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Facturaciones de ajuste renovación de precios en el nuevo año y compensación año anterior

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Avda Ejercito 2, 9º 31002 Pamplona● T 948 420480● F 948 420313● www.pamplona.es Armada Etorb 2, 9º 31002 Iruña

Área de Ciudad Habitable y Vivienda Hiri Bizigarriko eta Etxebizitzako Alorra

1

CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGIA EN DIVERSOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y EN

INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL SUMINISTRO DE ENERGÍA PARA DIVERSOS SUMINISTROS DE ENERGÍA DEL AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA

 Art. 1: Objeto y especialización del contrato en materia energética 2

 Art. 2: Presupuesto 5

 Art. 3: Condiciones generales de los servicios energéticos 6

Art. 4: Facturaciones mensuales energía eléctrica 12

Art. 5: Facturaciones mensuales gas natural 17

 Art. 6:

Facturaciones mensuales pelet

19

Art. 7:

Facturaciones de ajuste renovación de precios en el nuevo

año y compensación año anterior

20

ANEXOS

 Anexo 1 Porcentaje de energía origen renovable y oferta económica 24

 Anexo 2 Términos de potencia y energía

2.1. Términos de potencia y energía regulados. Energía eléctrica

2.2. Términos de energía que deben ser ofertados. E3. Energía eléctrica

2.3. Términos de energía que deben ser ofertados y términos regulados. E3. Gas natural. Precios sin IVA

2.4. Pelet. Precios sin IVA

28

 Anexo 3 Consumos históricos y CUPS y contratos objeto de suministro. Tablas de referencia:

3.1. Alumbrado público

3.2. Energía eléctrica civivox y piscinas 3.3. Gas natural civivox y piscinas 3.4. Pelet

30

 Anexo 4 Consumos energía eléctrica y gas natural En formato digital. 39

 Anexo 5 Facturaciones de ajuste y ejemplo de certificación de ajuste anual. Energía eléctrica lotes 1 y 2

40 Anexo 6 Facturaciones de ajuste y ejemplo de certificación de ajuste anual. Gas natural,

lote 3 46

   23/04/2018 13:34:45

IGNACIO APEZTEGUIA LUQUIN - 29151457S

 

 

JOSÉ MARTIN ABAURREA SAN JUAN - 18199333P

 

JOSE MARTIN ABAURREA SAN JUAN Sesió n celebrada el 03/05/2018

 

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2

1. OBJETO Y ESPECIALIZACION DEL CONTRATO EN MATERIA ENERGETICA

Esta licitación tiene por objeto contratar los servicios de suministro de energía señalados a continuación. También es objeto de este contrato el suministro eléctrico de las instalaciones de alumbrado público, semáforos y otras diversas infraestructuras municipales.

TIPOLOGIA EDIFICIOS ELECTR GAS PELLETS

CIVIVOX Condestable (c/Mayor 2). SI

Mendillorri SI SI

Iturrama SI SI

San Juan Bosco SI SI

San Jorge SI SI

Juslarocha SI SI

Buztintxuri SI

DEPORTIVOS Compl. Dptvo. Aranzadi. SI SI

Compl. Dptvo. San jorge SI SI SI

Trinkete de Mendillorri SI SI

ALUMBRADO Ins. Aldo. Publico Semáforos y otros SI

Observaciones:

- El suministro eléctrico de Condestable, al depender del mismo Centro de Transformación y Acometida de Casa Consistorial y de Edificio Seminario NO está incluido en licitación

- No están incluidos en licitación el suministro eléctrico diversos Civivox que comparten instalaciones con otros Servicios Públicos (P. Ej. Blanca e Navarra, Milagrosa..)

- No está incluido AquaVox de San Agustín al estar adjudicada la gestión integral del mismo

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Los lotes de dichos suministros de energía son los siguientes:

Nº Lote Nombre Lote Instalaciones incluidas

Lote nº 1 Electricidad Alumbrado Público y varios Centros de mando señalados en anexo nº 3.1.

Lote nº 2 Electricidad Civivox y Complejos Dptvos Centros de mando señalados en anexo nº 3.2.

Civivox San Juan Bosco

Civivox Iturrama (1) Civivox Iturrama (2) Civivox Juslarrocha (1) Civivox Juslarrocha (2) Civivox Mendillorri (1) Civivox Mendillorri (2)

Civivox San Jorge (1)

Civivox San Jorge (2)

Civivox de Buztintxuri

Compl. Dptvo. Aranzadi (1)

Compl. Dptvo. Aranzadi (2)

Compl. Dptvo. San Jorge (1)

Compl. Dptvo. San Jorge (2)

Trinkete de Mendillorri (1) Trinkete de Mendillorri (2)

Lote nº 3 Gas natural Civivox y Complejos Dptvos Instalaciones señaladas en anexo nº 3.3.

Civivox San Juan Bosco

Civivox Condestable

Civivox Iturrama

Civivox Juslarrocha

Civivox Mendillorri

Civivox San Jorge

Civivox de Buztintxuri

Compl. Dptvo. Aranzadi (1)

Compl. Dptvo. Aranzadi (2)

Compl. Dptvo. San Jorge (1)

Compl. Dptvo. San Jorge (2)

Trinkete de Mendillorri

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En los anexos señalados anteriormente se adjunta la siguiente información:

- CUPS o contratos en los que se debe realizar el suministro de energía.

- Datos de los consumos realizados en los últimos años que ha servido para realizar la previsión de consumo que debe ser efectuado en este concurso en cada contrato y en cada lote.

Salvo instrucción municipal en contrario efectuada por el Ayuntamiento de Pamplona los contratos de suministro tendrán como titular el Ayuntamiento de Pamplona y no la adjudicataria que contratará y realizará las acciones que se estimen pertinentes en nombre de su titular, el Ayuntamiento de Pamplona, bajo su conocimiento, autorización y encargo, de conformidad con la vigente normativa aplicable en la materia.

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2. PRESUPUESTO Y CONSUMOS ESTIMADOS

a) El presupuesto anual (IVA incluido) asignado a estos consumos, en los diferentes apartados que comprende el suministro de energía se desglosa de la siguiente manera (ver tabla nº 1):

TABLA Nº 1 Lote

Nombre lote Tipo de energía Presupuesto anual asignado IVA incluido (euros)

1 Electricidad Alumbrado Público y varios Energía Eléctrica 2.800.000

2 Electricidad Civivox y Piscinas Energía Eléctrica 500.000

3 Gas natural Civivox y Piscinas Gas natural 300.000

4 Pellet Piscinas Pellets 30.000

SUMA 3.630.000

Nota importante: Se debe tener en cuenta que esta licitación, inicialmente, tiene vigencia desde el 1 de julio de 2018 al 31 de marzo de 2019.

b) Los consumos estimados de energía anuales de referencia son los siguientes:

TABLA Nº 2 Lote

Nombre lote Tipo de energía P1 P2 P3 P4 P5 P6 Total (Kw.h) Total (Tn)

1

Electricidad Alumbrado Público y varios (kw.h)

Energía

Eléctrica 2.524.018,28 3.885.700,28 5.189.155,78 743.801,47 1.371.618,68 2.721.254,01 16.435.548,50

2 Compl. Dptvos. (kw.h) Electricidad Civivox y Eléctrica Energía 392.135,20 1.159.236,57 358.635,46 270.096,14 222.610,81 325.142,83 2.727.857,00

3 Compl. Dptvos. (kw.h) Gas natural Civivox y natural Gas 4.686.843,00

4 Pellet Compl. Dptvo. (Tn) Pellets 80,00

SUMA 2.916.153,48 5.044.936,85 5.547.791,24 1.013.897,61 1.594.229,49 3.046.396,84 23.850.248,50 80,00

En los anexos 3 y 4 de las presentes prescripciones técnicas se adjuntan los consumos energéticos de los últimos años a fin de que los licitadores puedan tener información acerca de las curvas de consumo en cada uno de los periodos en cada centro de consumo.

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3. CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS ENERGÉTICOS

3.1 Aspectos generales

Este contrato es susceptible de incrementar la potencia (en función de necesidades o potencias realmente demandadas) de cada suministro, la energía consumida prevista, y los puntos de suministro, según las necesidades municipales. De la misma manera se puede dar de baja suministros por traslado de centros, cierre de instalaciones o cualquier otra circunstancia; sin que la empresa adjudicataria tenga por ello derecho a ningún tipo de indemnización.

Los puntos de suministro son los que se encuentran en la relación indicada en el anexo nº 3 a este pliego de condiciones técnicas.

Deberán ser atendidos todos los nuevos suministros que se produzcan en esta tipología de edificios e instalaciones, tanto fijos como eventuales, debiendo realizar todas las gestiones que sean oportunas ante la empresa distribuidora.

La/s empresa/s adjudicataria/s adquirirá/n el compromiso de contratar las tarifas de acceso de todos los puntos de suministro, trasladando los costes establecidos por la normativa vigente en cada momento y sin repercusión de coste adicional alguno para el Ayuntamiento de Pamplona.

Las empresas adjudicatarias deberán contratar los suministros eventuales que periódicamente o con carácter de urgencia deban llevarse a cabo.

La cantidad de energía a suministrar estará subordinada a las necesidades de las dependencias e instalaciones municipales durante el plazo de vigencia del contrato, ya que no puede definirse con exactitud su cuantía en el momento de celebrar el mismo. Las ofertas presentadas por los licitadores fijarán el coste del Kw.h o Tn según los precios unitarios, desglosados y adjuntados, en su caso, para cada una de las franjas horarias planteadas, facturándose de acuerdo a los citados precios.

Mensualmente se informará de las penalizaciones y recargos por cualquier motivo, en especial los debidos a exceso de potencia consumida y a consumos de energía reactiva.

El ayuntamiento asumirá las penalizaciones por exceso de potencia. Los excesos de potencia se aplicarán en función del periodo en el que se produzcan y de la cantidad excedida. Para la facturación de los excesos de potencia se aplicará lo dispuesto en los reglamentos y reales decretos vigentes. En los anexos se especifican las potencias en cada punto de suministro. Durante la duración del contrato, podrán revisarse, de mutuo acuerdo, las potencias contratadas para su optimización.

La empresa adjudicataria asume la representación de cada punto de suministro ante la distribuidora, estableciendo con la misma los contratos y pólizas precisas para contratar el acceso a la red, y realizando cuantas gestiones sean necesarias para la resolución de los conflictos que pudieran acontecer.

La energía suministrada en los lotes 1 y 2, deberá ser exclusivamente de origen renovable

(En las ofertas presentadas por los licitadores deberá adjuntarse la carta de compromiso adjuntada en el anexo nº 1 debidamente cumplimentada)

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3.2 Suministro de la energía

a) Equipos de medida y lectura de consumos

El adjudicatario se compromete a facilitar en soporte informático, sin ningún coste adicional, toda la información referente a las lecturas de los consumos de los suministros. Asimismo realizará las verificaciones obligatorias previstas en los reglamentos e instrucciones técnicas vigentes.

La facturación mensual que se llevará a cabo se realizará de acuerdo a la oferta económica presentada por el adjudicatario de tal manera que, en cada franja horaria (sujeta a precio propio en el caso del suministro eléctrico) se deberá incluir la energía consumida y el resto de parámetros, con esa información y la facilitada en la oferta por el adjudicatario se obtendrá la factura mensual. La presentación de las facturas se efectuará dentro de los diez primeros días del mes siguiente al mes facturado.

b) Especificaciones técnicas del pelet

Deberá cumplir la norma DIN PLUS

3.3 Calidad de atención al cliente

La empresa adjudicataria pondrá a disposición del Ayuntamiento de Pamplona un canal de comunicación permanente que garantice la adecuada atención, información y resolución de las posibles incidencias relacionadas con el suministro energético.

La empresa designará un gestor en materia energética con funciones de coordinación y asistencia. No se permite para este contrato de suministro la designación de intermediario comercial externo al adjudicatario, tampoco se podrá designar un call center o similar.

El adjudicatario estará obligado al asesoramiento en materia de contratación, facturación, medidas de consumo, calidad del suministro y demás aspectos relacionados con el suministro de energía.

Realizará las gestiones de ampliación de potencia y acometidas y asesoramiento de las mejores condiciones de contratación para las necesidades reales del consumo.

La empresa pondrá a disposición de los Servicios Técnicos Municipales toda la información correspondiente al suministro eléctrico de los puntos objeto de la presente licitación:

- Curvas de carga de potencia

- Consumos de energía activa y reactiva

- Resto de parámetros que incidan en la calidad del suministro eléctrico y del resto de suministros energéticos

La calidad de la atención y relación con el consumidor se determinará atendiendo a las características del servicio, entre las que se encuentran el conjunto de aspectos referidos al asesoramiento del consumidor en materia de contratación, facturación, cobro, medida de consumos y demás aspectos derivados del contrato suscrito.

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El adjudicatario emitirá una factura “detalle” de características del suministro y consumo de cada contrato. La suma de todos los parámetros integrantes de la facturación constituirá el importe total de la energía suministrada y facturada durante el periodo.

La facturación y sus correspondientes “detalles” será facilitada en soporte informático compatible con los programas estándares municipales y entregada por correo electrónico a los Servicios Técnicos Municipales.

Esta información relativa a la prestación de servicios energéticos, en el suministro eléctrico, contendrá, como mínimo y por cada punto de suministro, los datos que se precisan a continuación:

- Nº de suministro municipal

- Nombre suministro

- CUPS

- CIF

- Titular del suministro

- Dirección - Referencia distribuidora - Tensión de suministro - Tarifa de acceso - Potencia contratada - Número de factura - Fecha de la factura

- Fecha de la lectura anterior de cada periodo de energía activa

- Fecha de la lectura actual de cada periodo de energía activa

- Lectura anterior de energía en cada periodo de energía activa

- Lectura actual de energía en cada periodo de energía activa

- Días de lectura

- Número de contador

- Tipo de consumo

- Consumo de energía activa y reactiva y potencia, identificando las unidades para cada uno de los periodos.

- Energía consumida en cada periodo

- Precio energía de cada periodo y tipo de tarifa, dividido en los siguientes apartados o Peaje de energía (E1)

o Precio OMIE (E2)

o Precio ofertado por el adjudicatario (E3)

- Importe energía de cada periodo y total

- Potencia contratada de cada periodo

- Potencia maxímetro de cada periodo

- Potencia facturada de cada periodo

- Precio potencia de cada periodo

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- Fecha de la lectura anterior de cada periodo de energía reactiva

- Fecha de la lectura actual de cada periodo de energía reactiva

- Lectura anterior de energía en cada periodo de energía reactiva

- Lectura actual de energía en cada periodo de energía reactiva

- Energía reactiva consumida

- Cos Fi

- Exceso reactiva

- Coste exceso reactiva

- Alquiler equipo de medida

- Impuesto eléctrico

- Base imponible

- Base IVA

- Importe IVA

- Importe total

- Partida presupuestaria (a designar por el Ayuntamiento)

Las facturas de gas natural, como mínimo y por cada punto de suministro, los datos que se precisan a continuación:

- Nº de suministro municipal

- Grupo

- Referencia del contrato-CUPS

- Tarifa de acceso

- Fecha factura

- Fecha lectura anterior

- Fecha lectura actual

- Lectura anterior

- Lectura actual

- Titular del suministro

- Dirección

- Nombre edificio

- Término fijo

- Consumo en m3

- Factor de conversión a kw.h: coeficiente de Poisson (factor k) y PCS

- Consumo en kw.h

- Precio energía (euros/kw.h)

- Alquiler contador

- Impuesto gas

- Factura sin IVA

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- Importe IVA

- Importe total

- Partida presupuestaria (a designar por el Ayuntamiento)

Las facturas de pelet, como mínimo y por cada punto de suministro, los datos que se precisan a continuación:

- Nº de suministro

- Referencia del contrato

- Titular del suministro

- Dirección

- Nombre edificio

- Consumo en Tn

- Precio unitario

- Número de albarán

- Fecha de albarán o fecha de suministro

- Factura sin IVA

- Base IVA

- Importe IVA

- Importe total

- Partida presupuestaria (a designar por el Ayuntamiento)

El diseño de las diferentes facturas y agrupadores a presentar será llevado a cabo el mes anterior al comienzo del suministro de energía entre la empresa adjudicataria del servicio y los servicios técnicos municipales.

El adjudicatario deberá asesorar periódicamente a los Servicios Técnicos Municipales sobre los aspectos con incidencia en el coste del suministro, para lo cual presentará mensualmente, en soporte informático, los datos de consumo y facturación de las dependencias cuyo suministro se contrate, haciéndose llegar a los Servicios Técnicos Municipales.

3.4 Obligaciones del adjudicatario

a) El adjudicatario previa autorización escrita del Ayuntamiento de Pamplona, actuará en nombre de éste y realizará las gestiones autorizadas por el mismo, ante el distribuidor y otras posibles comercializadoras en los temas relativos a las altas y a modificación y cancelación de los puntos de suministro de energía eléctrica debiendo remitir la documentación correspondiente a los Servicios Técnicos Municipales.

b) El adjudicatario deberá poner en conocimiento de los Servicios Técnicos Municipales cualquier incidencia que pudiera surgir respecto a la obtención de los Accesos de Terceros a la Red de la compañía distribuidora, o cualquier otra documentación o requisito, sin perjuicio de su responsabilidad al respecto.

c) La empresa adjudicataria será la única responsable del pago de las Tarifas de Acceso al Distribuidor.

d) En el caso de aparición de nuevos puntos de suministro, tanto fijos como eventuales, el adjudicatario dispondrá de un plazo de 24 horas para solicitar el Acceso de Terceros a la Red, a partir de la petición efectuada por los servicios técnicos municipales.

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e) Todos los derechos de dominio del acceso a redes de este contrato pertenecen al Ayuntamiento de Pamplona. La empresa adjudicataria entregará una copia del contrato de acceso a redes de cada uno de los suministros y modificaciones, así como una base de datos en el formato informático que se determine desde instancias municipales. A la finalización del contrato de suministro los contratos de acceso a redes seguirán vigentes y a nombre del Ayuntamiento de Pamplona y la empresa adjudicataria presentará un certificado de la empresa distribuidora de tener liquidados todos los pagos.

f) La empresa adjudicataria pondrá a disposición de los Servicios Técnicos Municipales un canal de comunicación permanente que garantice la debida atención, información y resolución de incidencias relacionadas con el suministro de energía y contará con un servicio de urgencia de 24 horas durante todos los días del año, facilitando un teléfono móvil con el que se pueda contactar. Además designará a una persona que será interlocutor válido con el ayuntamiento para este contrato, tal y como se ha señalado anteriormente.

g) El adjudicatario realizará las verificaciones sistemáticas obligatorias que determine el operador del sistema de acuerdo a los reglamentos, reales decretos y normativas en vigor. h) El Ayuntamiento de Pamplona se reserva el derecho a modificar tanto la tarifa de acceso como las potencias en el transcurso del contrato, si fuera necesario para reducir sus costes. La empresa adjudicataria deberá tramitar dichas modificaciones ante la compañía distribuidora correspondiente. En el caso de modificación de la tarifa de acceso, la empresa adjudicataria repercutirá en el término de potencia y energía la variación en los precios correspondientes a la nueva tarifa de acceso.

i) Los derechos de enganche en el inicio del contrato se entenderán incluidos en el precio, no debiendo abonar el adjudicatario ningún cantidad por ese concepto en el momento del comienzo del suministro de energía.

j) El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes que afecten al objeto del contrato y de todo tipo de legislación que, en forma de ordenes, resoluciones o cualquier otra disposición normativa, pueda entrar en vigor durante el plazo de ejecución del contrato y sea de aplicación al mismo.

k) La empresa adjudicataria garantizará la confidencialidad de todos los datos. La entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de los suministros de energía eléctrica, guardarán secreto profesional sobre los datos personales, de todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.

l) El adjudicatario presentará curvas de carga mensuales en formato informático compatible con los programas municipales.

m) El adjudicatario deberá instar al distribuidor, a petición de los Servicios Técnicos Municipales, que resuelva las incidencias del servicio con prontitud, asegurando su calidad. n) El adjudicatario deberá garantizar en todas las dependencias municipales el suministro de la energía demandada durante el periodo ofertado, incluso en el caso de que las necesidades de potencia y consumo difieran de las que se recogen en la documentación aportada en el anexo a este pliego.

o) Facturar mensualmente al Ayuntamiento de Pamplona, con la distribución de recibos-facturas estructurada de la forma que así se le indique, con el objetivo de imputar los costes del suministro energético a las partidas presupuestarias adecuadas, así como de facilitar un correcto control del consumo de las distintas instalaciones.

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4. FACTURACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (LOTES 1 Y 2)

a) Realización de la facturación:

La facturación se realizará teniendo en cuenta el consumo energético en cada periodo y los siguientes conceptos:

1º) Término de potencia (euros/kw.día): P 2º) Término de energía (euros/kwh): E

3º) Potencia excedida (euros/kw.día): de acuerdo al marco regulatorio existente en cada momento

4º) Reactiva (euros/kvar.h): de acuerdo al marco regulatorio existente en cada momento 5º) Alquiler de Equipo: de acuerdo al marco regulatorio existente en cada momento 6º) Impuesto Eléctrico: de acuerdo al marco regulatorio existente en cada momento 7º) IVA: de acuerdo al marco regulatorio existente en cada momento

b) Término de potencia (euros/kw.día): P

Término regulado que se abonará en función de las modificaciones normativas y regulatorias que se establezcan en cada momento. No debe ser ofertado por el adjudicatario. Ver anexo 2.1. (Se adjuntan a modo informativo los costes del término de este aparatado vigentes en el año 2017)

TABLA Nº 3.A

TARIFA

ACCESO T. POTENCIA (EUROS/KW Y AÑO)-REGULADO

P1, P2, P3, P4, P5 y P6

2.0 A REGULADO. BOE

2.0 DHA REGULADO. BOE

2.1 A REGULADO. BOE

2.1 DHA REGULADO. BOE

3.0 A REGULADO. BOE

3.1 REGULADO. BOE

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c) Término de energía (euros/kwh): E

Se compone de los siguientes apartados:

1. E1: Peaje de energía. Término regulado que se abonará en función de las modificaciones normativas y regulatorias que se establezcan en cada momento (euros/kw.h). No debe ser ofertado por el adjudicatario. Ver anexo 2.1. (Se adjuntan a modo informativo los costes del término de este apartado vigentes en el año 2017)

2. E2: Precio OMIE. Precio medio anual del Mercado Diario Español de OMIE. Es un precio variable en función del año de que se trate. Es un precio único según el periodo de que se trate (de P1 a P6) y valido en todas las tarifas (2.0.A, 2.0DHA, 2.1.A, 2.1.DHA, 3.0.A, 3.1, 6.1). No debe ser ofertado por el adjudicatario. Durante el primer año de contrato se abonará el precio señalado en la tabla 3.B, una vez finalizado este primer año se procederá a la realización de los correspondientes ajustes, tal y como se señala en este pliego de condiciones. Precio OMIE durante el primer año de contrato:

Tabla 3B.

PRECIOS DE OMIE A APLICAR P1 P2 P3 P4 P5 P6

2.0 A 0,0500 2.0 DHA 0,05000,0500 2.1 A 0,0500 2.1 DHA 0,05000,0500 3.0 A 0,05000,0500 0,0500 3.1 0,05000,0500 0,0500 6.1 0,05000,0500 0,0500 0,0500 0,0500 0,0500

3. E3: Precio de la energía para cada uno de los periodos (P1 a P6) y tarifas (2.0.A, 2.0DHA, 2.1.A, 2.1.DHA, 3.0.A, 3.1, 6.1). Debe ser ofertado por el adjudicatario de acuerdo a lo recogido en el anexo 2.3.

En el precio de la energía (E3) se encuentran los siguientes conceptos:

 Margen del adjudicatario por la energía adquirida por el comercializador en el mercado mayorista

 Pagos por capacidad

 Restricciones y sobrecostes

 Pagos operador del sistema

 Fondo nacional eficiencia energética

 Sobrecostes desvíos

 Pérdidas en la red, servicios complementarios y tasa de eficiencia

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 Tasa municipal

 Otros

Los conceptos anteriores del apartado E3 deberán ser desglosados por parte del adjudicatario durante el primer mes de inicio del contrato. Algunos de estos conceptos están regulados por BOE, se deberá señalar el coste de los mismos a fecha del último día de presentación de las ofertas y servirán de referencia en su correspondiente apartado. Si a lo largo del contrato alguno de dichos conceptos regulados son modificados por el ministerio competente, se actualizarán, dando lugar a la obtención de un nuevo precio de la energía en cada periodo.

La facturación de la energía será el sumatorio de los conceptos anteriores, es decir: E= E1 + E2 + E3

TABLA Nº 4

TARIFA ACCESO P1, P2, P3, P4, P5 y P6

E1 E2 E3 SUMA

2.0 A BOE

OMIE ANUAL OFERTA

ADJUDICATARIO E1+E2+E3

2.0 DHA BOE

OMIE ANUAL OFERTA

ADJUDICATARIO E1+E2+E3

2.1 A BOE OMIE ANUAL

OFERTA ADJUDICATARIO

E1+E2+E3

2.1 DHA BOE OMIE ANUAL ADJUDICATARIOOFERTA E1+E2+E3

3.0 A BOE OMIE ANUAL ADJUDICATARIOOFERTA E1+E2+E3

3.1

BOE OMIE ANUAL OFERTA

ADJUDICATARIO

E1+E2+E3

(15)

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15

Los precios que deberán ofertar los licitadores en cada uno de los lotes, lote 1 y lote 2, por el concepto E3, serán los siguientes:

TABLA Nº 5 TARIFA ACCESO

TÉRMINO DE ENERGÍA (CTS EUROS/KWH): E3 P1 P2 P3 P4 P5 P6 2.0 A 2.0 DHA 2.1 A 2.1 DHA 3.0 A 3.1 6.1

Dichos precios ofertados (concepto E3) serán multiplicados por los consumos previstos en cada uno de los lotes, periodos y tarifas, sin que en ningún caso se puedan superar las siguientes cantidades que a continuación se señalan:

1. Lote 1:

TABLA Nº 6. Consumos previstos (kw.h):

Anual P1 P2 P3 P4 P5 P6 SUMA 2.0 A 32.735,11 32.735,11 2.0 DHA 167.971,08 320.682,07 488.653,15 2.1 A 37.442,72 37.442,72 2.1DHA 273.673,64 680.388,52 954.062,16 3.0 A 2.232.145,45 3.405.478,61 6.154.352,18 11.791.976,24 3.1 A 438.714,81 743.675,42 1.270.327,40 2.452.717,63 6.1. A 50.898,95 68.147,73 25.791,36 34.237,99 38.946,61 459.938,85 677.961,49 SUMA 3.233.581,76 5.218.372,35 7.450.470,94 34.237,99 38.946,61 459.938,85 16.435.548,50 TOTAL 16.435.548,50

Los licitadores del lote 1 deberán realizar el producto de los precios ofertados en la tabla nº 5 (E3 en euros/kw.h) por los consumos previstos (kw.h) señalados en la tabla nº 6 en cada uno de los periodos y tarifas. El sumatorio de las diferentes filas y columnas dará el precio ofertado en euros por cada uno de los licitadores en dicho lote.

Esta tabla servirá únicamente para conocer cual es la oferta más o menos ventajosa, de forma que sirva para poder escoger el adjudicatario del concurso, siempre de acuerdo a lo recogido en el pliego económico administrativo.

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16

2. Lote 2: Consumos previstos (kw.h): TABLA Nº 7 Anual P1 P2 P3 P4 P5 P6 SUMA 2.0 A 0,00 0,00 3.0 A 303.284,33 743.307,38 158.672,29 1.205.264,00 3.1 A 358.947,00 638.540,00 525.106,00 1.522.593,00 SUMA 662.231,33 1.381.847,38 683.778,29 2.727.857,00 SUMA TOTAL 2.727.857,00

Los licitadores del lote 2 deberán realizar el producto de los precios ofertados en la tabla nº 5 (E3 en euros/kw.h) por los consumos previstos (kw.h) señalados en la tabla nº 7 en cada uno de los periodos y tarifas. El sumatorio de las diferentes filas y columnas dará el precio ofertado en euros por cada uno de los licitadores en dicho lote.

Esta tabla servirá únicamente para conocer cual es la oferta más o menos ventajosa, de forma que sirva para poder escoger el adjudicatario del concurso, siempre de acuerdo a lo recogido en el pliego económico administrativo.

(17)

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17

5. FACTURACIÓN DE GAS NATURAL (LOTES 3)

a) Facturación mensual

La facturación mensual se realizará teniendo en cuenta el consumo energético en cada periodo y los siguientes conceptos:

1º) Término de fijo (euros/mes): P 2º) Término de energía (euros/kwh): E 3º) Alquiler de Equipo

4º) IVA

b) Término de fijo (euros/mes): P

Término regulado que se abonará en función de las modificaciones normativas y regulatorias que se establezcan en cada momento. No debe ser ofertado por el adjudicatario. Ver anexo 2.3. (Se adjuntan a modo informativo los costes del término de este apartado vigentes en el año 2017)

TABLA Nº 8

TARIFA

ACCESO T. FIJO (EUROS/MES)-REGULADO

3.1 REGULADO. BOE

3.2 REGULADO. BOE

3.3 REGULADO. BOE

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c) Término de energía (euros/kwh): E

Se compone de los siguientes apartados:

a) E1: Peaje de energía. Término regulado que se abonará en función de las modificaciones normativas y regulatorias que se establezcan en cada momento (euros/kw.h). No debe ser ofertado por el adjudicatario. Ver anexo 2.3. (Se adjuntan a modo informativo los costes del término de este aparatado vigentes en el año 2017)

b) E2: Impuesto. Término regulado que se abonará en función de las modificaciones normativas y regulatorias que se establezcan en cada momento (euros/kw.h). No debe ser ofertado por el adjudicatario. Ver anexo 2.3. (Se adjuntan a modo informativo los costes del término de este aparatado vigentes en el año 2017)

c) E3: Precio de la energía. Debe ser ofertado por el adjudicatario de acuerdo a lo recogido en el anexo 2.3.

La facturación de la energía será el sumatorio de los conceptos anteriores, es decir: E= E1 + E2 + E3

TABLA Nº 9

TARIFA

ACCESO 3.1, 3.2, 3.3, 3.4

E1 E2 E3 SUMA

3.1 PEAJE ENERGÍA. BOE

IMPUESTO.

BOE ADJUDICATARIO OFERTA E1+E2+E3

3.2 PEAJE ENERGÍA. BOE IMPUESTO. BOE OFERTA ADJUDICATARIO E1+E2+E3

3.3 PEAJE ENERGÍA. BOE IMPUESTO. BOE

OFERTA ADJUDICATARIO

E1+E2+E3

3.4 PEAJE ENERGÍA. BOE IMPUESTO. BOE ADJUDICATARIOOFERTA E1+E2+E3

El precio ofertado máximo que podrá ser ofertado por los licitadores no podrá superar la cantidad de 0,030 euros/kw.h. Dicho precio se encuentra referenciado a un precio medio del Barril de Brent de 50 euros/barril de petróleo, dicha referencia servirá para poder realizar la primera actualización de precios una vez pasado el primer año de contrato

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19

6. FACTURACIONES MENSUALES DE PELET (LOTE 4)

La facturación mensual se realizará teniendo en cuenta el suministro energético que se realice en cada momento y los siguientes conceptos (ver anexo 2.4):

1º) Existe un precio de la materia prima suministrada sobre la que el adjudicatario realiza la baja correspondiente, el cual servirá como base de la certificación (euros/TN). Existen un precio base señalado en el anexo correspondiente al cual se les aplicará la baja correspondiente ofertada por el adjudicatario.

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7. FACTURACIONES DE AJUSTE.RENOVACIÓN DE PRECIOS EN EL NUEVO AÑO Y

COMPENSACIÓN AÑO ANTERIOR a) Introducción

Debido a la volatilidad de los precios de mercado energéticos en este contrato se establecerá, un ajuste o actualización anual del precio energético ofertado que se haya abonado en el año anterior. Este nuevo precio será el que se aplique hasta que haya lugar una nueva actualización. Ello provocará que, en función del valor de la misma, se origine una “factura de pago de ajuste” o una “factura de abono de ajuste”.

Los objetivos de esta actualización de precio, para cada uno de los lotes, son los siguientes: a) Que el ayuntamiento abone un precio lo más cercano al precio de mercado b) Los licitadores en el momento de realizar la oferta al concurso tengan menos

incertidumbre.

Para ello se seguirán los siguientes pasos:

1º) Existirán certificaciones mensuales sobre los distintos suministros efectuados de acuerdo a lo recogido en el apartado anterior (Apartado 4, 5 y 6)

2º) Los precios que se aprueben para este contrato estarán vigentes desde la fecha de inicio del suministro de energía hasta el 31 de diciembre de 2018

3º) El mes de enero del año 2019 se procederá al ajuste de la facturación que se haya producido en 2018 originándose una “factura de pago/abono” en función del referido ajuste. Así mismo se obtendrán unos nuevos precios a aplicar durante el año 2019 y que estarán vigentes hasta la nueva actualización a llevar a cabo al inicio del siguiente ejercicio; y así sucesivamente hasta la finalización del contrato. Tal como se indica en el Cuadro de Características del contrato, si la oscilación semestral del precio de la energía en el mercado de los precios del barril de petróleo Brent (para el caso de la actualización del precio del gas) o de los precios medios mensuales del mercado del Operador del Mercado Ibérico Español (para la actualización del precio de la energía eléctrica) varía más de un 10%, el ajuste se podrá efectuar semestralmente..

El último mes del contrato se podrá realizar una retención del 50% de la certificación, la cual será abonada 2 meses más tarde una vez se haya procedido a la realización de las correspondientes actualizaciones, originándose por ello las correspondientes “facturaciones de ajuste de pago/abono” y a la liquidación del contrato.

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b) Lote 1 y 2. Energía Eléctrica

El precio E2 debe ser renovado anualmente en enero de cada año, se deben realizar las siguientes operaciones:

1º) Ajuste del consumo del año finalizado

Durante el primer año del contrato el precio de referencia tomado en el apartado E2 (precio OMIE) se ha fijado en cada periodo según lo señalado en la tabla 3.B de este pliego de condiciones, sin embargo durante ese primer año el precio habrá sido superior o inferior. Para que el adjudicatario del suministro cobre el precio más cercano posible al de mercado se realizará un ajuste de la cantidad abonada por parte del ayuntamiento, realizándose las siguientes operaciones:

- Se restará al precio medio anual REAL del Mercado Diario Español de OMIE del año 2018, en los diferentes periodos desde P1 hasta P6, las cantidades citadas anteriormente (tabla 3.B), obteniéndose una cantidad positiva o negativa; la cual multiplicada por la energía realmente consumida a lo largo del año 2018 en cada uno de los periodos, dará una cantidad positiva (el ayuntamiento la abonará al adjudicatario en la factura de enero del año 2019) o negativa (el adjudicatario la abonará al ayuntamiento en la factura de enero del año 2019), es decir en cada periodo se calculará:

Cantidad de abono a realizar en enero del año 2019 en cada periodo=

= (Precio OMIE real en cada periodo (año 2018) – precio OMIE de tabla 3.B en cada periodo)* energía consumida año 18 en cada periodo

El precio del OMIE real en cada periodo se calculará de acuerdo a los precios de cada hora de cada día del año (24 horas/día*365 días/año = 8.760 horas/año). Debido a que cada hora del año se encuentra encuadrado en un periodo (de P1 a P6), se agruparán las diferentes horas en cada uno de ellos y se obtendrá su precio medio (OMIE P1, OMIE P2, OMIE P3, OMIE P4, OMIE P5 OMIE P6)

- Los siguientes años se seguirá el mismo procedimiento con la única salvedad que la cantidad a restar ya no será la de la tabla 3.B, sino que será el precio medio anual del anterior (precio real), es decir, es decir en cada periodo se calculará:

Cantidad de abono a realizar en enero del año n en cada periodo =

=(Precio OMIE real en cada periodo (año 1) - Precio OMIE real en cada periodo (año n-2))*energía consumida año (n-1) en cada periodo

Por ejemplo: o n: 20 o n-1: 19 o n-2: 18

2º) Establecimiento del nuevo año en curso

El precio E2 que será abonado durante el año 2019 será el precio medio anual del Mercado Diario Español de OMIE real del año 2018, por lo tanto el precio E en cada periodo y tarifa será el siguiente: E(19)=E1(peaje)+E2(omie real 18 de cada periodo)+E3(oferta adjudicatario)

Durante el resto de años se seguirá el mismo procedimiento, de modo que el precio E2 siempre será precio medio anual del Mercado Diario Español de OMIE del año anterior en cada periodo

El ejemplo de todo lo señalado anteriormente se puede comprender mejor en el ejemplo adjuntado en el anexo nº 5

(22)

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22

c) Lote 3. Gas natural

El precio E3 debe ser renovado anualmente en enero de cada año, se deben realizar las siguientes operaciones:

1º) Ajuste del consumo del año finalizado

Durante el primer año de contrato el precio ofertado por el adjudicatario, E3, se encuentra referenciado a un precio del Barril de Brent de 50 euros/barril. Para que el adjudicatario del suministro cobre el precio más cercano posible al de mercado se realizará un ajuste de la cantidad abonada por parte del ayuntamiento, realizándose las siguientes operaciones:

- Se obtendrá el precio medio del Barril de Brent durante el año 2018, publicadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en dolares/barril, se realizará la conversión a euros/barril, se denominará F18

- El precio ofertado por el adjudicatario se encuentra referenciado a un precio de barril de 50 euros/barril de brent, se denomina Fref

- El precio que se le debía haber abonado al adjudicatario durante el año 2018 para que fuese de mercado de debería haber sido el obtenido según la formula siguiente:

E3 (18) = E3 (of) * (F18/Fref) Siendo:

o E3 (18): precio ajustado a mercado del año 18 o E3 (of): precio ofertado por el adjudicatario

o Fref: 50 euros/barril de referencia en el momento de presentación de la oferta o F18: precio medio del Barril de Brent durante el año 2018

- Se restará al precio obtenido E3(18) el precio E3(of), obteniéndose un precio de ajuste. Dicho precio podrá ser:

o Cantidad positiva: quiere decir que el precio de mercado durante 2018 fue superior al facturado, y por lo tanto el ayuntamiento deberá abonar una cantidad de dinero al adjudicatario. Dicha cantidad será abonada en la facturación realizada

o Cantidad negativa: quiere decir que el precio de mercado durante 2018 fue inferior al facturado, y por lo tanto el adjudicatario deberá abonar una cantidad de dinero al ayuntamiento. Dicha cantidad será deducida de la facturación realizada

- Dicho precio de ajuste deberá multiplicarse por la energía consumida a lo largo del año 2018 dando lugar a una cantidad positiva (el ayuntamiento debe al adjudicatario) o cantidad negativa (el adjudicatario debe al ayuntamiento)

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- Los siguientes años se seguirá el mismo procedimiento con la única salvedad que la cantidad de referencia (Fref) será la del anterior, es decir la fórmula a aplicar será la siguiente:

E3 (año n) = E3 (año n-1) * (Fn/Fn-1)

Por ejemplo en enero del año 2020 habrá que actualizar los precios del año 2019, siendo por lo tanto cada uno de los conceptos, los siguientes:

o n: año 2019 o n-1: año 2018

o Fn-1: precio Barril de Brent del año 2018 o Fn: precio del Barril de Brent del año 2019

2º) Establecimiento del nuevo año en curso

El precio E3 que será abonado durante el año 2019 será el precio E3 (18) obtenido en el apartado anterior

La facturación de la energía será el sumatorio de los conceptos anteriores, es decir: E (19) = E1(peaje)+E2(impuesto) + E3 (precio de la energía, 18)

Durante el resto de años se seguirá el mismo procedimiento, de modo que el precio E3 siempre será precio medio anual del Barril de Brent del año anterior

El ejemplo de todo lo señalado anteriormente se puede comprender mejor en el ejemplo adjuntado en el anexo nº 6

d) Pelet

No existirán certificaciones anuales de ajuste

Es cuanto informa

Pamplona/Iruñea, 7 de marzo de 2018/ko martxoaren 7a EL INGENIERO INDUSTRIAL

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ANEXO Nº 1

ANEXO Nº 1.1. Carta de compromiso energía con origen renovable ANEXO Nº 1.2. Oferta económica. Tablas de referencia

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25

ANEXO Nº 1.1

SUMINISTRO DE ENERGÍA ELECTRICA CON ORIGEN RENOVABLE CARTA DE COMPROMISO OBLIGATORIO

LOTE Nº …...…(señalar el número de lote: 1 ó 2)

LOTE NOMBRE...

La empresa o grupo empresarial:………....………...………. realizará el suministro de energía en este lote de este contrato comercializando exclusivamente energía de origen renovable.

En la totalidad de este lote, la energía suministrada tendrá origen renovable. Acreditándose, conforme cuadro de características del contrato, por la Comisión Nacional de Energía (CNE) mediante el sistema de garantía de origen

Nota: Caso de no incorporar en su momento el certificado de garantía “en origen” conforme a oferta y que identifique como destinatario o usuario de la energía al Ayuntamiento de Pamplona, según establece la Cláusula L.1.1 del Cuadro de características del contrato, se considerará la falta muy grave, pudiendo verificarse la resolución del contrato

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ANEXO Nº 1.2

OFERTA ECONÓMICA. TABLAS DE REFERENCIA MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Don...vecino de ...con

domicilio en...y en Pamplona a efectos de notificación...carnet de identidad nº...en

representación de...(según proceda), enterado del pliego de

suministro de energía de diversos edificios municipales y en instalaciones de alumbrado público, presenta oferta al mismo, comprometiéndose, en su caso, a la realización del suministro con sujeción estricta a lo señalado en el mencionado pliego de condiciones de acuerdo a los siguientes términos:

(una hoja para cada lote)

□ Lote nº1. Electricidad alumbrado público y varios. Precio concepto E3. Se deben señalar en la siguiente tabla las diferentes cantidades en las celdas de la tabla que se encuentran sombreadas

TARIFA

ACCESO TÉRMINO DE ENERGÍA (CTS EUROS/KWH): E3

P1 P2 P3 P4 P5 P6 2.0 A 2.0 DHA 2.1 A 2.1 DHA 3.0 A 3.1 6.1

Los elementos de cada precio ofertado (según lote y tarifa de acceso) multiplicados por el correspondiente consumo de referencia señalado en la tabla nº 6 del pliego de prescripciones técnicas da un sumatorio que asciende a la cantidad de:

... euros, ...% de baja sobre presupuesto de referencia

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□ Lote nº2. Electricidad civivox y complejos deportivos. Precio concepto E3. Se deben señalar en la siguiente tabla las diferentes cantidades en las celdas de la tabla que se encuentran sombreadas

TARIFA

ACCESO TÉRMINO DE ENERGÍA (CTS EUROS/KWH): E3

P1 P2 P3 2.0 A 2.0 DHA 2.1 A 2.1 DHA 3.0 A 3.1

Los elementos de cada precio ofertado (según lote y tarifa de acceso) multiplicados por el correspondiente consumo de referencia señalado en la tabla nº 7 del pliego de prescripciones técnicas da un sumatorio que asciende a la cantidad de:

... euros, ...% de baja sobre presupuesto de referencia □ Lote nº 3. Gas natural civivox y complejos deportivos.

Baja aplicada...% sobre el precio base señalado en la tabla del anexo 2.4 □ Lote nº 4. Pellet civivox y complejos deportivos.

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ANEXO Nº 2

Términos de potencia y energía

ANEXO 2.1. Términos de potencia y energía regulados. Energía eléctrica. E1 TARIFA

ACCESO TÉRMINO DE POTENCIA (EUROS/KW Y AÑO): P TÉRMINO DE ENERGÍA (CTS EUROS/KWH): E1

P1 P2 P3 P1 P2 P3 2.0 A 38,043426 4,4027 2.0 DHA 38,043426 6,2012 0,2215 2.1 A 44,44471 5,736 2.1 DHA 44,44471 7,4568 1,3192 3.0 A 40,728885 24,43733 16,291555 1,8762 1,2575 0,467 3,1 59,173468 36,490689 8,367731 1,4335 1,2754 0,7805

ANEXO 2.2. Precio OMIE de referencia durante el primer año de contrato. Energía eléctrica. E2

PRECIOS DE OMIE A APLICAR P1 P2 P3 P4 P5 P6

2.0 A 0,0500 2.0 DHA 0,0500 0,0500 2.1 A 0,0500 2.1 DHA 0,0500 0,0500 3.0 A 0,0500 0,0500 0,0500 3.1 0,0500 0,0500 0,0500 6.1 0,0500 0,0500 0,0500 0,0500 0,0500 0,0500

ANEXO 2.3. Términos de energía que deben ser ofertados: Energía eléctrica. E3

TARIFA ACCESO TÉRMINO DE ENERGÍA (CTS EUROS/KWH): E3

P1 P2 P3 P4 P5 P6 2.0 A 2.0 DHA 2.1 A 2.1 DHA 3.0 A 3.1 6.1

(29)

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29

ANEXO 2.4. Términos de energía que deben ser ofertados: E3. Gas natural. Precios sin IVA

GAS Peaje (euros/kw.h) E1 Impuesto (euros/kw.h) E2 Energía (euros/kw.h) E3 Suma (euros/kw.h)

BOE BOE 0,030 E1+E2+E3

De manera informativa

TARIFAS (BOE) 3.1 3.2 3.3 3.4

01/01/2017

Término Fijo (€/mes) 2,53 5,79 54,22 80,97

Termino Variable (€/kWh)

Peaje: E1 0,029287 0,022413 0,016117 0,013012

Impuesto (€/kWh)

Impuesto: E2 0,002340 0,002340 0,002340 0,002340

ANEXO 2.5. Pelet. Precios sin IVA

La baja debe ser realizada sobre los precios señalados en la siguiente tabla:

Precios sin IVA

PELLET Tipo Precio €/Tm

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30

ANEXO Nº 3.

CONSUMOS HISTÓRICOS Y CUPS OBJETO DE SUMINISTRO. TABLAS DE REFERENCIA 3.1. Resumen consumos históricos y cups objeto de suministro. Tablas de referencia. Alumbrado

público a) Energía consumida en Kw.h Anual P1 P2 P3 P4 P5 P6 2.0 A 32.735,11 32.735,11 2.0 DHA 167.971,08 320.682,07 488.653,15 2.1 A 37.442,72 37.442,72 2.1DHA 273.673,64 680.388,52 954.062,16 3.0 A 1.548.595,63 2.379.712,51 4.302.300,03 683.549,82 1.025.766,10 1.852.052,15 11.791.976,24 3.1 A 412.701,15 436.769,45 861.064,39 26.013,66 306.905,97 409.263,01 2.452.717,63 6.1. A 50.898,95 68.147,73 25.791,36 34.237,99 38.946,61 459.938,85 677.961,49 2.524.018,28 3.885.700,28 5.189.155,78 743.801,47 1.371.618,68 2.721.254,01 16.435.548,50 16.435.548,50 Anual P1 P2 P3 P4 P5 P6 SUMA 2.0 A 32.735,11 32.735,11 2.0 DHA 167.971,08 320.682,07 488.653,15 2.1 A 37.442,72 37.442,72 2.1DHA 273.673,64 680.388,52 954.062,16 3.0 A 2.232.145,45 3.405.478,61 6.154.352,18 11.791.976,24 3.1 A 438.714,81 743.675,42 1.270.327,40 2.452.717,63 6.1. A 50.898,95 68.147,73 25.791,36 34.237,99 38.946,61 459.938,85 677.961,49 SUMA 3.233.581,76 5.218.372,35 7.450.470,94 34.237,99 38.946,61 459.938,85 16.435.548,50 TOTAL 16.435.548,50

(31)

Avda Ejercito 2, 9º 31002 Pamplona● T 948 420480● F 948 420313● www.pamplona.es Armada Etorb 2, 9º 31002 Iruña

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b) LISTADO CUPS

Ref

Cliente CUPS Dirección Suministro Tarifa

AN001 ES0021000006700602ZD Plgo LANDABEN CALLE A, 80-PROX , Bajo 1 3.0A

AN002 ES0021000006700601ZP Plgo LANDABEN CALLE A, 10-PROX , 1º 3.0A

AN003 ES0021000006700696HB Plgo LANDABEN CALLE K, 20-PROX , Bajo 1 3.0A

AN005 ES0021000006843163WQ Ctra GUIPUZCOA, 34, Bajo 1A 3.0A

AN006 ES0021000006845807WS C/ RECALDE, 8-PROX , Bajo 1 3.0A

AN007 ES0021000006682140QQ C/ ERROTAZAR, 38-PROX , Bajo 1 2.1DHA

AN008 ES0021000006712847VH Avda NAVARRA, 7, Bajo 9 2.1DHA

AN010 ES0021000006712756JL Avda NAVARRA, 6, Bajo 7 3.0A

AN011 ES0021000006735410DH Avda SAN JORGE, 81, Bajo 1A 3.0A

AN013 ES0021000006679364BT C/ DOCTOR LANDA, 2, Bajo 1A 3.0A

AN015 ES0021000006734940NP Avda SAN JORGE, 14, Bajo 4 3.0A

AN016 ES0021000012783835WH C/ TUDELA, 1-1, Bajo 2.0DHA

AN020 ES0021000006676947CK Avda MARCELO CELAYETA, 75-PROX , Bajo 3 3.0A

AN020 ES0021000006676947CK Avda MARCELO CELAYETA, 75-PROX , Bajo 3 3.0A

AN021 ES0021000006743880XR Pque DE LA TACONERA, S/N, Bajo 2 3.1A

AN022 ES0021000012038803VW C/ REDIN, 1-BIS , Bajo 2 3.0A

AN024 ES0021000006755790KC Pzla SANTA ANA, S/N, Bajo 1 3.1A

AN025 ES0021000006729297CT C/ RIO ARGA, S/N 3.0A

AN025 ES0021000006729297CT C/ RIO ARGA, S/N 3.0A

AN026 ES0021000006720939RZ Trav PADRE TOMAS DE BURGUI, 5, Bajo 4 2.1DHA

AN027 ES0021000006676368HV C/ CONDE OLIVETO, 7, Bajo 2 3.0A

AN028 ES0021000006755640SP C/ LOMA DE SANTA LUCIA, 1-1, Bajo 1 2.0DHA

AN029 ES0021000006740665PY C/ SANGUESA, 5, Bajo 4 3.1A

AN030 ES0021000006734832FS Avda SAN IGNACIO, 7-PROX , Bajo 5 3.0A

AN031 ES0021000006674289CP Plza CASTILLO, 32-PROX , Bajo 1 6.1A

AN032 ES0021000006747523FX C/ VERGEL, 2, Bajo 4 3.0A

AN034 ES0021000006755890AM Cno CAPARROSO, 1, Bajo 1 3.0A

AN035 ES0021000006664768CD C/ EMILIO ARRIETA, 7-PROX , Bajo 5 3.0A

AN036 ES0021000006754932FJ C/ MEDIA LUNA, 15-1, Bajo 1 3.0A

AN037 ES0021000006663872GX C/ ARALAR, 26-PROX , Bajo 8 3.1A

AN040 ES0021000006669321BP C/ BELOSO ALTO, S/N, Bajo 2 2.1DHA

AN042 ES0021000006700564NV C/ LACUNZA, 12, Bajo 5 3.0A

AN043 ES0021000006748951TN Avda VILLAVA, 55-PROX , Bajo 4 3.0A

AN044 ES0021000006674776HN Plza CHANTREA, 4, Bajo 4 3.1A

AN045 ES0021000006742154GT C/ SANTESTEBAN, 1-PROX , Bajo 3 3.0A

AN046 ES0021000006709070ZJ C/ MIRAVALLES, 11, Bajo 6 3.0A

AN047 ES0021000006685017AH C/ FERMIN DAOIZ, 5, Bajo 1 3.0A

(32)

Avda Ejercito 2, 9º 31002 Pamplona● T 948 420480● F 948 420313● www.pamplona.es Armada Etorb 2, 9º 31002 Iruña

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AN051 ES0021000012042388BE C/ CRUZ DE BARCACIO, 27-PROX , Bajo 3.0A

AN052 ES0021000011736884TG C/ URZAINQUI, 6-PROX , Bajo 1 3.0A

AN055 ES0021000006734965JX Avda SAN JORGE, 42, Bajo 8 3.0A

AN056 ES0021000006748547ME C/ VILLAFRANCA, 18, Bajo 9 2.1DHA

AN057 ES0021000006669330BV C/ BELOSO ALTO, 1-BIS , Bajo 4 2.1DHA

AN058 ES0021000006717348YB Cno SOTO AIZOAIN, 5, Bajo 1 3.0A

AN059 ES0021000006671970BN Cno BURLADA, 1, Bajo 3 3.0A

AN060 ES0021000006759553RB Glta PUENTE OBLATAS, 1, Bajo 1 3.0A

AN061 ES0021000006761671RJ P.º ENAMORADOS, 21-1, Bajo 1 3.0A

AN062 ES0021000006671103LL C/ BERNARDINO TIRAPU, 69-PROX , Bajo 4 3.0A

AN062 ES0021000006671103LL C/ BERNARDINO TIRAPU, 69-PROX , Bajo 4 3.0A

AN065 ES0021000006700321WG C/ JUSLARROTXA, 32, Bajo 5 3.0A

AN066 ES0021000006756576XR C/ VALTIERRA, 21, Bajo 8 3.0A

AN067 ES0021000011292401VL C/ CARMEN BAROJA NESSI, 2, Bajo 1 3.0A

AN068 ES0021000006740571GG C/ SANTA VICENTA MARIA, 1-BIS 3.0A

AN069 ES0021000006720067DQ C/ PADRE ADOAIN, 108-PROX 3.0A

AN070 ES0021000006760675GY C/ JUAN DE GOYENECHE, 4, Bajo 3 3.0A

AN071 ES0021000011422064CP Urb BUZTINTXURI PARCELA 10-1 N, 1-AP, Bajo AP 3.0A

AN072 ES0021000011422542HA P.º SANTA LUCIA, S/N, Bajo 3.0A

AN073 ES0021000011841405JJ C/ FRANCISCO JAVIER SAENZ DE OIZA, 99-AP, Bajo 3.0A

AN074 ES0021000011526430GT C/ VENTURA RODRIGUEZ, 129-1 3.0A

AN076 ES0021000006716882DM C/ MUELLE, 37-PROX 3.0A

AN077 ES0021000006760442VA P.º SANDUA, 40-PROX 3.0A

AN078 ES0021000006700614ZK Plgo LANDABEN CALLE A, 110, Bajo 1 2.0DHA

AN079 ES0021000006676261ZW Plza CONDE DE RODEZNO, 14, Bajo 2 3.0A

AN080 ES0021000006726916PB Plgo AGUSTINOS CALLE D, 2-PROX , Bajo 1 3.0A

AN081 ES0021000006726947DL Plgo AGUSTINOS CALLE F, 1-PROX , Bajo 1 3.0A

AN082 ES0021000010538167TR Avda SAN JORGE, 3, Bajo 8 2.0DHA

AN083 ES0021000010628372NT Plza DOCTOR ORTIZ DE LANDAZURI, 18, Bajo 2 3.0A

AN088 ES0021000006699083VP C/ JUAN DE LABRIT, 35-PROX , Bajo 3.0A

AN089 ES0021000006753996NC C/ SANTO DOMINGO, 8-PROX , Bajo 3.0A

AN090 ES0021000006711990AN C/ MONASTERIO IRACHE, 2-PROX , Bajo 4 3.0A

AN091 ES0021000012631268QX P.º DONANTES DE SANGRE, 9-AP, Bajo AP 3.0A

AN092 ES0021000012631301VC P.º DONANTES DE SANGRE, 4-AP, Bajo 3.0A

AN093 ES0021000012622860HC P.º DONANTES DE SANGRE, 7-AP, Bajo 3.0A

AN100 ES0021000011058559QH C/ DOCTOR JOSE ALFONSO, 1-PROX , Bajo AP 3.0A

AN101 ES0021000015600500ZB Ctra SARRIGUREN, 7-1, Bajo 3.0A

AN103 ES0021000015655420XF C/ ERROTAZAR, 2-PROX , APº 2.1DHA

AN104 ES0021000015558016FP C/ MEDIA LUNA, 43-1, Bajo 3.0A

AN106 ES0021000006737141QR C/ SAN SATURNINO, 3, Bajo 1 3.0A

AN108 ES0021000013836075MP C/ DOS DE MAYO, 4-1, Bajo 3.0A

AN109 ES0021000016117349SG Urb RIPAGAINA., 1-PROX CM, Bajo 2.1DHA

AN110 ES0021000016117475CS Urb RIPAGAINA., 2-PROX CM, Bajo 2.1DHA

AN111 ES0021000016117489KY Urb RIPAGAINA., 3-PROX CM, Bajo 3.0A

(33)

Avda Ejercito 2, 9º 31002 Pamplona● T 948 420480● F 948 420313● www.pamplona.es Armada Etorb 2, 9º 31002 Iruña

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AN114 ES0021000010833798LJ C/ SALSIPUEDES, 1-1, Bajo ALUM 2.0A

AN115 ES0021000006734395BS C/ SAN FRANCISCO, 31, Bajo 2 3.0A

AN116 ES0021000016007876QB Avda GUIPUZCOA - GIPUZKOA, 3-PROX , Bajo 3.0A

AS001 ES0021000006617733ED Ctra ZARAGOZA, 5-PROX , Bajo 1 3.0A

AS002 ES0021000006661422NK C/ ALFONSO EL BATALLADOR, 6, Bajo 12 3.0A

AS003 ES0021000006726719EK Avda PIO XII, 53, Bajo 2 3.0A

AS004 ES0021000006711989AB C/ MONASTERIO IRACHE, 76-PROX , Bajo 2 3.0A

AS005 ES0021000006715553CX C/ MONASTERIO LA OLIVA, 35, Bajo 2 3.0A

AS006 ES0021000006713123YH Plza MONASTERIO DE NAVARRA, 1, Bajo 3 3.0A

AS007 ES0021000006712023GE C/ MONASTERIO IRANZU, 1, Bajo 2 3.0A

AS008 ES0021000006711991AJ C/ MONASTERIO IRACHE, 1-PROX , Bajo 1 3.0A

AS009 ES0021000006718526BQ C/ MARTIN DE AZPILICUETA, 5-1, Bajo 3.0A

AS010 ES0021000006738102BL Avda SANCHO EL FUERTE, 30, Bajo 5 3.0A

AS011 ES0021000006667470EC Avda BARAÑAIN, 66, Bajo 9 3.0A

AS012 ES0021000006754920FR C/ CIUDADELA - INTERIOR, S/N, Bajo 1 3.1A

AS013 ES0021000006746560BJ Grpo URDANOZ, 1-PROX , Bajo 1 3.0A

AS014 ES0021000006755799EY Grpo UNIVERSIDAD, S/N, Bajo 1 3.1A

AS016 ES0021000006669302XN Trav BAYONA, 1, Bajo 1A 3.0A

AS017 ES0021000006713330SH C/ MONASTERIO DE URDAX, 1, Bajo 6 3.0A

AS018 ES0021000006751345NZ Avda SANCHO EL FUERTE, 29-PROX , Bajo 9 3.0A

AS019 ES0021000006728362WP Grpo RINALDI, 10, Bajo 4 3.0A

AS020 ES0021000006754888MS C/ TRASERA SERAFIN OLAVE, 4-1, Bajo 1 2.1DHA

AS021 ES0021000006664829TR Grpo ARROSADIA, 1, Bajo 5 3.0A

AS022 ES0021000006687758FE P.º GARCIA DE NAJERA, 1, Bajo 5 3.0A

AS023 ES0021000018476460MM C/ SADAR, 1-PROX , Bajo 3.0A

AS024 ES0021000006671578VB C/ BLAS DE LA SERNA, 67, Bajo 3 3.0A

AS025 ES0021000006677478KT C/ RIO URROBI, 1-PROX , Bajo 3.0A

AS026 ES0021000011326637BP C/ RIO EGA, 2-PROX , Bajo 1 3.0A

AS027 ES0021000017702662XL C/ CATALUÑA, S/N, Bajo CM2 3.0A

AS028 ES0021000006753520SG Avda ZARAGOZA, 21-PROX , Bajo 1 3.0A

AS029 ES0021000006696933SC C/ JESUS GURIDI, 5, Bajo 1 3.0A

AS030 ES0021000006716334PD C/ MONTE MENDAUR, 2, Bajo 5 3.0A

AS031 ES0021000006722970CK C/ PEDRO I, 21, Bajo 1 2.0DHA

AS032 ES0021000006681157LE C/ ERMITAGAÑA, 6, Bajo 4 3.0A

AS033 ES0021000006692568XW C/ IRUNLARREA, 36, Bajo 2 3.0A

AS034 ES0021000006718448PF C/ NICANOR BEISTEGUI, S/N, Bajo 1 3.0A

AS035 ES0021000006702464AP C/ LUIS MORONDO, 7, Bajo 3 3.0A

AS036 ES0021000006691121QG C/ IÑIGO ARISTA, 19, Bajo 22 3.0A

AS037 ES0021000016674048TB Avda PIO XII, 33-PROX AP, Bajo AP 3.0A

AS038 ES0021000016559199KR C/ IRUNLARREA, 2-PROX , Bajo 3.0A

AS039 ES0021000006665912RA Trav ACELLA, 6, Bajo 1A 3.0A

AS040 ES0021000006744557QB C/ TAJONAR, 8, Bajo 5A 3.0A

AS041 ES0021000006743731AJ C/ SERAFIN OLAVE, 17, Bajo 1 3.0A

AS042 ES0021000006691240KP C/ IÑIGO ARISTA, 21, Bajo 12 2.0DHA

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