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ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 10 DE JUNIO DE

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ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 10 DE JUNIO DE 1.999.-

En el Salón de Sesiones del Ayuntamiento de Corvera de Asturias, siendo las doce horas y treinta minutos del día diez de junio de mil novecientos noventa y nueve, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Víctor Manuel Alvarez León, con la asistencia de los Sres. Concejales, D. Severino Zapico González, D. Francisco Javier Vega Cabo, Dña. Mª Belén Maraña Tejerina, D. José David Fernández González, D. Alfonso Alvarez Fernández, Dña. Mª Amparo Menéndez Prieto, D. Manuel Robledo Arango, D. Luis Bautista Solares Portal, D. José Luis López Martínez, Dña. Josefa Cabrera Guerrero, D. Alberto León Fernández y D. José Ramón Alvarez Suárez. (Faltando, con justificación, D. Sigfredo Eulogio del Barrio Díaz, Dña. María Constancia Rodríguez García, D. Víctor León García y D. Antonio Morejón Herrero, Concejales). Y asistidos del Sr. Secretario, D. Ramón Menéndez Chaves y del Sr. Interventor Accidental D. José Granel Ramón, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y en primera convocatoria, para tratar los siguientes asuntos, objeto del Orden del Día.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.2.1.5 Actas COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.2.1.5 Actas

1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES (21/04/99 Y 18/05/99).

Vistos los borradores de las Actas de las sesiones anteriores (21/04/99 y 18/05/99). El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda la aprobación de dichas Actas.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.9.1.1 Servicio Jurídico COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.9.1.1 Servicio Jurídico

2º.- PETICIÓN DE AMPARO AL PLENO MUNICIPAL DEL SECRETARIO MUNICIPAL POR LAS MANIFESTACIONES Y PUBLICACIONES REALIZADAS POR MIEMBROS DEL PARTIDO POPULAR DEL GRUPO MUNICIPAL.

Visto el informe del Sr. Secretario Municipal de fecha 1 de Junio de 1.999, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“DON RAMON MENENDEZ CHAVES, SECRETARIO GENERAL LETRADO DEL AYUNTAMIENTO DE CORVERA, ante las declaraciones realizadas por la portavoz del Grupo Popular en entrevista realizada en la cadena COPE, de Avilés, en presencia de los Concejales Alberto León y Severino Zapico, donde manifiesta la existencia de ilegalidades en los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento; dado que en un panfleto publicado por el Grupo Popular, recoge igualmente manifestaciones como “absoluta ilegalidad”, “recorte de derechos fundamentales de los ciudadanos”, he de manifestar:

1.-

Que las supuestas ilegalidades, son funciones que corresponde a la Alcaldía y directamente a la Secretaría General del Ayuntamiento, que en ningún caso concurren las circunstancias que señala la portavoz del P.P.

(2)

Así:

a) Art 46-2B de la L.B.R.L.

∗ Las sesiones se convocan con la antelación exigida por la ley, en la mayoría de os casos, el plazo de las convocatorias es superior al legalmente establecido; si en algún caso, extraordinario, el asunto no fue tratado en Comisiones informativas, es por la urgencia, en el ánimo de eficacia administrativa, y en todo caso con la aceptación explícita de la mayoría municipal, dando cuenta posteriormente a la Comisión Informativa, según establece la legislación.

(Se adjuntas copias demostrativas de los últimos plenos) b) Art. 86 del Texto Refundido

∗ Existe inventario de bienes y derechos y se rectifica en función de las altas y bajas que se realicen, según los acuerdos plenarios, en ningún caso, es obligatorio o preceptivo adjuntar el inventario al presupuesto.

c) Art. 33 R. de Bienes.

∗ Como en el caso anterior, existe inventario y la comprobación cuando se renueve la Corporación, se realizará cuando se renueve la Corporación, el próximo 3 de Julio manifestar el esfuerzo administrativo que se está realizando por dar un soporte eficaz al inventario municipal.

d) Art. 113.b

∗ La no remisión de las actas de la Comisión de Gobierno, es incierta en lo que se refiere a la Administración Central y Autonómica, remitiéndose las actas y extractos, en los plazos establecidos y en función de las posibilidades de personal; prueba de ello es la impugnación de la Administración del Estado, de temas como los turnos de personal, la jubilación anticipada, etc….

∗ Respecto a la remisión del acta a los miembros de la Corporación indicar que si no se realiza, es por todo lo contrario a lo que se trata de indicar en el panfleto del Partido Popular, ya que si bien las sesiones de la Comisión de Gobierno no son públicas, en este Ayuntamiento si son públicas y abiertas, como puede comprobar cualquier ciudadano o concejal de buena fe; por otra parte la remisión de las actas de la Comisión de Gobierno tiene como función el control de los asuntos que trata la Comisión, ya que esta al no ser pública, para permitir el control por los miembros de la Corporación, pero en este caso, también al contrario de lo que trata de manifestar el panfleto, es justamente al revés, ya que los concejales, todos, tratan en las Comisiones Informativas, los asuntos de la Comisión de Gobierno, que en aplicación de la legislación no deberían tratar, ya que sólo conocerían los asuntos que sean competencia de pleno; como ejemplo de lo anterior, las licencias de obras, no tendrían que ir a Comisión Informativa, como muchos otros asuntos que se someten a informe y conocimiento de concejales que no son miembros de la Comisión de Gobierno.

2.-

Por todo lo anterior, éste Secretario Municipal, (que ha desarrollado su trabajo en el municipio de Corvera desde el año 1.987, más allá de las funciones que le son propias, en el ánimo de potenciar el municipio y la buena atención a los ciudadanos de Corvera), considerando que el escrito y manifestaciones realizadas por la portavoz del P.P., atentan a su imagen profesional y cuestionan el desarrollo de sus funciones

Solicita al Pleno Municipal, Comisión de Gobierno y Alcaldía, amparo a sus funciones, ante las manifestaciones del Grupo del Partido Popular y su portavoz, Mª Amparo

(3)

Menéndez Prieto, requiriendo a la Corporación que manifieste la necesidad de que la administración técnica y profesional, no sea utilizada de forma oportunista e ilegitima por algunos políticos de este municipio.

3.-

Manifestar igualmente que me reservo la defensa, a través de los mecanismos legales y penales correspondientes, del buen nombre profesional, que de forma tan vulgar e indebida está siendo lesionado por políticos oportunistas, que sin conocimientos suficientes, ni contrastar las opiniones vertidas, dañan o intentan dañar la imagen de los funcionarios y el funcionamiento municipal.

Corvera, a 1 de Junio de 1.999.-EL SECRETARIO MUNICIPAL.-Fdo: Ramón Menéndez Chaves”

Una vez leído por el Sr. Presidente de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” el mencionado informe, se abre un turno de intervenciones:

- Don José Luis López Martínez (Grupo Municipal IU)

Manifiesta que desconoce las declaraciones realizadas por la portavoz del Grupo Popular en la entrevista realizada en la cadena COPE, por lo que no se va a pronunciar en algo que recorta las libertades de expresión y la democracia de este Ayuntamiento; considerando que existen mecanismos institucionales para llevar a cabo las medidas correctoras necesarias si se hubiera incurrido en ilegalidad, estando de acuerdo con el Informe del Sr. Secretario cuando dice, que las sesiones son públicas en este Ayuntamiento, aún cuando no lo disponga la Ley.

- Don Víctor León (Grupo Municipal AINCO)

Manifiesta su rechazo a las declaraciones de que se están incurriendo en irregularidades, está de acuerdo en que se sigan manteniendo las sesiones públicas y de acuerdo con el Informe del Sr. Secretario.

- Doña Amparo Menéndez Prieto (Grupo Municipal PP)

Manifiesta que incluyó en sus declaraciones a Alberto León porque está en el equipo de gobierno y señalar que a su Grupo nunca le han presentado el Inventario de Bienes. - Don Severino Zapico (Grupo Municipal PSOE)

Manifiesta estar de acuerdo con el Informe del Sr. Secretario y rechaza acusaciones a que se hace mención en base a ese Informe y atiende la petición de amparo del Sr. Secretario.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda, de fecha 3 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, con los votos a favor de los grupos municipales P.S.O.E., A.I.N.C.O. y GRUPO MIXTO (8 votos) y los votos en contra de los grupos municipales P.P. e I.U. (5 votos), acuerda amparar al Sr. Secretario, y apoyar las acciones, jurídicas o administrativas, que considere necesarias para la restitución de su honor profesional, así como la clarificación de la imagen técnica del Ayuntamiento y como funcionario.

(4)

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.6.3.1 Acuerdos con Terceros COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.6.3.1 Acuerdos con Terceros 3º.- RENOVACIÓN DE CONVENIO CON FUNDICOT.

Visto el Convenio de colaboración entre este Ayuntamiento y FUNDICOT, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CORVERA DE ASTURIAS Y LA ASOCIACION INTERPROFESIONAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO DE ESPAÑA (FUNDICOT), PARA EL DESARROLLO DE TAREAS DE INVESTIGACION Y FORMACION EN MATERIAS DE ORDENACION DEL TERRITORIO, URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE.

En Corvera, a de junio de mil novecientos noventa y nueve. REUNIDOS

DE UNA PARTE, el Ilmo. Sr. D. Víctor Manuel Alvarez León, Alcalde del Ayuntamiento de Corvera de Asturias, en representación de este Ayuntamiento.

DE OTRA PARTE, D. Antonio Serrano Rodríguez, Presidente de la Asociación Interprofesional de Ordenación del Territorio de España, FUNDICOT, en representación legal de la misma de conformidad con sus Estatutos.

Las partes, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1º.- Que es el Ayuntamiento de Corvera el organismo encargado del ejercicio de las competencias en materia relativas a la Ordenación del Territorio (Desarrollo Sostenible Local), Urbanismo y Medio Ambiente (auditoría o evaluación de impacto ambiental) en su término municipal.

2º.- Que la Asociación Interprofesional para la Ordenación del Territorio (en adelante FUNDICOT) tiene como objetivos promover y desarrollar actividades de investigación, docencia, edición, difusión, y cualesquiera otras similares autorizadas por la Ley, que conduzcan al fin genérico de fomentar la preocupación por la Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y las acciones encaminadas a lograr una mayor equidad y calidad de vida entre las distintas comunidades.

En consonancia con lo expuesto, ambas partes consideran oportuno iniciar una línea de colaboración en el ámbito de la racionalización del uso del espacio, preservación y mejora de la calidad ambiental urbana, mejora del espacio productivo y de su relación con las normas urbanísticas y la recuperación de los tejidos industriales, cooperación en la celebración de Cursos, Seminarios y otras actividades de interés común, como publicaciones y ediciones especializadas, etc., y en general, cualquier actuación ligada a la obtención de una mejor calidad de vida para la población municipal. Por ello,

ACUERDAN

Suscribir el presente convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Corvera de Asturias y FUNDICOT, con arreglo a las siguientes cláusulas:

(5)

El presente convenio tiene por objeto continuar el marco de cooperación entre el Ayuntamiento de Corvera de Asturias y la Asociación Interprofesional de Ordenación del Territorio (FUNDICOT), para realizar actividades de investigación, difusión y formación en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Medio Ambiente.

Para el año 1.999 se incorpora el objetivo de colaborar en la realización, en el seno del "XXV Curso de Postgrado de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente" que organiza FUNDICOT, de un estudio-investigación:

“Estudio y análisis del impacto ambiental y estructural de la Autovía del Cantábrico a su paso por el concejo de Corvera de Asturias”.

Con ello se pretende investigar nuevas soluciones y propuestas de actuación para la resolución de los problemas existentes en los ámbitos respectivos, desde una perspectiva más imaginativa y menos condicionada por procesos sociales concretos.

Adicionalmente, para el seguimiento, control y gestión de los temas de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Medio Ambiente, el Ayuntamiento de Corvera acogerá, durante un año, a una persona en prácticas que haya obtenido el Título de Especialista Universitario en Ordenación del Territorio y Medio Ambiente en el último año del Curso de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

2. COMPROMISO DE LAS PARTES

El Ayuntamiento de Corvera se compromete a poner a disposición de FUNDICOT la información, planes y programas existentes sobre los respectivos ámbitos de análisis.

FUNDICOT por su parte, se compromete para el año 1.999 a:

* Elaborar un primer análisis y propuesta sobre el objeto de este Convenio, que se someterá al análisis del Ayuntamiento de Corvera.

* Realizar un Seminario durante el año 2.000, en los locales aportados por el Ayuntamiento de Corvera, en el que se expondrá públicamente el proyecto elaborado y se discutirán los procesos y programas de ordenación del territorio desarrollados. La organización del seminario recaerá en FUNDICOT Delegación de Asturias, quién elaborará un Programa de Actividades, que deberá ser aprobado por el Ayuntamiento de Corvera.

* Entregar al Ayuntamiento antes citado un ejemplar del Proyecto elaborado. 3. PRESUPUESTO Y FINANCIACION

El Ayuntamiento de Corvera, aportará la cantidad total de 1.500.000 ptas. (UN MILLON QUINIENTAS MIL PESETAS, IVA incluido) que será abonada, en su tercera parte en el mes de noviembre de 1.999, tras la visita de campo del grupo al Ayuntamiento. La segunda tercera parte se abonará tras la recepción del primer análisis y propuesta, en el mes de febrero del 2.000, y el tercio final en el mes de mayo del 2.000 tras la exposición pública y entrega definitiva de las Bases, mediante transferencia a nombre de FUNDICOT a la c/c 2038-1849-88-600089089 de Caja de Madrid.

(6)

La coordinación y supervisión de la marcha del convenio para asegurar que cumple los objetivos previstos, así como la posible introducción de cuantas modificaciones se consideren pertinentes para el mejor logro de objetivos buscados, corresponderá a una Comisión integrada paritariamente por ambas partes.

5. PLAZO DE VIGENCIA

El presente convenio tendrá vigencia hasta la terminación de las actividades previstas o, en su caso, hasta el 1 de agosto del 2.000.

En prueba de conformidad, firman ambas partes el presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes.

ALCALDE AYTO. CORVERA PRESIDENTE FUNDICOT

Fdo.: Víctor Manuel Alvarez León Fdo.: Antonio Serrano Rodríguez” Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” de fecha 3 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda: Primero.-

Aceptar y notificar la propuesta de colaboración presentada por FUNDICOT en los términos de la misma.

Segundo.-

Facultar al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Corvera de Asturias, para dictar las resoluciones necesarias en orden a la ejecución de este acuerdo.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.6.3.1 Acuerdos con Terceros COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.6.3.1 Acuerdos con Terceros

4º.- CONVENIO DE URBANIZACIÓN ANTICIPADA DE LA MARGEN DERECHA DE LA AS-17 AVILÉS – PUERTO DE TARNA EN LA ZONA DEL PARQUE DE LAS VEGAS.

Visto el Convenio de urbanización anticipada de la margen derecha de la AS-17 (Avilés-Puerto de Tarna) en Las Vegas, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“PROPUESTA DE CONVENIO URBANISTICO

EJECUCION ANTICIPADA DE LA URBANIZACION DE ACERA EN LA MARGEN DERECHA AS-17 (AVILES-PUERTO DE TARNA) EN LAS VEGAS

En Corvera de Asturias, a de mil novecientos noventa y nueve.

REUNIDOS

De una parte, D. Victor Manuel Alvarez León, mayor de edad, con domicilio en Santa Cruz, 21, Los Campos (Corvera), y con D.N.I. nº 11.388.033-C, en representación del Ayuntamiento de Corvera de Asturias, en su condición de Alcalde-Presidente.

(7)

Y de otra, D. José Cortés Escosa, mayor de edad, con domicilio en C/ Fernández Balsera, 19 – 1º A (Avilés) y N.I.F. nº , en representación de la empresa CORTES Empresa Constructora S.L. y PROMOCIONES EL MARAPICO, S.L., con el C.I.F.

MANIFIESTAN

Que habiéndose desarrollado un convenio urbanístico de cooperación con la propiedad de los terrenos donde se realiza el parque municipal en Las Vegas y su entorno residencial y habiéndose ejecutado la calle que comunica la C/ Rubén Darío con la AS-17.

En el entorno a urbanizar de la edificación prevista que deberá ser realizada por la empresa promotora y constructora de las edificaciones; siendo de interés municipal la ejecución anticipada de dicha urbanización, ambas partes convienen:

Primero.- Que por la empresa se presentará proyecto de urbanización de calle en la

margen derecha AS-17 (Avilés-Puerto de Tarna) en Las Vegas, con las características técnicas señaladas por la Oficina Técnica Municipal, que son:  El ancho de la acera será el resultante entre una separación al borde de la

AS-17 de 0,70 mts. Y el frente de alineación de los edificios.

 No se realizará zona de aparcamiento, dejando únicamente una parada de autobús a la altura de la existente, y una zona de carga y descarga para dos camiones.

 Se tendrán en cuenta las infraestructuras básicas (abastecimiento de agua, energía eléctrica, saneamiento, iluminación pública, gas, teléfono y otras instalaciones). También se tendrá en cuenta la instalación de la red de media tensión a soterrar por esta urbanización.

 Se plantará una zona de arbolado alineada al exterior de la acera y la colocación de mobiliario urbano.

 Mientras no se ejecuten las edificaciones, la acera quedará de hormigón, sin colocar el pavimento definitivo, que se rematará antes de solicitar la licencia de ocupación.

Segundo.- El Ayuntamiento de Corvera aprobará el proyecto de urbanización de titularidad

municipal.

Tercero.- La ejecución del proyecto de urbanización será desarrollada por la empresa,

simultáneamente a la concesión de la licencia de obras de la 1ª fase de viviendas que se desarrollen en el convenio urbanístico, siendo de su cuenta la totalidad del coste de ejecución.

Cuarto.- Este convenio será sometido a información pública a través del Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y podrá ser elevado a escritura pública a petición de cualquiera de las partes.

En prueba de conformidad con lo expresado anteriormente, ambas partes firman el presente convenio, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Obras y Urbanismo, Medio Ambiente, Medio Rural y Desarrollo Económico” de 10 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda aprobar dicho Convenio.

(8)

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.7.3.1 Expropiaciones COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.7.3.1 Expropiaciones

5º.- APROBACIÓN INICIAL DE EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA AGROPECUARIA EN SOLÍS, CORVERA DE ASTURIAS POR EL PROCEDIMIENTO DE TASACIÓN CONJUNTA.

Visto el informe del Sr. Arquitecto Municipal, de fecha 9 de junio de 1999, en relación a la Aprobación Inicial de la Expropiación del Plan Especial de la Cooperativa Agropecuaria en Solís, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“INFORME: APROBACIÓN INICIAL DE LA EXPROPIACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE LA COPERATIVA AGROPECUARIA.

SITUACIÓN: SOLIS.

SOLICITANTE: AYUNTAMIENTO.

Se tramita el expediente de expropiación de los terrenos afectados por el Plan Especial de la Cooperativa Agropecuaria de Corvera en Solis.

El Plan Parcial fue aprobado por la Resolución de Consejero de fecha 17 de mayo de 1999, según Acuerdo de la Permanente de la Cuota de fecha 10 de marzo de 1999.

Los terrenos afectados están constituidos por las fincas nº 72 y 73, del polígono catastral 26, con una superficie de 14.538 m2 (según levantamiento topográfico realizado recientemente. Las fincas pertenecen a Propietario Unico (Dº Manuel Gonzalez-Posada y Martínez, y los hedereros de Dº José Gonzalez-Posada y Martínez).

Los citados terrenos forman parte de un resto de la finca matriz conocida con el nombre de “COTO”, finca que en su origen estaba compuesta de un total de 84 fincas rústicas, y que contaba con una superficie, según escrituras, de 418.100 m2. De esta finca matriz se segregaron, en distintos momentos, dos porciones de 45.170 m2 y 2.816 m2, quedando por tanto en la actualidad un resto de finca matriz de 370.114 m2, de la que se segregarán los 14.538 m2 de los terrenos afectados por el Plan Especial.

El Plan Especial señalaba como sistema de actuación la expropiación, con una valoración por hectárea de 2.500.000 ptas, que resulta un valor del m2 de 250 ptas, incrementado por la situación y la buena accesibilidad de la zona en unas 150 ptas/m2, con lo que se obtiene un valor final del m2 de 400 ptas.

Por lo tanto el valor total de la finca 5.815.200 ptas, mas el 5% del Premio de Afección.

En el documento de Plan especial se justificaban los valores señalados.

Corvera, 9 de junio de 1999.- Fd.- Antonio-E. Cuartas Suárez.- Arquitecto Municipal” Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Obras y Urbanismo, Medio Ambiente, Medio Rural y Desarrollo Económico” de 10 de junio de 1999, sobre el particular.

(9)

Primero.-

La Aprobación Inicial de la Expropiación del Expediente de Expropiación de Terrenos para la ampliación de las instalaciones de la Sociedad Agropecuaria en Solís, Corvera de Asturias, por el procedimiento de Tasación Conjunta.

Segundo.-

Aprobar la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación, que son: Propietario único: D. Manuel González-Posada y Martínez, y los herederos de

D. Manuel González-Posada y Martínez. Superficie: Fincas nº 72 y 73 del polígono catastral 26.

14.538 m2. Tercero.-

Aprobar la valoración de los terrenos y bienes afectados, que asciende a 400,-Ptas. m2.

Cuarto.-

Aprobar el Premio de Afección que se incorpora a la indemnización de la expropiación.

Quinto.-

Notificar el presente acuerdo y la hoja de aprecio de los bienes al propietario y titulares de los mismos.

Sexto.-

Someter a información pública a través de BOPA, por un período de 30 días naturales, así como en periódicos, en páginas de publicación regional.

Séptimo.-

Continuándose el trámite con el informe de las alegaciones presentadas por los particulares, con su remisión a la CUOTA para la Aprobación Definitiva del expediente.

Octavo.-

Notificar a la Cooperativa Agropecuaria de Corvera y a los titulares de bienes y derechos afectados, dando traslado de los recursos que procedan y específicamente el recurso potestativo de reposición.

Novena.-

Notificar a la Cooperativa Agropecuaria de Corvera que deberá presentar mediante aval bancario o en metálico en la caja de la Corporación, el importe del valor de los bienes afectados más el 5% del Premio de Afección.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.8.1.1 Personal COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.8.1.1 Personal

6º.- NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN DE D. ANTONIO DURÁN CALVO COMO CABO AUXILIAR POLICÍA LOCAL.

Visto el Decreto de Alcaldía de fecha 26 de Mayo de 1.999, por el que se resuelve el nombramiento de Cabo Auxiliar de la Policía Local, del aspirante D. ANTONIO DURAN

(10)

Vista el Acta de Toma de Posesión, de fecha 1 de Junio de 1.999, sobre el particular.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” de fecha 3 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda darse por enterado.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.8.1.1 Personal COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.8.1.1 Personal

7º.- NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN DE D. JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ BARCIA COMO CABO DE LA POLICÍA LOCAL.

Visto el Decreto de Alcaldía de fecha 10 de Mayo de 1.999, por el que se resuelve el nombramiento de Cabo de la Policía Local de Corvera, del aspirante JOSE ANTONIO FERNANDEZ BARCIA.

Vista el Acta de Toma de Posesión, de fecha 14 de Mayo de 1.999, sobre el particular.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” de fecha 3 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda darse por enterado.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.8.1.1 Personal COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.8.1.1 Personal

8º.- DECRETO ALCALDÍA APROBANDO LISTA DEFINITIVA DE ASPIRANTES A DOS PLAZAS GUARDIA DE LA POLICÍA LOCAL.

Visto el Decreto de la Alcaldía de fecha 31 de mayo de 1999, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“DECRETO DE LA ALCALDIA

D. Víctor-Manuel Alvarez León, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Corvera de Asturias.

En cumplimiento de las Bases para la provisión de DOS PLAZAS DE GUARDIA DE LA POLICIA LOCAL DE CORVERA, por el sistema de “OPOSICION”, aprobadas en sesión Plenaria de 03.07.98 y corrección de las mismas aprobadas por el Pleno de 18.12.98, y publicadas en el BOPA nº 230 de 3-X-98 y 06.11.99 y su extracto en el BOE nº 64 de fecha 16.03.99, y según lo contemplado en la Base Quinta “Admisión de Aspirantes”.

(11)

Visto el Decreto de la Alcaldía de fecha 19 de Mayo de 1999, por el que, entre otras, se aprobaron las listas provisionales de Aspirantes Admitidos y Excluidos.

Resultando que tres aspirantes fueron excluidos por no aportar la documentación exigida en las Bases de la convocatoria, concediéndoseles un plazo de 10 días naturales para la subsanación de los documentos requeridos y finalizando el plazo el presente día 31 de Mayo de 1999.

Vista la documentación presentada por los tres referidos aspirantes excluidos. En uso de las atribuciones que me están conferidas, por el presente HE RESUELTO:

1. Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos, que es la siguiente: ASPIRANTES ADMITIDOS

1. ALVAREZ CUERVO, MARCELINO 11.428.274

2. CALZON GARCIA, JOSE-ANTONIO 11.442.482

3. CARVALHO LOPEZ, JOSE-ANTONIO 11.425.706

4. DIAZ SUAREZ, JOSE Mª 11.418.009

5. FERNANDEZ ALVAREZ, IVAN 11.428.217

6. GARCIA ALVAREZ, JOAQUIN-DAVID 45.431.942 7. GARCIA SAN JUSTO, SALVADOR 10.875.947

8. GARCIA SUAREZ, MANUEL 10.904.736

9. HIDALGO IBAÑEZ, GERARDO 11.424.677

10. MIRANDA GARCIA, OMAR-JOSE 9.401.608

11. RODRIGUEZ JATO, JORGE 11.439.442

12. SANCHEZ FERNANDEZ, SERGIO 11.442.265

13. SUAREZ FERNANDEZ, MANUEL 32.872.363

14. SUAREZ GONZALEZ, JUAN-ANTONIO 11.418.492

2. Publíquese en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Corvera de Asturias.

3. Dese cuenta al Pleno, en la próxima sesión que se celebre.

Corvera, 31 de Mayo de 1999.- EL ALCALDE.- EL SECRETARIO”

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda ratificar dicha Resolución de Alcaldía.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.9.1.1 Servicio Jurídico COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.9.1.1 Servicio Jurídico

9º.- INFORME DE SECRETARÍA SOBRE NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ.

Visto el escrito de D. Eduardo Gota Losada, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, de fecha 21 de mayo de 1999, en el que comunica que próximo a expirar el período para el que ha sido nombrado el Sr. JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DE CORVERA, la Sala de Gobierno acuerda hacerlo saber al Ayuntamiento de Corvera, a efectos de que se vayan iniciando los trámites para cubrir la vacante que se produzca.

(12)

Visto el informe del Sr. Secretario Municipal, de fecha 3 de junio de 1999, el cual se transcribe literalmente a continuación:

INFORME DE SECRETARIA Asunto: NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ DE CORVERA

Recibido escrito en fecha 1 de Junio del año actual, de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, relativo al acuerdo tomado en sesión de 19 de Mayo de 1999 de la Sala de Gobierno, sobre NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DE CORVERA, por estar próximo a expirar el período para el que fue nombrado, siendo necesario por ello, iniciar los trámites establecidos en el Reglamento 3/95 de 7 de junio, para cubrir en su día, la vacante que se produzca, de acuerdo con lo establecido en el art. 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

TRAMITES A SEGUIR:

1. Conforme con el Reglamento núm. 3/95 de 7 de Junio, de los Jueces de Paz, convocatoria pública, con indicación del plazo, (30 días naturales a partir de la publicación en el BOPA), y lugar de presentación de instancias, que se publicará en el BOPA, Tablones de Anuncios del Ayuntamiento, en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Avilés (Decano) y en el propio Juzgado de Paz de Corvera.

2. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 101.2 d ela Ley Orgánica del Poder Judicial, la elección de Juez de Paz y Sustituto, se efectuará por el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten; si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá libremente con sujeción a los mismos requisitos de procedimiento.

3. En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 101.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el acuerdo del Ayuntamiento Pleno será remitido al Juez Decano de Primera Instancia e Instrucción del Partido, quien lo elevará a la Sala de Gobierno, Al acuerdo de Pleno Municipal, se acompañará Certificación comprensiva de los siguientes extremos:

. Referencia detallada de las circunstancias en que se produjo la elección. . Mención expresa de la observancia del quórum exigido por la Ley.

. Datos de identificación y condiciones de capacidad y de compatibilidad de los elegidos.

Corvera, 3 de Junio de 1999.- EL SECRETARIO”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” de 10 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda dar publicidad del asunto mediante inserción de anuncio en BOPA, Tablón de Anuncios Municipal, Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Avilés y Juzgado de Paz de Corvera.

COD.SECCION TRAMITACION EXPTE. 1.11.2.1 Desarrollo del Planeamiento COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.11.2.1 Desarrollo del Planeamiento 10º.- PROYECTO DE COMPENSACIÓN DEL SAPU I EN LAS VEGAS.

(13)

Visto el Proyecto de Compensación presentado por DARRO INMOBILIARIA Y FINANCIERA S.L. como propietario único en virtud de la transmisión realizada por el Ayuntamiento de Corvera de finca incluida en el Plan Parcial del SAPU I de Las Vegas, en fecha 3 de junio de 1999.

Visto el informe jurídico de fecha 7 de junio de 1999, sobre el particular.

Visto el informe del Sr. Arquitecto Municipal, de fecha 8 de junio de 1999, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“INFORME: PROYECTO DE COMPENSACIÓN DEL PLAN PARCIAL “EL BOSQUE”.

SITUACIÓN: SAPU I. LAS VEGAS.

SOLICITANTE: DARRO INMOBILIARIA Y FINANCIERA S.L.

Se presenta Proyecto de Compensación correspondiente al Plan Parcial “El Bosque”, incluido en el SAPU I, que se tramita según los art. 172, 173 y 174 del R.G.U. como propietario único.

Las fincas origen se corresponden con las escrituras: 1. Finca “Bosquin”: 1.100 m2 2. Finca “Bosque”: 10.200 m2 3. Finca “El Bosque”: 6.600 m2 4. Finca “Bosquin”: 1.600 m2 5. Finca “Bosque”: 9.400 m2

6. Finca “El Bosque”: 975 m2, corresponde a la parcela municipal. El total de estas fincas es de 29.875 m2, con un valor estimado de 407.990.800 ptas. La superficie total de la actuación es de:

• Según Títulos: 29.875 m2.

• Según Catastro: 31.325 m2, que corresponde con las parcelas catastrales 107, 108 y parte de la 106, del polígono nº 7.

• Según cabida real: 31.258,87 m2, superficie que se tomara como referente para los cálculos y determinaciones urbanísticas.

Las fincas resultantes son:

• Terrenos destinados a servicios públicos y equipamientos: • Terreno destinado a zona verde y deportiva: 2.632,34 m2. • Terrenos destinados a viales: 4.605,10 m2. • Terreno destinado a zona verde: 1.310,52 m2. • Terrenos susceptibles de propiedad y aprovechamiento individual:

• 82 parcelas según Plan Parcial: 21.852,87 m2. • Zonas de comunicación interior de uso y dominio privado:

• Vial V1: 320,02 m2.

• Vial V2: 270,01 m2.

• Vial V3: 268,01 m2.

Cesiones y compensaciones urbanísticas al Ayuntamiento de Corvera:

1. Cesión de espacio libre publico correspondiente a 7.234,85 m2: Se cede una parcela destinada a uso deportivo y zona verde de 2.632,34 m2; los restantes 4.602,01 m2 se compensan por obras de urbanización con un valor de 85.426.000 ptas.

(14)

2. La cesión del 15% del aprovechamiento correspondiente a la Administración, se valora en 61.198.512 ptas; compensándolo en obras de rehabilitación de los edificios dotacionales en el Parque Municipal de Las Vegas.

3. Las cesiones complementarias de los terrenos destinados a viales y zona verde publica, se formaliza con la cesión de los viales y zonas verdes definidas en el Plan Parcial.

No se incluye en este proyecto los 4.459,95 m2asignados a zona de protección de viales de uso y dominio publico, que corresponden a los terrenos que ocupará la prolongación de la calle Rubén Darío, por estar fuera del limite de la actuación urbanística.

La documentación presentada es correcta y se ajusta a la legislación urbanística vigente y al Plan Parcial aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, por lo que se

INFORMA FAVORABLE la tramitación del Proyecto de Compensación según el art. 174

del R.G.U.

Se acepta las cesiones pero no se reciben hasta que no se ejecuten las correspondientes urbanizaciones definidas en el Proyecto de Urbanización tramitado.

Corvera, 8 de junio de 1999.- Fd.- Antonio-E. Cuartas Suárez.- Arquitecto Municipal” Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” de 10 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda: Primero.-

La Aprobación del Proyecto de Compensación del Plan Parcial “EL BOSQUE” SAPU I LAS VEGAS.

Segundo.-

La publicación del acuerdo en el BOPA y en dos periódicos, en páginas de publicación regional, en plazo de 15 días naturales, a efectos de información pública.

Tercero.-

La formalización mediante escritura pública del Proyecto de Compensación, siendo de cuenta de la Empresa DARRO INMOBILIARIA Y FINANCIERA, S.L. los gastos que de ella se originen, así como los resultantes de la formalización del presente acuerdo.

Cuarto.-

Incorporar al Patrimonio municipal del Suelo, para afectar a los usos previstos en el Plan, los terrenos que, por ser de cesión gratuita y obligatoria, quedan cedidos de derecho al municipio, conforme a los artículos 128 LS y 179 RG, en función del contenido del proyecto de compensación.

Quinto.-

Notificar a DARRO INMOBILIARIA Y FINANCIERA, S.L. en los términos expuestos en la Ley sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

(15)

COD. SECCION ARCHIVO EXPTE. 1.11.2.1 Desarrollo del Planeamiento

11º.- RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL PARA NUEVAS INSTALACIONES DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA AGROPECUARIA EN SOLÍS, CORVERA DE ASTURIAS.

Visto el escrito del Secretario de la CUOTA – Dirección Regional de Urbanismo, de fecha 17 de mayo de 1999, remitiendo Resolución de 17 de mayo de 1999, del Consejero de Fomento del Principado de Asturias, por la que se aprueba DEFINITIVAMENTE el Plan Especial para nuevas instalaciones de la Sociedad Cooperativa Agropecuaria en Solís, Corvera de Asturias.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de “Promoción Económica, Régimen Interior y Hacienda” de 10 de junio de 1999, sobre el particular.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los asistentes, acuerda darse por enterado de dicha Resolución.

Y no habiendo más asuntos a tratar, se levanta la sesión, de orden de la Presidencia en funciones, siendo las trece horas del día señalado en el encabezamiento. De todo lo cual, yo, el Secretario, doy fe.

Vº Bº

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO

(Sr. Víctor Manuel Alvarez León) (Sr. Ramón Menéndez Chaves)

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