,13€ mensual / 36,39€ trimestral [ 67 G ]

Aéreo : 13,05 € mensual / 39,15 € trimestral (No agencias de viajes) [ 65 G ]

E

ESPECIAL

7,00

mensual / 21,00

trimestral

Para personas con ingresos iguales o inferiores 12.259 € / año Brutos – 1.021 € / mes x 12 pagas o 875 €/ mes x 14 pagas (al 135% SMI)

Firmas obligatorias: Protección de datos - Orden domiciliación banco y Declaración de ingresos. Forma de Pago: Trimestral por adelantado 21,00€

Documentación obligatoria a presentar según su situación: (fotocopias)

Tiempo parcial (⅔ jornada- 26,5h semanales) / Prejubilados: Nómina actual

Fijos discontinuos: Dirigirse a la Sección Sindical o Delegada/o para su gestión. con contrato y nómina actual.

Parados: Tarjeta DARDO y Resolución aprobación de prestaciones por desempleo o el recibo del banco del abono de la prestación.

Jubilados/Pensionistas: La resolución de la pensión que cobrarán o el certificado de la Seguridad Social [ 22 / 31 / 42 / 43 / E ]

Con suplemento

Ferroviario - Contratas Ferroviarias: 8,00 € mensual / 24,00€ trimestral [ 44 E ]

Correos: 7,93 € mensual / 23,79 € trimestral [ 47 E ]

(3)

21 E

ESPECIAL PENSIONISTAS

9,75

mensual / 29,25

trimestral

Para personas con ingresos superioresal 12.259 € / año – 1.021 € / mes x 12 pagas o 875€ / mes x 14 pagas) (135% SMI)

Los jubilados y Pensionistas de antes del 2014, con cuota de 6.75€ sin justificante de pensión, en el 2017 pasarán a esta cuota de 9,75€/mes

Forma de Pago: Trimestral por adelantado 29,25€ [ 21 E ]

S

SUPER REDUCIDA

2,00

mensual / 6,00

trimestral

Para todas aquellas personas sin ningún tipo de remuneración o prestación, parados de larga duración y que solo perciban la renta activa de inserción o la ayuda no contributiva, así como las personas en activo que perciban unos ingresos igual o inferior a la renta activa de inserción (426 euros mes o 5.112 euros anual). También incluiría a las personas menores de 30 años (Acció Jove) sin ningún tipo de retribución

365,00 € (14 pagas) / 426,00 € (12 pagas)

Incluye el seguro de accidentes y consulta a los servicios jurídicos, excepto obertura de expedientes y presentación de demandas.

Firmas obligatorias: Protección de datos - Orden domiciliación banco y Declaración de ingresos. Forma de Pago: Trimestral por adelantado 6,00€

Documentación obligatoria a presentar según su situación: (fotocopias)

En activo con ingresos iguales o inferiores al RMI (426 euros mes): Nómina actual ● En excedencia voluntaria: Documento de la excedencia concedida por la empresa ● Parados: Tarjeta DARDO y el informe como no beneficiario de prestación/subsidio empleo

Jubilados/Pensionistas: La resolución de la pensión que cobrarán o el certificado de la Seguridad Social [ 23 / 33 / 49 / 55 S ]

M

MILITANTE

16,00

mensual / 48,00

trimestral

También existe la posibilidad de abonar para las personas afiliadas una cuota denominada cuota militante por un importe de 15 euros mensuales, de carácter voluntario y solidario y cuyo objetivo es compensar el efecto económico que supone la aplicación de los otros tipos de cuotas de importes inferiores para colectivos con los ingresos más bajos o sin ingresos.

Firmas obligatorias: Protección de datos - Orden domiciliación banco

Forma de Pago: Trimestral por adelantado 48,00€ `[ 19 M ] Con suplemento

Sector Ferroviario - Contratas Ferroviarias: 17,00 € mensual / 51,00 € trimestral [ 74 M ]

Correos: 16,93€ mensual / 50,79€ trimestral [ 77 M ]

Aéreo: 17,85 € mensual / 53,55 € trimestral (No agencias de viajes) [ 75 M ]

A partir del año de antigüedad, la afiliada/o, está cubierto por una póliza de 9.000

, en caso de muerte

por cualquier accidente

(4)

Z

ZERO

0

mensual / 0

trimestral

Tanto para afiliadas, afiliados y personas que estén en una situación de paro sin ingresos. De carácter temporal. Se ha de solicitar al Sindicato

IMPORTANTE No incluye los servicios jurídicos (GTJ) ni el seguro de accidente.

Firmas obligatorias: Protección de datos - Orden domiciliación banco, Declaración de ingresos, Solicitud de Cuota Zero

Documentación obligatoria a presentar: Hoja de Solicitud de Cuota Zero, rellenada y firmada. Sellada por la Federación correspondiente se traslada a la UARC que es la que realiza la valoración. (Servicio de

Administración de recaptación de la CONC) Y fotocopias:

Parados: Tarjeta DARDO y el informe como no beneficiario de prestación/subsidio empleo

Jubilados/Pensionistas: La resolución de la pensión que no cobrarán o el certificado de la Seguridad Social como no beneficiario de ninguna prestación. [ 0 Z ]

PAGO DE LA CUOTA:

Los recibos bancarios son trimestrales y el pago de las cuotas es por adelantado. La emisión de los recibos a la Caixa o al banco se realiza a principios de cada trimestre. En caso de devolución de un trimestre, en el trimestre siguiente el recibo será de seis meses.

IMPORTANTE

LA CUOTA SINDICAL SE CONSIDERA UN GASTO DEDUCIBLE DE LA DECLARACIÓN DE RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. PARA JUSTIFICARLAS SE HAN DE GUARDAR LOS RECIBOS DE LOS PAGOS TRIMESTRALES O LA NÓMINA (Según sea el caso que se pague por banco o por nómina)

También a través de la zona de Afiliados de la web:www.ccoo.cat, se puede imprimir un certificado.

Importante para acceder a la web de la zona de afiliación ha de ser con el mismo email que esté en la ficha del afiliado/a. Ahora tenemos la opción de tener el e-Carnet, que es una aplicación para nuestro móvil, donde tenemos el carnet digital, la zona de afiliados con sus servicios y el contacto directo con las delegadas/os de tu Sección Sindical.

Si tienes algún problema técnico puedes llamar al 93 481 29 05 en horario de abertura Federación, o escribir al email: [email protected]

Para acceder a cualquier cuota inferior a la general, se ha de presentar la documentación que acredite la situación laboral del afiliado y el justificante de retribuciones o prestaciones. El sindicato realizará una fotocopia y , una vez escaneada se adjuntará a la ficha de afiliación.

Mientras un afiliado está de baja laboral (IT), la cuota sindical es la misma que tenía con anterioridad a la baja.

El cambio de cuota se ha de notificar con la antelación suficiente para poderla modificar antes de confeccionar el recibo del trimestre siguiente (15 días antes de la emisión). No se abonará la diferencia de los recibos de la emisión anterior a la notificación del cambio de cuota.

En caso de reclamación de recibos por cobro indebido, se ha de tener en cuenta que habrá que presentar el original del recibo, objeto de reclamación, y la documentación que acredite el motivo. No se abonarán recibos una vez pasados seis meses desde la fecha de emisión del recibo.

(5)

Se ha de comunicar al sindicato, lo antes posible, cualquier cambio que afecte a los datos de sus

afiliados/as, como son la dirección, el teléfono, los datos bancarios, cambio de empresa, situación

laboral.

A partir de los 6 meses de antigüedad de afiliación se accede a consulta gratuita

en el servicio de asesoramiento jurídico (GTJ), y descuento del 50% los

primeros seis meses, abonando 4 meses de cuotas de afiliación, en recibo

manual, en el momento de afiliarte.

El incremento de la gratuidad en los honorarios profesionales aumenta en

función de la antigüedad hasta llegar a los 5 años, en la que el servicio es

totalmente gratuito.

Referencias

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