1
n n
ei
o
E rp
R
r
t
LAUDO
ARBITRAL
DE DERECHODemandaritØ
CONS RCIO
TUMBESDemÆndado
PROYECTO
SPECIAL
D
INFRAESTRUCTURA
DETRANSPORTEDESCENTRALIZAD
PROV˝AS
DESCENTRALIZADO
Tribunal
Rolando Eyzaguirre
MaccanEnrique
NavarroSologuren
Luis Pebe RomeroFech Lima 17 de
junio de
2011Resoluci n N 38
VISTO
El
expediØnte
˝V
184
2006
seguido
pqr
Cons
Tumb
Øs
rcfo
Øn
adØ˝antØ
ELCONSORCIO
oE
L
CONTRATISTA
contraØl
Pr yect
EspØcial
de Infraestructurade
Transporte
DescentralizadoØn
adØlantePROV˝AS
o
LAENTIDAD
ANTECEDENTES
I DEMANDA
1 Con
fecha
11 de octubre de2006
EL CONSORCIOinterpuso
demanda c ntraPROV˝AS
preteædiendo
que Øl Tribunal declarei
Que se reconozca la validez y por tanto el carÆcterlegalmente
oponible
aPROV˝AS
delntegro
de nuestra sØtima solicitud deampliaci n
deplazo
ascendente a 185d as
calendario contenida en la Carta N 0642006CTde 30 demÆyo
de 2006presentada
por ELCONSORCIO
y por su mØrit se reconozca y ordene pagar aPROV˝AS
la suma de S611
889
58
inclœidoel IGV porconcepto
dew
ti
ii
Que en elsupuesto
que el Tribunal ampare total oparcialmente
lapretensi n
antes expuesta se declaresegœn
corresponda
inaplicable
la Resoluci n Directoral N 32120Q6MTC22del 13 dejunio
de 2006EL
CONSORCIO
sustenta su demanda seæalando losiguiente
11 Las dos causales de
pr rroga
que sustentan la sØtima solicitud deampliaci n
deplaz
recaen en dos causales distintasPrimera causal Demora de 91 d as calendarios en que incurri
LA ENTIDAD
y
o supervisi n
engestionar
la tramitaci n yaprobaci n
delPresupuesto
de Obra Adicional N 05 ySegunda
causalEjecuci n propiamente
dicha del adicional en94 d as calendarios antes indicado
Ambas causales
poseen
incidencias distintas sobre el calendario deavance de obra que
rige
el contrato y su anÆlisis tØcnico se encuentra contenido en la Carta N 0642006CTen donde se sustenta la sØtima solicitud depr rroga
deplazo
1
2 La Resoluci n Directoral N 32120Q6MTC22 emitida por
PROV˝AS
que resuelve la indicada solicitud depr rroga
s losepronuncia
sobre unade las causales invocadas por el
contrÆtista
sin valorar ni desvirtuar la validez de laprimera
causal mencionada en el numeral anterior pese aqueenel anÆlisis tØcnico de EL CONSORCIO seacredit la afectaci n del
calendario de avancede obra en 111 d as
As la
aprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 05el
mismo que conten a los mayores metrados de las Partidas 010106 y01
01
04
debi realizarse a efectos de no alterary
o
afectar la ruta cr tica de la obra a mÆs tardar el 02 de febrero de 2006Portanto la no
aprobaci n
en dicha fecha determin que la ruta cr tica seviera afectada desde ese momento hasta el 2452006 fecha en que EL
CONSORCIO fue notificado con la Resoluci n Directoral N 2662006
MTC
22
en dondePROV˝AS aprob
elPresupuesto
Adicional N 05con lo que reciØn EL CONSORCIO
pudo
reiniciar en la obra laejecuci n
de las Partidas 010106y 010104 13 El
lapso
quePROV˝AS y
o
lasupervisi n
tardy
o
demor para dar soluci nalosproblemas
suscitados entre otros con laejecuci n
de las Partidas antes citadas alter el calendario de avance de obra por cuanto afect Partidas queconstituyen
rutas cr ticas reconocidas porPROV˝AS
las cuales debieron culminar el02
02
2006
de acuerdo a laprogramaci n preestablecida
para laejecuci n
de la Partida 010106 De maneratal que la demora antes mencionada posee incidenciaapartir
del 02022006 sobre el calendario PERT CPM que
rige
el contrato la cual pese a su validezno ha sido admitida por PROVIAS1
4 La demora en la
aprobaci n
del adicionagener
a su vez unadisminuci n de los avances de la Partida 010104 as como de otras Partidas por cuanto si se continuaba con la
ejecuci n
desusmetrados determinaba que el
apuntalamiento
de lasvigas
de lasuperestructura
del PuØnte Franco estuviera mÆstiempo
delprogramado
Esta circunstancia
gener
un mayorriesgo
a lospobladores
todavez que el
apuntalamiento
dØ lasvigas
de lasuperestructura
delPuente Franco se hubiera incrementado por las lluvias y avenidas acÆecidas en los mesesdefebrero y marzo del 2006 situaci n que
podr a
habergenerado
un eventualcolapso
de lasuperestructura
del Puente
1
5 En cuanto a la validez de la
segunda
causalrelacionada
con laejecuci n
de la obraadicional
seconstata que la decisi nadoptada
porPROV˝AS
reconocela validez de dicha causal Sinembargo
PROVIAS en la Resoluci n Directoral N 32120Q6MTC22limita los efectos quela misma
produce
sobre elplazo
de la obra al reconocer s lo 67 dfascalendario de los 94 solicitados por lo que la controversia en este
extremo versarla en determinar cuÆl es el cÆlculo correcto de la
incidencia que posee esta causal sobre el calendario PERTCPM que
rige
el contrato 16 Valorado el anÆlisis tØcnico realizado por
PROV˝AS
para determinar los 67 d asotorgados
comopr rroga
sepuede
determinar que parallegar
aesta cuantificaci n
PROV˝AS
no ha considerado para las Partidasinvolucradas en el adicional
aquellos
rendimientos y duraciones de Østas que fueron ofertados por EL CONSORCIO dentro del procesoconstructivo de la obra al que las mismas sedeben y que seencuentran
programados
en losDiagramas
Gantt y PERTCPM querigen
elpresente
contratoEn
lugar
de elloPROV˝AS
haaplicado
rendimientos y duraciones aut nomascorrespondientes
acadauna de las Partidas involucradasenel adicional como si las mismas se
ejecutaran
de forma aislada o almargen del proceso constructivo al que sedeben
1
7 Como toda
pr rroga
tiene reconocimiento de mayoresgastos generales
de acuerdo al art culo 260 delReglamento
de laLey
de Contrataciones yAdquisiciones
del Estadoaprobado
por DecretoSupremo
N 084 2004PCM
en
adelante elRLCAE
se solicita el pago deS 625 322
20 que
corresponden
alntegro
de lapr rroga
solicitada por 185 d as calendario monto al que deberÆ descontarse la suma deS 13 432
62 incluido el IGV los que
corresponden
a losgastos
generales
contenidosen elPresupuesto
Adicional N 051
8 Finalmente EL CONSORCIO considera que la norma antes indicada
tiene por finalidad evitar que la
pr rroga
delplazo generada
por laejecuci n
de una obra adicionalobtenga
el reconocimiento y pago degastos
generales
por dos v as distintas es decir a travØs delpresupuesto adicional y a travØs de la
pr rroga
deplazo generada
poresteadicional el cual le sirve de causal o sustento de dicha
pr rroga
II
CONTESTACI N
2 Con fØcha 22 de noviembre de
2006
PROVEAS
contest la demandasolicitando sea declarada infundada en todos sus extremos por los
siguientØs
fundamentos 21 En la ClÆusula Tercera Numeral 34 del Contrato de
ejecuci n
de obra N 21502005MTC22suscrito con ELCONSORCIO seestÆblece las condiciones para la
ampliaci n
deplazo
por causasajenas
al contratista donde se indica que seprocederÆ
deacuerdo a lo establecido por el art culo 258 del RLCAE
2
2 En la Carta N0642006CTEL CONSORCIO no
precisa ninguna
delas causales
comprendidas
dentro del articulo 42 del Texto Unico Ordenado de laLey
de Contrataciones yAdquisiciones
del Estadoaprobada
por DecretoSupremo
N 0832004PCMen
adelante laLCAE
a saberAtrasos
y
o paralizaciones ajenos
a su voluntadAtrasos en el
cumplimiento
de susprestaciones
por causasatribuibles ala Entidad contratante
Porcasofortuito ofuerza mayor debidamente
comprobados
Por tanto no se ha establecido con claridad cuÆl de estas causaleses
la que invoca el contratista y que efectivamente se habr a verificado en
el caso que dio
origen
alpresente arbitraje
23 En la referida carta EL CONSORCIO
tampoco presenta
el anÆlisis tØcnico que menciona para fines de sustentaci n del valor de supretensi n
es decir nopresenta
uno de los mediosprobatorios
que consideraimprescindible
de acuerdo con lo que tambiØn expone en lanota a
pie
depÆgina
9 de lademanda
que dice quepara
todo los efectos debe verse la carta 064 en la cual sepodrÆ apreciar
la alteraci n en eplazo
deejecuci n
de la obra en funci n a los rendimientos y duracionesvigentes
enelDiagrama
Gantt y PERT CPMque
rigen
al contrato 24 En la demanda EL CONSORCIO
tampoco adjunta
losDiagramas
Gantt y PERT CPM que mencionarepetidamente
en los fundamentos quepresenta
raz n por la queno estÆ recibiendo los elementos esencialesque le
permitan
analizar y tomar una decisi n que resuelva lascontroversias existentes
respecto
a lasprobables
afectaciones de la ruta cr tica de la obra2
5 Con relaci nala validez de la causal relacionada con la demora en la
aprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 5 causal que de acuerdo al4
anÆlisis tØcnico
predicho
por EL CONSORCIO afect el calendario de avance de obra en 111 d as uno de los pasosimportantes
dentro de laprogramaci n
dØ la obra de acuerdo con los lineamientos de la tØcnica PERT CPMes haber creadodependencias
detareasEste paso es el que contrasta la
incompatibilidad
entre un programaque se
pueda
utilizar como instrumento de administraci n efectivo y uno que s lo sepueda
utilizar como instrumento depresentaci n
Laliteratura tØcnica expresa al
respecto quØ
unadependencia
de tareas es una relaci n entre dos tareas en la que una de ellassucesora
depende
de que la otrapredecesora
comience o finalice para comenzar o finalizar a su vez estos dostipos
de tareas facilitan la cohesi n y laformaci n de la estructura del
proyecto
Para el caso en que concurrimos la
mayor a
dØ las tareasdependen
de otrastareÆs por lo que al estar definidas lasdependencias
esposible
identificarlas fÆcilmente y
comprender
los factores esenciales de la ruta cr tica y por ende de lasprobables implicancias
quepuedan
afectar la fecha de culminaci n de la obra como el caso del trÆmite de unpresupuesto
adicional visto que sepuede
realizar cambios fÆcilmente enalguna
de las tareas y verde inmediato el efectoexpansivo
que tendr aenel resto de la
programaci n
2
6 El anÆlisis tØcnico deuna
programaci n
basada en losDiagramas
Gantt y PERT CPMimplica
mucho mÆs que seæalar sin mÆs fechas ypartidas
de la ruta cr tica tal como ostenta EL CONSORCIO cuando se
refiere a la alteraci n
y
o
afectaci n de la ruta crfticaTampoco
essuficiente con hacer notar solamente la existencia de
precedencia
entrelas tareas siendo que es
indispensable
identificar eficazmente eltipo
dedependencias
entre las tareasGeneralmente los
tipos
dedependencia
que seespecifican
en unaprogramaci n
son FCFin
acomienzo
CCComienzo
acomienzo
FFFin
afin
o CFComienzo
afin
Ladependencia
Fin a comienzoFC
indica que la tarea
predecesora
debe terminar para que la tarea sucesorapueda
comenzarAsimismo la
dependencia
Comienzo a comienzoCC
indica que la tarea sucesora nopuede
comenzar hasta que la tareapredecesora
comience Similarmente la
dependencia
Fin a finFF
indica que la tarea sucesora nopuede
terminar hasta que la tareapredecesora
finaliceSimilarmente es necesario identificar las relaciones mÆs
complejas
entre las tareascomo las determinadas por el
tiempo
deposposici n para
representar
un retraso entre el fin de la tareapredecesora
y el comienzode la
sucesora
y eltiempo
de adelantopara
representar
unasuperposici n
de dos tareas de manera que la sucesora comience antes de que finalice lapredecesora
5
2
7 Entonces al efectuar el anÆlisis de la
probable
afectaci n del calendarioobligatoriamente
se debe tener en cuenta los modos en los que unas tareasdependen
de otras de manera de conocer sucomportamiento
ante una eventual alteraci n delplazo
2
8 Estos aspectos no han sido advertidos en los tØrminos en los que EL
CONSORCIO
sustent la prorroga deplazo
que es materia de la presentelitis y que
contrajo
la emisi n de la Resoluci n 3212006MTC22del 13 dejunio
de 2006 que resuelve la solicitud deampliaci n
deplazo
N07 de all los 67 d as deampliaci n
deplazo
otorgada
a EL CONSORCIO por laejecuci n
delPresupuesto
Adicional N 05Cabe mencionar que la Resoluci n N 3212006MTC22que declara fundadaen
parte
la solicitud deAmpliaci n
de Plazo N 07 tienepresente
el Informe N 092006220702MAM6 as como la Carta N 05506VIALTUMBES
PUENTEFRANCOse
desprende
entonces que estos documentosforman parte
integrante
del resolutivo advirtiØndose en el contenido de ellos elpronunciamiento
claro ypreciso
dePROV˝AS
en el sentido de que la demora en laaprobaci n
del adicional no ha afectado el calendariodel contratista
2
9 En el Informe N 092006220702MAM6 el Coordinador de Obra seæala
en el
Capltulo
114 AnÆlisis TØcnicoLegal
Numeralb
3
AnÆlisis de aentidad de los
planteamientos
del contratista ySupervisor
losiguiente
a Los metrados
correspondientes
a la demolici n en el Pilar N 02 considerados en la Partida 010105 Adecuaci n depilar
existente de la obraPrincipal
a la fecha todav a nohan sidoejecutados
por el contratista ni valorizados es deciren la fecha existen metrados enla obra
principal
para su pago esto pone en evidencia que acausal de demora enla aprobaci n de la Partida 010104 Demolici n de estructuras de concreto incluida en el Adicional N 05noha afectado al contratista
Adicionalmente en el
Capltulo
30 CONCLUSIONES del referido informe el Coordinador seæalaen el Numeral 31 losiguiente
No corresponde otorgarampliaci n de plazoporla demora en
la aprobaci n del Presupuesto Adicional N 05 a no haberse
afectado el calendariogeneral
Igualmente
en la Carta N 05506VIAL TUMBESPUENTE FRANCO lasupervisi n
seæala en elCap tulo
VI2 AnÆlisis de la sustentaci n de laAmpliaci n
de Plazo N07 numeral VI202 losiguiente
d
Los metrados de demolici n en el Pilar N 02 considerados en la Partida 010105 Adecuaci n depilar
existente de la obraprincipal
a la fecha todav a nohan sidoejecutados
por el contratista ni6
l
valorizados es decir en la fecha existen metrados en a obra
principal para su papo esto pone en evidencia que la causal de demora en la aprobaci n de la Partida 010104 Demolici n de estructuras de concreto incluida en el Adicional N 05 no ha afectado al contratista siendo
necesario solamente reconocer los 03 dlas calendario para eiecufareste mayormetrado de demolici n
2
10
RespØcto
a la Partida N 010106 quecorresponde
atrabajos
adicionales no
contemplados
Øn elpresupuesto
contractual consecuentØmente al no formarparte
del calendariovigente
suejecuci n
debeajustarse
aprocedimientos
constructivos adecuados y queno incrementen inœtilmente el costo total de la obraEn tal sentido la
programaci n
presentÆda
por EL CONSORCIO para laejecuci n
de estostrabajos
no seajusta
a un razonableprocedimiento
tØcnico al considerar que la construcci n de laplatea
deprotecci n
seejecuta
con anterioridad a la construcci n de lospilotes
Tal como se demuestra en las fotos que se
adjuntan
como mediosprobatorios
laposposici n
yejecuci n posterior
alpilotaje
de la Partida 0101
06 se debi en realidad a la falta de
diligencia
de EL CONSORCIO por contaroportunamente
con elequipo
de excavaci nde
pilotes
en el momentooportuno
el cual moviliz a obra reciØn el 24de
julio
de 2006 yempez
a operar a los 8 d as delsiguiente
mesDe modo tal que las fechas antes mencionadas resultan
posteriores
a la notificaci n de la Resoluci n N 3212006MTC22Øfectuada el 24 de mayo del 2006 motivo por el cual reiteramos que la demora en laaprobaci n
del adicional no fue la raz n queimpidi
laejecuci n
deesta
partidÆ
porparte
de EL CONSORCIO deviniendo enimprocedente
lapetici n
depr rroga
por cuanto de conformidad conlo seæalado en el art culo 259 del RLCAE se reconocerÆ una
ampliaci n deplazo siempre y cuando se haya afectado realmente el calendario
2
11
Segœn
el sustento de ELCONSORCIO
Østa debiejecutar
laplatea
deprotecci n
en lospilares
N 01 y N 02 antes de que se le comunicara laaprobaci n
del adicional Sinembargo
EL CONSORCIO no hab aejecutado
el 100 de los metradoscontractuales tal como seaprecia
enlas valorizaciones de abril
Anexo 5
y mayo de 2006Anexo 6
agregando
a esto lo seæalado en el Informe TØcnico remitido por lasupervisi n
mediante Carta N 17506VIAL TUMBESPUENTE FRANCOAnexo 7
en el que se seæala queel 060306 fecha posterior al 02022006 invocado por el contratista como Ilmite para afectar la Partida 010206 elcontratista
indicaenelAsiento 318 losiguiente Se hahincado un pilotemetÆlico de
diÆmetro 045m enla zona del Pilar 2 existente de acuerdo areuni n
7
enoficinas dePVD contratista ysupervisor para evaluar laposibilidad
de plantear el cambio de cimentaci n de pilotes excavados considerados en e provecto porpilotesmetÆlicos de diÆmetro 045
m hincados con martillo Demag D40 por que evaluando estos resultados sepresentarÆ elproyectode cambio de cimentaci n
Si nosepod a construir lospilotes hasta el060302006 entonces c mo
puede
explicar EL CONSORCIO que e 020206 ya pod a habertØrminado lapartida 010106Platea deprotecci n a la socavaci n si esta partida estÆ Intimamenfe ligada a la construcci n depilotes Acaso al revelar que se estaba hincando un pilote metÆlico en el Pilar 2 el 06
03
06reflejaclaramente queno setiene en ese pilar ninguna Platea de Protecci n a la Socavaci n contractualmente construida entonces c mo puede EL CONSORCIO afimrar que a demoraenla aprobaci n
leimped a ejecutarlas subsiguientes partidas alapartida 010106
2
12 Esta
responsabilidad
de EL CONSORCIO en la demora de laaprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 05 se ve ratificada en el Asiento N 429 del Cuaderno de Obra de fecha 230506 el mismo que seæala Que en vista que elproyecto
alternativo de hincado depilotes
metÆlicos de diÆmetro 045 m haquedÆdo
sinaprobaci n
esurgente
adecuar lasoluci n de reforzamiento de la
zapata
N 01 lo que ratifica que laplatea
de socavaci n contractual del Pilar 1 no se hab aejecutado
por que a esta fecha no se tenia elequipo
id neo de construcci n depilotes
cuyaprevisi n
es deresponsabilidad
del contratista AdemÆs que la Partida 010106 se venlaejecutando
f sicamente en obra desde el06 09
06 cuando se
concluyeron
lospilotes
del estribo derechoiniciados en el mes de
agosto
lo cual demuestra que laejecuci n
de estapartida
esp sterior
a la construcci n de lospil tes
2
13 La demora en la
aprobaci n
delpresupuesto
adicional noalter la rutacr tica de la
programaci n
de la obra 214 La
ejecuci n
de la Partida 010106 delpresupuesto
ofertado estÆ directamente relacionado œnicamente con lospilares
N 01 y N 02no
ejecutados
y quesegœn
proceso constructivocorresponde
realizarse conposterioridad
a la construcci n de lospilotes
ElPresupuesto
Adicional N05
aprobado corresponde
a lospilares
N 03 04 y 05 cuyaejecuci n
conforme a lo dicho es
posterior
a la construcci n de lospilotes
215 EL CONSORCIO no habla
ejecutado
los metrados contractuales de laPartida 010104 siendo ademÆs que los fundamentos
expuestas
referidos a la noejecuci n
o disminuci n del ritmo detrabajo
esinviable tØcnicamente ya que
previo
a la demolici n total de laszapatas
EL CONSORCIO debi realizar laperforaci n
de lospilotes
de cadapilar
actividadpostergada
en su fecha de inicio ante la ausencia delequipo
deperforaci n
depilotes
que reciØnlleg
a obra el 27 dejulio
de 2006 y
empez
atrabajar
el 08 deagosto
de 2006 lo que reafirma nuestra defensa ya que de haberseejecutado
la demolici n total de laszapatas
esto hubiera conllevado a que lamÆquina
de excavaci n depilotes
nopudiera ingresar
a lazona donde debe hacerse lospilotes
216 La no
ejecuci n
de la Partida 010106 existente en elpresupuesto
deobra referido a laplatea
deprotecci n
de lospilares
N 01 y N02 se debea la necesidadprevia
de construir lospilotes Bajo
lapretensi n
de EL CONSORCIO en ambos
pilares
no hablaningœn impedimento
segœn
su proceso constructivo para noejecutar
estapartida
sinembargo
no lo hizo por necesitarpreviÆmente
lospilotes
tal como seaprecia
eh la valorizaciones de los mes de abrilAnexo 5
y mayo de2006
Anexo 6
217 EL CONSORCIO
parte
de unsupuesto
parajustificar
un evidente atrasoen la
ejecuci n
de la obra por causaimputables
a Øl En todo caso noexpresa si para disminuir el ritmo de
ejecuci n
de la obra contaba conalgœn tipo
de autorizaci n de la entidad as comoquetampoco
identificalas
partidas probablemente
afectadasprecisando
eltipo
de vinculaci n existente entreellas por lo que manifestamos nuevamente quenobastacondecir que se alter el calendario de avancede obra en vista que la demora en dar soluciones a los
problemas
suscitados afectpartidas
de la rutacr tica y seæalar fechas sino que debe analizarse cuÆl es el
tipo
dedependencia
que existe entre las tareasvirtualmente afectadasEllo es asi porque conformese
aprecia
en losDiagrama
de Gantt y PERTCPM se ha modelado relaciones
complejas
mediante laespecificaci n
deduraciones y
dependencias
entre tareas para cada tarea por lo que se ve verifica que no estÆn aisladas y son actividades que tienen fechas decomienzo y fin donde la fecha de comienzo se basa en la duraci n los calendarios y las delimitaciones de las tareas
predecesores
y sucesorasy la fecha de fin se basa en la fecha decomienzo la duraci n los calendarioslas fechas de tareas
predecesores
lasdependencias
entre tareas y lasdelimitaciones de la tarea
2
18 El nœmero de d as de
pr rroga
solicitada en laampliaci n
deplazo
materia de la controversia
185 dias
estÆ dividida asi 91 d as por demora en laaprobaci n
delpresupuesto
adicional y 94 d as porejecuci n
del adicionalEn lo que
respecta
a la causalaprobaci n
delpresupuesto
adicional de acuerdo a la normativa de contrataciones yadquisiciones
del Estado elmonto mÆximo que se le deber a reconocer al contratista alcanza la
suma de S 338012 x 91 30759092
Para el caso de la
ampliaci n
deplazo otorgada
en mØrito a laejecuci n
del adicional se debe tenerpresente
que laaceptaci n
depr rroga
deplazo
de 67d as
es sin el reconocimiento degastos
generales
considerando que los mismos formanparte
del referidopresupuesto
aprobado
con Resoluci n Directoral N 32120069
MTC
22 el cual no ha sido observado ni sometido a
arbitraje
por partedel contratista
2
19 La Resoluci n N 3212006MTC22
que
aprueba
elPresupuesto
Adicional N 06 no ha sido materia de observaci n ni controversia en esesentido los mayoresgastos generales
porejecuci n
del adicionalnofue
objeto
deobservaci n siendo el œnico monto endiscusi n el quecorresponderla
la demora en laaprobaci n
del referidopresupuesto
elcual ha sido desvirtuado entodossus extremos enel
presente
informe2
20 El mØrito de la Carta N 0642006CT del 30 de mayo de 2006 que
adjunta
EL CONSORCIO en la demanda es por decir lo menoscuestionable por cuanto en Østa no demuestra los
aspectos
que seæalaen sus fundamentos asf como que tampoco demuestra la
predominancia
de su anÆlisis tØcnico de losDiagramas
Gantt y PERTCPM por cuanto dicho anÆlisis estÆ basado en seæalar
simplemente
fechas y
partidas
de la ruta cr tica mas no demuestra las relaciones ytipos
dedependencia
de tareas y de acuerdo a estas cual es elgrado
de afectaci n de la ruta cr tica y consecuentemente del calendariogeneral
que sustenten laimpugnaci n
de la Resoluci n 3212006 MTC22del 13 de
junio
de 2006 que resuelve la solicitud deAmpliaci n
de Plazo N 07
aspectos
que deberÆ tenerpresente
el Tribunal almomento de resolver
III
ACUMULACI N
3 Mediante escrito
presentado
el 28 de noviembre de 2006 EL CONSORCIO solicit la acumulaci n alpresente arbitraje
la controversia sobre el calendario acelerado de avance de obrarequerido
alContratante
4 Por escrito
presentado
el 15 de marzo de 2007 EL CONSORCIOprecisa
supetitorio
solicitando sedeje
sin efecto elrequerimiento
formulado por
PROV˝AS y
o supervisor
entre otros el contenido en elAsiento N 488 del Cuaderno de Obra para la
presentaci n
del calendario acelerado de avance de obra en atenci n a que seencuentra
pendiente
de soluci n diversosaspectos
que afectany
o
inciden sobre el
plazo
deejecuci n
delcontrato y solicita la condena degastos
arbitrales asfcomo los costos y costas5 Con escrito
presentado
el 20 de abril de 2007PROV˝AS
contesta laacumulaci n y solicita se declare infundada en todos sus extremos
Hace notar que EL CONSORCIO no
contempla
la situaci n de atraso deobra por causas desu
responsabilidad
10
IV AUDIENCIA DE
CONCILIACI N
YDETERMINACI N
DE PUNTOS CONTROVERTIDOS6 Con fecha 17 de mayo de 2007 se realiz la audiencia de conciliaci n y
determinaci n de
puntos
controvertidos estableciØndose que lospuntos
controvertidosson los
siguientes
a Determinarsi procede declarar la validez de a sØtima solicitud de
ampliaci n
deplazoascendentea 185 d as calendarioplanteadapor eConsorcio Tumbes mediante Carta N 0642006T del 30 de mayo de 2006 y de ser el caso si procede orclenar a Provlas Descentralizado que cumpla con pagar la suma de S 61188958 Seiscientos Once Mil Ochocientos Ochenta y Nueve y 58100 NuevosSoles porconceptodemayoresgastos generales derivados de la citadaampliaci nb Determinar en elsupuesto quese declare fundado paroialmen o en su totalidad e punto controvertido precedente si procede declarar
inap˝icable
a Resoluci n Directoral N 3212006MTC22del 13 dejunio de 2006 que prorroga el plazo contractual en 67
sesentaysiete d as calendario
c Determinarsiprocede dejarsinefecto elrequerimiento formuladopor Provlas Descentralizadoyo Supervisor entre otros el contenidoen
el Asiento N 488 del Cuaderno de Obra para la presentaci n del calendario acelerado de avance de obra en atenci n a que
encontrÆndosependien desoluci n diversas aspectos que afecten
y
oinciden sobre elplazo deejecuci n delcontrato
V AUDIENCIAS ESPECIALES
7
Con
fecha 02 de febrero de2009luego
deser sustituido el Ærbitro departe
Dr Jesœs Mezarina Castro con laincorporaci n
del Dr Lu s PebeRomero se llev a cabo la Audiencia
Especial
con la finalidad que cada una de laspartes
exponga los hechosy
o
fundamentos que amparancada una de las
pretensiones
toda vezque en esa audiencia se estabaincorporando
el nuevoÆrbitroVI PERICIA DE OFICIO
8 Mediante Resoluci n N 15 de fecha 03 de noviembre de 2009 el Tribunal resolvib declarar como
puntos
a determinar por elperito
encargado
delPeritaje
de Oficio lossiguientes
a
Determinar si se afect el calendario deejecuci n
de la obra pordemora enla
aprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 05 Y de serello as determinar el
plazo
total de afectaci n y el monto degastos
generales
quecorrespondiera
b
Determinar cuÆl es elplazo
deejecuci n
de laspartidas
contenidasen el
Presupuesto
Adicional N059 Por Resoluci n N 17 de fecha 26 de noviembre de 2009 el Tribunal
design
como Perito de Oficio alIngeniero
Civil Nestor Wilfredo HuamÆn Guerrero10 Con escrito
presentado
el 23 de abril de 2010PROV
AS presenta copia
del Laudo emitido por un Tribunal que declar fundada en parte la
pretensi n
de Consorcio Tumbes y reconoci unaampliaci n
deplazo
de 56 d ascorrespondiente
a la nœmero 4 por lo que pone enconocimiento para que el Perito la tome en cuenta al momento de analizar la
presente
ampliaci n
deplazo
N 7 a fin de evitarsuperposici n
deplazos
11 Mediante Carta N 112010NHGPEde fecha 07 de
junio
de 2010 elIngeniero
HuamÆn Guerreropresenta
su Pericia TØcnicaEl Perito toma en cuenta como antecedentes los
siguientes
Inicio Plazo Contractual 13102005TØrmino de Plazo ContractualOriginal09072006
ANTECEDENTESDE LASAMPLIACIONES DE PLAZO
NPrestac Adic ObraNw 05 RD N 2662006MTC22 9 fzaarfs rr
y
Monto Sl 16113577 ns eeAmpliaciones
de
plÆzo
N 03 RDN0922006MTC22 ga 3fs
a
i
1
r
por 38 d as calendario4
e
y
Æ
N 04 RD N 1222006MTC229
f por 19d as calendarioE c r Modificada por Laudo Arbitral
y
J en56 dfas calendario
a NO5 RD N 1772006MTC22
t y
por 8 dfas calendario
Y x y 0sEs t N 07 RD N 3212006MTCl22
i
h
3 por 67 d as calendario r ez33 darN evoplazoeecuc ObrÆ 372 d as calendario
iæ
lœy
`mp
PlÆz
N7
rix
INueva
fecha
TØrtnmo
N
7
19 de octubre de 200612
En su anÆlisis el Perito indica lo
siguiente
Segœn los antecedentes vistos pÆrrafos arriba se verifica que la supervisi n noconsider fundada la solicitud del Contratista en
lo referente a la demora en la expedici n de la Resoluci n
correspondienteala aprobaci ndel Adicional N 05desestimando dicha solicitud en vista que consideraba que la demora en la
aprobaci n de la partida 010104 Demolici n de Estructuras de Concretonoha afectado al contratista
Se debe resaltareneste puntoqueprecisamente laprogramaci n de la obra presentada por el Contratista yaceptada por la Entidad indica que la partida motivo del Adicional 010104 Demolici n de Estructuras de Concreto estaba programada para iniciar la
ejecuci n de dicha partida el 24 de Octubre del 2005 es decir el
Contratista estaba ala espera de la autorizaci n de la demolici n a unaprofundidad hasta 230m yno 130m comomandaba elplano
Asimismo la partida 010106 Plateas de Protecci n a la
Socavaci n para Zapatas de los Pilares Ns 03 04 y 05 adicionales de obra ha sidoreprogramada para despuØs del 25 deMayo 2006 finalizando e130 de Julio de2006 transformÆndose
en ruta critica de a Programaci n de Obra incluida la
Ampliaci n de Plazo N 07 El hecho que lospilaresNs 01 y 02
se hayan ejecutado en fechas diferentes a la contractual esta
ejecuci n ha sido validada por la Supervisi n sin embargo el
presente anÆlisis sebasaen documentos validos Contractuales
De los antecedentes del proceso de ejecuci n de obra se observa
que la demora en la expedici n de la Resoluci n para la
aprobaci n
del Presupuesto Adicional N 05 se debe computar desde el ingreso de la solicitud por parte del Contratista es decir desde el 20 de febrero del 2006 hasta quese emitieran todos losinformes internos del la Entidad MTC incluido la emisi n de la Resoluci n Directoral N 2662006MTC22que fue el 24 de mayo del 2006 habiendo transcurrido un total de 93 d as calendario al
cualquitÆndole elplazo de 30 d as calendarios que tiene la entidad para dichaaprobaci n daunadiferencia de 63 dlas calendario como
atraso o demora en la expedici n de la citada resoluci n
aprobatoria
En este casoeperito ha evaluadoen eDiagrama de GANTT como es que esta demora ha incidido dentro del plazo de
ejecuci n total de la obra
En este contextohayque considerar que la demoraenla expedici n
de la resoluci n que autoriza las obra adicionales estÆ sujeta al Art
culo 265 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisicionesdel Estado segœn el Decreto Supremo N 0842004
PCM que a la letra dice La demora de la Entidad en emitir la
resoluci n que autorice las obra adicionales serÆ causal de
ampliaci n deplazo Como sepuede veresta ampliaci n noestÆ
condicionada a otros requisitos de modificaci n de tiempos en los Calendarios de Barras de Gantt oPERTCPM
13
Finalmente elperito ha determinado que tal como se haexplicado en el punto anterior estos 98 dlas calendario de Ampliaci n de Plaz N 07 estÆn en Ruta Cr tica en base al Cronograma Contractualpropuesto por el Contratista yaprobado por la Entidad
por lo tanto el perito opina se debe reconocer al Contratista por concepto de mayores Gastos Generales por el total de la
ampliaci n determinada debiØndose calcular los correspondientes Gastos Generales
Asl el Perito
concluye
respecto alprimer punto
de lapericia
de oficioque
De acuerdo al Diagrama GANTT adjunto se aprecia que efectivamente el TrabajoAdicional N 05s afect el Calendario de
Ejecuci n de Obra siendo el plazo total de afectaci n 98 d as calendario por concepto de Ampliaci n de Plazo N 07 de los cualescorresponden 67 d as calendario por ejecuci n propiamente
del Adicional N 05 y 31 d as calendario a la demora en la aprobaci n del Adicional N05 debiØndose reconocerlos Mayores
Gastos Generales por estos 31 d as calendario los mismos que
segœnlos cÆlculos quese anexanalcanzan lasuma de Ciento Siete Mil Veinticinco y 64100 Nuevos Soles S 10702564
En cuanto al
segundo punto
de lapericia
de oficio el Peritoconcluye
losiguiente
Talcomo se ha establecido en elDiagrama GANTT la ejecuci n
del Adicional N 05 es de 67 d as calendario coincidente con lo determinado por la Entidad sin embargo por encontrarse enla Ruta Cr tica y teniendo en cuenta que los Mayores Gastos Generales estÆn en funci n del plazo de ejecuci n y la Ruta Critica se hadesplazado en su conjunto el suscrito Perito opina que se debe reconocer al Contratista los
mayores
GastosGenerales por los 67 d as calendario cuyos cÆlculos se anexan al
presente informe pericial lo mismos que arrojan un monto de Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Trece y 49100 Nuevos Soles incluido IGV S 23131349 monto al que se le deberÆ
descontar S 13 43262 reconocidos con la aprobaci n del
Adicional N 05 con R D N 2662006 MTC22 quedando un
saldo neto de S 21788087nuevos soles
12 Con escrito
presentado
el 15 dejulio
de 2010PROVEAS
observa lapericia
enlossiguientes
extremosEl Perito tom como vÆlido el
plazo
mÆximo de 30 d as que tiene una Entidad paraaprobar
adicionales lo cual se encuentra seæalado en elReglamento
del Textonico
Ordenado de laLey
de Contrataciones del Estado
aprobado
por DecretoSupremo
N184
2008
EF
actualmentevigente
pero noaplicable
a estecontrato
14
Si se considerara
aplicable
de manerasupletoria
dicha normatambiØn se tendr a que
llegar
a la conclusi n que el contratista nosolicit el
Presupuesto
Adicional N 05 con la antelaci n de los 30d as que
exige
el art culo 207 del RELCAE en ambos casos lasolicitud de
aprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 05 fuepresentada
en el mes defØbrero
es decir fuera de fecha y por ello hubiera sido declaradoimprocedente
La norma actual evita que en los contratos actualesse
presenten
situaciones similares a este
arbitraje
en el cual el contratistapretende
reclamar por la demora en laaprobaci n
de unadicional ya que se
exige
que el adicional seapresentado
por elmismo contratista y as evitar que estos
alarguen
a mÆs nopoder
la
presentaci n
de surequerimiento
y los metradoslo
presentanfuera de la fecha de
ejecuci n programada
en el PERTCPM
a lasupervisi n
para que Østeproceda
a la elaboraci n delpresupuesto
adicionalLuego
que la contratistapretenda
que la entidad les reconozcaampliaciones
deplazo
desde la fecha enque
supuestamente
lescorrespond a ejecutar
a pesar de nohaber tramitado ni solicitado nadaen esafecha
Considera
aceptable
lal gica empleada
por el Perito al tomar encuenta la fecha del inicio de la causal al d a de la
presentaci n
delsustento del adicional que le
correspondi
de alcanzar al contratista20
02
2006
restando adicionalmente los 30 d as quegeneralmente
tiene una Entidad paraaprobar
adicionales con locual la
supuesta
fecha en la cual se deblaaprobar
el adicional setraslada a 22032006 resultando una
supuesta
demora de 62d as te ricos que deben ser insertados en la
programaci n
para determinar elplazo
real de afectaci nA su criterio el Perito debi tomar en cuenta adicionalmente el
estado actual del
proyecto
pues el anÆlisis de la entidad sesustenta en el
pronunciamiento
del OSCE de dicho aæoInforme
N
016
2006
GNP
en la cual seprecisa
que La solicitud deampliaci n
deplazo
resulta decisi n exclusiva del funcionariocompetente quien
en observancia del calendario de avance deobra y la
ejecuci n
real de la misma deberÆ decidir si resulta conveniente y necesariootorgar
unplazo
adicionalRecalca que la Entidad evalu el estado de la obra y
comprob
que a la fecha de
entrega
delPresupuesto
Adicional N 05 el contratista no hab aejecutado
los metrados contractuales de laspartidas
seæalados en elpresupuesto
materia del contrato y tuvoen cuenta tambiØn que la
partida
platea
deprotecci n
deladicional no
corresponde
un mayor metrado se deben consideraren las condiciones de
ejecuci n
real y correctaNo se debi considerar la
ejecuci n
de las Plateas de Protecci nAutorizadas por la Entidad mediante el
Presupuest
Adicional N05
de manera continua a la
platea
deprotecci n
existente en elpresupuesto
contratadopuesto
que estaspartidas pueden
serejecutadas
desde la culminaci n de lospilotes
hasta la culminaci n de la obraEn relaci n al cÆlculo de los
gastos generales
el Perito debe tomar en cuenta que de acuerdo al art culo 265 del RLCAEDecreto Supremo
N 0842004PCMvigente
para elcontrato
asf como al art culo 207 del
Reglamento
de laLey
deContrataciones del Estado actualmente
vigente
nocorresponde
mayor reconocimiento de
mayores
gastos
generales
por laejecuci n
deun adicional que los incluidos en el mismo adicional 13 El 21 de setiembre de 2010se realiz la audiencia de debatepericial
14 Con fecha 27 de diciembre de 2010 EL CONSORCIO
present
sualegato
y el 28 de diciembre de 2010 lo hizoPROV
AS
15 Con fecha 04 de febrero de 2011 se realiz la audiencia de informe
oral habiendo las
partes expuesto
susrespectivas posiciones
VII CONSIDERANDO
A continuaci n
corresponde
emitir elpronunciamiento
del Tribunalrespecto
a las
pretensiones
de laspartes
evaluando cada uno de lospuntos
controvertidos
fijados
en la Audiencia de Conciliaci n y Determinaci n dePuntos Controvertidos
VI1
1 Declaraci n Previa
Antes de entrar a analizar la materia controvertida
corresponde
confirmar lo
siguiente i
que este Proceso Arbitral seconstituy
de conformidad con la LCAE y elRLCAE
al que laspartes
sesometieron de manera incondicional
ii
queluego
de recusadouno de los Ærbitros el Tribunal Arbitral se recompuso con el Ærbitro
sustituto iii
no seimpugn
o reclam contra lasdisposiciones
deprocedimiento
dispuestas
en el Acta de Instalaci n de esteArbitraje iv
que EL CONSORCIOpresent
su demanda dentro de losplazos dispuestos v
que LA ENTIDAD fue debidamenteemplazado
con la demanda yejerci
plenamente
su derecho dedefensa
vi
que laspartes
tuvieronplena oportunidad
para ofrecer y actuar todos sus mediosprobatorios
as comoejercieron
lafacultad de
presentar alegatos
yvii
que este Tribunal Arbitral haprocedido
a laudar dentro de losplazos legales
y acordados conlas
partes
durante el proceso arbitralEn consecuencia habiØndose
cumplido
con lospresupuestos
procesales
y no existiendo vicioalguno
alrespecto
que afecte lavalidez del proceso el cual se ha desarrollado
cumpliendo
todas sus etapas el Tribunal emite el Laudocorrespondiente
conforme alos
siguientes
tØrminosVI1
2 AnÆlisis de la Materia Controvertida
De acuerdo con lo establecido en la Audiencia de Conciliaci n y
Determinaci n de Puntos
Controvertidos
en elpresente
caso la cuesti n sometida aarbitraje
y que debe resolverse mediante elpresente
laudo estÆ determinada en los puntos controvertidosfijados
por el Tribunal en base a laspretensiones promovidas
por laparte
demandante EL CONSORCIO yaceptados
por LA ENTIDAD conforme constaen dicha actaEl Tribunal para resolver los
puntos
controvertidospodrÆ
modificar el orden deellos unirlos o tratarlos porseparado
de acuerdo a lafinalidad que es la de
fijar
la verdad material y declararla conforme a los hechosproducidos
El Tribunal declara haber revisado todos y cada uno de los mediosprobatorios presentados
por laspartes
analizÆndolos y
adjudicÆndoles
el mØrito que lescorresponde
auncuando en el Laudo no se
haga
menci n expresa aalguno
0algunos
de ellos o el valorprobatorio asignado
Atendiendo a los elementos tanto TÆcticos como
jur dicos
analizados en el desarrollo del proceso arbitral y sobre la base de los antecedentes
expuestos
el Tribunal es de laopini n
que lacontroversia materia del
presente arbitraje
de derØcho se ha centrado fundamentalmente en las causales que han sido invocadas para formular lapretensi n
de reconocimiento de unaAmpliaci n
de Plazo N 7superior
en d as a lapr rroga dispuesta
por la Resoluci n Directoral N 3212006MTC22 y sobre el reconocimiento de mayores
gastos generales
que dichaampliaci n
pudiera
generarPortanto el Tribunal debe ocuparse de analizar cada uno de esos
extremos
VI1 2
1 AnÆlisis de la Primera Pretensi n de EL CONSORCIO
PRIMER PUNTO CONTROVERTIDO DETERMINAR SI PROCEDE DECLARAR LA VALIDEZ DE LA
S TIMA
SOLICITUD DE
AMPLIACI N
DE PLAZOASCENDENTE A 185
D
AS
CALENDARIO PLANTEADA POR EL CONSORCIO TUMBES MEDIANTE CARTA N 0642006TDEL 30 DE MAYO DE 2006
Y
DE SER ELCASO
SI PROCEDE ORDENAR APROV˝AS
DESCENTRALIZADO QUE CUMPLA CON PAGAR LA SUMA DE S 61188958 SEISCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 58100 NUEVOS
SOLES
POR CONCEPTO DE MAYORES GASTOS GENERALES DERIVADOS DE LA CITADAAMPLIACI
N
PROVEAS
mediante Resoluci n Directoral N 3212006 MTC22 declar fundada en
parte
la solicitud deAmpliaci n
de Plazo N 07otorgando
unapr rroga
deplazo
contractual de 67 d as calendario por laejecuci n
delPresupuesto
Adicional N 05La solicitud de EL CONSORCIO por 185 d as se funda en
la invocaci n de dos causales una el
tiempo
deejecuci n
del referido
presupuesto
adicional y lasegunda
causalcorrespondiente
altiempo
de demora en laaprobaci n
de dicho adicionalEs materia de la
presente
controversia la determinaci n de la validez o no del total de d as solicitados por EL CONSORCIO En consecuenciacorresponde
analizar cadauno de los extremoso causas enque sesustenta talpetitorio
Causal derivada de la
Ejecuci n
delPresupuesto
Adicional N 05Conforme al art culo 259 del RELCAE
D
S
0842004 PCMvigente
para elcontrato
laejecuci n
de obras adicionales serÆ causal deampliaci n
deplazo
s lo siØstas conllevan la modificaci n del calendario de
avance de obra
En el
presente
casoPROV˝AS
ha reconocido que laejecuci n
del adicional s conlleva la modificaci n del calendario de avance de obra en la medida que hareconocidouna
pr rroga
deplazo
Enefecto en la mencionada Resoluci n se seæala que de
acuerdo con el
Supervisor
laejecuci n
de lapartida
01 01
06Platea de Protecci na la
socavaci n
afecta apartida
010303 Encofrado de elevaci n en seco yaque la
primera comprende
las actividades deexcavaci n
colocaci n de
geotextil
enrocados y rellenos para restablecer el terrenooriginal trabajos
que debe hacersepreviamente
antes de continuarcon los encofrados de laselevaciones en seco pues de otra forma realizadas las
excavaciones
obligarla
al Contratista a usar unandamiaje
de mayor altura para los encofradosno
contemplada
en el 182
expediente
tØcnico Por esa raz n dichoprofesional
procedi
areemplazar
en eDiagrama
PERTCPMN 01
vigente
la nueva duraci n de laspartidas
010104 Demolici n de estructuras de concreto 11703120 dc y 0103 03
Encofrado de elevaci n en seco 306494dc
obteniendo e
Diagrama
PERTCPM N02 en el que seobserva la modificaci n de la fecha de inicio y tØrmino de dichas
partidas
siendo la nueva fecha de tØrmino de obrae 18 de noviembre de 2006 lo que
representa
unapr rroga
de 67 d as calendarioPor tanto la
discrepancia
entre laspartes
estÆ marcada por el nœmero de d as en que se afecta la ruta cr tica yque determina o sustenta el nœmero de d as de la
ampliaci n
por esta causal De ah que la resoluci n de estepunto
se circunscribe adeterminar en cuÆntos d asafect la
ejecuci n
delPresupuesto
Adicional N 05 elplazo
contractual de obraEn esa medida a efecto de valorar la incidencia tØcnica
de la causal invocada por EL CONSORCIO y reconocida por
PROV˝AS
sobre la ruta cr tica el Tribunal orden unaPericia de Oficio que
permita
dilucidar este extremo de la controversiaTal como se ha seæalado el Perito de Oficio
Ing
NØstorWlfredo HuamÆn Guerrero ha calculado la afectaci n de la ruta cr tica por esta causal en 67 dfas En efecto en su
informe
concluye
que De acuerdo alDiagrama
GANTTadjunto
seaprecia
que efectivamente elTrabajo
Adicional N 05 s afect el Calendario deEjecuci n
de Obrasiendo e
plazo
total de afectaci n 98 d as calendario porconcepto
deAmpliaci n
de Plazo N07 de los cualescorresponden 67 dfas calendario por ejecuci n propiamente del Adicional N 05 y 31 d as calendario a
la demora en la
aprobaci n
del Adicional N 05Subrayado
y resaltadonuestro
En atenci n a lo
expuesto
esteColegiado
que acoge laapreciaci n
sustentada por el Peritollega
ala convicci n racional que por esta causal s loesprocedente
reconocer unapr rroga
delplazo
contractual por 67 dfas tal como en estepunto
lodispuso
la Resoluci n Directoral N 321 2006MTC 22
En consecuencia habiØndose determinado el nœmero de d as que
corresponde
por esta causal reconocer comoampliaci n
deplazo
el Tribunal debepronunciarse
sobre el otro extremo de la controversia derivado del19
reconocimiento de tal
ampliaci n
esto es elreconocimiento o no de mayores
gastos generales
El mencionado Perito
concluy
que por esta causal eraprocedente
reconocer un monto mayor alprevisto
en elpropio Presupuesto
Adicional N 05 Asiconcluy
elIng
NØstor Wilfredo HuamÆn Guerrero Tal como se haestablecido en el
Diagrama
GANTT laejecuci n
del Adicional N 05 es de 67 d as calendario coincidente conlo determinado por la Entidad sin
embargo
porencontrarse en a Ruta Cr tica y teniendo en cuenta que
los Mayores Gastos Generales estÆn en funci n delplazo
de ejecuci n y la Ruta Critica se ha desplazado en su
conjunto el suscrito Perito opina que se debe reconocer
al Contratista los mayores Gastos Generales porlos 67
d as calendario cuyos cÆlculos se anexan al
presente
informepericial
lo mismos quearrojan
un monto de Doscientos Treinta yJn
Mil Trescientos Trece y 49100 Nuevos Solesincluido
IGVS 231
313
49
monto al que se le deberÆ descontar S 13 43262 reconocidoscon la
aprobaci n
del Adicional N 05 con R D N 266 2006MTC22quedando
un saldo neto de S 21788087nuevossoles
AI
respecto
esteColegiado aprecia
que dicha valoraci nadoptada
por el Perito no encuentra sustento normativomÆs aœn cuando la contratista no ha
aportado
mayorfundamentaci n
jur dica
que amerite que el Tribunalpueda adoptar
unainterpretaci n
distintaa la queaqu
seexpone
Por el contrario el RELCAE
D
S
0842004PCMvigente
para elcontrato
contiene un criterio diferente al cual laspartes
y elpresente
Tribunal se encuentran sometidos Dicho criterioimpide
el reconocer mayoresgastos
generales
de losprevistos
en elpropio
Presupuesto
Adicional
As el art culo 260 establece que Las
ampliaciones
deplazo
en los contratos de obra darÆnlugar
al pago demayores
gastos generales iguales
al nœmero de d ascorrespondientes
a laampliaci n
multiplicados
por elgasto general
diario salvo en los casos de obras adicionales que cuenten con presupuestosespec ficos
Subrayado
y resaltadonuestro
En el
vigente Reglamento
el œltimopÆrrafo
del articulo203
consagraigual
criterio alcontemplar
que En elcaso de obras adicionales y
prestaciones
adicionÆles de servicios desupervisi n
deobras
losgastos generales
se20
2
determinarÆn considerando lo necesario para su
ejecuci r
EL CONSORCIO ha
alegado
que el numeral 31 del Anexo I Anexo de Definiciones del RLCAE define a losgastos
generales
comoaquellos
costos indirectos que el contratista debe efectuar para laejecuci n
de laprestaci n
a su cargo derivados de supropia
actividadempresarial
por lo que nopueden
ser incluidos en laspartidas
de las obras Asimismo losgastos generales
sedividen a su vez en
gastos generales fijos
ygastos
generales
variables siendo Østos œltimos los que estÆn endiscusi n entre las partes es
pertinente
citar la definici ncontenida en el numeral 33 del Anexo I Anexo de Definiciones del RLCAE el cual seæala que
Los gastos generales variables son aquellos que estÆn directamente relacionados con el tiempo de
ejecuci n de la obra v porlo tanto pueden incurrirse
a lo largo de todo el plazo de elecuci n de la
prestaci n a cargo del contratista
Para EL CONSORCIO siendo que los
gastos
generales
se incrementan en funci nala modificaci n delplazo
contractualPROV˝AS
al haberaprobado
unaampliaci n
deplazo
por 67 d as calendario porejecuci n
delPresupuesto
Adicional N 05 deberÆ reconocer a favor del contratista el pago de los mayoresgastos
generales
por el nœmero de d as de laampliaci n
quevalga
la redundanciaampl a
elplazo
deejecuci n
de obraEsta
parte
considera que si bien el art culo 261 delRLCAE establece que las
ampliaciones
deplazo
nodarÆn
lugar
al pago de los mayoresgastos generales
enlos casos de obras adicionales que cuenten con
presupuestos espec ficos
la voluntad de laLey
es evitar undoble pago de mayores
gastos generales
debido a quelos
Presupuestos
Adicionales yaincluyen
el pago de los mayoresgastos generales
variablesEl Tribunal no
comparte
este criterio de EL CONSORCIOEs cierto que el RLCAE
distingue
en elgØnero
GastosGenerales
dosespecies
los Gastos GeneralesFijos2
yDefinidos como aquellos costos indirectos que el contratista debe efectuar para la
ejecuci n de laprestaci na sucargo derivados desupropia actividadempresarial por lo que no pueden ser incluidos dentro de las partidas de las obras o de los costos directos del servicio
a
Aquellos que no estÆn relacionados con eltiempo de ejecuci n de la prestaci n a
cargo del contratista
los Gastos Generales
Variables3
Justamente en el art culo 265 se tiene en cuenta la distinci n al indicar que en los contratos de obra a suma alzada lospresupuestos
adicionales de obra serÆn formulados conlos
precios
delpresupuesto
referencia afectados por el factor de relaci ny
o
losprecios pactados
conl s
pastos generales filos y variables del
presupuesto
referencia
multiplicado
por el factor de relaci nSubrayado
y resaltadonuestro
Encambio en el articulo 260no se hace la distinci n por
especie
sino que la norma citada aludeexpresamente
algØner
El TribunalintØrpreta
que la finalidad de la norma es evitar que se evitarduplicar
el pago por losgastos
generales
que en el caso de una adicional sonincorporados
alpresupuestos espec fico
queseaprueba
Estando a las consideraciones
legales
arribaexpuestas
este Tribunal decide que no es
procedente
reconocermayores
gastos
generales
por laampliaci n
deplazo
originada
por la causal deejecuci n
delPresupuesto
Adicional N 05Causal derivada de la Demora en la
Aprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 05De acuerdo al œltimo
pÆrrafo
del art culo 265 del RLCAEla demora de la Entidad en emitir la resoluci n que autorice las obras adicionales serÆ causal de
ampliaci n
deplazo
En este
punto
elColegiado
advierte quePROV˝AS
ha reconocido la existencia de cierta demora en laaprobaci n
delPresupuesto
Adicional N 05 Dicha demora ha sido corroborada por el Perito deOficio y la estimaci n delplazo
de la misma no ha sidocompartida
por EL CONSORCIO
La
discrepancia
en este extremo se suscita por cuantoPROV˝AS
considera que si bien existi una demora ellono ha afectado la ruta cr tica esto es el programa de
ejecuci n
de obravigente
La Entidad
discrepa
del criterioadoptado
por ELCONSORCIO y el Perito de Oficio El Tribunal
aprecia
que mientras la
primera
para evaluar la afectaci n de la ruta cr tica toma en consideraci n el estado deAquellos
que estÆn directamente relacionadoscon eltiempo de ejecuci nde la obra y por lo tantopuedenincurrirsealo largode todo elplazode ejecuci nde la prestaci nacargo del contratista
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